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- rdf:value = " MODIFICACIÓN DE LA LEY Nº 18.010, SOBRE OPERACIONES DE CRÉDITO DE DINERO. Tercer trámite constitucional.
El señor LORENZINI ( Presidente ).-
En el Orden del Día, corresponde conocer, en tercer trámite constitucional, las enmiendas introducidas por el Senado al proyecto de ley que modifica la ley Nº 18.010, sobre operaciones de crédito de dinero, estableciendo normas sobre la aplicación de intereses cuando opera una cláusula de aceleración y de protección de los deudores en los procesos de repactación.
Antecedentes:
-Modificación del Senado, boletín Nº 2623-03, sesión 84ª, en 12 de mayo de 2004. Documentos de la Cuenta Nº 6.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Eugenio Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , hace poco más de dos años, junto con el diputado Jaime Mulet y el ex diputado Sergio Elgueta , estimamos conveniente revisar la ley sobre operaciones de crédito, con motivo del impacto que provocaron en la opinión pública las expoliaciones de que fueron víctimas muchas personas modestas, particularmente en los casos de Metalpar y Eurolatina, a raíz del no pago de créditos obtenidos, generalmente, de prestamistas informales o entidades no supervisadas directamente por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.
Me explico. Cuando se obtiene un crédito, a quince o veinte años plazo, por ejemplo, y se deja de pagar al segundo o tercer año, el deudor es ejecutado por la entidad bancaria, financiera, o por el proveedor del crédito, y, de acuerdo con la ley, se le obliga a pagar no sólo el capital adeudado, porque se consideran las cuotas insolutas como de plazo vencido, sino también los intereses devengados y los futuros; es decir, como si ya hubiesen transcurrido los quince o veinte años de plazo del crédito. En consecuencia, se aprovechan de una disposición legal, pero la usan de manera abusiva e injusta, apropiándose de los bienes del deudor dados en garantía. A muchos que les fueron rematadas sus viviendas, se les abonó lo obtenido en el remate al total de la deuda, al abultársele excesivamente ésta con el cobro no sólo de los intereses devengados hasta la fecha, sino también los correspondientes hasta el final del crédito, lo cual constituye un abuso, reitero.
En el caso de Eurolatina, ejecutivos inescrupulosos buscaron a personas de escasos recursos, afectadas por una enfermedad o apremiadas por algún compromiso económico, y les otorgaron un préstamo, obligándolas a pagar cuotas que no estaban en condiciones de solventar. Pero previo a ello, habían exigido como garantía un bien raíz. Si no cumplían el compromiso, le aplicaban esta ilegítima -hasta ahora legal- cláusula de aceleración, la que le daba la oportunidad al acreedor de cobrar intereses por plazos no transcurridos. En definitiva, en vez de pagar dos millones, tres millones o cuatro millones de pesos, terminaba pagando el doble de lo que realmente debía. Lo mismo ocurría con las repactaciones.
El proyecto fue aprobado por unanimidad en la Comisión de Hacienda y en la Sala de la Cámara. La Comisión de Hacienda del Senado le introdujo una modificación importante, que también fue aprobada por la Sala del Senado. Por eso, ahora lo estamos tratando en tercer trámite constitucional.
Pero, ¿qué resuelve esta modificación legal? En definitiva, dispone pagar no más allá de los intereses devengados en un crédito. Esto es lo justo. Naturalmente, el cobro de esos intereses es un derecho legítimo del acreedor. Pero no lo es cuando se pretende cobrarlos más allá del momento en que se ejecuta.
En suma, con la iniciativa se impide que se sigan cobrando intereses más allá de cuando se hace efectivo el pago, sea por pago forzado, por la vía judicial, o sea por pago anticipado, voluntario. Según la norma vigente, si un deudor cumplidor, no moroso, paga anticipadamente la deuda, con un crédito no reajustable, podrá pagar la comisión de prepago y hasta dos meses de intereses. Si es reajustable, podrá pagar hasta tres meses de intereses. Con esta iniciativa, se reduce ese interés a la mitad en el caso del pago anticipado de un crédito hipotecario.
Actualmente, la tasa de interés está baja, pero la tasa del crédito pactado, generalmente, es bastante más alta, porque era alta cuando se otorgó el crédito. Por ello, es muy conveniente renegociar el crédito. Con esto -con los incentivos propuestos por el Gobierno y aprobados por el Congreso Nacional- se ahorra el impuesto de timbres y estampillas.
Por esta economía que se logra con la iniciativa, se multiplicarán por miles las personas interesadas en repactar. Si lo hacen, deberán pagar una comisión de mes y medio del interés fijado para créditos reajustables, salvo acuerdo de las partes. Pero siempre “habrá acuerdo” de las partes, porque, en general, el deudor no tiene la posibilidad de negociar con el banco. Si quiere pagar, el banco le dirá que negociará hasta el techo que le permite la ley, que ahora es de tres meses para los créditos reajustables.
La iniciativa elimina el acuerdo de las partes y establece una tarifa en justicia, que pueda recibir el acreedor tal como cuando recibe un prepago en créditos inferiores a cinco mil unidades de fomento. Y, además de regular la cláusula de aceleración, también reduce a la mitad las comisiones de los bancos cuando reciben un prepago por algún crédito.
Con el proyecto hacemos justicia. Por ello, solicito su aprobación por unanimidad, tal como lo hicimos durante el primer trámite constitucional. Más todavía cuando el Senado introduce modificaciones que especifican los créditos que se verán afectos a esta norma.
¿Desde cuando se aplicará la iniciativa? Se aplicará a todos los prepagos que se realicen a partir de la publicación de la ley, salvo que en el contrato, suscrito de conformidad con la ley vigente, se haya establecido una comisión mayor que el piso establecido en el proyecto. En el futuro, si esa condición no quedó establecida en el contrato original, sólo se prepagará lo que la ley permite, es decir, un mes y medio de intereses en los créditos reajustables y un mes en los no reajustables.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Vilches.
El señor VILCHES .-
Señor Presidente , sin duda, este proyecto, de protección de los deudores en procesos de repactación, es de mucha importancia para la gente que tiene deudas y tiene la posibilidad de renegociarlas. Sin embargo, quiero preguntar al diputado informante , por intermedio de su señoría, ¿qué ocurriría si no se cumplieran estas disposiciones y qué debe hacer el usuario, quien en el momento de renegociar sus deudas pasa a ser víctima de los bancos o de las casas comerciales? Formulo esta pregunta porque de las disposiciones de la iniciativa no queda claro qué se debe hacer en esas ocasiones, con el fin de evitar que la ley se convierta en letra muerta.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Juan Pablo Letelier.
El señor LETELIER (don Juan Pablo) .-
Señor Presidente , en el sector financiero de nuestro país opera, normalmente, el contrato de adhesión cuando se accede a un crédito, y es lo que probablemente ha sucedido a la gran mayoría de los que están en la Sala y a las personas que nos ven por televisión. El deudor no tiene capacidad para imponer una cláusula: acepta las reglas o no le dan el crédito.
El proyecto tiene por objeto evitar que los bancos establezcan condiciones abusivas, pues, aunque está prohibido, siempre existe la posibilidad de que las partes pacten algo indeseado para una de ellas. A la Superintendencia de Bancos le corresponde velar por que ello no ocurra y evitar que, una vez que estas normas entren en vigor, se abuse de esta práctica cuando opera una cláusula de aceleración por morosidad o se hacen prepagos.
El criterio de protección de los deudores en los procesos de repactación establecido en la iniciativa en estudio no sólo se inscribe en la lógica del proyecto sobre protección de los derechos del consumidor, aprobado en esta Sala, recientemente, sino que también también indica el camino que se debe seguir, por ejemplo, en el área educacional, donde los deudores son objeto de grandes abusos.
En esa materia, junto con el diputado señor Montes y otros parlamentarios, presentaremos una moción destinada a evitar que cuando se contrata un servicio y después no es utilizado, se obligue al contratante a pagar la totalidad de su costo, que es lo que ocurre en el área de la educación. En la actualidad, al ingresar una persona a un establecimiento educacional se le exige firmar diez u once cheques o letras en garantía, documentos que debe pagar en su totalidad en caso de desistirse de seguir haciendo uso del servicio por razones de fuerza mayor. En efecto, en la actualidad, cuando una persona se retira de la universidad, por ejemplo, en abril o mayo, los establecimientos de educación superior hacen efectivos todos los cheques entregados o cobran todas las letras firmadas, hasta el término del plazo de la deuda, aunque el alumno no haya recibido el servicio.
La idea matriz de este proyecto apunta en el mismo sentido de la iniciativa enunciada, en cuanto a que es inadecuado, inmoral y poco ético que se cobren intereses por un préstamo que se cancela en forma anticipada.
No es correcto que se siga operando como hasta ahora. Por eso, como señaló el diputado señor Tuma , debemos aprobar las modificaciones del Senado al artículo transitorio, el cual establece que las modificaciones que la presente ley en tramitación introduce a los artículos 10 de la ley N° 18.010, y 15 de la ley N° 4.702, se aplicarán desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial , o sea, serán aplicables a los créditos que se contraigan a partir de esa fecha. Por desgracia, no tenemos la facultad de elaborar un proyecto de ley con efecto retroactivo, lo que deja a voluntad de los bancos acogerse a esta norma unilateralmente, sector que, lamentablemente, no ha demostrado ser muy abierto a acoger este tipo de normas, por lo que deberemos establecerlas hacia el futuro.
Por los argumentos señalados, vamos a respaldar las modificaciones del Senado.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ .-
Señor Presidente , quiero destacar como un aspecto muy positivo que este proyecto, iniciado en moción, haya sido tramitado en forma expedita por la Cámara, aunque estuvo más de un año en el Senado.
Tal como lo plantearon los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra, hoy debemos dar una señal muy clara en favor de quienes se han visto obligados, debido a una serie de circunstancias, a solicitar la repactación de las deudas financieras que han contraído.
En ese sentido, la iniciativa procura cuidar que en un proceso de repactación, de prepago o cuando opere una cláusula de aceleración, no sólo se vea un lado de la moneda, sino ambas caras: tanto los intereses de las instituciones financieras como los del deudor, lo que constituye un avance.
No deja de tener razón lo manifestado por el diputado señor Vilches en cuanto a que la iniciativa podría llegar a ser letra muerta. De allí que me parece muy positivo que el diputado señor Juan Pablo Letelier haya anunciado que, junto al diputado señor Carlos Montes , presentarán un proyecto para solucionar el problema de las deudas educacionales; porque la mayoría de los diputados conocen casos de alumnos que se han matriculado en universidades privadas y que no han podido iniciar o continuar sus estudios en ellas, debido a diversas circunstancias, como problemas familiares, traslado a otra ciudad u otros, y que se han encontrado con la desagradable sorpresa de que deben pagar las letras firmadas por el año de estudio completo. Allí hay una falla del sistema, porque se utiliza un resquicio que no corresponde a las reglas del juego que deben tener los establecimientos de educación superior, ámbito en el que existe mucha competencia y publicidad. Por lo tanto, si les parece bien a los diputados señores Juan Pablo Letelier y Montes, me gustaría ser coautor de la iniciativa que elaborarán para solucionar esa situación.
Hay otro aspecto que me interesa mucho subrayar, ya que todo cuerpo legal generalmente es intrerpretativo. La gran señal que debemos dar ahora, en el tercer trámite constitucional de esta iniciativa, es dejar absolutamente claro que el proyecto entrega a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras de atribuciones suficientes para cuidar el interés del usuario, es decir, de la persona que tiene una deuda y quiere prepagar.
De esa forma, se podría obviar la inquietud del colega Carlos Vilches , o sea, estableciendo en la historia fidedigna del establecimiento de la ley que la Superintendencia, en uso de sus atribuciones, podrá hacer cumplir el espíritu del legislador respecto del proyecto de ley que modifica la ley Nº 18.010, que ayuda a solucionar los problemas de muchos miles de chilenos con deudas.
Por lo tanto, en nombre de la bancada del Partido Demócrata Cristiano, anuncio que votaremos favorablemente las modificaciones del Senado, porque mejoran y perfeccionan el proyecto de ley.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Francisco Bayo.
El señor BAYO.-
Señor Presidente, quiero adherir a lo dicho por mis colegas respecto de lo positivo del proyecto.
Hago notar la diferencia de las situaciones que enfrentan las personas cuando solicitan un préstamo y, luego, cuando van a repactarlo o a prepagarlo. El grado de vulnerabilidad en el momento de la petición del préstamo es muy diferente a la que enfrentan cuando llegan a prepagar.
Hago mías las aprensiones del diputado Vilches sobre la conveniencia de establecer sanciones en caso de incumplimiento de las disposiciones de la futura ley. Por lo tanto, debe tenerse en consideración el rol de la Superintendencia en relación con esta materia y deben consignarse nuestras aprensiones sobre el tema en la historia fidedigna del establecimiento de la ley. La institución financiera debe ser sancionada cuando no cumple la ley. Estamos conscientes de que el proyecto apunta en la dirección correcta, pero no señala la responsabilidad penal por incumplimiento.
Reitero lo dicho por el diputado señor Carlos Vilches, en el sentido de que, ante la imposibilidad de introducir nuevas modificaciones en esta etapa de la tramitación, se deje constancia de nuestras aprensiones en la historia fidedigna del establecimiento de la ley.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , el proyecto resultará muy positivo, toda vez que hará justicia a los deudores que se ven en la imposibilidad de defenderse cuando son abusados, sobre todo teniendo en cuenta que el abuso se comete al amparo de la ley. El proyecto establece normas más justas.
Respecto de los planteamientos de los colegas Vilches y Bayo en cuanto a que la iniciativa no señala expresamente las sanciones aplicables a quienes vulneren la norma, o a quién deben recurrir las personas cuando sus derechos son conculcados, debo hacer presente que el proyecto modifica la ley Nº 18.010, que regula las operaciones de créditos en dinero. En consecuencia, cuando se vulnera esa legislación, el afectado tiene la oportunidad de recurrir a la justicia ordinaria. Es decir, el proyecto no impide el conocimiento de los ilícitos por los tribunales. Sin perjuicio de lo anterior, quien se sienta vulnerado por una institución bancaria o financiera, podrá recurrir a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Correa.
El señor CORREA .-
Señor Presidente , los niveles de endeudamiento de los chilenos, sobre todo de los que no tienen capacidad de pago, están creando un problema social masivo, como se comprueba por la generalizada acción de los tribunales de justicia. Por otra parte, no es justo que se cobren intereses no devengados al momento de prepagar una deuda. En consecuencia, estimamos que el proyecto apunta en la dirección correcta y que las modificaciones del Senado son sólo formales.
Por lo expuesto, la Unión Demócrata Independiente dará su aprobación a las modificaciones.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Saffirio.
El señor SAFFIRIO.-
Señor Presidente, los diputados que me han antecedido en el uso de la palabra han abordado el fondo del proyecto, y el diputado señor Ortiz ha anunciado el voto favorable de la Democracia Cristiana a las modificaciones del Senado.
En estos momentos se están reprogramando masivamente los créditos, especialmente los hipotecarios, porque la baja en las tasas de interés, que se ha traspasado a los clientes, cuestión que costó mucho, quizás no dure mucho tiempo. Probablemente estamos a las puertas de un alza en las tasas de interés en varias de las más importantes de las economías mundiales, como la de Estados Unidos de América.
La iniciativa pretende terminar con una situación injusta y poco ética, como dijo el diputado Juan Pablo Letelier , consecuencia de un sistema económico en que lo financiero predomina sobre lo productivo, como lo saben no sólo los pequeños y medianos empresarios, sino también los profesionales jóvenes que han querido incorporarse al mundo de la empresa a través de iniciativas creativas.
El 22 de abril recibí un correo electrónico de un particular, al cual no voy a nombrar para no crearle problemas en el sistema financiero, a pesar de que se identifica con nombre y rut. En él señala que, en 1997, se compró un departamento en el centro de Santiago a través de un mutuo hipotecario y con una tasa de 8,5 por ciento anual. Hoy desea repactar su crédito a una tasa mucho más conveniente: 4,2 a 4,5 por ciento, que están cobrando los bancos para reprogramar. Pero ¿dónde está el problema? En que su deuda, que es de 904 unidades de fomento, aproximadamente 15 millones 500 mil pesos, se transforma, mediante esta reprogramación “tan conveniente” que el banco le ofrece, en 1.440 unidades de fomento, alrededor de 24 millones de pesos; es decir, 16 por ciento más, lo que, obviamente, le parece un abuso.
Me pregunto si esto es legal y si podrá este ciudadano aprovechar las actuales tasas, teniendo en cuenta los abusivos intereses que están cobrando, incluso, por préstamos que se quieren prepagar.
Para información de la Sala, quiero señalar que hay otras trampitas que los bancos hacen en estas reprogramaciones. Por ejemplo, obligan al cliente a contratar seguros asociados al servicio bancario, llámense de incendio, de sismos o de desgravamen, como me señala el diputado Burgos , equivalentes a 2 ó 2,5 unidades de fomento mensuales. Por lo tanto, lo que por un lado ofrecen como beneficio de la rebaja de tasas, por el otro lo recuperan vía seguros asociados, que transforman en obligatorios al momento de reprogramar.
En síntesis, creo que esta moción parlamentaria, que lleva tantos años de tramitación -felicito al diputado Tuma , autor de la moción, y también al ex diputado Sergio Elgueta , coautor-, requiere ser ley a la brevedad, porque aborda una situación más de abuso del capitalismo financiero, que tiene ahogados a pequeños y medianos empresarios y también a modestos deudores de créditos hipotecarios.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO .-
Señor Presidente , apoyo las modificaciones del Senado a esta iniciativa estudiada por la Comisión de Hacienda, y en la cual el diputado Tuma enfatizó la importancia de aprobarla. Por las intervenciones escuchadas, no habría dificultad en despacharla hoy. Reitero mi reconocimiento al diputado Eugenio Tuma , porque sé y me consta que es el autor de la idea.
Es bueno decir cosas positivas, más aún cuando en algunas ocasiones se trata de empañar la labor de los parlamentarios con comentarios que señalan que no hacemos nada de valor. Por el contrario, considero que hacemos muchas cosas positivas, una de las cuales es la que estamos tratando hoy.
Lo fundamental del proyecto es la terminación de las enormes deudas, abultadas por intereses impagos. A lo mejor, cuando comience a regir esta norma se terminarán las eurolatinas y los créditos engrosados de manera artificial. Esa es una realidad.
No quiero ser tan drástico con los bancos, como lo fue el colega Saffirio , ya que si los deudores no reprograman, perderán las convenientes tasas que se ofrecen por los diarios, radios, etcétera. Una vez más pienso que todos tenemos un poco de culpa. A lo mejor, en su momento, el banco no le dice al deudor que si cambian las reglas del juego, podrá repactar las tasas fijadas en el contrato del crédito. Eso nunca se dice, pero debería quedar señalado en la letra chica.
Con el proyecto en estudio sí aplicamos una cláusula de aceleración para el pago debido, no para el pago total. O sea, como se ha dicho, cuando hay un atraso de dos cuotas, se cobraba el monto total de los intereses y de la deuda, incluso judicialmente. Ahora, se podrá repactar con el pago de una cuota, sin pagar de inmediato todos los intereses. Éste es el fundamento del proyecto.
El Partido por la Democracia apoyará el proyecto, porque éste nace desde nuestras filas y ha sido bien visto y recibido. Felicito al diputado señor Tuma por esta iniciativa, que va en beneficio de tantos chilenos que se encuentran complicados con el sistema bancario.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Juan Bustos.
El señor BUSTOS .-
Señor Presidente , el proyecto en debate, iniciado en moción, es sumamente importante, pues tiene que ver con un tema perjudicial para los deudores en relación con el prepago y la cláusula de aceleración, tanto de créditos de casas comerciales como de bancos. En ese sentido, cuenta con todo nuestro apoyo y aprobación.
Sin embargo, el Senado introdujo una modificación al artículo transitorio aprobado por la Cámara de Diputados, que constituye una discriminación evidentemente inicua y contraria a nuestra Constitución, en relación con los principios de igualdad y de no discriminación. Como es lógico, la ley tiene aplicación en todas las situaciones que regula desde el momento de su publicación. La modificación dispone que, cuando el monto de la comisión hubiese sido pactado, según la ley vigente a la época en que se contrajo la obligación, las modificaciones introducidas por la nueva ley no tendrán aplicación. Es decir, se plantea una situación totalmente injusta y en contra del espíritu del proyecto.
Estimo que este artículo transitorio debe ser rechazado porque, en primer lugar, establece una discriminación, y, en segundo lugar, va en contra de lo que es propio a cualquier ley, o sea, que su vigencia rige desde el momento de su publicación. Por lo tanto, no pueden establecerse excepciones a ese respecto, pues van en contra del espíritu de la ley; es decir, apuntan en sentido inverso de lo que se había señalado anteriormente sobre la cláusula de aceleración y van en perjuicio, en forma injusta, de la posición en que quedan los deudores del sistema de crédito.
Por las razones expuestas, el artículo transitorio introducido por el Senado debe ser rechazado.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor LORENZINI ( Presidente ).-
Corresponde votar el proyecto de ley que modifica la ley N° 18.010, sobre operaciones de crédito de dinero, estableciendo normas sobre aplicación de intereses cuando opera una cláusula de aceleración y de protección de los deudores en los procesos de repactación.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 88 votos; por la negativa, 2 votos. No hubo abstenciones.
El señor LORENZINI ( Presidente ).-
Aprobado, agregando el voto afirmativo del diputado Iván Paredes.
Despachado el proyecto.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi, Alvarado, Álvarez, Allende (doña Isabel), Araya, Ascencio, Barros, Bauer, Bayo, Becker, Bertolino, Burgos, Ceroni, Cornejo, Correa, Cristi (doña María Angélica), Cubillos (doña Marcela), Delmastro, Díaz, Dittborn, Egaña, Encina, Errázuriz, Escalona, Espinoza, Forni, Galilea (don Pablo), Galilea (don José Antonio), García (don René Manuel), García-Huidobro, Guzmán (doña Pía), Hales, Hidalgo, Ibáñez (don Gonzalo), Jaramillo, Jarpa, Kast, Kuschel, Leal, Leay, Letelier (don Felipe), Longton, Lorenzini, Luksic, Martínez, Masferrer, Mella (doña María Eugenia), Molina, Monckeberg, Mora, Moreira, Mulet, Muñoz (don Pedro), Muñoz (doña Adriana), Norambuena, Ojeda, Olivares, Ortiz, Palma, Pérez (don José), Pérez (don Aníbal), Pérez (don Ramón), Pérez (doña Lily), Pérez (don Víctor), Prieto, Riveros, Robles, Rojas, Saa (doña María Antonieta), Saffirio, Salaberry, Salas, Sánchez, Seguel, Sepúlveda (doña Alejandra), Silva, Soto (doña Laura), Ulloa, Uriarte, Urrutia, Valenzuela, Varela, Vargas, Venegas, Vilches, Villouta, Von Mühlenbrock y Walker.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Bustos y Rossi.
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