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El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Uriarte .
El señor URIARTE.-
Señor Presidente, como lo destaqué, junto con los diputados señores Víctor Pérez y Marcelo Forni , hace sólo un par de semanas, al pronunciarnos en general, el proyecto de responsabilidad penal juvenil viene a dar solución a una serie de problemas de justicia que afectan a las partes involucradas en un conflicto penal que compromete a adolescentes. En efecto, todos sabemos que tanto el infractor como la víctima, en las condiciones actuales, no reciben de parte del sistema de justicia una respuesta adecuada. Ello se debe fundamentalmente a la óptica desde la cual se encuentra construido el actual sistema, toda vez que, sobre la base de la irresponsabilidad del menor, define una serie de medidas coactivas a su respecto, supuestamente aplicadas para su protección. Con ello, se excluye a este conflicto de las reglas propias de un juicio y, consecuentemente, se excluye a la víctima como parte del mismo.
La sociedad asume que su condición de adolescente no le permite al joven responsabilizarse por sus actos, lo que atenta contra su condición de sujeto autónomo, capaz de ejercer derechos fundamentales. De esta forma, no se responde a la sociedad ni a las víctimas; no se administra un procedimiento justo, respetuoso de las reglas del debido proceso, ni se aplica tampoco una medida o sanción útil para evitar la reiteración futura en hechos delictivos.
La capacidad, entonces, es una consecuencia de su autonomía, reconocida en diversos niveles de la vida social. No basta con su madurez sicológica o mental, sino con aquella que le es reconocida por nuestra propia sociedad. En este plano, hoy es perfectamente factible asumir que los adolescentes mayores de 14 años se encuentran capacitados para desarrollarse en sociedad con uso de múltiples facultades autónomas. Sin embargo, el proceso de vida que experimentan, marcado por un constante cambio y una enorme necesidad de adaptación a su nueva realidad adulta, permite diferenciar las consecuencias de dicha responsabilidad respecto de aquellas que se prevén en el régimen general para los adultos, con lo cual aparece obvio la necesidad de regular un sistema especial de responsabilidad.
El proyecto de ley que hoy se somete a nuestra consideración precisamente asume estos elementos, proponiendo una regulación penal, procesal y de ejecución especialmente concebida para la responsabilidad de adolescentes. Con ello se contribuye enormemente a la tarea de prevenir delitos futuros, considerando precisamente que la intervención en adolescentes ejerce mucho más perspectivas de éxito en miras a disminuir la reincidencia futura.
Como dije en dicha oportunidad, sólo debemos lamentar que este proyecto se debata en un contexto de pleno auge de la delincuencia, expresado en la cada vez mayor presencia de delitos cometidos por menores de edad, en el aumento de la violencia empleada en su ejecución y, particularmente, en el aumento de la intervención de jóvenes en ellos. Echamos de menos que la política criminal sea más amplia y ahonde en la política social, en miras a atacar aquellos factores que generan delincuencia.
No obstante, creemos estar avanzando en buen camino. Así, el texto conocido y aprobado en general por la Comisión de Constitución y por la Cámara, fue concordado con miras a alcanzar mejores niveles de eficacia en la lucha contra el delito y, al mismo tiempo, solucionar los problemas de justicia que hemos denunciado.
Contribuimos a ello en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, en la que se genera una propuesta que, en el contexto citado, se hace cargo de las diversas visiones presentes en la sociedad. A nuestro juicio, el producto es adecuado, y así lo ratifica el casi absoluto respaldo con que contó la idea de legislar.
Sobre esa base, propusimos algunos perfeccionamientos que, en su mayoría, han sido acogidos por la Comisión en el informe en particular que se debate. Se hizo expresa referencia a las medidas aplicables a menores de 14 años, clarificando que quedan fuera del marco de aplicación de esta ley y que requieren de un nuevo sistema de tratamiento y de protección.
En forma adicional, ampliamos la calificación del delito grave a las actividades asociativas que involucren la participación de adolescentes en delitos de drogas y terroristas, originalmente no considerados en tal calidad. Eliminamos, además, la llamada eximente por analogía, que, a nuestro juicio, constituía un riesgo de impunidad; aumentamos los plazos de prescripción del delito, y nos hicimos cargo, también, del plazo de las faltas. Con el mismo fin, restringimos el uso de la amonestación en aquellos casos en que, de verdad, se cuente con señales claras de arrepentimiento del menor, y, de manera específica, en caso de objetarse la medida del trabajo en beneficio de la comunidad, ésta deberá sustituirse por una de mayor gravedad. Con esto último, respetamos los compromisos internacionales, sin dejar de asegurar la efectividad y seriedad de las prescripciones de la ley. Aumentamos, asimismo, la duración del arresto de fin de semana, de modo de transformar esta medida en una sanción real, posibilitando que sea utilizada en términos eficaces.
Sin perjuicio de lo anterior, con el diputado Forni renovaremos una indicación para eliminar el artículo 29 del proyecto.
Por otra parte, reiteramos la necesidad de evaluar la ejecución de las medidas privativas de libertad, particularmente cuando son impuestas por plazos más breves de tiempo. Con ello, aseguramos que los centros privativos no operen como escuelas delictivas, sino que se orienten efectivamente a la rehabilitación del infractor.
Como dijimos en la discusión en general, las medidas tomadas hasta la fecha han demostrado ser insuficientes e ineficaces para prevenir el delito. A ello contribuye sustancialmente la impunidad imperante en el sistema, reforzada, en el caso de los menores de edad, sobre la base de la afirmación de su irresponsabilidad.
En este contexto, el proyecto constituye todo un aporte, pues la impunidad necesariamente termina en un incentivo a la reincidencia. En ese ánimo y considerando que su texto fue elaborado sobre ejes acertados, efectivos y justos que consideran la realidad de los adolescentes de nuestro país, y teniendo presente, además, que ha sido perfeccionado en este segundo informe, anuncio mi voto favorable para que continúe su tramitación parlamentaria hasta convertirse en ley lo más pronto posible.
He dicho.
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