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El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, para permitir la eliminación de anotaciones en el Registro Nacional de Conductores de Vehículos Motorizados en las condiciones que indica, con informe de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.
--Los antecedentes sobre el proyecto (2774-15) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 22ª, en 20 de agosto de 2002.
Informes de Comisión:
Transportes, sesión 26ª, en 4 de septiembre de 2002.
El señor HOFFMANN (Secretario).-
El Ejecutivo hizo presente la urgencia para el despacho del proyecto, calificándola de "simple".
La Comisión señala en su informe que los objetivos principales de la iniciativa son, resumidamente, los siguientes:
1.- Permitir la eliminación de las anotaciones por infracciones o contravenciones gravísimas y graves.
2.- Establecer como plazo mínimo para solicitar la eliminación cinco años en el caso de las infracciones o contravenciones gravísimas y tres años para infracciones o contravenciones graves.
3.- Borrar las demás anotaciones del Registro cuando se haya procedido a la eliminación de las anotaciones prontuariales o del prontuario penal mismo.
4.- Solicitar la eliminación directamente al Servicio de Registro Civil e Identificación.
5.- Exigir el pago de un derecho para la eliminación de las anotaciones en el Registro, y
6.- Eliminar las anotaciones en el Registro mediante decreto judicial o por resolución administrativa del jefe superior del Servicio o por el juez de policía local en los casos que se especifica.
El proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión (Honorables señores Cantero, Pizarro, Muñoz Barra y Vega), en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados.
Cabe señalar que el inciso cuarto del nuevo texto del artículo 219 de la Ley de Tránsito, contenido en el artículo único de la iniciativa, reviste el carácter de norma orgánica constitucional, por lo cual requiere para su aprobación el voto favorable de 27 señores Senadores.
Asimismo, la Comisión deja constancia de que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento, corresponde discutir en general y particular el proyecto por estar estructurado de un artículo único.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión general y particular.
Tiene la palabra el Honorable señor Pizarro.
El señor PIZARRO.-
Señor Presidente , la iniciativa fue aprobada por unanimidad en la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones y tuvo su origen en moción de los Diputados señora Muñoz y señores Bertolino , Martínez , Galilea , García , Jarpa , Mora; y de los ex Diputados señores Caminondo , Rocha y Prokurica .
El objetivo del proyecto -como señaló el señor Secretario- apunta a eliminar las anotaciones por infracciones o contravenciones graves y gravísimas y busca generar igualdad ante la ley, teniendo en consideración que los delitos prescriben una vez cumplidas las condenas.
Sin embargo, en el caso de las infracciones de tránsito no ocurre lo mismo. Incluso -y así sucede con la legislación vigente-, las anotaciones pueden subsistir después del fallecimiento de una persona.
El señor Secretario ha hecho referencia, además, a los plazos que establece el proyecto para solicitar la eliminación, que son de cinco años, en el caso de las infracciones gravísimas, y de tres años para aquellas que tienen el carácter de grave, a contar de la fecha de la anotación.
Asimismo, se consagra que se puede solicitar la eliminación directamente al Servicio de Registro Civil e Identificación, mediante el pago de un derecho por parte del beneficiario como condición previa.
Entiendo que...
El señor VIERA-GALLO .-
¿Me permite una interrupción, Honorable colega, para hacer una consulta?
El señor PIZARRO.-
Con todo gusto, señor Senador, con la venia de la Mesa.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VIERA-GALLO .-
El último inciso del artículo 219 del proyecto, al que se refirió el Senador señor Pizarro, precisa que las anotaciones se eliminarán definitivamente, por el solo ministerio de la ley, al inscribirse la defunción de una persona.
¿Por qué tendría que haber interés en que eso ocurriera?
El señor PIZARRO.-
Porque en el Registro quedan los antecedentes, inclusive los de una persona fallecida. Si el día de mañana se solicitan...
El señor VIERA-GALLO .-
¿A quién le interesaría eso?
El señor PIZARRO.-
A los descendientes les puede importar.
Se trata de algo bastante extraño, pues implica seguir castigando a una persona, aun después de muerta, lo que no tiene sentido. Ésa es exactamente la razón por la cual se aprobó el proyecto en esos términos.
Señor Presidente , la Comisión recomienda, de manera unánime, aprobar la iniciativa en general. Como siempre, existe la posibilidad de formular indicaciones. Ojalá pudiéramos despacharla en esta sesión.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , la presente iniciativa soluciona, a mi juicio, una situación realmente injusta y que hasta ahora afecta a miles de conductores de vehículos motorizados de nuestro país.
Me refiero al hecho de que quienes por diversas circunstancias fueron sancionados por faltas graves o gravísimas a la Ley de Tránsito permanecen en el Registro durante toda su vida, cuestión que ni siquiera ocurre con aquel que comete un delito.
En la práctica, esto constituye una doble sanción, en especial para los choferes profesionales. Más bien significa un triple castigo, pues, por un lado, está la multa en dinero; por otro, la retención de los documentos, y, por último, la anotación en el Registro , que se mantiene de por vida.
Como lo señaláramos en los fundamentos de la moción, la situación descrita implica una evidente desigualdad ante la ley, que es necesario revertir, máxime si se considera que los antecedentes que se consignan en el Registro Nacional de Conductores generalmente no tienen como causa una acción dolosa, sino más bien un comportamiento negligente.
A lo anterior debe agregarse que los Directores del Tránsito de los diversos municipios, antes de otorgar o renovar licencias de conducir, tienen a la vista los antecedentes del postulante, que figuran en ese Registro desde la fecha en que obtuvo su primer permiso, apareciendo todas las anotaciones, pese al tiempo transcurrido.
Igual sucede en las comparecencias ante los jueces de policía local, quienes antes de tomar decisión también examinan el Registro.
Sin embargo, esta información, cuya importancia nadie puede desconocer, no siempre constituye un elemento para mejor resolver conforme a la equidad, sino que en muchas ocasiones predispone el ánimo de la autoridad en contra del legítimo interés del particular.
De más está decir que también se transforma en una sanción para quienes buscan trabajo. Porque cuando se trata de un conductor profesional -de colectivo, taxi, micro o camión- o de alguien que usa un vehículo motorizado en forma permanente, la posibilidad de tener una multa o de cometer una infracción es altísima. Por lo tanto, cuando esas personas buscan trabajo y les piden sus antecedentes de conductor, el certificado correspondiente se transforma en un impedimento para obtener el empleo y en una tercera sanción, como dije anteriormente.
Por otra parte -lo mencioné hace un momento-, es una verdadera paradoja el que las personas que han cometido algún delito, después de cierto tiempo y cumplidas determinadas condiciones, puedan eliminar sus antecedentes, mientras que no pueden hacer lo mismo quienes han incurrido en faltas a la legislación del tránsito de carácter grave o gravísimo, que son las que quedan registradas en la hoja de vida del conductor.
Lo anterior, obviamente, implica una abierta discriminación que atenta contra el principio constitucional de igualdad ante la ley, lo que, como legisladores, no podemos aceptar.
Por ello, con el Diputado señor Rosauro Martínez , junto a varios Parlamentarios que adhirieron a la moción, concebimos la idea de que cuando hayan transcurrido cinco años desde la comisión de una infracción gravísima y tres en el caso de una grave, puedan ser eliminadas, previo pago de un derecho ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, encargado de administrar el Registro Nacional de Conductores . Conforme a las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados, el monto del derecho será fijado anualmente por el Ministerio de Justicia.
Como ya manifestamos, el proyecto repara una situación que consideramos absolutamente injusta, y que afecta de manera principal a los choferes profesionales, al impedirles a futuro desempeñarse como tales, lo cual, en consecuencia, perjudica a su fuente de ingresos y sustento y a sus respectivos grupos familiares, así como también a su posibilidad de encontrar otro trabajo.
Por esa razón, y por haber obtenido en todos sus trámites votación unánime, pido a la Sala que apruebe el proyecto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra la Senadora señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , esta normativa me parece razonable en la mayoría de los casos. Sin embargo, hay uno que me preocupa enormemente: la conducción de un vehículo bajo la influencia del alcohol.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Conducir en estado de ebriedad es delito.
La señora MATTHEI.-
Sí, pero también los antecedentes se eliminan.
Señor Presidente , manejar bajo el efecto del alcohol es tan peligroso como cargar una pistola, pues se puede matar a muchísima gente.
Hay personas que van cayendo en un mal comportamiento progresivo: empiezan conduciendo bajo la influencia del alcohol y después lo hacen en estado de ebriedad, provocando daños, etcétera.
Por lo tanto, cuando se trata de conducir bajo la influencia del alcohol, no debería borrarse la anotación, a menos que un individuo tuviese, por ejemplo, un comportamiento absolutamente impecable durante cierto número de años.
La cifra de niños atropellados y muertos, así como la cantidad de gente que ha perdido la vida por la acción de irresponsables que manejan en estado de ebriedad, justifica que esta materia merezca un tratamiento un poco más cuidadoso.
Se ha anotado que conducir en estado de ebriedad es un delito.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Así es, señora Senadora .
La señora MATTHEI.-
No obstante, de igual forma los antecedentes se borran.
No tengo ningún problema en que así ocurra, por ejemplo, para que alguien pueda acceder a un trabajo. Sin embargo, no me gustaría que esa persona fuera contratada para manejar un camión o un bus, sobre todo cuando no ha tenido un comportamiento absolutamente impecable durante cierto número de años.
Realmente, el manejar bajo la influencia del alcohol es demasiado peligroso; causa demasiadas muertes en nuestro país como para que sencillamente se borren las anotaciones correspondientes. El día de mañana, por ejemplo, un colegio podría contratar a un chofer para que transportara a los niños en circunstancias de que, en su momento, pudo haber tenido un problema gravísimo por conducir en estado ebriedad.
Los padres tienen derecho a conocer ese tipo de antecedentes de una persona. En consecuencia, al menos en esta materia, deberíamos ser un poco más cuidadosos.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , junto con el Honorable señor Novoa redactamos una indicación que me gustaría que él fundamentara en la interrupción que le concedo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA.-
Señor Presidente , este proyecto cumple obviamente con el propósito loable de suprimir anotaciones históricas, pues éstas pueden significar que, por hechos ocurridos en el pasado, las personas se vean imposibilitadas de desempeñar un trabajo.
A pesar de ello, me doy cuenta de que la iniciativa no incluye alguna norma que estimule a corregir su proceder a los conductores que incurren en faltas graves o gravísimas.
Me parece que el solo transcurso del tiempo no debería ser causal suficiente para eliminar las anotaciones, máxime cuando el conductor ha seguido registrando conductas inapropiadas y cometiendo infracciones graves o gravísimas.
Por esta razón, hemos presentado una indicación conforme a la cual la eliminación de las anotaciones en el Registro sólo procede si durante el período de cinco o tres años, según corresponda, el conductor no ha registrado anotaciones por infracciones graves o gravísimas. Porque lo que importa es estimular de alguna forma a la gente para que corrija sus fallas y no que una persona limpie su prontuario únicamente por el transcurso de los años.
Me parece razonable exigir, para que la eliminación proceda, que en el período de cinco años no se registren nuevas anotaciones gravísimas o graves,.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Puede hacer uso de ella, Su Señoría.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Tiendo a compartir lo manifestado sobre el tema por la Senadora señora Matthei.
En mi concepto, la situación que afecta a los conductores que manejan en estado de ebriedad es algo demasiado grave -como lo revelan las estadísticas-, porque inclusive en ello está en juego la vida de las personas. No advierto aquí un trato diferente hacia quienes se han visto involucrados en circunstancias como ésas.
Lamento mucho no haberme interiorizado más a fondo del proyecto. Por eso, quiero formular una consulta, ya que no voy a votar favorablemente mientras se mantenga el actual texto.
No sé si en estos momentos procede pedir segunda discusión o si se pueden presentar indicaciones.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Precisamente pensaba plantear a la Sala dar por aprobada en general la iniciativa y volverla a Comisión, fijando plazo para formular indicaciones.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Prefiero en ese caso, como se ha hecho en otras oportunidades, enviarla nuevamente a Comisión antes de que sea aprobada en general.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se ha formulado una proposición concreta en el sentido de que el proyecto vuelva a Comisión para nuevo primer informe.
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN .-
Señor Presidente , considero correcta la sugerencia de la Mesa, porque, en el fondo, estamos todos de acuerdo en lo que se plantea. Hay una homologación entre las personas que cometen delitos y quienes tendrán la posibilidad de borrar sus antecedentes. Pero, obviamente, la iniciativa requiere ciertas precisiones, y éstas, así como las indicaciones que se hagan llegar, podrían ser conocidas de mejor forma en la Comisión.
Por eso, estamos de acuerdo en aprobar en general el proyecto y que vuelva a Comisión.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Debo hacer presente que el voto del Honorable señor Ruiz-Esquide es decisivo, porque con él se reunirían las 27 preferencias que se requieren para aprobarlo en general y remitirlo a Comisión.
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , si hubiere acuerdo entre los señores Senadores en cuanto a que el punto en cuestión será reemplazado, precisado y reformado en los términos que señalé, no tendría inconveniente en dar mi voto para permitir su envío a Comisión para el segundo informe. De otra manera, no votaré.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se da por entendido que si vuelve a Comisión es para precisarlo y mejorarlo. Por lo tanto, consulto al señor Senador si lo votará favorablemente.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Pero en el ánimo y con el compromiso mencionados.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Esperemos que los compromisos se cumplan.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación general el proyecto.
--(Durante la votación).
El señor SABAG.-
Señor Presidente , estoy de acuerdo con la iniciativa por considerarla de orden práctico. He sido testigo del caso de una persona que pidió sus antecedentes para obtener los permisos respectivos y le entregaron una "sábana" enorme, con datos de muchísimos años.
Como dije, el proyecto tiene un sentido práctico. Se han fijado tres y cinco años, período en que, de acuerdo con la indicación del Senador señor Novoa -la comparto plenamente-, el interesado no debe incurrir en ninguna infracción.
Lo atinente a quienes cometen delitos compete a la justicia ordinaria, y los antecedentes de sus autores son borrados de los registros como si no hubiesen delinquido.
Voto a favor.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (27 votos).
Votaron por la afirmativa los señores Ávila, Bombal, Cantero, Coloma, Cordero, Espina, Fernández, Flores, Frei (doña Carmen), Gazmuri, Horvath, Larraín, Lavandero, Matthei, Moreno, Novoa, Ominami, Orpis, Pizarro, Prokurica, Romero, Ruiz (don José), Ruiz-Esquide, Sabag, Silva, Viera-Gallo y Zaldívar (don Andrés).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Propongo como fecha tope para presentar indicaciones el 8 de octubre, a las 12.
--Así se acuerda.
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