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- rdf:value = " RESTABLECIMIENTO DE FACULTAD AL SERVICIO NACIONAL DE MENORES PARA HACERSE PARTE EN PROCESOS POR PEDOFILIA. Primer trámite constitucional.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
Corresponde conocer, en primer trámite constitucional, el proyecto que restablece la facultad del Servicio Nacional de Menores para hacerse parte en los procesos por pedofilia.
Diputada informante de la Comisión de Familia es la señora María Eugenia Mella.
Antecedentes:
-Moción, boletín Nº 3271-18, sesión 12ª, en 2 de julio de 2003. Documentos de la Cuenta Nº 3.
-Informe de la Comisión de Familia, sesión 3ª, en 2 de octubre de 2003. Documentos de la Cuenta Nº 1.
El señor SILVA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora María Eugenia Mella.
La señora MELLA (doña María Eugenia) .-
Señor Presidente , informo sobre el proyecto de ley, en su primer trámite constitucional y originado en una moción presentada por el diputado Patricio Walker , que restablece la facultad del Servicio Nacional de Menores para hacerse parte en procesos por pedofilia.
Entre los antecedentes legales, cabe destacar que la ley Nº 19.806, publicada en el Diario Oficial el 31 de mayo de 2002, que dictó normas adecuatorias del sistema legal chileno a la reforma procesal penal, derogó, mediante su artículo 37, el inciso segundo del artículo 33 de la ley Nº 16.618, que permitía la participación del Sename, ex Consejo Nacional de Menores, en dichos procesos, por intermedio de sus jefes o apoderados.
Otro aspecto legal importante es que el artículo 53 del Código Procesal Penal clasifica la acción penal en pública o privada. La pública es ejercida de oficio por el Ministerio Público, y siempre debe realizarse en el caso de delitos cometidos contra menores de edad.
Entre los aspectos legales por destacar, aparecen, en la página Nº 2 del informe, los derechos de la víctima; en este caso, en lo referente a la querella, cuando ella es menor de edad, su representante legal o la persona autorizada por la ley debe asumir la responsabilidad o hacerse parte en el proceso.
Por lo tanto, la moción da cuenta de que en las regiones en las que aún no rige el nuevo sistema procesal penal, el Sename continúa con la facultad que existía antes de la reforma, sobre la base de la aplicación del artículo 111 del Código Procesal Penal. Asimismo, expresa que en regiones en que sí se ha implementado este nuevo procedimiento penal, los juzgados han permitido que el Sename se haga parte en la presentación de querellas, tratándose de delitos sexuales cometidos contra menores de edad.
No obstante, en la Cuarta Región se ha hecho una interpretación restrictiva del citado artículo 111, con lo cual si ha inhabilitado al Sename. En efecto, aun cuando en algunos casos la Fiscalía Regional ha autorizado la participación de dicho Servicio, la Corte de Apelaciones la ha revocado.
En consecuencia, a juicio del autor, esta interpretación evidencia la necesidad de restablecer la facultad mencionada. Nada asegura que en el futuro, en otras regiones y cuando se aplique el nuevo Código Procesal Penal, no se aplique restrictivamente el artículo 111, con perjuicio para los intereses de los niños víctimas de atentados sexuales, la mayoría de ellos cometidos por sus padres o sus representantes legales, por lo cual quedarían en la más completa indefensión.
Quiero destacar que, por datos entregados por el Sename, en más del 60 por ciento de estos casos el agresor pertenece al grupo familiar, y que la facultad de dicho Servicio para hacerse parte en estos juicios queda al criterio de cada tribunal. Por esa razón, la Comisión de Familia, que comparten todos los objetivos de la moción, aprobó por unanimidad la idea de legislar. Consecuentemente, en la discusión en particular propuso una indicación sustitutiva del proyecto, la que considera dos artículos: un artículo 1º, que introduce un nuevo inciso segundo en el artículo 33 de la ley Nº 16.618, reconociendo que éste no está derogado completamente, sino sólo su inciso 2º. Se restituye, así, la facultad del Sename de actuar en las querellas por delitos sexuales en contra de menores.
En un artículo 2º, modifica la ley orgánica del Sename, de manera de incorporar como función específica de éste la de deducir querella por la comisión del delito en comento.
En consideración de lo anterior, los diputados señores Walker , Becker , Kast y Urrutia , y las diputadas señoras Mella , Saa y Vidal formularon la indicación sustitutiva, la cual fue aprobada por votación unánime en la Comisión de Familia.
Cabe hacer presente que el proyecto no contiene artículos que posean rango de ley orgánica constitucional de quórum calificado, y que no hay materias que deban ser conocidas por la Comisión de Hacienda.
He dicho.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Quintana.
El señor QUINTANA.-
Señor Presidente , nos encontramos ante un proyecto que favorece claramente nuestra convivencia, impactada en las últimas semanas por hechos que todos conocemos y que se han calificado con el nombre genérico de pedofilia, aunque en sentido estricto corresponde a varios tipos de delitos que afectan principalmente a menores. En efecto, este proyecto, originado en moción del diputado señor Patricio Walker , restablece una facultad que otrora tuvo el Sename para hacerse parte en procesos penales que se instruyeran en contra de quienes resultaron criminalmente responsables de delitos que pudieran comprometer la salud, la educación o las buenas costumbres de un menor.
El artículo 33 de la ley Nº 16.618, de Menores, actualmente vigente, establece: “Si con ocasión del desempeño de sus funciones, el Juez de Letras de Menores tuviere conocimiento de la comisión de un delito que comprometa la salud, educación o buenas costumbres de un menor, y cuyo juzgamiento corresponda a otros tribunales, deberá denunciarlo, remitiéndole copia de los antecedentes”. Se sabe que el Sename continúa ejerciendo la facultad establecida en el artículo 33 de la ley de Menores.
No obstante ello, como lo manifestó la diputada señora Mella , en la Cuarta Región, -en la cual está en plena aplicación la reforma procesal penal-, se ha interpretado en forma restrictiva el artículo 111 del Código Procesal Penal, pues se estima que el Sename estaría inhabilitado para hacerse parte en procesos por pedofilia. La referida interpretación evidencia la necesidad de restablecer la facultad del Servicio Nacional de Menores para hacerse parte en los procesos penales por delitos que comprometan la salud, educación o buenas costumbres de un menor, porque nada obsta a que, en el futuro, en otras regiones en las que también se aplique el nuevo proceso penal, se interprete restrictivamente el artículo 111 del Código de Procesal Penal. No queremos que las víctimas queden en la indefensión.
La idea matriz del proyecto es devolver al Servicio Nacional de Menores la facultad legal que antes tenía para hacerse parte en los procesos penales que se sigan en contra de los responsables de delitos que afecten a menores. Se trata de una iniciativa que, por un imperativo moral, debemos aprobar.
Cabe destacar que la aprobación de la idea de legislar fue dada por la unanimidad de los diputados presentes en la Comisión de Familia.
Asimismo, ésta ha dejado establecido que el proyecto no contiene artículos que tengan rango de ley orgánica constitucional o que deban aprobarse con quórum calificado, y que tampoco contiene normas que deban ser conocidas por la Comisión de Hacienda.
Además, el proyecto fue aprobado por unanimidad, y no hubo artículos ni indicaciones rechazados por dicha Comisión.
Dadas las circunstancias señaladas, manifiesto mi respaldo -así lo hará la bancada del PPD- y aprobación al proyecto, que en dos artículos restablece la facultad del Sename de actuar en aras del bien común y de las víctimas menores de edad.
El presente proyecto tiene un sentido ético que es preciso destacar, toda vez que busca dar un rol protagónico al Servicio Nacional de Menores en aquellos casos en que las víctimas son los menores, los más desprotegidos social y económicamente.
El destacado pensador Rushworth Kidder , al momento de resolver los dilemas de la ética, concluía: “La ética es esencial para la supervivencia, no sólo de la persona en particular, sino de toda la humanidad”.
Algunos acontecimientos de las últimas semanas nos han hecho pensar que es todo el entramado social el que se ha visto golpeado por la conducta reprobable y reprochable de unos pocos, quienes, al parecer, por todo lo informado por los medios de comunicación, tenían actuaciones reñidas con la legalidad y con la moralidad propias de la sana convivencia de un país.
Sin arrogarse ninguna tarea propia de los jueces, el proyecto se sitúa en la dirección correcta, al desalentar acciones futuras que afecten a los menores.
Con esta iniciativa, la Cámara de Diputados da una fuerte señal de responsabilidad frente a lo que en las últimas semanas hemos echado de menos: la verdadera preocupación por los niños en situación de indefensión. Con ella se afianza el rol del Sename y la confianza en un futuro mejor, más justo y digno para todos.
He dicho.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Patricio Walker.
El señor WALKER.-
Señor Presidente , adhiero a lo señalado por los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra. Agradezco sinceramente el trabajo de la Comisión de Familia: a su presidenta, diputada Alejandra Sepúlveda ; a la diputada informante , señora María Eugenia Mella , y a todos sus integrantes, por el despacho rápido, expedito y comprometido de este proyecto de ley, tan importante para la Región de Coquimbo, que represento, y, en el futuro, para otras.
Como todo padre o abuelo, queremos que nuestros hijos crezcan sanamente; pero, lamentablemente, muchas veces nos encontramos con que padrastros, padres o personas conocidas son quienes abusan de los menores. De acuerdo con la interpretación de la ley vigente, si un padre abusa de un menor en la Región de Coquimbo, donde el Sename no tiene la facultad para hacerse parte en el proceso, ¿quién se hace parte en esa causa? Nadie. Ese es el drama que hoy estamos viviendo. Por eso presenté el proyecto de ley.
En las regiones donde aún no rige el nuevo proceso penal, el Sename, de acuerdo con el artículo 33 de la ley de Menores, continúa con la facultad para hacerse parte en el proceso.
En regiones donde se aplica el nuevo proceso penal, los juzgados han admitido que el Sename se haga parte en el proceso mediante la presentación de querellas, cuando se trata de delitos sexuales cometidos contra menores de edad, tema dramático, como acá muy bien se ha explicado. No obstante, en la Región de Coquimbo, en las provincias de Elqui, Limarí y Choapa, y en todas sus comunas, se ha hecho una interpretación restrictiva del artículo 111 del Código Procesal Penal, que señala: “La querella podrá ser interpuesta por la víctima, su representante legal o su heredero testamentario”. Por dicha interpretación, en la Región de Coquimbo el Sename está inhabilitado para hacerse parte en los procesos por pedofilia. Ello, porque aun cuando la propia fiscalía regional ha admitido la intervención del Sename, la Corte de Apelaciones en algunos casos la ha rechazado.
La referida interpretación pone en evidencia la necesidad de reestablecer la facultad del Sename, para que, en el futuro, en otras regiones en las que también se aplica el nuevo proceso penal no se interpretan restrictivamente el artículo 111 del Código Procesal Penal, porque, con ello, se perjudicaría a los niños víctimas de abuso sexual.
Insisto: el principal argumento que justifica establecer una nueva norma excepcional en relación con la presentación de una querella en los casos de delitos sexuales cometidos contra menores de edad, es que, en muchos casos, son los propios padres los representantes legales de los agredidos y, por lo tanto, el Sename no puede intervenir, por lo que las víctimas quedan en indefensión. Si el abusador es el padre y el Sename no puede intervenir, ¿quién representará los intereses de la víctima?
El proyecto de ley que presenté, respecto del cual agradezco el apoyo unánime de la Comisión de Familia, modifica el artículo 33 de la ley N° 16.618, de Menores, a fin de agregar el siguiente inciso segundo: “En estos casos, el Servicio Nacional de Menores podrá deducir querella o hacerse parte, según corresponda, por sí o por medio de apoderados, en los procesos que se instruyan”.
También modifica el decreto ley N° 2.465, de 1979, ley orgánica del Servicio Nacional de Menores. En efecto, en su ar-tículo 3° se intercala el numeral 5, nuevo, que dice: “5.- Deducir querella o hacerse parte, según corresponda, tratándose de los delitos tipificados en el artículo 142 y en los párrafos 5° y 6° del Título VII, y 1°, 2° y 3° del Título VIII, todos del Libro Segundo del Código Penal, y de aquellos contemplados en leyes especiales, en que la víctima sea una persona menor de edad”.
Si se aprobara esta iniciativa, tanto la delegación proveniente de Monte Patria como los habitantes de las comunas de la Cuarta Región, de las provincias de Limarí, Elqui y Choapa, deberían quedar satisfechas, pues cuando un niño sea víctima de abuso sexual, el Sename podrá hacerse parte de la causa para defender los derechos de ese menor a vivir tranquilo, que su inocencia no sea vulnerada, y para lograr que los pedófilos vayan a la cárcel.
He dicho.
-Aplausos.
El señor JARPA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza.
El señor ESPINOZA .-
Señor Presidente , quiero felicitar al colega Walker , autor de la iniciativa, por cuanto considero, en razón de todos sus argumentos, que el proyecto es tremendamente importante porque garantiza, cuando esté en plena aplicación la reforma procesal penal, el patrocinio legal del Servicio Nacional de Menores, Sename , en cada una de las denuncias por abuso de menores, de las cuales toma conocimiento a diario.
Sin embargo, quiero referirme a la región que represento, la Décima, en la que, gracias a la actuación del Sename, en estos dos últimos años se ha logrado la condena de muchos pedófilos. A través de su director, el señor Marcelo Utreras , hemos desarrollado un trabajo orientado a desbaratar cualquier atisbo de actos de pedofilia, que la sociedad chilena ha condenado con mucha fuerza. De hecho, si no existiera la iniciativa, nos hubiésemos visto en la imposibilidad de contar con la garantía del Sename cuando nuestra región se incorpore al proceso de reforma procesal penal, en el mes de diciembre.
Por eso es importante que el proyecto sea aprobado, ojalá por unanimidad, porque es la única forma de evitar que quienes cometen estos atroces crímenes, que conllevan devastadores efectos en el desarrollo integral de los menores, sigan contando con las garantías y el beneplácito concedidos por el hecho de ser, en más del 70 por ciento de los casos, familiares o personas allegadas a las familias de las víctimas de abusos, como dijo el diputado Walker en su intervención.
Por lo tanto, anuncio que la bancada del Partido Socialista, que me honro en representar, votará favorablemente la iniciativa, con la certeza de que ésta será ley que sancionará drásticamente a los causantes de una de las mayores tragedias que vive la sociedad chilena, cuales son los integrantes de verdaderas redes de mafiosos que, amparados en la impunidad que les otorga una débil legislación, han abusado de menores a lo largo y ancho del país.
He dicho.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada Sepúlveda.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra) .-
Señor Presidente , quiero sumarme al agradecimiento que se ha dado al diputado Walker por haber presentado esta moción, la que fue acogida por la Comisión de Familia para darle una rápida tramitación, dada la importancia del tema, y que hoy discutimos en primer trámite constitucional.
Con el proyecto estamos permitiendo que en las regiones, donde las condiciones no son las mismas que las de Santiago, -en la capital es más fácil proteger los derechos delos menores a través de las distintas instituciones dedicadas a los niños- y tenga esta facultad una entidad importante, rectora, como el Servicio Nacional de Menores, el Sename, el cual está encargado de vigilar, proteger y, de alguna manera, de regularizar la situación de los menores. En la Comisión comprobamos con preocupación que a lo largo del país no existía el mismo criterio de protección ni tampoco igual preocupación por hacerse cargo de las situaciones irregulares que hoy se dan con los menores en todo el territorio nacional, más aún cuando se sabe que más del 60 por ciento de los abusos de menores se produce al interior de la familia o son cometidos por personas cercanas a ella.
Por eso, vamos a respaldar la moción del diputado Walker , quien ha estado muy preocupado de la protección de los niños desde hace muchos años.
La Cámara debe decir a la sociedad que no podemos dejar que sigan ocurriendo estas situaciones. En este orden de cosas, le estamos entregando al Sename facultades para que pueda proteger a nuestros niños, de modo que no haya interpretaciones restrictivas en relación con el Código Procesal Penal.
Por lo tanto, como presidenta de la Comisión de Familia y diputada de la Democracia Cristiana, señalo que aprobaremos la moción del diputado Walker.
He dicho.
El señor SILVA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado Alejandro Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , felicito y agradezco al diputado Walker por haber elevado la dignidad y la potestad parlamentaria de presentar proyectos de ley. Lo asertivo del proyecto se debe, sin duda, a un trabajo que él ha realizado desde hace mucho tiempo. La verdad es que la coyuntura ha permitido acelerar esto. En virtud de nuestra facultad de colegislar, solicito que otras mociones importantes tengan una tramitación igualmente rápida. Eso no resta mérito; por el contrario, establece claramente que contamos con las capacidades parlamentarias para percibir los problemas de la gente y las dificultades que existen para aplicar la legislación. Por eso, estamos restableciendo una facultad que tenía el Servicio Nacional de Menores, Sename .
La pregunta que nos debemos formular es por qué se eliminó la facultad que tenía el Sename, que no se suprimió hace diez años, sino en 2002. La respuesta que dio la directora de dicho servicio, señora Delia del Gatto , cuando se le consultó cuáles fueron las razones que se esgrimieron para cercenar la facultad establecida en el artículo 33 de la ley de Menores debiera llamarnos a la reflexión. Ella dijo que, por distintas razones, había gran urgencia por despacharla a la brevedad. O sea, había gran urgencia para despachar a la brevedad una ley que eliminó una facultad, la que hoy comprobamos que es absolutamente relevante. Es decir, lo urgente deja fuera lo importante. Debemos aprender esta lección, porque hemos tenido que presentar un proyecto para restituir una facultad que tenía el Sename y que, sin duda, nunca debimos haber eliminado.
Hago un llamado de atención al respecto, porque en los últimos meses hemos legislado de manera absolutamente precipitada, sin la posibilidad de estudiar los proyectos, debido a un argumento de lealtad mal entendido. O sea, hay que votar los proyectos porque son patrocinados por el Gobierno, sin siquiera discutirlos, porque debemos pensar que el Ejecutivo ha hecho bien las cosas y en forma clarividente; pero no se han hecho bien. No la han hecho bien. Un ejemplo es la legislación del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, Sence , que tuvimos que modificar. Lo mismo sucedió con la ley de los tribunales del trabajo. Ahora, estamos reparando una situación advertida por los representantes del Sename que, cuando concurrieron a la Cámara de Diputados, expresaron que ese proyecto les cercenaba una facultad. A pesar de que fuimos advertidos, votamos en contra de lo que hoy estamos aprobando. No quiero dejar de hacer esa reflexión.
En la región en que se encuentra el distrito que represento, el Sename ha interpuesto más de ciento setenta querellas por abuso sexual. No ha tenido mayores dificultades, pero hay discrecionalidad en los tribunales para aceptar como válido el testimonio del examen psicológico del niño. Y como el abusador pertenece a la familia o es una persona cercana a ella, se produce la incongruencia de que el testimonio, el informe psicológico del niño, no es considerado. Incluso, siguen utilizándose los careos, con el consiguiente trauma que ellos provocan.
El debate realizado abre una puerta para que el tema de fondo sea discutido, pero son dos años mínimos de reparación que los niños requieren como asistencia psicológica.
Se debe tener presente que el 80 por ciento de los agresores son parientes o amigos cercanos de la familia. Ahora podrán ser perseguidos judicialmente al restituir la facultad indicada, con lo cual estamos dando una señal importante.
En las regiones de Coquimbo y Magallanes entendían que el Sename no estaba legitimado para intervenir en estos procesos. En ese sentido, quiero decir al diputado Walker, por intermedio de la Mesa, que es importante tener claridad de que la corrección permite a las cortes reconocer esa facultad al Sename.
Hubo resoluciones que no aceptaron que el Sename se hiciera parte en los juicios. Y como la víctima o su familia no tuvieron la posibilidad de seguir impulsando esos procesos, ellos quedaron a un lado.
Ahora, el Sename podrá hacerse parte en las más de dos mil causas que tiene en los tribunales. La directora del servicio me comentó que hubo un aumento. Pero lo importante sería apuntar a la prevención, para que el servicio nunca tuviera que intervenir en los procesos.
Las experiencias que hemos recogido no sólo en los casos de pedofilia, sino también en los de abusos sexuales debe servir de lección. La Unicef advierte que la proporción es que por cada caso que se denuncia, ocho quedan sin hacerlo. O sea, los 170 casos que les contaba había en mi región, son muchos más. Ello se produce porque la familia a veces oculta o tolera estos hechos por vergüenza. Esa lección ya la aprendimos. Durante mucho tiempo instituciones respetables y queridas por todos, como la propia Iglesia, vivieron situaciones similares. Eso demuestra que la tolerancia frente a este tipo de abusos no debe ser permitida, porque los delitos no son cometidos por ellas, sino que por las personas. Por lo tanto, las denuncias deben hacerse de manera responsable.
Ojalá la ley entre en vigencia a la brevedad. Por lo tanto, anuncio el voto favorable de la bancada socialista.
He dicho.
El señor SILVA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora María Eugenia Mella .
La señora MELLA (doña María Eugenia) .-
Señor Presidente , en primer lugar queremos enviar una señal al país de que estamos preocupados de legislar en defensa de los menores. Que cuando sus padres o su entorno familiar no puedan ofrecerla, porque ahí se está produciendo el daño, una institución asumirá esa labor. Nos interesa que no sientan la impotencia de la indefensión frente a este tipo de delitos.
En segundo lugar, cuando se hicieron las modificaciones pertinentes, se estimó que el Ministerio Público tenía la atribución. Pero la función de éste es ver el delito desde una perspectiva objetiva e integral, por lo tanto, analiza las circunstancias que puedan excluir o atenuar la responsabilidad de los inculpados y, por consiguiente, no representa a las víctimas. Entonces, quien interprete que hoy las víctimas tienen defensa a través del Ministerio Público, está equivocado.
En tercer lugar, luego de aprobada esta modificación, diputado Navarro , no va a existir ninguna posibilidad de interpretación del artículo 111, porque el rol estará claramente especificado no sólo restituyendo la atribución, sino que estableciéndolo en su ley orgánica como una función más del Servicio Nacional de Menores, Sename . Por lo tanto, va a quedar amarrado y no libre -como ocurre hoy-, a la interpretación restrictiva o mejor intencionada que puedan tener los distintos sectores.
Por último, quiero rendir un homenaje -por supuesto, al autor de la moción, a los sectores que la apoyaron y a los integrantes de la Comisión de Familia que unánimemente la aprobaron- al Sename, especialmente al de la Quinta Región, en la persona de su director, Alex Hernández , quien está siendo amenazado públicamente por los abogados del señor Cristóbal Felipe Goytía Briones .
Quiero dar algunos antecedentes respecto del caso en cuestión:
Se trata de un menor que “accidentalmente” cayó por segunda vez desde el cuarto piso del departamento que habita junto a su padre. Éste lo llevó al hospital después de casi 48 horas de ocurrido el hecho, a pesar de que el menor estaba inconsciente. La jueza de menores que lleva la causa determinó que, por los daños que presentaba, el niño fuera trasladado a Santiago y, además, se atendieran todas las consecuencias psiquiátricas producidas por tantos años de abusos y violencia en su contra. Están en estudio posibles abusos sexuales.
Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un recurso de protección del padre del menor y dejó sin efecto la decisión de la jueza. De no mediar la actuación valiente del Sename de la Quinta Región que apeló a la Corte Suprema, la que revocó la decisión de la Corte de Apelaciones, este niño hubiera vuelto a la tuición de su padre. Según los vecinos de la víctima, las caídas desde el cuarto piso no fueron “accidentes” -el niño tiene 13 años-, sino producto de la violencia de su padre adoptivo, que lo hizo salir despedido a través del balcón de su departamento.
Si el niño no ha muerto en esas circunstancias, pienso que es precisamente para que podamos hacer justicia en este caso y dejar en evidencia el hecho.
Por lo tanto, rindo un homenaje al Sename y su director regional en la Quinta Región, que está trabajando poderosamente por cumplir su función: la defensa de los menores que no tienen quién se ocupe de ellos.
He dicho.
-Aplausos.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
Cerrado el debate.
La votación de este proyecto se realizará al final del Orden del Día.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor SILVA (Vicepresidente).-
Corresponde pronunciarse sobre el proyecto que restablece la facultad del Servicio Nacional de Menores para hacerse parte en los procesos de pedofilia.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 90 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor SILVA ( Vicepresidente ).-
Aprobado.
Por no haber sido objeto de indicaciones, queda aprobado también en particular.
Despachado el proyecto.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi, Aguiló, Alvarado, Álvarez-Salamanca, Araya, Ascencio, Barros, Bauer, Bayo, Becker, Bertolino, Burgos, Bustos, Caraball (doña Eliana), Cardemil, Ceroni, Cornejo, Correa, Cristi (doña María Angélica), Cubillos (doña Marcela), Delmastro, Díaz, Dittborn, Egaña, Encina, Escalona, Espinoza, Forni, Galilea (don Pablo), Galilea (don José Antonio), García (don René Manuel), Girardi, González (don Rodrigo), Hales, Hernández, Ibáñez (don Gonzalo), Ibáñez (doña Carmen), Jaramillo, Jarpa, Leay, Letelier (don Juan Pablo), Letelier (don Felipe), Longton, Luksic, Martínez, Masferrer, Melero, Mella (doña María Eugenia), Meza, Molina, Montes, Moreira, Muñoz (don Pedro), Muñoz (doña Adriana), Navarro, Norambuena, Ojeda, Olivares, Ortiz, Palma, Pérez (don Aníbal), Pérez (don Ramón), Pérez (doña Lily), Pérez (don Víctor), Prieto, Recondo, Riveros, Robles, Rossi, Saa (doña María Antonieta), Salaberry, Salas, Sánchez, Seguel, Sepúlveda (doña Alejandra), Silva, Soto (doña Laura), Tapia, Tarud, Tohá (doña Carolina), Tuma, Ulloa, Uriarte, Urrutia, Valenzuela, Varela, Venegas, Villouta, Von Mühlenbrock y Walker.
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