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- rdf:value = " El señor RÍOS.-
Señor Presidente , conforme al criterio de la Administración del Estado y de las responsabilidades propias de la institucionalidad y frente a las funciones del Presidente de la República en la dirección del Poder Ejecutivo , y de aquellas otras que se asignan o consultan a esta Corporación -como las resoluciones relativas a proposiciones del Ejecutivo-, éste es un artículo mal redactado.
La razón por la cual señalo lo anterior se debe a que cuando el Jefe del Estado designa, con acuerdo del Senado, a "un" personero -la doctrina no distingue entre quienes permanecen en el país y los que trabajan en el extranjero-, su función queda sujeta a los dos actores que participaron en su designación: el Ejecutivo y el Senado. Pero aquí la redacción resulta muy curiosa. El Nº 10 del artículo 32 expresa: "Designar a los embajadores y ministros diplomáticos, y a los representantes ante organismos internacionales. Tanto estos funcionarios como los señalados en el número 9.º precedente, serán de la confianza exclusiva del Presidente de la República y se mantendrán en sus puestos mientras cuenten con ella;". La verdad es que ya no son de su confianza exclusiva, por cuanto éste ha recurrido a esa Cámara para compartir la responsabilidad en la designación de una persona.
En todos los casos en que eso ocurre, también el Primer Mandatario concurre al Senado para poner término anticipado a la designación de una persona. Eso es aplicable a todos los cargos aquí mencionados o en los cuales hemos participado. Hace unas pocas horas designamos un miembro del Consejo del Banco Central, y el término anticipado de sus funciones respecto del período dispuesto sólo se puede cursar también con el acuerdo de esta entidad, a la cual el Presidente de la República consultó, con la anuencia de los dos tercios, en el caso específico.
Así que, como está redactado, el artículo se margina de la doctrina institucional del país en esta materia. Eso, en primer lugar.
Salvo que existiera acuerdo del Senado- ello ahora no será posible, porque se han expresado posiciones muy definidas de los señores Senadores con respecto a cómo votar-, no correspondería aprobar el texto sugerido si es que se busca realmente la alternativa de establecer una fórmula sobre nuestra participación. Pero si esta Corporación emite pronunciamiento sobre la designación, también tiene que a lo menos opinar cuando se trate de la destitución anticipada del personero.
En el resto de mi tiempo, quiero plantear otra cuestión de importancia.
Respecto de la designación de embajadores, se ha recordado aquí que existe una carrera funcionaria que debe respetarse. Yo la respeto mucho. En el cuerpo diplomático chileno ciertas personas muy destacadas han cumplido responsabilidades bastante significativas. Pero, evidentemente, la acción de representatividad de un Estado en otro hoy adquiere una trascendencia distinta de lo puramente diplomático: tiene importancia en los ámbitos comercial, cultural, etcétera, lo que a veces lleva incluso a pensar en la alternativa de que quienes asuman la representación de Chile en países tan relevantes en materia de desarrollo económico futuro, como es el caso de China o de India, deben ser personas que conozcan y asuman con mucha profundidad las responsabilidades propias de un gran vendedor de nuestros productos científicos, técnicos, culturales, etcétera.
Recuerdo que no hace muchos años me causó mucha risa e interés la actitud de un embajador de cierto país europeo muy conocido por sus productos lácteos, invitado a la inauguración de una planta lechera en la Región del Biobío. Él estuvo muy contento; incluso lo aplaudieron. Asistió al evento con un maletín, y todo el mundo estaba convencido que contenía documentos muy importantes. En el almuerzo preguntó quién era el encargado de la administración de unos filtros especiales para lograr la pureza de la leche, materia prima de los productos elaborados por dicha planta. Entonces, luego de que le informaron acerca del asunto, el embajador abrió su maletín y dijo: "Éstos son los filtros que producen 22 empresas de Holanda; rogaría a ustedes que también los consideraran". A mí me gustó su modo de actuar. Efectivamente, no era un tema diplomático. Sin embargo, estaba promocionando a su país con una fórmula adecuada, simpática, que, a lo mejor, nunca se la habían enseñado en la Cancillería, pero tenía la alternativa de utilizarla.
Por lo tanto, termino señalando dos cosas: primero, se trata de un artículo mal redactado, pues se margina de la doctrina institucional de nuestro país en esta materia; y segundo, las funciones propias de la diplomacia adquieren relevancia distinta.
Voto que no.
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