-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/653907/seccion/akn653907-ds13-ds14
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/685
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/653907/seccion/entityOZWB115Q
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- dc:title = "MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR CHAHUÁN CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 24 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA EN LO RELATIVO A LA OPORTUNIDAD EN QUE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEBE EFECTUAR LA CUENTA SOBRE EL ESTADO POLÍTICO Y ADMINISTRATIVO DE LA NACIÓN. (10.668-07)"^^xsd:string
- rdf:type = bcnses:SeccionDocumentoAnexo
- rdf:type = bcnres:MocionParlamentaria
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/685
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/cuenta-publica
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/reforma-constitucional
- rdfs:label = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- rdf:value = " MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR CHAHUÁN CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 24 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA EN LO RELATIVO A LA OPORTUNIDAD EN QUE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEBE EFECTUAR LA CUENTA SOBRE EL ESTADO POLÍTICO Y ADMINISTRATIVO DE LA NACIÓN. (10.668-07)
Exposición de motivos.
Nuestra Constitución Política de la República establece en el inciso tercero de su artículo 24 que "El 21 de mayo de cada año el Presidente de la República dará cuenta al país del estado administrativo y político de la Nación ante el Congreso Pleno".
Esta disposición sustituyó al texto del inciso que existía con anterioridad a la entrada vigencia de la Reforma Constitucional incorporada en virtud N° 20.050, de 26 de agosto de 2005.
En efecto, hasta antes de la reforma dicho inciso establecía lo siguiente: "El Presidente de la República, a lo menos una vez al año, dará cuenta al país del estado administrativo y político de la nación".
El evento que actualmente se realiza el 21 de mayo de cada año, constituye un acto republicano que desde hace muchos años se ha venido llevando a cabo frente a las máximas autoridades del país, representantes de países extranjeros, que siempre se han dado cita en el Salón de Honor de nuestro Congreso Nacional.
Pero en esta fecha también se conmemora anualmente las Glorias Navales, mediante un homenaje que con gran solemnidad se efectúa frente al monumento a los Héroes de Iquique en la ciudad de Valparaíso, con desfile de los efectivos navales, delegaciones de las otras ramas castrenses y de Carabineros, al que asisten el Presidente de la República y diversas otras autoridades nacionales y representantes de otros países.
No obstante que estas celebraciones se han transformado en importantes hitos republicanos que son muy valorados por la comunidad nacional, desde hace bastantes años, se han registrado diversas manifestaciones callejeras en las inmediaciones del Congreso Nacional, que lamentablemente han derivado en actos vandálicos, con resultados de destrucción a la propiedad pública y privada, y personas heridas, tanto entre los manifestantes como los efectivos policiales a cargo de la mantención del orden público, habiéndose producido, en más de alguna ocasión, agresiones hacia efectivos de las Fuerzas Armadas, que deben rendir los honores de reglamento a la máxima autoridad de la nación.
Tales acciones han opacado la celebración de una gesta histórica, de mucho arraigo en la ciudadanía, que tradicionalmente ha concurrido masivamente a su celebración y que por este motivo, ha disminuido la asistencia a esta ceremonia cívico-militar.
La ocurrencia de estos lamentables hechos, en forma reiterada, ha llevado a proponer el cambio de la fecha de la cuenta pública, establecida por la reforma constitucional del año 2005, como lo ha sostenido el destacado profesor de Derecho Constitucional José Luis Cea, al señalar: "Han surgido, sin embargo, iniciativas y debates tendientes a cambiar tal fecha considerando que coincide con el Día de las Glorias Navales y que se ha rutinizado la práctica de protestas vandálicas que empeñan tan solemne efeméride democrática". (Derecho Constitucional Tomo III, página 56, Ediciones UC, año 2013).
En tal virtud, y si bien estamos plenamente de acuerdo con la obligación de que el Presidente de la República rinda esta cuenta pública, estimamos que no resulta necesario que la fecha precisa de tal evento se deje establecida en la Carta Fundamental, sino que debe tener una regulación meramente legal, para cuyo efecto consideramos que debe incorporarse en la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.
En mérito a las consideraciones precedentes, sometemos a la aprobación del Senado, el siguiente
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:
Artículo único: Sustitúyase el texto del inciso tercero del artículo 24 de la Constitución Política de la República, por el siguiente:
"El Presidente de la República dará cuenta anualmente ante el Congreso Pleno, en la fecha que establezca la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, del estado administrativo y político de la Nación"
(Fdo.): Francisco Chahuán Chahuán, Senador.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/653907/seccion/akn653907-ds13
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/653907
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/10668-07