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El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional y con urgencia calificada de "suma", que modifica el plazo y el procedimiento para adecuar los estatutos de organizaciones deportivas establecidos en la ley Nº 19.712, del Deporte, con informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
--Los antecedentes sobre el proyecto (3076-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 7ª, en 29 de octubre de 2002.
Informe de Comisión:
Gobierno, sesión 17ª, en 4 de diciembre de 2002.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
El referido órgano técnico señala que los objetivos principales de la iniciativa son los siguientes:
1.- Ampliar el plazo contemplado en el artículo 2º transitorio de la Ley del Deporte para que las organizaciones deportivas legalmente constituidas adecuen sus estatutos de 365 días a tres años.
2.- Explicitar en la misma disposición que la adecuación de los estatutos de las organizaciones deportivas significa efectuar la debida reforma de los mismos, conforme a los cuerpos legales en virtud de los cuales se constituyeron. Cumplido dicho procedimiento, se abre la posibilidad de inscribir la respectiva organización en el registro de organizaciones deportivas y de acceder a los beneficios contemplados en la Ley del Deporte.
3.- Otorgar igual tratamiento tanto a las organizaciones deportivas legalmente constituidas a la entrada en vigor de la ley como también a aquellas constituidas después de esa fecha, en virtud de otros cuerpos legales.
El proyecto fue aprobado en general y particular por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión -Senadores señora Frei y señores Boeninger, Coloma y Núñez- en los mismos términos en que lo hizo la Honorable Cámara de Diputados y su texto se consigna en el informe.
Finalmente, por tratarse de una iniciativa de artículo único, la Comisión propone al señor Presidente someterla a discusión general y particular a la vez, de conformidad a lo preceptuado en el artículo 127 del Reglamento.
En este instante ha llegado a la Mesa una indicación suscrita por los Honorables señores Coloma, Fernández y Larraín, quienes sugieren sustituir en su integridad el artículo único por el que señalan.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión general y particular el proyecto.
Tiene la palabra el Senador señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , deseo explicar brevemente en qué consiste nuestro planteamiento. Y mientras lo hago solicito que copia de la indicación sea distribuida a todos los señores Senadores.
Ocurre lo siguiente. Como todos saben, para acogerse a los beneficios de la nueva Ley del Deporte es necesario que las organizaciones deportivas adecuen sus estatutos a las normas contenidas en esa legislación, particularmente al artículo 38. Pero han sido muy pocos los clubes que lo han hecho. ¿Por qué? Porque no todos conocen el nuevo texto legal, ni tienen la experiencia o la capacidad para modificar sus estatutos, ni saben exactamente qué parte de los mismos debe ser reformada para participar en los proyectos emanados del nuevo ordenamiento. No sé exactamente cuál es la cifra, pero entiendo que, del total de las organizaciones deportivas, entre 10 y 15 por ciento habría adecuado sus estatutos, y por lo tanto un 85 por ciento, a lo menos, no puede acogerse a los beneficios de la ley.
En consecuencia, el propósito del proyecto es ampliar el plazo para lograr esa adecuación.
Sobre el particular, pensamos que no se ve justificación para poner un plazo fijo, porque la ley en proyecto cambia 360 días por dos años. ¿Por qué tiene que ser fijo? Que quede en forma indefinida, de manera que las organizaciones deportivas se acojan a los beneficios de la ley cuando lo deseen. En realidad, el problema de éstas es, como decía, la falta de capacidad para asumir la modificación propuesta y proceder a efectuar los cambios estatutarios, lo que les permitiría postular a los beneficios.
En ese sentido, lo que propiciamos es que el Director Nacional de Deportes elabore un estatuto tipo que sirva de modelo para que las organizaciones puedan adecuar sus propios estatutos con facilidad.
Tal es el sentido de la indicación, que consigna lo siguiente: "Para acogerse a los beneficios de esta ley toda organización deportiva cualquiera sea la normativa en virtud de la cual se hubiere constituido, deberá establecer o modificar sus estatutos en conformidad a las disposiciones de esta ley. Para ello," -es decir, para que estas organizaciones puedan cumplir con esa obligación- "el Director Nacional del Instituto deberá establecer mediante resolución un estatuto tipo para ser utilizado por las organizaciones deportivas en cumplimiento de esta obligación.".
"Las organizaciones deportivas podrán adicionar las menciones que estimen pertinentes al estatuto tipo".
Es decir, se da una pauta para facilitar la adecuación estatutaria, pero ciertamente no es indispensable hacerla completamente. Y podrán, además, tener sus propias especificidades, según la voluntad de cada institución. Y se indican las menciones que a lo menos debería tener el estatuto tipo para facilitar el trabajo.
A continuación, agregamos un inciso del siguiente tenor: "Un reglamento que se dictará mediante decreto supremo establecerá las normas sobre la constitución del directorio de las organizaciones deportivas, reforma de estatutos, derechos y obligaciones de sus miembros, registro de afiliados, asambleas, disolución y demás disposiciones relativas a la organización, atribuciones y funcionamiento de las organizaciones deportivas que se constituyan en conformidad a las normas de esta ley.". Ello, con el propósito de simplificar la coexistencia de varios reglamentos y normas que operan simultáneamente. Y si acaso el Instituto Nacional de Deportes mejorara la coherencia y coordinación entre las distintas normas mediante un reglamento, entonces sería del caso facilitar el funcionamiento normativo de las instituciones por medio de la reglamentación que lo ordenara al interior de los clubes.
Por lo que veo, la Mesa tiene inquietud en cuanto a la admisibilidad de esta indicación. Lo tenemos claro, pero igual hemos querido presentarla, porque recién ayer conocimos su texto en nuestro Comité y expresamos la voluntad de aprobarlo. Creemos que, por los antecedentes entregados, si se la declara inadmisible, y si el Ejecutivo lo tiene a bien, se justifica pedir su patrocinio. Lamentablemente, no hay un representante suyo participando en la discusión.
Si el Senado está de acuerdo, tal vez podríamos suspender el debate de la materia hasta que el Gobierno la conozca, si ésa fuera la voluntad y el acuerdo de la Corporación, para los efectos de modificar el proyecto en discusión en la forma que indiqué.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Antes de dar la palabra, y sin perjuicio de que los señores Senadores puedan intervenir, quiero dar a conocer inmediatamente la posición de la Mesa respecto de la indicación.
Efectivamente, la consideramos inadmisible porque concede una facultad al Director Nacional, y, conforme al artículo 62 de la Constitución, la iniciativa en la materia corresponde al Presidente de la República. No podemos exponernos a una inconstitucionalidad por algo de ese tipo.
De haber buena intención para hacer algo más perfeccionado, sugiero devolver el proyecto a Comisión y tratar de conseguir el patrocinio del Ejecutivo para una indicación como ésta, que podría enriquecerlo.
Sin perjuicio de la declaración de inadmisibilidad, ofrezco la palabra, primero al Senador señor Boeninger , y después a los Honorables señores Espina, Núñez y Coloma .
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , desde luego, no tengo dudas sobre lo señalado por Su Señoría en cuanto a la admisibilidad de la indicación.
Las explicaciones del Senador señor Larraín son convincentes. Da la impresión de que, efectivamente, puede simplificar el procedimiento y, además, ayudar a los clubes deportivos por la vía del reglamento tipo.
Entonces, lo que yo sugiero es que el proyecto vuelva a la Comisión, como propuso el señor Presidente , pero por un plazo breve, por ejemplo, no más de 15 días, a fin de que la Comisión lo analice y de dar oportunidad al Ejecutivo para hacerla suya. Y luego pasaría a la Sala para su despacho, comprometiéndonos en una fecha fija para esto último.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
El Senador Larraín le pide una interrupción, señor Senador.
El señor LARRAÍN .-
Si me permite, Honorable señor Boeninger. Seré muy breve.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Con la venia de la Mesa, puede hacer uso de la palabra.
El señor LARRAÍN .-
Tal vez una fórmula sería aprobar en general el proyecto, abrir plazo para formular indicaciones, y entretanto pedir al Ejecutivo que haga suya esta indicación, con lo cual se resuelve el problema constitucional.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Seré conciso, señor Presidente.
Primero, encuentro razonable la indicación presentada por el Honorable señor Larraín y otros señores Senadores.
En segundo lugar, lo correcto parece ser enviar la iniciativa a la Comisión, abriendo plazo para presentar indicaciones. Además, porque en la Ley del Deporte hay tres o cuatro materias muy sencillas, que muchas veces entraban la formación de los clubes deportivos, lo que se podría simplificar con el objeto de que les sea posible postular a los distintos fondos que contempla dicho cuerpo legal, no sólo al de Desarrollo del Deporte , sino también en lo relativo a las donaciones a esos clubes, lo que realmente podría funcionar de manera más ágil.
Entonces, no perdamos esta oportunidad para indicar tres o cuatro materias que en forma muy simple y precisa, sin entrar al fondo, perfeccionan la norma vigente, la que a menudo complica el buen funcionamiento de la ley.
En resumen, Renovación Nacional adhiere a la idea de que la iniciativa vuelva a Comisión y abrir plazo para presentar indicaciones.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , entiendo que el proyecto tiene urgencia.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Efectivamente, vence la próxima semana. Para alcanzar a tratarlo tendríamos que fijar plazo para presentar indicaciones hasta el lunes al mediodía, y pedir a la Comisión que lo analice, de modo tal que la próxima semana lo trate la Sala y sea despachado oportunamente.
El señor NÚÑEZ.-
A eso quería referirme. Al no estar presente la Senadora señora Carmen Frei , Presidenta de la Comisión , lo cierto es que la mayoría de sus miembros, que estamos presentes, no tendríamos inconveniente en estudiarlo y en que se fije plazo hasta el lunes para presentar indicaciones. Así, lo trataríamos el martes en la Comisión y la Sala lo vería no más allá del miércoles. Porque entiendo que posteriormente el Senado no volverá a reunirse hasta el martes 7 de enero.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Así es.
Yo propondría a la Comisión que recibiera indicaciones hasta el lunes 16, a las 12, y que el martes despachara el proyecto, para que la Sala esté en condiciones de tratarlo, con informe verbal, el mismo día en la tarde o el miércoles, dependiendo del plazo, y despacharlo.
Tiene la palabra el Senador señor Coloma.
El señor COLOMA.-
Como existe acuerdo, me parece inoficioso intervenir. Simplemente quiero dejar constancia de que soy uno de los autores de la indicación y de que hay un tema que debemos resolver en la Comisión, relacionado con el primer inciso, respecto del estatuto tipo, en términos de garantizar que sea facultativo. Porque hasta ahora, según los antecedentes disponibles, alrededor de 400 de las 4 mil organizaciones deportivas han adecuado sus estatutos según la forma como ellos entienden que deben operar. El hecho de que una ley posterior establezca un estatuto tipo y no se entienda que es facultativo podría afectar las adecuaciones que algunas de esas organizaciones han realizado.
Sin perjuicio de que lo haremos presente en la Comisión de Gobierno, quería dar mi opinión respecto del punto, porque es importante reconocer que algunas organizaciones han adaptado sus estatutos a este tipo de reglamento.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Me parece muy bien que la Comisión se preocupe de todos esos antecedentes, para no tener un problema constitucional más respecto de la iniciativa.
Bien. Daríamos por aprobado en general el proyecto y se fijaría plazo para presentar indicaciones hasta el lunes, a las 12, con obligación de tratarlo en la Sala el martes o el miércoles, con informe verbal.
Si le pareciera a la Sala, así se procedería.
Acordado.
El señor LARRAÍN.-
¿Sería posible oficiar al Ejecutivo dándole a conocer la indicación y pidiéndole su patrocinio, en el plazo indicado?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
No veo inconveniente.
Se remitirá el oficio solicitado por Su Señoría, en conformidad al Reglamento.
Terminado el Orden del Día.
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