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El señor RÍOS.-
Señor Presidente , quiero plantear mi disconformidad por la forma como la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento ha planteado este procedimiento.
Casi ochenta por ciento de los Senadores obtuvo finalmente su cargo parlamentario por la suma de votos. Y los elegidos sin requerimientos de su compañero de lista fueron muy pocos; la mayoría precisó la suma.
En mi experiencia personal, durante el primer período parlamentario fui Senador designado, pues obtuve la tercera mayoría de votos. La primera la consiguió el Honorable señor Ruiz-Esquide , presente en la Sala; la segunda, el doctor Condezza .
Sin embargo, la ley electoral me puso en el cargo con la suma de votos de mi colega de lista, don Guillermo Arthur .
Por tal motivo, a partir de ese instante y al margen de que el resultado no representó lo que el pueblo quería, pues votó mayoritariamente por el Honorable señor Ruiz-Esquide y por el doctor Condezza , es evidente que la responsabilidad recayó en el Senador que habla por estas cosas de la ley. En la elección de 1997, obtuve la votación necesaria para salir elegido.
Cabe recordar que una lista parlamentaria -tal como lo señalan las normas legales vigentes- se conforma con personas que tienen un pensamiento y una acción doctrinaria y política comunes. No se exige que ellos sean iguales, pero eso es lo que contribuye al fortalecimiento de las coaliciones.
Debo reconocer que la Concertación es un conglomerado que en el Gobierno ha funcionado bien, con todo lo que significa el debate natural, y que ha tenido una conformación adecuada para desarrollar, desde su punto de vista, importantes aspectos del país.
Las normas vigentes ayudan al fortalecimiento de las coaliciones. Si un candidato resulta electo por la suma de sus votos más los de su compañero de lista, me parece lógico que si el primero fallece sea reemplazado por el segundo. Ello porque, primero, el candidato electo obtuvo la votación necesaria para salir elegido Senador; y segundo, porque ambos postulantes forman parte de una misma coalición. Así lo establece la ley.
Desde mi punto de vista, la propuesta de la Comisión, en el sentido de que un candidato independiente pueda manifestar previamente, en un documento cerrado -una especie de testamento político- cuál será, en caso de fallecer, la persona que debe reemplazarlo, atenta contra la participación democrática y ciudadana de contar con la opción de votar por otras, en lugar de hacerlo por aquélla.
En mi opinión, el artículo propuesto por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento es inconveniente, razón por la cual votaré en contra.
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