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- rdf:value = " ENVÍO DE PROYECTO DE LEY SOBRE CONDONACIÓN DE INTERESES Y MULTAS DE IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES ADEUDADAS.
El señor SILVA ( Vicepresidente ).-
El señor Secretario dará lectura al primer proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 324, de los diputados señores Prieto, Urrutia, Pérez, don Aníbal; Espinoza, Hales, García, Kuschel, Accorsi, Bauer y Pérez, don Víctor.
“Considerando:
Que en el año 1984 se dictó la ley N° 18.837, por la cual se permitía a los contribuyentes que hubiesen reclamado en contra de las liquidaciones o giros practicados por el Servicio de Impuestos Internos, acogerse a la condonación equivalente al 100% de los intereses y multas por concepto de atraso en su declaración y pago, todo ello comprendido en el juicio pertinente.
Que esa misma ley condonaba a los contribuyentes el 50% del impuesto adeudado y el 50% de los reajustes respectivos. En ambas hipótesis, el legislador establecía que tales beneficios podían hacerse efectivos siempre y cuando no existiera sentencia de término a su respecto.
Que, por su parte, el Servicio de Impuestos Internos efectuaba un giro provisional de la parte no condonada del impuesto y del reajuste pertinente, la cual era pagada dentro del plazo de sesenta días, desde la publicación de la norma en comento. Por su lado, a favor del contribuyente que se acogía a estos beneficios y pagaba dentro de plazo, operaba una transacción judicial entre las partes. Pero lo meritorio de la ley era que esta transacción se realizaba por el solo ministerio de la ley, lo que permitía a los contribuyentes celebrar, respecto de esta transacción, convenios de pago entre ellos y el acreedor (Fisco), lo cual facilitaba, sin duda alguna, recaudar esos recursos para el Estado de manera más rápida y real.
Que, según los antecedentes de lo ocurrido en la ciudad de Talca con esta ley, existían aproximadamente cuatrocientas causas en la Corte de Apelaciones, sin considerar los procesos incoados en primera instancia. Luego de publicada la ley y habiendo corrido los plazos fijados, se solucionó el 80% de estos juicios. No obstante, al desconocerse los datos a nivel nacional, en la actualidad, según lo informado por la prensa, hay seis mil procesos por este mismo motivo en las Cortes de Apelaciones del país, obviamente sin considerar las causas tramitadas en primera instancia, lo que aumentaría considerablemente su número.
Que, por estas razones y siguiendo un viejo adagio jurídico que dispone que ’al existir una misma razón necesariamente debe existir una misma disposición’, es absolutamente lógico preguntarse por qué motivos no se podría dictar una nueva ley con los mismos beneficios, lo cual supondría de manera evidente un beneficio directo e inmediato para las partes; una desconcentración de causas en las Cortes de Apelaciones, y dineros frescos para el Fisco, al hacerse efectivos nuevos y reales convenios de pago.
Que esto posibilitaría a los contribuyentes actualmente en litigio resolver de manera efectiva y real sus problemas tributarios, seguir llevando a cabo sus faenas de manera más eficiente, de acuerdo con su capacidad económica, y acceder a nuevos créditos en la banca, lo que, por esta situación tributaria, les está vedado.
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar al señor ministro de Hacienda que se sirva estudiar la viabilidad técnica y financiera de remitir al Congreso Nacional un proyecto de ley mediante el cual se condonen los intereses y las multas por impuestos y contribuciones adeudados, para con ello permitir que los juicios que mantiene el Fisco con los contribuyentes se transformen, en la práctica, en dineros frescos percibidos de manera inmediata a través de los convenios de pago, y no en futuros y lejanos recursos que, en ningún caso, tiene asegurados.”
El señor SILVA ( Vicepresidente ).-
Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor René Manuel García.
El señor GARCÍA (don René Manuel) .-
Señor Presidente , el diputado Pablo Prieto me encargó leer su defensa del proyecto de acuerdo, debido a que no puede estar presente en la Sala por problemas familiares.
El proyecto de acuerdo tiene dos objetivos bastante definidos.
En primer lugar, se pretende entregar una solución legal a miles de contribuyentes que actualmente se encuentran demandados por el Servicio de Impuestos Internos por haber efectuado el reclamo pertinente en contra de las liquidaciones o giros practicados por esa institución.
En 1984 se dictó la ley N° 18.837, que permitió a estos contribuyentes acogerse a una condonación equivalente al ciento por ciento de los intereses y multas giradas, y condonó el 50 por ciento del impuesto adeudado a su correspondiente reajuste.
Además, lo más relevante es que permitió establecer convenios de pago por el saldo adeudado, lo que constituía una solución justa, conveniente y, sobre todo, pagable, tanto para los intereses del fisco como para los de los contribuyentes.
En efecto, la ley destrabó ese año cuatrocientas causas judiciales sólo en la ciudad de Talca, lo que permitió que cientos de pequeños y medianos contribuyentes por fin pudieran acceder a nuevos créditos, lo que a su vez les posibilitó seguir realizando su actividad económica de manera normal.
Según información actualizada, aproximadamente 6 mil causas de esta naturaleza se están tramitándo en las cortes de apelaciones del país. El fisco no tiene certeza del tiempo que demorarán en llegar a término ni cuáles tendrán sentencia favorable para sus intereses, etcétera.
El Ministerio de Hacienda debiera estudiar los beneficios de una iniciativa de esta naturaleza para el fisco y para los 6 mil contribuyentes, así como buscar mecanismos justos y eficientes en la solución de conflictos de índole tributario.
Quiero reafirmar que la intención del proyecto de acuerdo no es favorecer la irresponsabilidad del contribuyente. Por el contrario, sólo busca, por una parte, desentrabar a los tribunales de justicia y establecer convenios de pago posibles de cancelar por los contribuyentes, con lo que el Estado contará con dineros actuales y no futuros e, incluso, inciertos y, por otra parte, busca dar el impulso definitivo a los pequeños y medianos contribuyentes para que puedan seguir desarrollando su actividad económica de manera normal y eficiente.
Por eso, resulta fundamental la aprobación de un proyecto de ley que condone las multas e intereses de los impuestos y las contribuciones adeudadas, dado que es fundamental para el desarrollo de la pequeña y mediana empresa.
Si se aprueba la iniciativa, los pequeños empresarios tendrán derecho a optar nuevamente a créditos, lo que no pueden hacer en la actualidad. Además, el fisco recaudará dineros de inmediato, porque la gente podrá pagar su deuda.
He dicho.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
Para hablar en contra del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Waldo Mora.
El señor MORA.-
Señor Presidente, este es un proyecto interesante para los pequeños y medianos empresarios e, incluso, para algunos particulares afectados por el sistema de cobranzas.
Sin embargo, no es adecuado utilizar como argumento que en 1984 se dictó la ley N° 18.837. En esa oportunidad no sólo se debieron condonar los intereses, sino también el capital, porque el país nunca había sufrido una crisis económica tan grave como la que ocurrió entre los años 1982 y 1983, que quebró al país. A raíz de eso, el gobierno de la época tuvo que salvar, a través del Banco Central, a los grandes grupos económicos y a las grandes empresas, entre los que se encontraban los bancos, los cuales, hasta el día de hoy, son los grandes beneficiados, porque les restan aproximadamente treinta años para pagar sus carteras vencidas, lo que constituyó un regalo que se les hizo en nombre de todos los chilenos.
Hoy se tiene que estudiar a fondo una solución al grave problema tributario de miles y miles de chilenos, especialmente de las pequeñas y medianas empresas, que les permita obtener, hasta un monto determinado de deuda, una condonación total de intereses y multas, y una negociación que les permita, caso a caso, la misma flexibilidad de pago que se otorgó a los grandes grupos económicos de los años 1982-1983.
Pero no me parece justo presentar un proyecto de este tipo para pedir al Gobierno una condonación a “fardo cerrado”, porque la situación económica del país, cuyos índices señalan que se producirá un crecimiento y una reactivación, permite que se distinga entre los que han sido víctimas de la crisis que se vivió en los últimos cinco años, producto de una mala evaluación de la crisis asiática, que trajo como consecuencia que las pequeñas y medianas empresas, y grandes contribuyentes estén liquidados al día de hoy.
Por lo tanto, estando de acuerdo con el fondo, pero no con la forma, voy a votar en contra.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra para hablar en contra del proyecto.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 49 votos; por la negativa, 10 votos. No hubo abstenciones.
El señor SILVA (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Alvarado, Álvarez, Araya, Barros, Bauer, Becker, Bertolino, Cardemil, Correa, Cristi (doña María Angélica), Díaz, Egaña, Forni, Galilea (don Pablo), Galilea (don José Antonio), García (don René Manuel), García-Huidobro, Girardi, Hales, Hernández, Ibáñez (don Gonzalo), Jeame Barrueto, Kast, Kuschel, Leay, Letelier (don Felipe), Longton, Melero, Molina, Monckeberg, Moreira, Norambuena, Ojeda, Palma, Paya, Pérez (don Aníbal), Pérez (don Ramón), Pérez (doña Lily), Pérez (don Víctor), Rojas, Saa (doña María Antonieta), Salaberry, Tuma, Ulloa, Urrutia, Valenzuela, Varela, Venegas y Von Mühlenbrock.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Burgos,Bustos, Caraball (doña Eliana), Encina, Letelier (don Juan Pablo), Montes, Mora, Ortiz, Rossi y Villouta.
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