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El señor CHADWICK .-
Señor Presidente , al analizar cualquier norma constitucional podríamos aducir que no es posible modificarla, porque podría provocar una alteración del sistema, o por ser más conveniente considerarlo en forma global. Pero en tal caso, ante cualquier cambio constitucional, deberíamos estar organizados en una suerte de asamblea constituyente, y creo que para quienes piensan así es aplicable el refrán de que "lo óptimo es enemigo de lo bueno". Porque si para modificar una atribución, como la que estamos analizando, se hace necesario revisar todo el Régimen Presidencial y estudiar el Parlamentario, el Congreso se estaría colocando en la imposibilidad absoluta de realizar cualquier enmienda a la Constitución y, por la vía de que cualquier cambio requeriría una visión global, hacerla inmodificable.
La disposición propuesta por la Comisión no afecta el régimen presidencial, del cual soy partidario por estimarlo un buen sistema para la estabilidad política del país. Sin embargo, no concuerdo con que el Primer Mandatario , por su sola voluntad, cuente con la facultad de llamar a retiro a los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas. Alguien podría aducir al respecto que negarle esta atribución significaría participar de un régimen absolutamente contrario al Presidencial , y habría buenas razones para sostenerlo así.
Soy partidario, asimismo, de que el Presidente de la República no pueda nombrar a los Ministros de la Corte Suprema sólo por su voluntad -como se hacía bajo las normas vigentes hasta 1991-, y requiera del acuerdo del Senado. Pienso que en ambas situaciones no se está modificando lo esencial de un régimen de carácter presidencial, sino -como en todo régimen político- atenuando o fortaleciendo algunos aspectos de los elementos sustantivos de los regímenes presidencial o parlamentario.
Por lo tanto, cuando hablamos de proporcionar al Primer Mandatario una atribución cuya materialización requerirá el acuerdo del Senado, no creo que estemos modificando el régimen presidencial, sino que buscando su perfeccionamiento.
El tema central, como han planteado varios señores Senadores, dice relación a cómo podemos obtener nombramientos de la mayor calidad en un aspecto que reviste suma relevancia para el país: la designación de sus embajadores. Y ni uno ni otro sistema aseguran tal calidad, porque un Presidente de la República puede designar pésimos embajadores y el Senado dar su acuerdo en este mismo sentido. Pienso que la calidad no está garantizada por el régimen, sino por la forma como generamos incentivos para lograr que los nombramientos sean mejores. A mi juicio, el principal incentivo se relaciona con lo que decía el Senador señor Valdés , y que en Chile, lamentablemente, aún no tenemos la capacidad para lograrlo: la existencia de una carrera funcionaria diplomática, que garantice a quienes lleguen a su término, y habiendo recibido la capacitación y formación necesarias, y sorteado exigencias internas, estar en condiciones de ser un buen embajador.
Pero como carecemos de ella, debemos buscar otro mecanismo que permita incentivar la calidad. Mi experiencia en esta Corporación me indica que cuando se ha requerido el acuerdo del Senado para designaciones propias del Presidente de la República, siempre se ha tratado de conseguir una exigencia de mayor calidad que la que podría haberse alcanzado si no hubiera existido ese acuerdo.
Ello no significa terminar con los cuoteos pol��ticos, sino que, para obtener el acuerdo del Senado, cuando el Primer Mandatario pretenda un nombramiento que tenga este carácter, deberá escoger al mejor del mundo partidista al que el interesado pertenezca.
Ateniéndome a la realidad, prefiero un sistema que incentive a los mejores -ya sea dentro de un sector político o en un plano más amplio-, y no descansar en la mera voluntad del Primer Mandatario , como muy bien señaló el Senador señor Frei . Al respecto, las cifras son muy notables si las limitamos al tiempo mencionado, pero simultáneamente nos indican que durante el resto de su período ni siquiera se alcanzó al 40 por ciento de nombramientos provenientes del mundo no político. Ello habla bien de las designaciones realizadas por Su Señoría, pero reafirma este aspecto excepcional dentro de nuestros regímenes presidenciales.
Por lo tanto, pienso que el requerir el acuerdo del Senado es un incentivo para procurar nombramientos de mayor calidad, aun cuando provengan de su mismo sector político, pero que se trate de buscar a los mejores. Creo que los Presidentes de la República -como ha ocurrido en el Senado- no se van a exponer al bochorno de proponer a alguien que pueda ser rechazado por el Senado por no reunir los méritos para ocupar determinado cargo. Conviene recordar al respecto los nombramientos en la Corte Suprema y en el Banco Central, que normalmente han contado con votaciones muy altas porque los Presidentes se han esmerado en proponer a personas que merezcan esas mayorías por sus calidades y méritos.
El hecho de que el Primer Mandatario deba requerir el acuerdo del Senado puede constituir un buen incentivo para tener una carrera funcionaria, porque si el nombramiento de los embajadores depende única y exclusivamente del Presidente , el incentivo para la existencia de una carrera funcionaria realmente eficaz y moderna es bajo. En cambio, la exigencia del acuerdo de un órgano externo, como lo es la Cámara Alta, puede significar un estímulo para la creación de una carrera funcionaria de la mayor calidad; porque es muy distinto obtener ese acuerdo para un funcionario que la haya cumplido, que para alguien que sólo obedece al mundo político.
Por eso, voto a favor de la modificación.
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