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El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , me alegra que este tema se trate hoy día en el Senado, como asimismo que el Gobierno haya tomado cartas en el asunto. Porque éste no es problema nuevo para la Región que represento aquí. En Atacama lo vivimos por una década. Y en dos oportunidades les solicitamos a los Presidentes de la República correspondientes que implementaran un mecanismo que, a mi parecer, es el que debe requerir el Honorable señor Ominami para revisar las tarifas si considera que presentan dificultades. La normativa vigente prevé ese mecanismo en el artículo 3º del decreto con fuerza de ley Nº 70, de 1988, en virtud del cual Su Señoría puede pedir que se revisen las tarifas si estima que hay error.
Empero, no voy a hablar de las virtudes del sistema, pues diversos señores Senadores ya lo han hecho. Más bien quiero referirme a sus debilidades. Y la primera de ellas dice relación a la baja posibilidad de defensa que aquél otorga al consumidor.
¿Cuáles son los entes que protegen al consumidor en materia de distribución del agua potable? El principal, de acuerdo con la legislación vigente, es la Superintendencia de Servicios Sanitarios. El funcionario que está al frente de ella tiene muchas atribuciones -no voy a leer el texto legal-, pero su debilidad reside en las muy potentes presiones -ya se refirió al punto el Honorable señor Foxley - que pueden ejercer sobre él tanto el sector privado como el público.
Por ello, considero indispensable despachar un proyecto de ley que presentamos hace cuatro años en la Cámara de Diputados -fue aprobado en su Comisión de Obras Públicas, pero no, lamentablemente, en la Sala- para dar más espaldas al Superintendente de Servicios Sanitarios a fin de que cumpla en mejor forma su misión de defender en esta materia a los consumidores y la labor del Estado, como dijo el Honorable señor Muñoz Barra .
En segundo lugar, creo que aquí se produce un doble problema.
Primero, 60 por ciento de las empresas sanitarias son todavía estatales y sus directorios están llenos de dirigentes políticos de la Concertación.
Nada tengo contra esos dirigentes; creo que lo hacen muy bien en la política. Sin embargo, pienso que en esos directorios lo harían mucho mejor técnicos en la materia, atendidos su rodaje, bagaje y experiencia.
Además, las presiones para el Superintendente de Servicios Sanitarios en la fijación de tarifas y en la defensa de los consumidores son muy atenuadas cuando hay dirigentes que tienen línea directa con los Ministros o con las autoridades políticas que efectúan el nombramiento.
He propuesto que el nombramiento y la remoción del Superintendente del ramo sean hechos por el Presidente de la República, con acuerdo del Senado, a fin de que tenga más espaldas para cumplir sus funciones.
Los directorios de esas empresas -como dije- están llenos de dirigentes de la Concertación. De concretarse una eliminación que deseo proponer -aquí están los números-, podrían entregarse 10 mil 700 nuevos subsidios de agua potable a la gente más modesta. Considerando las viviendas que califican para obtener subsidios al agua potable y el total asignado, hay un déficit que bordea los 30 mil subsidios. Por lo tanto, con los nuevos 10 mil 700 sería factible disminuir el faltante en 35 por ciento.
En tercer lugar, me parece que debe existir mayor eficiencia en la asignación de los subsidios. No es admisible que, pese a todas las reclamaciones formuladas en Regiones como la que represento, todavía haya un número significativo de subsidios no adjudicados a sus destinatarios, personas de escasos recursos que efectivamente son las señaladas por la ley para recibirlos.
En cuarto lugar, estimo indispensable aumentar la transparencia del proceso tarifario (entiendo que se encuentra en tramitación un proyecto de ley sobre la materia). Es muy relevante -lo manifestaron otros señores Senadores- que durante el proceso de fijación de tarifas exista publicidad de los antecedentes, de modo que todo el mundo tenga acceso a ellos.
Finalmente, me parece importantísimo determinar en el proceso tarifario alguna instancia donde los "dolientes", que son los consumidores, tengan alguna participación, de cualquier tipo. Hay que discutirla. Es menester otorgarla. No es fácil, pues se trata de una materia muy técnica. Sin embargo, pienso que debe abrirse una instancia de tal índole.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Terminó su tiempo, señor Senador.
El señor PROKURICA.-
El Honorable señor Horvath me cedió el suyo, señor Presidente .
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Puede continuar, Su Señoría.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , en cuanto a los subsidios, debe corregirse lo relativo a su colocación, pero también tiene que existir una focalización distinta, por Regiones. La necesidad de agua no es igual en Arica, Copiapó o Vallenar que en Valdivia. Se trata de un problema muy delicado. Por ello, me parece que habría que elevar el subsidio a 20 metros cúbicos en los lugares donde el consumo es mayor.
Ahora bien, si analizamos jurídicamente el convenio que celebra cualquier consumidor con la empresa distribuidora de agua potable, veremos que sin duda es un contrato de adhesión. El consumidor, primero, no elige la empresa; segundo, no fija los precios; tercero, no determina la calidad. Aquí tenemos a un consumidor cuya única obligación consiste en pagar el valor.
¿Qué dice la ley hoy día? Que si el consumidor no cumple (o sea, si no paga la cuenta), la empresa tiene derecho a suspender el suministro; a cobrar corte y reposición, y a aplicar intereses y las penas del diablo.
Pero al contrario, si la empresa no cumple y efectúa un corte no autorizado, sin respetar las condiciones estipuladas, ¿qué pasa con el consumidor?
A ese último respecto, debo recordar que se encuentra radicado en la Comisión de Obras Públicas del Senado un proyecto que presentamos hace cuatro años en la Cámara de Diputados -espero que se tramite- a fin de establecer una compensación para ese usuario, que a mi juicio se halla desprotegido.
Gracias, señor Presidente.
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