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El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Corresponde ocuparse en el proyecto, en tercer trámite constitucional, sobre establecimiento de normas para facilitar la creación de microempresas familiares.
--Los antecedentes sobre el proyecto (1241-03) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley: (moción de los señores Zaldívar (don Andrés), Lavandero, Ruiz-Esquide y Zaldívar (don Adolfo).
En primer trámite, sesión 6ª, en 16 de junio de 1994.
En tercer trámite, sesión 4ª, en 12 de junio de 2001.
Informe de Comisión:
Economía, sesión 8ª, en 5 de julio de 2000.
Discusión:
Sesión 10ª, en 12 de julio de 2000 (se aprueba en general y particular).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La iniciativa tuvo su origen en una moción de los Honorables señores Adolfo Zaldívar, Lavandero, Ruiz-Esquide y Andrés Zaldívar.
La Cámara de Diputados, en el segundo trámite constitucional, introdujo diversas modificaciones al proyecto que despachó el Senado. La Secretaría elaboró un boletín comparado con ambos textos.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión las enmiendas de la Cámara Baja.
Ofrezco la palabra.
El señor LAVANDERO.- Pido la palabra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
La tiene, Su Señoría.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente , con gran alegría, veo que hoy se discute prácticamente en su trámite final -si la Sala aprueba las modificaciones sugeridas por la Cámara Baja- este proyecto, que se originó en una moción que presentamos con los señores Senadores individualizados por el señor Secretario.
El objetivo de la iniciativa es facilitar la creación de microempresas familiares, evitando a los interesados el cumplimiento de los 64 engorrosos trámites exigidos por igual a todas las empresas, sean grandes o pequeñas.
Miles de microempresas de esa índole no tienen acceso a créditos, ni a subsidios ni a capacitación, por carecer de la personalidad jurídica que las habilitaría para actuar formalmente.
El texto que nos ocupa simplifica el sistema, disponiendo la aprobación municipal sin mayores trámites. Y en cuanto a las exigencias sanitarias y ambientales -ésa es la modificación introducida por la Cámara de Diputados-, establece que, una vez constituida y formalizada la microempresa familiar, los organismos correspondientes concederán dos años de plazo para cumplirlas.
Introdujo también la Cámara Baja una indicación en el sentido de que bastará una declaración jurada de que se es legítimo ocupante de la vivienda para dar por cumplidos los requisitos pertinentes.
También se consagra la figura del trabajo por cuenta de terceros, lo que indudablemente mejora el texto de la Cámara Alta.
Finalmente, en el artículo transitorio, se disminuye a tres meses (el Senado lo había fijado en seis) el plazo del Presidente de la República para reglamentar la aplicación de la ley en proyecto, lo que, dada la situación que vive el país, permite operar con mayor rapidez para regularizar la enorme cantidad de trabajos que realizan informalmente las microempresas familiares.
El Congreso Nacional brinda hoy una oportunidad a quienes deseen trabajar en sus casas, con sus familiares, a fin de convertirse en empresarios reales, con una personalidad jurídica definida y -repito- con acceso tanto a los créditos bancarios como a la capacitación necesaria para su mejoramiento y a los subsidios que el Estado otorga a las empresas formalizadas.
Por esas razones, solicito a la Sala que, por unanimidad -tal como lo hizo en el primer trámite-, apruebe las modificaciones que propuso la Cámara de Diputados.
He dicho.
El señor RÍOS.-
Pido la palabra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
La tiene, Su Señoría.
El señor RÍOS.-
Señor Presidente , las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados a este buen proyecto no son menores. Desde mi punto de vista, entonces, deben ser revisadas en una Comisión Mixta, porque, sin duda, estamos frente a dos criterios muy distintos.
En materia de los activos productivos de las empresas familiares, el Senado plantea en su artículo único, Nº 1, letra c), que no excedan de 500 unidades de fomento, es decir, de 7 millones 500 mil pesos, aproximadamente. La Cámara de Diputados rebajó esa cifra a sólo 140 mil pesos; habla de un capital efectivo que no exceda de 10 unidades tributarias mensuales.
No sé cuál es el sentido de esa gran diferencia. En todo caso me quedo derechamente con lo aprobado por el Senado.
Por ejemplo, en la actualidad hay empresas familiares que prestan servicios menores a hospitales limpiando jeringas y otros implementos, a un costo de 2 millones a 3 millones de pesos. De aprobarse la enmienda de la Cámara Baja, aquéllas no podrían seguir desarrollando tal labor, pese a tratarse de unidades familiares donde trabajan no más de dos personas.
En consecuencia, salvo que respecto de los valores mencionados exista una explicación distinta que yo no alcanzo a entender, estoy por rechazar la enmienda que nos propone la Cámara de Diputados.
De otra parte, cuando el Senado establece un capital de hasta 7 millones 500 mil pesos y fija un máximo de cinco trabajadores extraños a la familia, lo hace para procurar que aquella cifra por lo menos responda a los contratos de valores mínimos y suponiendo que se paga el salario mínimo en una microempresa de tal naturaleza, que, por muy familiar que sea, debe cumplir obligaciones laborales, etcétera. Y cinco personas contratadas en esas condiciones -hoy, el salario mínimo alcanza a 103 mil 500 pesos- irrogan un gasto de alrededor de 517 mil pesos, o sea, una cantidad bastante mayor que la establecida por la Cámara de Diputados -de sólo 140 mil pesos- como capital.
Por eso, salvo que exista una diferencia respecto de la opinión que estoy señalando, me parece que, considerando esos dos criterios tan disímiles, debiéramos rechazar la modificación de la Cámara de Diputados, para dar paso a la formación de una Comisión Mixta.
Finalmente, el artículo 26 bis que propone la Cámara de Diputados dice: "Los trabajos que se ejecuten por las microempresas familiares, por encargo de terceros, se entenderán, para todos los efectos legales, que se realizan por cuenta de quien los encarga.".
Es extraña la expresión "por cuenta de terceros". Yo diría que prácticamente todas las acciones propias de las microempresas familiares responden a encargos de terceros. Entonces, ¿debe desprenderse de dichos términos que toda la tributación propia de la acción ejercida por una microempresa de tal índole será aplicada sólo a quien solicita la ejecución del trabajo correspondiente?
Creo que también ello es confuso.
Por tal motivo, entendiendo que estamos ante una buena iniciativa legal, planteo rechazar la proposición de la Cámara Baja, para que la Comisión Mixta resuelva esos dos criterios tan distintos.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Fernández.
El señor FERNÁNDEZ.-
Señor Presidente , en primer lugar, creo que estamos ante un buen proyecto, que puede ayudar mucho a las pequeñas empresas al simplificar sobremanera su acción. De manera que, en mi opinión, debe ser aprobado.
En seguida, debo aclarar al Senador señor Ríos que la iniciativa no habla de 140 mil pesos, sino de 10 unidades tributarias anuales, lo que equivale a aproximadamente 3 millones 350 mil pesos.
El punto que nos plantean nuestros asesores es si esos 3 millones 350 mil pesos deben considerarse al comienzo de las actividades de la microempresa o cada año. En el primer caso, no obstante ser bajo el monto, podría tener algún grado de operación; pero si el límite debe establecerse cada año, creemos que puede resultar absolutamente insuficiente. En tal sentido, sería mucho más amplia la facultad dada por el Senado.
Por otra parte, también se nos observa que existe una limitación impuesta a la actividad realizada en caso de que resulte molesta. Ello depende mucho de la apreciación que pueda efectuar un funcionario. Probablemente, habría sido necesario hacer algún tipo de especificación con requisitos más objetivos, porque, de otra manera, el precepto puede prestarse a cualquier interpretación que burle los propósitos de la iniciativa.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Siendo uno de los autores del proyecto y habiendo seguido su tramitación tanto en el Senado como en la Cámara de Diputados, quiero expresar mi opinión desde la testera, si lo permite la Sala.
Creo que la Cámara Baja mejora el texto de algún modo en el artículo 26, pues establece un mecanismo mucho más claro, sobre todo en lo relativo a las microempresas familiares de tipo alimentario, a las que da dos años para cumplir las exigencias sanitarias y ambientales.
En cuanto al capital, efectivamente los activos productivos -así decía nuestro proyecto- eran hasta 500 unidades de fomento. Pero, cuando se trató el tema en la Cámara Baja, se advirtió que no existía una definición muy clara desde el punto de vista contable; activos productivos pueden ser las maquinarias, etcétera. Entonces, se prefirió ir al capital efectivo; o sea, lo que declara la persona como su capital de trabajo, que es lo que se hace siempre al iniciar una actividad. Y, como dijo el Senador señor Fernández , no son 140 mil pesos, sino sobre 3 millones de pesos, cifra que se estimó suficiente como capital para una microempresa familiar, que se desarrolla en el hogar, no fuera de él.
Por otra parte, la Cámara de Diputados eliminó la disposición del Senado que limita el promedio de ventas a 250 unidades de fomento mensuales. O sea, si bien el capital se precisó en forma distinta de la aprobada por nosotros, se llegó a un monto razonable.
El señor FERNÁNDEZ.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Sí, Su Señoría.
El señor FERNÁNDEZ.-
Usted señaló, señor Presidente , que el capital se considera al inicio de la actividad.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Es el capital que declara el empresario al inscribir la microempresa.
El señor FERNÁNDEZ.-
Si se entendiera que es al inicio de la actividad, ello favorecería a la pequeña industria. En cambio, si fuera cada año, la cantidad sería muy baja. Bastaría que la microempresa creciera un poco para que perdiera los beneficios.
Entonces, tal vez deberíamos hacer constar en la historia de la ley que es al inicio de la actividad.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Sí. Es así, señor Senador. Y podríamos dejar esa constancia, porque la norma modificatoria de la Cámara Baja dice "al comienzo del ejercicio respectivo". O sea, se trata de un capital de inicio del ejercicio, de la actividad, de hasta diez unidades tributarias anuales, que corresponden más o menos a 3 millones 360 mil pesos.
De otra parte, la Cámara Baja incorporó una disposición muy novedosa, que va a dar una gran capacidad de gestión a estas microempresas familiares al hacer factible que otras empresas, medianas o mayores, les encarguen trabajo. Hoy no pueden hacerlo, por entenderse que se trata de una compraventa, con lo cual automáticamente se entra al impuesto respectivo. En cambio, con la disposición del artículo 26 bis, nuevo, se entiende que es un mandato. Por lo tanto, las microempresas familiares actuarán por mandato de quien le encargue el trabajo, lo cual facilitará mucho el desarrollo de aquéllas en las casas.
Por otro lado, tal como dijo el Senador señor Lavandero -y en eso estuvo de acuerdo el Ejecutivo, que está preparando un reglamento- se reduce el plazo de seis a tres meses para dictarlo. Por eso, como autor del proyecto, pienso sinceramente que, con él, se logra un buen objetivo.
Tiene la palabra el Honorable señor Ríos.
El señor RÍOS.-
Señor Presidente, todos concordamos en que se trata de una normativa adecuada.
Me parece importante destacar que las empresas familiares en los países asiáticos han tenido un enorme desarrollo y han basado prácticamente en ello su crecimiento económico. Sin embargo -y por eso intervengo-, su regulación no debe complicarse con elementos que terminen haciéndola compleja.
Considero que 3 millones 500 mil pesos, estimados para conformar una microempresa familiar, es una cifra muy baja. Por ejemplo, si se dedica a la esterilización de elementos quirúrgicos y es contratada por un hospital público o clínica privada, tiene que disponer de más de 3 millones 500 mil pesos para adquirir un esterilizador. Ése es un trabajo típico de esta actividad. Una máquina de tejer automática, que permita el diseño y otras funciones, también supera esa suma.
Por eso, es claramente mejor la cantidad de 7 millones y medio propuesta por el Senado; se trata de un capital muchisimo más atractivo y amplio con miras a optar a todos estos beneficios. Tal como lo he venido señalando, hay una serie de elementos valorados en una cifra superior a los 3 millones 500 mil pesos. Así las microempresas familiares no se constreñirán a una declaración de capital tan bajo, porque ello también influye en los contratos que suscriben. Volviendo al ejemplo de la esterilización, si se desea contratar con una clínica, ésta solicitará la entrega de elementos previamente establecidos por Impuestos Internos y fijarán el valor que corresponde, que en todo caso será superior a 3 millones 500 mil pesos. Y si eso no se manifiesta, no habrá contrato, con lo cual se limitará la actividad de esas microempresas familiares.
Entonces, insto al Senado a reestudiar esta norma, a fin de restablecer el capital de 7 millones 500 mil pesos. Debe considerarse que muchas microempresas se hallan constituidas sólo por un taxi cuyo valor excede los 3 millones 500 mil pesos.
En fin, hay muchos ejemplos, señor Presidente. Por eso, reitero mi petición en cuanto a rechazar esa cifra y mantener el aumento propuesto por el Senado.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , para quienes no hemos seguido con detenimiento el tratamiento de este proyecto, el debate demuestra que tal vez requiere un informe de Comisión. Si bien no es propio un tercer informe, es posible hacerlo.
Por eso, solicito que la Comisión evacue un informe sobre la iniciativa en debate, a fin de que ordene los temas y plantee una proposición más hilvanada, con el objeto de que la Sala pueda tomar una decisión lo antes posible.
Ésa es mi sugerencia.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Lavandero.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente , quiero señalar a algunos señores Senadores que podríamos perfeccionar el proyecto hasta lo indecible, pero seguramente no sería lo mejor, porque entre los microempresarios existe una gran informalidad. En realidad, cuesta convencerlos de que se formalicen, pues deben cumplir una cantidad de trámites, los que les impiden crecer.
Por otro lado, junto con el Honorable señor Novoa pensamos presentar una indicación en la Comisión de Economía -se la planteamos al Ejecutivo , pero prescindimos de ella al darnos cuenta de que éste no estaba disponible para respaldarla- que tenía por objeto dar un subsidio de hasta 80 por ciento al microempresario que hubiese contratado un ayudante, quien después habría tenido un oficio. Como digo, desgraciadamente no fue posible concretar esa aspiración, que era muy importante. Con ella se habrían reducido los niveles de cesantía y dado trabajo estable a 300 ó 400 mil personas en todo el país. Era la idea que yo sostuve cuando presentamos la iniciativa, la que, por lo demás, también recogió el candidato presidencial de la Derecha señor Lavín. Afortunadamente, el proyecto se presentó con anticipación, hace varios años, motivo por el cual no me estoy vistiendo con ropa ajena.
Señor Presidente , hay muchos mueblistas, chapistas, gasfíteres, etcétera, cuyas empresas informales operan en sus casas. Si se introducen demasiadas complicaciones a quienes no tienen capital para formalizarse, significará poner trabas. Y de lo que se trata es eliminar los obstáculos a la formalización de estas actividades.
El Honorable señor Eduardo Frei me hizo una consulta -de la cual quiero dejar constancia- sobre lo que pasaba con el sistema medioambiental y sanitario. En realidad, la gracia de la moción es que de todas maneras se constituye la empresa y se formaliza en la municipalidad. Será ésta -y no la COREMA, ni ningún otro organismo- la que dirá si la microempresa presenta deficiencias, en el caso de que produzca alimentos o tenga problemas de sonoridad, y el pequeño empresario dispondrá de hasta dos años para corregirlas. Pero, con el solo hecho de presentar la solicitud, queda formalizada la microempresa.
Señores Senadores, no obstante todos los perfeccionamientos que cada uno desearía introducir al proyecto, creo que lo mejor es enemigo de lo bueno. Por eso, los llamo a aprobar una iniciativa que durante tanto tiempo ha sido una aspiración para mucha gente. Efectivamente, en los términos propuestos, la normativa brindará enormes beneficios a aquellas personas que hoy día no los pueden recibir. Por eso, insisto en que, sin más trámites, la aprobemos, haciendo fe en lo realizado por la Comisión de Economía del Senado, la Sala y la Cámara de Diputados. En realidad, no debemos ser tan exquisitos al pronunciarnos sobre ella, porque se retrasará el despacho de lo que debió haber sido ley hace mucho tiempo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Adolfo Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).-
Señor Presidente , discrepo de la parte final de la intervención del Honorable señor Lavandero. Creo que la forma como planteó el punto, en mi opinión, no lo soluciona.
El artículo 26 autoriza la instalación de microempresas y les da un plazo de dos años para cumplir con las exigencias sanitarias y ambientales. Y, en verdad, la consulta que sobre esta materia hizo privadamente el Honorable señor Frei al Senador señor Lavandero , a mi juicio, no queda resuelta. Porque a los dos años las microempresas quedarán sujetas a la aprobación de los organismos fiscalizadores de las normas sanitarias y ambientales. No se trata de que a las municipalidades corresponda esa tarea, como dice el Honorable señor Lavandero , sino que, de acuerdo con la ley que estaríamos aprobando, las exigencias deberán ser verificadas por los órganos de fiscalización sanitarios y ambientales. En consecuencia, los encargados de esta materia serán éstos y no las municipalidades, las que están para otros fines.
Se trata, en realidad, de facilitar la función de los microempresarios y pequeños empresarios. Sin embargo, si a los dos años se les llena de exigencias por organismos sanitarios -lo que me parece bien en el caso de la manipulación de alimentos- y ambientales, no se estará facilitando el ejercicio de este tipo de actividades. Por el contrario, los dejaríamos partir, pero a los dos años los abrumaremos con funcionarios, reglamentos, certificados, etcétera, y, en lugar de ayudarlos, los volveremos a frustrar.
Por eso, no me parece bien la redacción del artículo 26 aprobado por la Cámara de Diputados, dado que no facilita el desarrollo de las microempresas. A éstas se les otorgan un estatuto especial por la forma en que se desenvuelven. Por lo tanto, si se las deja sujetas a los mismos organismos y exigencias de las grandes empresas en cuanto a normas sanitarias y ambientales, se las someterá a un verdafero calvario.
En tal virtud -reitero-, dicha disposición no favorece a los microempresarios.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente , me parece que estamos ante una situación en que o insistimos en mejorar o en cambiar el proyecto, con lo cual se prolongará su trámite más allá de lo conveniente, o lo aprobamos en los términos actuales, en el entendido que es posible corregirlo -todo es perfectible- a futuro.
Sin embargo, quiero analizar algunos de los temas planteados. En primer lugar, en cuanto al dinero, considero bueno el criterio de la Cámara de Diputados en cuanto a fijar 3 millones y medio de pesos, y no 7 millones 500 mil pesos, como capital efectivo.
En segundo término, respecto a lo ambiental el problema es el siguiente. Aquí he oído argumentaciones en contrario. En efecto, me pareció escuchar a algunos señores Senadores señalar, por un lado, que la propuesta de la Cámara de Diputados sigue manteniendo demasiadas trabas para la microempresa familiar, y por otro, que se estaban generando condiciones para las cuales no había control suficiente. Yo me quedo con el texto de la Cámara, que hace la necesaria conciliación entre el Reglamento Sanitario de los Alimentos -que es mucho más reducido que la norma ambiental general- y el resguardo mínimo e indispensable en cuanto a que no haya absoluta libertad para forzar ciertas situaciones que afecten al vecindario. Además, a las microempresas se les garantizan dos años para dar cumplimiento a exigencias sanitarias y medioambientales.
El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).-
¿Me permite una interrupción, con la venia de la Mesa, Su Señoría?
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Con mucho gusto, señor Senador.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Adolfo Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).-
Señor Presidente , en verdad, sigue el equívoco, porque la redacción no está clara o no se desea entenderla. Los organismos fiscalizadores son los encargados de fiscalizar, no los municipios. La norma alude a las microempresas familiares que estén registradas en la municipalidad respectiva, pero ello no significa conceder a ésta el papel o la función legal de transformarse en organismos fiscalizadores medioambientales ni sanitarios. Éstos deberán ser los que la ley establece.
Por lo tanto, los microempresarios o pequeños empresarios quedarán sujetos al plazo de dos años que les otorgarán dichos organismos fiscalizadores. ¿Cuáles? Los que la ley establece en materias sanitarias y medioambientales, con todas las consecuencias y exigencias que ello significará.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Puede continuar el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente , ante todo, yo no he señalado que la municipalidad sea el ente encargado de fiscalizar. Por lo tanto, mi exégeta se equivoca.
En primer lugar, pienso que la fórmula propuesta por la Cámara de Diputados cautela mejor lo que se desea hacer, esto es -reitero-, conciliar una cantidad de ingreso inicial suficientemente adecuada para que realmente puedan incorporarse a este tipo de actividad bastantes microempresas, porque, si se establece un capital de siete, diez o veinte millones, evidentemente ello no será posible.
Segundo, se resguarda el mínimo control que debe existir sobre las empresas, cualesquiera que sean.
Tercero, se halla muy especificado, y es obvio, que los fiscalizadores serán los organismos competentes encargados de realizar tal función. Nunca he dicho -ni de la norma se deduce- que sean las municipalidades. El rol de éstas, conforme al texto aprobado por la Cámara de Diputados, consiste en registrar a las microempresas, otorgándoseles dos años para cumplir las exigencias sanitarias y ambientales, las que son menores a las requeridas a otras empresas.
Un señor Senador manifestó la posibilidad de devolver el proyecto a Comisión. Yo, en mi calidad de autor de la moción, no tendría mayor problema al respecto. Sin embargo, deseo hacer presente que ésta se halla en tercer trámite y, por lo tanto, es habitual que en esta instancia los proyectos se debatan y despachen en la Sala, salvo que sean muy complicados. Honestamente, considero que el tema en discusión es de menor cuantía y, por ende, la Sala debería resolverlo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Romero.
El señor ROMERO.-
Señor Presidente , deseo rescatar dos aspectos que me parecen muy importantes. En primer lugar, se ha señalado la necesidad de sacar de la informalidad a un grupo muy importante de microempresas cuya existencia es real. Éste, a mi juicio, es un tema de fondo. Sin duda alguna, el principal enemigo de un orden económico racional es el hecho de que, aun cuando sean microempresas, no existan formalmente. Ello constituye una materia muy relevante que merece la mayor preocupación. Éste es el primer objetivo positivo del proyecto.
El segundo propósito, que considero muy interesante, es confirmar la existencia de las microempresas. En realidad, si uno considera cualquier región o comuna, se encontrará a menudo con bolsones de ellas. En localidades de la Región que represento, por ejemplo, en La Ligua, las microempresas del tejido, de los dulces, de la artesanía, constituyen una realidad concreta.
Sin embargo, el proyecto -que, a mi juicio, debe ser aprobado- presenta un aspecto importante que me preocupa fundadamente y que no hemos considerado. Los planos reguladores distinguen sectores esencialmente de carácter residencial, lo que chocará con la ley en proyecto. Porque, en la práctica, los organismos fiscalizadores no sabrán cómo interpretar la autorización para el funcionamiento de una microempresa. Este tema no es menor. En el hecho, existen planos reguladores que indican claramente lo que puede hacerse en determinados sectores, ya sea residencial, comercial, etcétera. Es decir, ahí hay un problema respecto del cual debemos buscar una solución.
Por otra parte, me parece acertada la inclusión del artículo 26 bis, nuevo, que hizo la Cámara de Diputados. Éste señala: "Los trabajos que se ejecuten por las microempresas familiares, por encargo de terceros, se entenderán, para todos los efectos legales, que se realizan por cuenta de quien los encarga.". Y este tipo de trabajo es el que presenta la mayor frecuencia, sea en la confección, en el tejido, etcétera. Son encargos de terceros.
Asimismo, estimo correcto el hecho de que la Cámara de Diputados haya eliminado el promedio de ventas. En verdad, era una limitación demasiado aplastante y que, al final, no constituía incentivo alguno para la competitividad y la productividad. Porque si hay un límite, naturalmente se tratará de evitarlo.
Por último, dado que el proyecto se halla muy cercano a su aprobación, sería racional y recomendable enviarlo a Comisión por un plazo fijo -10 días- para perfeccionarlo. Porque, en realidad, es posible encontrarse con situaciones, como la de los planos reguladores -llamo la atención al respecto-, bastante conflictivas.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Excúseme, señor Senador.
El proyecto se halla en tercer trámite. Por lo tanto, no corresponde presentar indicaciones; sólo cabe aprobar o rechazar las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados.
El señor NÚÑEZ.-
¿Me permite, señor Presidente?
Tiene la palabra la Honorable señora Frei.
La señora FREI (doña Carmen).-
Señor Presidente , el proyecto que nos ocupa es necesario y muy sentido por diversos grupos familiares sin trabajo y que requieren de alguna actividad remunerativa.
Sin duda, este debate nos ha ayudado bastante, porque en las poblaciones donde pretendemos que se desarrollen las microempresas, las casas son muy pequeñas y habrá problemas de ruidos, olores, etcétera.
Si el proyecto no puede volver a una Comisión y solamente corresponde estudiarlo en la Sala, debe quedar muy claro qué organismo realizará la fiscalización. Por cierto, habrá problemas si -como aquí se señala- la microempresa se instala en un condominio. Imaginemos lo que ello significa si éste es pequeño y la casa tiene 70 metros cuadrados.
Por eso, deseo consultar para que quede claro, ya que aquí se señala que en dichas empresas no debe haber más de cinco trabajadores extraños a la familia. Pero ¿cuántas personas comprende esta última? Puede tratarse de un grupo familiar que conste de padres, nietos, cuñados, yernos, etcétera. O sea, estamos hablando de un grupo familiar grande, más los cinco trabajadores; entonces, resultará bien complicado que trabajen todos en 70 metros cuadrados.
Por lo tanto, esto no sólo depende de los municipios, porque obviamente, como éstos se encuentran bastante atosigados con los problemas de cesantía, aplicarán manga ancha para que existan más microempresas, lo cual es bueno y recomendable, pero también se puede producir otro tipo de inconvenientes.
Por ello, aunque la iniciativa no vuelva a la Comisión por estar en el tercer trámite constitucional, hay asuntos que deben quedar claros en el espíritu de la ley; de lo contrario, se producirán más problemas de los que estamos tratando de resolver.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Novoa.
El señor NOVOA.-
Señor Presidente , en realidad, no es necesario que el proyecto vuelva a la Comisión, porque en este trámite no podemos formular indicaciones.
Me parece que aquí hay dos opciones: aprobar lo sugerido por la Cámara de Diputados con el objeto de contar con un estatuto legal para fortalecer la microempresa familiar, y disponer de él de inmediato, o rechazar algunas de las modificaciones para poder perfeccionarlas en la Comisión Mixta.
Desde luego, como Presidente de la Comisión de Economía , tomo el compromiso de hacerla funcionar con mucha celeridad, debido a que estimo fundamental regular esta materia, sobre todo considerando el nivel de cesantía que afecta al país.
Deseo señalar que, efectivamente, el proyecto aprobado por el Senado ofrecía menos dificultades para la constitución de microempresas familiares. En primer lugar, no se aplicaba ninguna limitación ni autorización, salvo las del reglamento sanitario de alimentos. Por lo tanto, quien quería constituir una microempresa familiar que no estuviera relacionada con el rubro alimentos, sencillamente, concurría a la Municipalidad y obtenía el permiso.
Entendiendo que una microempresa familiar puede producir ruidos, gases, humos u olores molestos, la iniciativa establecía expresamente que aquélla podía desarrollar cualquier actividad económica lícita, con la sola limitación de no emitir ruidos, gases, humos u olores molestos o contaminar de cualquier forma. ¿Y quién controlaba esto? La municipalidad a través del juzgado de policía local. De modo que si alguien se sentía afectado por ruidos u olores molestos en su vecindario, debía llamar a un inspector municipal, quien le cursaba un parte al microempresario, y, finalmente, el juez de policía local resolvía el asunto. Ese procedimiento era bastante simple.
Sin embargo, al indicar la Cámara de Diputados que se aplica la legislación medioambiental, y fijar para su cumplimiento el plazo de los primeros dos años, de alguna forma introduce una tramitación adicional y concede injerencia a los organismos encargados de fiscalizar las normas sanitarias y ambientales, con lo cual, obviamente, produce un aumento de requisitos.
En segundo término, al reducir la Cámara de Diputados el capital exigido a las microempresas a 10 unidades tributarias está restringiendo...
El señor FREI (don Eduardo).-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor NOVOA.-
Con mucho gusto, con la venia de la Mesa.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FREI (don Eduardo).-
Señor Presidente , concuerdo con lo señalado por el Senador señor Novoa en el sentido de que al agregar las causas ambientales los vecinos que reclamen no acudirán al juzgado de policía local, sino a la COREMA. Y ahí, ¡hasta verte Cristo mío! Pueden pasar diez años discutiendo en la COREMA y, después, otros diez en la CONAMA.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Recupera la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA.-
Por ello, sostengo que la Cámara Baja, al redactar la norma en la forma como lo hizo, complicó los trámites.
El señor FREI (don Eduardo).-
Así es.
El señor NOVOA.-
El texto del Senado contemplaba que si se producían problemas los resolvía el juzgado de policía local.
Efectivamente, la Cámara Baja ha tornado más engorrosa la operación de las microempresas familiares al establecer una limitación en el capital que carece de sentido. La verdadera limitación para ellas está dada por dos elementos: uno, que la actividad se realiza en la casa habitación, y, dos, que no se puede contratar a más de cinco personas ajenas a la familia. O sea, aunque ésta sea muy grande, no es posible instalar una industria de treinta personas dentro de una casa de 60 metros cuadrados. Además, se fijó la restricción de cinco personas extrañas a la familia para evitar que se creara una microempresa y, después, treinta personas trabajaran en la calle. Ése es el sentido de la limitación.
Entonces, no debe restringirse la definición de microempresa familiar por el lado del capital. Ojalá alguien pudiera contar con un computador en su casa que valiera 10 mil unidades de fomento e hiciera trabajar a toda su familia. En este aspecto, la Cámara de Diputados también ha complicado la aplicación del proyecto.
Sí considero un aporte muy importante el artículo 26 bis, nuevo. En el fondo, se permite el trabajo denominado "a maquila", donde se actúa por cuenta de terceros y no existe IVA de por medio. Es decir, se presta un servicio en una vivienda familiar sin entrar a una estructura tributaria compleja.
En mi opinión, en esta materia tenemos dos alternativas: aprobamos hoy todas las modificaciones sugeridas por la Cámara de Diputados, sabiendo que una parte de ellas es quizás más engorrosa; o rechazamos algunas normas y aprobamos otras, lo cual obligaría a la creación de la Comisión Mixta para tratar de concordar rápidamente una fórmula con la Cámara Baja.
Pienso que, dada la importancia del proyecto y la necesidad de despacharlo con prontitud, los señores Diputados no tendrían inconvenientes en trabajar rápidamente en la Comisión Mixta.
El señor LARRAÍN.-
Ésa es la fórmula, señor Presidente. Y, además, los autores de la iniciativa se pueden poner de acuerdo, lo cual sería un aporte.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
La indicación que incorporó el artículo 26 bis, nuevo, fue sugerida en la Cámara de Diputados por el Senador que habla, porque, a mi juicio, ella representa un elemento muy relevante y determinante para el desarrollo de este tipo de actividades. Sin esta norma, la importancia de las empresas familiares sería bastante relativa.
Tiene la palabra el Honorable señor Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , tengo la impresión de que estamos llegando a un acuerdo, en el sentido de rechazar algunas proposiciones de la Cámara de Diputados para los efectos de formar la Comisión Mixta. El texto me merece, al menos, tres observaciones respecto del artículo 26.
Primero, no se puede privar a los municipios de la capacidad y potestad de fiscalizar. El inciso segundo de la letra j) del artículo 5º de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades entrega a los municipios facultades concretas de fiscalización tocante al cumplimiento de normas medioambientales.
Seguramente, aquí se presentará una competencia de fiscalización entre los municipios y organismos como la COREMA u otros encargados de la protección del medio ambiente.
En materia de salud, el artículo 4º del mismo cuerpo legal entrega a los municipios, no exactamente facultades fiscalizadoras, pero sí de preocupación en ese ámbito. De modo que las municipalidades, directa o indirectamente, al margen del proyecto, tienen posibilidad de controlar especialmente este tipo de empresas.
En segundo lugar, estimo que dos años de plazo para someterse a normas medioambientales son demasiado. A mi juicio, en dicho lapso se generará en las poblaciones una convivencia francamente peligrosa, porque soportar durante dos años ruidos, olores molestos, etcétera, puede provocar una situación muy delicada para el pequeño empresario, sobre todo para el microempresario, que se instala en su propio hogar. Yo discuto tal plazo, porque es demasiado tiempo.
Tocante a este asunto, estimo que deberíamos consultar a algunos alcaldes, pues se trata de un tema estrictamente comunal. En la Comisión Mixta, no sé si se podrá hacer -entiendo que no-, pero sería conveniente consultar a la Asociación Chilena de Municipalidades, porque ésta es una materia que preocupa a los alcaldes. Normalmente, ellos son quienes están promoviendo la generación de microempresas.
En tercer lugar, creo que hay una contradicción entre la letra a) y la b) -agrega un inciso cuarto, nuevo- del artículo 26, porque la primera consigna que estarán afectas a estos beneficios "las microempresas familiares que estén registradas en la municipalidad respectiva". Como puede apreciarse, se está utilizando una expresión verbal muy concreta: "que estén registradas". Por lo tanto, no tendrán acceso a ellos todas las que actualmente no están regularizadas, que son miles, y que ni siquiera se han inscrito en los municipios, porque claramente se circunscribe a "las microempresas familiares que estén registradas". Posteriormente, en el nuevo inciso cuarto, se dice que "el interesado deberá inscribirse en la municipalidad respectiva". Vale decir, abre la posibilidad de que se puedan inscribir, pero no en lo que dice relación a los temas medioambientales y sanitarios, sino que para los efectos de ciertos beneficios de carácter tributario que entrega esta ley.
A mi juicio, hay una contradicción evidente entre tales disposiciones.
Por esas tres razones, considero inadecuado que, como lo señaló un señor Senador, estemos abocados aquí a una tarea que corresponde a la Comisión correspondiente, y sería bueno que, por lo tanto, nos pusiéramos de acuerdo en rechazar algunas de estas normas para permitir su perfeccionamiento en la Comisión Mixta. Insisto en que ojalá pudiéramos consultar a la Asociación Chilena de Municipalidades, o a algún alcalde, para que nos ilustre acerca del funcionamiento de este tipo de empresas en sus respectivas comunas.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Foxley.
El señor FOXLEY.-
Señor Presidente , quiero apoyar lo que acaba de manifestar el Senador señor Núñez. Estimo que, aun cuando ésta es una excelente iniciativa que contribuirá a disminuir el problema del desempleo en forma muy efectiva, de alguna manera, sin embargo, está imponiendo un exceso de restricciones. Y creo que con dos de ellas, como han dicho varios señores Senadores: las que atañen al capital y a las normas ambientales y sanitarias normales, estamos marcándonos un autogol, porque vamos a terminar implementando una iniciativa que será frenada a nivel burocrático, como ocurre con muchas de las destinadas a los pequeños empresarios.
Por lo tanto, pienso que es mejor darse un tiempo y elaborar normas más flexibles que, a posteriori, cuando haya transgresiones, impongan las sanciones del caso, evitando tener que pasar por el trámite de CONAMA, COREMA , o lo que sea.
Eso es todo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente , entiendo que hay cierto criterio bastante mayoritario en cuanto a enviar la iniciativa a Comisión Mixta, como se desprende de las palabras del señor Presidente , que es uno de sus autores, por lo cual sólo pretendo aclarar algunos puntos.
Lo que estamos discutiendo, si Sus Señorías me permiten, es la modificación de la Cámara de Diputados en el sentido de agregar, en el artículo 26, después del inciso segundo, que dice: "La Municipalidad estará obligada a otorgar la patente respectiva, sin perjuicio de las limitaciones relativas a la zonificación...", etcétera, la disposición que establece lo siguiente: "Con la salvedad de las empresas a las que se aplique el decreto supremo Nº 977, de 1997, del Ministerio de Salud, que aprobó el Reglamento Sanitario de los Alimentos, los organismos encargados de fiscalización de las normas sanitarias...", etcétera.
¿Por qué he dado lectura a esas disposiciones? Porque el decreto supremo Nº 977, de 1997, establece que la producción o importación, elaboración y envase y distribución de venta de alimentos para uso humano deberán ceñirse a las disposiciones del Reglamento Sanitario de los Alimentos. Es decir, primera cosa que debemos tener clara. Esta limitación que pone la Cámara Baja se refiere única y exclusivamente a esta parte de las empresas familiares, y no a otra. Segundo, se ha tocado el tema de quién controla. Al tenor de tales disposiciones y de las que con posterioridad han abordado este tipo de cosas, controla el Servicio de Salud. Así de claro. Por lo tanto, el temor de que en esta materia intervenga la COREMA u otro organismo, aunque sea posteriormente, lo considero una exageración.
Estoy de acuerdo en que vaya a Comisión, pero sólo quería hacer una advertencia en cuanto a que no nos equivoquemos en lo que estamos haciendo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Me permito formular una proposición a la Sala para poder avanzar en el tema.
Concuerdo en que ojalá logremos despachar una buena ley, porque es loable su objetivo. ¿Por qué entonces no rechazamos las modificaciones que propone la Cámara de Diputados en el artículo 26 e insistimos en nuestro criterio, a fin de compatibilizar en la Comisión Mixta la disposición de la Cámara con la del Senado en cuanto al problema de los controles? Desde ya, la del Senado no eximía a las empresas familiares de las normas del Reglamento Sanitario de los Alimentos. Eso siempre se mantuvo, como una norma de precaución mínima, pero no incluía los términos ambientales y otros que, como aquí se teme, pudieran transformarse en una gran burocracia que impida su funcionamiento.
En cuanto al monto del capital, es necesario aclarar que debe ser suficiente o acordar al respecto cierta flexibilidad.
Creo que el Presidente de la Comisión de Economía del Senado, el Honorable señor Novoa , podría citar a la Comisión Mixta con urgencia y resolver así esta situación.
¿Habría acuerdo en tal sentido?
Tiene la palabra el Honorable señor Bombal.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente, en principio, no hay ninguna duda de que el planteamiento es positivo, y sólo quiero agregar un dato al respecto.
En un estudio que realizamos hace un tiempo con el Diputado señor Jaime Orpis , analizando precisamente el tema de las microempresas, se llegó a la conclusión de que los microempresarios, en promedio, debían realizar cincuenta y seis trámites para constituir en su casa incluso una fábrica de ropa de guaguas. Tal número incluye trámites ante las municipalidades, Ministerios, y otros organismos, para contar con las boletas correspondientes y otras exigencias. Y el costo que significaba para estos microempresarios era del orden de los 600 a 700 mil pesos. El estudio abarcó varios rubros, desde pequeñas instalaciones metalmecánicas hasta personas que confeccionaban ropa de guaguas para exportarla a Nueva Zelandia.
Debemos tener presente, en todo caso, que los criterios que aquí se plantean son muy buenos, pero hay toda una legislación que pesa sobre los microempresarios y que no sólo se limita al tema municipal o al medioambiental, sino que los afecta de distintos ángulos, como las de la factibilidad eléctrica, alcantarillado y agua potable. Cincuenta y seis trámites a lo menos, muchos de ellos completamente inútiles. Por ejemplo, a una fábrica de tejidos y ropa de guagua se le pedía factibilidad de alcantarillado y agua, porque si no era imposible el desarrollo de su actividad.
En consecuencia, en la Comisión Mixta debe analizarse la posibilidad de dotar de mayor flexibilidad al municipio y de revisar en lo posible otro tipo de normas que seguramente van a aparecer de todas maneras al momento de tramitarse.
Finalmente, dejar aquí también en evidencia -al parecer hay consenso en este sentido de parte de todos los señores Senadores- que todos estos trámites en la COREMA y en todas estas oficinas medioambientales se van traduciendo en un gran freno al desarrollo económico. Es una materia que merece ser examinada, no con cargo a este proyecto, porque no cabe la menor duda de que estos estudios de impacto ambiental se están transformando en un gran obstáculo para la reactivación del país. No digo que no se hagan, pero tal vez haya que mirar un poco qué está ocurriendo en ese sector, que definitivamente se está constituyendo en uno de los factores que más está contribuyendo a que muchas iniciativas no puedan ser desarrolladas.
Me parece que hay coincidencia entre varios señores Senadores en que el tema medioambiental así manejado, es complejo.
El señor SILVA.-
¿Me concede una interrupción, señor Senador?
El señor BOMBAL.-
Con la venia de la Mesa, con todo agrado.
El señor SILVA.-
Señor Presidente , sólo quiero informar al señor Senador y al Honorable Senado que precisamente mañana se van a reunir extraordinariamente las Comisiones de Gobierno y de Constitución, Legislación y Justicia, para estudiar el proyecto de ley que establece plazo para el procedimiento administrativo y regula el silencio administrativo, que ha presentado el Ejecutivo y al cual me permití hacer una indicación para reemplazarlo en su totalidad. Esta materia se va a estudiar mañana con suma urgencia y, a mi juicio, contribuirá a disipar en gran parte la inquietud que Su Señoría expone desde el punto de vista de la eliminación de aspectos burocráticos en esta materia y en otras.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente , estando el Honorable señor Silva de garante, me parece óptimo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ríos.
El señor RÍOS.-
Señor Presidente , también es indispensable observar que en realidad se trata de un buen proyecto -todos estamos de acuerdo en ello-, pero que toda su normativa, sin excepción, está dirigida al área urbana. Sin embargo, debe considerarse que en el sector rural existen características físicas distintas. Evidentemente, la pequeña o la mediana empresa rural no se realiza al interior de la casa, sino en una construcción anexa a ella, distinta, partiendo desde las actividades más modestas. Un campesino que quiera instalar un gallinero no lo hará dentro de su hogar. Además, tendrá un capital bastante menor que los que puedan existir en otras microempresas de ciudades que pueden contar con algunas instalaciones técnicas mayores.
Entonces, en el concepto de microempresa familiar destinada a la fabricación de bienes o a la prestación de servicios de cualquier especie, -donde quedan excluidos aquellos considerados peligrosos, contaminantes-, cualquier lugar puede servir para ello; pero el término "molestos" y otras cosas más deben de tener alguna connotación distinta en el campo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para aceptar la proposición hecha por la Presidencia?
Acordado.
El proyecto pasaría a Comisión Mixta.
Si le parece a la Sala, se nombrará como representantes del Senado en ella a los miembros de la Comisión de Economía.
Acordado.
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