. . . . . . . . . "URGENCIA A PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE CREA EL DEFENSOR DEL CIUDADANO."^^ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . " URGENCIA A PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE CREA EL DEFENSOR DEL CIUDADANO. \nEl se\u00F1or SILVA (Vicepresidente).- \nEl se\u00F1or Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo. \n \nEl se\u00F1or \u00C1LVAREZ ( Prosecretario ).- \nProyecto de acuerdo N\u00BA 262, de la se\u00F1ora Allende, do\u00F1a Isabel, de los se\u00F1ores Ceroni, Ortiz, Espinoza, Robles, Escalona, Garc\u00EDa, don Ren\u00E9 Manuel; P\u00E9rez, don An\u00EDbal; Prieto y de la se\u00F1ora Sep\u00FAlveda, do\u00F1a Alejandra.\n \n\u201CConsiderando: \nQue, con fecha 18 de octubre de 2000, S.E. el Presidente de la Rep\u00FAblica envi\u00F3 al Congreso Nacional un proyecto de reforma constitucional que crea el Defensor del Ciudadano, el que fue ingresado al Senado. \nQue tal reforma constitucional no ha tenido progreso en su tramitaci\u00F3n y no fue incorporada en el cuerpo de reformas constitucionales que actualmente se discute en la Sala del Senado. \nQue la reciente dictaci\u00F3n de la ley N\u00BA 19.880, que establece plazos para el procedimiento administrativo y regula el silencio administrativo, modifica las bases del procedimiento que rigen los actos de los \u00F3rganos que integran la administraci\u00F3n del Estado, consagra derechos de los administrados y ofrece un marco objetivo para evaluar el grado de diligencia y satisfacci\u00F3n con que la administraci\u00F3n cumple sus cometidos.\n \nQue el nuevo escenario hace cada vez m\u00E1s propicia la pronta tramitaci\u00F3n de la reforma constitucional sobre el Defensor del Ciudadano y su posterior ley org\u00E1nica, cuyo objetivo fundamental ser\u00E1 velar porque la actividad de la administraci\u00F3n, en particular aquella de prestaci\u00F3n, se realice con pleno respeto a los derechos y libertades de las personas. Esta actitud de respeto debe ser compatible con la forma y modo en que hoy, al comienzo de un nuevo siglo, se entiende la actividad administrativa, es decir, una actividad p\u00FAblica al servicio de la persona. \nQue en la actualidad la Comisi\u00F3n Asesora Presidencial para la Protecci\u00F3n de los Derechos de las Personas ha asumido, con las limitaciones propias de este tipo de organismos, algunas funciones de representaci\u00F3n y denuncia, lo que demuestra la necesidad de legislar sobre la materia. \nQue la instituci\u00F3n del Ombudsman, como se conoce al Defensor del Ciudadano internacionalmente, tiene su origen en 1809, en Suecia, y se ha extendido a lo largo del siglo XX a otros pa\u00EDses de Europa como Finlandia, Gran Breta\u00F1a, Francia, Holanda, Portugal y Espa\u00F1a. Hoy existe en diez pa\u00EDses de la Uni\u00F3n Europea, adem\u00E1s de un Ombudsman Comunitario. Asimismo, se ha desarrollado, con distintas funciones, en pa\u00EDses del Asia y otros continentes.\n \nQue, en el concierto latinoamericano, esta instituci\u00F3n ha sido establecida desde hace varios a\u00F1os: Puerto Rico, en 1977; Guatemala, en 1985; M\u00E9xico, en 1990; El Salvador, en 1991; Colombia, en 1991; Costa Rica, en 1992; Bolivia, en 1994; Nicaragua, en 1995; Panam\u00E1, en 1997; Ecuador, en 1998, y Venezuela, en 1999, con diferentes denominaciones.\n \nIncluso existe, desde 1993, la Federaci\u00F3n Iberoamericana de Ombudsman (FIO), en la que participan diecisiete pa\u00EDses y en la que Chile s\u00F3lo ha podido participar como observador a trav\u00E9s de un organismo privado, como es el Cap\u00EDtulo Chileno del Ombudsman, por carecer de organismo p\u00FAblico.\n \nQue el acuerdo sobre agenda legislativa adoptado por el Gobierno con todos los partidos pol\u00EDticos con representaci\u00F3n parlamentaria, de fecha 30 de enero de 2003, contempla expresamente dentro de la agenda de modernizaci\u00F3n del Estado el proyecto del Defensor del Ciudadano , para ser tramitado de modo expedito en los pr\u00F3ximos meses.\n \nLa C\u00E1mara de Diputados acuerda: \nEn virtud de lo dispuesto en el art\u00EDculo 48, N\u00BA 1, de la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica de la Rep\u00FAblica, solicitar a V.E. que haga presente la urgencia, en todos sus tr\u00E1mites, para el despacho de la reforma constitucional que crea el Defensor del Ciudadano (bolet\u00EDn N\u00BA 605-07), que se encuentra en primer tr\u00E1mite constitucional en el Senado\u201D.\n \n \n \nEl se\u00F1or SILVA (Vicepresidente).- \nPara hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra la diputada se\u00F1ora Isabel Allende. \n \nLa se\u00F1ora ALLENDE (do\u00F1a Isabel).- \nSe\u00F1or Presidente , el 18 de octubre de 2000, el Presidente de la Rep\u00FAblica envi\u00F3 al Congreso Nacional un proyecto de reforma constitucional que crea la figura del Defensor del Ciudadano , el que fue ingresado al Senado. Lamentablemente, su tramitaci\u00F3n no ha progresado, por lo que, seg\u00FAn entiendo, el Gobierno va a otorgarle urgencia.\n \nLa instituci\u00F3n del Ombudsman, como se conoce al Defensor del Ciudadano o Defensor del Pueblo , que existe en diversos pa\u00EDses, tiene su origen en 1809, en Suecia. Posteriormente, se extendi\u00F3 a pr\u00E1cticamente todos los pa\u00EDses europeos.\n \nEn el concierto latinoamericano, esta instituci\u00F3n ha sido establecida en Puerto Rico, Guatemala, M\u00E9xico, El Salvador, Colombia, Costa Rica, Bolivia, Nicaragua, Panam\u00E1, Ecuador y Venezuela.\n \nIncluso, desde 1993, existe la Federaci\u00F3n Iberoamericana de Ombudsman, en la cual participan diecisiete pa\u00EDses. Chile s\u00F3lo ha podido actuar como observador, a trav\u00E9s de un organismo privado, como es el Cap\u00EDtulo Chileno del Ombudsman, por carecer de un organismo p\u00FAblico.\n \nNos parece que cada d\u00EDa cobra mayor importancia que los organismos p\u00FAblicos y las empresas presten sus servicios con pleno respeto a los derechos y a las libertades de las personas. \nTodos sabemos que muchas veces nuestros ciudadanos se sienten en indefensi\u00F3n, ya que no tiene la certeza de que sus derechos sean respetados ni de que los organismos de la administraci\u00F3n p\u00FAblica ofrezcan servicios con pleno respeto a los derechos esenciales de las personas, que carecen de informaci\u00F3n y se sienten desprotegidas por la falta de transparencia. \nA modo de ejemplo, debo se\u00F1alar que desde hace a\u00F1os hemos levantado la voz en este hemiciclo para denunciar el abuso que se comete al cobrarse por servicios que no se prestan, como es el caso de las compa\u00F1\u00EDas de distribuci\u00F3n el\u00E9ctrica, que, aprovechando un vac\u00EDo legal, cobran por mantenci\u00F3n de los medidores, servicio que, en la pr\u00E1ctica, ning\u00FAn usuario recibe. \u00C9ste es un ejemplo de lo mucho que nos falta avanzar en nuestra legislaci\u00F3n. \nPor lo tanto, se pide al Gobierno fijar urgencia a la tramitaci\u00F3n de la reforma constitucional que crea la figura del Defensor del Ciudadano . Ello permitir\u00E1 ponernos a la altura de los pa\u00EDses de la regi\u00F3n que he mencionado y de casi todos los europeos.\n \nLlamo a mis colegas a aprobar el proyecto de acuerdo, mediante el cual -reitero- se recaba al Ejecutivo fijar la urgencia a la reforma constitucional que crea la figura del defensor ciudadano, lo que, estoy segura, representa el sentir de nuestros electores, quienes no tienen garantizados sus derechos.\n \nHe dicho. \n \nEl se\u00F1or SILVA (Vicepresidente).- \nOfrezco la palabra para hablar en contra. \nOfrezco la palabra. \nCerrado el debate. \nEn votaci\u00F3n el proyecto. \nSi le parece a la Sala, se dar\u00E1 por aprobado. \n \nAprobado. \n " . .