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La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra la diputada Lily Pérez.
La señora PÉREZ ( doña Lily ).-
Señora Presidenta , debemos ser muy claros en precisar el alcance del proyecto sobre violencia intrafamiliar, a fin de que la gente que nos está escuchando sepa en qué consisten las modificaciones introducidas por el Senado al texto original, que establece, básicamente, sanciones.
He conversado con varios diputados -entre ellos Patricio Cornejo , quien es médico- en relación con un aspecto muy relevante que no aborda el proyecto -y no tendría por qué hacerlo, por cuanto no es materia de su incumbencia-. Me refiero a la prevención de la violencia intrafamiliar, apuntando básicamente a personas con problemas psicológicos, aspecto respecto del cual deberíamos preocuparnos en un futuro próximo.
Claramente, las personas que cometen violencia intrafamiliar tienen un daño psicológico importante, ya que no son capaces de controlar su furia; buscan canalizar y desahogar su violencia y su impulsividad a través de otro más débil, que, eventualmente, en la mayoría de los casos es la mujer o, a veces, los niños o los ancianos. Porque, si bien la violencia intrafamiliar afecta principalmente a mujeres, no debemos perder de vista que muchos ancianos, ahora albergados en hogares, fueron víctimas de violencia al interior de las familias con las que vivieron sus años de vejez.
Tengo sumo interés en dejar bien precisado este aspecto, a fin de no generar falsas expectativas con respecto a la materia que el proyecto nos convoca a discutir.
La violencia intrafamiliar y doméstica dejó de ser un problema de las familias, como algunos quisieron hacer ver durante muchos años. Una de las cosas positivas que ha hecho el Servicio Nacional de la Mujer, Sernam -siempre lo he dicho-, es haber logrado instalar en la sociedad chilena y en la opinión pública asuntos, problemas y temas que históricamente sólo fueron considerados de interés de grupos feministas o que dedicaban su atención a esos problemas. Uno de los méritos que tiene el Sernam es, repito, haber instalado en la sociedad chilena la discusión de estos temas y, con ello, que se dejara de pensar que sólo involucran y deben ser resueltos al interior de la familia. Además, los Estados deben comprometerse a eliminar, sancionar y prevenir todo lo relacionado con la violencia intrafamiliar.
Con respecto a las modificaciones introducidas al proyecto, es muy importante, a mi juicio, lo que se establece en el inciso primero del artículo 2º, en el sentido de que, a partir de ahora, “Será constitutivo de violencia intrafamiliar todo maltrato que afecte la integridad física, psíquica o sexual de quien tenga respecto del ofensor la calidad de pariente por consanguinidad o por afinidad en toda la línea recta o en la colateral hasta el cuarto grado inclusive, adoptante, adoptado, cónyuge o ex cónyuge -si bien se generó una discusión respecto de este último término, creo importante, tal vez, ponerlo expresamente en el proyecto-, sea que viva o no bajo el mismo techo y cualquiera que sea la edad o condición del afectado”.
Del mismo modo, la modificación que determina: “También habrá violencia intrafamiliar cuando la conducta referida en el inciso precedente se ejecute en contra de la persona con la que se mantiene una relación de convivencia; sobre los hijos de aquélla; entre los padres de un hijo común, cuando no medie convivencia ni matrimonio, o cuando recaiga en personas menores de edad o discapacitados que se encuentren bajo el cuidado o dependencia de cualquiera de los integrantes del grupo familiar.”
Otro avance que cabe destacar respecto de las modificaciones introducidas al proyecto original, es la tipificación del maltrato constitutivo de violencia intrafamiliar, que sanciona con penas de prisión de siete a sesenta días, y con multa, lo que se traducirá en mayor efectividad al momento de prevenir este tipo de conductas.
Incluso, se establecerá la obligación de que el condenado pague a la víctima los desembolsos y perjuicios de carácter patrimonial que le hubiese ocasionado, lo que, sin duda, constituye un gran avance en esta materia.
De igual modo, como se ha hecho en otros proyectos que buscan sancionar conductas indeseadas para la sociedad, se crea un registro especial de sanciones de las personas que hayan sido condenadas por sentencia ejecutoriada como autoras de violencia intrafamiliar, que estará a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación.
Otro avance en la misma línea es que se podrá conocer con exactitud a los autores de violencia intrafamiliar y sancionar a los reincidentes; es decir, se establece una especie de hoja de vida de las personas que cometen en forma reiterada tales actos.
Por lo señalado -dejando en claro que hablamos sólo de sanciones, puesto que aún nos queda un aspecto muy importante por abordar: el de las prevenciones-, el proyecto constituye un avance respecto de la señal pública que queremos dar como Congreso Nacional. Por eso, debemos aprobarlo, porque establece los cambios legislativos esperados, no obstante que espero que, más adelante, también abordemos medidas de prevención.
Si bien es cierto lo que, en reiteradas ocasiones, me ha expresado el diputado Waldo Mora, en cuanto a que el Código Penal establece sanciones para quienes cometen atentados, lesiones graves u homicidios -debido a la violencia intrafamiliar hay mujeres que han resultado muertas-, me parece importante consignar agravantes que impliquen mayores penas para quienes cometan este tipo de actos y establecer que la violencia intrafamiliar es un delito.
He dicho.
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