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- rdf:value = " URGENCIA A PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE CREA EL DEFENSOR DEL CIUDADANO.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 262, de la señora Allende, doña Isabel, de los señores Ceroni, Ortiz, Espinoza, Robles, Escalona, García, don René Manuel; Pérez, don Aníbal; Prieto y de la señora Sepúlveda, doña Alejandra.
“Considerando:
Que, con fecha 18 de octubre de 2000, S.E. el Presidente de la República envió al Congreso Nacional un proyecto de reforma constitucional que crea el Defensor del Ciudadano, el que fue ingresado al Senado.
Que tal reforma constitucional no ha tenido progreso en su tramitación y no fue incorporada en el cuerpo de reformas constitucionales que actualmente se discute en la Sala del Senado.
Que la reciente dictación de la ley Nº 19.880, que establece plazos para el procedimiento administrativo y regula el silencio administrativo, modifica las bases del procedimiento que rigen los actos de los órganos que integran la administración del Estado, consagra derechos de los administrados y ofrece un marco objetivo para evaluar el grado de diligencia y satisfacción con que la administración cumple sus cometidos.
Que el nuevo escenario hace cada vez más propicia la pronta tramitación de la reforma constitucional sobre el Defensor del Ciudadano y su posterior ley orgánica, cuyo objetivo fundamental será velar porque la actividad de la administración, en particular aquella de prestación, se realice con pleno respeto a los derechos y libertades de las personas. Esta actitud de respeto debe ser compatible con la forma y modo en que hoy, al comienzo de un nuevo siglo, se entiende la actividad administrativa, es decir, una actividad pública al servicio de la persona.
Que en la actualidad la Comisión Asesora Presidencial para la Protección de los Derechos de las Personas ha asumido, con las limitaciones propias de este tipo de organismos, algunas funciones de representación y denuncia, lo que demuestra la necesidad de legislar sobre la materia.
Que la institución del Ombudsman, como se conoce al Defensor del Ciudadano internacionalmente, tiene su origen en 1809, en Suecia, y se ha extendido a lo largo del siglo XX a otros países de Europa como Finlandia, Gran Bretaña, Francia, Holanda, Portugal y España. Hoy existe en diez países de la Unión Europea, además de un Ombudsman Comunitario. Asimismo, se ha desarrollado, con distintas funciones, en países del Asia y otros continentes.
Que, en el concierto latinoamericano, esta institución ha sido establecida desde hace varios años: Puerto Rico, en 1977; Guatemala, en 1985; México, en 1990; El Salvador, en 1991; Colombia, en 1991; Costa Rica, en 1992; Bolivia, en 1994; Nicaragua, en 1995; Panamá, en 1997; Ecuador, en 1998, y Venezuela, en 1999, con diferentes denominaciones.
Incluso existe, desde 1993, la Federación Iberoamericana de Ombudsman (FIO), en la que participan diecisiete países y en la que Chile sólo ha podido participar como observador a través de un organismo privado, como es el Capítulo Chileno del Ombudsman, por carecer de organismo público.
Que el acuerdo sobre agenda legislativa adoptado por el Gobierno con todos los partidos políticos con representación parlamentaria, de fecha 30 de enero de 2003, contempla expresamente dentro de la agenda de modernización del Estado el proyecto del Defensor del Ciudadano , para ser tramitado de modo expedito en los próximos meses.
La Cámara de Diputados acuerda:
En virtud de lo dispuesto en el artículo 48, Nº 1, de la Constitución Política de la República, solicitar a V.E. que haga presente la urgencia, en todos sus trámites, para el despacho de la reforma constitucional que crea el Defensor del Ciudadano (boletín Nº 605-07), que se encuentra en primer trámite constitucional en el Senado”.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra la diputada señora Isabel Allende.
La señora ALLENDE (doña Isabel).-
Señor Presidente , el 18 de octubre de 2000, el Presidente de la República envió al Congreso Nacional un proyecto de reforma constitucional que crea la figura del Defensor del Ciudadano , el que fue ingresado al Senado. Lamentablemente, su tramitación no ha progresado, por lo que, según entiendo, el Gobierno va a otorgarle urgencia.
La institución del Ombudsman, como se conoce al Defensor del Ciudadano o Defensor del Pueblo , que existe en diversos países, tiene su origen en 1809, en Suecia. Posteriormente, se extendió a prácticamente todos los países europeos.
En el concierto latinoamericano, esta institución ha sido establecida en Puerto Rico, Guatemala, México, El Salvador, Colombia, Costa Rica, Bolivia, Nicaragua, Panamá, Ecuador y Venezuela.
Incluso, desde 1993, existe la Federación Iberoamericana de Ombudsman, en la cual participan diecisiete países. Chile sólo ha podido actuar como observador, a través de un organismo privado, como es el Capítulo Chileno del Ombudsman, por carecer de un organismo público.
Nos parece que cada día cobra mayor importancia que los organismos públicos y las empresas presten sus servicios con pleno respeto a los derechos y a las libertades de las personas.
Todos sabemos que muchas veces nuestros ciudadanos se sienten en indefensión, ya que no tiene la certeza de que sus derechos sean respetados ni de que los organismos de la administración pública ofrezcan servicios con pleno respeto a los derechos esenciales de las personas, que carecen de información y se sienten desprotegidas por la falta de transparencia.
A modo de ejemplo, debo señalar que desde hace años hemos levantado la voz en este hemiciclo para denunciar el abuso que se comete al cobrarse por servicios que no se prestan, como es el caso de las compañías de distribución eléctrica, que, aprovechando un vacío legal, cobran por mantención de los medidores, servicio que, en la práctica, ningún usuario recibe. Éste es un ejemplo de lo mucho que nos falta avanzar en nuestra legislación.
Por lo tanto, se pide al Gobierno fijar urgencia a la tramitación de la reforma constitucional que crea la figura del Defensor del Ciudadano . Ello permitirá ponernos a la altura de los países de la región que he mencionado y de casi todos los europeos.
Llamo a mis colegas a aprobar el proyecto de acuerdo, mediante el cual -reitero- se recaba al Ejecutivo fijar la urgencia a la reforma constitucional que crea la figura del defensor ciudadano, lo que, estoy segura, representa el sentir de nuestros electores, quienes no tienen garantizados sus derechos.
He dicho.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra para hablar en contra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el proyecto.
Si le parece a la Sala, se dará por aprobado.
Aprobado.
"