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- rdf:value = " AUTORIZACIÓN PARA COMPENSAR DÍAS DE DESCANSO EN JORNADA DE TRABAJO. Modificación del Código del Trabajo y del Estatuto Administrativo. Segundo trámite constitucional.
El señor SILVA ( Vicepresidente ).-
Corresponde conocer, en segundo trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica el Código del Trabajo y el Estatuto Administrativo a fin de permitir acuerdos en materia de descanso en la jornada de trabajo.
Diputado informante de Comisión de Trabajo y Seguridad Social es el señor Javier Hernández.
Antecedentes:
-Proyecto del Senado, (boletín N° 3041-13), sesión 34ª, en 28 de agosto de 2003. Documentos de la Cuenta Nº 4.
-Informe de la Comisión de Trabajo, sesión 11ª, en 28 de octubre de 2003. Documentos de la Cuenta Nº 36.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor HERNÁNDEZ.-
Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, paso a informar, en primer trámite reglamentario y segundo constitucional, sobre el proyecto de ley, iniciado en moción del honorable senador señor Andrés Zaldívar , que modifica el Código del Trabajo y el Estatuto Administrativo con el fin de permitir acuerdos en materia de descanso semanal.
Dicha moción se enmarca en la discusión que se ha desarrollado en los últimos años en torno de la extensión de la jornada de trabajo, de sus particularidades y de su relación con las nuevas y especiales formas de empleo que han surgido como consecuencia de los acelerados cambios económicos de los últimos tiempos.
Asimismo, esta discusión se ha visto enriquecida por las constantes demandas de los trabajadores y profesionales en orden a disponer de mayor tiempo para dedicarlo a labores familiares, al contacto con los hijos y a diversas actividades sociales y culturales, en el entendido de que ello, hoy, forma parte importante de los elementos de caracterización de una buena calidad de vida.
Los hitos más importantes de la presente materia han sido, sin duda, la rebaja de 48 a 45 horas semanales de la jornada legal ordinaria, que regirá a partir de 2005, y, además, la presentación por parte del Ejecutivo del proyecto de fomento al empleo y la productividad, que consigna un capítulo a las jornadas pactadas más allá de las alternativas del Código del ramo.
La moción en estudio, de esta forma, viene a complementar esta discusión en el sentido de hacerse cargo de un fenómeno extendido culturalmente, como es no laborar durante aquellos días ubicados en medio de dos días libres, permitiendo pactar, formalmente, entre trabajadores y empleadores, dicho descanso y las respectivas compensaciones, lo que se encuentra exactamente en la tendencia moderna de adecuar las jornadas de trabajo a las necesidades y requerimientos particulares de cada empresa.
Adicionalmente, la moción extiende esta facultad a los trabajadores del sector público, sin que por ello se perjudique el buen servicio de las diferentes reparticiones en las que esta medida se pueda aplicar, entendiéndose que puede tratarse de un pacto exitoso entre la dirección de cada servicio y la respectiva asociación de funcionarios.
El proyecto en informe no considera normas que revistan la calidad de orgánicas constitucionales o de quórum calificado.
En la discusión en general, los señores miembros de la Comisión manifestaron su conformidad con la iniciativa legal propuesta, y recalcaron, particularmente, el hecho de que opere sobre la base de acuerdo entre las partes interesadas; esto es, trabajadores o funcionarios y empleadores o jefes superiores de servicio, y que permita regularizar la práctica habitual y razonable, pero sólo de hecho, de otorgar descanso durante los denominados días sandwich.
En la sesión ordinaria del 14 de octubre del año en curso, la Comisión sometió a discusión en particular el proyecto de ley y adoptó los siguientes acuerdos respecto de su articulado:
“Artículo 1º.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código del Trabajo:
“a) Agrégase, a continuación del artículo 35, el siguiente artículo 35 bis, nuevo:
“Artículo 35 bis.- Las partes podrán pactar que la jornada de trabajo correspondiente a un día hábil entre dos días feriados, o entre un día feriado y un día sábado o domingo, según el caso, sean de descanso, con goce de remuneraciones, acordando la compensación de las horas no trabajadas mediante la prestación de servicios con anterioridad o posterioridad a dicha fecha. No serán horas extraordinarias las trabajadas en compensación del descanso pactado.
“Dicho pacto deberá constar por escrito y en él deberá indicarse precisamente los días y horas en que se compensará lo no trabajado en el día de descanso pactado. Tratándose de empresas o faenas no exceptuadas del descanso dominical, en ningún caso podrá acordarse que la compensación se realice en día domingo.”, y
“b) Sustitúyese, en el artículo 36, la frase “en el artículo anterior” por “en los dos artículos anteriores”.
La norma propuesta persigue permitir a los trabajadores solicitar a sus empleadores el otorgamiento de descanso en días hábiles que estén insertos entre dos feriados o entre un feriado y un fin de semana, siempre que se recuperen con otra jornada u horas de trabajo. Dicho pacto deberá constar por escrito, indicándose los días u horas con que se compensará el descanso.
También, se hace expresa mención respecto de que aquellas empresas no exceptuadas del descanso dominical no podrán acordar que la compensación operará un día domingo.
Este artículo fue aprobado por la unanimidad de los diputados presentes en la Comisión.
“Artículo 2º.- Agrégase al artículo 104 de la ley Nº 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo, el siguiente inciso segundo, nuevo:
“Podrán, asimismo, solicitar que los días hábiles insertos entre dos feriados, o un feriado y un día sábado o domingo, según el caso, puedan ser de descanso, con goce de remuneraciones, en tanto se recuperen con otra jornada u horas de trabajo, realizadas con anterioridad o posterioridad al feriado respectivo.”
Este artículo fue aprobado por la unanimidad de los diputados presentes en la Comisión.
Como consecuencia de lo expuesto y por las consideraciones que he dado a conocer, recomiendo la aprobación del siguiente proyecto de ley:
“Artículo 1º.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código del Trabajo:
“a) Agrégase, a continuación del artículo 35, el siguiente artículo 35 bis, nuevo:
“Artículo 35 bis.- Las partes podrán pactar que la jornada de trabajo correspondiente a un día hábil entre dos días feriados, o entre un día feriado y un día sábado o domingo, según el caso, sean de descanso, con goce de remuneraciones, acordando la compensación de las horas no trabajadas mediante la prestación de servicios con anterioridad o posterioridad a dicha fecha. No serán horas extraordinarias las trabajadas en compensación del descanso pactado.
“Dicho pacto deberá constar por escrito y en él deberá indicarse precisamente los días y horas en que se compensará lo no trabajado en el día de descanso pactado. Tratándose de empresas o faenas no exceptuadas del descanso dominical, en ningún caso podrá acordarse que la compensación se realice en día domingo.”, y
“b) Sustitúyese, en el artículo 36, la frase “en el artículo anterior” por “en los dos artículos anteriores”.
“Artículo 2º.- Agrégase al artículo 104 de la ley Nº 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo, el siguiente inciso segundo, nuevo:
“Podrán, asimismo, solicitar que los días hábiles insertos entre dos feriados, o un feriado y un día sábado o domingo, según el caso, puedan ser de descanso, con goce de remuneraciones, en tanto se recuperen con otra jornada u horas de trabajo, realizadas con anterioridad o posterioridad al feriado respectivo.”
Acordado en sesión de fecha 14 de octubre del presente año, con asistencia de la diputada señora Adriana Muñoz D’Albora y de los diputados señores Julio Dittborn Cordua , Javier Hernández Hernández , Nicolás Monckeberg Díaz , Pedro Muñoz Aburto , Edgardo Riveros Marín , Felipe Salaberry Soto , Rodolfo Seguel Molina , Boris Tapia Martínez y Carlos Vilches Guzmán.
Es cuanto puedo informar.
El señor JARPA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Rodolfo Seguel.
El señor SEGUEL.-
Señor Presidente , hoy, 13 de noviembre, es un día especial: los ánimos están bastante buenos, se ha legislado con tranquilidad y, lo que es mejor, en beneficio de los trabajadores chilenos.
No son tan grandes los logros, pero algo hemos conseguido. Como señala el dicho: “el zorzal, de grano en grano, se come un parrón entero”. Poco a poco podemos conseguir beneficios para los trabajadores del país.
Imagino que la gente de las zonas extremas del sur, de Punta Arenas, Aisén, Chiloé, estuvo atenta al programa televisivo de la Cámara mientras legislamos sobre beneficios que favorecen a trabajadores de esas zonas.
El proyecto en análisis, que beneficia a todos los trabajadores del país y ha sido informado pormenorizadamente por el diputado Javier Hernández , se refiere a acuerdos entre trabajadores y empleadores.
Quiero traer a la memoria lo ocurrido en la Sala el año pasado. El 18 y el 19 de septiembre cayeron en días miércoles y jueves, respectivamente, y el 20, en viernes. En esa oportunidad, el diputado Juan Pablo Letelier presentó una moción para declarar feriado el 20. Se suscitó una gran discusión entre empresarios, trabajadores y parlamentarios, unos a favor y otros en contra de la moción. Obviamente hubo muchos a favor.
En esa ocasión agradecí al diputado Juan Pablo Letelier su iniciativa de declarar feriado el 20 de septiembre, día de mi cumpleaños. Sin embargo, expresé que yo prefería que no se hiciera por ley, sino como reconocimiento a nuestra amistad.
En esa oportunidad, no se aprobó el proyecto de ley presentado por el diputado Juan Pablo Letelier. Bienvenido que no se haya aprobado, porque habría sido una iniciativa aplicable por un solo día, durante un solo año.
¿Cómo se podía solucionar el problema? Con su inteligencia y sabiduría, el Presidente del Senado , señor Andrés Zaldivar , encontró la respuesta. Él consignó lo que dijimos acá, en un proyecto muy sencillo, pero profundo, en el cual invita a las partes -trabajadores y empleadores- a buscar acuerdos. Pareciera que de allí naciera la intención política del Gobierno de crear la flexibilidad laboral y de buscar acuerdos laborales. Ojalá, no. Pero el Presidente del Senado , con inteligencia, prepara este proyecto de ley, que dice: “Las partes podrán pactar que la jornada de trabajo correspondiente a un día hábil entre dos días feriados, o entre un día feriado y un día sábado o domingo, según el caso,...”. ¿Qué pasa con quienes trabajan de lunes a sábado? Obviamente, deben ir a su trabajo. Entonces, el Presidente del Senado dijo: “Usted, empleador, y usted, trabajador, lleguen a acuerdo. Ese día sábado no va a trabajar y lo compensa después. Esto deberá constar en un documento escrito, y usted va a venir a trabajar la semana siguiente una hora veinticinco minutos diarios hasta completar las ocho horas”. Inteligente, sensato. Me parece un gran avance legislativo.
Aprobaré esta iniciativa porque soluciona un problema histórico que se venía dando sobre días hábiles en medio de feriados. Felicito al Presidente del Senado por solucionar este problema, que no vamos a tener más, por cuanto el proyecto con toda seguridad se va a aprobar.
Como sé que usted quiere tanto a los trabajadores, señor Presidente , don Exequiel Silva -y cuenta con la asesoría de nuestro gran y eficiente Secretario General de la Cámara , don Carlos Loyola -, tengo la certeza de que entenderá lo que voy a decir a continuación.
Si respecto del primer proyecto que se discutió -una moción, originada en el Senado, sobre los feriados de los funcionarios de las zonas extremas, presentado por el senador José Ruiz de Giorgio -, el Presidente del Senado , asesorado por el Secretario General de esa Corporación lo declaró admisible, obviamente que los senadores de la Comisión de Trabajo no lo pudieran declarar inadmisibles. En efecto, sus integrantes no pudieron ir en contra de la voluntad declarada por el Presidente del Senado sobre la admisibilidad del proyecto.
Pero, a poco andar, se presentó la iniciativa del senador Andrés Zaldívar , sobre un beneficio para los trabajadores. En tal caso, si él lo elaboró, debe saber que es admisible, porque, como Presidente del Senado , no va a presentar un proyecto para luego declararlo inadmisible. La Comisión de Trabajo y Seguridad Social estudió la iniciativa y también la declaró admisible.
Con posterioridad, pasan a tramitación en la Cámara los dos proyectos aprobados en el Senado. El señor Presidente de la Comisión de Trabajo declaró admisible el de las zonas extremas, e igual criterio aplicó el entonces Presidente en ejercicio de la Cámara y actual Vicepresidente, don Exequiel Silva. Pasamos, después, a este segundo proyecto: y el Presidente de la Comisión de Trabajo lo declaró admisible; asimismo, usted, señor Presidente , lo declaró así, y luego, el diputado informante , señor Hernández , presentó una indicación, que hemos firmado con otros diputados.
El proyecto, señor Presidente y señor Secretario , fue declarado admisible en el Senado, desde su tramitación en la Comisión de Trabajo, y, aquí, desde la anterior Presidencia. Quien puede lo más puede lo menos. La iniciativa en estudio establece que los trabajadores que se rigen por el Código del Trabajo podrán negociar estos días con sus empleadores como un beneficio. Y es declarada admisible, lo mismo que la disposición referida a los trabajadores que se rigen por el Estatuto Administrativo. A mayor abundamiento, el Presidente del Senado dice que es admisible, lo mismo que nosotros. Felices.
Ahora, se presenta una indicación del diputado Javier Hernández -que firmé junto con varios otros diputados-, para favorecer con el mismo beneficio a los trabajadores municipales, que se rigen por el artículo 108 del Estatuto Administrativo respectivo. ¿Por qué usted la va a declarar inadmisible, señor Presidente? No lo ha dicho en la Sala; sé que no va a ocurrir, pues espero que nuestro gran Secretario no lo guíe a usted, como Presidente , a declarar inadmisible algo que a todas luces es admisible.
Así lo señalaron el Presidente del Senado y de las comisiones del Senado y de la Cámara. Me extrañaría profundamente si no lo hicieran. Pero como sé que el señor Secretario y usted, señor Presidente , están por la inadmisibilidad, obviamente, lo planteo para que quede registrado en la historia fidedigna de la ley, en el sentido de que no puede ser declarado inadmisible algo que viene siendo declarado admisible. Aun más, al diputado Hernández le quedó gente en el camino: los trabajadores del Congreso Nacional y de la Biblioteca. Si los agregáramos, no creo que alguien se opusiera.
Hago esta defensa, señor Presidente , porque conozco su espíritu, tan positivo para con los trabajadores, a fin de buscar acuerdos que vayan en beneficio del país y, obviamente, de una mejor y más fructífera calidad de vida.
He dicho.
El señor SILVA ( Vicepresidente ).-
Señor diputado , no sab��a que aparte de sus vastos conocimientos en torno de las leyes laborales, tenía, además, capacidades telepáticas, porque no he pensado en declararla inadmisible.
Tiene la palabra el diputado señor Vilches.
El señor VILCHES.-
Señor Presidente , el proyecto aprobado en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, que modifica el Código del Trabajo y el Estatuto Administrativo, se enmarca, sin duda, dentro del mejoramiento de la relación existente entre trabajadores y empresarios. Aprobar la posibilidad de pactar estos días de descanso semanal en días hábiles que estén dentro de dos feriados o anteriores a un día sábado, es una manera de flexibilizar las normas entre los empresarios y trabajadores Por lo tanto, es necesario que la Sala apruebe el proyecto.
La discusión de la iniciativa ha sido enriquecida con las constantes demandas de trabajadores y profesionales en orden a disponer de mayor tiempo para dedicarlo a las relaciones familiares, al contacto con los hijos y diversas actividades sociales y culturales, en el entendido de que ello hoy forma parte importante de los elementos que caracterizan una buena calidad de vida. Como ésa es la idea central, apoyamos con entusiasmo el proyecto. Sin duda, es para todos los trabajadores que se rigen por el Código del Trabajo y el Estatuto Administrativo. Obviamente, los de algunas empresas privadas se rigen por distintos estatutos, pero normalmente este tipo de proyectos, que benefician a los trabajadores públicos, sirven de referente a la empresa privada para hacerlo extensivo a su personal.
El artículo 1º -como bien dijo el diputado informante - agrega un artículo 35 bis, nuevo, el cual permite pactar “que la jornada de trabajo correspondiente a un día hábil entre dos días feriados, o entre un día feriado y un día sábado o domingo, según el caso, sean de descanso, con goce de remuneraciones, acordando la compensación de las horas no trabajadas mediante la prestación de servicios con anterioridad o posterioridad a dicha fecha”, excepto el domingo, a fin de recuperar esas horas de trabajo.
Por eso, los diputados integrantes de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social lo aprobamos y lo mismo haremos ahora como diputados de Renovación Nacional.
He dicho.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
Ha terminado el Orden del Día.
El señor LETELIER (don Juan Pablo).-
Señor Presidente, pido que consulte a la Sala para que dos diputados podamos hacer uso de la palabra hasta que lleguen los demás colegas y procedamos a votar.
El señor SILVA ( Vicepresidente ).-
Solicito la unanimidad de la Sala para otorgarle la palabra a los diputados Javier Hernández y Juan Pablo Letelier.
¿Hay acuerdo en tal sentido?
Acordado.
Tiene la palabra el diputado Javier Hernández.
El señor HERNÁNDEZ.-
Señor Presidente , este proyecto, conocido comúnmente en Chile como el del “día sandwich”, viene a recoger un hecho natural. Los días denominados sandwichs funcionan como consecuencia de la naturaleza humana. El proyecto recoge esta realidad y la ordena.
Esta iniciativa va en el sentido correcto porque dará libertad a los sindicatos y a los empleadores para pactar una situación que les es común. Algunas empresas podrán hacerlo, pero otras estarán impedidas por su naturaleza, por lo que tendrán que llegar a un acuerdo.
También es positivo el hecho de que el beneficio se amplíe a los funcionarios fiscales. Sin embargo, no incluye a los funcionarios municipales. En consecuencia, varios diputados integrantes de la Comisión de Trabajo hemos presentado una indicación, solicitando que se les incorpore.
Es de sentido común que la Mesa acoja esta indicación, porque no es posible legislar para todos los trabajadores de Chile y dejar fuera a los funcionarios municipales, sobre todo cuando esto no significa un beneficio, sino sólo reconocer una costumbre entendible. Los funcionarios municipales también se toman “días sandwichs” junto con sus jefes. Por lo tanto, no reconocerlo en esta ley sería prácticamente algo irracional.
No creo que esto se vaya a interpretar mal ni que algún parlamentario se oponga a que esos funcionarios sean incorporados.
Esta indicación contará con el apoyo de los parlamentarios de la UDI y, espero, de los demás señores diputados.
He dicho.
El señor SILVA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado Juan Pablo Letelier.
El señor LETELIER (don Juan Pablo).-
Señor Presidente , no cabe duda de que, cuando hace un tiempo se produjo una polémica respecto del cumpleaños del diputado Seguel , el 20 de septiembre, que caía precisamente en una fecha como la que aquí se describe, el propósito era no sólo rendir honor a su madre, más que a él, sino, por sobre todo, dejar constancia del hecho de que cuando se producen estos “días sandwichs” baja la productividad, aumenta el ausentismo laboral y ocurre una situación de discriminación, porque algunos sectores se pueden tomar esos días que caen entre un feriado y un descanso dominical, pero otros no lo pueden hacer.
Sin duda, esta iniciativa legal recoge el espíritu del debate que tuvo lugar cuando, junto a otros colegas, propusimos que por ley se declarara feriado ese día.
La iniciativa es muy importante en términos de materializar las dimensiones positivas y creativas de la flexibilidad laboral. En lo personal, no tengo ninguna oposición ideológica a la flexibilidad ni a la adaptabilidad laboral, siempre que ello vaya de la mano, como dice la OIT, con la seguridad de las personas que tienen que vender su fuerza de trabajo para sustentar a sus familias. Es decir, siempre que exista una situación de igualdad cuando se genere esta flexibilidad.
El proyecto también recoge esa idea, por cuanto se trata de acuerdos pactados. Sólo agregaría dos cosas para complementarlo. En primer lugar, comparto plenamente lo señalado por los miembros de la Comisión de Trabajo, especialmente por el diputado señor Hernández , quien me antecedió en el uso de la palabra, de que los grandes ausentes son los trabajadores municipales y los contratados por la administración pública, que se rigen por contratos de trabajo. Lo mismo sucede con los trabajadores no docentes, que son más de 40 mil, y con muchas personas que trabajan en el aparato del Estado, como en la salud o en otros sectores, quienes, por tener un contrato privado o estar regidas por el Código del Trabajo pueden quedar fuera si no redactamos adecuadamente el texto. El espíritu es que todos los trabajadores puedan pactar este beneficio.
Adicionalmente, quiero llamar la atención con respecto del inciso segundo del artículo 35 bis del proyecto que señala: “Dicho pacto deberá constar por escrito y en él deberá indicarse precisamente los días y horas en que se compensará lo no trabajado en el día de descanso pactado”. Estoy absolutamente de acuerdo con que el pacto debe constar por escrito, pero creo innecesaria la frase que sigue respecto de la compensación. Es más, puede generar dificultades o distorsiones indeseadas, por lo que considero que está absolutamente de más, pues es parte del acuerdo entre el trabajador y el empleador. Lo importante es que quede por escrito cómo se va a compensar ese día. Por ejemplo, una empresa grande, que tiene muchos trabajadores, tendrá que inventar algo que quizás no se respete. Estimo que se está imponiendo una exigencia innecesaria a la relación laboral.
En consecuencia, propongo una indicación, para eliminar que la compensación debe quedar por escrito, del siguiente tenor: “Dicho pacto deberá constar por escrito cómo se compensará lo no trabajado en el día de descanso pactado”. El resto del inciso conservaría su actual redacción. Esto impediría rigidizar un mecanismo de flexibilidad, en el cual estamos todos de acuerdo.
Señor Presidente , la bancada del Partido Socialista respaldará el proyecto, ya que recoge el espíritu de la propuesta que presentamos el año pasado. Estamos muy contentos porque la iniciativa garantiza la flexibilidad y la seguridad a los trabajadores.
He dicho.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Pablo Galilea para plantear un asunto reglamentario.
El señor GALILEA (don Pablo).-
Señor Presidente , de acuerdo con el inciso final del artículo 130 del Reglamento, solicito omitir el segundo informe de la comisión técnica.
El señor SILVA ( Vicepresidente ).-
Lo mencionaré inmediatamente, señor diputado.
Cerrado el debate.
En votación el proyecto en segundo trámite constitucional, que modifica el Código del Trabajo y el Estatuto Administrativo para permitir acuerdos en materia de descanso en la jornada de trabajo.
Conforme con el acuerdo de la Sala, primero se votará en general y, posteriormente, en particular, porque se han presentado indicaciones.
En votación en general el proyecto.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 68 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor SILVA ( Vicepresidente ).-
Aprobado en general.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi, Aguiló, Álvarez, Álvarez-Salamanca, Ascencio, Barros, Bauer, Bayo, Becker, Bertolino, Burgos, Bustos, Caraball (doña Eliana), Cristi (doña María Angélica), Díaz, Dittborn, Egaña, Espinoza, Forni, Galilea (don Pablo), Galilea (don José Antonio), Girardi, González (don Rodrigo), Guzmán (doña Pía), Hales, Hernández, Ibáñez (don Gonzalo), Jaramillo, Jarpa, Jeame Barrueto, Kast, Kuschel, Leay, Letelier (don Juan Pablo), Letelier (don Felipe), Luksic, Martínez, Melero, Mella (doña María Eugenia), Monckeberg, Mora, Muñoz (doña Adriana), Norambuena, Ojeda, Olivares, Ortiz, Prieto, Quintana, Recondo, Riveros, Rojas, Rossi, Saffirio, Salaberry, Sánchez, Seguel, Silva, Tapia, Tarud, Tuma, Ulloa, Uriarte, Urrutia, Venegas, Vilches, Villouta, Von Mühlenbrock y Walker.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
El señor Secretario va a dar lectura a la indicación.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
La primera indicación es del diputado Juan Pablo Letelier para suprimir en el inciso segundo del artículo 35 bis, propuesto en el artículo 1° del proyecto, la frase “y en él deberá indicarse precisamente los días y horas en que se compensará lo no trabajado en el día de descanso pactado”.
El señor SILVA ( Vicepresidente ).-
En votación la indicación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 33 votos; por la negativa, 24 votos. Hubo 5 abstenciones.
El señor SILVA ( Vicepresidente ).-
Aprobada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi, Aguiló, Álvarez-Salamanca, Barros, Bauer, Bustos, Díaz, Dittborn, Espinoza, Girardi, González (don Rodrigo), Hales, Hernández, Jaramillo, Jeame Barrueto, Letelier (don Juan Pablo), Letelier (don Felipe), Mora, Muñoz (don Pedro), Muñoz (doña Adriana), Prieto, Quintana, Recondo, Rossi, Salaberry, Sánchez, Tarud, Tuma, Ulloa, Uriarte, Urrutia, Venegas y Von Mühlenbrock.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Bayo,Bertolino, Burgos, Caraball (doña Eliana), Cristi (doña María Angélica), Egaña, Galilea (don Pablo), Galilea (don José Antonio), Guzmán (doña Pía), Kast, Kuschel, Leay, Luksic, Mella (doña María Eugenia), Monckeberg, Olivares, Ortiz, Riveros, Saffirio, Seguel, Tapia, Vilches, Villouta y Walker.
-Se abstuvieron los diputados señores:
Álvarez, Forni, Melero, Rojas y Silva.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
El señor Secretario va a dar lectura a la siguiente indicación.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
La siguiente indicación es de los diputados señores Hernández, Uriarte, Dittborn, Ascencio, Seguel y Salaberry, para agregar un artículo 3° al proyecto del siguiente tenor:
“Agréguese el siguiente inciso segundo al artículo 108 de la ley Nº 18.883, Estatuto Administrativo, para funcionarios municipales:
“Los funcionarios municipales podrán solicitar que los días hábiles insertos entre dos días feriados, o un feriado y un día sábado o domingo, según el caso, puedan ser de descanso, con goce de remuneraciones, en tanto se recuperen con otra jornada u horas de trabajo, realizadas con anterioridad o posterioridad al feriado respectivo.”
El señor SILVA ( Vicepresidente ).-
En votación la indicación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 53 votos; por la negativa, 3 votos. No hubo abstenciones.
El señor SILVA ( Vicepresidente ).-
Aprobada.
Despachado el proyecto.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi, Aguiló, Álvarez, Ascencio, Barros, Bauer, Bayo, Bertolino, Caraball (doña Eliana), Cristi (doña María Angélica), Díaz, Dittborn, Egaña, Forni, Galilea (don Pablo), Galilea (don José Antonio), González (don Rodrigo), Guzmán (doña Pía), Hernández, Jaramillo, Jeame Barrueto, Kast, Kuschel, Leay, Letelier (don Juan Pablo), Letelier (don Felipe), Luksic, Martínez, Melero, Mella (doña María Eugenia), Monckeberg, Mora, Norambuena, Ojeda, Olivares, Ortiz, Prieto, Quintana, Recondo, Riveros, Rojas, Saffirio, Salaberry, Sánchez, Seguel, Tapia, Ulloa, Uriarte, Urrutia, Vargas, Venegas, Von Mühlenbrock y Walker.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Hales, Muñoz (doña Adriana) y Tuma.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Rodolfo Seguel.
El señor SEGUEL.-
Señor Presidente , sólo quiero dejar establecido que lo que acabamos de votar a favor es exactamente lo mismo que propuso el diputado Sergio Aguiló respecto del proyecto anterior, ocasión en la cual se declaró inadmisible su indicación, que tenía por objeto extender el beneficio indicado a los trabajadores del sector privado.
En este caso, se modifica el Código del Trabajo y el Estatuto Administrativo, de acuerdo con la moción presentada por el senador Andrés Zaldívar.
Lo señalo sólo para dejar testimonio de la dualidad de criterios que se aplican ante los mismos ejercicios legislativos.
He dicho.
El señor SILVA ( Vicepresidente ).-
La Sala adoptó la decisión de la admisibilidad de la indicación.
Despachado el proyecto.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/654349
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/654349/seccion/akn654349-po1
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/3041-13