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El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , con mucho respeto, quiero advertir que no comparto algunos de los juicios sobre el proyecto en discusión. Un señor Senador a quien, por supuesto, aprecio mucho sostuvo que la idea matriz del proyecto es algo secundario. En un sistema como el que tenemos, pienso que no lo es el que haya igualdad ante la ley. De eso se trata, simplemente: de terminar con dos sistemas, de terminar con dos generaciones para un cargo que es, incuestionablemente, de liderazgo en una unidad educacional, llámese un plantel educacional básico y medio. Ésa es la idea central. No hay una idea pedestre, pequeña, de perjudicar a personas que en un momento dado abrazaron la carrera docente.
Tampoco comparto el juicio de que se puede transformar en burocracia el proceso de concurso de los cargos. El término no es afortunado. El concursar, presentar antecedentes, currículos, proyectos, no puede constituir burocracia. Al revés: son sin duda elementos sumamente positivos para elegir a las personas, dentro de un análisis humano, que pueden reunir las mejores condiciones para desempeñar un cargo tan delicado como el que estamos tratando en esta oportunidad.
Al tener el mismo sistema todos los que pretenden ser líderes de una unidad educacional, se fortalece el liderazgo, en este caso, de ese director, no solamente frente a los alumnos, sino también ante sus compañeros de trabajo, los profesores. Evidentemente, el liderazgo se debilita cuando alguien ocupa el cargo a perpetuidad, en lugar de una persona que lo obtiene sobre la base de proponer proyectos y de obtener los mejores resultados en las diferentes pruebas y mediciones.
Pienso que no debe haber temor al respecto, porque muchos directores ganaron estos cargos antes de 1995 mediante concurso. De manera que, por la vía de la indicación, se puede proponer que quienes los obtuvieron de esa manera no serán afectados por lo dispuesto en los incisos del artículo 2º, por señalar uno de los elementos de análisis del proyecto.
Asimismo, debo aclarar que sabemos que el sistema educacional adolece de muchas imperfecciones. ¿Quién de nosotros no ha emitido juicios cuando se han hecho pruebas de mediciones, como el SIMCE, pruebas de diagnóstico de matemáticas, de castellano y de lectura? Sabemos hoy, en 2002, que 60 por ciento de los jóvenes egresan de la enseñanza media sin entender lo que leen. Quiere decir que hay una falla en el proceso educacional y que la hay también en la reforma. Y creo que todo lo que hagamos en el sentido de lograr mayor idoneidad, de buscar perfeccionamiento, contribuirá positivamente al éxito o fracaso de una reforma educacional.
No quiero decir que los directores que ocupan cargos a perpetuidad tienen la responsabilidad -nunca se ha dicho- de los resultados obtenidos. No. Sería mezquino hacerlo. Insisto en que lo que aquí se pretende es simplemente igualdad ante la ley, lo que se vincula, indudablemente, con el fortalecimiento de ese liderazgo.
Un señor Senador dijo que el director ni siquiera cuenta con la facultad de participar en el nombramiento de un profesor de su unidad educacional. Nunca, en toda la historia del proceso educacional, los directores de las escuelas han nombrado a los profesores de esa unidad. En el pasado lo hizo el Ministerio de Educación. Hoy día los designan los departamentos de administración de educación municipal (DAEM) o el alcalde, quien, a la postre, es el gran empleador de los docentes.
El señor LARRAÍN .-
¿Eso le parece bien a Su Señoría? Estamos opinando a favor o en contra: ése es el problema.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Lo que quiero señalar, después de la respetuosa interrupción de mi Honorable colega, es que los alcaldes, incluso cuando se producen ciertas situaciones entre el director de un establecimiento y un profesor, por motivos de rendimiento u otras razones, cuentan con la facultad para trasladar al docente a otra unidad educacional de su comuna, sin que ello vaya en desmedro del afectado. De modo que el director cuenta con atribuciones en tal sentido.
Se ha preguntado aquí qué razón puede haber para que un director de escuela, un líder de una unidad educacional, tenga que repostular a ese cargo después de cinco años. Los rectores de las universidades tradicionales duran cuatro años en sus puestos, y nadie ha dicho que ello constituya burocracia, que no es conveniente, que atenta contra el sistema de educación superior. Incluso, en el caso de los directores de hospitales, el Ministerio respectivo está autorizado para cambiarlos cuando lo estime pertinente. Es decir, la rotación hay que mirarla positivamente y no como algo negativo.
Se han triplicado, cuadruplicado, los recursos para educación desde 1990 hasta la fecha, pero la verdad es que la calidad de la educación no se ha cuadruplicado, no ha avanzado en la misma proporción. Entonces, pienso que vale la pena buscar, sin odiosidad, sin análisis pequeños, cómo podemos mejorar el sistema. La igualdad ante la ley en los conductores de los procesos educacionales es una cosa limpia y transparente. No es conveniente que una persona afirme estar nombrada a perpetuidad y que no necesita hacer cursos de perfeccionamiento ni poner el acelerador a fondo. Puede haber algunos, pero son los menos.
Por eso, termino mi intervención solicitando a Sus Señorías no ver dobles intenciones en esta iniciativa. No es admisible que en los establecimientos educacionales haya directores con cargos a eternidad, mientras otros deben concursar cada cinco años, crear proyectos y demostrar los resultados obtenidos durante su gestión administrativa.
Sin perjuicio de las legítimas aprensiones que puedan existir, considero factible mejorar esta iniciativa por la vía de las indicaciones. A lo mejor -como lo conversamos en la Comisión- cinco años es poco tiempo para la duración del cargo de director. Quizá resulta más adecuado siete, ocho o diez años. Por eso, reitero que mediante indicaciones, fundamentando las diversas inquietudes, puede perfeccionarse el proyecto y rescatarse su idea central.
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