-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/653536/seccion/akn653536-po1-ds22
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/653536/seccion/akn653536-po1-ds22-ds25
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/653536/seccion/akn653536-po1-ds22-ds23
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/653536/seccion/akn653536-po1-ds22-ds24
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = bcnbills:TercerTramiteConstitucional
- dc:title = "PLAZOS PARA PROCEDIMIENTO Y REGULACIÓN DE SILENCIO ADMINISTRATIVO"^^xsd:string
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnses:SeccionProyectoDeLey
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/972
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/566
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/119
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2425
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = bcnbills:DiscusionUnica
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/bases-generales-de-la-administracion-del-estado
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/procedimiento-administrativo
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/silencio-administrativo
- bcnres:tieneResultadoDebate = bcnres:seApruebanModificaciones
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/ley-n-19880
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/653536
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/653536/seccion/akn653536-po1
- rdf:value = " PLAZOS PARA PROCEDIMIENTO Y REGULACIÓN DE SILENCIO ADMINISTRATIVOEl señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Corresponde ocuparse del proyecto, en tercer trámite constitucional, que fija las bases de los procedimientos que rigen los actos de la administración del Estado.
--Los antecedentes sobre el proyecto (2594-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 2ª, en 4 de octubre de 2000.
En tercer trámite, sesión 41ª, en 16 de abril de 2003.
Informes de Comisión:
Gobierno, sesión 24ª, en 17 de enero de 2001.
Gobierno y Constitución, unidas (nuevo), sesión 1ª, en 2 de octubre de 2001.
Gobierno (segundo), sesión 25ª, en 3 de septiembre de 2002.
Discusión:
Sesiones 25ª, en 23 de enero de 2001 (se aprueba en general, proyecto antiguo); 4ª, en 3 de octubre de 2001 (se aprueba en general); 29ª, en 11 de septiembre de 2002 (se aprueba en particular).
El señor HOFFMANN (Secretario).-
El Ejecutivo hizo presente la urgencia para el despacho del proyecto, calificándola de "suma".
La Honorable Cámara de Diputados, en el segundo trámite constitucional, efectuó una sola modificación a la iniciativa despachada por el Senado, la que consiste en reemplazar, en el inciso primero del artículo 53, referido a la invalidación de los actos administrativos, la expresión "cuatro" por "dos", reduciendo, en consecuencia, el plazo de la autoridad para invalidar los actos contrarios a Derecho.
La Secretaría elaboró un boletín comparado que consigna el texto del artículo 53 aprobado por el Senado y la enmienda introducida en la Cámara Baja.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión la enmienda.
Tiene la palabra el Honorable señor Silva.
El señor SILVA .-
Señor Presidente , me permito recordar a los señores Senadores que el 20 de setiembre del año pasado el proyecto fue aprobado por esta Corporación casi en forma unánime.
La iniciativa, que primitivamente fue originada en mensaje, contenía sólo 8 artículos concernientes al silencio administrativo y a los plazos para el procedimiento administrativo. Pero el Honorable Senado tuvo a bien determinar que se aprovechara la ocasión para los efectos de aprobar un solo proyecto que contuviese todo lo relativo al tema.
Dicha materia ya estaba siendo reclamada en Chile desde la vigencia de la Constitución de 1925. La actual Carta Política también hace referencia a ella, por la relevancia que tiene, especialmente para los efectos de asegurar los derechos de los administrados frente a eventuales arbitrariedades o irregularidades nacidas de actos de la Administración.
Se trata de un proyecto de singular relevancia, que marcará un rumbo dentro del camino de modernidad del Estado, específicamente porque permite agilizar los actos administrativos y resguardar mejor los derechos de los administrados.
Hago presente que la modificación introducida por la Cámara de Diputados en el segundo trámite constitucional es una cosa concreta que, a mi manera de ver, mejora el artículo 53 de la iniciativa: rebaja de 4 a 2 años el plazo que se otorga a la Administración para los efectos de modificar, de oficio o a petición de parte, actos que hipotéticamente pudiesen haber sido aprobados con algún vicio de ilegalidad.
Esa reducción del plazo para que se pueda declarar la invalidación de ese tipo de actos, en el fondo, da mayor seguridad jurídica tanto a los administrados como, a la vez, a la perpetuación de los actos que hayan terminado de tramitarse.
Por lo tanto, me parece que la enmienda señalada contribuye a mejorar el articulado en esa parte, motivo por el cual, con todo respeto, me permito solicitar al Senado que tenga a bien aprobar el proyecto en la misma forma en que lo hizo en el primer trámite, o sea, por unanimidad.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Sala, se aprobará la enmienda.
El señor LAVANDERO.-
¡Conforme!
El señor ARANCIBIA.-
¡Sí!
El señor MUÑOZ BARRA.-
¡Bien!
--Se aprueba la modificación de la Cámara de Diputados, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional exigido, de que se pronunciaron favorablemente 35 señores Senadores.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Despachado el proyecto.
"
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/2594-06