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La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Edgardo Riveros.
El señor RIVEROS.-
Señora Presidenta , efectivamente estamos legislando sobre un aspecto muy necesario, más aún, cuando han entrado a trámite legislativo proyectos que, de una u otra manera, van a incidir y demandar de manera más específica tribunales especializados. Me refiero a las modificaciones de la ley de Matrimonio Civil.
Comparto los objetivos planteados para la creación de estos tribunales. Desde luego, un primer gran objetivo es establecer una jurisdicción especializada, la cual va a tener incidencia, entre otras cosas, en dos aspectos de vital importancia, como son la economía procesal, y -como el nombre lo señala- una jurisdicción especializada para resolver los problemas que se planteen.
La economía procesal radica en el hecho de que un conflicto no deba iniciarse en varios procedimientos distintos o en tribunales diversos para resolver los asuntos que lo involucran. Esto es muy importante.
Por otro lado, el volumen de causas que se acumulan en la materia, debieran tener un solo circuito o flujo de tratamiento.
Asimismo, en el tratamiento interdisciplinario de los problemas que se planteen, la asesoría del juez por profesionales especializados, como asistentes sociales y sicólogos, entre otros, es un aspecto muy significativo que debiéramos considerar.
El diputado Ceroni ponía énfasis en un aspecto que también comparto. Podrán haber vacíos -la gradualidad de la implementación de la ley tal vez nos permita buscar soluciones-, pero hay un hecho específico, como es el significativo aumento de los jueces que se harán cargo de los problemas planteados en los tribunales.
Mencionaba la creación de los 250 cargos de jueces de familia distribuidos en todo el país. Y yo agrego la comparación con los jueces de menores, que son los que más se acercan a lo que hoy podría ser un tribunal de menores. ¿Cuantos jueces de menores existen distribuidos a lo largo del país? Sólo cincuenta y uno. Es necesario destacar esta diferencia, porque es importante.
Además, el diseño de tribunales unipersonales de composición múltiple; es decir, varios jueces reunidos en un mismo tribunal para conocer de las causas que allí se sitúen.
El diputado Ceroni también destacaba la obligación de presencia personal del juez. En ese sentido, quiero agregar que no se trata de una mera formulación retórica o de una norma simplemente programática, sino que mucho más que eso, ya que en caso de no cumplirse contemplen una sanción, que es la nulidad.
De manera que aquí hay un factor que asegura que el aumento de jueces y la formulación de jueces múltiples en los tribunales permitirán el conocimiento personal de las causas. Además, hay que agregar la sanción a que queda sujeto el juez si no se da la presencia personal.
Por último, deseo destacar el tema de la mediación. Se trata de evitar la alta concentración de litigios. Hay claros indicios de que se puede lograr. El sistema de la mediación nos parece idóneo para el efecto. Según se define en el proyecto de ley, el sistema de mediación debe funcionar como puerta de entrada al sistema para resolver conflictos, lo que considero un buen comienzo.
Ahora, se conjugan cosas bastante significativas en la materia, como la obligatoriedad para llevar algunos aspectos a la mediación, la facultad para llevar otros, es decir, que las propias partes determinen si ello procede en ciertos conflictos, y la prohibición respecto de determinados conflictos que nunca podrán ser llevados a la mediación, pues son aspectos que necesariamente deben ser solucionados mediante una configuración litigiosa. Dentro de estos últimos, están las causas de divorcio, de nulidad de matrimonio, las relativas al estado civil e interdicción de las personas, el maltrato de menores e incapaces y la adopción. De manera que, si bien es cierto que se consagra el sistema de mediación, ésta se regula de manera eficiente para evitar que no cumpla su objetivo, cual es, prevenir que sólo haya acciones litigiosas.
Por último, es digno de ser destacado el procedimiento para la protección de los menores.
Quiero referirme en particular a la situación del distrito que represento en la Cámara. Me parece adecuado, la creación de tribunales de familia en la provincia de Maipo, que un tribunal con asiento en la comuna de Buin tenga jurisdicción sobre las comunas de Buin y Paine y que el mismo esté compuesto por tres jueces. Ello mejorará las condiciones de funcionamiento y garantizará mayor eficiencia. Lo mismo ocurre con el tribunal con asiento en la comuna de San Bernardo, con jurisdicción sobre las comunas de San Bernardo propiamente tal y Calera de Tango, el cual estará compuesto por seis jueces. A mi juicio, es una solución adecuada para el gran número de causas acumuladas allí y para la población que existe en esa parte de la Región Metropolitana.
Por lo señalado, anuncio mi voto favorable al proyecto que crea los tribunales de familia.
He dicho.
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