. . . . " CONDONACI\u00D3N O EXENCI\u00D3N DE PAGO DE DERECHOS DE ASEO A CONTRIBUYENTES DE COMUNA DE LA GRANJA. Oficio. \nEl se\u00F1or JARPA (Vicepresidente).- \nTiene la palabra el diputado se\u00F1or Salaberry. \n \nEl se\u00F1or SALABERRY.- \nSe\u00F1or Presidente, quiero referirme a un tema que afecta a La Granja, una de las comunas que represento. \nComo bien sabemos, la ley de Rentas Municipales faculta a los municipios para cobrar determinados derechos, como, a su vez, para exceptuar su pago, en determinadas circunstancias, por ciertos conceptos.\n \nEn los \u00FAltimos meses, el municipio de La Granja ha estado cobrando los derechos de aseo, el famoso cobro por recolecci\u00F3n de basura. Innumerables cartas se han enviado al alcalde -a\u00FAn sin respuesta- para saber por qu\u00E9 el municipio est\u00E1 cobrando estos derechos de aseo a gente que hoy no tiene los medios para pagar, y no s\u00F3lo las cuotas correspondientes al a\u00F1o 2003, sino, adem\u00E1s, supuestas deudas insolutas desde varios a\u00F1os a la fecha.\n \nEn 1997 el entonces diputado Jaime Orpis , que representaba a ese distrito en esta C\u00E1mara, le hizo presente al alcalde de La Granja -sin respuesta a\u00FAn, despu\u00E9s de varios a\u00F1os- esta misma preocupaci\u00F3n. \u00BFC\u00F3mo el municipio aplicaba dichos cobros de aseo? Parad\u00F3jicamente, en noviembre de 2001, a un mes de la elecci\u00F3n parlamentaria, el subsecretario de Desarrollo Regional del Ministerio del Interior , don Francisco Vidal , fue quien, precisamente, inform\u00F3 a los vecinos, al menos de mi distrito y en particular a los de la comuna de La Granja, qu\u00E9 contribuyentes ten\u00EDan derecho a la exenci\u00F3n del ciento por ciento de estos derechos de aseo: los desempleados inscritos en el registro de cesantes de la municipalidad, los mayores de 65 a\u00F1os beneficiarios en determinadas caracter\u00EDsticas del Fondo Nacional de Salud (Fonasa), los beneficiarios de las categor\u00EDa A y B de Fonasa de cualquier edad, y los beneficiarios de la vivienda social. Es decir, el municipio puede aplicar autom\u00E1ticamente la condonaci\u00F3n a estas personas que cumplen estos requisitos. Lamentablemente, son cientos, por no decir miles, de familias a las que, en forma dura muchas veces, se les ha ido a cobrar a sus casas estos derechos de aseo. Son personas que, adem\u00E1s de cumplir con estos requisitos, carecen de medios econ\u00F3micos para solventar aquellos.\n \nSolicito oficiar al alcalde de La Granja para que nos explique las razones que ha tenido para hacer este cobro y para no atender las razones por las cuales los vecinos solicitan su exenci\u00F3n o, al menos, la condonaci\u00F3n de la deuda. \nNo vaya a suceder que, a partir de marzo del pr\u00F3ximo a\u00F1o, previo a la elecci\u00F3n municipal, al se\u00F1or alcalde se le ocurra acceder a la condonaci\u00F3n, como un beneficio gracioso otorgado por \u00E9l, con miras a utilizar esta facultad que le entrega la ley en la pr\u00F3xima elecci\u00F3n municipal.\n \nHe dicho. \n \nEl se\u00F1or JARPA ( Vicepresidente ).- \nSe enviar\u00E1 el oficio solicitado por su se\u00F1or\u00EDa.\n \n " . . . . . . . .