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    • rdf:value = " El señor HORVATH.- Señor Presidente , la semana pasada concurrió a la Undécima Región el Biministro de Vivienda y de Bienes Nacionales, señor Jaime Ravinet , para reunirse con los pobladores acogidos a la ley Nº 19.776 -recientemente tramitada en el Congreso- que permite regularizar la posesión y la ocupación de inmuebles fiscales. Esta ley tiene 3 grandes beneficiarios. Primero, las personas que en su oportunidad recibieron títulos de dominio de inmuebles fiscales, pero no los inscribieron. Segundo, aquellos que ocupan por más de cinco años dichos inmuebles, quienes pueden optar, bajo ciertas condiciones y requisitos, a un titulo gratuito de dominio. Y, tercero, los pobladores afectados por la erupción del volcán Hudson en 1991, los que pueden recuperar los terrenos que, en un momento de aflicción, vendieron prácticamente a 10 mil pesos la hectárea y que hoy día valen muchísimo más. En esta ocasión, se hizo la entrega formal -no de hecho-, con todos los antecedentes, a las personas de este tercer grupo, que recuperan los predios vendidos a dicho precio y que hoy día, como señalo, tienen un valor muchísimo más alto. Con motivo de la reunión de trabajo con autoridades y representantes de algunos de los grupos de pobladores beneficiados en la Región, pudimos apreciar el carácter de Ministro de Estado de don Jaime Ravinet , quien hizo un reconocimiento de la labor efectuada por Parlamentarios tanto de Oposición como de Gobierno para sacar adelante la ley en la mejor forma posible. Fue la oportunidad de aclarar también que las personas que ocupan predios fiscales de veranadas -es decir, que las usan cuando las condiciones climáticas lo permiten- igualmente tienen derecho a optar a los beneficios del referido cuerpo legal. En ese sentido, dadas las características de la normativa, hubo un compromiso con las autoridades y funcionarios de Gobierno de salir a terreno a recoger los requisitos y antecedentes que ella exige, pues solicitar a los pobladores de los distintos rincones del país que accedan desde esos lugares significa para ellos un gran encarecimiento y riesgos en cuanto al cumplimiento de los plazos. Del mismo modo, se hizo presente la conveniencia de utilizar métodos modernos para las mensuras. Antiguamente, muchos predios y ocupaciones no fructificaron en títulos porque aquéllas se realizaron con aperturas de sendas, con instrumentos convencionales carísimos y con condiciones de acceso dificultosas. Hoy, un posicionador satelital, con un grado de acuciosidad bastante aceptable para estos fines, permitiría efectuarlas en muy corto plazo, en lugares de difícil acceso y con un costo bastante bajo. Por otro lado, quedó muy en claro que los plazos del texto legal se fijan exclusivamente para que las personas presenten sus solicitudes, ya que después podrían ir completando los antecedentes y despejando las situaciones. Finalmente, hay un problema de superposición. Recientemente Bienes Nacionales entregó en concesión más de 30 mil hectáreas a la empresa Maderas de Aisén. Sin embargo, en algunas áreas se producen superposiciones con derechos de pobladores a predios de veranadas y de otra naturaleza. Por tal motivo, las partes -el Ministerio, los pobladores y la empresa- acordaron precisar las áreas donde se produce esa situación para respetar allí los derechos y así evitar conflictos a futuro. Por todo lo anterior, señor Presidente , pido oficiar a los distintos municipios y gobernaciones en que existen sectores donde es posible otorgar los beneficios de la ley, con el fin de que la lleven a cabo en la forma que he señalado y, del mismo modo, con el propósito de que se completen las fórmulas de difusión con que cuenta el Ministerio de Bienes Nacionales para acogerse a tales beneficios en cada uno de los sectores más alejados del país, de manera de asegurar que todos puedan acogerse a las normas del referido cuerpo legal, que tantos años costó sacar adelante. Para terminar, quiero hacer presente que en la misma reunión el señor Ministro volvió a manifestar el compromiso de resolver el problema relativo al otorgamiento de títulos gratuitos o a precios razonables para aquellas personas que no cumplen con todos los requisitos de la ley. --Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, en conformidad al Reglamento. "
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