. . . . . . . . " PLAZOS PARA PROCEDIMIENTO Y REGULACI\u00D3N DE SILENCIO ADMINISTRATIVO\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nCorresponde ocuparse del proyecto de ley, en primer tr\u00E1mite constitucional, que establece las bases de los procedimientos que rigen los actos de la Administraci\u00F3n del Estado, con segundo informe de la Comisi\u00F3n de Gobierno, Descentralizaci\u00F3n y Regionalizaci\u00F3n.\n \n--Los antecedentes sobre el proyecto (2594-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: \nProyecto de ley: \nEn primer tr\u00E1mite, sesi\u00F3n 2\u00AA, en 4 de octubre de 2000. \nInformes de Comisi\u00F3n: \nGobierno, sesi\u00F3n 24\u00AA, en 17 de enero de 2001. \nGobierno y Constituci\u00F3n, unidas (nuevo), sesi\u00F3n 1\u00AA, en 2 de octubre de 2001.\n \nGobierno (segundo), sesi\u00F3n 25\u00AA, en 3 de septiembre de 2002.\n \nDiscusi\u00F3n: \nSesiones 25\u00AA, en 23 de enero de 2001 (se aprueba en general, proyecto antiguo); 4\u00AA, en 3 de octubre de 2001 (se aprueba en general). \nEl se\u00F1or HOFFMANN ( Secretario ).- \nLa iniciativa se aprob\u00F3 en general en sesi\u00F3n de 3 de octubre de 2001. Cuenta con segundo informe de la Comisi\u00F3n de Gobierno, Descentralizaci\u00F3n y Regionalizaci\u00F3n, que deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones los art\u00EDculos, 6, 8, 11, 22, 23, 26, 27, 31, 35, 36, 37, 38, 41, 45, 46, 47, 49, 60 y 63. En consecuencia, de conformidad a lo preceptuado en el inciso primero del art\u00EDculo 124 del Reglamento de la Corporaci\u00F3n, deben darse por aprobados, salvo que alg\u00FAn se\u00F1or Senador solicite someterlos a discusi\u00F3n o votaci\u00F3n, lo que debe ser resuelto por la unanimidad de los presentes.\n \n--Se dan por aprobados, de acuerdo con el Reglamento. \nEl se\u00F1or HOFFMANN ( Secretario ).- \nCabe se\u00F1alar que el inciso final del art\u00EDculo 63 tiene el car\u00E1cter de norma org\u00E1nica constitucional, por lo que debe ser aprobado con el voto conforme de 27 se\u00F1ores Senadores.\n \nLas dem\u00E1s constancias reglamentarias son descritas en la p\u00E1gina 2 del informe. \nLas modificaciones efectuadas por la Comisi\u00F3n de Gobierno, Descentralizaci\u00F3n y Regionalizaci\u00F3n al proyecto aprobado en general se consignan en el informe y fueron todas acordadas por la unanimidad en la Comisi\u00F3n, por lo que deben ser votadas sin debate, de acuerdo a lo establecido en el inciso sexto del art\u00EDculo 133 del Reglamento del Senado, salvo que alg\u00FAn se\u00F1or Senador solicite discutir lo propuesto por la Comisi\u00F3n respecto de alguna de ellas o que se presenten indicaciones renovadas, lo que no ha ocurrido.\n \nCorresponde destacar que el inciso final del art\u00EDculo 133 tiene el car\u00E1cter de norma org\u00E1nica constitucional, requiriendo para su aprobaci\u00F3n el voto conforme de 27 se\u00F1ores Senadores.\n \nFinalmente, cabe informar que la Secretar\u00EDa de la Comisi\u00F3n elabor\u00F3 un comparado, dividido en tres columnas que contemplan el proyecto aprobado en general, las enmiendas introducidas en el segundo informe y el texto que propone aprobar la Comisi\u00F3n de Gobierno, Descentralizaci\u00F3n y Regionalizaci\u00F3n.\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nEn discusi\u00F3n particular el proyecto.\n \nDebo se\u00F1alar que el Honorable se\u00F1or Viera-Gallo ha solicitado debatir un art\u00EDculo. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO.- \nEn realidad, son m\u00E1s, se\u00F1or Presidente . En su oportunidad solicit\u00E9 reabrir debate respecto del art\u00EDculo 18, y ahora pido discutir tambi\u00E9n el 64 y el 65.\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra la Honorable se\u00F1ora Frei.\n \n \nLa se\u00F1ora FREI (do\u00F1a Carmen) .- \nSe\u00F1or Presidente , antes de que el proyecto sea sometido a votaci\u00F3n deseo hacer un alcance al respecto, para que los se\u00F1ores Senadores conozcan lo sucedido durante su tramitaci\u00F3n. Porque, aunque corresponde tratarlo art\u00EDculo por art\u00EDculo, es conveniente imponerse de que hubo distintas instancias a lo largo de su estudio.\n \nPrimero, la iniciativa fue aprobada en general el 6 de marzo de 2001. Posteriormente, durante el debate se acord\u00F3 que fuera analizada por las Comisiones de Gobierno, Descentralizaci\u00F3n y Regionalizaci\u00F3n y de Constituci\u00F3n, Legislaci\u00F3n, Justicia y Reglamento, unidas, las que se abocaron al estudio de dos indicaciones formuladas por el Presidente de la Rep\u00FAblica y el Senador se\u00F1or Silva . Ambas propon\u00EDan la sustituci\u00F3n del proyecto primitivo. En tal circunstancia, las Comisiones unidas acordaron estudiarlo s\u00F3lo en la de Gobierno, y se ampli\u00F3 el plazo para formular indicaciones, habi\u00E9ndose presentado 108.\n \nEl proyecto que ahora ser\u00E1 debatido en particular conserva b\u00E1sicamente la estructura aprobada en el primer informe, y las materias de que trata figuran en una enumeraci\u00F3n correlativa de disposiciones. Lo anterior no significa que se propongan diversos perfeccionamientos. \nQuiero dejar muy en claro que el texto que consideramos -en virtud de las indicaciones y de otras enmiendas acordadas por la Comisi\u00F3n- establece a lo menos 25 modificaciones, fuera de otras de orden formal, como cambios de numeraci\u00F3n de art\u00EDculos, supresi\u00F3n de otros, etc\u00E9tera. \nEl nuevo texto recoge las diversas enmiendas sugeridas y que la Comisi\u00F3n estim\u00F3 que perfeccionaban la iniciativa. La proposici\u00F3n est\u00E1 conformada por sesenta y nueve art\u00EDculos permanentes, divididos en cinco cap\u00EDtulos. \nEn suma, se trata de un cuerpo legal que persigue el mejoramiento del Estado de Derecho y que viene a llenar un vac\u00EDo importante en nuestro Derecho Administrativo. Creo que la propuesta que ahora realizaremos es equilibrada, pues ordena, por una parte, el quehacer de la Administraci\u00F3n, y por otra garantiza los derechos de las personas frente a la actuaci\u00F3n p\u00FAblica.\n \nSe incorporan instituciones jur\u00EDdicas permanentes del Derecho P\u00FAblico chileno; pero, adem\u00E1s, se consideran medidas como el silencio administrativo que contribuir\u00E1n a hacer m\u00E1s \u00E1gil y eficiente el actuar de los \u00F3rganos p\u00FAblicos que quedar\u00E1n regidos por la futura ley. \nEl proyecto se estudi\u00F3 con extremo cuidado. Deseo recalcar que siempre contamos con la opini\u00F3n fundada de uno de nuestros m\u00E1s destacados profesores de Derecho Administrativo, el Senador Silva, quien estuvo presente durante toda la discusi\u00F3n de la iniciativa. Por eso, solicito que para una mayor clarificaci\u00F3n de esta materia escuchemos sus observaciones antes de entrar al detalle de cada art\u00EDculo. No me cabe duda de que en esa forma muchas de las dudas de los distintos se\u00F1ores Senadores ser\u00E1n dilucidadas.\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nDebo advertir que la Mesa debe atenerse a las disposiciones reglamentarias y, en este caso, me obligan a someter a discusi\u00F3n s\u00F3lo los art\u00EDculos que se solicite tratar o votar separadamente. En ese momento, el Honorable se\u00F1or Silva podr\u00E1 hacer las aclaraciones correspondientes. Les recuerdo que se trata de los art\u00EDculos 18, 64 y 65.\n \nEl se\u00F1or ORPIS.- \nSe\u00F1or Presidente , pido discutir tambi\u00E9n el 24.\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nAs\u00ED se har\u00E1.\n \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or Foxley.\n \nEl se\u00F1or FOXLEY.- \nPor mi parte, deseo debatir el art\u00EDculo 27.\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nConforme.\n \nEn discusi\u00F3n particular el proyecto. \n \nEl se\u00F1or HOFFMANN ( Secretario ).- \nEl Honorable se\u00F1or Viera-Gallo ha hecho llegar a la Mesa una sugerencia -no se trata de una indicaci\u00F3n renovada- para superar un error de redacci\u00F3n que afecta al art\u00EDculo 18. El se\u00F1or Senador propone reemplazar los incisos tercero, cuarto y quinto por los dos que indica, y a los cuales dar\u00E9 lectura.\n \n \n \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO .- \nSe\u00F1or Presidente , tal vez podr\u00EDa entregar una explicaci\u00F3n al respecto, y despu\u00E9s darse curso a su lectura, si es necesaria.\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or Viera-Gallo .\n \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO .- \nSe\u00F1or Presidente , en este art\u00EDculo se establece que el procedimiento administrativo puede ser escrito o electr\u00F3nico, lo cual de por s\u00ED constituye un avance muy importante. Sin embargo, en los dos incisos finales hay una confusi\u00F3n entre los t\u00E9rminos \"expediente\" y \"registro\".\n \nLa situaci\u00F3n tuvo origen tras una indicaci\u00F3n que present\u00E9, en la que, siguiendo la legislaci\u00F3n espa\u00F1ola, se pretende que adem\u00E1s del expediente, que puede ser escrito o electr\u00F3nico, cada repartici\u00F3n p\u00FAblica lleve un registro de las distintas actuaciones que componen el procedimiento administrativo, pero que no supone la copia de todos los documentos del expediente. Se trata de que simplemente se diga \"se inici\u00F3 tal d\u00EDa, se mand\u00F3 la comunicaci\u00F3n en tal fecha, se resolvi\u00F3 o se apel\u00F3 en tal oportunidad; en fin, un registro simple que puede constar s\u00F3lo de una o dos p\u00E1ginas, al cual el usuario tenga acceso. \nLos se\u00F1ores Senadores podr\u00E1n advertir que en el inciso cuarto se habla de \"un registro\", pero dice que \"se asentar\u00E1n copias de los documentos presentados\". Si el registro es la copia, en realidad vendr\u00EDa a ser un segundo expediente. \nPor eso, en esta f\u00F3rmula de sustituci\u00F3n planteo que se distingan con toda claridad el expediente -donde figura lo indicado en los incisos art\u00EDculos tercero y cuarto- y el registro, en el que simplemente se deben anotar las actuaciones que figuran en el expediente, indicando la fecha y la hora en que ocurrieron. \nNo s\u00E9 si est\u00E1 claro lo que he dicho, o si valdr\u00E1 la pena que el se\u00F1or Secretario lea la proposici\u00F3n. Pero \u00E9sa es la idea.\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nCreo que no es necesario, se\u00F1or Senador.\n \n \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or Silva. \nEl se\u00F1or SILVA .- \nSe\u00F1or Presidente , estamos de acuerdo con la proposici\u00F3n del Senador se\u00F1or Viera-Gallo . Se trata simplemente de aclarar esos t\u00E9rminos para evitar cualquier duda, porque una cosa es el registro y otra el expediente. De acuerdo con lo planteado por el se\u00F1or Senador, tales expresiones quedan perfectamente precisadas, por lo que, a mi juicio, valdr\u00EDa la pena acoger la sugerencia.\n \n \n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \n\u00BFHabr\u00EDa acuerdo para aceptar la proposici\u00F3n del Honorable se\u00F1or Viera-Gallo en orden a precisar esos t\u00E9rminos reemplazando los correspondientes incisos?\n \nAprobado. \n \nEl se\u00F1or HOFFMANN ( Secretario ).- \nEn seguida, a petici\u00F3n del Senador se\u00F1or Orpis , cabe ocuparse del art\u00EDculo 24, que dice: \"El funcionario del organismo al que corresponda resolver, que reciba una solicitud, documento o expediente, deber\u00E1 hacerlo llegar a la oficina correspondiente a m\u00E1s tardar dentro de las 24 horas siguientes a su recepci\u00F3n.\".\n \nRespecto de los incisos segundo y tercero, no se propone ninguna modificaci\u00F3n, pero s\u00ED acerca del cuarto, que se\u00F1ala: \"Las decisiones definitivas deber\u00E1n expedirse dentro de los 20 d\u00EDas siguientes, contados desde que, a petici\u00F3n del interesado, se certifique que el acto se encuentra en estado de resolverse.\". \nLa sugerencia que hizo llegar a la Mesa el Senador se\u00F1or Orpis es para reemplazar -si la unanimidad de la Sala la acoge-, en el inciso cuarto, la frase: \"contados desde que, a petici\u00F3n del interesado, se certifique que el acto se encuentra en estado de resolverse.\" por \"contados desde la petici\u00F3n del interesado\". \n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or Orpis.\n \nEl se\u00F1or ORPIS.- \nSe\u00F1or Presidente , un elemento fundamental en lo relativo a la Administraci\u00F3n es que los plazos se cumplan. Ellos son bastante expresos en los incisos primero, segundo y tercero. Pero es necesario leer con atenci\u00F3n lo que establece el inciso cuarto: \"Las decisiones definitivas deber\u00E1n expedirse dentro de los 20 d\u00EDas siguientes, contados desde que, a petici\u00F3n del interesado, se certifique que el acto se encuentra en estado de resolverse.\".\n \nDe acuerdo con la redacci\u00F3n de esa norma, bastar\u00EDa que el interesado presente la solicitud y que el funcionario diga que el acto no est\u00E1 en estado de resolverse. Siendo as\u00ED, se puede ir abajo todo el proyecto en materia de decisiones definitivas. \n\u00BFA qu\u00E9 apunta la proposici\u00F3n? A que efectivamente ello se haga dentro de 20 d\u00EDas. \u00BFY desde cu\u00E1ndo se cuentan? Desde que el interesado lo solicita. De este modo el inciso resulta plenamente congruente con las disposiciones posteriores que establecen una sanci\u00F3n en caso de que no se cumpla dicho plazo. \nSin embargo, debido a la forma como est\u00E1 redactado, se puede frustrar todo el objetivo del proyecto en materia de decisiones definitivas. \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or Viera-Gallo.\n \n \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO .- \nSe\u00F1or Presidente , entiendo la inquietud del Senador se\u00F1or Orpis , pero no veo que la soluci\u00F3n sea tan f\u00E1cil, porque el interesado puede hacer la petici\u00F3n en un momento inadecuado. Por lo tanto, no resulta conveniente establecer la idea de que solamente \u00E9l haga la solicitud. A mi juicio, la norma deber\u00EDa decir \"veinte d\u00EDas desde que el acto se encuentra ya tramitado\". No s\u00E9 cu\u00E1l es la expresi\u00F3n correcta, si \u00E9sta o, a tal vez, \"en estado de resolverse\".\n \nAhora bien, es verdad que en ello puede darse la trampa de la burocracia de decir que \"el acto nunca va a estar en estado de resolverse\". Pero, seg\u00FAn el proyecto, entiendo que se contempla una secuencia de plazos y que, por lo tanto, habr\u00E1 un momento en que s\u00F3lo queda resolver el acto, no existiendo otro tr\u00E1mite posible. \nEso me parece m\u00E1s objetivo. Porque \u00BFqu\u00E9 pasa si el interesado no hace la petici\u00F3n? Digo esto por cuanto puede haber tambi\u00E9n inter\u00E9s por parte de la comunidad de que el acto sea resuelto. \nEn definitiva, es completamente l\u00F3gica la inquietud planteada por el Senador se\u00F1or Orpis , pero no s\u00E9 bien cu\u00E1l es la soluci\u00F3n.\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or Coloma.\n \n \nEl se\u00F1or COLOMA.- \nSe\u00F1or Presidente , deseo corroborar que este punto se discuti\u00F3 siguiendo la l\u00F3gica del Senador se\u00F1or Viera-Gallo .\n \nEntiendo el \u00E1nimo de todos en el sentido de agilizar al m\u00E1ximo posible los procedimientos. Pero \u00BFqu\u00E9 ocurre cuando se trata de un asunto cualquiera? No pensemos en cosas f\u00E1ciles, sino tambi\u00E9n en las dif\u00EDciles, que suponen una reflexi\u00F3n. No basta con que despu\u00E9s de 20 d\u00EDas una persona diga al funcionario: \"Resu\u00E9lvamelo\", ya que puede haber informes, mediciones, estudios y una serie de elementos pendientes.\n \nEntonces, \u00BFpor qu\u00E9 se coloca esta norma? Primero, porque no la hay; segundo, para que el funcionario diga por qu\u00E9 el acto no se halla en estado de resolverse. Esto puede generar las sanciones correspondientes para el empleado que, debiendo informar que los elementos est\u00E1n para resoluci\u00F3n, no lo hace. \n\u00C9sa es la l\u00F3gica conforme a la cual se construy\u00F3 este esquema, que es absolutamente novedoso en comparaci\u00F3n a lo existente. \nEntiendo el planteamiento del Senador se\u00F1or Orpis , pero el hecho de validar una norma como la que sugiere significa que no habr\u00EDa ning\u00FAn tr\u00E1mite en la Administraci\u00F3n P\u00FAblica que pudiese durar m\u00E1s de 20 d\u00EDas. Y, obviamente, por la esencia de lo que estamos hablando, eso resulta imposible.\n \nEl se\u00F1or ORPIS.- \nPido la palabra, se\u00F1or Presidente. \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nPuede hacer uso de ella, Su Se\u00F1or\u00EDa.\n \n \nEl se\u00F1or ORPIS.- \nEl problema es que nos hallamos en el peor de los escenarios, por cuanto, no obstante existir cosas pendientes, \u00E9stas terminan por no resolverse nunca, que es lo que pretende evitar el proyecto. \nA mi juicio, se podr\u00EDa finalmente optar por una l\u00EDnea intermedia, porque la misma iniciativa establece ampliaci\u00F3n de plazos en la Administraci\u00F3n, los cuales se extienden hasta en 50 por ciento en lo que dice relaci\u00F3n a otras disposiciones. \nSin embargo, lo peor es dejar la redacci\u00F3n del inciso cuarto del art\u00EDculo 24 en los t\u00E9rminos en que est\u00E1, ya que por esta v\u00EDa el objetivo perseguido y todo el esfuerzo realizado para materializar este proyecto pueden desvanecerse si no se establece un plazo para resolver en forma definitiva.\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nHago presente a Sus Se\u00F1or\u00EDas que, de no haber unanimidad, no ser\u00E1 posible acoger la modificaci\u00F3n. Y lo \u00FAnico que podr\u00EDa hacer la Mesa ser\u00EDa someter a votaci\u00F3n el art\u00EDculo pertinente, el cual podr\u00E1 ser aprobado o rechazado.\n \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or \u00C1vila. \n \nEl se\u00F1or \u00C1VILA.- \nSe\u00F1or Presidente, nunca pens\u00E9 que yo podr\u00EDa estar de acuerdo en algo con el Senador se\u00F1or Coloma . Esta vez s\u00ED ha ocurrido.\n \nEn verdad, la proposici\u00F3n del Honorable se\u00F1or Orpis respecto de temas particularmente delicados y complejos puede representar una presi\u00F3n indebida. Y, a fin de cuentas, podr\u00EDa ser una decisi\u00F3n lesiva para el inter\u00E9s p\u00FAblico.\n \nEn mi opini\u00F3n, resulta pertinente aplicar el plazo o la celeridad consagrados en el esp\u00EDritu de la iniciativa s\u00F3lo a partir del instante en que la decisi\u00F3n se encuentra madura, a punto de ser resuelta. Desde ese momento es posible acusar de lenidad o de lo que se desee al agente p\u00FAblico; pero no antes, porque significar\u00EDa ejercer sobre \u00E9l un tipo de presi\u00F3n absolutamente indebida. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or Silva.\n \n \nEl se\u00F1or SILVA .- \nSe\u00F1or Presidente, deseo manifestar que este art\u00EDculo es muy importante para lo que se pretende. Piensen los Honorables colegas que por primera vez se est\u00E1 indicando en la Administraci\u00F3n y en la ley chilena que los actos nunca m\u00E1s podr\u00E1n exceder los 20 d\u00EDas. \tDe eso se trata. Pero en el interregno hay algunas posibilidades que los se\u00F1ores Senadores deben haber visto.\n \nPrimero, desde que se presenta la solicitud, el funcionario que la recibe debe tramitarla dentro de 24 horas, y nada m\u00E1s. \nEn seguida, la providencia que se dicte no puede pasar de 48 horas. \nAhora bien, cuando el inciso tercero se refiere a informes, dict\u00E1menes y otras actuaciones similares, alude a actos administrativos, los que por primera vez ser\u00E1n compendiados y calificados como tales en la legislaci\u00F3n chilena. Esto es notable desde ese punto de vista, porque se calificar\u00E1 a los informes y dict\u00E1menes como actos administrativos. \nSin embargo, al que alude el inciso final es al denominado \"acto terminal\" -o sea, cuando se adopta la decisi\u00F3n-, que no puede exceder los 20 d\u00EDas. \nA eso se refiere el precepto, lo cual resulta destacable. \nSe\u00F1or Presidente , a mi juicio, el inciso final puede ser dudoso. Cuando me plante\u00F3 su inquietud el Senador se\u00F1or Orpis , pens\u00E9 que de esa forma se pod\u00EDa aclarar m\u00E1s el asunto. Pero si hay dudas, me parece que lo procedente es aceptar la proposici\u00F3n o aprobar la norma como est\u00E1, de acuerdo con el tr\u00E1mite en que el proyecto se est\u00E1 discutiendo. Me permito recordar que todav\u00EDa quedan instancias para perfeccionarlo: la pr\u00F3xima es su discusi\u00F3n por la C\u00E1mara de Diputados, una vez que lo despache el Senado. De manera que el asunto no es tan relevante.\n \nIndudablemente, la propuesta del Senador se\u00F1or Orpis clarifica el precepto y, en consecuencia, podr\u00EDa ser acogida por unanimidad. Si no fuere as\u00ED, de todas maneras la disposici\u00F3n se aprobar\u00EDa, porque reglamentariamente no procede debatirla.\n \nPor lo tanto, considero irrelevante extender la discusi\u00F3n. \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra la Senadora se\u00F1ora Matthei.\n \n \nLa se\u00F1ora MATTHEI.- \nSe\u00F1or Presidente, cuando trabaj\u00E9 en la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones me correspondi\u00F3 participar en la adopci\u00F3n de decisiones realmente delicadas, como, por ejemplo, autorizar o no el funcionamiento de una nueva AFP. Eso significaba comprobar si ten\u00EDan el capital y los programas requeridos; si los socios eran personas id\u00F3neas; si contaban con personal capacitado. Ello implicaba constantes peticiones de informaci\u00F3n, la cual una vez recibida tambi\u00E9n deb\u00EDa ser analizada.\n \nEn consecuencia, tengo la impresi\u00F3n de que lo dispuesto en la norma en debate, en el sentido de que la decisi\u00F3n definitiva deber\u00E1 tomarse dentro de 20 d\u00EDas, sin especificar que el plazo se contar\u00E1 desde el momento en que el acto se encuentre en estado de resolverse, es imposible de cumplir. Probablemente de esa decisi\u00F3n derivar\u00EDan m\u00E1s males que bienes. \nEn todo caso, el Senador se\u00F1or Coloma nos ha se\u00F1alado que en el art\u00EDculo 27 se contempla un plazo total de seis meses. Como este lapso me parece bien, prefiero que el art\u00EDculo 24 quede tal como est\u00E1.\n \n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nDado que no pueden introducirse correcciones sino por la v\u00EDa de la unanimidad, al no haberla, corresponde someter a votaci\u00F3n el art\u00EDculo 24.\n \n\u00BFHabr\u00EDa acuerdo para aprobarlo, dej\u00E1ndose constancia de las prevenciones que se han hecho? \nEl se\u00F1or ORPIS.- \nPido la palabra. \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nLa tiene, Su Se\u00F1or\u00EDa.\n \nEl se\u00F1or ORPIS .- \nSe\u00F1or Presidente, s\u00F3lo quiero apuntar que hay bastante diferencia entre 20 d\u00EDas y seis meses. La alternativa es bajar los seis meses y dejar abierta la norma. Habr\u00E1 casos extremos en que se podr\u00E1 pedir ampliaci\u00F3n del plazo, pero no debe olvidarse que puede aumentar al doble.\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nEl art\u00EDculo 24 no menciona ning\u00FAn plazo de seis meses.\n \nEl se\u00F1or \u00C1VILA.- \nSe refiere al 27, se\u00F1or Presidente. \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTodav\u00EDa no hemos llegado a ese art\u00EDculo.\n \nEl se\u00F1or ORPIS.- \nPero es plenamente congruente. \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nCuando tratemos ese precepto -el Senador se\u00F1or Foxley pidi\u00F3 discutirlo- podremos examinar el punto. Ahora debemos pronunciarnos sobre el art\u00EDculo 24.\n \nEl se\u00F1or LARRA\u00CDN.- \n\u00BFMe permite, se\u00F1or Presidente? \n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra Su Se\u00F1or\u00EDa.\n \n \nEl se\u00F1or LARRA\u00CDN.- \nSe\u00F1or Presidente , todos estamos tratando de buscar una soluci\u00F3n a este tema. A lo mejor se podr\u00EDa explorar algo distinto.\n \nComo se teme que la certificaci\u00F3n de que el acto se encuentra en estado de resoluci\u00F3n se prolongue indebidamente, en vez de proceder en la forma propuesta por el Senador se\u00F1or Orpis , y atendido lo indicado por los Honorables se\u00F1ores Viera-Gallo y Coloma , sugiero agregar que la prolongaci\u00F3n injustificada de la certificaci\u00F3n dar\u00E1 origen a sanciones administrativas. De este modo, si se justifica la prolongaci\u00F3n del tr\u00E1mite se puede fijar un plazo. Si no se justifica, la dilataci\u00F3n del procedimiento generar\u00E1 una sanci\u00F3n administrativa.\n \n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nSugiero a Su Se\u00F1or\u00EDa hacer llegar a la Mesa una proposici\u00F3n concreta para solucionar el asunto.\n \nPropongo votar el art\u00EDculo 24 y adicionarle posteriormente lo indicado por el Honorable se\u00F1or Larra\u00EDn.\n \n\u00BFHabr\u00EDa acuerdo para aprobarlo en esos t\u00E9rminos? \nEl se\u00F1or ORPIS.- \nCon mi abstenci\u00F3n, se\u00F1or Presidente .\n \n--Se aprueba el art\u00EDculo 24, en la forma se\u00F1alada, con la abstenci\u00F3n del Senador se\u00F1or Orpis.\n \n \nEl se\u00F1or HOFFMANN ( Secretario ).- \nEl Honorable se\u00F1or Foxley solicit\u00F3 discutir el art\u00EDculo 27, que es del siguiente tenor:\n \n\"Salvo caso fortuito o fuerza mayor, el procedimiento administrativo no podr\u00E1 exceder de 6 meses, desde su iniciaci\u00F3n hasta la fecha en que se emita la decisi\u00F3n final.\". \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nEn discusi\u00F3n.\n \n \nTiene la palabra el Senador se\u00F1or Foxley. \n \nEl se\u00F1or FOXLEY .- \nSe\u00F1or Presidente, ante todo, quiero dejar constancia de que, desde el punto de vista del objetivo que persegu\u00EDa en principio el proyecto, \u00E9ste es un precepto absolutamente medular.\n \nLa iniciativa se entendi\u00F3 originalmente como un instrumento tendiente a conseguir lo que en la jerga usada en el Ministerio de Econom\u00EDa se denomina \"eliminar los lomos de toro\". Es decir, provocar un shock en la burocracia p\u00FAblica, de modo tal que los servicios estatales se vieran en la obligaci\u00F3n de reacondicionar sus procedimientos internos para acortar tr\u00E1mites; someterse al pie forzado de modernizar los procesos de decisi\u00F3n, y ajustar la velocidad de \u00E9sta a los requerimientos de la econom\u00EDa en el siglo XXI.\n \nValoro el enorme esfuerzo plasmado en la normativa para realizar un ordenamiento de los procedimientos administrativos. Sin embargo, estimo que con este art\u00EDculo 27 no se avanza nada. \nDebo manifestar que, en su momento, con el ex Senador se\u00F1or Sergio Bitar nos contactamos con el Gobierno para llegar a un consenso respecto de los plazos m\u00E1ximos. En nuestra opini\u00F3n, ellos en ning\u00FAn caso deb\u00EDan ser superiores a 90 d\u00EDas. Yo, al menos, primitivamente hab\u00EDa planteado que fueran de 60 d\u00EDas.\n \nFuimos a conversar con el entonces Ministro Secretario General de la Presidencia se\u00F1or \u00C1lvaro Garc\u00EDa ; despu\u00E9s, con el Ministro de Econom\u00EDa , se\u00F1or Jorge Rodr\u00EDguez . Nos tramitaron mucho; dimos vueltas y vueltas. Finalmente superamos el lomo de toro de los gabinetes de los Secretarios de Estado y logramos un acuerdo con ellos. Y ese acuerdo con el Ejecutivo se tradujo en una indicaci\u00F3n para establecer en el art\u00EDculo 27 un plazo m\u00E1ximo de 90 d\u00EDas.\n \nLa indicaci\u00F3n referida pereci\u00F3 en el camino; ignoro d\u00F3nde, pero no lleg\u00F3 al texto final. \nMe parece que con la fijaci\u00F3n de seis meses como plazo m\u00E1ximo no se cumple ninguno de los prop\u00F3sitos fundamentales del proyecto: eliminar lomos de toro y dar una se\u00F1al de presi\u00F3n a la burocracia para que se simplifiquen los procedimientos, no se tramite a la gente y se echen a andar con mayor premura los mecanismos de autorizaci\u00F3n de inversiones, que la econom\u00EDa requiere hoy y ma\u00F1ana. \nPor lo tanto, no estoy de acuerdo con el art\u00EDculo 27. No s\u00E9 si es factible modificarlo o si hay ambiente para ello, pero el plazo de seis meses es absurdamente largo.\n \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO.- \n\u00BFMe permite, se\u00F1or Presidente? \n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra Su Se\u00F1or\u00EDa.\n \n \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO .- \nSe\u00F1or Presidente, para secundar lo expresado por el Senador se\u00F1or Foxley leer\u00E9 parte de lo contemplado en la Agenda Pro Crecimiento acordada entre la Sociedad de Fomento Fabril y el Ejecutivo .\n \nEn ese documento se establece la necesidad de \"aprobar en el curso del a\u00F1o la ley de procedimiento administrativo que impondr\u00E1 plazos m\u00E1ximos a los tr\u00E1mites de los servicios p\u00FAblicos y crear\u00E1 la figura del silencio administrativo para unos 120 tr\u00E1mites en la administraci\u00F3n central y unos 40 en la administraci\u00F3n municipal.\". \nPero \u00E9ste es el pa\u00EDs de las palabras no seguidas por la acci\u00F3n. Como \u00E9sa es la Agenda esencial del Pro Crecimiento, lamento que no se encuentre presente ning\u00FAn Ministro para defender e impulsar el proyecto. Tampoco he visto ninguna actividad mayor del gremio empresarial -no me refiero a declaraciones en los diarios- de car\u00E1cter pr\u00E1ctico para sacar adelante la iniciativa. Ella ha salido gracias a la Comisi\u00F3n de Gobierno, Descentralizaci\u00F3n y Regionalizaci\u00F3n del Senado; al Senador se\u00F1or Silva , que lo rehizo completamente, y a cierta contribuci\u00F3n de algunos de nosotros.\n \nComo se puede apreciar, no ha habido por parte del Gobierno ni del mundo empresarial una actitud suficientemente en\u00E9rgica como para concretar algo que proclaman d\u00EDa tras d\u00EDa, en todas las reuniones de la SOFOFA. Se hacen g\u00E1rgaras con los lomos de toro, pero cuando llega el momento de aplanarlos no se ve a los interesados defendiendo con pasi\u00F3n la iniciativa.\n \nSe\u00F1or Presidente, quiero dejar muy en claro lo que he expuesto, porque me cansa que en el pa\u00EDs no haya consecuencia entre las palabras y las acciones. \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or Coloma.\n \n \nEl se\u00F1or COLOMA.- \nSe\u00F1or Presidente, advierto con preocupaci\u00F3n el giro que va tomando el debate, b\u00E1sicamente por la especie de identificaci\u00F3n que hay en cuanto a que es m\u00E1s moderno quien coloca menos plazo. Si es por eso, yo puedo proponer diez d\u00EDas para demostrar que soy mucho m\u00E1s moderno y \u00E1gil y que la Administraci\u00F3n P\u00FAblica ser\u00E1 m\u00E1s eficaz.\n \nEn verdad, no creo que sea as\u00ED. Lo importante es entender que mediante esta iniciativa se pretende cambiar la falta de normas -hay tr\u00E1mites que duran dos, tres a\u00F1os, y eso, obviamente, irrita a quien realiza cualquier gesti\u00F3n, p\u00FAblica o privada- por un sistema que, a mi entender, est\u00E1 bien constituido y que coloca un plazo m\u00E1ximo de seis meses. \nEntiendo lo que probablemente va a plantear el Senador se\u00F1or Orpis y lo se\u00F1alado por el Honorable se\u00F1or Foxley . Sin embargo, quiero ejemplificar.\n \nNo s\u00E9 si, respecto del permiso para una concesi\u00F3n de obra p\u00FAblica o de la aprobaci\u00F3n en un banco, en alg\u00FAn lugar se podr\u00E1n realizar las gestiones pertinentes en sesenta d\u00EDas garantizando los derechos del Estado y los de terceros. Me parece imposible. Me ha tocado participar en ambas acciones, y aseguro a Sus Se\u00F1or\u00EDas que el riesgo que se corre es que al final se denieguen los permisos o las autorizaciones simplemente por la imposibilidad de evaluar en forma adecuada lo que una y otra cosa suponen.\n \nEntonces, no se piense que \u00E9ste es un mero intento de cautelar la burocracia. Nada m\u00E1s ajeno -por lo menos a mi intenci\u00F3n- que la idea de que aqu\u00ED se otorga manga ancha a aqu\u00E9lla. Por el contrario, se est\u00E1 dando un remez\u00F3n muy violento a la Administraci\u00F3n P\u00FAblica. Pero eso no significa que no se requiera un plazo, que me parece razonable, para las cosas complejas, de seis meses. \nInsisto: estamos hablando hoy d\u00EDa de la inexistencia de plazos, de procedimientos que demoran dos, tres o cuatro a\u00F1os. Entonces, d\u00E9monos un espacio para hacer que la Administraci\u00F3n P\u00FAblica funcione. De lo contrario, \u00BFcu\u00E1l ser\u00E1 el rol de alguien que deba tomar una decisi\u00F3n y disponga, por ejemplo, de cinco d\u00EDas para estudiar antecedentes que son inabordables?\n \nMi temor es que, en aras de ayudar y acelerar los procesos, al final entremos en un estado de cosas que haga inviable un correcto funcionamiento de la Administraci\u00F3n P\u00FAblica. \nMe encantar\u00EDa que el plazo fuera menor. Pero creo que nuestra responsabilidad es velar por una Administraci\u00F3n P\u00FAblica, no s\u00F3lo \u00E1gil, sino tambi\u00E9n correcta.\n \nEn tal sentido, me parece que con las restricciones, que son fuertes, del art\u00EDculo 24 y con el plazo m\u00E1ximo fijado en el 27 -esto es discutible- queda un esquema mucho m\u00E1s razonable que el existente. \nSe trata de un avance significativo, se\u00F1or Presidente . Y no me parece procedente la afirmaci\u00F3n de que todo esto nada vale si no disminuimos el plazo a la mitad. \u00C9se es un tipo de discusi\u00F3n que puede generar un destino distinto del que estamos buscando.\n \nHe dicho. \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nDebo manifestar a Sus Se\u00F1or\u00EDas que el debate es improcedente si no existe unanimidad para modificar el contenido del art\u00EDculo. Y, al parecer, no la hay. Por lo tanto, las diversas intervenciones no tienen otro sentido que dejar constancia del criterio de cada se\u00F1or Senador en cuanto a esta materia.\n \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or Silva. \nEl se\u00F1or SILVA .- \nSe\u00F1or Presidente, con el prop\u00F3sito de evitar que quede en la mente de algunos se\u00F1ores Senadores la inquietud de que no se consider\u00F3 lo relativo a los plazos, quiero aclarar algunos aspectos que el Senador se\u00F1or Foxley ignora porque no particip\u00F3 en la discusi\u00F3n de esta iniciativa.\n \nEn verdad -y me permito recordarlo-, el proyecto es obra del Senado. \u00C9l reemplaza por entero al del Ejecutivo. El texto de \u00E9ste era absolutamente intolerable e inaceptable. Basta que los se\u00F1ores Senadores conozcan la ley administrativa -como la conocen- para que se den cuenta de que, cuando se anuncia una legislaci\u00F3n sobre procedimientos administrativos -es decir, de principios b\u00E1sicos que van a regular la gesti\u00F3n de la Administraci\u00F3n del Estado-, eso no se puede transformar exclusivamente, como el Ejecutivo primigeniamente lo quiso, en un proyecto de s\u00F3lo ocho art\u00EDculos: cuatro para regular los plazos y cuatro para regular el silencio positivo y el silencio negativo. Y nada m\u00E1s.\n \nEl Senado comprendi\u00F3 -y recuerdo que lo hizo presente el Honorable se\u00F1or Fern\u00E1ndez - que eso no pod\u00EDa ser as\u00ED. Y por ello fue que en la reuni\u00F3n de Comit\u00E9s se me encarg\u00F3 el cometido de presentar un proyecto de reemplazo, que deb\u00EDa comprender algo que se\u00F1alaba ya la Constituci\u00F3n del 25 y que ahora contiene la del 80: para que la Administraci\u00F3n del Estado se subordine a normas, es b\u00E1sico que exista una ley de procedimientos administrativos.\n \nEso es lo que se pretende hacer, se\u00F1or Presidente. \nEs notable este proyecto, a mi juicio, porque el Senado ha querido con \u00E9l reducir considerablemente los plazos. La norma que con temor se\u00F1ala el Senador se\u00F1or Foxley es de excepci\u00F3n. Pero yo me permito recordarle que dice que el procedimiento no podr\u00E1 ser superior a seis meses.\n \nYo le vaticino a mi Honorable colega que, si revisamos juntos la Administraci\u00F3n -y tengo alguna pr\u00E1ctica en eso-, nos encontraremos con expedientes que duran a\u00F1os. Todo eso va a desaparecer. La reducci\u00F3n que la iniciativa entra\u00F1a desde ese punto de vista es significativa.\n \nInclusive, me permito recordar uno de los art\u00EDculos finales, el 67, que faculta \"al Presidente de la Rep\u00FAblica para que en el plazo de un a\u00F1o, contado desde la publicaci\u00F3n de esta ley en el Diario Oficial,\" dicte \"uno o m\u00E1s decretos con fuerza de ley\", etc\u00E9tera, a fin de reducir los plazos de los procedimientos administrativos que rigen una serie de situaciones cuya regulaci\u00F3n es objeto de leyes especiales.\n \nPor consiguiente, estamos ante un proyecto que es obra de un estudio pormenorizado hecho por las Comisiones de Gobierno y de Constituci\u00F3n, Legislaci\u00F3n y Justicia, las cuales lo analizaron meticulosamente durante dos meses, al punto que se da el hecho curioso de que sus 69 art\u00EDculos vienen aprobados por unanimidad. \nPerd\u00F3neme por haberme extendido, se\u00F1or Presidente , pero considero que la explicaci\u00F3n que doy es \u00FAtil para que los se\u00F1ores Senadores comprendan la bondad de un proyecto de esta \u00EDndole. Quiz\u00E1 puede ser objeto de mayores rectificaciones destinadas a perfeccionarlo. Afortunadamente, todav\u00EDa quedan instancias en su tramitaci\u00F3n. Sin embargo, mi intenci\u00F3n es se\u00F1alar que el avance que significa en cuanto a la protecci\u00F3n de los administrados y del patrimonio p\u00FAblico es digno de destacar, y que de esta manera se est\u00E1 dando cumplimiento a un cometido espec\u00EDfico de la Constituci\u00F3n actual, pero que proviene de la del 25.\n \nNada m\u00E1s, se\u00F1or Presidente .\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or Orpis.\n \n \nEl se\u00F1or ORPIS.- \nSe\u00F1or Presidente , hago m\u00EDo todo el planteamiento del Senador se\u00F1or Foxley . Seis meses es exagerado, desde mi punto de vista. Ello, sin desconocer todo el esfuerzo hecho en torno al proyecto en la respectiva Comisi\u00F3n. Eso hay que reconocerlo.\n \nEmpero, el art\u00EDculo 27 presenta un segundo problema: los seis meses ser\u00E1n excedidos, porque todos van a alegar caso fortuito o fuerza mayor. Ello me preocupa much\u00EDsimo.\n \nPor consiguiente, deber\u00EDa existir unanimidad en esta Sala para eliminar la expresi\u00F3n \"caso fortuito o fuerza mayor\", pues dar\u00E1 lugar a los grandes argumentos para transgredir los seis meses, plazo que en \u00FAltimo t\u00E9rmino puede mantenerse. \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra la Honorable se\u00F1ora Frei.\n \nLa se\u00F1ora FREI (do\u00F1a Carmen) .- \nSe\u00F1or Presidente , estamos ante un proyecto hecho enteramente por el Honorable se\u00F1or Silva . Por tanto, no me importa la queja formulada en cuanto a la falta de funcionarios de Gobierno en la Sala, pues no ser\u00EDa mucho lo que podr\u00EDan aportar a prop\u00F3sito de una iniciativa que fue elaborada y estudiada por Senadores.\n \nEn cuanto a lo se\u00F1alado por el Honorable se\u00F1or Foxley , debo explicarle que en la p\u00E1gina 24 del segundo informe se dice muy claramente que los miembros de la Comisi\u00F3n de Gobierno acogimos su indicaci\u00F3n. Y ella se recoge en el art\u00EDculo 67, en cuyo inciso segundo se dice: \"el Presidente de la Rep\u00FAblica podr\u00E1 fijar o modificar plazos, sin que \u00E9stos puedan durar m\u00E1s de noventa d\u00EDas ni que se ampl\u00EDen los ya existentes. En ning\u00FAn caso, se podr\u00E1n establecer etapas o procedimientos distintos a los establecidos por la ley.\". \u00BFY por qu\u00E9 esos plazos? Porque se trata de materias diferentes, que deber\u00E1n ser vistas por distintos ministros, en un tr\u00E1mite que podr\u00E1 alargarse o acortarse seg\u00FAn lo que ellas impliquen. Porque estamos hablando de otorgamiento de \"patentes municipales\", que significan un tr\u00E1mite corto, y de \"permisos, estudios de impacto vial, certificados y recepci\u00F3n de obras de construcci\u00F3n y urbanismo\", que envuelven plazos m\u00E1s largos.\n \nHe dicho. \nEl se\u00F1or FOXLEY .- \nSe\u00F1or Presidente, la aclaraci\u00F3n de la Senadora se\u00F1ora Frei es muy pertinente. En efecto, el art\u00EDculo 67 menciona los tr\u00E1mites m\u00E1s recurrentes, los que provocan mayores demoras, irritaci\u00F3n y paralizaci\u00F3n. De tal manera que, con la facultad presidencial indicada, m\u00E1s el l\u00EDmite de 90 d\u00EDas, mis objeciones se aten\u00FAan en buena medida.\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \n\u00BFSu Se\u00F1or\u00EDa retira la observaci\u00F3n?\n \nEl se\u00F1or FOXLEY.- \nS\u00ED, se\u00F1or Presidente. \n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nVoy a otorgar la palabra a los Senadores se\u00F1ores \u00C1vila, Boeninger y Fern\u00E1ndez, y luego dar\u00E9 por concluido el debate.\n \n \nEl se\u00F1or \u00C1VILA.- \nSe\u00F1or Presidente , quiero decir al Senador se\u00F1or Viera-Gallo que no hay que confundir los lomos de toro con los accidentes naturales. Una buena decisi\u00F3n sobre asuntos complejos y de particular relevancia no siempre presenta un camino pavimentado. Es preciso no mirar prejuiciadamente todo lo que concierne a la funci\u00F3n p\u00FAblica.\n \nConsidero indispensable dejar ciertas v\u00EDas de escape, no para la indolencia, no para torpedear alg\u00FAn tipo de propuesta, sino simplemente para sortear con \u00E9xito las dificultades propias de un proceso que necesariamente es complejo y respecto del cual todos aspiramos a que se arribe a una buena soluci\u00F3n. \nPor lo tanto, creo que ser\u00EDa \u00FAtil tener una mirada un poco m\u00E1s compasiva en algunos aspectos y, sobre todo, m\u00E1s comprensiva de la naturaleza de la funci\u00F3n p\u00FAblica. \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or Boeninger.\n \n \nEl se\u00F1or BOENINGER.- \nSe\u00F1or Presidente , nadie duda de que con m\u00E1s eficiencia y con proyectos como \u00E9ste se logra dar mayor dignidad y estima a la funci\u00F3n p\u00FAblica frente a los ciudadanos. Es la mejor forma de prestigiarla. Y en ese sentido estamos trabajando.\n \nEn particular, adhiero a la idea del Senador se\u00F1or Orpis en cuanto a eliminar, si hubiere unanimidad, los t\u00E9rminos \"caso fortuito o fuerza mayor\", porque la verdad es que, si se llega a producir una situaci\u00F3n de esa \u00EDndole, hay muchas maneras de resolverla.\n \nEn mi opini\u00F3n, valdr\u00EDa la pena colocar el plazo m\u00E1ximo y eliminar la referida frase. As\u00ED que estoy de acuerdo en solicitar la unanimidad de la Sala para proceder de ese modo.\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or Fern\u00E1ndez.\n \n \nEl se\u00F1or FERN\u00C1NDEZ.- \nSe\u00F1or Presidente, me parece que el art\u00EDculo 27 est\u00E1 bien planteado. No debemos olvidar que los conceptos de caso fortuito y fuerza mayor se encuentran definidos en el C\u00F3digo Civil. Caso fortuito, seg\u00FAn \u00E9ste, es \"el imprevisto a que no es posible resistir\".\n \nAlgunos lo entienden sin\u00F3nimo de fuerza mayor. Otros sostienen que fuerza mayor es el acto de autoridad que impide llevar a cabo determinada acci\u00F3n. \nPor lo tanto, estamos frente a hechos extremos. El caso fortuito no es cualquier situaci\u00F3n, sino \"el imprevisto a que no es posible resistir\". Como manifest\u00E9, as\u00ED lo define el C\u00F3digo Civil.\n \nEn consecuencia, opino que el art\u00EDculo 27 est\u00E1 bien concebido, porque la Administraci\u00F3n, frente al caso fortuito o fuerza mayor -que para estos efectos es el acto de autoridad que impide ejecutar el acto administrativo-, no puede hallarse obligada a cumplir un plazo, tanto m\u00E1s cuanto que a lo imposible nadie est\u00E1 obligado.\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nCoincido totalmente con Su Se\u00F1or\u00EDa. Y me voy a oponer a que se divida el art\u00EDculo, pues creo que sin esa parte quedar\u00EDa mal redactado y jur\u00EDdicamente podr\u00EDa prestarse para conflictos y discusiones.\n \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or Sabag. \nEl se\u00F1or SABAG .- \nYo estaba de acuerdo con el Senador se\u00F1or Orpis , pero despu\u00E9s de su intervenci\u00F3n, se\u00F1or Presidente , \u00A1no hay nada m\u00E1s que hacer...!\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \n\u00BFHabr\u00EDa acuerdo en aprobar el art\u00EDculo 27?\n \nEl se\u00F1or ORPIS .- \nCon mi abstenci\u00F3n, se\u00F1or Presidente .\n \nLa se\u00F1ora MATTHEI .- \nSe\u00F1or Presidente , est\u00E1 bien que usted se oponga y no d\u00E9 la unanimidad. Pero la verdad es que siempre resulta posible pedir votaci\u00F3n separada; en este caso, del encabezado de la norma.\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nPor supuesto, Su Se\u00F1or\u00EDa. Si alguien la solicita, no tengo inconveniente.\n \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO.- \n\u00BFMe permite, se\u00F1or Presidente? \n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nS\u00ED, se\u00F1or Senador.\n \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO.- \nEntend\u00ED que el precepto estaba aprobado; que no se votaba, sino que solamente se discut\u00EDa. \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nNo. Hab\u00EDa que discutirlo, y ahora debe ser votado.\n \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO.- \nEntend\u00ED otra cosa al se\u00F1or Secretario .\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nEl art\u00EDculo 133 del Reglamento establece que se debe discutir y votar.\n \nEntonces, si le parece a la Sala, se aprobar\u00E1 el art\u00EDculo 27.\n \n--Se aprueba, con las abstenciones de los Senadores se\u00F1ores Orpis, Prokurica y Sabag. \n \n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nVolvemos al art\u00EDculo 24, a cuyo respecto lleg\u00F3 una indicaci\u00F3n formulada por los Senadores se\u00F1ores Larra\u00EDn y Silva . \nEl se\u00F1or HOFFMANN ( Secretario ).- \nEl inciso final de dicha norma expresa: \"Las decisiones definitivas deber\u00E1n expedirse dentro de los 20 d\u00EDas siguientes, contados desde que, a petici\u00F3n del interesado, se certifique que el acto se encuentra en estado de resolverse\".\n \nComo a ra\u00EDz de la \u00FAltima parte se suscit\u00F3 discusi\u00F3n, los Senadores se\u00F1ores Larra\u00EDn y Silva proponen agregar la siguiente frase final: \"La prolongaci\u00F3n injustificada de la certificaci\u00F3n dar\u00E1 origen a responsabilidad administrativa\".\n \n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \n\u00BFHabr\u00EDa acuerdo para aprobar la indicaci\u00F3n?\n \n--Se aprueba. \n \n \nEl se\u00F1or HOFFMANN ( Secretario ).- \nA continuaci\u00F3n, corresponde pronunciarse sobre el art\u00EDculo 33, respecto del cual no se ha pedido debate ni votaci\u00F3n. Sin embargo, se requiere qu\u00F3rum especial para aprobarlo.\n \n \n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nSi le parece a la Sala, se aprobar\u00E1.\n \n--Se aprueba (27 votos), dej\u00E1ndose constancia de que se reuni\u00F3 el qu\u00F3rum exigido. \n \nEl se\u00F1or HOFFMANN ( Secretario ).- \nEn la misma situaci\u00F3n anterior se encuentra el art\u00EDculo 63, que tambi\u00E9n requiere qu\u00F3rum especial.\n \n \n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nSi le parece a la Sala, se aprobar\u00E1 con la misma votaci\u00F3n.\n \n--Se aprueba con el qu\u00F3rum exigido(27 votos). \n \nEl se\u00F1or HOFFMANN ( Secretario ).- \nEn seguida, corresponde tratar el art\u00EDculo 64, que el Senador se\u00F1or Viera-Gallo pidi\u00F3 debatir y votar.\n \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO .- \nEn realidad, no solicito votarlo, sino s\u00F3lo discutirlo, porque estoy de acuerdo con su texto.\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nEn discusi\u00F3n.\n \n \nTiene la palabra Su Se\u00F1or\u00EDa. \n \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO .- \nSe\u00F1or Presidente , quiero insistir en lo mismo que dije denantes. \u00C9ste es uno de los puntos que se han se\u00F1alado como claves de la Agenda Pro Crecimiento: el llamado \"silencio administrativo\".\n \nHubo una primera propuesta del Gobierno, que era extremadamente limitada, pues, para que operara el silencio administrativo positivo, se exig\u00EDa una ley que lo autorizara. Y se determinaban algunos tr\u00E1mites.\n \nEso fue cambiado por una proposici\u00F3n que realic\u00E9, inspir\u00E1ndome principalmente en las legislaciones espa\u00F1ola y peruana, sin, por cierto, ninguna asesor\u00EDa ni contacto con la SOFOFA: ni con su presidente , ni con su vicepresidente, ni con sus abogados, que no veo que en esta materia hayan sido particularmente activos. Con la CUT -\u00A1para que la Honorable se\u00F1ora Matthei no se enoje...!-, tampoco.\n \nEl punto es muy importante. La norma respectiva fue aprobada por unanimidad en la Comisi\u00F3n, y con ella damos un paso trascendental en la Administraci\u00F3n P\u00FAblica chilena. Si Sus Se\u00F1or\u00EDas la leen, ver\u00E1n que todos los actos administrativos, salvo los contemplados en el silencio negativo -esto es, los que producen perjuicio al patrimonio fiscal, o (como dice el art\u00EDculo 65) \"en los casos en que la Administraci\u00F3n act\u00FAe de oficio, cuando deba pronunciarse sobre impugnaciones o revisiones de actos administrativos o cuando se ejercite por parte de alguna persona el derecho de petici\u00F3n\"-, deber\u00E1n ser resueltos dentro del plazo correspondiente, porque, si no ocurre as\u00ED, el interesado podr\u00E1 pedir que se certifique ese hecho y, transcurridos cinco d\u00EDas desde la recepci\u00F3n de la denuncia sin que haya pronunciamiento de la Administraci\u00F3n, se entender\u00E1n aprobados.\n \nPara ser honesto, debo manifestar que s\u00F3lo un organismo empresarial me contact\u00F3 y s\u00ED se interes\u00F3 en el asunto: la C\u00E1mara Chilena de la Construcci\u00F3n. Pero ello, a ra\u00EDz de que miraba el precepto con recelo, por los permisos de construcci\u00F3n. Porque si el municipio no responde dentro de plazo, el permiso se entiende aprobado si se certifica que hubo silencio administrativo. Este punto produjo inquietud en la C\u00E1mara Chilena de la Construcci\u00F3n, porque -seg\u00FAn entiendo- pensaba que una situaci\u00F3n de esta naturaleza pod\u00EDa ocasionar perjuicios a otros permisos de construcci\u00F3n. En fin, desconozco los enredos que tienen las empresas constructoras.\n \nSe\u00F1or Presidente , estamos en presencia de un cambio muy profundo en la relaci\u00F3n entre los particulares y la Administraci\u00F3n y entre los empresarios y \u00E9sta. Esta modificaci\u00F3n tan profunda, acogida por segunda vez en el Senado por unanimidad, se introduce sin la presencia del Ejecutivo. Quiero insistir en ello, no obstante ser un Senador oficialista. Me parece justo se\u00F1alarlo. \u00A1La Honorable se\u00F1ora Frei no tiene por qu\u00E9 sentirse responsable del Ejecutivo! Repito; esta norma se est\u00E1 despachando sin la presencia del Gobierno y con la total ausencia -salvo para las fotos, los discursos o los viajes- de los empresarios.\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or Coloma.\n \n \nEl se\u00F1or COLOMA.- \nSe\u00F1or Presidente , el silencio del Gobierno permite legislar. \u00A1No deja de ser un efecto importante de esta disposici\u00F3n...!\n \nEl se\u00F1or GAZMURI .- \n\u00A1No se aproveche en exceso, Honorable se\u00F1or Coloma...!\n \nEl se\u00F1or COLOMA.- \nSiguiendo con el razonamiento del Honorable se\u00F1or Viera-Gallo , quiero explicar que este asunto se analiz\u00F3. Este gran aporte del Senador se\u00F1or Silva descansa en la l\u00F3gica de que ahora a la Administraci\u00F3n P\u00FAblica se la obliga a tomar decisiones. \u00C9ste es el principio matriz de la norma en debate, que presenta dos subpartes. En primer lugar, establecer plazos -como se ha planteado en forma consistente- es una forma de exigir la toma de decisiones, lo que antes no exist\u00EDa. Pero ahora se agrega una segunda obligaci\u00F3n: se otorga validez al silencio administrativo a trav\u00E9s de una ficci\u00F3n legal, lo cual provoca un efecto muy potente en la Administraci\u00F3n P\u00FAblica. Y este silencio, como todo, puede ser positivo y tambi\u00E9n negativo. Es decir, no todo silencio produce efectos aprobatorios. Hay silencios que por su naturaleza generan consecuencias negativas, como se comprueba en el art\u00EDculo 65.\n \nCreo que este precepto representa uno de los cambios m\u00E1s radicales que pueden aplicarse al funcionamiento de la Administraci\u00F3n del Estado. Obviamente, la aprobaci\u00F3n de la solicitud de un particular por no haberse contestado es un incentivo para la toma de decisiones mucho m\u00E1s potente que cualquier plazo m\u00E1ximo que se establezca: el peso de la prueba cambia y la posibilidad de accionar y de agilizar las decisiones administrativas es mucho m\u00E1s poderosa.\n \nPor eso, hay que entender -quiero vincularlo con el tema anterior- que el establecimiento de plazos y la ficci\u00F3n legal de dar validez al silencio administrativo, en el fondo, son dos de los procedimientos m\u00E1s eficaces y su principio matriz apunta a obligar a la Administraci\u00F3n P\u00FAblica a tomar decisiones en un esquema donde claramente la limitante de mayor relevancia consist\u00EDa en que, si no se decid\u00EDa, no ocurr\u00EDa nada.\n \nAlguien me preguntaba: \u00BFqu\u00E9 pasa si un funcionario no cumple una de estas normas? En ese caso, las sanciones se contemplan b\u00E1sicamente en la Ley Org\u00E1nica Constitucional de Bases Generales de la Administraci\u00F3n del Estado. Sin embargo, para ello, era necesario imponer obligaciones razonables a los funcionarios p\u00FAblicos -por eso defend\u00ED el plazo de seis meses-, pero tambi\u00E9n otorgar por primera vez en el pa\u00EDs un rol al silencio administrativo. No son muchas las legislaciones internacionales que contienen este tipo de norma.\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or \u00C1vila.\n \nLa se\u00F1ora FREI (do\u00F1a Carmen).- \n\u00A1Para tranquilidad de los se\u00F1ores Senadores, puedo decir que ya lleg\u00F3 el futuro Gobierno! \u00A1As\u00ED que estamos bien...!\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nLe ruego no interrumpir, se\u00F1ora Senadora.\n \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or \u00C1vila. \n \nEl se\u00F1or \u00C1VILA.- \nSe\u00F1or Presidente , aun cuando no sea m\u00E1s que para la historia del establecimiento fidedigno de la ley, deseo formular una prevenci\u00F3n sobre este art\u00EDculo, que me causa gran inquietud. Ello, por cuanto se pueden crear condiciones para el silencio. No hay mejor venda para los ojos y para la boca que el dinero. Nuestra historia est\u00E1 plagada de ejemplos en esta materia.\n \nCreo que pueden darse situaciones en las que agentes p\u00FAblicos, asilados espec\u00EDficamente en esta disposici\u00F3n, en forma voluntaria decidan no pronunciarse sobre temas muy delicados y que comprometan grandes intereses. A partir de ese silencio artificialmente creado por un incentivo ex\u00F3geno a la Administraci\u00F3n, se pueden lograr efectos completamente ajenos al esp\u00EDritu del proyecto. \nObservo que la presencia de esta disposici\u00F3n ha causado verdadera euforia colectiva. Se entiende como un avance sustantivo en materia de modernizaci\u00F3n y de agilidad en el \u00E1mbito p\u00FAblico. Pero considero importante por lo menos dejar estampada esta constancia, y bien podr\u00EDa ocurrir que en el curso del tr\u00E1mite que resta se presente una indicaci\u00F3n expresa sobre este punto. \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or Silva.\n \n \nEl se\u00F1or SILVA.- \nSe\u00F1or Presidente, para la historia del establecimiento de este precepto, me permito recordar, en primer lugar, que el silencio administrativo originalmente se regulaba de otra manera. \nEn segundo t\u00E9rmino, como una cuesti\u00F3n de justicia, quiero recordar que, con motivo de la discusi\u00F3n pormenorizada de la normativa en la Comisi\u00F3n de Constituci\u00F3n, y antes que la analizara la de Gobierno, asisti\u00F3 a todas las sesiones y particip\u00F3 activamente en el debate el abogado jefe de la Divisi\u00F3n Jur\u00EDdico Legislativa del Ministerio Secretar\u00EDa General de la Presidencia, profesor se\u00F1or Carlos Carmona . Y quiero hacer presente por qu\u00E9 ocurri\u00F3 ello: porque el Ejecutivo , despu\u00E9s de darse cuenta de que el Senado no aceptaba su proyecto, hizo suyo el de la C\u00E1mara Alta. Y el Gobierno particip\u00F3 rigurosamente en el debate de esta nueva legislaci\u00F3n en todos sus detalles. Es cierto, como dice el Honorable se\u00F1or Viera-Gallo , que despu\u00E9s ha estado ausente.\n \nNo quiero dejar de referirme al temor que acaba de expresar el Senador se\u00F1or \u00C1vila , el que, en mi opini\u00F3n, deber\u00EDa disipar.\n \nEl silencio administrativo no es algo que se inventa por primera vez en Chile en este proyecto. La doctrina ha discutido intensamente qu\u00E9 pasa cuando la Administraci\u00F3n guarda silencio y de esa manera se produce da\u00F1o a los particulares. Esta cuesti\u00F3n se ha discutido intensamente en los pa\u00EDses desarrollados. Hoy en Europa no hay una sola ley de importancia en esta materia que no contemple el efecto del silencio administrativo. Entonces, aqu\u00ED se est\u00E1 recogiendo algo ya aceptado un\u00E1nimemente por la doctrina del Derecho P\u00FAblico.\n \nPor lo dem\u00E1s, este asunto se ense\u00F1a en la Escuela de Gobierno y Administraci\u00F3n P\u00FAblica, en donde se titul\u00F3 el Honorable se\u00F1or \u00C1vila , de manera que es algo que deber\u00EDa haber aprendido cuando estudi\u00F3 en la universidad. Se trata de una materia que nunca dar\u00E1 origen al peligro planteado, por lo que invito al Honorable colega a disipar su temor.\n \n\u00BFSobre qu\u00E9 se est\u00E1 legislando? Se est\u00E1 legislando para el caso en que un particular presente una solicitud y la Administraci\u00F3n no se pronuncie sobre ella oportunamente. Entonces, ese silencio, esa falta de resoluci\u00F3n, necesariamente debe producir un efecto, que puede ser de sentido positivo o negativo. Si el Senador se\u00F1or \u00C1vila leyera no s\u00F3lo el art\u00EDculo 64, sino tambi\u00E9n el referente al silencio negativo, observar\u00EDa que establece lo contrario; es decir, se entender\u00E1 rechazada la solicitud cuando la reclamaci\u00F3n del particular de alguna manera afecte el patrimonio del Estado.\n \nPor lo tanto, pienso que el asunto est\u00E1 perfectamente cautelado. \n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or Larra\u00EDn.\n \n \nEl se\u00F1or LARRA\u00CDN.- \nSe\u00F1or Presidente, aun con todas las explicaciones dadas, me parece que hay un problema pendiente. \nComparto la opini\u00F3n en cuanto a que esta materia es una de las m\u00E1s importantes del proyecto y a que realmente servir\u00E1 como medio para agilizar la Administraci\u00F3n P\u00FAblica. El Senador se\u00F1or Viera-Gallo plante\u00F3 un buen ejemplo: por falta de otorgamiento de permiso municipal, se puede dar por aprobada, por efecto de la ley, la construcci\u00F3n de un edificio en altura en zona residencial con m\u00E1ximo autorizado de dos pisos, incurriendo en acto ilegal, contrario al plan regulador o a las normas establecidas en un decreto. Se trata de una situaci\u00F3n que de alguna manera debe salvarse.\n \nEl afectado por el silencio de la autoridad administrativa podr\u00EDa recurrir de protecci\u00F3n; pero la autoridad administrativa no puede hacer lo mismo. En consecuencia, parte del problema se podr\u00EDa corregir por esa v\u00EDa. \n\u00BFPero qu\u00E9 pasa si se da efecto positivo a un acto ilegal? \nLa ausencia de resoluci\u00F3n puede ser producto de un acto de corrupci\u00F3n, pero tambi\u00E9n de simple negligencia funcionaria, caso en el cual surge una situaci\u00F3n que no solucionan ni el proyecto ni los recursos que podr\u00EDan interponerse. \nCon la venia de la Mesa, concedo una interrupci\u00F3n al Honorable se\u00F1or Viera-Gallo .\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra, Su Se\u00F1or\u00EDa.\n \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO .- \nSe\u00F1or Presidente , para evitar eso, el art\u00EDculo 64 dispone que, cuando se denuncia el incumplimiento del plazo respectivo, la autoridad administrativa debe elevar copia a su superior jer\u00E1rquico, quien puede intervenir. O el afectado puede reclamarle. Sin embargo, si no es posible solucionar el problema por v\u00EDa de los procedimientos administrativos que establece el proyecto, siguen disponibles los recursos legales ante los tribunales.\n \nPor consiguiente, la iniciativa representa un avance en cuanto a los plazos de resoluci\u00F3n. \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nRecupera el uso de la palabra el Honorable se\u00F1or Larra\u00EDn.\n \nEl se\u00F1or LARRA\u00CDN.- \nSe\u00F1or Presidente , de todas maneras hay un vac\u00EDo, al que no encuentro soluci\u00F3n.\n \nTal vez el Senador se\u00F1or Silva puede ilustrarnos.\n \nEl se\u00F1or SILVA.- \nCon mucho gusto, con la venia de la Mesa. \nLa verdad es que el asunto est\u00E1 resuelto en el inciso segundo del art\u00EDculo 38 de la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica, que empieza diciendo: \"Cualquier persona que sea lesionada en sus derechos por la Administraci\u00F3n del Estado, de sus organismos o de las municipalidades\" puede reclamar, \"sin perjuicio, de la responsabilidad que pudiera afectar al funcionario que hubiere causado el da\u00F1o.\". Entonces, como puede exigirse la responsabilidad del funcionario, el Estado nunca queda en la indefensi\u00F3n ni es perjudicado, porque podr\u00E1 repetir siempre en contra del funcionario. As\u00ED lo establece expresamente la Carta Fundamental.\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nContin\u00FAa con la palabra el Honorable se\u00F1or Larra\u00EDn.\n \nEl se\u00F1or LARRA\u00CDN.- \nSe\u00F1or Presidente , mientras se soluciona lo administrativo, el edificio se construir\u00E1, da\u00F1ando a los inversionistas y a los habitantes del sector.\n \nSe trata de un problema que, a lo mejor, podr\u00EDa evitarse. Si por razones de tiempo no lo alcanzamos a corregir ahora, sugiero que el Ejecutivo estudie un eventual veto o una indicaci\u00F3n en el segundo tr\u00E1mite constitucional, para resolver el caso de silencios administrativos que permitan la comisi\u00F3n de actos ilegales, no corregibles por los actuales mecanismos.\n \n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nSe\u00F1or Senador, estamos discutiendo el segundo informe. Por lo tanto, no hay ninguna posibilidad de soluci\u00F3n. Pero \u00E9sta puede encontrarse en la C\u00E1mara de Diputados o m\u00E1s adelante mediante el veto.\n \nDespu\u00E9s podr\u00EDamos enviar un oficio, en su nombre, advirtiendo esta situaci\u00F3n. \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or Espina. \n \nEl se\u00F1or ESPINA.- \nSe\u00F1or Presidente , me referir\u00E9 a dos planteamientos: uno del Senador se\u00F1or \u00C1vila y, el otro, del Honorable se\u00F1or Larra\u00EDn . Creo que ambos parten de algunos supuestos err\u00F3neos.\n \nEl Senador se\u00F1or \u00C1vila sostiene, con toda raz\u00F3n, que un funcionario maliciosamente, de mala fe, o incluso en concomitancia con el peticionario, guarde silencio con el objeto de que se apruebe una solicitud sobre una materia controvertida o que implique intereses econ\u00F3micos importantes. No hay que olvidar que en el proyecto el silencio tiene un efecto jur\u00EDdico: significa aceptaci\u00F3n de la petici\u00F3n. Por lo tanto, no es neutro. El funcionario que deje transcurrir el plazo sin resolver y que, una vez hecha la denuncia, eleva la solicitud a su superior jer\u00E1rquico pero contin\u00FAa guardando silencio -como se\u00F1al\u00F3 el Senador se\u00F1or Silva -, inmediatamente se hace acreedor de responsabilidad extracontractual. Porque la falta de resoluci\u00F3n no ha sido neutra. La legislaci\u00F3n lo valoriza como un acto negligente. Seg\u00FAn me se\u00F1alaron quienes han estudiado m\u00E1s en profundidad las normas del Derecho Administrativo, la regulaci\u00F3n vigente castiga esas conductas con el despido del funcionario o con sanciones de distinta naturaleza, sobre todo las que dan lugar a responsabilidad extracontractual, siendo posible la presentaci\u00F3n de demandas por el da\u00F1o causado.\n \nEn consecuencia, respecto de lo dicho por el Senador se\u00F1or \u00C1vila , quien quiera \"guardar silencio\" y suponga que podr\u00E1 excusarse en que no hizo nada, debe tener presente que, seg\u00FAn la ley, el silencio de la Administraci\u00F3n provoca efectos jur\u00EDdicos: ser\u00E1 considerado como acto negligente e imprudente, el cual queda afecto a responsabilidad extracontractual, civil o penal, dependiendo de la conducta del funcionario.\n \nEn cuanto a lo sostenido por el Honorable se\u00F1or Larra\u00EDn , me parece que su planteamiento no es completo. En el caso espec\u00EDfico de un permiso de edificaci\u00F3n en altura otorgado respecto de una zona donde se permite la construcci\u00F3n de viviendas de hasta dos pisos, el interesado present\u00F3 su solicitud, el funcionario guard\u00F3 silencio; se denunci\u00F3 el hecho y se dio a conocer al superior jer\u00E1rquico, y el funcionario continu\u00F3 sin resolver. Entonces, el peticionario obtiene un certificado con un permiso para construir un edificio de 10 pisos en un barrio residencial. La verdad es que, en ese momento, a los afectados les asisten derechos: pueden recurrir de protecci\u00F3n, por violaci\u00F3n evidente y flagrante del derecho de propiedad. Es decir, se est\u00E1 limitando el derecho de propiedad o alterando algunas de sus caracter\u00EDsticas. Esto ser\u00EDa exactamente igual al otorgamiento ilegal del permiso de construcci\u00F3n: el funcionario recibe el certificado, lo analiza y concede la autorizaci\u00F3n cuando no correspond\u00EDa. El efecto es el mismo que el derivado del transcurso del plazo sin tomar decisi\u00F3n. El riesgo es el mismo. Todos los funcionarios pueden cometer errores. La diferencia reside en que la norma propuesta no permite que el pronunciamiento sobre la solicitud se dilate indefinidamente, dejando en la incertidumbre tanto a los vecinos, que no saben si la resoluci\u00F3n les favorecer\u00E1, cuanto al peticionario, que ignora si finalmente se aceptar\u00E1 lo que pide. Por lo tanto, los recursos a disposici\u00F3n de los afectados son los mismos que podr\u00EDan interponerse si el funcionario hubiese otorgado ilegal y arbitrariamente el permiso de edificaci\u00F3n. No se est\u00E1 alterando, en absoluto, ninguna de las actuales causales que permiten recurrir en contra de decisiones de autoridades administrativas adoptadas de manera ilegal. Lo \u00FAnico que se est\u00E1 diciendo es que hay un momento en que se define.\n \nPor lo tanto, me parece que las dos situaciones descritas est\u00E1n bien salvadas en la norma. Las personas igual podr\u00E1n recurrir si el funcionario omite el acto u otorga un permiso de manera arbitraria o ilegal o sin contemplar la legislaci\u00F3n pertinente. \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra el Senador se\u00F1or Moreno.\n \n \nEl se\u00F1or MORENO.- \nSe\u00F1or Presidente , gran parte de lo que iba a decir ya fue se\u00F1alado por el Honorable se\u00F1or Espina y otros se\u00F1ores Senadores.\n \nAqu\u00ED hay que mirar a qui\u00E9n beneficia la norma. Obviamente, favorece a un particular que se enfrenta con el aparato del Estado, donde por razones ya sea de burocracia u otras se producen dilaciones que tienden a entrabar su derecho para ejecutar la acci\u00F3n que dentro de la ley pod\u00EDa desarrollar.\n \nEs cierto que se pueden construir artima\u00F1as. \nMe voy a referir a un ejemplo dado por varios se\u00F1ores Senadores: el caso de los permisos de construcci\u00F3n. \nOcurre que en determinados lugares de Santiago o de la Regi\u00F3n Metropolitana y tambi\u00E9n en otras zonas se utiliza la dilaci\u00F3n para no constestar a la persona que ha presentado un proyecto de construcci\u00F3n respecto de sus derechos para llevarlo a cabo. Y esto genera una cortina de oscuridad, muchas veces de poca transparencia, donde a menudo la prontitud con la cual se puede aprobar la solicitud se halla en otros m\u00E9todos que no quisiera explicar.\n \nA mi juicio, aqu\u00ED radica uno de los puntos de mayor fragilidad en el esquema. No digo que sean los \u00FAnicos. \nHoy en la tarde discutimos en la Comisi\u00F3n de Medio Ambiente un caso distinto del anterior, una situaci\u00F3n a la inversa, en que una gran empresa desea construir una planta termoel\u00E9ctrica en un lugar aparentemente no apto. \nAh\u00ED se podr\u00EDa dar el extremo del ejemplo se\u00F1alado por el Senador se\u00F1or \u00C1vila , esto es, que el silencio administrativo habilitara a esa empresa para construir precisamente en un lugar donde la comunidad se opone, o bien, que haya un funcionario con la f\u00F3rmula concreta para objetarlo, como es la de autorizar o no el cambio de uso del suelo, facultad que le compete al Director Regional del Servicio Agr\u00EDcola y Ganadero en cualquier zona. En definitiva, esa persona tiene en sus manos contestar o no una inversi\u00F3n que puede ser de millones de d\u00F3lares.\n \nPor lo tanto, la norma me parece adecuada. \nSin embargo, no escapa a mi criterio el hecho de que, por lo menos, debe quedar consignado en la historia de la ley que, en el Servicio donde se desempe\u00F1e ese funcionario, alguien debe tener la capacidad de revisar lo que no se procesa por v\u00EDa normal y que por silencio positivo o negativo pasa a constituir un elemento de permisividad para ejecutar una obra. \nNo voy a abundar en los derechos de las personas. Obviamente, si alguien se siente lesionado por lo que ocurra, ya sea en lo positivo o en lo negativo, o por una acci\u00F3n que viola sus derechos, podr\u00E1 recurrir a la normativa vigente. \nLa parte d\u00E9bil en la cadena se halla hoy en las postergaciones de determinadas solicitudes, lo cual genera da\u00F1o al peticionario y abre la posibilidad a la corrupci\u00F3n, pues se tiende a utilizar mecanismos distintos con el objeto de obtener dicho permiso. \nEse punto se zanja positivamente con la norma propuesta, respecto de la cual estoy a favor. \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra el Senador se\u00F1or Novoa.\n \n \nEl se\u00F1or NOVOA .- \nPresidente , est\u00E1 claro que el prop\u00F3sito de esta iniciativa es dar efectos al silencio, sea \u00E9ste positivo o negativo..\n \nPor lo tanto, los efectos del acto administrativo que se produzca, sea como consecuencia de que el funcionario dict\u00F3 la resoluci\u00F3n o como resultado de que no lo hizo, ser\u00E1n exactamente los mismos, al igual que los recursos de que disponen los afectados. \nCiertamente, puede haber mayor riesgo al producirse un acto por silencio que cuando se verifica en virtud de una resoluci\u00F3n. Pero me parece que ese riesgo est\u00E1 compensado con los beneficios que consigna la iniciativa. \nEn lo que s\u00ED hay una diferencia, y creo que ser\u00EDa importante que quedara constancia y se estudiara en el siguiente tr\u00E1mite, es respecto de la publicidad. Porque puede haber actos cuya resoluci\u00F3n por parte de la autoridad administrativa tengan determinada difusi\u00F3n en la ley. Por lo tanto, debemos preocuparnos cuando ese acto se va a realizar -no porque se dicte una resoluci\u00F3n, sino porque se da un certificado de silencio- de que esa situaci\u00F3n sea conocida en la misma forma como lo ser\u00EDa el acto emanado de una resoluci\u00F3n de la Administraci\u00F3n. Porque as\u00ED no podr\u00EDan burlarse los derechos de terceros.\n \nDejo planteado el punto, pues creo que deben ponerse a los efectos del silencio los mismos requisitos de publicidad que requiere el acto de la Administraci\u00F3n, porque si no, se pueden burlar derechos de terceros. \nEl otro problema que puede ocurrir es que una persona que no cumpla los requisitos obtenga determinada habilitaci\u00F3n. \nEn mi opini\u00F3n, se trata de un tema que podr\u00EDa provocar alg\u00FAn tipo de consecuencias que a lo mejor habr\u00EDa que estudiar m\u00E1s a fondo. \nPero me parece que siendo el prop\u00F3sito de la iniciativa dar efecto al silencio, estas observaciones debieran quedar como puntos a ser considerados en el siguiente tr\u00E1mite. \nSe\u00F1or Presidente , el Senador se\u00F1or Silva me ha solicitado una interrupci\u00F3n.\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra Su Se\u00F1or\u00EDa.\n \nEl se\u00F1or SILVA .- \nSe\u00F1or Presidente , s\u00F3lo quer\u00EDa observar, para los efectos de disipar la duda planteada por lo menos en cuanto a la publicaci\u00F3n, que ello est\u00E1 previsto en el art\u00EDculo 66 del proyecto, que se\u00F1ala: \"Efectos del silencio administrativo\".\n \nAh\u00ED se expresa que los actos que por esa v\u00EDa lleguen a consumarse deber\u00E1n cumplir todos los requisitos de los actos normales de tramitaci\u00F3n. O sea, deber\u00E1n publicarse cuando ello sea necesario, etc\u00E9tera. \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nRecupera la palabra el Honorable se\u00F1or Novoa .\n \nEl se\u00F1or NOVOA .- \nSe\u00F1or Presidente , el art\u00EDculo 66 dispone: \"Los actos administrativos que concluyan por aplicaci\u00F3n de las disposiciones de los art\u00EDculos precedentes, tendr\u00E1n los mismos efectos que aquellos que culminaren con una resoluci\u00F3n expresa de la Administraci\u00F3n, desde la fecha de la certificaci\u00F3n respectiva.\". Dice que tendr\u00E1n los mismos efectos, pero no que se someten a los mismos requisitos de publicidad.\n \nCreo que \u00E9se es un punto que deber\u00EDa aclararse en forma expresa, porque se le dan los mismos efectos, pero no se le exigen los mismos requisitos de publicidad. \nEl se\u00F1or SILVA.- \nPodr\u00EDa quedar constancia de ello, se\u00F1or Senador. \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or Fern\u00E1ndez.\n \nEl se\u00F1or FERN\u00C1NDEZ.- \nSe\u00F1or Presidente , el Senador se\u00F1or Coloma me solicit\u00F3 una interrupci\u00F3n.\n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nTiene la palabra Su Se\u00F1or\u00EDa.\n \n \nEl se\u00F1or COLOMA.- \nSe\u00F1or Presidente , quiero hacer dos peque\u00F1os comentarios.\n \nPrimero, con relaci\u00F3n a la transparencia, considero fundamental dejar claro que dar sentido jur\u00EDdico al silencio transparenta el sistema. \nY me remito al ejemplo se\u00F1alado por el Senador se\u00F1or \u00C1vila .\n \nSiempre puede haber gente que utilice recursos para tratar de generar grados de corrupci\u00F3n. Pero mucho peor es lo que sucede hoy, donde el efecto del silencio es que no pasa nada, no hay responsabilidad de las personas ni derecho de las partes a reclamar por la falta de resoluci\u00F3n. \nY si en la hip\u00F3tesis A existe el temor de que se utilice una cantidad de dinero para producir un efecto equis, mucho peor es hoy d\u00EDa, donde con cierta suma uno puede lograr que no se otorgue un permiso, por razones de rivalidad, por competencia. Y no hay sanci\u00F3n alguna respecto de la falta de resoluci\u00F3n de los tr\u00E1mites en el mundo administrativo. \nPor lo tanto, me parece fundamental dejar claro que, desde el punto de vista de la transparencia, el procedimiento que se discute ahora es mucho m\u00E1s transparente que el actual, que no da efecto jur\u00EDdico al silencio, ya que el efecto es meramente pr\u00E1ctico. \nY, segundo, en cuanto a lo planteado por el Senador se\u00F1or Larra\u00EDn , esto tambi\u00E9n debemos mirarlo desde una doble perspectiva: el silencio positivo y el negativo. En el fondo, se busca dar la certidumbre a las partes respecto de las resoluciones adoptadas a fin de permitir, posteriormente, ejercer los derechos que correspondan. \u00C9sa es la clave. Si se aprueba un asunto en determinado momento de modo ilegal, proceder\u00E1n los recursos del caso para revertir la situaci\u00F3n.\n \nPero igual o m\u00E1s importante es \u00BFqu\u00E9 pasa si nada se aprueba o nada se dice? Lo esencial es tener derecho a pedir, aunque la respuesta sea \"no\", para reclamar a la autoridad respectiva, por la v\u00EDa de los recursos, con el objeto de rectificar una eventual decisi\u00F3n. \nEn otras palabras, es evidente que el segundo objetivo de las normas en debate consiste en dar certeza a las decisiones, en uno u otro sentido, para gatillar la utilizaci\u00F3n de recursos judiciales o los que procedan, a fin de cambiar una determinada resoluci\u00F3n. \nGracias, se\u00F1or Senador. \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nRecupera el uso de la palabra el Honorable se\u00F1or Fern\u00E1ndez.\n \n \nEl se\u00F1or FERN\u00C1NDEZ.- \nSe\u00F1or Presidente , deseo insistir en lo que se\u00F1al\u00E9 anteriormente en cuanto a que el requisito de publicidad es b\u00E1sico cuando opera el silencio positivo para los efectos de las reclamaciones que puedan realizar terceros que se sientan afectados. De este modo, habr\u00EDa que estudiar la manera de cumplir los mismos requisitos de publicidad exigidos para el acto administrativo cuando \u00E9ste es resuelto en forma expresa por la autoridad.\n \nDesconozco si ello es posible o si as\u00ED ha quedado establecido en el proyecto, como lo planteaba el Senador se\u00F1or Silva , o si ser\u00E1 necesario precisarlo expresamente en el art\u00EDculo 66.\n \nLa norma debe entenderse cumplida con las mismas formalidades cuando opera el silencio positivo. \n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s ( Presidente ).- \nNo hay m\u00E1s se\u00F1ores Senadores inscritos para intervenir.\n \nOfrezco la palabra. \nOfrezco la palabra. \nCerrado el debate. \nEn votaci\u00F3n los art\u00EDculos 64 y 65. \n--Por unanimidad, se aprueban, y queda despachado el proyecto en este tr\u00E1mite. \n \n " . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . "PLAZOS PARA PROCEDIMIENTO Y REGULACI\u00D3N DE SILENCIO ADMINISTRATIVO"^^ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .