. . . . . . . . . . . "MARCO JUR\u00CDDICO PARA TRABAJOS EN R\u00C9GIMEN DE\u00A0SUBCONTRATACI\u00D3N Y EN EMPRESAS DE SERVICIOS TEMPORARIOS"^^ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . " MARCO JUR\u00CDDICO PARA TRABAJOS EN R\u00C9GIMEN DE\u00A0SUBCONTRATACI\u00D3N Y EN EMPRESAS DE SERVICIOS TEMPORARIOS \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nProyecto de ley, en primer tr\u00E1mite constitucional, sobre el trabajo en r\u00E9gimen de subcontrataci\u00F3n, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios, con informe de la Comisi\u00F3n de Trabajo y Previsi\u00F3n Social.\n \n--Los antecedentes sobre el proyecto (2943-13) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: \nProyecto de ley: \nEn primer tr\u00E1mite, sesi\u00F3n 1\u00AA, en 21 de mayo de 2002. \nInforme de Comisi\u00F3n: \nTrabajo, sesi\u00F3n 15\u00AA, en 29 de julio de 2003.\n \nDiscusi\u00F3n: \nSesiones 30\u00AA, en 2 de septiembre de 2003 (queda pendiente su discusi\u00F3n general); 35\u00AA, en 16 de septiembre de 2003 (queda para segunda discusi\u00F3n).\n \nEl se\u00F1or HOFFMANN (Secretario).- \nLa relaci\u00F3n de esta iniciativa se hizo el 2 de septiembre del a\u00F1o en curso. \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nEn la segunda discusi\u00F3n, tiene la palabra por siete minutos y medio el Honorable se\u00F1or Boeninger.\n \n \nEl se\u00F1or BOENINGER.- \nPido la comprensi\u00F3n de la Sala si mi intervenci\u00F3n excede ese plazo. En realidad, por culpa m\u00EDa no estuve presente en la primera discusi\u00F3n.\n \nEl objetivo principal del proyecto es la formalizaci\u00F3n desde el punto de vista de la legislaci\u00F3n laboral de las empresas proveedoras de trabajadores temporales, para lo cual incorpora un nuevo cap\u00EDtulo al C\u00F3digo del Trabajo.\n \nSimult\u00E1neamente, se trata de establecer una distinci\u00F3n clara entre el trabajo en r\u00E9gimen de subcontrataci\u00F3n -en que un empleador, contratista o subcontratista, ejecuta obras o presta servicios para un tercero, due\u00F1o de la obra o faena, con su propio personal, de contrato permanente o indefinido- y la figura n\u00EDtidamente diferente del suministro de trabajadores contratados por la empresa proveedora y puestos a disposici\u00F3n de la empresa usuaria para realizar labores de tipo temporal, caracter\u00EDstica esencial de esta modalidad. \nNo me cabe duda de que ambos objetivos son correctos y requieren de regulaci\u00F3n, por lo cual desde ya anuncio mi voto favorable a la idea de legislar. \nQuiero manifestar, tambi\u00E9n, que hay varios temas de enfoque y orientaci\u00F3n que resultan definitorios con relaci\u00F3n a la naturaleza concreta del marco regulatorio que la ley en proyecto establecer\u00E1 respecto de estas empresas y de la provisi\u00F3n de los trabajadores temporales, y que ser\u00E1 preciso analizar en el segundo informe. \nCabe hacer presente una observaci\u00F3n previa a prop\u00F3sito del p\u00E1rrafo relativo a la subcontrataci\u00F3n. Expreso mi convicci\u00F3n de que la subcontrataci\u00F3n y, en general, la externalizaci\u00F3n de faenas y servicios constituyen modalidades esenciales de la organizaci\u00F3n contempor\u00E1nea del trabajo, por lo cual los resguardos y regulaciones necesarios para evitar que se utilicen como resquicios o como forma de burlar los derechos y la protecci\u00F3n que la ley otorga a los trabajadores no debieran traducirse en normas restrictivas que inhiban o desalienten los procesos de externalizaci\u00F3n y subcontrataci\u00F3n se\u00F1alados. \nEn cuanto a las empresas proveedoras de trabajadores temporales y a la normativa que ha de regir la contrataci\u00F3n de trabajadores por ellas y a los contratos de puesta a disposici\u00F3n de esos trabajadores a una firma usuaria -o sea, los contratos celebrados entre la empresa suministradora de trabajadores y la usuaria, y entre la empresa suministradora de trabajadores y los propios trabajadores que contrate-, son materias que deben regularse, porque hoy d\u00EDa operan en un vac\u00EDo legal. Sin embargo, me parece que esta necesaria regulaci\u00F3n no debe conducir a un tratamiento excesivamente restrictivo o a considerar tan excepcional\u00EDsima esta modalidad de trabajo que s\u00F3lo cabe autorizarla en casos muy calificados. \nEs evidente que la provisi\u00F3n de personal temporario no est\u00E1 llamada a constituir una proporci\u00F3n elevada de los contratos de trabajo. A mi juicio, se trata de una modalidad m\u00E1s de empleo que tiene un rol en la organizaci\u00F3n laboral contempor\u00E1nea y que, con pleno resguardo de los derechos de los trabajadores, puede hacer aportes significativos tanto en procesos de inversi\u00F3n ligados a nuevos proyectos o en expansi\u00F3n de actividades como tambi\u00E9n en el aprovechamiento de momentos favorables y transitorios de mayor demanda, para citar s\u00F3lo ejemplos manifiestos. \nA lo anterior a\u00F1adir\u00EDa la ejecuci\u00F3n de labores transitorias por naturaleza: actividades de temporada, como las agr\u00EDcolas o forestales; el inicio de operaciones de una empresa nueva, y la realizaci\u00F3n de faenas urgentes o impostergables que requieren concreci\u00F3n inmediata. \nEs decir, se trata de una modalidad de contrato de trabajo que tiene un nicho no despreciable en la econom\u00EDa contempor\u00E1nea. \nEn virtud de lo anterior, considero que, en general, las empresas proveedoras de trabajadores temporarios deben ser tratadas como las de cualquier otro tipo e incentivar su formalizaci\u00F3n, sin perjuicio de los resguardos especiales -dada la naturaleza de esta actividad- que se requieran para cautelar debidamente los derechos de los trabajadores y la fe p\u00FAblica. La constituci\u00F3n de una adecuada garant\u00EDa, de liquidez inmediata, al inicio del funcionamiento de una compa\u00F1\u00EDa de esta \u00EDndole es, a mi modo de ver, un ejemplo correcto, apropiado, de tales resguardos especiales. \nNo comparto, en cambio -y formular\u00E9 indicaci\u00F3n en este sentido- la norma incorporada por la Comisi\u00F3n en orden a que el contrato de puesta a disposici\u00F3n de trabajadores que una firma proveedora de servicios temporarios celebre con la empresa usuaria deba ser una r\u00E9plica id\u00E9ntica al que aqu\u00E9lla, a su vez, suscriba con las personas que contrata. Si dicha norma se aprobara sin modificaciones, las empresas de servicios temporarios ser\u00EDan meras intermediarias caso a caso, orientadas a buscar trabajadores a pedido en el mercado. Es decir, se transformar\u00EDan en verdaderos entes comisionistas por encargo. En esas condiciones, no podr\u00EDan contar con personal permanente, efectuar capacitaci\u00F3n ni una serie de otras actividades que ser\u00EDa deseable que realizaran. \nSeguramente, la preocupaci\u00F3n que dio origen a la disposici\u00F3n propuesta tiene que ver con el temor de que algunas usuarias monten empresas paralelas de provisi\u00F3n de trabajadores temporarios, para evitar el empleo de trabajadores con contrato indefinido normal. Pero, en mi opini\u00F3n, el resto del articulado hace imposible que se produzcan situaciones dolosas de esa naturaleza de manera masiva. \nDel mismo modo, resulta innecesario y no procede que el Director del Trabajo tenga la facultad de cancelar la inscripci\u00F3n del registro de una empresa de servicios temporarios, atribuci\u00F3n que ciertamente no posee respecto de ninguna otra clase de sociedad.\n \nAsimismo, creo que deben diferenciarse los plazos m\u00E1ximos del contrato de servicios temporarios y la posibilidad de renovarlo, al menos por una sola vez, seg\u00FAn las causas que lo motivan. No es lo mismo el plazo necesario para desarrollar un proyecto nuevo que la necesidad de mayor dotaci\u00F3n generada, por ejemplo, en el caso puntual de una mayor demanda de corto plazo. \nPor \u00FAltimo, es menester examinar el mecanismo de aplicaci\u00F3n de sanciones, con el objeto de asegurar tanto la eficiencia y ejecutividad de ellas como el respeto al debido proceso, materia que, en mi concepto, no se halla suficientemente cautelada en el texto propuesto. \nEn suma, se trata de un proyecto indispensable y oportuno, susceptible de perfeccionamiento en la discusi\u00F3n particular. Como dije al comienzo, lo votar\u00E9 favorablemente en general. \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or \u00C1vila.\n \n \nEl se\u00F1or \u00C1VILA.- \nSe\u00F1or Presidente , admito que en las circunstancias que vive la implantaci\u00F3n de cierto modelo econ\u00F3mico una legislaci\u00F3n de este tipo resulta inescapable. Es evidente que esta modalidad de trabajo debe quedar sujeta a regulaci\u00F3n.\n \nEl Senador se\u00F1or Boeninger ha calificado los servicios transitorios como modalidades esenciales de la organizaci\u00F3n del trabajo actual. \u00BFEsenciales para qui\u00E9nes? \u00BFPara qu\u00E9? \u00BFCu\u00E1l es la naturaleza de esa clase de organizaci\u00F3n? A mi juicio, una muy clara y simple: es la forma que se ha concebido para atomizar a los trabajadores, con el prop\u00F3sito de que pierdan la calidad de interlocutores v\u00E1lidos a trav\u00E9s de agrupaciones sindicales fuertes que representen adecuadamente sus intereses.\n \nEntre la precariedad del empleo y el ej\u00E9rcito de cesantes naufragan los organismos sindicales no s\u00F3lo en Chile sino tambi\u00E9n en diversos pa\u00EDses del mundo. El r\u00E9gimen de subcontrataci\u00F3n se ha difundido extraordinariamente y ya no existe un solo espacio de la econom\u00EDa donde no se encuentre presente.\n \n\u00BFQu\u00E9 mecanismo podr\u00EDamos establecer para que los trabajadores que sean objeto de ese trato mantuvieran, por ejemplo, sus cotizaciones previsionales sin interrupci\u00F3n de ninguna \u00EDndole? \nDicho sistema est\u00E1 haciendo estragos en el campo. Muchos campesinos -millones de ellos en el futuro- no tendr\u00E1n posibilidad alguna de jubilaciones dignas por cuanto lo primero que hacen las empresas contratistas es negar o burlar sus derechos. Negocian con los due\u00F1os de los predios determinadas condiciones; pero luego hacen la ganancia a costa de las imposiciones, que no llegan a las AFP o al Instituto de Normalizaci\u00F3n Previsional. Por lo tanto, esos trabajadores quedan completamente desprotegidos.\n \nPregunto: \u00BFqu\u00E9 disposiciones se podr\u00EDan incorporar para que esa forma organizacional del trabajo -que algunos llaman \"moderna\", pero que es simplemente abusiva- no genere las situaciones de injusticia que se\u00F1alo? \n\u00A1Por supuesto que esa clase de organizaci\u00F3n es muy c\u00F3moda para algunos empresarios! Los desliga totalmente de cualquier compromiso o responsabilidad para con sus trabajadores. Se desentienden de las obligaciones que la ley les impone; las traspasan a un contratista, quien a su vez hace lo propio. Porque aqu\u00ED, invariablemente, \"el hilo se corta por lo m\u00E1s delgado\". \nEntonces, dada la visi\u00F3n que objetivamente emana de una situaci\u00F3n como la que aborda el proyecto, por supuesto se suscitan sentimientos encontrados. \nEl punto es por qu\u00E9 hemos llegado a ella; por qu\u00E9 se permite que se burlen de tal forma los derechos de los trabajadores, quienes sistem\u00E1ticamente, en virtud de esto, pierden la capacidad de defenderlos. \nPor cierto, ello obliga a votar favorablemente la iniciativa, por cuanto se trata de ordenar m\u00EDnimamente un caos. \nEl se\u00F1or BOENINGER .- \n\u00BFMe permite una interrupci\u00F3n, se\u00F1or Senador ? \n \nEl se\u00F1or \u00C1VILA.- \nSi el tiempo lo permite, ning\u00FAn problema.\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nEst\u00E1 acabando su tiempo, se\u00F1or Senador.\n \nEl se\u00F1or BOENINGER .- \nEs una mera aclaraci\u00F3n, se\u00F1or Presidente .\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nCon la venia del Senador se\u00F1or \u00C1vila , puede hacerla.\n \nEl se\u00F1or BOENINGER .- \n\u00A1Es que Su Se\u00F1or\u00EDa no ha finalizado!\n \nEl se\u00F1or \u00C1VILA.- \nPrefiero concluir, se\u00F1or Presidente. \nMe sorprende que el Ministerio del ramo reaccione en forma tan tard\u00EDa frente este cuadro francamente preocupante. Quiz\u00E1s debi\u00F3 concebir un tipo de legislaci\u00F3n m\u00E1s eficaz para impedir que se consolide un panorama ca\u00F3tico desde el punto de vista de los derechos de los trabajadores.\n \nNo s\u00E9 si a estas alturas es posible hacer algo para reparar el da\u00F1o ya causado. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or Gazmuri.\n \n \nEl se\u00F1or GAZMURI.- \nSe\u00F1or Presidente , votar\u00E9 favorablemente en general el proyecto, porque concuerdo en que es indispensable regular la contrataci\u00F3n de servicios y trabajos supuestamente transitorios. Tengo un conjunto de observaciones que las har\u00E9 presentes durante la discusi\u00F3n particular.\n \nPienso que el tema central radica en determinar con mucha precisi\u00F3n qu\u00E9 son servicios transitorios. La experiencia m\u00E1s directa que conozco en estas materias, que es la de la Regi\u00F3n del Maule que represento en el Senado, indica que este sistema de contrataci\u00F3n se ha usado de manera muy extensiva, b\u00E1sicamente en empresas del sector agr\u00EDcola donde el car\u00E1cter transitorio es lo esencial del giro y no tiene que ver con las modalidades de un mercado laboral moderno, sino con una producci\u00F3n todav\u00EDa primaria y con un ciclo agr\u00EDcola que a su vez est\u00E1 determinado por una cadena clim\u00E1tica.\n \nEntiendo que en otras circunstancias, dentro de una econom\u00EDa moderna, pueden existir necesidades transitorias y excepcionales de provisi\u00F3n de mano de obra. Y frente a esas condiciones de excepci\u00F3n, las empresas establecen un contrato v\u00EDa terceros. \nSin embargo, cuando esta modalidad de contrataci\u00F3n se extiende a la mano de obra -entre comillas- normal, sistem\u00E1tica y permanente de una empresa, lo \u00FAnico que se consigue es debilitar de manera muy arbitraria, a mi juicio, las responsabilidades y las relaciones entre empleador y trabajador. \nEntonces, tengo la impresi\u00F3n de que se trata de aspectos conceptuales fundamentales. De lo contrario, estaremos actuando en nombre de una malentendida modernizaci\u00F3n del mercado del trabajo y de una equivocada transformaci\u00F3n de la actividad econ\u00F3mica, esquemas que ya conocemos y que se han tornado casi en un lugar com\u00FAn. O sea, claramente ya no vivimos en las cadenas industriales de la revoluci\u00F3n industrial ni en la gran usina de los a\u00F1os 60, sometidas a oferta fija, mercados protegidos y demandas previsibles. Adem\u00E1s, es evidente que el avance tecnol\u00F3gico es mucho m\u00E1s acelerado que antes. \nPor lo tanto, estos cambios modifican de manera sustantiva el mercado del empleo y afectan radicalmente la vieja idea del trabajo permanente realizado por muchos a\u00F1os en la misma empresa, lo cual sigue ocurriendo en algunas ramas, aunque no todo es igual y existe mucha diferenciaci\u00F3n. \nMe preocupa el abuso en la utilizaci\u00F3n de estas formas de contrataci\u00F3n donde no advierto la necesidad de adaptar las empresas a las complejidades de la producci\u00F3n moderna, sino b\u00E1sicamente la tendencia a debilitar el v\u00EDnculo entre empleador y trabajador y, al mismo tiempo, a menoscabar de una u otra manera los derechos laborales, particularmente los relativos a la organizaci\u00F3n del empleo que, en mi opini\u00F3n, representan un elemento central. \nNo s\u00F3lo en el sector agr\u00EDcola sino tambi\u00E9n en modernas empresas de mi Regi\u00F3n -algunas de ellas importantes elaboradoras de madera- he visto que en la misma l\u00EDnea de producci\u00F3n, no en distintas funciones, existen tres tipos de titulares de contratos. Sin embargo, \u00E9stos se hallan sujetos a gesti\u00F3n y mando \u00FAnicos y no existe obligaci\u00F3n productiva de quien supuestamente genera el contrato. \nEllo carece de toda justificaci\u00F3n desde el punto de vista de las exigencias de la empresa y promueve claramente formas de vinculaci\u00F3n contractual que tienden a diluir la responsabilidad del empleador o del que contrata mano de obra permanente, no excepcional y en ese sentido no transitoria. \nPienso que si logramos clarificar ese concepto podremos llegar a una ley razonable. Si no, aumentaremos la confusi\u00F3n y la desprotecci\u00F3n en el mundo del trabajo. \nEl se\u00F1or BOENINGER.- \n\u00BFMe permite una aclaraci\u00F3n, se\u00F1or Presidente? \n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra, Su Se\u00F1or\u00EDa.\n \n \nEl se\u00F1or BOENINGER.- \nSe\u00F1or Presidente , ser\u00E9 muy breve.\n \nPara los fines de la historia del debate, simplemente quiero hacer una aclaraci\u00F3n ante lo se\u00F1alado por el Honorable se\u00F1or \u00C1vila , que no tiene que ver con lo sustantivo de su exposici\u00F3n al comienzo, y que aludi\u00F3 a lo que yo hab\u00EDa manifestado con anterioridad.\n \nNo he sostenido que sea esencial la provisi\u00F3n de trabajadores temporales en las organizaciones laborales contempor\u00E1neas. Se\u00F1al\u00E9 que los fen\u00F3menos de subcontrataci\u00F3n y externalizaci\u00F3n s\u00ED lo son, pero en empresas que cuentan con trabajadores permanentes. \nLo que afirm\u00E9 respecto de las empresas de trabajo temporal es que \u00E9stas tienen un nicho en la econom\u00EDa contempor\u00E1nea. Pero no me he referido a eso como algo esencial. \nGracias, se\u00F1or Presidente. \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra la Senadora se\u00F1ora Matthei.\n \n \nLa se\u00F1ora MATTHEI.- \nSe\u00F1or Presidente , cada vez que escucho debates sobre modificaciones al C\u00F3digo del Trabajo y problemas laborales, y oigo encendidos discursos, como los de ahora, de se\u00F1ores Senadores de la Concertaci\u00F3n, me pregunto, \u00BFpor qu\u00E9 nunca alegan de igual forma respecto de las situaciones que se presentan en el sector p\u00FAblico? \u00BFEs que acaso solamente los trabajadores de las empresas privadas tienen derechos? \u00BFEs que acaso s\u00F3lo los empresarios son malos empleadores? \u00BFAlguien conoce la realidad del sector p\u00FAblico? \u00BFAlguien sabe, por ejemplo, que en los hospitales hay trabajadores que pertenecen a la planta, otros est\u00E1n a contrata y el resto a honorarios?\n \nAquellos que perciben honorarios carecen de previsi\u00F3n y no se les cotiza. Tampoco tienen derecho a licencias m\u00E9dicas cuando se enferman, menos a prenatal y posnatal. S\u00F3lo en la Regi\u00F3n que represento, en los hospitales hay 250 trabajadores en esas condiciones. \u00A1Pero de ellos, no se dice nada! \n\u00A1Y es el Gobierno de ustedes, Honorables colegas, el que permite tal situaci\u00F3n! Pero ante eso, hay una indiferencia absoluta. Les da lo mismo.\n \n\u00A1Porque de lo \u00FAnico que se trata aqu\u00ED es de denostar a los empresarios y de afirmar que hay malos empresarios y qu\u00E9 se yo! \u00A1El peor de todos ellos, sin embargo, en cuanto a contrataci\u00F3n, es el Estado! \u00A1Es en ese \u00E1mbito donde m\u00E1s dificultades se registran, donde m\u00E1s abusos se cometen, donde, por otra parte, todo se halla distorsionado!\n \nVeamos, por ejemplo, cu\u00E1les son los turnos de trabajo de los carabineros. \u00A1Los que se les imponen para desempe\u00F1arse en la calle ser\u00EDan ilegales en el sector privado! Si alg\u00FAn empresario osara fijarle ese horario a un empleado, probablemente le clausurar\u00EDan el establecimiento, adem\u00E1s de taparlo de multas previamente. \n\u00BFAlguien ha observado cu\u00E1l es el r\u00E9gimen laboral de quienes cumplen el tercer turno en los hospitales? No lo conocen. \nY, adem\u00E1s, les da lo mismo. Porque, en realidad, nunca los ha guiado de verdad la idea de proteger a los trabajadores. Lo \u00FAnico que los inspira es c\u00F3mo se puede fregar al empresario. Han seguido siempre la l\u00F3gica de que los trabajadores son los buenos y los empresarios, los malos. Y cuando en el Estado se act\u00FAa mal les da lo mismo.\n \n\u00A1Nunca he visto a alguien de la Concertaci\u00F3n -salvo al Honorable se\u00F1or Parra , cuando act\u00FAan las comisiones revisoras de cuentas, quien efectivamente ha puesto el dedo en la llaga- alegar porque en el mismo Senado hemos tenido a personas en situaci\u00F3n absolutamente ilegal!\n \n\u00A1La ley de contrataciones no se cumple en el sector p\u00FAblico, en ning\u00FAn Ministerio y en ninguna repartici\u00F3n! \u00BFY qu\u00E9 han hecho las Secretar\u00EDas de Estado?\n \nDesgraciadamente, la Direcci\u00F3n del Trabajo no puede intervenir, porque, si ello fuera posible, la verdad es que las multas que deber\u00EDa cursar ser\u00EDan enormes. \nEntonces, estoy feliz de que se legisle bien respecto de la situaci\u00F3n de los temporeros, pero alguna vez debe aplicarse la misma vara al sector p\u00FAblico. Porque resulta que este \u00FAltimo se encuentra lleno de gente a honorarios. \u00A1As\u00ED se la puede contratar y echar cuando da la gana, sin pagar ni un peso de indemnizaci\u00F3n! Y es lo que sucede a cada rato. \n\u00A1Algunas de esas personas no se atreven a levantar la voz! \u00A1Y lo he visto en el INDAP! Las obligan, a veces, a hacer cosas absolutamente ilegales. \u00BFY c\u00F3mo pueden responder negativamente a un llamado telef\u00F3nico en que las instruyen en ese sentido cuando saben que si lo hacen no les renuevan el contrato el 30 de diciembre? \u00A1Porque eso es lo que est\u00E1 ocurriendo en el sector p\u00FAblico! \nLa verdad es que las diferencias son enormes. En el sector privado, los aguinaldos deben tributar. En el sector p\u00FAblico, no. \nSe pueden dar miles de ejemplos al respecto. \nY quisiera que alguna vez, se\u00F1or Presidente , nos preocup\u00E1ramos realmente de los trabajadores como tales. Porque a la Concertaci\u00F3n lo \u00FAnico que le interesa son aquellos que lo pasan mal en el sector privado. Los que lo pasan mal en el sector p\u00FAblico -que son muchos m\u00E1s- le dan lo mismo.\n \n\u00A1Me gustar\u00EDa que alguna vez rigieran las mismas normas! Porque siempre se quiere que cuenten con m\u00E1s estabilidad los que se desempe\u00F1an en el sector privado, que no los puedan echar, etc\u00E9tera. Pero en el sector p\u00FAblico aumenta cada vez m\u00E1s la proporci\u00F3n de personas a contrata o a honorarios. \u00A1Y a ellas se las puede despedir en cualquier minuto y sin pagarles ni un peso de indemnizaci\u00F3n, a diferencia del otro caso! El doble est\u00E1ndar con que se tratan tantas cosas ac\u00E1 me asquea bastante, a veces. \nCreo, adem\u00E1s, que siempre se recurre a la visi\u00F3n de que los trabajadores son los buenos y los empresarios, los malos. Pero, por mi parte, tambi\u00E9n he visto malos trabajadores. \u00BFY qu\u00E9 se ha hecho al respecto? Nada. No se les penaliza de ninguna manera. Y tambi\u00E9n los hay. \nPorque gente buena, gente mala, gente mediocre, gente bienintencionada, gente malintencionada existe en todos los \u00E1mbitos: en todas las razas, en todas las religiones, en todas las profesiones, en todas las actividades. Tambi\u00E9n entre los trabajadores y tambi\u00E9n entre los empresarios. As\u00ED que espero, se\u00F1or Presidente , que alguna vez podamos sostener en el Senado alguna discusi\u00F3n un poco m\u00E1s seria y menos cargada ideol\u00F3gicamente.\n \nHe dicho. \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or Ruiz.\n \n \nEl se\u00F1or RUIZ (don Jos\u00E9) .- \nSe\u00F1or Presidente , no contestar\u00E9 todo lo planteado por la Senadora se\u00F1ora Matthei , pero s\u00ED consignar\u00E9 que si hubiera escuchado mis intervenciones cada vez que nos ocupamos en el tema laboral se habr\u00EDa dado cuenta de que me he referido en numerosas ocasiones a los funcionarios p\u00FAblicos. Y he afirmado en m\u00E1s de una oportunidad que la modernizaci\u00F3n del Estado no s\u00F3lo pasa por introducir tecnolog\u00EDa, m\u00E9todos modernos en comunicaciones, sino que tambi\u00E9n significa mejorar la calidad de sus servidores y la parte econ\u00F3mica.\n \nM\u00E1s a\u00FAn, he presentado iniciativas en el Congreso para superar algunas situaciones de dicho personal, no obstante las escasas atribuciones de que disponemos los Parlamentarios en ese aspecto. \nPor lo tanto, ... \nLa se\u00F1ora MATTHEI .- \n\u00BFAlguna de ellas se ha aprobado?\n \nEl se\u00F1or RUIZ (don Jos\u00E9).- \nEstoy haciendo uso de la palabra ... \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nRuego evitar los di\u00E1logos. Pido al se\u00F1or Senador que se dirija a la Mesa.\n \nEl se\u00F1or RUIZ (don Jos\u00E9 ).- \nSe acaba de formular una cr\u00EDtica en el sentido de que nosotros no defendemos a los funcionarios p\u00FAblicos.\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nLe reitero que se dirija a la Mesa, Su Se\u00F1or\u00EDa.\n \nEl se\u00F1or RUIZ (don Jos\u00E9 ).- \nPor su intermedio, se\u00F1or Presidente , aclaro a la se\u00F1ora Senadora que me he preocupado de ese sector. Y la prueba de ello es que \u00E9ste me lo ha reconocido en p\u00FAblico y en privado.\n \nY deseo recordar, tambi\u00E9n, que cuando los trabajadores son malos las empresas los echan. \u00A1Los echan! \u00A1As\u00ED de simple! \n\u00A1Por favor, si a veces los echan aunque no sean malos! Ello, por una discusi\u00F3n con el empleador, y pierden su trabajo porque le cayeron mal. \n\u00BFHay trabajadores malos? Claro que los hay. Pero se les castiga. \u00BFY c\u00F3mo se castiga al mal empresario? \nEntonces, deben existir leyes que entreguen resguardo a los trabajadores, pero que tambi\u00E9n lo proporcionen a trav\u00E9s de la autoridad p\u00FAblica. Y subrayo que, efectivamente, el incumplimiento de la legislaci\u00F3n laboral es el que ha llevado a la cuesti\u00F3n en an\u00E1lisis. \nHoy, ese ordenamiento no permite que un empleador contrate a trav\u00E9s de terceros para su faena. Pero ello se hace. Por lo tanto, la pregunta es qu\u00E9 se debe modificar en el C\u00F3digo del Trabajo para que cese esa realidad. Y despu\u00E9s empezaremos a abordar temas adicionales, ya que, desgraciadamente, no se est\u00E1 legislando en otro sentido. Lo que se intenta, de alguna manera, es regularizar una modalidad que existe de hecho, para que, con restricciones, se pueda operar legalmente.\n \nMe inquieta lo que he escuchado en las dos sesiones en que se ha discutido el proyecto, porque justamente ante algunas de las normas que nosotros hemos aprobado -que de alguna manera ponen coto para que la situaci\u00F3n en estudio se generalice dentro de la actividad econ\u00F3mica-, algunos se\u00F1ores Senadores estiman leg\u00EDtimamente -no tienen por qu\u00E9 no considerarlo as\u00ED, y pueden opinar de otra manera tambi\u00E9n-, que se debe tender, por el contrario, a que lo expuesto constituya algo com\u00FAn y corriente dentro de la relaci\u00F3n laboral y a que se trate de una pr\u00E1ctica m\u00E1s habitual dentro de la econom\u00EDa. \nPor mi parte, pienso que deben contemplarse todas las restricciones necesarias, que la posibilidad en examen debe acotarse exclusivamente a las faenas que la requieren. El Senador se\u00F1or Gazmuri , por ejemplo, hac\u00EDa referencia a labores transitorias. Efectivamente, el C\u00F3digo del Trabajo, como lo dije en mi intervenci\u00F3n de la sesi\u00F3n anterior, contiene un conjunto de normas que permiten a un empleador contratar por un tiempo determinado. Es decir, si ello se quiere hacer para un reemplazo por un feriado o por una emergencia en la empresa, \u00E9ste perfectamente puede llamar y contratar directamente trabajadores por el per\u00EDodo que sea necesario. Lo que sucede es que ya casi medio mill\u00F3n de personas proporcionadas por terceros laboran vulnerando las disposiciones del C\u00F3digo y tratamos de ver c\u00F3mo enfrentamos esa realidad. Y me parece que la forma en que lo estamos haciendo, desgraciadamente, no constituir\u00E1 la soluci\u00F3n. Si hoy no se cumple la normativa vigente, ma\u00F1ana, cuando se dicte la iniciativa en estudio, ocurrir\u00E1 lo mismo. Y un n\u00FAmero creciente de trabajadores actuar\u00E1 al margen de la ley.\n \nPor ello, quisiera subrayar que el asunto m\u00E1s grave dice relaci\u00F3n a las atribuciones para los organismos fiscalizadores, como la Direcci\u00F3n del Trabajo; a disposiciones claras que establezcan las facultades que deben ejercer los inspectores del trabajo; y a que no suceda lo que hoy cuando, despu\u00E9s de la fiscalizaci\u00F3n de la Direcci\u00F3n del Trabajo, el empresario apela, llega a los tribunales de justicia y \u00E9stos fallan a su favor, en circunstancias de que la ley no permite contratar trabajadores a trav\u00E9s de terceros. Entonces, \u00E9sa es la dificultad. Y ella, desgraciadamente, no viene resuelta en el proyecto.\n \nOjal\u00E1 que lo anterior se solucione cuando rija un sistema distinto de procedimiento laboral y que se cuente con elementos que permitan a los trabajadores una buena capacidad de defensa. \nEn la actualidad, conforme a la normativa en vigor y debido al sistema, los trabajadores se hallan en la indefensi\u00F3n. Por eso, m\u00E1s que nuevas normas en materia laboral, considero que debe respetarse la ley. Si tuvi\u00E9ramos tal capacidad, numerosos conflictos se solucionar\u00EDan. \nHoy d\u00EDa recib\u00ED a dirigentes de choferes de buses interurbanos, que trabajan gran cantidad de horas. \u00BFCu\u00E1les son los controles que hay al respecto? Resulta que los mecanismos establecidos en su oportunidad entre la Direcci\u00F3n del Trabajo y las empresas los manejan s\u00F3lo estas \u00FAltimas, sin que el referido organismo pueda fiscalizarlos de manera alguna. Y, por lo tanto, no son acatados. \u00C9sa es una de las causas de los accidentes en las carreteras.\n \nEs decir, necesitamos que se cumpla la ley vigente. Cuando \u00E9sta se respete por moros y cristianos, por empresarios y trabajadores, ah\u00ED reci\u00E9n deber\u00EDamos analizar las normativas por modificar, para adecuarnos efectivamente a la legislaci\u00F3n del futuro. En mi opini\u00F3n, ese tipo de preceptivas legales van a precarizar el empleo en el momento cuando el pa\u00EDs est\u00E9 suscribiendo los respectivos convenios internacionales, lo que ser\u00E1 complicado, pues las empresas externas van a operar en nuestro medio y sus presiones para no cumplir las reglas internas ser\u00E1n superiores a las vigentes. \nSe\u00F1or Presidente , el Senador se\u00F1or \u00C1vila me solicita una interrupci\u00F3n.\n \n \nEl se\u00F1or \u00C1VILA.- \nS\u00F3lo quince segundos.\n \n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nS\u00ED, porque s\u00F3lo le restan dieciocho al Honorable se\u00F1or Ruiz.\n \n \nEl se\u00F1or \u00C1VILA.- \nQuiero decir simplemente que los trabajadores agradecen cuando uno los defiende; los empresarios tambi\u00E9n hacen lo propio, a su modo. \n \u00A1Gracias! \n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nPr\u00E1cticamente ha terminado el tiempo del se\u00F1or Senador.\n \nTiene la palabra el se\u00F1or Ministro. \n \nEl se\u00F1or SOLARI ( Ministro del Trabajo y Previsi\u00F3n Social).- \nSe\u00F1or Presidente , quiero responder algunos comentarios de la Senadora se\u00F1ora Matthei , sin ning\u00FAn prop\u00F3sito ideol\u00F3gico.\n \nDurante el presente a\u00F1o, en esta misma Sala se discuti\u00F3 sobre dos iniciativas vinculadas a los trabajadores del sector p\u00FAblico. La primera referente al nuevo trato laboral, y la segunda, a la renovaci\u00F3n de la institucionalidad relacionada con el cuerpo directivo para la alta funci\u00F3n p\u00FAblica. Ambas ten\u00EDan el prop\u00F3sito de profesionalizar y estabilizar la Administraci\u00F3n P\u00FAblica chilena y establecer pol\u00EDticas muy activas y potentes en materia de recursos humanos.\n \nEn primer t\u00E9rmino, se trata de permitir que los trabajadores progresen en sus trayectorias laborales en el sector p\u00FAblico; y por otra parte, de resolver los asuntos planteados ahora por la se\u00F1ora Senadora. \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nSe\u00F1or Ministro , la Honorable se\u00F1ora Matthei le pide una interrupci\u00F3n.\n \nEl se\u00F1or SOLARI ( Ministro del Trabajo y Previsi\u00F3n Social).- \nPor cierto, se\u00F1or Presidente .\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra Su Se\u00F1or\u00EDa.\n \nLa se\u00F1ora MATTHEI .- \nRecuerdo que estuve muy a favor de los mencionados proyectos de ley; pero, en realidad, debemos convenir en que ellos fueron m\u00E1s bien una reacci\u00F3n frente a la corrupci\u00F3n y una manera de contar con personal id\u00F3neo para disminuir los problemas relativos a horarios, horas extraordinarias, falta de previsi\u00F3n y la precariedad que afecta a los servidores p\u00FAblicos.\n \nEl se\u00F1or SOLARI ( Ministro del Trabajo y Previsi\u00F3n Social).- \nSe\u00F1or Presidente , sin perjuicio del origen que pudo tener el debate, en verdad la ley sobre nuevo trato laboral atiende de manera muy exacta los temas expuestos por la se\u00F1ora Senadora . Claramente, favorece la estabilidad en el empleo de esos funcionarios; reduce de modo significativo el n\u00FAmero de trabajadores sujetos a formas contractuales que no se la brindan; permite combinar la modernizaci\u00F3n del sector p\u00FAblico con el desarrollo de una carrera profesional al interior del mismo; establece con claridad -as\u00ED lo manifest\u00F3 el Ministro se\u00F1or Eyzaguirre al presentar la cuenta de la Hacienda P\u00FAblica- amplias pol\u00EDticas de est\u00EDmulo tanto individuales como colectivas, pr\u00E1cticamente en todas las \u00E1reas de la acci\u00F3n del Estado.\n \nLos trabajadores del sector p\u00FAblico han sido los que m\u00E1s reajustes reales han recibido durante los \u00FAltimos catorce a\u00F1os en Chile y tienen garantizados amplios beneficios.\n \nPor tanto, me parece que se encuentra en plena vigencia la posibilidad de combinar el proceso de mejoramiento del sector con la adecuada capacidad de adaptaci\u00F3n de los servicios. \nNo vine preparado para esta discusi\u00F3n, pero considero que 2003 no es el a\u00F1o en que se pueda formular tal tipo de comentarios, porque, probablemente, tales proyectos representan los principales impulsos que se vienen realizando desde 1990 para lograr una nueva condici\u00F3n respecto de quienes laboran en el \u00E1rea p\u00FAblica. En efecto, el n\u00FAmero de trabajadores a honorarios se ha reducido en los servicios y Ministerios en proporci\u00F3n al total existente. Lo mismo ocurre con los a contrata.\n \nLo anterior se debi\u00F3 a iniciativas como la que est\u00E1 en debate, sino de protocolos suscritos junto con la aprobaci\u00F3n de los tres \u00FAltimos proyectos de Ley de Presupuestos. Tambi\u00E9n es el resultado de los intercambios de opini\u00F3n acerca de los contratos a honorarios y varias otras materias, con compromisos de reducci\u00F3n de personal para mayor estabilidad laboral.\n \nLamento discrepar del juicio de la se\u00F1ora Senadora sobre la materia. En todo caso, el proyecto de ley en discusi\u00F3n se refiere a otra tem\u00E1tica, que no contradice lo vigente, pues alude a un asunto que carece hoy d\u00EDa de soluci\u00F3n en el C\u00F3digo del Trabajo.\n \nNo hemos venido ac\u00E1 a inventar un problema, sino a resolver una confusa situaci\u00F3n en ese cuerpo normativo, relativo a una cantidad importante de personas que se desempe\u00F1an en condiciones contractuales que no tienen la misma solidez o garant\u00EDas que el resto de los trabajadores. Esto se produce, porque laboran de modo circunstancial, temporal. \nEn Chile existe la temporalidad laboral. Es una realidad que no necesariamente se vincula -\u00E9ste es un juicio que no requiere demasiados comentarios- con el mercado ni con la globalizaci\u00F3n, sino con los ciclos clim\u00E1ticos y econ\u00F3micos muy marcados de la agricultura nacional y tambi\u00E9n de las principales actividades generadoras de empleo, como la construcci\u00F3n y el comercio.\n \nPor lo tanto, se necesita atender la situaci\u00F3n laboral respecto de ciertos trabajadores, a fin de no dejarlos en situaci\u00F3n de desequilibrio, de desprotecci\u00F3n y de total desamparo. \nEl prop\u00F3sito de la iniciativa en debate es, por una parte, abordar un aspecto propio de una econom\u00EDa como la nuestra; y por otra, que los nuevos preceptos tengan su contrapartida en materia de protecci\u00F3n laboral. Por cierto, nuestro deber es legislar al respecto -no creo apropiado que el Parlamento eluda su obligaci\u00F3n sobre el particular-, lo que el Gobierno considera muy necesario. Ello precisamente, porque los tratados de libre comercio significan nuevas ocupaciones. \u00C9se es el prop\u00F3sito principal de estas iniciativas, que requieren a la vez el cumplimiento adecuado de la ley.\n \nEl proyecto en debate no se aparta para nada del objetivo de esos instrumentos internacionales, los que generar\u00E1n condiciones de empleo que necesitan solidez y legitimidad legal-laboral. \n\u00C9se es el sentido de las normativas que hemos sometido a la consideraci\u00F3n del Senado. \n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nComo no hay otros se\u00F1ores Senadores inscritos, queda terminada la segunda discusi\u00F3n. Se proceder\u00E1 a votar. La iniciativa requiere para su aprobaci\u00F3n el qu\u00F3rum de 26 votos.\n \nEn votaci\u00F3n la idea de legislar. \n--(Durante la votaci\u00F3n). \n \nEl se\u00F1or PARRA .- \nSe\u00F1or Presidente , cuando me correspondi\u00F3 hacer la presentaci\u00F3n de este proyecto en la Sala, expres\u00E9 las razones que llevaron a la Comisi\u00F3n de Trabajo y a m\u00ED como miembro de ella a aprobarlo en general.\n \nNo volver\u00E9 a referirme a esos puntos; pero s\u00ED deseo hacer tres reflexiones que me parecen necesarias. \nLa primera es que, con demasiada frecuencia -quiz\u00E1s, all\u00ED reside el fundamento de la apreciaci\u00F3n escuchada a la Senadora se\u00F1ora Matthei -, el trabajo es visto s\u00F3lo como un factor de costo, olvid\u00E1ndose de su dimensi\u00F3n humana y social, lo que a uno lo rebela. Esa condici\u00F3n es exigible tanto en el \u00E1mbito privado como en el p\u00FAblico.\n \nQuiz\u00E1s ning\u00FAn Senador desee que el trabajo se realice en condiciones de inestabilidad y de precariedad. Ojal\u00E1 todos nos comprometi\u00E9ramos a que en el sector p\u00FAblico, con plantas reales, no sea necesario utilizar los mecanismos de la contrata y del honorario. Felizmente, en esa esfera no se da la modalidad de acci\u00F3n laboral a que se refiere la iniciativa en an\u00E1lisis. \n Viviane Forrester , gran escritora francesa contempor\u00E1nea, en su obra \"El Horror Econ\u00F3mico\", describe como rasgo sobresaliente de la llamada \"modernidad\" el estar avanzando a una econom\u00EDa sin trabajo. Y una econom\u00EDa de esas caracter\u00EDsticas es esencialmente deshumanizada, socialmente peligrosa, lo que, sin duda, cambia el rumbo de la historia como hasta aqu\u00ED la hemos conocido.\n \nPor otro lado, a mi juicio, el proyecto en debate es indispensable, pero en los t\u00E9rminos en que se halla planteado. Es decir, aceptando esa modalidad de contrataci\u00F3n con un car\u00E1cter marcadamente excepcional y, desde luego, cuidando que ella no constituya una nueva fuente de abuso y de precarizaci\u00F3n del trabajo. \nDebe tenerse muy presente que es un error -en el cual desgraciadamente se ha incurrido en varias intervenciones- el confundir dicha modalidad de contrataci\u00F3n de trabajo con la llamada \"externalizaci\u00F3n de servicios\". Son cosas totalmente distintas. Respecto de la segunda, no se requiere legislaci\u00F3n especial. Bastan las normas actuales del C\u00F3digo del Trabajo. Aqu\u00ED estamos en presencia de empresas que contratan trabajadores para ponerlos a disposici\u00F3n de un tercero en cuyos establecimientos o faenas prestan servicios laborales, d\u00E1ndose origen a la denominada \"triangulaci\u00F3n\", la cual presenta varios aspectos peligrosos. Y eso es, precisamente, lo que justifica el car\u00E1cter excepcional que este tipo de contrato debe tener.\n \nPor esas razones, voto a favor. \nEl se\u00F1or HOFFMANN ( Secretario ).- \n\u00BFAlg\u00FAn se\u00F1or Senador no ha emitido su voto?\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTerminada la votaci\u00F3n.\n \n \n--Se aprueba en general el proyecto (26 votos contra 1 y 2 abstenciones). \nVotaron por la afirmativa los se\u00F1ores Arancibia, Boeninger, Bombal, Canessa, Coloma, Cordero, Fern\u00E1ndez, Flores, Frei (do\u00F1a Carmen), Garc\u00EDa, Gazmuri, Horvath, Lavandero, Mart\u00EDnez, Matthei, Mu\u00F1oz Barra, Naranjo, Novoa, N\u00FA\u00F1ez, Orpis, Parra, Pizarro, Prokurica, Sabag, Stange y Zald\u00EDvar (don Andr\u00E9s).\n \nVot\u00F3 por la negativa el se\u00F1or Ruiz (don Jos\u00E9).\n \nSe abstuvieron los se\u00F1ores \u00C1vila y Ruiz-Esquide.\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s (Presidente).- \nLa Mesa propone fijar plazo para presentar indicaciones hasta el 3 de noviembre, a las 12. \nAcordado. \n " . . . . . . . . . . . . . . . . . .