REPÚBLICA DE CHILECÁMARA DE DIPUTADOSLEGISLATURA 349ª, ORDINARIASesión 2ª, en miércoles 4 de junio de 2003(Ordinaria, de 10.39 a 13.48 horas) Presidencia de la señora Allende Bussi, doña Isabel, y de los señores Salas de la Fuente, don Edmundo, y Jarpa Wevar, don Carlos Abel. Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos. Prosecretario, el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.REDACCIÓN DE SESIONESPUBLICACIÓN OFICIAL ÍNDICE I.- ASISTENCIA II.- APERTURA DE LA SESIÓN III.- ACTAS IV.- CUENTA V.- ORDEN DEL DÍA VI.- PROYECTOS DE ACUERDO VII.- INCIDENTES VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA IX. OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTAÍNDICE GENERALPág. I. Asistencia 7 II. Apertura de la sesión 11 III. Actas 11 IV. Cuenta 11 - Autorización a comisión especial Inverlink para sesionar simultáneamente con la Sala 11 V. Orden del Día. - Nuevo plazo a exonerados políticos para impetrar beneficios previsionales. Segundo trámite constitucional 11 - Creación del Consejo Nacional de la Cultura y el Fondo Nacional de Desarrollo Cultural. Proposición de Comisión mixta 29 VI. Proyectos de acuerdo. - Medidas en favor de comunas con altos índices de cesantía 36 - Concesiones gratuitas de terrenos fiscales en proyectos de inversión industrial 39 - Mantención de la oficina de exonerados políticos del Ministerio del Interior 41 VII. Incidentes. - Reapertura de sumario y reparación a familiares de víctimas de incendio en centro de cumplimiento penitenciario de Iquique. Oficios 43 - Establecimiento de responsabilidades por pérdida de dinero invertido en Inverlink por Municipalidad de Coronel. Oficio 45 - Información sobre proceso de licitación de Essan. Oficio 46 - Utilización de nueva dependencia del liceo “Augusto Santelices Valenzuela” de Lincantén. Oficio 47 - Aplicación de ley que otorga beneficios previsionales a exonerados políticos 47 - Inclusión de la región del Maule en el programa de construcción de recintos penitenciarios. Oficios 48 - Construcción de aeropuerto de carga en región del Maule. Oficio 49 - Ampliación de ámbito laboral de ingenieros de ejecución. Oficios 50 - Reconocimiento a ex trabajadores madereros de Panguipulli. Oficio 51 VIII. Documentos de la Cuenta. 1. Informe de Comisión Mixta recaído en el proyecto, con urgencia “suma”, que crea el Consejo Nacional de Cultura y el Fondo Nacional de Desarrollo Cultural. (boletín Nº 2286-04) 53Pág. 2. Informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, recaído en el proyecto, con urgencia calificada de “discusión mediata”, que establece un nuevo plazo para acogerse a la ley Nº 19.234, que otorga beneficios previsionales para exonerados por motivos políticos. (boletín Nº 3231-13-S) 76 3. Certificado de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto, con urgencia calificada de “discusión inmediata”,.que establece un nuevo plazo para acogerse a la ley Nº 19.234, que otorga beneficios previsionales para exonerados por motivos políticos. (boletín Nº 3231-13-S) 83 4. Segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recaído en el proyecto que agrega requisitos a los establecidos en el artículo 1554 del Código Civil referido al contrato de promesa y criminaliza conducta constitutiva de estafa en el artículo 470 del Código Penal. (boletín Nº 2694-07) 84 5. Moción de los diputados señores Cornejo, Accorsi, Aguiló, Araya, Lorenzini, Seguel y Vilches que modifica la ley Nº 16.744, para brindar mayor protección a los trabajadores sometidos al riesgo de contraer una neumoconiosis. (boletín Nº 3249-13) 87IX. Otros documentos de la Cuenta. - Certificado médico de la Diputada señora Pérez, doña Lily, por el cual acredita que se encuentra enferma y no podrá asistir a las sesiones de la Cámara de Diputados desde el 2 al 8 de junio en curso. 1. Oficios: - De la Comisión Especial investigadora encargada de analizar el actuar de los organismos del Estado en las irregularidades ocurridas con motivo de las actividades financieras del grupo Inverlink, por el cual solicita el acuerdo de la Corporación para sesionar simultáneamente con la Sala el día jueves 5 de junio de 11,30 a 13,30 horas. - Contraloría General de la República - Del diputado señor Mulet, horas extraordinarias y viáticos de los choferes y demás funcionarios del Servicio de Salud Atacama. - Del diputado señor García-Huidobro, pago de subvenciones que efectúa el Ministerio de Educación para cursos vinculados al Programa de Alfabetización de Adultos impartidos a nivel nacional, preferentemente en la Sexta Región. - Ministerio del Interior - Del diputado señor García, mayores recursos en infraestructura a Carabineros de Chile para la comuna de Villarrica. - Del diputado señor Álvarez-Salamanca, vehículo para seguridad ciudadana en la comuna de Maule; solución integral al problema de alcantarillado de las Poblaciones Pedro Nolasco y Raiandoba. - Del diputado señor Ramón Pérez, situación que afecta a comuna de Iquique. - Del diputado señor Navarro, accidente de médico español en los géiseres de El Tatio, Segunda Región. - Del diputado señor Robles, consulta a las comunas del norte del país sobre privatización de empresa sanitarias; - Del diputado señor Hales, listado de villorrios financiados durante los años 2000 a 2002 y listado de proyectos de villorrios que tienen solicitud de financiamiento de algún aspecto para su existencia. - Del diputado señor Sánchez, ejecución presupuestaria del Fondo Nacional de Desarrollo Regional para el año 2002. - Del diputado señor Araya, ejecución presupuestaria de la Segunda Región. - De la Corporación, tramitación de proyecto de ley que cree la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana. - Ministerio de Hacienda - Del diputado señor Saffirio, situación que afecta a la Novena Región. - Del diputado señor Ramón Pérez, convenios con notarios. - De la diputada señora Vidal, seguro obligatorio de accidentes personales, ley N° 18.490. - De los diputados señores Ramón Pérez y Ascencio, prórroga de beneficios que dicen relación con el subsidio a la contratación de mano de obra en zonas extremas. - Ministerio de Justicia - Del diputado señor Villouta, actuaciones de la Notario Público de Traiguén. - Ministerio de Agricultura - Del diputado señor Felipe Letelier, enfermedad mildiú de la vid. - Del diputado señor Kuschel, situación centros de acopio lecheros, Décima Región. - Del diputado señor Jaramillo, antecedentes mercado del azúcar. - Ministerio del Trabajo y Previsión Social - Del diputado señor Leal, negociación Mina La Candelaria. - Ministerio de Salud - Del diputado señor Masferrer, red asistencial de la Sexta Región. - Del diputado señor Navarro, mediciones de certificación de calidad sanitaria y la formativa que regula la venta y uso del producto Epil Stop & Spray y otros similares. - Del diputado señor Ramón Pérez, reposición de equipamiento médico en Hospital Regional de Iquique. - Diputada señora Ibáñez, traslado de enfermos de comuna Juan Fernández. - Ministerio de Vivienda y Urbanismo - Del diputado señor Ulloa, proyectos de mejoramiento de las calles y veredas de la ciudad de Talcahuano. - Del diputado señor Errázuriz, problema de prominentes compradores de viviendas que se encuentran hipotecadas por empresa constructora. - Del diputado señor Ramón Pérez, pavimentación calle A. Fernández entre Videla y Sotomayor en Iquique. - Del diputado señor Espinoza, antecedentes del Programa Orígenes Mideplan-BID, en la Región de Los Lagos. - Ministerio de Planificación y Cooperación - Del diputado señor Jaramillo, revisar aplicación del Programa Orígenes. - Del diputado señor Saffirio, subsidio a la inversión en sistemas de agua potable rural. - Del diputado señor Navarro, listado de proyectos del Programa de Mejoramiento de Barrios de la Región del Biobío, ingresados al Sistema Nacional de Inversiones en el proceso presupuestario 2003. - Ministerio Secretaría General de la Presidencia - Del diputado señor Ortiz, beneficios previsionales para el sistema de jubilación del magisterio. - Del diputado señor Leal, urgencia proyecto de ley que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal. - Del diputado señor Valenzuela, urgencia para proyecto que crea la Dirección Nacional de Cultura y el Fondo Nacional de Desarrollo cultural. - Intendencia Regional de la Sexta Región - Del diputado señor Masferrer, proyecto agua potable rural Las Balsas. - Intendencia Regional de la Segunda Región - Del diputado señor Escobar, eventuales planes para transformar el aeropuerto de Calama en internacional; gastos incurridos en las Campañas del Auge y privatización de empresas sanitarias. - Intendencia Regional de la Undécima Región - Del diputado señor Pablo Galilea, logro de cobertura regional del 90% en electrificación rural. - Municipalidades de Nancagua, Los Muermos, Aysén, La Cisterna, Isla de Maipo, Maipú, Graneros, Independencia y San Ramón - Del diputado señor Kuschel, depósitos a plazo u otros documentos dispuestos en el mercado de capitales. - Municipalidades de Calbuco y Puerto Montt - Del diputado señor Kuschel, títulos de propiedad de inmuebles. - Municipalidad de Tomé - Del diputado señor Navarro, construcción casetas sanitarias localidad Cocholgue. - Municipalidad de Bulnes - Del diputado señor Monckeberg, facultades otorgadas por el Decreto Suprema N° 453, de Educación. - Dirección General de Carabineros - Del diputado señor Norambuena, prestaciones médicas personal en servicio activo y en retiro. - Servicio Agrícola y Ganadero - Del diputado señor Felipe Letelier, medidas para prevenir epidemia del mildiu de la vid. - Instituto Nacional del Deporte - Del diputado señor Hernández, proyectos 2002 y 2003 del Fondo Nacional para el Fomento del Deporte. - Servicio de Salud Aisén - Del diputado señor Sánchez, lamentable muerte de paciente menor de 6 años de la localidad de Puerto Cisnes. I. ASISTENCIA -Asistieron los siguientes señores diputados: (109)NOMBRE (Partido Región Distrito)Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24Aguiló Melo, Sergio PS VII 37Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60Allende Bussi, Isabel PS RM 29Araya Guerrero, Pedro PDC II 4Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58Barros Montero, Ramón UDI VI 35Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33Bayo Veloso, Francisco RN IX 48Becker Alvear, Germán RN IX 50Bertolino Rendic, Mario RN IV 7Burgos Varela, Jorge PDC RM 21Bustos Ramírez, Juan PS V 12Caraball Martínez, Eliana PDC RM 27Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40Cornejo Vidaurrazaga, Patricio PDC V 11Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36Cristi Marfil, María Angélica IND-UDI RM 24Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21Delmastro Naso, Roberto IND-RN IX 53Díaz Del Río, Eduardo UDI IX 51Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44Encina Moriamez, Francisco PS IV 8Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29Escalona Medina, Camilo PS VIII 46Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56Forni Lobos, Marcelo UDI V 11Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59Galilea Vidaurre, José Antonio RN IX 49García García, René Manuel RN IX 52García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32González Román, Rosa UDI I 1González Torres, Rodrigo PPD V 14Guzmán Mena, Pía RN RM 23Hales Dib, patricio PPD RM 19Hernández Hernández, Javier UDI X 55Hidalgo González, Carlos IND-RN V 15Ibáñez Santa María, Gonzalo UDI V 14Ibáñez Soto, Carmen RN V 13Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41Kast Rist, José Antonio UDI RM 30Kuschel Silva, Carlos Ignacio RN X 57Leal Labrín, Antonio PPD III 5Leay Morán, Cristián UDI RM 19Longton Guerrero, Arturo RN V 12Longueira Montes, Pablo UDI RM 17Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38Luksic Sandoval, Zarko PDC RM 16Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16Mella Gajardo, María Eugenia PDC V 10Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52Molina Sanhueza, Darío UDI IV 9Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42Montes Cisternas, Carlos PS RM 26Mora Longa, Waldo PDC II 3Moreira Barros, Iván UDI RM 27Mulet Martínez, Jaime PDC III 6Muñoz Aburto, Pedro PS XII 60Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9Navarro Brain, Alejandro PS VIII 45Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44Palma Flores, Osvaldo RN VII 39Paredes Fierro, Iván IND-PS I 1Paya Mira, Darío UDI RM 28Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47Pérez Lobos, Aníbal PPD VI 35Pérez Opazo, Ramón IND-UDI I 2Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47Prieto Lorca, Pablo IND-UDI VII 37Quintana Leal, Jaime PPD IX 49Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56Riveros Marín, Edgardo PDC RM 30Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6Rojas Molina, Manuel UDI II 4Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25Salas De la Fuente, Edmundo PDC VIII 45Sánchez Grunert, Leopoldo PPD XI 59Seguel Molina, Rodolfo PDC RM 28Sepúlveda Orbenes, Alejandra PDC VI 34Silva Ortiz, Exequiel PDC X 53Soto González, Laura PPD V 13Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39Tohá Morales, Carolina PPD RM 22Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32Varela Herrera, Mario UDI RM 20Vargas Lyng, Alfonso RN V 10Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25Vilches Guzmán, Carlos RN III 5Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54Walker Prieto, Patricio' PDC IV 8 -Con permiso constitucional estuvo ausente el diputado señor Boris Tapia. -Concurrió, también, el senador señor Jorge Lavandero. -Asistieron, además, los ministros de Educación Pública, señor Sergio Bitar; del Trabajo y Previsión Social, señor Ricardo Solari, y de la Secretaría General de la Presidencia, señor Francisco Huenchumilla. II. APERTURA DE LA SESIÓN -Se abrió la sesión a las 10.39 horas. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión. III. ACTAS La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- El acta de la sesión 79ª se declara aprobada. El acta de la sesión 80ª se encuentra a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados. IV. CUENTA La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta. -El señor ÁLVAREZ (Prosecretario) da lectura a la Cuenta.AUTORIZACIÓN A COMISIÓN INVESTIGADORA INVERLINK PARA SESIONAR SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Si le parece a la Sala, se accederá a la petición de la Comisión investigadora encargada de analizar el actuar de los organismos del Estado en las irregularidades ocurridas con motivo de las actividades financieras del grupo Inverlink, para sesionar simultáneamente con la Sala el jueves 5 de junio, de 11.30 a 13.30. ¿Habría acuerdo? Acordado. Cito a reunión de Comités. V. ORDEN DEL DÍANUEVO PLAZO A EXONEADOS POLÍTICOS PARA IMPETRAR BENEFICIOS PREVISIONALES. Segundo trámite constitucional. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Corresponde conocer, en segundo trámite constitucional, el proyecto de ley que establece un nuevo plazo para acogerse a la ley Nº 19.234, de 1993, que establece beneficios previsionales para exonerados por motivos políticos. Diputado informante de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social es el señor Edgardo Riveros. Antecedentes: -Proyecto del Senado, boletín Nº 3231-13 (S), sesión 1ª, en 4 de junio de 2003. Documentos de la Cuenta Nº 7. -Informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social. Documentos de la Cuenta Nº 2 de esta misma sesión. -Certificado de la Comisión de Hacienda. Documentos de la Cuenta Nº 3 de esta misma sesión. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Tiene la palabra el diputado informante. El señor RIVEROS.- Señora Presidenta, en nombre de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social paso a informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite reglamentario y segundo constitucional, iniciado en mensaje de su Excelencia el Presidente de la República, que establece un nuevo plazo de doce meses para acogerse a la ley Nº 19.234, de 1993, que otorga beneficios previsionales para exonerados por motivos políticos. Cabe recordar que dicha ley tiene por objeto reparar el perjuicio causado por la pérdida del empleo por razones políticas, según lo expresó el Ejecutivo en el mensaje del proyecto que se convirtió en la citada ley, y en el de la ley Nº 19.582, de 1998, que la perfeccionó. La ley Nº 19.234, de 1993, contempla beneficios previsionales para los ex funcionarios de la Administración Pública centralizada y descentralizada, de las instituciones semifiscales y de administración autónoma, y de las empresas autónomas del Estado, de las municipalidades, de las universidades del Estado y del Banco Central de Chile que fueron exonerados por motivos políticos durante el lapso comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990. Dentro de este contexto, se requiere previamente la calificación de exonerado político, facultad que corresponde en forma privativa al Presidente de la República, a través del Ministerio del Interior, según lo dispuesto en el artículo 10 de la mencionada ley. Los beneficios previsionales a que puede acceder la persona calificada previamente como exonerado político se traducen en: abono de tiempo por gracia (2 meses por año cotizado con un tope de 36 meses), pensión no contributiva y pensión no contributiva de sobrevivencia (exonerados fallecidos, pensión de viudez y orfandad). La aplicación de esta ley significó que calificaran personas como exonerados políticos, pero, por no cumplir los requisitos exigidos, que resultaban más rígidos que los propios de régimen normal, no accedieron a beneficios previsionales. De este modo, se estudiarán las imperfecciones de la ley en aspectos tales como el universo de personas, en cuanto a la aplicación del abono de tiempo por gracia (no se incrementaron las pensiones mínimas, las pensiones con tope del artículo 25 de la ley Nº 15.386, las pensiones calculadas con el ciento por ciento del sueldo base y las pensiones que no se determinan sobre la base del número de años de imposiciones) y las pensiones no contributivas (las personas no podían acceder por falta de afiliación); asimismo, existía dificultad para aplicar el artículo 15 de la ley Nº 19.350, y existía incongruencia en la afiliación exigida para obtener pensión no contributiva de invalidez y la invalidez del régimen normal. Con las adecuaciones introducidas por la ley Nº 19.582, de 1998, se hizo menos restrictiva la aplicación del régimen normativo que beneficia a los exonerados políticos. Para ello, se ajustó el texto de la ley Nº 19.234, de 1993, a los fines reparatorios de la misma, con el objeto de hacerla más efectiva, extendiendo sus beneficios y flexibilizando el acceso a los potenciales beneficiarios. Lo anterior significó que el número se amplió de la misma manera que los beneficiarios, posibilitando, al mismo tiempo, que se cursaran solicitudes efectuadas al amparo de la ley Nº 19.234, que se encontraban pendientes por los problemas que presentaba su aplicación. La idea matriz del proyecto, que, como expresamos, es otorgar un nuevo plazo de 12 meses para acogerse a los beneficios de la ley Nº 19.234 y sus modificaciones posteriores, se fundamenta en el hecho de que, no obstante haber transcurrido casi diez años desde la vigencia de la citada ley y cinco años desde la vigencia de la normativa que la perfeccionó, ha sido posible constatar que todavía existen numerosos casos de personas que no han podido acceder a sus beneficios, en particular personas que están en el sector rural. De acuerdo con el informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, se considera beneficiario a un universo de 24.800 nuevos postulantes. Respecto de los artículos calificados como normas de carácter orgánico-constitucional o de quórum calificado, debo señalar que el proyecto, en cuanto regula el ejercicio del derecho a la seguridad social, es de quórum calificado, opinión coincidente con la del honorable Senado. En cuanto a los artículos que debieron ser conocidos por la Comisión de Hacienda, a los que con seguridad se referirá su diputado informante, se estimó que en cumplimiento de lo señalado en el artículo 289, número 5º, del Reglamento de la Cámara, el texto en informe debe ser objeto de estudio por la Comisión de Hacienda, por cuanto contempla normas en materia presupuestaria del Estado. Respecto de la discusión general, la Comisión de Trabajo ha aprobado la idea de legislar por la unanimidad de los diputados presentes. Ellos son la señora Muñoz, doña Adriana, y los diputados señores Muñoz, don Pedro; Salaberry, don Felipe; Seguel, don Rodolfo; Tapia, don Boris, y quien les habla. En el seno de esa Comisión no hubo opiniones disidentes al acuerdo de mayoría. En cuanto a la discusión particular, en la sesión ordinaria celebrada el 3 de junio -ayer-, también fue aprobado por unanimidad. El proyecto tiene un artículo permanente y otro transitorio. El permanente da forma a la idea matriz, estableciendo un plazo de doce meses, a contar del día primero del mes siguiente al de la publicación de la presente ley, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 7º, 19 y 20 de la ley Nº 19.234, y sus modificaciones. Debo señalar que las normas a que se refiere el artículo único están a disposición de ustedes y voy a omitir su lectura por considerarlo innecesario, toda vez que es de conocimiento de los honorables colegas. El artículo transitorio dice relación con el mayor gasto fiscal que represente, durante el año 2003, la aplicación de esta futura ley, y establece cómo será financiado. También, fue aprobado por unanimidad. Por tanto, la recomendación de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, en cuya representación me ha correspondido hacer la relación de este informe, es que sea aprobado el proyecto. He dicho. El señor JARPA (Vicepresidente).- Para informar en nombre de la Comisión de Hacienda, tiene la palabra el diputado José Pérez. El señor PÉREZ (don José).- Señor Presidente, en primer lugar debo agradecer al presidente de la Comisión de Hacienda y a todos los integrantes de la misma el honor que se me confiere al permitirme informar respecto de este proyecto de ley, que para muchos de nosotros tiene un significado muy especial, puesto que no pocos colegas que se encuentran en la Sala sufrieron el rigor de la exoneración y fueron castigados injustamente con ese “látigo exonerador” en aquellos años. Por ello, en la Comisión de Hacienda se pensaba que debía informar sobre este proyecto su presidente, el colega Jaramillo, o quien habla, porque ambos fuimos exonerados tan indebidamente el mes de septiembre del año aquel en que se inició el régimen militar. En la Comisión de Hacienda, reunida el día de ayer, su secretario certifica lo siguiente: “Que el proyecto de ley, originado en un mensaje de su Excelencia el Presidente de la República, que establece un nuevo plazo para acogerse a la ley Nº 19.234, que establece beneficios previsionales para exonerados por motivos políticos (Boletín Nº 3231-13-S), en segundo trámite constitucional y con urgencia calificada de “discusión inmediata”, fue despachado por esta Comisión con la asistencia de los diputados señores Jaramillo, don Enrique (Presidente); Álvarez, don Rodrigo; Dittborn, don Julio; Escalona, don Camilo; Hidalgo, don Carlos; Lorenzini, don Pablo; Ortiz, don José Miguel; Pérez, don José; Silva, don Exequiel; Tuma, don Eugenio, y Von Mühlenbrock, don Gastón. “Concurrieron a la sesión, durante el estudio del proyecto, el ministro del Trabajo y Previsión Social, señor Ricardo Solari; el subjefe de gabinete de dicha cartera, señor Alfredo Bañados; la subsecretaria de Previsión Social, señora Macarena Carvallo, y la asesora de dicha Subsecretaría, señora Nadia Tobar. “La Comisión de Trabajo y Seguridad Social dispuso en su informe que la Comisión tomara conocimiento del artículo único y del artículo transitorio del proyecto aprobado por ella, los cuales, puestos en votación, se aprobaron por unanimidad. “Se adjunta al presente certificado el informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos”. De acuerdo con lo señalado en el informe, en conformidad con las nuevas estimaciones, se considera que el número de nuevos postulantes alcanzaría a 24.800 personas y que el costo anual del proyecto para el año 2004 sería de 7.726 millones de pesos, y para el año 2005, de 15.451 millones de pesos. Cabe hacer presente que algunos colegas parlamentarios, entre los que se incluye, por cierto, quien habla, desde hace mucho tiempo esperábamos que este tercer proyecto llegara al Congreso, a fin de que tuvieran la posibilidad de acogerse al beneficio quienes por alguna razón no lo habían hecho antes. Nosotros habríamos querido, sin duda, un proyecto que entregara más y mejores beneficios, por cuanto nos parecía justo que así fuere. Es así como en una larga conversación sostenida en junio de 2001 con el Presidente de la República, don Ricardo Lagos Escobar, hablamos sobre el particular. Me encomendó elaborar un nuevo proyecto, el le cual hice llegar a su despacho en julio de 2001. Por supuesto, contenía una serie de peticiones que no se consideran en esta iniciativa. Por ejemplo, que se entregara a las viudas el ciento por ciento de la pensión del causante; que se rebajara el plazo para acogerse al beneficio y que se mejoraran las pensiones de acuerdo con lo que en su momento recibía cada exonerado. Empero, por razones de tipo económico, no fue posible conseguir todo lo que se hubiera querido. No obstante, con este importante paso estamos dando la posibilidad, repito, de que se acojan al beneficio personas que por diversas razones no lo hicieron antes. En el proyecto se propone un plazo de doce meses para que postulen al beneficio los trabajadores exonerados por razones políticas en el período calendario comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, que estimen tener derecho a la revisión de sus casos por la comisión especial que, en el Ministerio del Interior, tiene la responsabilidad de resolver cada situación en particular. La iniciativa ingresó a trámite legislativo a través del Senado de la República, el cual, después de aprobarla, lo remitió en segundo trámite constitucional a la Cámara de Diputados. El proyecto, aprobado ayer por las Comisiones de Hacienda y de Trabajo y Seguridad Social de la Corporación, fue remitido a la Sala para su conocimiento, procedimiento que se está cumpliendo en este acto. Una resumida relación de lo que ha sido la situación de los exonerados políticos indica lo siguiente:1. En 1993, se aprobó la ley Nº 19.234, que reconoce derechos y otorga beneficios previsionales a los recurrentes que hubieran sido calificados como exonerados políticos por la comisión especial con asiento en el Ministerio del Interior. (Cabe recalcar que esta es una facultad privativa del Presidente de la República);2. Los beneficiarios de derechos sólo pueden serlo si sus exoneraciones se produjeron en el período del régimen militar, entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, desde entidades del Estado o desde empresas particulares intervenidas;3. Los beneficios acordados por el texto legal referido o por la legislación modificatoria, la ley Nº 19.582, de 1998, son esencialmente la pensión de tipo no contributivo y el abono de tiempo por gracia, debiendo citarse también la jubilación por expiración obligada de funciones y la indemnización por desahucio, y4. En materia de estadísticas y respecto de la aplicación de las normas legales recién citadas, tanto la comisión especial como la asesoría del Programa de Reconocimiento de Exonerados Políticos del Ministerio del Interior, al 30 de abril de 2003 han calificado positivamente 86.041 casos de un total de 103.449 solicitudes presentadas. La diferencia se produce con situaciones recurrentes, cuyos casos no corresponden con las exigencias de las respectivas leyes. La iniciativa de ley en examen se funda en la constatación objetiva de que varios miles de exonerados políticos no presentaron solicitudes en los plazos anteriormente fijados por las leyes Nºs 19.234 y 19.582. Esta no concurrencia tiene variadas explicaciones, entre las cuales la más evidente fue la imposibilidad de contar con información oportuna por importantes sectores de ex trabajadores de sectores campesinos, exiliados, retornados y otros. Las comisiones que revisaron la iniciativa del Ejecutivo proponen a la Sala la aprobación del respectivo proyecto, con la convicción de que se trata de un tema reparatorio que ha funcionado efectivamente, pero que precisa del plazo estipulado para perfeccionar las respuestas del Estado a tan dramáticas situaciones. Los ítem presupuestarios están claramente determinados. Debe recordarse que los beneficios que se perciben, como la pensión de tipo no contributivo, al tenor de estas leyes, aportan el ciento por ciento de sus ahorros previsionales hasta el 10 de marzo de 1990, lo que demuestra que la respuesta compensatoria o reparatoria también es asumida, en parte, por los propios recurrentes. Son miles las familias chilenas que se han visto efectivamente beneficiadas con estas iniciativas legales, y serán muchas más a partir de la aprobación del proyecto en discusión. Quiero subrayar, una vez más, que habríamos querido un proyecto mejorado, pero por razones de tipo económico y porque así se ha determinado en el Ministerio de Hacienda y a las demás carteras, no ha sido posible dar un paso más allá de lo que hoy se propone: la prolongación por doce meses de la ley vigente con anterioridad. Quiero destacar la muy buena disposición de los colegas de la Oposición para legislar en esta materia. Ayer en la Comisión de Hacienda hubo una demostración evidente de ello al aprobarse por unanimidad la iniciativa. Hago un llamado a la Sala para que proceda de la misma manera, pues así estaremos reparando el daño que se causó en el pasado a miles de familias chilenas que tuvieron que enfrentar la vida sin contar con el ingreso al que estaban acostumbradas He dicho. El señor SALAS (Vicepresidente).- Por acuerdo de los Comités, corresponde conceder diez minutos por bancada. Tiene la palabra el diputado el señor Antonio Leal. El señor LEAL.- Señor Presidente, el proyecto satisface una aspiración de las diversas organizaciones de exonerados de las regiones e incorpora a los beneficios que las dos leyes mencionadas concedieron a miles de personas exoneradas que, por vivir en lugares apartados de nuestro territorio, no alcanzaron a inscribirse oportunamente. Nos habría gustado que el proyecto hubiera ampliado los montos de las pensiones de los exonerados, pero comprendemos que el Estado debió hacer una elección entre ampliar el número de los beneficiados y ampliar los montos de las pensiones. Por lo tanto, es positivo que el Gobierno, junto con enviar la iniciativa, haya suscrito un protocolo con el comando nacional de exonerados respecto de lo que había que hacer, y se haya decidido a ampliar este beneficio a miles de chilenos de zonas apartadas que no alcanzaron a inscribirse dentro de los plazos concedidos con anterioridad. Felicito al ministro del Trabajo, señor Ricardo Solari, quien se encuentra presente en la Sala, por concretar la firma de un protocolo de acuerdo con el comando nacional de exonerados, el que, por la vía administrativa, va a apuntar, en primer lugar, al recálculo de las pensiones para los que fueron exonerados entre 1973 y agosto de 1975. Esas pensiones fueron calculadas en escudos, y el recálculo, en la mayoría de los casos, va a significar un aumento de las pensiones para ese sector, que seguramente es el más golpeado políticamente, porque sus casos se produjeron en los primeros años del régimen militar. En segundo lugar, es importante que, por la vía administrativa, se haya impulsado el acceso a la vivienda y que haya novedades en materia de educación. Me parece importante también revisar el Programa de Reparación y Atención Integral en Salud de Derechos Humanos, Prais, que es una demanda de otras víctimas de la represión del régimen militar. Se ha planteado la posibilidad de que, el Prais alcance reconocimiento legal para garantizar una atención de salud digna a las víctimas de la represión del régimen militar, así como a este sector que tanto sufrió, el de los exonerados. Asimismo, me parece importante que en el citado protocolo quede abierta la posibilidad de que se legisle sobre el derecho de las viudas a mantener la pensión, y que también se extienda a los exonerados. Por último, quiero decir que votaré favorablemente, al igual que la bancada del Partido por la Democracia. La Cámara de Diputados, el Senado y el Gobierno deben garantizar que se cumpla el protocolo adicional, firmado con la organización nacional de exonerados. He dicho. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Independientemente de que el señor Secretario informe sobre los acuerdos, corresponde explicar que, por acuerdo unánime de los Comités, se ha determinado otorgar 50 minutos para la discusión del proyecto, lo que da un total de diez minutos por bancada. Por tanto, ruego que se haga llegar a la Mesa la distribución de los diez minutos de tiempo por bancada. El señor Secretario va a dar lectura al resto del acuerdo de los Comités.El señor LOYOLA (Secretario).- Los Comités acordaron que el proyecto que establece normas sobre pérdida del carné de identidad, que se encuentra en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, sea enviado a la Comisión de Economía. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Tiene la palabra el diputado señor Maximiano Errázuriz. El señor ERRÁZURIZ.- Señora Presidente, he conocido muy bien la situación de los exonerados políticos a través del presidente de la Asociación de Exonerados Políticos y de Derechos Humanos de la provincia Cordillera, don Luis Olguín, apreciado amigo suplementero con quien he tenido contacto permanente. A él le dije lo mismo que siempre he sostenido: a los parlamentarios no nos corresponde pronunciarnos acerca de las causas por las que algunas personas tienen la calidad de exonerados políticos; pero sí nos parece lógico que ninguna persona que cumpla con los requisitos o condiciones establecidos para acceder a los beneficios que la ley le otorga, quede fuera de ella. La primera ley estableció exigencias y requisitos tan difíciles de cumplir que alrededor de 70 mil millones de pesos volvieron a fondos generales de la nación. De los treinta mil o cuarenta mil exonerados políticos, sólo diez mil cumplían dichos requisitos; de ésos, sólo seis mil alcanzaron a presentar toda su documentación, y de los seis mil, el 96 por ciento obtuvo exclusivamente la pensión mínima. Anteayer estuvieron conmigo, en Puente Alto, dirigentes de exonerados políticos de la provincia Cordillera, quienes me solicitaron -al igual como debe haberle ocurrido a otros señores diputados- una serie de modificaciones al proyecto, que, en la práctica, sólo se limita a ampliar el plazo de postulación. Les contesté que los parlamentarios no estamos facultados para presentar ningún proyecto ni indicación que signifique gastos para el Estado. Desgraciadamente, la mayoría de las propuestas que nos hicieron se referían a un mayor gasto, de manera que no nos es posible ayudarlos en ese sentido. Hoy, los exonerados políticos están en una situación económica bastante deteriorada. Debido a su edad, no pueden trabajar, la mayor parte de los pocos ingresos que obtienen, producto de la ayuda de sus familiares, la destinan a comprar medicamentos para aliviar sus enfermedades, a comer y a vestirse. El proyecto en análisis amplía el plazo de postulación a las personas que por distintas razones no pudieron presentar la documentación requerida oportunamente. Sin embargo, quiero decir públicamente que el proyecto no soluciona los problemas de fondo que todavía están pendientes para los exonerados políticos. Por eso, pediré a las distintas bancadas que promovamos un proyecto de acuerdo para solicitar al Presidente de la República, quien es el único que tiene iniciativa en la materia, que envíe un proyecto de ley para solucionar de manera definitiva los problemas reales de los exonerados políticos. He dicho. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Tiene la palabra el diputado señor Ojeda. El señor OJEDA.- Señora Presidenta, nos alegramos por la presentación de este proyecto de ley, que sólo consta de dos artículos, pero de gran significación para muchos chilenos. En efecto, otorga doce meses a los exonerados políticos que no solicitaron los beneficios establecidos en las leyes anteriores en los plazos dispuestos para ello. El Ejecutivo menciona que aproximadamente 16.800 personas se podrían beneficiar con el proyecto, las cuales se sumarían a las 85.871 personas ya calificadas como exonerados políticos. Ésta es una forma de compensar los daños y perjuicios sufridos por los exonerados. No se puede hablar de reparación plena, por cuanto nunca, nada, podrá reparar el oprobio y la humillación sufridos en su dignidad por la expulsión y destitución arbitraria de sus trabajos ni tampoco el daño material que ello significó para su economía familiar. La expulsión de miles de chilenos de sus trabajos es un problema real de derechos humanos que nuestra sociedad, en conjunto, tiende a reparar. El proyecto en discusión ha sido largamente esperado por los exonerados y también prometido por el Gobierno. Nuestra aprobación permitirá que ahora postulen los exonerados que no lo hicieron en su oportunidad. Muchos motivos lo impidieron en su momento: desconocimiento de los beneficios que otorgaba la ley, temor, miedo a enfrentar el pasado, deseo de romper con un período traumático para ellos, o, sencillamente, porque vivían en el extranjero, como le ocurrió a muchos. Quienes formamos parte del Congreso Nacional desde 1990, hemos sido protagonistas y actores en la aprobación de variadas leyes en materia de derechos humanos, sobre retorno de exiliados y de reparación, pero creemos que todavía falta mucho por hacer. Por ejemplo, aún está pendiente el tema de los ex presos políticos y torturados, así como el de los familiares de los detenidos desaparecidos y ejecutados. En la actualidad, la forma en que se entregan los beneficios ha sido bastante eficaz, al menos en el Ministerio del Interior. Esperamos que una vez que este proyecto sea ley, se continúe trabajando, de manera operativa en el departamento de coordinación del Ministerio del Interior, que es el que hace las calificaciones correspondientes, y en el INP, que determina técnicamente los beneficios. Por ello, en su oportunidad cuestionamos el protocolo que planteaba una tramitación diferente para la calificación de exonerado. Ojalá esta iniciativa abordara otras tantas situaciones que los exonerados han propuesto, pero ello habría significado demoras y la postergación indefinida en la obtención de los beneficios para miles de chilenos que no han sido favorecidos por no haber postulado a tiempo. Por tanto, éste es un acto de justicia para quienes aún no los han recibido sus beneficios. Sobre las imposiciones, el sistema empleado por el Ministerio del Interior, respecto de la subrogación y el efecto retroactivo, ha sido una solución para las personas a las que les faltaban meses o años parea impetrar beneficios. En esta oportunidad se ha conjugado la buena disposición y la voluntad. Por último, quiero decir a los exonerados políticos -aquellos que, en gran número, sin distinción de colores políticos, y a veces desesperanzados, acuden a nuestras oficinas parlamentarias- que lo que hacemos por ellos es de justicia y se lo merecen. Como comprendemos su drama y en su tiempo fuimos solidarios con la grave situación que los afectaba por su exoneración política, votaremos favorablemente el proyecto. He dicho. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Tiene la palabra el diputado señor Felipe Salaberry. El señor SALABERRY.- Señora Presidenta, en las Comisiones de Trabajo y de Hacienda conocimos ayer este proyecto, que es bastante simple. Sólo establece un plazo de doce meses para que un número importante de chilenos impetre algunos beneficios. En la misma línea de simpleza de la iniciativa debería pronunciarse la Cámara de Diputados, en el sentido de si está a favor o en contra de ese plazo. Pero permítanme hacer una reflexión al respecto. Si hay algo que aleja a los jóvenes de la actividad política, incluso a quienes están en tribunas, es precisamente lo latero que muchas veces se ponen algunos parlamentarios a la hora de discutir un proyecto tan simple como éste, que no requiere un mayor cuestionamiento, como fue la lógica utilizada en las comisiones de Trabajo y de Hacienda. Efectivamente, más allá de nuestras diferencias políticas, diariamente recibimos en las oficinas de nuestros distritos la visita de personas que se han visto afectadas laboralmente por decisiones políticas del pasado. Represento a un distrito de comunas populares, como Macul, San Joaquín y La Granja. En esta última, se cuenta con una asociación de exonerados políticos. Algunos de sus integrantes me han planteado que a lo largo de estos años se han encontrado con personas que no accedieron a estos beneficios. Pero, si mal no recuerdo, ésta sería la segunda prórroga que se otorga para obtenerlos. Por lo tanto, al hablar de justicia, también seamos justos con la gran mayoría de los chilenos. El ministro del Trabajo y Previsión Social expresó ayer que por el afán de plantear soluciones con el tejo pasado, algunos parlamentarios piden una cantidad de beneficios para familias y viudas, que claramente pueden resultar discriminatorios respecto de los obtenidos por el resto de los beneficiarios de los sistemas previsionales. Por lo tanto, si vamos a enfrentar con justicia este tema para aquellos que no accedieron a estos beneficios durante el período de vigencia de la ley, también seamos justos y digamos que al término de este plazo no volveremos a discutir una nueva prórroga para mantener vivos, muchas veces en forma artificial, problemas sucedidos hace mucho tiempo. Los diputados de la Unión Demócrata Independiente votaremos a favor el proyecto, pero -reitero- con el llamado de que, una vez cumplido el plazo que se otorga, no volvamos a discutir una iniciativa similar porque determinada persona quedó fuera de los beneficios. He dicho. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Tiene la palabra el diputado señor Juan Bustos. El señor BUSTOS.- Señora Presidenta, la ley Nº 19.234, de 1993, dictada durante la administración del Presidente Aylwin, reconoció derechos previsionales a las personas que, por pensar distinto al régimen militar, fueron exoneradas de sus fuentes laborales, que suman, de acuerdo con estudios, más de 100 mil personas. Valoramos lo que ha señalado el diputado señor Errázuriz, porque, en su oportunidad, toda la Derecha estuvo en contra de ese proyecto de ley. Apreciamos este cambio de opinión, que no es total, porque en el Senado la UDI estuvo fuerte y violentamente en contra de esta iniciativa. Reitero que las palabras del diputado señor Errázuriz son diferentes de las expresadas hace algunos años y distintas de lo que se manifestó en el Senado. La ley Nº 19.582 rectificó una serie de deficiencias, especialmente en lo referente al aspecto previsional. De todas maneras, existen problemas de interpretación -lamentamos que esta iniciativa no los haya resuelto- con la Contraloría, con lo cual una gran cantidad de personas queda sin calificación. Por ejemplo, quedan sin calificación todas las personas que fueron parte de los asentamientos campesinos; también, quienes trabajaban en empresas intervenidas durante la época del Presidente Salvador Allende, y los secretarios de los parlamentarios hasta 1973, marginados por pensar distinto. Además -y lo que es más grave-, no son calificadas las personas que durante el régimen militar fueron obligadas a entrar a las administradoras de fondos de pensiones. Hoy, las AFP, sin consulta a los afectados, les liquida el bono de reconocimiento, con lo cual los cotizantes, en conformidad con lo que establece la Contraloría, ya no tienen el derecho de optar a los beneficios otorgados en leyes de carácter reparatorio. Por eso he señalado que hay una serie de problemas interpretativos con la Contraloría respecto de las calificaciones que hace el INP, que podrían haber sido resueltas sin mayor problema. De todas maneras, debemos congratular al Ministerio del Trabajo por esta iniciativa, que otorga un nuevo plazo a una gran cantidad de personas, tanto en Chile como también fuera del país, que quedó sin la posibilidad de ser reparada en relación con sus derechos, los cuales perdieron sólo por pensar de manera diferente al régimen militar. Por ello, para nosotros este proyecto es importante, porque implica profundizar nuevamente en materia de derechos de las personas que son reconocidos por nuestra Constitución como fundamentales, como el derecho al trabajo, a gozar los frutos correspondientes por el trabajo de toda una vida, y que tales derechos no pueden ser afectados por el solo hecho de que una persona piense diferente. Esta nueva normativa reparatoria es un paso importante en cuanto a la responsabilidad que tiene el Estado -y también esta Corporación- frente a todos aquellos chilenos que sufrieron la violencia del régimen militar. He dicho.-o- La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Por petición del jefe de bancada del Partido Socialista, a la cual accede la Mesa con mucho gusto, como se hace habitualmente, saludamos al colega Iván Paredes Fierro, quien celebra hoy 45 años de vida. Muchas felicidades, diputado Iván Paredes. -Aplausos.-o- La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Tiene la palabra el diputado señor Carlos Vilches. El señor VILCHES.- Señora Presidenta, como miembro de la Comisión de Trabajo he participado en la discusión de este proyecto. En ella he podido constatar que todos los sectores políticos tenemos gran sensibilidad por iniciativas de este tipo. La aprobación, por unanimidad, del proyecto en la Comisión -el tercero relacionado con los exonerados políticos-, demuestra nuestro apoyo. Los diputados de la bancada de Renovación Nacional hemos promovido este tercer proyecto. Lo solicitamos en forma reiterada al Ministerio del Interior, porque hay muchas personas que no alcanzaron a acogerse a la ley Nº 19.234, que permite acceder a una pensión y tener algunos períodos de gracia a exonerados políticos entre 1973 y 1990. Para nosotros, el tema no es ajeno. Lo digo con mucha sinceridad, porque en Copiapó, en Chañaral y en la localidad de Diego de Almagro hay muchas personas que trabajan en terreno y, por ello, no pueden acceder a la información, porque sólo están en sus hogares cada quince días o los fines de semana. Por esa razón, recogimos esta inquietud. Creemos que se trata de un muy buen proyecto, que apoyaremos con entusiasmo, porque hay chilenos que sufrieron la exoneración, y el país ha asumido los costos que eso significa. No voy a politizar ni a hacer demagogia sobre este tema, pero sí creo que es necesario respetar los derechos de esas personas. Incluso, en las discusiones anteriores que se llevaron a cabo sobre estos temas, prometimos luchar por la posibilidad de que se otorgara un bono de compensación a los exonerados políticos, lo que nunca hemos podido lograr; lo reconozco hidalgamente. Pero el hecho de que puedan acogerse a una pensión y recibir este tipo de ayuda trae consigo esa posibilidad. Además, los recursos para eso ya están aprobados. Por lo anterior, con mucho agrado apoyaré el proyecto. He dicho. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Tiene la palabra la diputada señora Ximena Vidal. La señora VIDAL (doña Ximena).- Señora Presidenta, los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra han detallado en qué consiste el proyecto. La entrada en vigencia de esta iniciativa legal posibilitará que aproximadamente treinta mil personas puedan ser calificadas como exonerados políticos y obtener una pensión de gracia por tal concepto. Esta reivindicación y la puesta en marcha de los denominados conceptos de pensión de gracia han servido para que poco a poco se vaya reparando el problema que aqueja a tantos exonerados políticos. Sin perjuicio de ello, quedan muchas aristas que les preocupan muchísimo y que se relacionan con un acercamiento hacia otros beneficios, que estimamos deben ser estudiados, a fin de que en un futuro no muy lejano se pueda avanzar, por ejemplo, en el otorgamiento de becas para sus hijos y en la entrega, a la viuda, del ciento por ciento de la pensión que recibía el exonerado en vida. Así deben irse saldando los problemas que un pasado reciente nos ha dejado como secuela. Reparar y sostener con vigor; mirar con la cabeza en alto las transgresiones y las culpas políticas que hemos cometido en el pasado. Esa es la única manera de mirar con dignidad y optimismo el futuro próximo, destinado, inequívocamente, a saldar nuestras deudas, a sanar nuestras heridas y, por cierto, a robustecer de manera clara y eficaz la construcción de un Estado democrático, y a reforzar el estado de derecho para que no vuelvan a ocurrir problemas tan graves como el que hoy nos convoca. Quiero terminar mis palabras celebrando y aprobando este esfuerzo para avanzar en este camino, que es responsabilidad de todos. Me alegro por los miles de exonerados con los que he estado reunida últimamente en el distrito Nº 25, que represento, el cual está integrado por las comunas de Macul, San Joaquín y La Granja. Asimismo, me alegro por todos los exonerados de la Región Metropolitana, porque estoy segura de que también están aplaudiendo este esfuerzo del Ministerio del Trabajo y de todos quienes tenemos la voluntad de apoyar esta iniciativa. He dicho. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Tiene la palabra el diputado señor Fulvio Rossi. El señor ROSSI.- Señora Presidenta, simplemente quiero señalar la importancia de esta tercera iniciativa, que, de alguna manera, significa un avance en el camino de la reparación integral de las víctimas de violaciones a los derechos humanos. Se ha dicho que no nos corresponde hablar de las causas -no sé si debemos hacerlo o no-, pero lo cierto es que ellas son muy evidentes. Hay personas que perdieron su trabajo por el solo hecho de pensar de manera distinta. Cuando no hay tolerancia, no se valora la diversidad y se discrimina, las consecuencias son muy dramáticas, y le corresponde al Estado asumir un rol importante en el ámbito de la reparación. El diputado señor Bustos señaló que fue la Derecha la que se opuso tenazmente a que la primera ley de exonerados políticos lograra mejores resultados en la práctica. También es justo reconocer que no hace diez años, sino dos semanas, esta iniciativa se votó en el Senado, donde de once senadores de la UDI, nueve se abstuvieron o votaron en contra. En tal sentido, me alegra mucho escuchar al diputado Salaberry decir que la UDI ha cambiado de parecer y que apoyará la iniciativa. Espero que esa misma voluntad se exprese la próxima semana, cuando se vote un proyecto de acuerdo que busca una reparación integral para los ex presos políticos y víctimas de la tortura. Se trata de una deuda social pendiente de la Concertación y del Estado por la responsabilidad que le cupo a éste en la aplicación del terrorismo de Estado. Muchas de esas personas se encuentran en condiciones de desamparo y de abandono, y otras están muriendo. He dicho. -Aplausos. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Tiene la palabra el diputado señor Gabriel Ascencio. El señor ASCENCIO.- Señora Presidenta, no puedo dejar de reclamar y considerar una vergüenza que este Congreso destine tan poco tiempo a la discusión de un asunto tan importante como el que nos ocupa. (Aplausos). Se trata de un tema relevante en el que todos los partidos políticos están trabajando. La irrupción de la UDI en el tema de los derechos humanos, hace algunas semanas, es algo que nos puede hacer bien y que puede tener ventajas, porque esta sociedad por fin tendrá la oportunidad de ponerse a discutir cuestiones que son importantes respecto de lo que pasó con las víctimas de las violaciones de los derechos humanos. No quiero caricaturizar, estigmatizar ni acusar a nadie, sino señalar que este Congreso Nacional tiene la obligación de discutir el tema en serio, no a la carrera. Me da vergüenza que corramos a La Moneda llevando propuestas cada uno por su lado, y acá tengamos unos cuantos minutos para decir las cosas que pensamos. Este problema no sólo se relaciona con los exonerados, sino también con los exiliados, los torturados, los desaparecidos y los ejecutados. ¡Esta sociedad y este Congreso tienen la obligación de hacerse cargo de las víctimas de violaciones de los derechos humanos! Votaré a favor la iniciativa, porque puede significar un beneficio el hecho de ampliar el plazo para que las personas hagan reconocer su calidad de exonerados políticos. Pero el proyecto es malo, y el Gobierno debe saber que es malo, porque sólo se propone una ampliación de plazo. (Aplausos). No acepto que mi Gobierno, en representación de esta sociedad -porque no es sólo un problema del gobierno-, diga que no tiene recursos económicos para resolver el sufrimiento de miles de personas que durante treinta años lo único que han querido es un poco de justicia. Aquí tenemos problemas de todo tipo. Esta iniciativa no da cuenta de una serie de ineficiencias de las dos leyes anteriores. No da cuenta de la situación de las viudas -alguien lo mencionó- que no obtienen beneficio alguno, pese a que compartieron el mismo sufrimiento que el exonerado político durante el gobierno militar; no da cuenta de aquellos exonerados políticos que, producto del cambio del sistema previsional, ingresaron obligados al sistema de AFP, muchos de los cuales en la actualidad, como consecuencia del término de sus fondos, no reciben pensión alguna o deben conformarse con la que garantiza el Estado, que alcanza a 54 mil pesos. Los abonos por tiempo de gracia que dan derecho a un bono de reconocimiento adicional, que el INP hace llegar a las AFP, en muchos casos nunca llega a manos de los exonerados políticos directamente, sino que a través de la reliquidación de pensión, que no la mejore significativamente. Este proyecto no da cuenta de centenares de exonerados políticos que fueron despedidos después del término de intervención de las empresas, situación que les imposibilitaba la calificación de exonerados políticos y, por lo tanto, no les permite acceder a ninguno de los beneficios que otorgan las leyes; no da cuenta -y hay que tenerlo presente- de la situación de centenares de exonerados políticos de mi región, quienes, por el hecho de estar pensionados en el sistema antiguo, como único beneficio reciben una reliquidación de pensión, que en muchos casos no supera los mil pesos. A mi querido colega de la UDI que habló hace un rato, le quiero decir que pedir más de mil pesos o una pensión sobre 54 mil pesos, no es pedir con el tejo pasado; es simplemente pedir justicia. No se puede decir que estemos manteniendo un problema en forma artificial. No es un problema artificial, sino real, permanente. Hoy incorporaremos a veinte mil exonerados políticos, ¿y qué les vamos a dar? ¿Los mismos beneficios de las leyes anteriores, porque el ministro de Hacienda dice que no hay plata para reparar con justicia a estos miles de personas que sufrieron la dictadura? ¡Eso no es justo! En nombre de muchos diputados democratacristianos, como Exequiel Silva, Carlos Olivares, Sergio Ojeda, José Miguel Ortiz, quiero decir que debemos hacer un esfuerzo, que este tema no se cerrará, porque la realidad nos indica que no se puede cerrar. El hecho de ampliar un plazo no significa que dejemos a una tremenda cantidad de gente desamparada. Tenemos una buena oportunidad; hay un buen clima en el país, y entre todos, aquí; pero el Gobierno tiene que recogerlo. La Oposición ya lo ha hecho, y como Congreso Nacional debemos comportarnos adecuadamente: conversar más sobre el tema y resolver los problemas de los exonerados que hoy están viendo cómo una pequeña ampliación de plazo puede ser una luz; pero, en realidad, sus problemas no son resueltos con este proyecto. He dicho. -Aplausos. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Tiene la palabra el diputado señor René Manuel García. El señor GARCÍA (don René Manuel).- Señora Presidenta, votaré a favor el proyecto, en primer lugar, porque ya van a pasar treinta años del pronunciamiento militar. Chile no puede seguir mirando hacia atrás ni continuar permanentemente con estos problemas. Me interesa que estos temas queden zanjados, y que los exonerados se puedan acoger a los beneficios de esta iniciativa, porque les dará estabilidad y les permitirá vivir un poco más tranquilos los años que les restan. Quiero decir al señor ministro que es tercera vez que votamos un proyecto de esta naturaleza. En consecuencia, le pido que de una vez por todas diga si van a ser 12 ó 24 meses, para no estar en tres o cuatro años más con el mismo problema. Demos un plazo perentorio. También sería bueno que la ley que se dicte tenga publicidad suficiente para que la gente pueda acogerse a sus beneficios; que no sea una ley aprobada entre “gallos y medianoche”, que nadie pueda aprovechar los beneficios que otorga y que se siga poniendo este tema en el tapete hasta el infinito. En consecuencia, es conveniente que las autoridades publiciten el proyecto una vez aprobado y digan que los exonerados tendrán un año para acogerse a los beneficios que otorga; pero también es conveniente que digan: “¡Ojo, señores exonerados: éste será el último proyecto en este sentido!”. Cuando se dicta una ley como ésta, no se está pensando en favorecer a uno u otro lado, sino en otorgar beneficios que den tranquilidad a todas las personas afectadas. Y es bueno darlo a conocer masivamente para que los interesados puedan decir: “Estamos debidamente informados del proyecto y sabemos cómo acogernos a los beneficios que establece”. En consecuencia, si el señor ministro quiere un plazo de dos o tres años, le digo, “en muy buena leche”, que lo vamos a aprobar; pero no se puede plantear lo mismo cada cierto tiempo, como ocurre cada año con el salario mínimo. Por otra parte, en muchos distritos se dice que tal o cual tienda política ha intervenido en la elaboración del proyecto. Esta iniciativa no tiene color político, ya que tiene una aceptación transversal, como que será aprobada por unanimidad. Lo anterior demuestra cómo ha cambiado la conciencia de los parlamentarios, ya que hay consenso en hacer reparación a las personas que en su momento se vieron afectadas. Pero, a su vez, comprobamos que es preciso tener buenos gobiernos, con el objeto de que no se repita lo sucedido en el pasado y, entre otras cosas, para no tener que discutir proyectos de esta naturaleza. El país necesita que su gente trabaje unida y en condiciones de estabilidad y de seguridad. No podemos sacarnos los ojos unos a otros discutiendo temas como éste. Todos estamos de acuerdo en aprobar un proyecto en favor de los exonerados políticos. Por ello, lo votaremos favorablemente, para que, de una vez por todas, Chile pueda estar tranquilo y su gente pueda mirar hacia adelante sin rencores y sólo pensando en su futuro. Creo que tenemos más puntos de encuentro que de desencuentro, y a esa labor nos debemos abocar. Por lo tanto, votaré favorablemente el proyecto, porque creo que es de absoluta justicia para las personas que sufrieron en el pasado. He dicho. -Aplausos. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Tiene la palabra, hasta por 2 minutos, el diputado señor Carlos Abel Jarpa. El señor JARPA.- Señora Presidenta, deseo recordar que hace dos años, exactamente el 6 de junio del año antepasado, esta Corporación solicitó a su Excelencia el Presidente de la República el envío del denominado tercer proyecto de ley de exonerados, que contenía varios puntos, de los cuales hoy sólo lograremos sacar adelante el relativo a la ampliación del plazo para acogerse a beneficios previsionales. Reitero, dada la limitación que tiene la Cámara para iniciar proyectos, hace dos años solicitó el envío de éste. En consecuencia, nos alegramos de que, después de dicho lapso, estemos próximos a aprobar una iniciativa que beneficiará a más de 24 mil personas. Es importante que la sociedad asuma los daños que se provocaron en un momento dado. Si 100 mil personas tienen derecho a beneficiarse con el proyecto de ley de exonerados políticos, debemos pensar que hubo más de medio millón que se vieron afectadas por no contar con salario, previsión ni educación. Ése fue el drama que vivieron miles de chilenos durante muchos años en nuestra sociedad. Debemos valorar que hoy la Cámara de Diputados esté entregando, por unanimidad -cosa que no ocurrió en el Senado-, una pequeña reparación a más de 24 mil personas por el daño que sufrieron. Esto es importante y corresponde a lo que se les puede entregar, de acuerdo con el momento económico que estamos viviendo. Sabemos que no es todo lo que se merecen, pero esto beneficiará a más de mil quinientas personas de mi distrito que, por desconocimiento, temor o desconfianza, no se acogieron a los beneficios otorgados en las dos leyes anteriores. He dicho. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Tiene la palabra el diputado señor Eugenio Tuma. El señor TUMA.- Señora Presidenta, este proyecto, tan esperado durante tanto tiempo por varios miles de ciudadanos, viene recién a hacer justicia a cerca de 25 mil personas que, por diversas razones, no impetraron los derechos establecidos en las dos leyes anteriores. Debemos celebrar la iniciativa del Ejecutivo de enviar este proyecto, y espero que en la Cámara de Diputados exista el consenso suficiente para aprobarlo por unanimidad; pero me resisto a creer que sea de punto final. Por muchos años, hubo un atropello de los derechos humanos, de los derechos de los trabajadores, y no sólo a los derechos de las personas, sino de familias completas. Ese reconocimiento y la voluntad por mitigar el dolor y reparar con celo el mal causado, es una parte de lo que estamos haciendo en esta ocasión. Existía el anhelo de que este proyecto contuviera normativas que permitieran mejorar las pensiones. Sin embargo, el Gobierno ha planteado, con razón, que el mejoramiento de las pensiones de los exonerados crearía una discriminación arbitraria y sería rechazada por la mayoría de los chilenos, y tiene toda la razón. Por tanto, el Congreso Nacional debe buscar la forma de apoyar iniciativas que permitan incrementar las pensiones en general y no solamente las de los exonerados -me refiero a los pensionados y montepiadas- como una manera de hacer justicia. Reitero mis felicitaciones por esta iniciativa y saludo a los miles de exonerados que por fin hoy van a tener ese reconocimiento y una mejoría en sus ingresos. Por esta razón, la bancada del Partido por la Democracia apoyará este proyecto. He dicho. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Tiene la palabra, por un minuto y medio, el diputado señor José Pérez. El señor PÉREZ (don José).- Señora Presidenta, comparto la opinión de muchos de mis colegas en el sentido de que esta iniciativa repara en una mínima parte el daño causado a tantos chilenos en aquella época, pero pienso que debió haber tenido un alcance mucho mayor. Califico este proyecto como “peor es nada”, porque todos esperábamos mucho más y porque los exonerados merecen mucho más. Quiero hacer un reconocimiento al trabajo realizado por el Programa de Exonerados Políticos, dependiente del Ministerio del Interior, con don Humberto Lagos a la cabeza y un equipo de profesionales muy comprometidos con la causa de los derechos humanos y de los exonerados. Los parlamentarios de distintos distritos hemos sido testigos del trabajo que este grupo realiza en terreno, en los lugares rurales, con sus computadores, para atender a 400 ó 500 personas en un lapso de dos horas, a fin de entregar la información que a cada uno le interesa. El Programa de Exonerados Políticos, del Ministerio del Interior ha cumplido en forma cabal con su misión, con gran compromiso y profesionalismo. Por tanto, quiero felicitar a sus integrantes, y me alegro mucho de que continúen cumpliendo con esta delicada función, que tanto necesitan los exonerados, a fin de hacer más efectivo y expedito este proyecto. He dicho. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Tiene la palabra, por cuatro minutos, el diputado señor Jaramillo. El señor JARAMILLO.- Señora Presidenta, cuando se dice que ya está bueno de estos temas, que a lo mejor traen recuerdos de situaciones que debiéramos dejar de lado, debo decir que esos recuerdos jamás podrán ser borrados de la historia de las familias que vivimos esos tristes momentos. Por tanto, cuando por casi 10 años hubo temor para decir “yo también soy exonerado político”, no podemos esperar que ello se borre de una plumada. Hoy, 25 mil familias van a resultar beneficiadas si se aprueba este proyecto. ¿Por qué no se inscribieron en su momento? No sólo por no haber recibido la comunicación correspondiente, sino porque tenían temor. A lo mejor, la denominación de exonerados políticos provocó alguna aprensión por las características de mundo en que vivimos muchos. Me alegro de que en esta oportunidad esté presente el ministro del Trabajo, don Ricardo Solari, a quien quiero reconocer su gran preocupación para que este proyecto se hiciera realidad. En nombre de todos sus beneficiarios, doy las gracias al señor ministro, y también hago extensivos mis agradecimientos al Gobierno. Como dijo el diputado José Pérez en su intervención, muchos parlamentarios estamos involucrados en la concreción de esta iniciativa, porque consideramos necesaria una tercera ley para muchos chilenos que estaban siendo prácticamente dejados de lado. Me alegro, también, por las miles de familias del complejo maderero Panguipulli, donde ni el cinco por ciento de los posibles beneficiarios se había inscrito, debido a que existía temor. Hoy, tres mil y tantas familias de esos lugares van a resultar beneficiadas. Además, debo aclarar que ya funciona allí una oficina en la que se trabaja para lograr lo que esas personas querían. Ellas creían en el Gobierno y en los parlamentarios que estábamos trabajando por sacar adelante la tercera ley sobre la materia. Me alegro, repito, por la gente de Los Lagos, de Río Bueno, de Paillaco, de Futrono; por aquellas personas que viven a medias, sin avizorar un futuro en lo económico, desgraciadamente, porque no perciben pensión alguna. Los 105 mil pesos que recibirán por ese concepto constituirán para ellas algo que jamás pensaron lograr. A lo mejor, un momento económico diferente les permitirá mirar de frente, comer mejor. Se trata de personas que hace veinte o treinta años tuvieron mejores expectativas de vida y pensaron que con su trabajo lograrían educar a sus hijos. Pero nada de eso ocurrió, y se frustró la vida para muchos de ellos. Con los diputados Letelier, Pérez, don José; Ortiz y otros, presentamos anteproyectos que tuvieron por finalidad hacer efectiva esta aspiración. No se logró lo que hubiéramos querido. Me agrada la posición del diputado Ascencio; hay que continuar con esa idea. No es posible, en cambio, lo que han señalado diputados como don René Manuel García, en el sentido de que es preciso terminar con esto. ¡No; queda mucho todavía por perdonar! Entre todos tenemos que contribuir a que este Chile se una de verdad, sin dejar de lado la tremenda frustración de tantas familias que no pudieron educar a sus hijos. Con estas leyes recién se comienza a hacer un poco de justicia. Creo que nadie votará en contra el proyecto. Asimismo, creo que hay mucho por decir. Estamos dolidos porque recién hoy, después de vivir diez años con temor, estamos volviendo a la vida a 25 mil familias que no recibían ni la más mínima pensión. He dicho. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Tiene la palabra el diputado señor Rodolfo Seguel en el tiempo que le concedió la Unión Demócrata Independiente. El señor SEGUEL.- Agradezco a la UDI por su deferencia. Señora Presidenta, en primer lugar, quiero clarificar que los autores del proyecto son los ministros de Hacienda y del Trabajo, de manera que a ningún parlamentario le cupo intervención en él. Digo esto porque he escuchado a muchos atribuirse la autoría de la iniciativa, lo cual es falso, de falsedad absoluta. En segundo lugar, quiero decir al ministro del Trabajo, en ausencia del ministro de Hacienda, don Nicolás Eyzaguirre, que el proyecto es muy malo, un pésimo proyecto, porque aquí se está dando una ínfima prórroga a una ley antigua promulgada por el Presidente Aylwin en el año 1993, y mejorada en el Gobierno del Presidente Frei Ruiz-Tagle, lo que permitió que más personas se acogieran a sus beneficios. Sin embargo, un número importante de personas de distintos ámbitos del acontecer nacional, como representantes del Ejecutivo, parlamentarios y otros, recorrieron el país, ofreciendo a los exonerados políticos una nueva iniciativa legal que solucionara su problema y el de las viudas, y éstos, de buena fe, les creyeron. Yo hice ver esa situación al Gobierno, porque me consta que hubo gente que ofreció lo que no era posible cumplir. Finalmente, se llegó a un proyecto que, en un principio, estableció un plazo de seis meses para acogerse a los beneficios de la ley, pero como consecuencia de la presión de algunos parlamentarios, se amplió a un año. El proyecto en debate es, apenas, de seis líneas,... (Manifestaciones en las tribunas). ...y ese hecho hace que la iniciativa valga lo que acaban de decir desde las tribunas. Lo digo con conocimiento de causa, porque soy diputado desde 1990 y he participado en el debate de todos los proyectos relacionados con los exonerados. Esta iniciativa es la peor que hemos hecho. No puedo felicitarme de votarla favorablemente, porque es lo menos que podemos hacer. Lo mejor habría sido haber conseguido un poco más para esos viejos, pero no hemos logrado absolutamente nada. (Manifestaciones en las tribunas). Entonces, si no hemos conseguido nada de nada, le pregunto al ministro: ¿Qué razón tiene votar un proyecto que no vale nada? Les aseguro que serán muy pocas las personas que podrán acogerse a esta futura ley; tal vez las que trabajan en el campo. Como preguntaba el diputado Navarro, presente en la Sala, ¿qué pasa con las viudas de los exonerados? (Hablan varios señores diputados a la vez). Si al diputado Mora no le gusta el tema de los exonerados, es mejor que se quede callado.La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Señor diputado, le ruego dirigirse a la Mesa. El señor SEGUEL.- Como el proyecto es tan malo, deberíamos insistir ante el Ejecutivo para buscar una solución definitiva, como dijo el diputado René Manuel García, al problema de los exonerados, y no seguir cada dos o tres años presentando una nueva iniciativa que permita acogerse a la ley a las personas que han quedado en el camino. Creo que esta práctica debe terminar de verdad, mediante un proyecto que solucione definitivamente el problema de los exonerados, de sus familias y de quienes no han podido inscribirse en el programa que les otorga beneficios. No obstante, como al parecer no nos van a dar otra posibilidad, no nos queda más que votar a favor este proyecto tan malo. He dicho. -Aplausos. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Quiero recordar a los señores diputados que el proyecto se votará al final del Orden del Día, tal como se acordó en la reunión de Comités celebrada en la mañana. Tiene la palabra el señor ministro. El señor SOLARI (ministro del Trabajo y Previsión Social).- Señora Presidenta, lamentablemente el diputado Rodolfo Seguel ha abandonado la Sala. Él estaba en su derecho cuando dijo que el proyecto no le gustaba; pero debo decir que tiene un costo fiscal que aparece en el informe de la Comisión de Hacienda: el primer año es de 7.800 millones de pesos, y el segundo, de 15.500 millones de pesos, y beneficiará a unas 20 mil personas, que se agregan a las chilenas y chilenos beneficiados por la ley Nº 19.234. Sabemos que los beneficios son limitados y, en algunos casos, exiguos, como ocurre en general con las pensiones y los beneficios previsionales y de seguridad social. Sin embargo, no se puede ignorar que se está haciendo un gran esfuerzo. El financiamiento total por concepto de reparación a los exonerados políticos supera los 250 mil millones de pesos, cifra que corresponde, aproximadamente, al costo de los programas sociales que se busca financiar. No deseo que en la Sala quede la sensación de que el Estado no ha hecho un esfuerzo importante sobre la materia. Entiendo que las organizaciones de exonerados tienen el legítimo derecho de plantear exigencias adicionales relacionadas con mejoramiento de pensiones, beneficios y asimetrías o injusticias existentes en el sistema previsional; pero no puedo dejar de mencionar el importante esfuerzo desplegado, que ha contado con el apoyo de los parlamentarios. Asimismo, quiero resaltar que la iniciativa fue aprobada por la unanimidad de los miembros de las comisiones de Trabajo y de Hacienda, incluyendo el apoyo del diputado Seguel en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social. Por cierto, entendemos que no soluciona definitivamente el problema, porque la expulsión de personas de sus puestos de trabajo por ideas o convicciones políticas -hecho que originó la dictación de una ley- es algo que no tiene arreglo. El proyecto otorga un beneficio previsional asociado a aquello, y seguiremos trabajando para mejorar el reglamento de la ley y la gestión de los programas, con el objeto de que sean accesibles a más personas. Por último, nos comprometemos a realizar un significativo esfuerzo por difundir sus beneficios, a fin de que, como bien decía el diputado René Manuel García, se beneficien todas las personas que tienen derecho a ello, de manera que la extensión del plazo les permita tener un reconocimiento del Estado en el aspecto previsional. Agradezco a la Cámara por la aprobación del proyecto. Muchas gracias, señora Presidenta. -Posteriormente, la Sala votó el proyecto en los siguientes términos: La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Corresponde votar el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que establece un nuevo plazo para acogerse a la ley Nº 19.234, que concede beneficios previsionales para exonerados por motivos políticos. En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 93 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Aprobado. -Aplausos. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi, Aguiló, Alvarado, Álvarez-Salamanca, Álvarez, Allende (doña Isabel), Araya, Ascencio, Barros, Bauer, Becker, Bertolino, Bustos, Caraball (doña Eliana), Cardemil, Ceroni, Cornejo, Correa, Cristi (doña María Angélica), Cubillos (doña Marcela), Delmastro, Dittborn, Egaña, Encina, Errázuriz, Escalona, Espinoza, Forni, Galilea (don Pablo), Galilea (don José Antonio), García (don René Manuel), García-Huidobro, Guzmán (doña Pía), Hales, Hernández, Hidalgo, Ibáñez (don Gonzalo), Ibáñez (doña Carmen), Jaramillo, Jarpa, Kast, Leal, Longton, Lorenzini, Luksic, Martínez, Masferrer, Melero, Mella (doña María Eugenia), Meza, Molina, Monckeberg, Montes, Mora, Moreira, Muñoz (don Pedro), Muñoz (doña Adriana), Navarro, Norambuena, Ojeda, Olivares, Ortiz, Palma, Paredes, Paya, Pérez (don José), Pérez (don Aníbal), Pérez (don Ramón), Pérez (don Víctor), Prieto, Quintana, Recondo, Riveros, Robles, Rojas, Rossi, Saa (doña María Antonieta), Saffirio, Salaberry, Salas, Sánchez, Seguel, Sepúlveda (doña Alejandra), Silva, Soto (doña Laura), Tarud, Tohá (doña Carolina), Tuma, Uriarte, Vidal (doña Ximena), Vilches, Von Mühlenbrock y Walker. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Si le parece a la Sala, se dará por aprobado en particular con la misma votación, dejándose constancia de haberse alcanzado el quórum constitucional requerido. Aprobado.CREACIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y DEL FONDO NACIONAL DE DESARROLLO CULTURAL. Proposición de la Comisión Mixta. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Corresponde conocer la proposición de la Comisión Mixta recaído en el proyecto que crea el Consejo Nacional de la Cultura y el Fondo Nacional de Desarrollo Cultural. Antecedentes: -Informe de la Comisión Mixta, boletín Nº 2286-04. Documentos de la Cuenta Nº 1 de esta sesión. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- De acuerdo con nuestro Reglamento, corresponde que se pronuncie un máximo de tres discursos, de diez minutos cada uno. La Mesa sugiere acordar seis discursos, de hasta cinco minutos cada uno, de manera que puedan intervenir más diputados, en especial quienes participaron en la Comisión Mixta. ¿Habría acuerdo? Acordado. Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado señor Rosauro Martínez. El señor MARTÍNEZ.- Señora Presidenta, en los diferentes momentos de la ya extensa tramitación de este proyecto que apunta el desarrollo cultural, he manifestado, por convicción, mis reparos a la creación de una superestructura para tal fin. Sin embargo, no lo he hecho por una cuestión de poca valoración de ella, puesto que eso sería, de por sí, absurdo, máxime cuando soy hijo y representante de una ciudad como Chillán, tierra donde nacieron los más célebres hombres y mujeres, que no necesitaron de un Consejo de la Cultura y las Artes para alcanzar sitiales de privilegio en el mundo. Lo que expreso tampoco es consecuencia de cierta molestia porque Chillán, mi ciudad, no haya sido designada sede del Consejo Nacional, como lo merecía de sobra, sino resultado del convencimiento de que la cultura se estimula más cuando existen menos organismos y los recursos llegan rápidamente a intelectuales y artistas. Los ejemplos de otros organismos creados con loables propósitos, que hoy conocemos, son fiel ejemplo de lo que estoy señalando. Soy partidario, en consecuencia, de menos estructuras y de más libertad, de menos burocracia y de más dinamismo y creatividad. Hechas estas salvedades, me referiré a las enmiendas aprobadas por la Comisión Mixta en el número 3) del artículo 5º, que establecía la presencia del ministro de Relaciones Exteriores en el Consejo, lo que me parece inconveniente y atentatorio contra el objetivo de tener un organismo independiente del poder estatal. Naturalmente, debe tener una relación estrecha con él, pero eso se garantiza con la titularidad del ministro de Educación. Es evidente que, cuando se traten materias de proyección internacional, el presidente del Consejo podrá invitar al ministro de Relaciones Exteriores; pero en la condición de invitado, no como miembro permanente. Por otra parte, es oportuno recordar que el presidente del Consejo tiene rango de ministro, pero su jerarquía es inferior a la del ministro de Relaciones Exteriores, lo que podría afectar su autoridad al interior de dicho organismo. De allí mi oposición a la presencia de ese secretario de Estado en el Consejo y, lógicamente, también a la reposición del penúltimo inciso del artículo 5º aprobado por la Comisión de Educación, Cultura, Ciencias y Tecnología del Senado en el segundo trámite constitucional, que permite a los ministros de Educación y de Relaciones Exteriores delegar su participación en el Consejo de representantes permanentes. El número 4) del artículo 17, que repone la facultad del intendente para participar en la elección de las cuatro personalidades regionales de la cultura, a través de la confección de una nómina de diez personas, si bien corrige el texto aprobado por la Cámara y busca una posición intermedia con lo aprobado por el Senado, revela, en mi opinión, cierta desconfianza en el trabajo que pueden hacer las diferentes organizaciones culturales de la región. Me parece que tales aprensiones son injustificadas; no obstante, si se justificaran, bien valdría la pena entregar a las personas mayores cuotas de libertad para elegir. No me gusta como quedó el texto de este artículo y, por lo tanto, lo votaré en contra. En el artículo 3º, que faculta al Presidente de la República para fijar la planta del personal del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, si bien no es la solución ideal, porque hubiese sido tremendamente importante haber conocido y debatido una idea de planta funcionaria integral, en atención a que esperar una propuesta de esa naturaleza demoraría más el despacho de la iniciativa, voy a confiar en el criterio del Presidente de la República para definir esta materia. Por tanto, votaré favorablemente este artículo. Del mismo modo, votaré a favor del artículo 6º transitorio porque es idéntico al aprobado en la Cámara, que el Senado había suprimido. Concluyo deseando que en el transcurso del tiempo mis aprensiones iniciales se disipen y que la ciudad que nos acoge y, en particular, el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes contribuyan efectivamente al desarrollo cultural del país. He dicho. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Tiene la palabra el diputado Sergio Correa. El señor CORREA.- Señora Presidenta, culmina un proceso iniciado hace, por lo menos, tres años, y que tiene que ver con la creación del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes y del Fondo Nacional de Desarrollo Cultural. En 2001, el proyecto “se cayó” en la Cámara, pero, posteriormente, se repuso en el Senado, y hoy debemos pronunciarnos sobre las proposiciones de la Comisión Mixta por las diferencias que se produjeron en su tramitación entre ambas cámaras. Integré la Comisión Mixta y me voy a pronunciar sobre sus proposiciones. En el artículo 5º, número 3), la Cámara había acordado que fuera miembro de la dirección superior del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes el ministro de Relaciones Exteriores, pero el Senado suprimió este numeral. Por su parte, la Comisión Mixta insistió en la necesidad de que la integrara, por su importancia en el proceso de globalización, tanto en el ámbito de la cultura como de la economía, pero con el requisito, propuesto por el ministro de Educación, de que él pudiese delegar en otras personas la representación dentro del Consejo, lo que fue aprobado por mayoría. En el artículo 17, número 4), la Cámara había acordado que los consejos regionales fueran integrados por cuatro personalidades designadas por el intendente, a proposición de las organizaciones culturales, pero el Senado rechazó este numeral. El ministro de Educación propuso que fueran designadas por el directorio nacional, de una nómina de diez personas elaborada por el intendente de la región, a proposición de las organizaciones culturales, lo que aprobó la Comisión Mixta. Por último, en el artículo tercero transitorio, la Cámara había facultado al Presidente de la República para que fijara la planta de personal del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, en el entendido que ello no podía significar mayor gasto, alteración de grados ni incremento en el número de cargos provistos para la División de Extensión Cultural o para la Secretaría del Comité Calificador de Donaciones Privadas del Ministerio de Educación y del Departamento de Cultura de la Secretaría General de Gobierno, sin perjuicio de crear veinte cargos. Sin embargo, el Senado rechazó este numeral. La Comisión Mixta, a proposición del ministro de Educación, acordó un sistema similar al que establece el proyecto que crea el nuevo trato funcionario, es decir, autorizar al Presidente de la República para que, en un plazo de 180 días, fije la planta de personal del Consejo. Votaremos favorablemente las proposiciones de la Comisión Mixta, por cuanto el proyecto lleva demasiado tiempo discutiéndose y, de una vez por todas, debe darse una señal con la creación del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes. He dicho La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes. El señor MONTES.- Señora Presidenta, la bancada socialista y radical social demócrata votará favorablemente las proposiciones de la Comisión Mixta en su totalidad, porque no corresponde votar una por una. Nos parece bien que la ministra de Relaciones Exteriores forme parte del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, porque la cultura está integrada al mundo, particularmente en tiempos de tratados internacionales. Nos parecen importantes los términos en que quedó la proposición de la Comisión Mixta sobre la designación de los integrantes de los consejos regionales. En definitiva, lo hará el directorio nacional, a propuesta del intendente, pero de una lista definida por las propias organizaciones de la cultura. También nos parece una medida de excepción la facultad que se otorga al Presidente para confeccionar las plantas, aunque pienso que deberían definirse en el Congreso. En lo que se refiere al financiamiento, queda claro en el artículo sexto transitorio. Pero nos preocupa la situación de los funcionarios a honorarios de las distintas reparticiones que articularán el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes. Son muchas personas; algunas llevan 15, 16 ó 30 años en una situación extralegal, sin derechos laborales, sin previsión ni estabilidad básica, ni siquiera la que corresponde a un contrato privado de trabajo. Nos preocupa el hecho de que no estén consideradas. Hay una situación no legal -no quiero decir ilegal- que ocurre en muchas otras reparticiones del Estado, y como se trata del Consejo Nacional de la Cultura debería haberse asumido de otra manera. Sé que hay una fórmula concordada, pero debe asegurarse que todos los trabajadores a honorarios quedarán con una situación contractual estable. Finalmente, no puedo dejar de hacer referencia a las palabras del diputado Rosauro Martínez. Una parte de la Derecha repite, una y otra vez, que no debe haber Estado. ¿Acaso son anarquistas? ¿Qué significa esto de que no haya Estado? ¿Quieren disolverlo? Se olvidan de que el Estado surgió en la historia de la humanidad para construir la vida de los seres humanos en conjunto. La vida en una sociedad compleja requiere del Estado para aspectos relacionados con el bien común que no se dan por la suma de las partes. Algunos diputados quisieran que existiera la ley del más fuerte, en que cada uno, de acuerdo a sus recursos y a sus capacidades, se las arreglara solo y derrotara al otro, sin una estructura que permitiera la vida en conjunto. Se necesita un Estado como factor del bien común que la sociedad moderna requiere. El discurso antiestado nos tiene cansados, porque una cuestión es que haya que modernizar el Estado, y otra muy distinta es que no haya Estado. No sé cómo algunos pueden aspirar a ser la dirección del Estado, a ser el gobierno de Chile, si permanentemente proclaman un discurso antiestado. El Consejo Nacional de la Cultura y las Artes no será una superestructura ociosa; será una manera de construir, de articular y de coordinar los esfuerzos de distintas partes en función de una política pública que favorezca la creación, el desarrollo y el potencial de los creadores, de manera de suplir el gran déficit cultural que tiene Chile. No somos sólo economía y crecimiento económico; somos personas que vivimos con el espíritu y con la capacidad de ver de otra manera el país. Es fundamental que exista el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes. Por eso, vamos a votar favorablemente las proposiciones de la Comisión Mixta. Muchas gracias. La señora ALLENDE (doña Isabel).- Tiene la palabra el diputado Eduardo Saffirio. El señor SAFFIRIO.- Señora Presidenta, en primer lugar, como lo ha señalado el diputado Carlos Montes, a estas alturas del debate parece razonable aprobar las proposiciones de la Comisión Mixta -que, por lo demás, integré-, pues resuelven las discrepancias entre la Cámara de Diputados y el Senado. La votación en contra en la Cámara por parte de un sector de la oposición, más el tratamiento que los medios de comunicación dieron a las inasistencias de algunos diputados de la Concertación, hicieron que, lamentablemente, el proyecto de ley se transformara en un punto negro más que ha ayudado al desprestigio del Congreso, específicamente de esta Corporación. Esto hay que decirlo. Muchas cuestiones nos han dañado en los últimos siete u ocho meses, siendo varias de ellas de responsabilidad individual. Sin duda, la no aprobación del proyecto hace algunos meses por parte de la Cámara de Diputados causó mucho dañó. Lamentablemente, como en nuestra sociedad no cuesta demasiado poner las cosas en términos de buenos y malos, los diputados tenemos hoy cara de villanos frente a la de bondad de la gente que aparece en televisión en actividades artísticas o culturales. Por lo tanto, el juego es muy simple. A pesar de haber votado en contra de algunas proposiciones de la Comisión Mixta y de haber manifestado mi abstención en otras, lo prudente a estas alturas es aprobarlas en conjunto para no dilatar más la creación de una institucionalidad cultural, que el país debió haberse dado hace bastante tiempo. Dicho esto, quiero manifestar que me parece muy positivo que se haya repuesto como integrante del Consejo Nacional de la Cultura al ministro de Relaciones Exteriores, aunque me preocupa la facultad de delegar en funcionarios de rango inferior su participación en forma permanente. En la práctica, esto puede llevar a que los ministros no estén presentes en sus discusiones y ésa no ha sido la idea tenida en vista. Pero el tema más delicado dice relación con las facultades que se delegan en el Ejecutivo para fijar la planta. Comparto totalmente lo que expresó el senador José Antonio Viera-Gallo en la Comisión Mixta. Es una muy mala práctica. Quiero llamar la atención sobre lo que significa delegar en el Ejecutivo facultades que son propias de órganos deliberantes y representativos, como son la Cámara de Diputados y el Senado. Eso tiene una lógica que no ayuda a la construcción de una buena sociedad democrática. Lo que pasó en la agenda corta, a propósito de la ley de nuevo trato, es una situación excepcionalísima como consecuencia de una emergencia política o institucional -o de imagen de la política-, que no puede repetirse. Como diputado de gobierno, me abstuve en este punto en la Comisión Mixta para no dilatar más el proyecto y como muestra de lealtad hacia el Ejecutivo; pero hay que terminar con esta práctica, porque estamos en una escalada y lo estamos percibiendo a propósito de la discusión tributaria, porque los temas están vinculados. Desde la Carta Magna, en 1215, se sabe que no hay tributación sin representación. Los poderes tecnocráticos que hoy anidan al interior del Gobierno, con motivo de la delegación de facultades, -están desmedrando la labor del Congreso Nacional, de la cual debemos hacernos cargo, porque conlleva a una democracia de baja calidad. No puedo callarme en el debate sobre estos temas, porque me preocupan hondamente, no sólo como diputado, sino también como ciudadano. Reitero que me abstuve en la Comisión Mixta respecto de la delegación de facultades; hay que terminar con esta práctica, más allá de quienes gobiernen o estén en la oposición, porque gobernar por la vía de decretos es una mala costumbre democrática que no ayuda al prestigio de esta institución, ya sea respecto de la fijación de plantas como de la estructura tributaria. Por las razones que señalé al principio, voy a votar favorablemente la propuesta de solución de la Comisión Mixta. Hoy, a la Cámara de Diputados, en conjunto, no le cabe sino apoyar esta vía para los efectos de que pronto esté en funcionamiento el Consejo Nacional de Cultura y el Fondo Nacional de Desarrollo Cultural. He dicho. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Tiene la palabra la diputada María Antonieta Saa. La señora SAA (doña María Antonieta).- Señora Presidenta, hemos llegado al final de la tramitación de este proyecto, que, sin duda, reviste una trascendencia enorme para el país. La cultura es parte nuestra. Si el Estado, dentro de sus deberes, no da facilidades para que los ciudadanos ejerzan el derecho igualitario a acceder a ella, a la creación artística, estaremos perdiendo una parte muy importante del alma nacional. Es un gran logro el hecho de haber llegado al final de la tramitación de este proyecto que crea el Consejo Nacional de la Cultura, y esperamos que esta institucionalidad ayude realmente a fomentar la cultura, las artes, la creación artística, que son fundamentales en el desarrollo de nuestro país. Muchas veces se habla de modernización sólo respecto del desarrollo económico y se deja de lado todo lo que significa el verdadero desarrollo, cual es el de los valores humanos, a cuyo servicio debe estar el desarrollo económico. Por eso, este proyecto constitutivo va a ayudar realmente al progreso del país, entendido en forma global como el desarrollo humano, el desarrollo del alma nacional. -Hablan varios señores diputados a la vez.La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Ruego a los señores diputados tomar asiento y guardar silencio. La señora SAA (doña María Antonieta).- Muchas gracias, Presidenta, en el Congreso se habla, pero también se escucha; de lo contrario, bastaría con archivar nuestros discursos para la historia. Es bueno que su Señoría pida guardar silencio porque, reitero, debemos escucharnos, nos gusten o no las ideas. El diálogo es la base de la labor parlamentaria. Decía que éste es un gran paso que estamos dando como país. Sin embargo, el artículo 3º transitorio, además de delegar facultades, presenta un problema que es necesario señalar. Uno de los organismos que ha prestado mayor piso al desarrollo y fomento de la cultura durante estos años ha sido el Departamento de Cultura del Ministerio de Educación. Desgraciadamente, ha desarrollado su valioso trabajo con una planta funcionaria muy pequeña y gran cantidad de personas a honorarios. Se está haciendo justicia con quienes integran elencos estables, como la orquesta sinfónica y el Bafona, que lograron formar una corporación; pero esos trabajadores a honorarios, algunos con más de treinta años en esa calidad, deberán afrontar un gran problema previsional. El hecho de integrar a más personas a la planta es un avance significativo, porque no forma parte de la dignidad de los funcionarios de la administración pública, ni de ninguna persona, trabajar a honorarios, los cuales dicen relación con tareas transitorias. Entonces, me sumo al reclamo del diputado Montes en el sentido de que el Estado debe cumplir con sus funciones y para ello debe contar con los recursos necesarios. Y aquí caemos en una profunda inconsecuencia, porque, por una parte, aprobamos el proyecto de nueva institucionalidad cultural y, por otra, no entregamos al Estado los recursos indispensables para llevarla adelante. ¿Quiénes se han convertido en el pato de la boda? Los funcionarios que durante muchos años han trabajado a honorarios y lo seguirán haciendo porque sus servicios son esenciales. Por consiguiente, pensemos por un momento en lo que es un Estado moderno. También me hago la pregunta que formuló el diputado Montes: ¿Qué pasa por la mente de la gente de Derecha? ¿La disolución del Estado? ¿La sociedad sin Estado? No, démosle al Estado los recursos necesarios para que cumpla con sus funciones de manera sólida, clara y precisa. No jibaricemos el Estado porque cumple una función valiosísima: procurar el bien común de todos. Sin Estado, quienes ganan son los poderosos. Por el contrario, con un Estado que regula y cumple con sus funciones, tenemos justicia y una sociedad solidaria. Deberíamos intercambiar ideas acerca de la labor del Estado, porque aquí hay gente que aprueba proyectos a favor del Estado, pero no le da los recursos necesarios para llevarlos a cabo. He dicho. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Antes de proceder a la votación, ofrezco la palabra al señor Sergio Bitar, ministro de Educación. El señor BITAR (ministro de Educación).- Señora Presidenta, ha llegado el momento más importante de la tramitación de un proyecto que calificaría de histórico para la cultura nacional, cual es la creación de una nueva institucionalidad con participación ciudadana extensa, con descentralización, con regionalización y con el aporte muy fundamental de su diseño en el desarrollo futuro de todas las organizaciones del arte y la cultura de Chile en sus distintas esferas. Por eso, quiero solicitar el voto favorable de esta Cámara para aprobar las observaciones y los acuerdos de la Comisión Mixta, e intentar que igual cosa ocurra en la tarde en el Senado -la iniciativa ya está en tabla-, con el propósito de que Chile pueda decir que hoy se ha aprobado un gran proyecto de ley que crea una institucionalidad potente en el campo de su cultura. Las señoras y señores diputados ya se refirieron a los temas específicos de la iniciativa. Sólo quiero señalar lo siguiente: Con el hecho de fijar la sede del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes en Valparaíso, se ha dado un paso más en cuanto regionalización. Las materias de acuerdo, en relación con las facultades del Presidente de la República, resguardan los derechos del Parlamento, pero, además, facultan para reordenar plantas que ya existen. La incorporación del Ministerio de Relaciones Exteriores también confiere la dimensión que requiere hoy la cultura. Ha sido solicitada por los representantes de los distintos sectores de la cultura nacional y del arte, en consideración a los acuerdos internacionales -la presencia internacional de Chile requiere de la participación de la Cancillería-. Por último, la sociedad civil, a través de los mecanismos de ajustes que incorporaron en la última discusión de la Comisión Mixta, queda más sólidamente representada mediante sus propuestas que someterá a la aprobación de los miembros de los consejos regionales. Ayer, esta Cámara aprobó la ley de fomento audiovisual y, hoy, el Senado, en su Comisión de Educación, también dio curso al proyecto de ley que fomenta la música, de manera que vamos estructurando un sistema bastante potente. Quiero hacer un reconocimiento a todos los funcionarios de la cultura del Ministerio de Educación y de la Presidencia que han contribuido a esta tarea, y, en particular, a la participación de los representantes de las organizaciones del arte y de la cultura de Chile quienes también han hecho un aporte valioso. Además, deseo destacar, al momento de votar, la presencia en la tribuna del viceministro de Asuntos Exteriores de Francia, por cuanto la experiencia de su país ha sido valiosa y señera para nuestro desarrollo cultural y diseño institucional. Por tanto, agradeceré a la Sala su votación favorable de manera que hoy sea un día de gran importancia al aprobarse en ambas Cámaras esta iniciativa sobre la cultura. Gracias, señora Presidenta. -Aplausos.La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- En nombre de la Corporación, saludo y doy la más calurosa bienvenida a la delegación encabezada por el viceministro de Asuntos Exteriores del gobierno francés, señor Renaud Muselier, acompañado del Excelentísimo embajador de Francia en Chile, señor Alain Le Gourrierec, presentes en la tribuna de honor. -Aplausos.El señor MONTES.- Señora Presidenta, aprovechemos la oportunidad para saludar a Larry Wilson y Luis Dimas, representantes de la Nueva Ola, también presentes en las tribunas. -Aplausos. -Posteriormente, la Sala votó el informe de la Comisión Mixta en los siguientes términos: La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Corresponde pronunciarse sobre las proposiciones de la Comisión Mixta relacionadas con el proyecto, iniciado en mensaje, que crea el Consejo Nacional de Cultura y el Fondo Nacional de Desarrollo Cultural. En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 93 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- Aprobadas. -Aplausos. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi, Aguiló, Alvarado, Álvarez-Salamanca, Álvarez, Allende (doña Isabel), Araya, Ascencio, Barros, Bauer, Bayo, Becker, Bertolino, Bustos, Caraball (doña Eliana), Cardemil, Ceroni, Cornejo, Correa, Cristi (doña María Angélica), Cubillos (doña Marcela), Delmastro, Dittborn, Egaña, Encina, Errázuriz, Escalona, Forni, Galilea (don Pablo), Galilea (don José Antonio), García (don René Manuel), García-Huidobro, Guzmán (doña Pía), Hales, Hernández, Hidalgo, Ibáñez (don Gonzalo), Ibáñez (doña Carmen), Jaramillo, Jarpa, Kast, Leal, Longton, Lorenzini, Luksic, Martínez, Masferrer, Melero, Mella (doña María Eugenia), Meza, Molina, Monckeberg, Montes, Mora, Moreira, Muñoz (don Pedro), Muñoz (doña Adriana), Navarro, Norambuena, Ojeda, Olivares, Ortiz, Palma, Paredes, Paya, Pérez (don José), Pérez (don Aníbal), Pérez (don Ramón), Pérez (don Víctor), Prieto, Quintana, Riveros, Robles, Rojas, Rossi, Saa (doña María Antonieta), Saffirio, Salaberry, Salas, Sánchez, Seguel, Sepúlveda (doña Alejandra), Silva, Soto (doña Laura), Tarud, Tohá (doña Carolina), Tuma, Uriarte, Urrutia, Vidal (doña Ximena), Vilches, Von Mühlenbrock y Walker. VI. PROYECTOS DE ACUERDOMEDIDAS EN FAVOR DE COMUNAS CON ALTOS ÍNDICES DE CESANTÍA. El señor SALAS (Vicepresidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura al primer proyecto de acuerdo. El señor ÁLVAREZ (Prosecretario).- Proyecto de acuerdo Nº 215, de los señores Navarro, Sánchez, Paredes, Jaramillo, Espinoza, Olivares, Quintana, Pérez, don José; Walker y señora Vidal, doña Ximena. “Considerando: Que, de acuerdo con las últimas cifras proporcionadas por el Instituto Nacional de Estadísticas sobre la tasa de cesantía en el país en el trimestre enero-marzo 2003, la estimación de la fuerza de trabajo alcanzó a seis millones cincuenta y tres mil novecientas ochenta personas, con un aumento del 0,5% respecto del trimestre anterior, que registró veintinueve mil treinta personas, y un aumento del 2,4%, en relación con las ciento cuarenta y un mil setenta personas del mismo trimestre del año anterior. Que la estimación del número de ocupados es de cinco millones quinientos cincuenta y ocho mil seiscientos diez personas, lo que significa un aumento del 3,1% por ciento respecto del mismo trimestre del año anterior, es decir, un aumento de ciento sesenta y cuatro mil ochocientos cincuenta plazas de trabajo. Por otra parte, el cálculo del número de ocupados respecto del trimestre anterior es de siete mil trescientas noventa personas, es decir, aumenta en el 0,1%. Que el número de desocupados estimado en cuatrocientas noventa y cinco mil trescientas setenta personas significa una disminución del 4,6%, es decir, veintitrés mil setecientas ochenta personas respecto del mismo trimestre del año anterior; los cesantes disminuyen en el 2,6%, es decir, en once mil ciento sesenta personas, y los que buscan trabajo por primera vez disminuyen en el 13,9%, es decir, en doce mil seiscientas veinte personas; en relación con el trimestre anterior, los desocupados aumentan en el 4,6%, es decir, en veintiún mi seiscientas cuarenta personas, los cesantes aumentan en el 5,7%, es decir, en veintidós mil quinientas diez personas, y los que buscan trabajo por primera vez disminuyen en el 1,1%, es decir, en ochocientas setenta personas. Que la tasa de desocupación nacional alcanzó al 8,2%, experimentando una disminución del 0,6 punto porcentual respecto del mismo trimestre del año anterior, con un aumento del 0,3 punto porcentual respecto al trimestre móvil anterior. Que la tasa de desocupación por sexo fue de 7,3% para los hombres y de 9,8% para las mujeres. Comparando la situación con el mismo trimestre del año anterior, la tasa masculina y femenina disminuyen en el 0,8 y 0,3 punto porcentual, respectivamente. En relación con el trimestre inmediatamente anterior, la tasa de desocupación de los hombres se mantiene sin variación en 7,3% y la tasa de desocupación de las mujeres aumenta en 0,9 punto porcentual. Que, en un análisis por regiones, en la Primera, Tercera y Quinta regiones la tasa de cesantía superó el 10%, en tanto que la Segunda, Cuarta, Sexta, Séptima, Octava, Novena, Décima, Undécima y Duodécima Regiones se ubicaron bajo esta cifra. En tanto, la Región Metropolitana se situó en el 7,5%, cayendo casi en un punto en doce meses cuando anotó 8,2%. Que, al comparar las tasas regionales con igual trimestre del año anterior, se aprecia que la de desocupación aumenta en seis regiones y disminuye en siete. Entre las que experimentan un aumento están: la Segunda Región, de 7,7% a 9,7%; la Tercera Región, de 12,2% a 12,6%; la Cuarta Región, de 6,3% a 7,8%; la Quinta Región, de 10,5% a 11,5%; la Décima Región, de 5,4% a 6,1%; y la Undécima Región, de 5,8% a 6,7%. Que las regiones que experimentaron una disminución son: la Primera Región, de 12,2% a 10,3%; la Sexta Región, de 5,1% a 4,1%; la Séptima Región, de 9,1 % a 7,3%; la Octava Región, de 9,4% a 9,1%; la Novena Región, de 6,7% a 5,1%; la Duodécima Región de 5,9% a 5,8%, y la Región Metropolitana, de 9,4% a 8,2%. Que en once regiones se generaron nuevos empleos, superándose el promedio nacional en diez de ellas. La generación de nuevos empleos se concentró en las regiones Octava y Novena, que sumaron entre ambas casi treinta mil empleos. Las dos regiones que mostraron disminuciones en el nivel de ocupados fueron la Sexta Región y la Región Metropolitana, de Santiago. Que, nuevamente, en la mayoría de las regiones, hubo un crecimiento de la fuerza de trabajo superior al aumento de ocupados, lo que produjo alzas en la tasa de desocupación en las ocho regiones. En las regiones de Valparaíso y del Maule, se registraron las mayores tasas de desocupación, siendo la de La Araucanía la más baja del período. Que, con el total de cuatrocientos sesenta y ocho mil setecientas personas desocupadas en el país, las comunas con mayor tasa de desempleo son Valparaíso, que registra el 16,6%; Lota, el 16,1%, y San Antonio, el 14,4%. La Región Metropolitana presentó un desempleo promedio de 7,1%, con siete décimas porcentuales menos que en octubre-diciembre de 2001 (7,8%). El promedio anual de desempleo alcanzó el año pasado a 8,9%, dos décimas por debajo que en 2001, cuando llegó a 9,1 %. Que, por tal motivo, como ocurrió cuando la fuerza de trabajo presentó una persistente caída entre octubre de 2000 y mayo de 2001, vuelve a suscitarse una discusión entre los analistas sobre la posibilidad del comienzo del descenso de la fuerza de trabajo. En el trimestre junio-agosto, de 2002, la fuerza laboral -formada por las personas de quince años de edad, o más, ocupadas o desempleadas o buscando trabajo por primera vez- registró el retiro de cinco mil seiscientas personas, con una disminución de 0,1 % en doce meses. Que se ha atribuido esta baja principalmente a que hay personas de quince a diecinueve años que dejaron de buscar empleo, lo que posiblemente esté asociado a la permanencia en el sistema escolar. Por el lado de la fuerza de trabajo secundaria, también se retiraron mujeres mayores de sesenta años. Que el bajo crecimiento de la economía es un factor que incide en que no se estén generando nuevos empleos, aunque hubo sectores como transportes, servicios financieros, construcción y agricultura, que crearon puestos de trabajo y otros, como servicios comunales, comercio e industria, que presentaron caídas. Que en el año 2002 se otorgaron sesenta y tres mil bonificaciones a la contratación de mano de obra a catorce mil empresas. En total, el esfuerzo gubernamental permitió crear ciento sesenta y cuatro mil empleos, esperándose para este año que el rango será parecido, a menos que la economía con su propia fuerza cree más puestos de trabajo. La Cámara de Diputados acuerda: Solicitar a V.E. que, además de los planes de absorción de mano de obra y de los incentivos a la contratación efectuados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social y el desarrollo de programas adicionales a través del Fondo de Solidaridad e Inversión Social (Fosis), del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), de los municipios y de la puesta en marcha de numerosos programas de obras públicas, considere la implementación de medidas adicionales focalizadas en aquellas comunas que registren cifras de cesantía superiores a un dígito”. El señor SALAS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Navarro para hablar a favor del proyecto de acuerdo. El señor NAVARRO.- Señor Presidente, el Gobierno, con la colaboración del sector privado, ha hecho denodados esfuerzos para generar mayor empleo en Chile y paliar el drama de la cesantía, que todos los diputados conocen porque ninguna región ni distrito escapa a este flagelo. Claramente, los análisis de los cuadros de cesantía elaborados por el Instituto Nacional de Estadísticas, (INE) por regiones en cada trimestre dan cuenta de elementos dinamizadores o que, por el contrario, enervan las expectativas en la búsqueda de trabajo. El proyecto de acuerdo pretende que el Gobierno tenga mecanismos mediante los cuales, una vez hecha la evaluación trimestral de las tasas de cesantía, pueda implementar en aquellas regiones que superan los dos dígitos, programas de ocupación que tiendan a absorber el empleo faltante. Es decir, que cada vez que las encuestas revelen que el desempleo aumenta, surja la necesidad de crear proyectos. Estimamos necesario implementar mecanismos que posibiliten que las regiones cuenten con esos programas. Para ello se deben afinar los instrumentos, establecer una adecuada coordinación para que las cifras que entrega el INE sean creíbles y que, en definitiva, cada región trimestralmente pueda contar con proyectos suplementarios. Con muchos parlamentarios coincidimos en que no se puede estar al arbitrio de la presión mayor o menor que se ejerza sobre la autoridad para generar empleos de carácter público, sino que esto debe basarse en parámetros y condiciones que permitan que el aumento de los programas de empleo que dependen del Gobierno pueda hacerse en función de datos y cifras objetivas, pero no en criterios que escapen de ese contexto. Ello posibilitará, en justicia, que todos los cesantes del país, particularmente de las regiones, abriguen la seguridad de que el Gobierno se preocupará de manera más veraz y objetiva de la cesantía. Por tanto, pido que votemos favorablemente para obtener una respuesta del Gobierno lo más pronto posible. He dicho. El señor SALAS (Vicepresidente).- Para hablar en favor del proyecto, tiene la palabra el diputado Carlos Vilches. El señor VILCHES.- Señor Presidente, los diputados de Renovación Nacional vamos a votar favorablemente este proyecto de acuerdo, porque nuestra bancada está en comunión con el objetivo que persigue. Es así como hemos tenido reiteradas entrevistas con el ministro del Interior para solicitarle mantener programas de planes de emergencia, que vienen a paliar la situación de alta cesantía que tenemos en nuestra Región. En los antecedentes en que se funda este proyecto de acuerdo se muestra el alza del coeficiente que mide la cesantía en distintas regiones. Así es como en la Quinta Región la tasa de cesantía ha subido de 7,7 por ciento a 9,7 por ciento, y en la Tercera Región del 12,2 por ciento a 12,6 por ciento. La generación de empleos es una necesidad que se debe satisfacer, porque las personas que acceden a estos trabajos -y es quizás lo más importante- no tienen la preparación ni la capacitación para integrarse al mundo laboral. Precisamente estas personas, que constituyen el último eslabón de la cadena laboral, necesitan de esta ayuda que han de proporcionarles todos los chilenos personalizado en el Estado. Por ello vamos a votar favorablemente y solicitamos que una iniciativa del Ejecutivo pueda transformarse en ley con el fin de que, en el Presupuesto de la Nación, permanentemente se consulten recursos para personas que tanto necesitan trabajar en cada una de las comunas de nuestro país. He dicho. El señor SALAS (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra para hablar en contra del proyecto de acuerdo. Ofrezco la palabra. En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 44 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor SALAS (Vicepresidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Álvarez, Ascencio, Caraball (doña Eliana), Cornejo, Delmastro, Egaña, Encina, Escalona, Espinoza, García-Huidobro, Hales, Hernández, Hidalgo, Jaramillo, Jarpa, Kast, Leal, Lorenzini, Martínez, Mella (doña María Eugenia), Meza, Molina, Moreira, Navarro, Norambuena, Ojeda, Olivares, Ortiz, Pérez (don José), Pérez (don Ramón), Quintana, Recondo, Robles, Rojas, Rossi, Salaberry, Sánchez, Soto (doña Laura), Tohá (doña Carolina), Urrutia, Vargas, Vilches, Von Mühlenbrock y Walker.CONCESIONES GRATUITAS DE TERRE-NOS FISCALES EN PROYECTOS DE IN-VERSIÓN INDUSTRIAL. El señor SALAS (Vicepresidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura al proyecto de acuerdo siguiente. El señor ÁLVAREZ (Prosecretario).- Proyecto de acuerdo Nº 216, de los señores Manuel Rojas, Pedro Álvarez-Salamanca, Iván Paredes, Felipe Salaberry, Roberto Delmastro, Iván Norambuena, Víctor Barrueto, Ramón Pérez, Patricio Walker y señora María Eugenia Mella. “Considerando: Que la promoción de nuevas alternativas de inversión debe ser un objetivo a nivel país en consideración a que, a través de herramientas que incentivan la llegada de proyectos de inversión de distinta índole, se contribuye a promover el desarrollo de las regiones y la generación de empleo, objetivos ambos verdaderamente relevantes en los tiempos por los que atraviesa el país. Que en el sector turístico, durante el 2002, el Ministerio de Bienes Nacionales presentó una atractiva oferta de terrenos fiscales para el desarrollo de proyectos turísticos, inmobiliarios e industriales. La superficie total ofertada fue de novecientas cuarenta y cinco coma cuarenta y dos hectáreas (945,42 ha), con un valor comercial de doscientas treinta y cuatro coma cero cincuenta y siete unidades de fomento (UF 234,057) y una inversión privada estimada de seis millones cuatrocientas mil doscientas noventa y ocho unidades de fomento (UF 6.400.298). Que, como respuesta a la política de administración intencionada del patrimonio fiscal, en 2002 se recibieron sesenta y siete proyectos que presentan intenciones de inversión que ascienden a dos mil ochocientos ochenta y ocho millones de dólares (US$ 2.888 millones), proyectándose la creación de cuatro mil ochenta y tres empleos. Que, a pesar de la difícil situación económica por la que atraviesan el país y sus vecinos, que dificulta el mercado interno, el Ministerio de Bienes Nacionales, por concepto de ventas y concesiones de terrenos fiscales, ha generado recursos por tres mil ciento noventa y seis millones de pesos (M$ 3.196.000). Que existen en la actualidad diversos terrenos fiscales a lo largo de todo el país, desocupados y sin uso alguno, en la espera de políticas públicas que incentiven la inversión privada y cuyos primeros pasos los ha dado ya el Ministerio de Bienes Nacionales a través de la oferta de terrenos fiscales para el desarrollo de proyectos principalmente de carácter turístico. En este contexto, el Ministerio ha señalado que se está orientando a poner el patrimonio fiscal al servicio del desarrollo social, económico y productivo del país. Un ejemplo concreto en este esfuerzo que realiza el Ministerio de Bienes Nacionales lo constituye la promulgación de la ley Nº 19.883, que simplifica el trámite para las concesiones gratuitas de bienes fiscales y permite bajar costos en la publicación de concesiones onerosas. Que es necesario contribuir con el esfuerzo que este ministerio realiza en la actualidad, y que, en este sentido, una medida que se enmarca en los mismos objetivos declarados sería la de buscar nuevas formas de incentivo a la inversión privada en aquellas zonas que más lo requieren, facilitando las concesiones de terrenos para fines de carácter industrial, lo que contribuiría a generar más fuentes de empleo. Lo anterior es especialmente relevante para la zona norte del país, que se ha visto afectada enormemente por los difíciles momentos que vive la economía nacional. La Cámara de Diputados acuerda:1. Oficiar a V.E. al objeto de que se sirva estudiar la posibilidad de facilitar las concesiones gratuitas de terrenos fiscales a privados que cuenten con proyectos de inversión de carácter industrial, con particular consideración a los terrenos fiscales desocupados ubicados en la zona norte del país, en el marco del interesante esfuerzo de promoción de la inversión que realiza en la actualidad el Ministerio de Bienes Nacionales, a través del otorgamiento de concesiones para proyectos de inversión de carácter turístico.2. En este contexto y en concreto, se solicita a V.E. que estudie y proponga al Congreso Nacional las modificaciones pertinentes que corresponda realizar al decreto ley Nº 1.939, de 1977, modificado por la ley Nº 19.833, en la perspectiva de lo ya señalado”. El señor SALAS (Vicepresidente).- Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, ofrezco la palabra el diputado señor Rojas. El señor ROJAS.- Señor Presidente, este proyecto de acuerdo tiene por finalidad modificar el decreto ley Nº 1.939, de 1977, con el propósito de promover el desarrollo de las regiones mediante la ejecución de proyectos turísticos, inmobiliarios e industriales, lo cual generará mayor empleo. En la zona norte, por ejemplo, la puesta en marcha de la zona franca industrial de Tocopilla -proyecto de ley que fue aprobado en esta Cámara para beneficiar a una comunidad- por distintas causas no ha surtido los efectos esperados. Una de ellas es el alto costo de los terrenos existentes en el sector norte de la región, lo cual impide el establecimiento de industrias en esa zona. Reconocemos que el Ministerio de Bienes Nacionales ha cumplido un rol protagónico al entregar terrenos en áreas turísticas y otras, y no me cabe duda de que lo ha hecho bien, pero me gustaría que trasladara esa iniciativa al área empresarial, a fin de que la industria pueda llegar a Tocopilla, la ciudad más desposeída del norte. Por lo tanto, llamo a los diputados a apoyar el proyecto de acuerdo, en forma unánime, por tratarse de una iniciativa que bien vale nuestro respaldo. He dicho. El señor SALAS (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra para hablar a favor del proyecto. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra para hablar en contra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 33 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor SALAS (Vicepresidente).- Por no haberse obtenido el quórum requerido, se va a repetir la votación. En votación. -Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 39 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor SALAS (Vicepresidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Alvarado, Álvarez-Salamanca, Álvarez, Bauer, Cristi (doña María Angélica), Delmastro, Egaña, García-Huidobro, Hales, Hidalgo, Jaramillo, Jarpa, Kast, Leay, Martínez, Mella (doña María Eugenia), Meza, Molina, Monckeberg, Mora, Moreira, Norambuena, Ojeda, Olivares, Palma, Paya, Pérez (don José), Pérez (don Ramón), Pérez (don Víctor), Recondo, Rojas, Salaberry, Salas, Soto (doña Laura), Urrutia, Vargas, Vidal (doña Ximena), Villouta y Von Mühlenbrock.MANTENCIÓN DE LA OFICINA DE EXONERADOS POLÍTICOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR. El señor SALAS (Vicepresidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo. El señor ÁLVAREZ (Prosecretario).- Proyecto de acuerdo Nº 217, de los señores Pérez, don José; Meza, Jaramillo, Escalona, Espinoza, Ojeda, Ortiz, de la señora Muñoz, doña Adriana; y de los señores Silva y Muñoz, don Pedro. “Considerando: Que se estima que, en Chile, hay más de ciento cuarenta mil personas que han sido exoneradas por motivos políticos, de las cuales ciento tres mil ya han entregado sus antecedentes en la oficina de exonerados dependiente del Ministerio del Interior. Que, respecto de la tercera ley del exonerado político, se piensa que más de treinta mil personas se acogerían a ella. Que, con fecha 12 de mayo de 2003, el Ministro Secretario General de la Presidencia, el Ministro del Trabajo y Previsión Social, su Subsecretaria y representantes de los exonerados políticos firmaron un protocolo de acuerdo que traspasa del Ministerio del Interior al del Trabajo y Previsión Social -específicamente, al proyecto sobre Exonerados del Instituto de Normalización Previsional (INP)- la calificación de exonerado político. Que el Programa de Reconocimiento de Exonerados Políticos, dependiente del Ministerio del Interior, ha realizado una eficiente gestión durante años en la aplicación de las leyes Nºs 19.234 y 19.358, y ha respondido adecuadamente, desde el Gobierno, a las expectativas de justicia de miles de familias chilenas. Que el servicio prestado por esta oficina ha favorecido especialmente a sectores en situación de extrema pobreza, de los cuales la gran mayoría son de la tercera edad, quienes fueron victimas de violación de los derechos humanos. Que las principales causas de demora y dificultades para conseguir el derecho de exonerado político es la deficiencia del Instituto de Normalización Previsional en la tarea técnica que le corresponde. La Cámara de Diputados acuerda: Oficiar a V.E. para solicitarle que, en uso de sus facultades constitucionales privativas, deje sin efecto el punto primero del protocolo de acuerdo firmado el 12 de mayo del presente año y mantenga a la oficina de exonerados políticos, dependiente del Ministerio del Interior, a cargo de la calificación y de los trámites relativos a los exonerados políticos”. El señor SALAS (Vicepresidente).- Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor José Pérez. El señor PÉREZ (don José).- Señor Presidente, quiero dejar expresa constancia de que hace sólo algunos días se envió al Presidente de la República un oficio firmado por todos los diputados de la Concertación, con el objeto de hacer un reconocimiento a la importante labor que realizan las personas el cargo del Programa de Exonerados Políticos, implementado por la Oficina de Exonerados Políticos, que depende del Ministerio del Interior. Los profesionales que allí laboran salen a terreno para informar a cada uno de los miles de interesados cuál es su situación particular y recorren sectores rurales muy apartados de las cabeceras de provincia. Sin duda el Programa de Exonerados, dependiente del Ministerio del Interior, debe continuar porque la calificación del personal exonerado le corresponde a dicho programa por ser una facultad privativa del Presidente de la República y no de otro servicio. Nos llama profundamente la atención que tanto el ministro del Trabajo y Previsión Social como el ministro Secretario General de la Presidencia hayan suscrito un protocolo de acuerdo, de fecha 12 de mayo de 2003, con una de las agrupaciones de exonerados políticos, en el cual se pretendía poner fin a este Programa y traspasarlo al Instituto de Normalización Previsional (INP). Hay que decir las cosas por su nombre: lamentablemente, no siempre en todas las oficinas del INP se atiende con expedición, esmero y delicadeza a los exonerados políticos. Por consiguiente, este Programa dependiente del Ministerio del Interior, en el que trabajan profesionales comprometidos y dedicados, quienes entregan calor humano a la gente que pretende acceder al beneficio, debe continuar, porque a las organizaciones que trabajan bien, aparte de reconocer sus méritos, hay que destacarlas, anotar las calificaciones en sus hojas de vida, mantenerlas con mucho cuidado, no destruirlas ni traspasar sus funciones a otros servicios. La finalidad de este proyecto de acuerdo es solicitar al Presidente de la República que no se haga ninguna modificación y que se mantenga el Programa de Exonerados Políticos, a cargo de una Oficina dependiente del Ministerio del Interior, la cual es dirigida por don Humberto Lagos Schuffeneger, quien es un brillante profesional que ha dado muestras de mucha calidez con el mundo de los exonerados. Por consiguiente, para que sea ágil y ejecutiva la acción que se deberá desarrollar en los próximos tiempos con la tercera ley del exonerado político, es conveniente que no se efectué alteración alguna en tal sentido. He dicho. El señor SALAS (Vicepresidente).- Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Ojeda. El señor OJEDA.- Señor Presidente, lo que se está haciendo bien no tiene por qué ser cambiado. El Ministerio del Interior, a través de la oficina de coordinación, que dirige muy bien don Humberto Lagos, ha estado haciendo un trabajo excelente y eficaz en lo que se refiere a la calificación de los exonerados políticos. Por esa razón, adhiero y apoyo este proyecto de acuerdo, ya que es necesario que el sistema siga operando de la misma manera. Muchos de quienes trabajan en el Ministerio del Interior han sufrido en carne propia la exoneración y conocen las características de esa situación. Por lo tanto, realizan su labor bastante bien. El Instituto de Normalización Previsional (INP) puede seguir desarrollando su trabajo de determinación de cifras sobre lo que le corresponde a cada uno de los exonerados políticos. Por lo tanto, voy a votar favorablemente, al igual que mi bancada, a pesar de que el señor ministro, en el trámite de estudio y discusión del proyecto, tanto en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social como en la de Hacienda, ya nos garantizó que la situación se mantendrá y que no habrá ningún cambio. Si tuviera que hacerse alguno, tendría que presentarse una indicación, lo cual no ha ocurrido. Eso nos deja tranquilos, porque queremos tener la seguridad de que se mantendrán las mismas condiciones. Desde luego, aprovecho la oportunidad para entregar mi reconocimiento a don Humberto Lagos y a todo su personal, porque la labor que han realizado ha sido muy eficiente y tienen vinculación con todos los diputados y con mucha gente. Han recorrido el país con mucha eficiencia, de forma tal que deben seguir trabajando del mismo modo en que lo están haciendo para atender a los 25 mil o 30 mil exonerados más que se inscribirán para postular a los beneficios que les corresponden. He dicho. El señor SALAS (Vicepresidente).- Por razones obvias, propongo a la Sala que el proyecto de acuerdo se vote en la sesión de mañana. ¿Habría acuerdo? Acordado. VII. INCIDENTESREAPERTURA DE SUMARIO Y REPARA-CIÓN A FAMILIARES DE VÍCTIMAS DE INCENDIO EN CENTRO DE CUMPLIMIEN-TO PENITENCIARIO DE IQUIQUE. Oficios. El señor SALAS (Vicepresidente).- En Incidentes, el primer turno corresponde al Partido Socialista. Tiene la palabra el diputado señor Fulvio Rossi. El señor ROSSI.- Señor Presidente, ya anunció la Presidenta de la Cámara de Diputados, señora Isabel Allende, la presencia de dirigentes de la agrupación Mártires de Mayo, quienes representan a las familias de los 26 jóvenes que fallecieron el 20 de mayo de 2001, cuando se incendió el dormitorio Nº 1, módulo 5, del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Iquique. Las personas fallecidas fueron Miguel Tobar Quiroz, Ricardo Campillay Cañas, Luis Guerra Leandro, Jordán Cornejo Figueroa, Moisés Calderón Vega, Jesús Herrera Gallardo, Pedro Trincado Barrientos, César Núñez Alfaro, Yerko Escobar Sánchez, Manuel Bugueño Heimpleller, Bladimir Araya Pérez, Rodrigo Alfaro Vásquez, René Bernales Oportus, Cristián Soto Sariego, Cristián Sánchez Crisosto, Alejandro Saavedra Henríquez, Fabián Álvarez Crisosto, Luis Enrique Cortés, Andy Molina Vásquez, Marcio Lama Vega, Jorge Bejar Barrios, Andrés Taucare Cifuentes y Jorge Arellano Matthei. No ha quedado claro el origen del fuego, pero se han establecido diversas circunstancias que incidieron en la tardía llegada de ayuda al sitio de los hechos, lo que hizo imposible liberar de tan horrenda muerte a dicho grupo de jóvenes. Existen diversos antecedentes, desde la tardanza en dar aviso a Bomberos, como queda claramente establecido en la publicación del diario “La Tercera”, en la cual el superintendente de Bomberos señaló que “Gendarmería demoró más de veinte minutos en dar aviso”. Además, cuando llegaron los bomberos se encontraron con dificultades para ingresar a la cárcel y acceder al suministro de agua. Dos horas después de iniciado el fuego, a las 12.10 AM, lograron ingresar al recinto penal. A lo anterior se sumó la inexistencia de medidas o dispositivos de prevención en caso de siniestros, algo tan fundamental si se considera que la superficie de las celdas no era la adecuada para el número de personas asignadas a permanecer en su interior. El hacinamiento se estima, a la fecha de los sucesos, en un porcentaje del 70 por ciento. A lo anterior, se sumó el hecho de que existían sólo tres gendarmes para una población penal de 1.500 internos, lo que evidentemente resulta riesgoso para la seguridad e integridad de los propios reclusos. En este sentido, es interesante destacar el comentario del ex fiscal de la excelentísima Corte Suprema, señor Enrique Paillás, quien dijo: “Sería importante reparar en la importancia que pudo tener en lo ocurrido en Iquique la falta de personal de Gendarmería y estudiar una solución al respecto”. Por si esto fuera poco, no existían redes húmedas ni secas para enfrentar este tipo de siniestros. Tampoco existían redes de suministro de agua para extinguir incendios, y las pocas que habían no estaban operativas. Desde otro punto de vista, es necesario recalcar que no había medidas de prevención que permitieran la existencia de elementos de riego al interior de las celdas. Es del caso señalar que, pese a la muerte de siete reclusos en San Miguel, a causa de un incendio, tuvo que ocurrir esta tragedia para que se prohibiera a los internos preparar sus propios alimentos en las celdas. De igual modo, se permitía el ingreso de colchones de poliuretano, en cuya elaboración se utilizan sustancias tóxicas, además de elementos combustibles o inflamables. En cuanto a la vigilancia por métodos electrónicos, los sistemas de video eran deficientes y no estaban totalmente operativos; tampoco existían detectores de humo. Conforme al artículo 3º de la ley orgánica de Gendarmería de Chile, corresponde a este organismo dirigir los establecimientos penales y velar por la seguridad al interior de ellos. En el reglamento de establecimientos penitenciarios también se señala que el interno se encuentra en una relación de derecho público con el Estado, de manera que fuera de los derechos perdidos o limitados por su detención, prisión preventiva o condena, su condición jurídica es idéntica a la de un ciudadano libre. La administración penitenciaria, de conformidad al artículo 6º del reglamento citado, debe velar por la vida, la integridad y la salud de los internos; por su parte, el artículo 10 señala que los establecimientos penitenciarios deben organizarse conforme a un sistema de vigilancia que garantice la seguridad de los internos y funcionarios y de toda persona que en el ejercicio de un cargo o en uso de una facultad legal o reglamentaria ingrese a ellos. Sin embargo, resulta de la más extraordinaria gravedad que el centro de cumplimiento penitenciario de Iquique no estuviese dotado al momento del incendio de la implementación necesaria para prevenir o afrontar una eventualidad de esta naturaleza en forma eficiente. Prueba de ello es que no cuenta con un sistema de apertura y cierre centralizado de puertas a distancia, elemento que incluso estaba presente en las cárceles más antiguas y hoy cerradas y abandonadas, como Alcatraz. Más grave aún es el hecho de que uno de los funcionarios de Gendarmería de turno en ese minuto, justamente el que portaba la llave de la celda en la que se produjo el siniestro -hoy sumariado y expulsado de la institución-, se encontraba en franco estado de ebriedad. Por todos estos antecedentes y por la responsabilidad que le compete al Estado de Chile, solicito que se oficie, en mi nombre y en el de la bancada del Partido Socialista, al ministro de Justicia y al director nacional de Gendarmería, para que tengan a bien ordenar la reapertura del sumario administrativo, a objeto de que se investiguen los hechos y se determinen responsabilidades, al tenor de los informes periciales de los peritos Sergio Cortés y Sergio Jiménez, nombrados por el ministro en visita en causa criminal rol 77752, del Segundo Juzgado del Crimen de Iquique, ya que los antecedentes aportados por ellos no fueron tomados en cuenta ni se tuvieron a la vista en la investigación sumaria de Gendarmería. Asimismo, pido que se oficie al ministro del Interior, con el objeto de que instruya al gobierno regional en materia de reparación del daño causado, ya que muchos familiares de las víctimas hoy se encuentran en total abandono y desamparo. He dicho. El señor JARPA (Vicepresidente).- Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de la bancada del Partido Socialista, del Partido por la Democracia, del Partido Radical, del Partido Demócrata Cristiano, de la Unión Demócrata Independiente y de Renovación Nacional.ESTABLECIMIENTO DE RESPONSABILI-DADES POR PÉRDIDA DE DINERO INVERTIDO EN INVERLINK POR MUNICIPALIDAD DE CORONEL. Oficios. El señor JARPA (Vicepresidente).- En el turno de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor Andrés Egaña. El señor EGAÑA.- Señor Presidente, en los últimos días hemos sido testigos de un show comunicacional que ha montado el alcalde socialista de Coronel, don René Carvajal, quien ha iniciado una caminata desde Coronel a Santiago, la que pretende ser una cortina de humo para tapar la responsabilidad que le cabe a él por la pérdida de 585 millones de pesos que ese municipio invirtió en Inverlink, consorcio cuya quiebra nos ha remecido. Él no puede ni debe eludir su responsabilidad en la pérdida de los dineros de una comuna como Coronel, donde existen los más altos niveles de cesantía. Incluso, ha pretendido, antes de iniciar la caminata, presentar ante la Intendencia regional del Biobío la renuncia a su cargo. El señor alcalde debe saber bien, si esa es su intención, que la ley orgánica de Municipalidades establece que los motivos de su renuncia deben exponerse ante el concejo municipal, el cual debe aprobarla por dos tercios de sus miembros en ejercicio. Por tanto, estamos frente a otra maniobra distractiva: quiere tapar una responsabilidad bastante grande y, además, entrar en un ping pong con el gobierno. Por una parte, él sostiene que se le han prometido recursos por 315 millones de pesos en obras y proyectos para esta sufrida comuna minera tan golpeada por la pobreza y el abandono y, por otra, escuchamos la voz de las autoridades de nuestra región que sostienen que los recursos han ido llegando de acuerdo a lo prometido. Por eso, desde esta Cámara denuncio esta situación: los responsables no quieren asumir su responsabilidad. Más aún, el concejo municipal de Coronel, integrado mayoritariamente por miembros de la Concertación, no se ha hecho parte ni ha querido dar a conocer a la comunidad las irregularidades cometidas. Sólo el concejal Leonidas Romero, UDI, permanentemente ha alzado su voz desde que se produjo la enorme pérdida, que significa cerca del 15 ó 20 por ciento del total de los recursos que la comuna de Coronel tiene para inversión. Por esa razón, de acuerdo con el artículo 9º de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional, que faculta a las Cámaras para solicitar informes y antecedentes específicos a los organismos de administración del Estado, pido que se oficie a la comunidad de Coronel, a fin de que ésta conozca cómo fueron aplicados los recursos asignados y sobre la irresponsabilidad cometida. Ella es la que exige y pide. A su vez, deseo pedir al Gobierno que provea los fondos necesarios, ya que no por una irresponsabilidad de un señor alcalde y de un concejo, que no pudieron prevenir estos hechos, se va a castigar a una comuna que tanto ha sufrido durante muchos años. He dicho. El señor JARPA (Vicepresidente).- Se enviarán los oficios solicitado por su Señoría. INFORMACIÓN SOBRE PROCESO DE LICITACIÓN DE ESSAN. Oficio. El señor JARPA (Vicepresidente).- En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor Manuel Rojas. El señor ROJAS.- Señor Presidente, la comunidad antofagastina ha sido informada de que se está llevando a efecto el proceso de licitación de la empresa sanitaria, el cual se había postergado en el período previo a las elecciones parlamentarias pasadas por la situación complicada que enfrentaba la Concertación. En dicho proceso se están dando varias situaciones complejas para nuestra comunidad. Una de ellas se relaciona con las consideraciones que tuvo el Gobierno para entrar en este proceso de licitación, y otras que quiero comentar a continuación. Me refiero a la preocupación que me han hecho llegar quienes tienen contrato con Essan, específicamente la empresa Cascal, ex Biwater, que tiene un contrato por 30 años para el tratamiento de las aguas. Asimismo, me gustaría saber qué va a suceder con la planta desaladora. Entiendo que se procederá jurídicamente en caso de no llegar a una solución. Se trata de un contrato que existe con una empresa determinada, pero si otra se adjudica la licitación éste se perdería; en primera instancia, no habría claridad con quién se tendría esa relación contractual. Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Economía, específicamente al Sistema de Administración del Estado (SAE), a fin de que se nos informe cómo se va a dilucidar la relación contractual existente entre las empresas Cascal, ex Biwater, y Desalant, y Essan en su proceso de licitación. He dicho. El señor JARPA (Vicepresidente).- Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, adjuntando copia de su intervención.UTILIZACIÓN DE NUEVA DEPENDENCIA DEL LICEO “AUGUSTO SANTELICES VALENZUELA” DE LICANTÉN. Oficio. El señor JARPA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Sergio Correa. El señor CORREA.- Señor Presidente, en abril pasado, en una de las primeras actividades que desarrolló, el ministro de Educación, don Sergio Bitar, inauguró la primera etapa del Liceo Augusto Santelices Valenzuela, en la localidad de Licantén, provincia de Curicó. El liceo necesitaba en forma urgente la ampliación de sus dependencias para evitar la congestión que producían sus más de mil alumnos. Es así como, a través de una licitación de la unidad ejecutora del Departamento de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas, se llamó a una propuesta y se construyó la primera etapa de este liceo. Sin embargo, a la fecha, aún no ha sido utilizado, encontrándose incluso abandonada. Es decir, una obra que costó más de mil millones de pesos está sin utilizarse producto de que, al parecer, el Departamento de Arquitectura de dicho ministerio no ha cumplido con una serie de requisitos que exige la Dirección de Obras de la municipalidad de Licantén para que se pueda ocupar. Cuando se inauguran estas obras con bombos y gran publicidad y, posteriormente, quedan abandonadas, uno piensa que se hicieron con el objeto de hacer un acto proselitista en un momento dado. Por eso, pido que se oficie al ministro de Educación a fin de que nos conteste qué es lo que está ocurriendo con este liceo que aún no puede ser utilizado. He dicho. El señor JARPA (Vicepresidente).- Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los diputados de la UDI que así lo manifiestan a la Mesa. El tiempo disponible del Comité de la UDI ha sido cedido al Comité de Renovación Nacional.APLICACIÓN DE LEY QUE OTORGA BE-NEFICIOS PREVISIONALES A EXONERA-DOS POLÍTICOS. El señor JARPA (Vicepresidente).- En el tiempo del Comité del Partido Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado señor Edmundo Villouta. El señor VILLOUTA.- Señor Presidente, como en el debate del proyecto sobre los exonerados no tuve oportunidad de opinar, dado el poco tiempo que se asignó a las diferentes bancadas, quiero señalar algunas preocupaciones de las que, en forma extraoficial, he tenido conocimiento respecto a los procedimientos que se van a usar en la aplicación de esta tercera ley, que afortunadamente ya aprobamos, y que esperamos sea publicada a la mayor brevedad. Se me ha informado que los antiguos formularios que se ocuparon con motivo de la vigencia de las dos leyes anteriores no van a ser utilizados. Entonces, es conveniente que esto quede totalmente aclarado para los efectos de que los interesados, que son bastantes y, además, personas muy modestas y a quienes cuesta explicar los procedimientos que deben realizar para que puedan recibir esos beneficios, sean informados debidamente. Otra situación que se me ha planteado es que existiría la posibilidad de que, en lo sucesivo, estos formularios de solicitud de inscripción sean presentados ante el Instituto de Normalización Previsional o ante la Dirección del Trabajo. Sería conveniente que los respectivos ministerios informen sobre el momento y dónde se van a presentar estos nuevos formularios o solicitudes. También se me ha señalado que se va a requerir que estos formularios sean presentados personalmente y firmados por los posibles beneficiarios ante el funcionario que alguna de estas instituciones determine. Ello sería muy conveniente, porque, lamentablemente, mucha gente pagó por el servicio de llenar los formularios o de llevarlos a Santiago para darle mayor agilidad, pero muchas veces eso no se hizo. Conocí casos verdaderamente extremos, con cantidades importantes, en que los destinatarios de beneficios por exoneración tuvieron que pagar por la entrega y tramitación de estos documentos, en circunstancias de que, en general, el proceso fue bastante rápido y efectivo. Las demoras se produjeron sólo por la falta de documentos. Ante las personas que me consultan, he insistido en que lo primero que tienen que hacer es tener el formulario, el certificado del INP -Seguro, Caja de Empleados Particulares, Canaempu o la caja previsional que tuvo cada uno de ellos-, con los antecedentes de las imposiciones que tienen. No debemos olvidar que uno de los requisitos es tener imposiciones antes y después de la exoneración para que posteriormente, con el abono de tiempo, se permita el pago de un bono de reconocimiento o, simplemente, de la pensión de vejez o invalidez. También reitero aquello que manifesté ayer en la Comisión de Trabajo, cuando tratamos este proyecto delante del ministro del Trabajo y de sus asesores, en cuanto a que las viudas de los exonerados no pudieron ser beneficiadas. Por tanto, pido que el ministerio estudie la posibilidad de que esta situación de desamparo en que han quedado las viudas pueda ser solucionada. He dicho.INCLUSIÓN DE LA REGIÓN DEL MAULE EN EL PROGRAMA DE CONSTRUCCIÓN DE RECINTOS PENITENCIARIOS. Oficios. El señor JARPA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Pablo Lorenzini. El señor LORENZINI.- Señor Presidente, las últimas cifras indican que ha habido un aumento explosivo de la delincuencia en la Séptima Región. Sin embargo, la construcción de cárceles no va acorde con ese incremento. Hace algunos meses se inauguró una cárcel en Cauquenes. No obstante, la región del Maule no está incluida en el programa de construcción de diez nuevos recintos carcelarios. Sin lugar a dudas, vamos a postergar a una región que necesita cambiar de ubicación a sus actuales pero muy antiguas cárceles. En Talca, la cárcel está a dos cuadras de la plaza de armas, al igual que en Constitución y en San Javier. Necesitamos reorganizar el sistema penitenciario regional. Además, dado que en la región está en pleno desarrollo la reforma procesal penal, es necesario separar a los imputados y sometidos a proceso de quienes ya han sido condenados. Hoy no existe capacidad. En la región hay una población total de 1.330 presos; de ellos, 420 son imputados y 910, condenados. Un tercio corresponde a personas en cuyo caso no se ha dictado fallo, pero están junto a quienes ya han sido sentenciados. Por otra parte, si para vigilar a 1.330 reclusos existen 300 funcionarios, entre civiles y gendarmes, significa que hay un funcionario por cada cuatro o cinco presos, en circunstancias de que las leyes internacionales establecen que debe haber un funcionario por cada dos presos, máximo, uno cada tres. En consecuencia, existe un riesgo cierto de sobretrabajo para el personal de Gendarmería y un riesgo cierto de que no se puedan realizar adecuadamente los controles. Necesitamos una cárcel de gran envergadura. Hay terrenos fiscales disponibles cerca de San Clemente, en la Ruta 5 Sur, camino a San Rafael. Esperamos que una inversión de 12 mil millones de pesos permita la construcción de un recinto carcelario en la región, a través del sistema de concesiones establecido por el Ministerio de Justicia y Gendarmería. Además de tener un control más moderno y de separar a los presos en celdas individuales, con algunos implementos precisos, se genera empleo -ésta es una de las regiones con más desempleo- durante el período de construcción del recinto. Asimismo, las micro o pequeñas empresas que van a trabajar al interior de esos establecimientos pueden aportar a la reinserción social de los presos. A ello se agrega todo el ambiente externo que significa una cárcel concesionada, que será construida por privados, quienes contribuirán a la reinserción social y estarán a cargo del mantenimiento, la salud, los alimentos, etcétera. Ello provoca todo un complejo de trabajo para muchas personas. Por lo anterior, pido que se oficie al ministro de Justicia y al director Nacional de Gendarmería, a fin de que la región del Maule sea incluida en el programa de construcción de nuevos recintos penitenciarios.CONSTRUCCIÓN DE AEROPUERTO DE CARGA EN REGIÓN DEL MAULE. Oficio. El señor LORENZINI.- Señor Presidente, hace algunos años planteé la necesidad de que la región del Maule cuente con un aeropuerto, dado el movimiento comercial que existe en la zona. No estoy hablando del transporte de pasajeros, sino del de carga. A ello se agrega la construcción de la carretera El Pehuenche, hacia Argentina, que en dos o tres años más inaugurará el Presidente Lagos, la que incluso será una mejor alternativa que el paso Los Libertadores, a baja altura, pero necesitamos otras opciones, pues no contamos con un puerto potente. En tal sentido, se justifica la construcción de un aeropuerto. Hace 12 ó 18 meses, el Ministerio de Obras Públicas realizó un estudio sobre el particular, pero, como siempre, fue mal diseñado. Ese estudio tomó en consideración la parte comercial, de pasajeros, y se indicó que volaban entre 100 y 200 personas al día. Desde ese punto de vista, nadie va ir a Talca por la autopista. Lo que queríamos era que se estudiara el problema desde la perspectiva de la carga. Es cuestión de analizar la apertura de mercados para la exportación de vino a propósito del acuerdo firmado con la Unión Europea y del que se va a suscribir con Estados Unidos. Existe una serie de productos de exportación no tradicional que están recibiendo incentivo, los que necesariamente deben ser trasladados a puertos del sur o a Santiago, vía carga aérea. El Ministerio de Obras Públicas debe realizar un estudio real sobre el particular, de modo de evitar gastar una vez más 20, 30 ó 40 millones de pesos en estudios que no tienen un objetivo claro. Aquí no es necesario efectuar estudios desde el punto de vista comercial. La idea es encontrar una salida al pequeño y mediano empresario, que le permita disminuir costos desde la región del Maule, lo cual podría ser una base de lanzamiento. Por lo tanto, sería bueno que la misma empresa u otra reactualizara este estudio, pero -reitero- con objetivos claros. En consecuencia, solicito que se oficie al Ministerio de Obras Públicas a fin de que evalúe la posibilidad de construir un aeropuerto de carga, no comercial, en la región del Maule. Existen terrenos que ya han sido evaluados positivamente desde el punto de vista aeronáutico y de las condiciones que exige la operación de aviones de mediano tonelaje. Se trata de llevar inversión a las regiones, las que muchas veces no son tomadas en cuenta. Los diputados Mulet y Jaramillo lo saben. Su señoría también lo sabe y ha procurado llevar recursos a Chillán. Las macroobras, como las autopistas y el metro, se llevan a cabo en Santiago. De ese modo, se desvían inversiones y se posponen obras, como el tren que tanto ha defendido el diputado señor Jaramillo y que algún día llegará a Puerto Montt. He dicho. El señor JARPA (Vicepresidente).- Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.AMPLIACIÓN DE ÁMBITO LABORAL DE INGENIEROS DE EJECUCIÓN. Oficios. El señor JARPA (Vicepresidente).- En el turno del Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Patricio Hales. El señor HALES.- Señor Presidente, quiero hacer presente mi preocupación por el ámbito laboral y el reconocimiento de la competencia de los ingenieros de ejecución. Estos trabajadores, con arreglo a su formación, no están autorizados para asumir las tareas propias de los arquitectos o de los ingenieros o constructores civiles. Han sido preparados -el título lo indica- para ejecutar algunas parcialidades relacionadas con obras de construcción y resulta perfectamente comprensible que no se les entreguen tareas mayores, propias de la ingeniería o de la arquitectura. Sin embargo, se ha avanzado en su formación, a fin de que puedan efectuar algunas obras que por lo general las grandes empresas subcontratan, o bien, se postulan como obras de contratistas directos en propuestas a algunos servicios públicos. La discusión que existe en algunos servicios públicos sobre los ingenieros de ejecución se relaciona con su capacidad -ella se pone en duda- de ejecutar obras de instalaciones sanitarias, es decir, de agua, alcantarillado, etcétera. En Chile, hay consenso en que los ingenieros de ejecución sí están capacitados para proyectar dichas obras, es decir, para hacer los diseños, los estudios, los cálculos teóricos, definir los trazados, las piezas, las uniones, las cámaras, los modos de evacuar los alcantarillados, las maneras de alimentar el agua potable. Por tanto son profesionales a los que el Estado, las autoridades, las normas, los decretos y la legislación vigente les reconocen oficial, jurídica y legalmente competencia para asumir el diseño y proyectos de estas obras, pero que a la hora de ejecutarlas, algunos han cuestionado su capacidad, impidiéndoles ejecutarlas. Sin embargo, la respuesta de la Contraloría General de la República, de acuerdo con el documento Nº 08955, de 5 de marzo de 2003, firmado por la señora Noemí Rojas Llanos, subcontralor -ante una consulta formulada por diferentes ingenieros de ejecución, entre ellos, los señores Manuel Vargas y Víctor Silva, quienes son los que han llevado adelante este debate-, señala que el decreto Nº 50, de 2002, del Ministerio de Obras Públicas, en su artículo 9º prescribe a quienes compete proyectar y construir las instalaciones domiciliarias, estableciendo en su acápite segundo: “También podrán intervenir en el ámbito de la construcción los profesionales y técnicos a que se refiere el artículo 33”. Agrega: “Las normas referidas guardan plena correspondencia con lo que disponen la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza General, a cuyo propósito debe tenerse en consideración el concepto que esta última consagra de “Profesional especialista”... “De esta manera se observa que la preceptiva en comento no establece discriminación alguna respecto de los ingenieros de ejecución en obras sanitarias, ni los margina de la actividad aludida; por el contrario, de acuerdo con las disposiciones citadas, dichos profesionales están facultados para intervenir en el ámbito de la construcción de instalaciones sanitarias de agua potable y alcantarillado”. Aun cuando con la respuesta de la Contraloría, en mi opinión, quedaría zanjado el problema, quiero que se consulte, por oficio, al ministro de Obras Públicas, al superintendente de Servicios Sanitarios, a los directivos de los servicios de Vivienda y Urbanización de todas las regiones y al ministro de Vivienda, a fin de que queden definidos los ámbitos laborales de estos profesionales y establecer la potestad que consigna la Contraloría para ejecutar estas obras. Por lo tanto, si así quedara establecido, se ampliaría el campo laboral de gente que, según la revisión de normas que hizo la Contraloría, está plenamente capacitada. He dicho. El señor JARPA (Vicepresidente).- Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de los diputados señores Enrique Jaramillo y José Miguel Ortiz. RECONOCIMIENTO A EX TRABAJADORES MADEREROS DE PANGUIPULLI. Oficio. El señor JARPA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo. El señor JARAMILLO.- Señor Presidente, quiero intervenir, una vez más, sobre el tema tratado en el día de hoy y que dice relación con la modificación a la ley de exonerados políticos, porque toca muy de fondo a muchos de nosotros. Cuando se ha planteado en la agenda pública el concepto de reparación y justicia, esta iniciativa cobra especial relevancia simbólica y práctica, pues a través de proyectos concretos como el que hemos aprobado hoy, se consigue reparar el error cometido por años en contra de quienes sufrieron los rigores de la persecución por el solo hecho de pensar distinto y por haber soñado con un Chile más justo, más solidario. Desde que asumí el cargo de parlamentario, luché por que se modificara la ley Nº 19.234. Con el diputado José Miguel Ortiz intervinimos ante el ministro del Interior para lograr el envío de este tercer proyecto. También participó en esas conversaciones el diputado Felipe Letelier. En fin, nos hemos preocupado de lograr ese objetivo, y hoy podemos dar cuenta al país de la situación que se ha vivido, cual es la modificación de dicha ley y, por qué no decirlo, la reparación a parte del drama que han vivido tantos chilenos por haber pensado distinto. Me quiero referir especialmente a los trabajadores de la zona de Panguipulli, donde existió un complejo maderero, ubicado en la zona precordillerana de la provincia de Valdivia. Allí se concentra una gran cantidad de trabajadores de la madera. Ellos fue ron perseguidos de manera implacable por quienes se hicieron cargo de la administración de ese enorme complejo después del golpe militar. Fueron lanzados a la calle sin más, privados de su derecho al trabajo y, en algunos casos, de su vivienda. En la actualidad, la gran mayoría de esos seres humanos, de esas familias, viven en la población Lolquellén de la ciudad de Panguipulli. Señor Presidente, por su intermedio quiero hacerles llegar un saludo muy especial, porque ellos dudaron en algún momento de las intervenciones de José Miguel Ortiz, de Felipe Letelier y de quien habla, Enrique Jaramillo, para satisfacer el ansiado anhelo de recibir una pensión a la avanzada edad que hoy tienen. Quiero hacer llegar este saludo a los ex trabajadores del complejo maderero de Panguipulli por intermedio de la municipalidad de ese nombre. He dicho. El señor JARPA (Vicepresidente).- Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión del diputado señor José Miguel Ortiz. En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión. -Se levantó la sesión a las 13.48 horas.JORGE VERDUGO NARANJO,Jefe de la Redacción de Sesiones. VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA1. Informe de la Comisión Mixta, recaído en el proyecto de ley que crea el Consejo Nacional de Cultura y el Fondo Nacional de Desarrollo Cultural. (boletín Nº 2286-04)“Honorable Cámara de Diputados:Honorable Senado: La Comisión Mixta, constituida en conformidad con el artículo 68 de la Constitución Política, tiene el honor de proponeros la forma y el modo de resolver las divergencias suscitadas entre ambas Cámaras, durante la tramitación del proyecto de ley de la referencia.-o- El honorable Senado nombró como integrantes de la Comisión Mixta a los honorables señores senadores miembros de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología. La honorable Cámara de Diputados comunicó haber designado al efecto a los honorables diputados señores Sergio Aguiló Melo, Germán Becker Alvear, Sergio Correa de la Cerda, Rodrigo González Torres y Eduardo Saffirio Suárez. Además, asistió el honorable senador señor Alberto Espina Otero. La Comisión se constituyó el 20 de mayo de 2003, eligiendo por unanimidad como Presidente al honorable senador señor Roberto Muñoz Barra. Hecho lo anterior, se abocó al cumplimiento de su cometido. Asistieron a la sesión que la Comisión dedicó a este asunto, en representación del Ejecutivo, el señor ministro de Educación, don Sergio Bitar; el Jefe del Departamento Jurídico del Ministerio de Educación, don Rodrigo González; el Asesor Cultural de la Presidencia de la República, señor Agustín Squella; la Directora de Asuntos Culturales del Ministerio de Relaciones Exteriores, señora Luisa Ulibarri; el Asesor del ministro de Hacienda, señor Julio Valladares, y el Jefe del Departamento Institucional Laboral del Ministerio de Hacienda, señor Carlos Pardo.-o-NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL Cabe haceros presente que, de los artículos objeto de controversia, los que a continuación se indican son normas orgánicas constitucionales: 5º Nº 3) e inciso segundo nuevo y 17 Nº 4), permanentes. Lo anterior, debido a que dichos preceptos inciden en la organización básica de la administración pública, lo que es materia de ley orgánica constitucional al tenor de lo dispuesto en el artículo 38, inciso primero, de la Ley Suprema, en relación con el artículo 63, inciso segundo, de ese Texto Fundamental.-o-Antecedentes Legalesa) Párrafo sexto del Numeral 10 del artículo 19 de la Constitución Política, que impone al Estado el deber de estimular la creación artística y proteger e incrementar el patrimonio cultural de la Nación.b) Ley Nº 19.227, sobre Fomento del Libro y la Lectura.c) Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales.d) Ley Nº 18.985, que establece normas sobre Reforma Tributaria.e) Ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación.f) Ley Nº 19.032, que reorganiza el Ministerio Secretaría General de Gobierno.g) Decreto ley Nº 679, de 1974, sobre Consejo de Calificación Cinematográfica, derogado por la ley Nº 19.846.h) Ley Nº 19.846, sobre Calificación de la Producción Cinematográfica.i) Artículo 7º del Código de Procedimiento Civil.j) Decreto con fuerza de ley Nº 5.200, del Ministerio de Educación, de 1929, que crea la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos. Este cuerpo legal ha sido objeto de diversas enmiendas y se cita con fines históricos.-o-DESCRIPCIÓN DE LOS ARTÍCULOS DEL PROYECTO, APROBADOS EN PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL, CUYA ENMIENDA O SUPRESIÓN, ACORDADA EN SEGUNDO TRÁMITE, FUE RECHAZADA POR LA CÁMARA DE ORIGEN EN TERCER TRÁMITE El proyecto de ley aprobado en primer trámite constitucional, por la honorable Cámara de Diputados, persigue, en síntesis, lo siguiente: -Corregir la fragmentación y dispersión de la institucionalidad cultural pública y superar la insuficiencia de recursos del Fondart, la debilidad de su respaldo jurídico y sus limitaciones en cuanto a líneas de asignación de los recursos que administra. -Alcanzar mejores niveles de desarrollo auténticamente humano que consideren la calidad de vida y la satisfacción de las necesidades y aspiraciones más intangibles y profundas de la persona, relativas a la creación, acceso y goce de bienes simbólicos que provienen del arte y la cultura de un país. -Establecer un Consejo Nacional de Cultura para la institucionalidad cultural pública chilena. Se considera más adecuado un órgano con características colegiadas, participativas y flexibles, que responda a los principios orientadores de la reforma y modernización del Estado. -Consultar la participación ciudadana en forma institucionalizada, en los diversos ámbitos de la toma de decisiones y fortalecer la regionalización y la descentralización buscando articular los niveles nacional, regional y local. -Concentrarse en los ámbitos culturales que, por urgencia política y de gestión pública, sean priorizados por el Presidente de la República. Tales propósitos se materializaron en 39 artículos permanentes y seis transitorios. La controversia suscitada entre ambas ramas legislativas deriva del rechazo de la Cámara de Origen, en tercer trámite constitucional, a las enmiendas de los artículos 5º Nº 3) y 17 Nº 4) permanentes y tercero y sexto transitorios, introducidas por el honorable Senado en segundo trámite. A continuación, se describe sucintamente el contenido de los preceptos materia de la divergencia. Además, se incluyen los aspectos centrales de la discusión generada en la Comisión Mixta, así como los acuerdos que ésta adoptó para resolver las discrepancias.Artículo 5ºNº 3) La norma acordada, en primer trámite constitucional, por la honorable Cámara de Diputados, contemplaba como miembro de la Dirección Superior del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, al ministro de Relaciones Exteriores. Este numeral fue suprimido por la Cámara Revisora. El señor ministro de Educación señaló que el Ejecutivo, por medio de una proposición que presenta para estos efectos, busca reponer la presencia del ministro de Relaciones Exteriores en el Consejo. En cuanto al fondo del problema, indicó que nuestro país tiene una imagen internacional que lo representa en un mundo cada vez más globalizado e integrado por medio de acuerdos de libre comercio. Dicha imagen comprende, obviamente, la cultura y las artes que se generan en nuestra patria y cuya proyección permite difundir y promocionar nuestra imagen de país emergente. Por ello, la presencia del ministro de Relaciones Exteriores o su representante en el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes aparece como indispensable para un manejo adecuado del desarrollo cultural y su proyección internacional. El honorable senador señor Larraín expresó que el sector que representa se opuso a la presencia de ambos ministros en el Consejo, con el objetivo de limitar su carácter estatal u oficialista y de asegurar su independencia y pluralidad. Luego, añadió, se optó por dejar al señor ministro de Educación por su vinculación con el mundo de la cultura. Hizo presente que, posteriormente, han reconsiderado este punto siempre que a nivel regional se enmiende la integración de los Consejos Regionales de la Cultura y las Artes, con la finalidad de disminuir el grado de influencia de los Intendentes en la designación de sus integrantes. Además, precisó que de consagrarse la presencia del ministro, no debe contemplarse la posibilidad de que designe un representante oficial, ya que siempre podrá enviar a alguien que lo represente, pero sin derecho a voto. Luego, el honorable senador señor Vega señaló que la creación de la institucionalidad cultural busca el desarrollo pleno, la promoción y el fomento de la cultura y las artes en el país. No obstante, esta labor no sólo tiene una proyección interna, sino que también debe considerarse el panorama internacional, la mundialización y los procesos de integración, donde nuestro país debe tener presencia cultural. Por esta razón el señor senador manifestó su disposición favorable a la propuesta del Ejecutivo. El honorable senador señor Viera-Gallo explicó que difícilmente el ministro de Relaciones Exteriores podrá concurrir a las reuniones del Consejo, por lo que su inclusión debe comprender la posibilidad de delegar su participación en un representante permanente, sin perjuicio de reasumir cuando lo estime conveniente, como había sido aprobado por la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, en su oportunidad. A continuación, el honorable senador señor Espina indicó que es inconveniente la presencia de ministros de Estado en el Consejo. Agregó que lo anterior no obsta a que cuando se vayan a discutir asuntos con proyección internacional, el Presidente del Consejo invite a participar en dicha reunión al ministro de Relaciones Exteriores. Por el contrario, estimar que es imprescindible la presencia de estos ministros en el Consejo podría llevar al absurdo de postular que todos los Consejos de las entidades públicas existentes deberían comprender entre sus miembros a algún Secretario de Estado. Además, la integración con presencia de ministros puede redundar en una suerte de control político sobre el Consejo. Recordó que el Presidente del Consejo tiene rango de ministro pero su jerarquía es inferior a la del ministro de Relaciones Exteriores, lo que podría afectar su autoridad al interior de dicho organismo. Explicó que concuerda con el planteamiento del honorable senador señor Larraín siempre que los cargos restantes sean designados con la mayor independencia posible para asegurar un funcionamiento plural del Consejo Nacional y de los Consejos Regionales. El honorable diputado señor Correa opinó que le parece más adecuada la propuesta del Senado en orden a suprimir la presencia del ministro de Relaciones Exteriores, considerando que lo más probable es que tenga severas dificultades para concurrir. Luego, el honorable diputado señor González manifestó su acuerdo con la propuesta del honorable senador señor Larraín, sin perjuicio de precisar que el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes es un servicio público y como tal debe tener representantes estatales. Por tanto, la presencia del ministro de Relaciones Exteriores no desmerece la participación de la sociedad civil en el Consejo; por el contrario, lo que se busca es que los representantes de la sociedad sean genuinos y que la integración de este órgano sea de la mejor calidad. Agregó que la presencia de los ministros no invalida el carácter amplio, plural y transversal del Consejo. Asimismo, la dimensión cultural en el campo internacional es de mucha importancia para nuestro país, lo que justifica la presencia del Ministerio de Relaciones Exteriores en el Consejo. El honorable diputado señor Saffirio precisó que en materia de fomento de la cultura y de las artes el riesgo eventual no es la politización, sino la mercantilización. Expresó su acuerdo con la reposición del ministro en el Consejo. El honorable diputado señor Aguiló indicó que la institucionalidad cultural que se está creando no puede estar al margen del mundo. Recordó que Chile ha desarrollado una importante labor de difusión internacional de su cultura por medio de agregados culturales de alto nivel en las Embajadas. Estos actores deben tener presencia en el Consejo, lo que justifica la inclusión del ministro de Relaciones Exteriores en el mismo. A continuación, el honorable diputado señor Becker señaló que, de reponerse la presencia del ministro de Relaciones Exteriores, éste debía concurrir personalmente a las sesiones del Consejo, al menos a las más importantes y no enviar un representante. Manifestó su acuerdo con la propuesta del honorable senador señor Larraín. El señor ministro de Educación explicó que la propuesta del Ejecutivo contempla, asimismo, la posibilidad de que los ministros deleguen su participación en representantes permanentes. Agregó que esta norma fue aprobada, en el segundo trámite constitucional, por la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Senado; sin embargo, posteriormente, la Sala del Senado rechazó dicho precepto. Precisó que la posibilidad de delegación incluía también al ministro de Educación y que en ese sentido ha sido recogida por el Gobierno en la indicación que se propone. El honorable senador señor Ruiz-Esquide expresó su acuerdo con la propuesta del Ejecutivo, estableciendo, además, la posibilidad de delegar su participación en un representante permanente. Por último, el señor Presidente anunció que primero se votaría la proposición del Ejecutivo que repone la presencia del ministro de Relaciones Exteriores en el Consejo. -Cerrado el debate y puesta en votación dicha proposición, fue aprobada por la unanimidad de los miembros presentes en la Comisión Mixta, honorables senadores señores Hernán Larraín Fernández, Roberto Muñoz Barra, Mariano Ruiz-Esquide Jara y José Antonio Viera-Gallo Quesney, y honorables diputados señores Sergio Aguiló Melo, Germán Becker Alvear, Sergio Correa de la Cerda, Rodrigo González Torres y Eduardo Saffirio Suárez. Luego, el señor Presidente puso en votación la proposición del Ejecutivo en orden a reponer el inciso penúltimo del artículo 5º, aprobado por la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Senado, en el segundo trámite constitucional y que permite a los ministros de Educación y Relaciones Exteriores delegar su participación en el Consejo en representantes permanentes, sin perjuicio de reasumir cuando lo estimen pertinente. -En votación la proposición del Ejecutivo, fue aprobada por la mayoría de los miembros presentes de la Comisión, con el voto favorable de los honorables senadores señores Roberto Muñoz Barra, Mariano Ruiz-Esquide Jara y José Antonio Viera-Gallo Quesney, y de los honorables diputados señores Sergio Aguiló Melo y Rodrigo González Torres. Votaron por la negativa el honorable senador señor Hernán Larraín Fernández, y los honorables diputados señores Germán Becker Alvear, Sergio Correa de la Cerda y Eduardo Saffirio Suárez.Artículo 17Nº 4) La disposición aprobada por la Cámara de Diputados establecía que los Consejos Regionales de la Cultura y las Artes estarán integrados por cuatro personalidades regionales de cultura, designadas por el Intendente, propuestas por las organizaciones culturales de las provincias de la región respectiva, que posean personalidad jurídica vigente. Un reglamento determinará el procedimiento por medio del cual se harán efectivas las designaciones, para lo cual deberá existir un Registro Regional de dichas organizaciones. El Senado eliminó la participación del Intendente en la designación de estas autoridades. El señor ministro de Educación explicó que el Gobierno, por medio de una proposición que presenta para estos efectos, propone establecer una fórmula distinta para la nominación de estas personalidades regionales de la cultura, estableciendo que serán designadas por el Directorio Nacional de una nómina de diez personas elaborada por el Intendente, a propuesta de las organizaciones culturales de la región respectiva. No se ha considerado que sean las organizaciones las que designen directamente a estos representantes, ya que aquéllas se encuentran en un constante cambio, por lo que sólo proponen y el Intendente equilibra dicha sugerencia para que haya representantes de toda la región y de todas las áreas de las artes. El honorable senador señor Viera-Gallo manifestó que era más democrático y plural el texto despachado por el Senado, que establecía que estas personalidades serían designadas por las organizaciones culturales de la provincia de la región respectiva sin intervención de autoridad política. Destacó que si estas organizaciones pueden “proponer” también pueden “elegir” y el reglamento resuelve el procedimiento y los demás detalles. Finalmente, el honorable senador señor Larraín explicó que una solución como la propuesta por el honorable senador señor Viera-Gallo es compleja, ya que existe mucha heterogeneidad entre las organizaciones culturales y alguien debe armonizar la propuesta para que la integración del Consejo Regional sea equilibrada. -Cerrado el debate y puesta en votación la proposición, fue aprobada con dos enmiendas formales por la mayoría de los miembros presentes en la Comisión Mixta, con el voto favorable de los honorables senadores señores Hernán Larraín Fernández y Roberto Muñoz Barra, y honorables diputados señores Sergio Aguiló Melo, Germán Becker Alvear, Sergio Correa de la Cerda y Eduardo Saffirio Suárez. Votaron por la negativa los honorables senadores señores Mariano Ruiz-Esquide Jara y José Antonio Viera-Gallo Quesney, y el honorable diputado señor Rodrigo González Torres.Artículo tercero transitorio El precepto acordado en el primer trámite facultaba al Presidente de la República para que, dentro del plazo de 180 días, contado desde la fecha de publicación de la ley, por medio de un decreto con fuerza de ley, expedido por intermedio del Ministerio de Educación y suscrito por el ministro de Hacienda, fijara la planta de personal del Consejo Nacional de Cultura. Agregaba la norma que dicha planta no podía significar un mayor gasto, una alteración de los grados ni un incremento en el número de cargos que estaban provistos en las plantas de la División de Extensión Cultural o en la Secretaría del Comité Calificador de Donaciones Privadas del Ministerio de Educación y del Departamento de Cultura del Ministerio Secretaría General de Gobierno, a la fecha de entrada en vigencia de la misma. La condición de encontrarse los cargos provistos sería certificada por los Subsecretarios respectivos. Con todo, precisaba que podrían crearse adicionalmente hasta veinte cargos directivos o de jefatura. En el ejercicio de esta facultad, el Presidente de la República podía determinar los requisitos generales y específicos para el ingreso y la promoción a los cargos que conformen la planta del Consejo. Los funcionarios a que hacía referencia el inciso segundo de la disposición, se entendían encasillados, por el solo ministerio de la ley y sin solución de continuidad y desde la fecha de vigencia de la planta de personal, en los cargos de la nueva planta que tenían el mismo grado de los que ejercían. El encasillamiento no constituiría, señalaba el precepto, para ningún efecto legal, término de servicio o supresión de empleos o cargos ni, en general, cese de funciones o término de la relación laboral. Tampoco podía significar pérdida del beneficio contemplado en el artículo 132 del decreto con fuerza de ley Nº 338, de 1960, en relación al artículo 14 de la ley Nº 18.834. Del mismo modo, indicaba, los funcionarios conservarían el número de bienios que estuvieran percibiendo y mantendrían el tiempo de permanencia en el grado para tal efecto. Para la aplicación práctica del encasillamiento dispuesto en esta norma, el Presidente del Consejo, mediante resolución, dejaría constancia de la ubicación concreta que ha correspondido en las plantas a cada funcionario. Por último, precisaba este artículo respecto del personal que ocupara un cargo en extinción, adscrito a las plantas respectivas por aplicación del derecho establecido en el artículo 2º transitorio de la ley Nº 18.972, que se mantendría inalterable su situación, no obstante la fijación de la nueva planta, entendiéndose que dichos cargos quedaban adscritos a la misma por el solo ministerio de la ley. Esta norma fue rechazada en segundo trámite constitucional, por el Senado. El señor ministro de Educación manifestó que el Ejecutivo, por medio de una proposición que presenta para estos efectos, sugiere una norma similar a la aprobada para el Nuevo Trato Funcionario, en el sentido de autorizar al Presidente de la República para que, en el plazo de 180 días, contado desde la publicación de esta ley, fije la planta de personal del Consejo por medio de un decreto con fuerza de ley. La norma propuesta establece que dicha planta no podrá significar un mayor gasto, una alteración de los grados ni un incremento en el número de cargos que estén provistos en las plantas de la División de Extensión Cultural o en la Secretaría del Comité Calificador de Donaciones Privadas del Ministerio de Educación y del Departamento de Cultura del Ministerio Secretaría General de Gobierno, a la fecha de entrada en vigencia de la misma. La condición de encontrarse los cargos provistos será certificada por los Subsecretarios respectivos. Con todo, podrán crearse adicionalmente hasta veinte cargos directivos o de jefatura. En el ejercicio de esta facultad el Presidente de la República deberá dictar las normas necesarias para la adecuada estructuración y operación de las plantas que fije. Los incisos cuarto a séptimo son similares a la normas aprobadas en su oportunidad por la honorable Cámara de Diputados. Por el contrario, el precepto propuesto por el Ejecutivo no contempla el inciso final de la disposición original, que establecía respecto del personal que ocupara un cargo en extinción, adscrito a las plantas respectivas por aplicación del derecho establecido en el artículo 2º transitorio de la ley Nº 18.972, que se mantendría inalterable su situación, no obstante la fijación de la nueva planta, entendiéndose que dichos cargos quedaban adscritos a la misma por el solo ministerio de la ley. El señor ministro de Educación señaló que la proposición anterior suprime el inciso tercero original que establecía que el Presidente de la República podría determinar los requisitos generales y específicos para el ingreso y la promoción de los cargos que conformen la planta del Consejo. Con esta propuesta, agregó, se subsanan las dudas de constitucionalidad de la norma, se resguardan las atribuciones del Consejo y se permite la flexibilidad necesaria para que inicie sin contratiempos sus labores. El honorable senador señor Viera-Gallo explicó que desde hace meses se ha solicitado una planta esquemática al Gobierno, ya que es el Congreso Nacional el que debe aprobar las plantas de los servicios que se crean, como ocurrió, por ejemplo, con la Reforma Procesal Penal, donde se aprobó la planta del Ministerio Público y de cada uno de los tribunales de garantía del país. Hizo presente que por los años de trámite que tiene esta iniciativa el Ministerio de Hacienda debe contar, a lo menos, con un esquema de planta, que debiera ser conocido y aprobado por el Poder Legislativo. Respecto de la norma del Nuevo Trato Funcionario precisó que su aprobación fue producto de un acuerdo político en base a la contingencia que afecta al país, sin perjuicio de que en su oportunidad se le hizo presente al señor ministro de Hacienda la inconveniencia de la delegación legislativa en materia de plantas que dicha iniciativa establecía. El honorable senador señor Larraín explicó que la norma fue rechazada por el Senado debido a que la delegación de facultades que se proponía era inconstitucional, por referirse a materias reguladas por el artículo 38 de la Carta Fundamental, que encomienda a una Ley Orgánica Constitucional determinar la organización básica de la Administración Pública, garantizar la carrera funcionaria y los principios de carácter técnico y profesional en que deba fundarse. Lo anterior debido a que el artículo 61 de la Ley Fundamental prohíbe expresamente delegaciones legislativas que versen sobre asuntos que deban ser regulados por leyes orgánicas constitucionales. Señaló que la norma aprobada para el Nuevo Trato Funcionario es más objetiva, más acotada y estatuye una delegación de facultades razonable para esta materia. Hizo presente que lo adecuado hubiera sido aprobar una planta con todos sus detalles, pero obrar, actualmente, en este sentido, podría bloquear la tramitación de este proyecto y retrasar la creación de la nueva institucionalidad cultural. El honorable diputado señor Becker expresó que estaba de acuerdo con el planteamiento del honorable senador señor Larraín, considerando, además, que en la especie se trata de plantas ya existentes que serán traspasadas al Consejo Nacional de la Cultura y las Artes. Por su parte, el honorable diputado señor Correa concordó con los planteamientos efectuados por el honorable senador señor Larraín y el honorable diputado señor Becker. El honorable diputado señor Saffirio manifestó su conformidad con las opiniones del honorable senador señor Viera-Gallo, en el sentido de que debe ser el Congreso Nacional el que apruebe la planta de este servicio. A continuación, el honorable diputado señor Aguiló indicó que las dotaciones que conformarán la planta del Consejo son insuficientes para cubrir las necesidades del servicio en regiones. Esta situación, agregó, debe ser considerada ya que se han generado muchas expectativas en torno a esta iniciativa y la estructura contemplada puede ser ineficaz y generar frustraciones en la ciudadanía. El honorable diputado señor González precisó que se trata de un traslado de plantas al nuevo servicio y que este proyecto debe ser despachado a la brevedad, considerando los años de tramitación que lleva y las expectativas que ha generado. El honorable senador señor Ruiz-Esquide manifestó que votaría en contra del artículo por estimar que el Congreso Nacional debe aprobar las plantas de cada servicio. Recordó que esta materia se ha discutido durante varios meses en el Senado y el Ejecutivo no ha presentado planta alguna. El honorable senador señor Vega expresó que la especificación de las plantas no es tan trascendente en este caso, ya que sólo se trata de un traspaso más veinte cargos nuevos. Añadió que debe aprobarse este artículo ya que la dotación deberá ser complementada en la medida que la nueva institucionalidad empiece a operar en la práctica. El señor ministro de Educación en respuesta a las observaciones realizadas, hizo presente que la aprobación del proyecto podría retardarse si se discute la planta del servicio. Precisó que es necesario poner en marcha la institucionalidad cultural a la brevedad y que el Gobierno requiere de cierta flexibilidad para llevar a cabo este proceso de la mejor forma. -Cerrado el debate y puesta en votación la proposición del Ejecutivo, fue aprobada por la mayoría de los miembros en la Comisión Mixta, con el voto favorable de los honorables senadores señores Hernán Larraín Fernández, Roberto Muñoz Barra y Ramón Vega Hidalgo, y honorables diputados señores Sergio Aguiló Melo, Germán Becker Alvear, Sergio Correa de la Cerda y Rodrigo González Torres. Votaron por la negativa los honorables senadores señores Mariano Ruiz-Esquide Jara y José Antonio Viera-Gallo Quesney. Se abstuvo el honorable diputado señor Eduardo Saffirio Suárez.Artículo sexto transitorio Establecía que el mayor gasto que pueda significar la creación de hasta 20 cargos directivos o de jefaturas, a que se refiere el párrafo final del inciso segundo del artículo tercero transitorio, se financiaría con cargo a los presupuestos vigentes de los Ministerios de Educación y Secretaría General de Gobierno, y en lo que no fuera posible, con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104, de la Partida Presupuestaria Tesoro Público. La Cámara Revisora suprimió esta norma. El señor ministro de Educación expresó que el Ejecutivo, por medio de una proposición que presenta para estos efectos, propone una norma idéntica a la aprobada originalmente por la honorable Cámara de Diputados, en concordancia con el artículo tercero transitorio aprobado por la Comisión Mixta. -En votación la proposición del Ejecutivo, fue aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisión Mixta, honorables senadores señores Hernán Larraín Fernández, Roberto Muñoz Barra, Mariano Ruiz-Esquide Jara, José Antonio Viera-Gallo Quesney y Ramón Vega Hidalgo, y honorables diputados señores Sergio Aguiló Melo, Germán Becker Alvear, Sergio Correa de la Cerda, Rodrigo González Torres y Eduardo Saffirio Suárez.-o-PROPOSICIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA En mérito de los acuerdos descritos precedentemente, para salvar las divergencias suscitadas entre ambas ramas del honorable Congreso Nacional, vuestra Comisión Mixta os propone lo siguiente:Artículo 5º Nº 3) de la honorable Cámara de DiputadosRechazado por el honorable Senado Aprobar el texto de la honorable Cámara de Diputados, cuyo tenor es el siguiente: “Nº 3) El ministro de Relaciones Exteriores;”. (Unanimidad 9 x 0).Artículo 5ºNºs. 3), 4), 5) y 6) Han pasado a ser Nºs. 4), 5), 6) y 7), respectivamente. (Unanimidad 9 x 0).-o- Agregar, en el artículo 5º, el siguiente inciso segundo, nuevo: “Los ministros, a que se refieren los numerales 2 y 3 de este artículo, podrán delegar su participación en representantes permanentes, sin perjuicio de reasumir cuando lo estimen conveniente.”. (Mayoría 5 x 4).-o-Artículo 5ºInciso final Ha reemplazado la referencia a los numerales “3, 4, 5 y 6”, por otra a los numerales “4, 5, 6 y 7”. (Unanimidad 9 x 0).Artículo 17 Nº 4) de la honorable Cámara de DiputadosModificado por el honorable Senado Aprobar el siguiente texto: “4) Cuatro personalidades regionales de la cultura, designadas por el Directorio Nacional, de una nómina de diez personas elaborada por el Intendente, a propuesta de las organizaciones culturales de las provincias de la región respectiva, que posean personalidad jurídica vigente. Un reglamento determinará el procedimiento mediante el cual se harán efectivas las designaciones, debiendo existir un Registro Regional de dichas organizaciones.”. (Mayoría 6 x 3).Artículo 3º transitorio de la honorable Cámara de DiputadosSuprimido por el honorable Senado Aprobar el siguiente texto: “Artículo tercero.- Facúltase al Presidente de la República para que dentro del plazo de 180 días, contado desde la fecha de publicación de la presente ley, por medio de un decreto con fuerza de ley, que será expedido por intermedio del Ministerio de Educación, el que además deberá ser suscrito por el ministro de Hacienda, fije la planta de personal del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, la que regirá a contar de la fecha antedicha. La planta que se fije no podrá significar un mayor gasto, una alteración de los grados ni un incremento en el número de cargos que estén provistos en las plantas de la División de Extensión Cultural o en la Secretaría del Comité Calificador de Donaciones Privadas del Ministerio de Educación y del Departamento de Cultura del Ministerio Secretaría General de Gobierno a la fecha de entrada en vigencia de la misma. La condición de encontrarse los cargos provistos será certificada por los Subsecretarios respectivos. Con todo, podrán crearse adicionalmente hasta veinte cargos directivos o de jefatura. En el ejercicio de esta facultad, el Presidente de la República deberá dictar todas las normas necesarias para la adecuada estructuración y operación de las plantas que fije. Los funcionarios a que se refiere el inciso segundo se entenderán encasillados, por el solo ministerio de la ley y sin solución de continuidad, y desde la fecha de vigencia de la planta de personal, en los cargos de la nueva planta que tengan el mismo grado de los que ejercían. El encasillamiento no constituirá, para ningún efecto legal, término de servicio o supresión de empleos o cargos ni, en general, cese de funciones o término de la relación laboral. Tampoco podrá significar pérdida del beneficio contemplado en el artículo 132 del decreto con fuerza de ley Nº 338 de 1960, en relación al artículo 14 de la ley Nº 18.834. Del mismo modo, los funcionarios conservarán el número de bienios que estuvieran percibiendo y mantendrán el tiempo de permanencia en el grado para tal efecto. Para el solo efecto de la aplicación práctica del encasillamiento dispuesto en los incisos anteriores, el Presidente del Consejo, mediante resolución, dejará constancia de la ubicación concreta que ha correspondido en las plantas a cada funcionario.”. (Mayoría 7 x 2 y una abstención).Artículos tercero y cuarto transitorios Han pasado a ser artículos cuarto y quinto, transitorios, respectivamente. (Mayoría 7 x 2 y una abstención).Artículo sexto transitorio de la honorable Cámara de DiputadosEliminado por el honorable Senado Aprobar el texto de la honorable Cámara de Diputados, cuyo tenor es el siguiente: “Artículo sexto.- El mayor gasto que pueda significar la creación de hasta 20 cargos directivos o de jefaturas, a que se refiere el párrafo final del inciso segundo del artículo tercero transitorio, se financiará con cargo a los presupuestos vigentes de los Ministerios de Educación y Secretaría General de Gobierno, y en lo que no fuera posible, con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104, de la Partida Presupuestaria Tesoro Público.”. (Unanimidad 10 x 0).-o-TEXTO DEL PROYECTO DE LEY A fin de ilustrar el debate, de aprobarse la proposición de la Comisión Mixta, el texto del proyecto de ley quedaría como sigue:PROYECTO DE LEY:“TÍTULO IDEL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTESPárrafo 1ºNaturaleza, Funciones y Órganos Artículo 1º.- Créase el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, en adelante, también, “el Consejo”, como un servicio público autónomo, descentralizado y territorialmente desconcentrado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relacionará directamente con el Presidente de la República. Sin perjuicio de esta relación, todos aquellos actos administrativos del Consejo en los que, según las leyes, se exija la intervención de un Ministerio, deberán realizarse a través del Ministerio de Educación. Artículo 2º.- El Consejo tiene por objeto apoyar el desarrollo de las artes y la difusión de la cultura, contribuir a conservar, incrementar y poner al alcance de las personas el patrimonio cultural de la Nación y promover la participación de éstas en la vida cultural del país. En el cumplimiento de sus funciones y en el ejercicio de sus atribuciones, el Consejo deberá observar como principio básico la búsqueda de un desarrollo cultural armónico y equitativo entre las regiones, provincias y comunas del país. En especial, velará por la aplicación de dicho principio en lo referente a la distribución de los recursos públicos destinados a la cultura. Su domicilio y sede será la ciudad de Valparaíso, y constituirá Consejos Regionales en el territorio nacional. Artículo 3º.- Son funciones del Consejo:1) Estudiar, adoptar, poner en ejecución, evaluar y renovar políticas culturales, así como planes y programas del mismo carácter, con el fin de dar cumplimento a su objeto de apoyar el desarrollo de la cultura y las artes, y de conservar, incrementar y difundir el patrimonio cultural de la Nación y de promover la participación de las personas en la vida cultural del país;2) Ejecutar y promover la ejecución de estudios e investigaciones acerca de la actividad cultural y artística del país, así como sobre el patrimonio cultural de éste;3) Apoyar la participación cultural y la creación y difusión artística, tanto a nivel de las personas como de las organizaciones que éstas forman y de la colectividad nacional toda, de modo que encuentren espacios de expresión en el barrio, la comuna, la ciudad, la región y el país, de acuerdo con las iniciativas y preferencias de quienes habiten esos mismos espacios;4) Facilitar el acceso a las manifestaciones culturales y a las expresiones artísticas, al patrimonio cultural del país y al uso de las tecnologías que conciernen a la producción, reproducción y difusión de objetos culturales;5) Establecer una vinculación permanente con el sistema educativo formal en todos sus niveles, coordinándose para ello con el Ministerio de Educación, con el fin de dar suficiente expresión a los componentes culturales y artísticos en los planes y programas de estudio y en la labor pedagógica y formativa de los docentes y establecimientos educacionales;6) Fomentar el desarrollo de capacidades de gestión cultural en los ámbitos internacional, nacional, regional y local;7) Impulsar la construcción, ampliación y habilitación de infraestructura y equipamiento para el desarrollo de las actividades culturales, artísticas y patrimoniales del país, y promover la capacidad de gestión asociada a esa infraestructura;8) Proponer medidas para el desarrollo de las industrias culturales y la colocación de sus productos tanto en el mercado interno como externo;9) Establecer vínculos de coordinación y colaboración con todas las reparticiones públicas que, sin formar parte del Consejo ni relacionarse directamente con éste, cumplan también funciones en el ámbito de la cultura;10) Desarrollar la cooperación, asesoría técnica e interlocución con corporaciones, fundaciones y demás organizaciones privadas cuyos objetivos se relacionen con las funciones del Consejo, y celebrar con ellas convenios para ejecutar proyectos o acciones de interés común;11) Diseñar políticas culturales a ser aplicadas en el ámbito internacional, y explorar, establecer y desarrollar vínculos y convenios internacionales en materia cultural, para todo lo cual deberá coordinarse con el Ministerio de Relaciones Exteriores;12) Desarrollar y operar un sistema nacional y regional de información cultural de carácter público. Para la operación del sistema nacional y regional de información cultural a que hace referencia este numeral, el Consejo podrá crear un banco de datos personales de aquéllos señalados en la ley Nº 19.628;13) Administrar el Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes de que trata el Título II de la presente ley;14) Administrar el Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura, creado en la ley Nº 19.227;15) Hacer cumplir todas las acciones, los acuerdos y las obligaciones que le corresponden al Comité Calificador de Donaciones Privadas, contemplado en la ley Nº 18.985;16) Proponer la adquisición para el Fisco de bienes inmuebles de carácter patrimonial cultural por parte del Ministerio de Bienes Nacionales, y17) Coordinar a los organismos a que se refiere el artículo 36. Artículo 4º.- Son órganos del Consejo: el Directorio, el Presidente, el Subdirector Nacional, el Comité Consultivo Nacional, los Comités Consultivos Regionales y los Consejos Regionales.Párrafo 2ºDel Directorio Artículo 5º.- La Dirección Superior del Consejo corresponderá a un Directorio integrado por:1) El Presidente del Consejo, quién tendrá el rango de ministro de Estado y será el jefe superior del servicio;2) El ministro de Educación;3) El ministro de Relaciones Exteriores;4) Tres personalidades de la cultura que tengan una reconocida vinculación y una destacada trayectoria en distintas actividades, tales como creación artística, patrimonio, industrias culturales y gestión cultural. Estas personalidades deberán ser representativas de tales actividades, aunque no tendrán el carácter de representantes de las mismas. Serán designadas por el Presidente de la República a propuesta de las organizaciones culturales del país, que posean personalidad jurídica vigente de conformidad a la ley. Un reglamento determinará el procedimiento a través del cual se harán efectivas tales designaciones, para lo cual deberá existir un Registro Nacional de dichas organizaciones;5) Dos personalidades de la cultura que reúnan las mismas condiciones señaladas en el numeral 4 precedente, las que serán designadas a través de similar procedimiento y con acuerdo del Senado;6) Dos académicos del área de la creación artística, del patrimonio o de la gestión cultural, designados uno por el Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas y otro por los Rectores de las universidades privadas autónomas. Un reglamento señalará el procedimiento para efectuar dichas designaciones, y7) Un galardonado con el Premio Nacional, elegido por quienes hayan recibido esa distinción. Un reglamento determinará el procedimiento a través del cual se hará efectiva esta designación. Los ministros, a que se refieren los numerales 2 y 3 de este artículo, podrán delegar su participación en representantes permanentes, sin perjuicio de reasumir cuando lo estimen conveniente. Las personas a que se refieren los numerales 4, 5, 6 y 7 de este artículo, durarán cuatro años en sus funciones y podrán ser designadas para un nuevo período consecutivo por una sola vez. Artículo 6º.- Corresponderán al Directorio las siguientes atribuciones:1) Cumplir y hacer cumplir las funciones enunciadas en el artículo 3º;2) Aprobar la estructura interna del Consejo y sus modificaciones, en ejercicio de la facultad de organizar el servicio dispuesta en el inciso segundo, del artículo 31 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2000. La estructura interna que apruebe el Directorio contemplará Divisiones y otras unidades de trabajo interno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la referida Ley Orgánica Constitucional;3) Aprobar anualmente el plan de trabajo del Consejo, así como la memoria y el balance del año anterior, y conocer el anteproyecto de presupuesto. La memoria anual del Consejo será pública. El Directorio publicará un resumen de su contenido y un balance consolidado en un medio escrito de circulación nacional, sin perjuicio de otras medidas que considere necesarias para darles suficiente difusión en todo el país. Será responsabilidad del Presidente del Consejo organizar anualmente una cuenta pública del mismo, con el fin de recibir de las personas e instituciones de la sociedad civil observaciones y propuestas sobre su marcha institucional;4) Proponer al Presidente de la República los proyectos de ley y actos administrativos que crea necesarios para la debida aplicación de políticas culturales y para el desarrollo de la cultura, la creación y difusión artísticas y la conservación del patrimonio cultural;5) Resolver la distribución de los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes a que se refiere el Título II de la presente ley, y6) Designar a las personas que integrarán los Comités de Especialistas, la Comisión de Becas y los jurados que deban intervenir en la selección y adjudicación de recursos a proyectos que concursen al Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes, quienes deberán contar con una destacada trayectoria en la contribución a la cultura nacional o regional. Los jurados que se designen conforme al numeral 6) precedente, deberán estar integrados, a lo menos, por un 50% de personas provenientes de regiones diferentes de la Región Metropolitana. Artículo 7º.- Las sesiones ordinarias y extraordinarias del Directorio, el quórum para sesionar y para adoptar acuerdos, los procedimientos para decidir en caso de empate y, en general, aquellas normas que permitan una gestión flexible, eficaz y eficiente, incluida la estructura interna del Consejo, serán definidas en un reglamento interno que dictará el propio Directorio. Artículo 8º.- El Presidente del Consejo será designado por el Presidente de la República, presidirá también el Directorio y responderá directamente ante el Presidente de la República de la gestión del Consejo. En caso de ausencia del Presidente, será subrogado por el Subdirector Nacional o por el funcionario que corresponda según la estructura orgánica del Consejo. Artículo 9º.- Corresponderá al Presidente del Consejo:1) Velar por el cumplimiento de los acuerdos y/o instrucciones del Directorio y proponer a éste el programa anual de trabajo del servicio; 2) Representar judicial y extrajudicialmente al servicio, así como ejercer su representación internacional;3) Delegar en funcionarios de la institución, las funciones y atribuciones que estime conveniente;4) Conocer y resolver todo asunto relacionado con los intereses del Consejo, salvo aquellas materias que la ley reserva al Directorio, pudiendo al efecto ejecutar los actos y celebrar los contratos que sean necesarios o conducentes a la obtención de los objetivos del servicio, ya sea con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, de derecho público o privado;5) Informar periódicamente al Directorio de la marcha de la institución y del cumplimiento de sus acuerdos e instrucciones;6) Crear y presidir, previa autorización del Directorio, comisiones y subcomisiones, para desarrollar los estudios que se requieran, integradas por representantes de ministerios, servicios y demás organismos públicos competentes, debiendo incorporar en ellas, personas representativas de la sociedad civil, y7) Ejercer las demás funciones que le encomiende la ley. En el cumplimiento de sus funciones, el Presidente podrá requerir de los ministerios, servicios y organismos de la administración del Estado la información y antecedentes que sean necesarios.Párrafo 3ºDel Subdirector Nacional Artículo 10.- Habrá un Subdirector Nacional que supervisará las unidades administrativas del servicio, sobre la base de los objetivos y las políticas que fije el Directorio y de las instrucciones del Presidente del Consejo. El Subdirector Nacional será de la exclusiva confianza del Presidente del Consejo. Artículo 11.- Corresponderá al Subdirector Nacional:1) Cumplir y hacer cumplir las instrucciones que le imparta el Presidente del Consejo y realizar los actos que éste le delegue en el ejercicio de sus atribuciones;2) Colaborar con el Presidente del Consejo en la preparación del plan anual de trabajo, del anteproyecto de presupuesto y de toda otra materia que deba ser sometida a la consideración del Directorio;3) Proponer la organización interna del servicio y sus modificaciones;4) Gestionar administrativamente el servicio, sujetándose a las instrucciones que le imparta el Presidente del Consejo, y5) Adoptar todas las providencias y medidas que sean necesarias para el funcionamiento del Directorio y desempeñarse como secretario y ministro de fe del mismo.Párrafo 4ºDel Comité Consultivo Nacional Artículo 12.- Existirá un Comité Consultivo ad honorem que tendrá por objeto asesorar al Directorio en lo relativo a políticas culturales, estructura del Consejo, plan anual de trabajo, y preparación de proyectos de ley y actos administrativos concernientes a la cultura. Del mismo modo, el Comité podrá hacer sugerencias sobre la marcha general del servicio y emitir opinión sobre cualquier otra materia en que sea consultado por el Directorio o por su Presidente. En especial, el Comité hará propuestas sobre la enseñanza y práctica de las disciplinas artísticas y la educación acerca del patrimonio cultural tangible e intangible, con el fin de promover el vínculo a que se refriere el Nº 5 del artículo 3º, y sobre la difusión nacional e internacional de la creación artística y del patrimonio cultural chilenos. El Comité elegirá su presidente y a sus reuniones concurrirá también el Subdirector Nacional, quien será su secretario. Estará integrado por 15 personas de reconocida trayectoria y experiencia en las distintas áreas de la creación artística, el patrimonio cultural, la actividad académica y la gestión cultural. Siete de dichas personas provendrán de la creación artística, concretamente de cada uno de los ámbitos de las artes musicales, artes visuales, artes audiovisuales, teatro, danza, literatura y artes populares; dos provendrán del ámbito del patrimonio cultural; dos representarán las culturas indígenas, y cuatro provendrán de las universidades, las industrias culturales, la gestión de corporaciones y fundaciones de derecho privado y la empresa privada. Los integrantes del Comité serán designados por el Directorio a propuesta de las correspondientes organizaciones o instituciones que posean personalidad jurídica vigente, en conformidad a la ley, en la forma que determine el reglamento, y durarán dos años en sus funciones, no pudiendo ser designados para un nuevo período consecutivo. En las reuniones del Comité podrá participar también el directivo superior de los organismos que se señalan en el artículo 36 de esta ley. Artículo 13.- El Comité Consultivo Nacional y los Comités Consultivos Regionales, en su caso, propondrán especialistas, jurados e integrantes de la Comisión de Becas que deban intervenir en la evaluación y selección de proyectos y adjudicación de recursos de las líneas de funcionamiento del Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes. Artículo 14.- A los integrantes del Comité no les serán aplicables las normas que rigen a los funcionarios públicos, salvo en materia civil y penal. Ningún integrante podrá tomar parte en la discusión de asuntos en que él o sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad estén interesados. Se entiende que existe dicho interés cuando su resolución afecte moral o pecuniariamente a las personas referidas. Artículo 15.- El Subdirector Nacional citará a reunión del Comité Consultivo a lo menos 5 veces en el año. Los acuerdos del Comité se adoptarán por la mayoría de los asistentes. En caso de empate, decidirá el voto del Presidente o el de quien lo reemplace.Párrafo 5ºDe los Consejos Regionales de la Cultura y las Artes Artículo 16.- El Consejo Nacional de la Cultura y las Artes se desconcentrará territorialmente a través de los Consejos Regionales de la Cultura y las Artes. Los Consejos Regionales tendrán su domicilio en la respectiva capital regional o en alguna capital provincial. Artículo 17.- Los Consejos Regionales de la Cultura y las Artes estarán integrados por:1) El Director Regional, que será nombrado por el Presidente del Consejo, de una terna que le propondrá el Intendente respectivo, y a quien corresponderá presidir el Consejo Regional;2) El Secretario Regional Ministerial de Educación;3) Una personalidad representativa de las actividades culturales de las comunas, propuesta por los Alcaldes de la Región, designada por el Intendente, y4) Cuatro personalidades regionales de la cultura, designadas por el Directorio Nacional, de una nómina de diez personas elaborada por el Intendente, a propuesta de las organizaciones culturales de las provincias de la región respectiva, que posean personalidad jurídica vigente. Un reglamento determinará el procedimiento mediante el cual se harán efectivas las designaciones, debiendo existir un Registro Regional de dichas organizaciones. Dichas personalidades durarán cuatro años en sus funciones y podrán ser designadas para un nuevo período consecutivo por una sola vez. Artículo 18.- Corresponderá a los Consejos Regionales:1) Cumplir las funciones del Consejo Nacional en el ámbito regional y coordinar, en dicho ámbito, las políticas nacionales sobre el desarrollo de la cultura y las artes;2) Estudiar, adoptar, ejecutar y renovar políticas culturales en el ámbito regional e interregional, en el marco de las políticas nacionales que se hubieran establecido, y participar en el examen, adopción, evaluación y renovación de esas políticas nacionales;3) Aprobar anualmente el plan de trabajo regional;4) Velar en el ámbito regional por la coordinación y cooperación en materias culturales entre distintos ministerios, organismos y servicios públicos regionales y municipios y entre ellos y las corporaciones, fundaciones y otras organizaciones privadas que cumplan funciones en esas mismas materias;5) Velar por la coordinación y colaboración entre los organismos y organizaciones mencionadas en el número anterior y las universidades de la respectiva región;6) Asignar los recursos regionales del Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes; 7) Fomentar la constitución y el desarrollo de entidades regionales de creación artística y cultural, de gestión y de conservación del patrimonio cultural, manteniendo un registro público de las mismas;8) Colaborar con los agentes culturales regionales, públicos y privados, en las actividades de la promoción, creación, difusión, gestión y conservación de objetos culturales;9) Fomentar la instalación, habilitación y funcionamiento en el ámbito regional y comunal de infraestructura cultural y de capacidad de gestión vinculada a ésta;10) Estimular la participación y las actividades culturales de los municipios de la región, de las corporaciones municipales y de las organizaciones sociales de base, manteniendo con todas ellas vínculos permanentes de información y coordinación;11) Impulsar la cooperación e intercambio cultural entre la Región e instancias internacionales, públicas o privadas, y12) Ejercer las demás funciones que les encomiende la ley. Artículo 19.- Corresponderá al Director Regional:1) Administrar y representar al Servicio a nivel regional;2) Ejecutar, en lo que corresponda, los acuerdos e instrucciones del Directorio, y ejecutar, asimismo, los acuerdos e instrucciones del respectivo Consejo Regional;3) Proponer al Consejo Regional el plan de trabajo anual y preparar el proyecto de presupuesto;4) Ejercer las funciones del artículo 11 que el Subdirector Nacional le hubiere expresamente delegado, y5) Ejercer las demás funciones que le encomiende la ley. Artículo 20.- El Subdirector Nacional deberá reunir a lo menos dos veces al año a la totalidad de los Directores Regionales, con el fin de evaluar la desconcentración territorial del Consejo y de adoptar las medidas necesarias para hacerla efectiva y recoger las propuestas de los Consejos Regionales en la formulación de las políticas culturales nacionales y en otras materias de interés general. Artículo 21.- En cada región habrá un Comité Consultivo Regional ad honorem, integrado por siete personas de reconocida trayectoria en el ámbito cultural de la zona. El Comité elegirá su presidente y a sus reuniones concurrirá también el Director Regional. Los integrantes de ese Comité serán designados por el Consejo Regional respectivo, a propuesta de las correspondientes organizaciones o instituciones culturales que posean personalidad jurídica vigente y domicilio en la Región correspondiente, en conformidad a la ley, en la forma que determine el reglamento y durarán dos años en sus funciones. Artículo 22.- Corresponderá a los Comités Consultivos Regionales:1) Asesorar al Consejo Regional en lo relativo a políticas culturales y al plan de trabajo anual;2) Formular sugerencias y observaciones para la buena marcha del Servicio a nivel regional;3) Proponer las acciones que a nivel regional sean necesarias para dar efectivo cumplimiento a lo dispuesto en la parte final del inciso 2º del artículo 12, y4) Pronunciarse sobre las demás materias acerca de las que el Consejo Regional o el Director Regional soliciten su parecer. Artículo 23.- El Director Regional citará al Comité Consultivo Regional a lo menos 4 veces en el año. Los acuerdos se adoptarán por la mayoría de los asistentes y en caso de empate decidirá el voto del Presidente. Artículo 24.- El Consejo Nacional podrá nombrar Coordinadores Provinciales de Cultura, con el objeto que contribuyan en la preparación y ejecución de proyectos culturales en el ámbito territorial de que se trate y de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias que se cuente. En tales casos el Consejo Regional podrá constituir un Comité Consultivo Provincial, ad honorem.Párrafo 6ºDel Patrimonio Artículo 25.- El Patrimonio del Consejo estará formado por:1) Los bienes y recursos actualmente destinados a la División de Extensión Cultural del Ministerio de Educación y al Departamento de Cultura del Ministerio Secretaría General de Gobierno;2) Los recursos que contemple anualmente la Ley de Presupuestos de la Nación;3) Los bienes muebles e inmuebles que se transfieran al Consejo o que éste adquiera a cualquier título y por los frutos de esos mismos bienes;4) Las donaciones, herencias y legados que el Consejo acepte, en todo caso con beneficio de inventario;5) Aportes de la cooperación internacional que reciba a cualquier título para el cumplimiento de sus objetivos, y6) Los recursos que pueda captar como resultado de trabajos de estudio, investigación o asistencia técnica que contrate con organismos públicos o privados.Párrafo 7ºDel Personal Artículo 26.- El personal del Consejo estará afecto a las disposiciones del Estatuto Administrativo de los Funcionarios Públicos y en materia de remuneraciones, a las normas del decreto ley Nº 249, de 1974, y su legislación complementaria. El personal a contrata del Consejo podrá desempeñar funciones de carácter directivo o de jefatura, las que serán asignadas, en cada caso, por el Presidente del Consejo. El personal que se asigne a tales funciones no podrá exceder del 7% del personal a contrata del servicio. Artículo 27.- Las promociones en los cargos de carrera de las plantas de Directivos, Profesionales y Técnicos se efectuarán por concurso de oposición interno a los que podrán postular los funcionarios de planta que cumplan con los requisitos correspondientes y se encuentren calificados en Lista 1, de Distinción, o en Lista 2, Buena, rigiéndose en lo que sea pertinente por las normas del Párrafo I del Título II de la ley Nº 18.834. El concurso podrá ser declarado desierto por falta de postulantes idóneos, entendiéndose que existe tal circunstancia cuando ninguno alcance el puntaje mínimo definido para el respectivo concurso, procediéndose en este caso, a proveer los cargos mediante concurso público.TÍTULO IIDEL FOMENTO DE LA CULTURA, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO CULTURALPárrafo 1ºDel Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes Artículo 28.- Créase el Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes, en adelante “el Fondo”, que será administrado por el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes con el objeto de financiar, total o parcialmente, proyectos, programas, actividades y medidas de fomento, ejecución, difusión y conservación de las artes y el patrimonio cultural en sus diversas modalidades y manifestaciones, con exclusión de aquellas materias cubiertas por la ley Nº 19.227, de Fomento del Libro y la Lectura. Los recursos del Fondo se asignarán a proyectos seleccionados mediante concurso público. Artículo 29.- El Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes estará constituido, en especial por:1) Los recursos que contemple anualmente la Ley de Presupuestos de la Nación;2) Las donaciones, herencias o legados que se hagan al Consejo, con la precisa finalidad de incrementar los recursos del Fondo;3) Los aportes que reciba de la cooperación internacional para el cumplimiento de sus objetivos, y4) Los recursos que reciba el Fondo por cualquier otro concepto. Artículo 30.- El Fondo se desglosará, a lo menos, en las siguientes líneas específicas de funcionamiento:1) Fomento de las Artes. Destinada a financiar proyectos de creación, producción y difusión artística en música, teatro, danza, artes visuales y audiovisuales y otras disciplinas artísticas. Los recursos se otorgarán mediante concurso público y los proyectos serán evaluados por Comités de Especialistas. A partir de los resultados de esta evaluación, los proyectos serán seleccionados por jurados.2) Desarrollo Cultural Regional. Destinada a financiar proyectos de difusión y formación artística, de rescate y difusión de manifestaciones culturales tradicionales y locales, de eventos y programas culturales. Los recursos serán otorgados mediante concurso público. Los proyectos serán evaluados por un Comité de Especialistas. A partir de los resultados de tal evaluación, los proyectos serán seleccionados por un Jurado.3) Conservación y Difusión del Patrimonio Cultural. Destinada a financiar proyectos de conservación, recuperación y difusión de bienes patrimoniales intangibles y tangibles, muebles e inmuebles, protegidos por la ley Nº 17.288. Los recursos se otorgarán mediante concurso público. Los proyectos serán evaluados por Comités de Especialistas. A partir de los resultados de esta evaluación, los proyectos serán seleccionados por jurados.4) Desarrollo de las Culturas Indígenas. Destinada a financiar proyectos de investigación, rescate, preservación y difusión de las distintas culturas indígenas del país. Los recursos se otorgarán mediante concurso público. Los proyectos serán evaluados por Comités de Especialistas. A partir de los resultados de esta evaluación, los proyectos serán seleccionados por jurados. La reglamentación de dichos concursos será establecida por el Directorio, oyendo previamente a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.5) Desarrollo de Infraestructura Cultural. Destinado a financiar proyectos de construcción, reparación, adecuación y equipamiento de infraestructura cultural. Se otorgarán los recursos mediante concurso público. Los proyectos serán evaluados por Comités de Especialistas. A partir de los resultados de esta evaluación, los proyectos serán seleccionados por jurados.6) Becas y Pasantías. Destinada a financiar proyectos de personas naturales del ámbito de la formación artística, la creación artística, el patrimonio cultural y la gestión cultural, cuyo objetivo sea capacitar, perfeccionar o especializar a tales personas en instituciones nacionales o extranjeras de reconocido prestigio. Los recursos se asignarán mediante postulaciones cuya evaluación y selección estará a cargo de una Comisión de Becas. En los proyectos financiados por el Fondo, salvo los relativos a becas y pasantías reservados a personas naturales, podrán participar personas naturales y jurídicas, de derecho público o privado. Artículo 31.- Un reglamento, aprobado por decreto supremo del Ministerio de Educación, que deberá ser suscrito además por el ministro de Hacienda y el Presidente del Consejo, regulará el Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes, y deberá incluir, entre otras normas, lo relativo a la asignación de recursos en las 6 líneas indicadas en el artículo anterior; las normas de evaluación, elegibilidad, selección, rangos de financiamiento, viabilidad técnica y financiera, impacto social y cultural; la forma de selección y designación de los Comités de Especialistas para la evaluación de los proyectos presentados al Fondo, y los compromisos y garantías de resguardo para el Fisco. El reglamento determinará, además, las fechas y plazos de convocatoria a concursos, información pública y demás disposiciones que aseguren un amplio conocimiento de la ciudadanía sobre su realización y resultados. Asimismo deberá determinar la forma en que se informará fundadamente acerca de los resultados a todos los postulantes. El reglamento deberá dictarse dentro de los seis meses siguientes a la fecha de publicación de la presente ley. Artículo 32.- El Consejo deberá publicar en un medio escrito de circulación nacional y en otro de circulación regional, respectivamente, la nómina de los beneficiarios del Fondo, con indicación de los montos asignados y tipos de proyectos. Artículo 33.- Los criterios de evaluación de los proyectos que establezca el reglamento deberán incluir, a lo menos, la calidad de la propuesta, el impacto y proyección artístico y cultural del proyecto, y los aportes privados, cuando corresponda. Las bases de cada concurso determinarán los ponderadores de evaluación de cada uno de los criterios. Artículo 34.- La selección de los proyectos que se propongan tanto a nivel regional como nacional deberá efectuarse mediante concursos públicos, postulaciones, licitaciones u otras modalidades, que se sujetarán a las bases generales establecidas en las disposiciones precedentes y en el respectivo reglamento. Las asignaciones se efectuarán mediante la celebración de un convenio en el que deberá consignarse su destino, las condiciones de su empleo y su fiscalización. Artículo 35.- La Ley de Presupuestos del sector público determinará, cada año, los recursos que se destinarán al Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes. En dicha ley se efectuará, anualmente, la distribución de los recursos del Fondo, propiciando un desarrollo cultural armónico y equitativo entre las Regiones.TÍTULO IIIDISPOSICIONES GENERALES Artículo 36.- Los siguientes organismos serán coordinados por el Consejo en lo concerniente a sus políticas, planes, programas y acciones:1) La Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, contemplada en el decreto con fuerza de ley Nº 5.200, de 1929, y sus modificaciones, y2) El Consejo de Monumentos Nacionales, contemplado en la ley Nº 17.288 y sus modificaciones complementarias. Artículo 37.- Agrégase al artículo 2º de la ley Nº 17.288, la siguiente letra t), nueva: “t) Un representante del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes.”. Artículo 38.- Modifícase la ley Nº 19.227, en los términos que a continuación se indica:1) En el inciso segundo del artículo 1º, sustitúyese la frase “El Ministerio de Educación”, por “El Consejo Nacional de la Cultura y las Artes”.2) En el inciso primero del artículo 3º, sustitúyese la frase “Ministerio de Educación por medio de la División de Extensión Cultural”, por “Consejo Nacional de la Cultura y las Artes”.3) En el artículo 5º:a) Sustitúyase la letra a), por la siguiente: “a) El Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, o su representante, quien lo presidirá;”. b) Agrégase, como letra c) la siguiente, pasando los demás literales a ordenarse correlativamente: “c) Un representante del ministro de Educación;”.c) En el inciso cuarto, reemplázase la frase “el jefe de la División de Extensión Cultural del Ministerio de Educación”, por “un representante del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes”.4) Reemplázase, en la letra c) del artículo 6º, la siguiente oración: “ministro de Educación”, por “Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes”. Artículo 39.- Sustitúyese, en el número 3) del artículo 1º contenido en el artículo 8º, de la ley Nº 18.985, la frase “ministro de Educación Pública”, por “Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes”. Artículo 40.- Agrégase al artículo 4º de la ley Nº 19.846, la siguiente letra h), nueva: “h) Un representante del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes.”. Artículo 41.- Autorízase al Consejo Nacional de la Cultura y las Artes para integrar y participar en la constitución y financiamiento de una corporación de derecho privado, sin fines de lucro, cuyo objeto principal será la promoción, fomento y gestión directa de actividades culturales a través de los grupos artísticos estables señalados en el inciso tercero, y que se regirá por las normas del Título XXXIII del Libro Primero del Código Civil y sus respectivos estatutos. El o los representantes del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, estarán facultados para participar en los órganos de dirección y de administración que contemplen los estatutos de la corporación, en cargos que no podrán ser remunerados. Las personas que, contratadas sobre la base de honorarios, a la fecha de publicación de esta ley presten servicios en el Ballet Folclórico Nacional y la Orquesta de Cámara de Chile de la División de Extensión Cultural del Ministerio de Educación, pasarán, sin solución de continuidad, a tener la calidad de trabajadores dependientes de la corporación que se autoriza crear, sin perjuicio de aquellas que, de común acuerdo con la referida entidad, establecieran un vínculo contractual diferente.DISPOSICIONES TRANSITORIAS Artículo primero.- Autorízase al Presidente de la República para que en el plazo de 180 días de publicada esta ley, dicte un decreto con fuerza de ley mediante el cual determinará la forma y modo a través de los cuales los organismos señalados en el artículo 36, se relacionarán con el Consejo. El domicilio del Servicio establecido en el artículo 2º no alterará los que le correspondan actualmente a los organismos que pasan a relacionarse con el Consejo. Artículo segundo.- La División de Extensión Cultural del Ministerio de Educación, el Departamento de Cultura del Ministerio Secretaría General de Gobierno y la Secretaría del Comité Calificador de Donaciones Privadas pasarán a conformar el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, con sus recursos y personal, cualquiera sea la calidad jurídica de este último, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 41. Mediante decreto supremo expedido por intermedio del Ministerio de Educación o del Ministerio Secretaría General de Gobierno, según corresponda, se determinarán los bienes muebles e inmuebles fiscales que se destinarán al funcionamiento del Consejo, los que comprenderán aquellos que a la fecha de publicación de la presente ley se encuentren destinados a las unidades antes mencionadas. El Subdirector Nacional requerirá de las reparticiones correspondientes las inscripciones y anotaciones que procedan, con el solo mérito de copia autorizada del decreto supremo antes mencionado. Artículo tercero.- Facúltase al Presidente de la República para que dentro del plazo de 180 días, contado desde la fecha de publicación de la presente ley, por medio de un decreto con fuerza de ley, que será expedido por intermedio del Ministerio de Educación, el que además deberá ser suscrito por el ministro de Hacienda, fije la planta de personal del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, la que regirá a contar de la fecha antedicha. La planta que se fije no podrá significar un mayor gasto, una alteración de los grados ni un incremento en el número de cargos que estén provistos en las plantas de la División de Extensión Cultural o en la Secretaría del Comité Calificador de Donaciones Privadas del Ministerio de Educación y del Departamento de Cultura del Ministerio Secretaría General de Gobierno a la fecha de entrada en vigencia de la misma. La condición de encontrarse los cargos provistos será certificada por los Subsecretarios respectivos. Con todo, podrán crearse adicionalmente hasta veinte cargos directivos o de jefatura. En el ejercicio de esta facultad, el Presidente de la República deberá dictar todas las normas necesarias para la adecuada estructuración y operación de las plantas que fije. Los funcionarios a que se refiere el inciso segundo se entenderán encasillados, por el solo ministerio de la ley y sin solución de continuidad, y desde la fecha de vigencia de la planta de personal, en los cargos de la nueva planta que tengan el mismo grado de los que ejercían. El encasillamiento no constituirá, para ningún efecto legal, término de servicio o supresión de empleos o cargos ni, en general, cese de funciones o término de la relación laboral. Tampoco podrá significar pérdida del beneficio contemplado en el artículo 132 del decreto con fuerza de ley Nº 338 de 1960, en relación al artículo 14 de la ley Nº 18.834. Del mismo modo, los funcionarios conservarán el número de bienios que estuvieran percibiendo y mantendrán el tiempo de permanencia en el grado para tal efecto. Para el solo efecto de la aplicación práctica del encasillamiento dispuesto en los incisos anteriores, el Presidente del Consejo, mediante resolución, dejará constancia de la ubicación concreta que ha correspondido en las plantas a cada funcionario. Artículo cuarto.- El Presidente de la República, por decreto expedido por intermedio del Ministerio de Hacienda, conformará el primer presupuesto del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes y traspasará a éste, desde el presupuesto de las unidades señaladas en el artículo segundo transitorio, los recursos para que cumpla sus funciones. Artículo quinto.- Las personas contratadas sobre la base de honorarios en la División de Extensión Cultural del Ministerio de Educación y en el Departamento de Cultura del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que no sean aquellas a que se refiere el artículo 41, podrán ser contratadas de conformidad con el artículo 9º de la ley Nº 18.834. Las personas contratadas serán asimiladas a un grado de la Escala Única de Sueldos de la Planta correspondiente a sus funciones y requisitos, que sea equivalente o más cercano en sus montos brutos mensuales, al valor de los honorarios que se les estén pagando al momento de la contratación. Durante el primer año de aplicación de la presente ley, las personas así contratadas deberán tener, a lo menos, tres años de permanencia ininterrumpida en dicha calidad al 31 de diciembre de 2001 y su número no podrá exceder de cincuenta. En la medida que se celebren estos contratos, la dotación máxima del Consejo se entenderá incrementada en el número de cupos correspondientes a éstos. Transcurrido el primer año, el número de estas contrataciones quedará determinado conforme a la dotación máxima que se fije para el Consejo en la Ley de Presupuestos de cada año. Para los efectos de este artículo, no regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 9º de la ley Nº 18.834. Artículo sexto.- El mayor gasto que pueda significar la creación de hasta 20 cargos directivos o de jefaturas, a que se refiere el párrafo final del inciso segundo del artículo tercero transitorio, se financiará con cargo a los presupuestos vigentes de los Ministerios de Educación y Secretaría General de Gobierno, y en lo que no fuera posible, con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104, de la Partida Presupuestaria Tesoro Público.”.-o- Acordado en sesión celebrada el día 20 de mayo de 2003, con asistencia de los honorables senadores señores Roberto Muñoz Barra (Presidente), Hernán Larraín Fernández, Mariano Ruiz-Esquide Jara, Ramón Vega Hidalgo y José Antonio Viera-Gallo Quesney, y de los honorables diputados señores Sergio Aguiló Melo, Germán Becker Alvear, Sergio Correa de la Cerda, Rodrigo González Torres y Eduardo Saffirio Suárez. Sala de la Comisión, a 27 de mayo de 2003. (Fdo.): SERGIO GAMONAL CONTRERAS, Secretario de la Comisión”2. Informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, recaído en el proyecto de ley que establece un nuevo plazo para acogerse a la ley Nº 19.234, que otorga beneficios provisionales para exonerados por motivos políticos. (boletín Nº 3231-13-S)“honorable Cámara: Vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social pasa a informaros, en primer trámite reglamentario, y segundo constitucional, sobre el proyecto de ley iniciado en mensaje de S.E. el Presidente de la República, que establece un nuevo plazo de doce meses para acogerse a la ley Nº 19.234, que otorga beneficios previsionales para exonerados por motivos políticos, boletín 3231-13. La presente iniciativa de ley, en conformidad con el informe financiero, elaborado por la Dirección de Presupuesto del Ministerio de Hacienda, considera beneficiar a un universo de 24.800 nuevos postulantes. El costo anual del proyecto ascendería a un monto de 7.726 millones de pesos en el año 2004, y a un monto de 15.451 millones de pesos en el año 2005. A la sesión que vuestra Comisión destinó al estudio de la referida iniciativa legal asistió el señor ministro de Trabajo y Previsión Social, don Ricardo Solari Saavedra; la Subsecretaria de Previsión Social, doña Macarena Carballo Silva, y los asesores de dicho Ministerio, señora Nadia Tobar M., y señor Alfredo Bañados L. Cabe señalaros que S.E. el Presidente de la República hizo presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales, con calificación de “discusión inmediata”.I. ANTECEDENTES.A. Antecedentes de hecho La ley Nº 19.234 de 1993, sobre exonerados políticos tiene su origen en la necesidad de reparar el perjuicio causado por la perdida del empleo de los trabajadores por razones políticas, conforme lo ha expresado el ejecutivo a través de los mensajes de las leyes que han otorgado beneficios a estas personas. Para este efecto, contempla la facultad al Director Nacional del Instituto de Normalización Previsional para transigir extrajudicialmente con las personas que cesaron en sus funciones de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º (expiración obligada de funciones) con el objeto de precaver eventuales litigios. En estos caso no se requiere tener la calificación de exonerado político. Por otra parte, contempla beneficios previsionales para los ex funcionarios de la Administración Pública centralizada y descentralizada, de las instituciones semifiscales y de administración autónoma, y de las empresas autónomas del Estado, de las Municipalidades, de las Universidades del Estado y del Banco Central de Chile que hayan sido exonerados por motivos políticos, durante el lapso comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990. Dentro de este contexto, se requiere previamente la calificación de exonerado político, facultad que corresponde en forma privativa al Presidente de la República a través del Ministerio del Interior, según lo dispuesto en el artículo 10 de la mencionada ley. Los beneficios previsionales a los que puede acceder la persona calificada previamente como exonerado político, se traducen en: Abono de tiempo por gracia (2 meses por año cotizado con un tope de 36 meses), Pensión No Contributiva, y Pensión No Contributiva de Sobrevivencia.(exonerados fallecidos, pensión de viudez y orfandad). La aplicación de esta ley, significó que calificaran personas como exonerados políticos, sin embargo, por no cumplir los requisitos exigidos, que resultaban más rígidos que los propios de régimen normal no accedieran a beneficios previsionales. De este modo, se procedió al estudio de las imperfecciones de la ley, en cuanto al universo de personas, en cuanto a la aplicación del abono de tiempo por gracia, (no se incrementaron las pensiones mínimas, las pensiones con tope del artículo 25 de la ley 15.386, las pensiones calculadas con el 100% del sueldo base y las pensiones que no se determinan en base al número de años de imposiciones.); en cuanto a pensiones no contributivas (las personas no podían acceder por falta de afiliación), existía dificultad para aplicar el artículo 15 de la ley Nº 19.350, y existía incongruencia en la afiliación exigida para obtener pensión no contributiva de invalidez y la invalidez del régimen normal. La ley Nº 19.582, de 1998, permitió efectuar modificaciones a la ley Nº 19.234, en cuanto al universo de personas, en cuanto a la aplicación del abono de tiempo, en cuanto a la renta, autorizó al Instituto de Normalización Previsional para corregir de oficio los bonos de reconocimiento, consagró el derecho legal de opción entre pensión no contributiva y pensión de régimen o bono de reconocimiento, facultó a cobrar desahucio, estableció el pago del valor nominal de la diferencia de tasa de cotización por desafiliación, generó un procedimiento especial respecto a las fuerzas armadas. Cabe destacar que el concepto de abono de tiempo difiere radicalmente al inicial, se establece abono para acceder a la Pensión No Contributiva, de 75 y 80% según la fecha de exoneración, artículo 6º de la ley Nº 19.234, abono para calcular la Pensión No Contributiva especial del 400% a los exonerados entre el 11 de septiembre de 1973 y enero de 1974, con el objeto de efectuar una revalorización de las rentas producto de la inflación de la época para asimilar al grado correspondiente de la Escala Única de Sueldos. Por último, el abono de tiempo de gracia por afiliación se aumenta de 2 meses a 6, 4 o 3 meses según la fecha de exoneración con un límite de 54 meses. Con respecto a este último tipo de abono, es necesario señalar que sus efectos dependen de la situación previsional en que se encuentre el exonerado político. En efecto, en el sistema administrado por el Instituto de Normalización Previsional, si el exonerado no está pensionado, se marca en su cuenta de tiempo cotizado para futuros beneficios, por el contrario, si esta pensionado, el referido abono permitirá la reliquidación de su pensión. En el sistema administrado por las Administradoras de Fondos de Pensiones, si no tiene derecho a bono de reconocimiento de acuerdo al artículo 4º transitorio del D.L. 3.500, de 1980, el abono se traduce en marcaje de la cuenta de tiempo cotizado para futuros beneficios; por el contrario, si tiene derecho a bono de reconocimiento alt. 1, (doce cotizaciones en los cinco años anteriores a la fecha de publicación del D.L. 3.500, de 1980), incrementará el monto de su bono de reconocimiento y por último, si tiene derecho a bono de reconocimiento alt. Nº 3, (cotización entre 1º de julio de 1979 y la fecha de afiliación a la AFP) con un mínimo de doce meses de abono, puede optar a transformar su bono de reconocimiento en alt. 1, o bien sumarlo al período exigido por la ley Nº 18.225 para desafiliarse. La aplicación de estas modificaciones, permitió que un gran número de personas pudiera acceder a los beneficios previsionales precedentemente descritos. Del mismo modo, se han otorgado soluciones por la vía de la jurisprudencia administrativa, respecto a temas relativos al pago de imposiciones retrospectivas, pago por subrogación, entre otros. El proyecto de ley que se propone, contempla la ampliación de plazo, fundándose en que aún, con la aplicación de las leyes anteriores, personas rezagadas por encontrarse fuera del país, o bien en lugares apartados dentro del territorio nacional, no pudieran inscribirse oportunamente por desconocimiento o impedido por las distancias o el temor, de manera que quedaron fuera de los beneficios previsionales implementados. El acceso de estas personas, a la aplicación de este proyecto, permitiría otorgar los beneficios previsionales vigentes en forma gradual a aquellos que calificados como exonerados políticos, cumplieran con los requisitos exigidos en cada caso, y por lo tanto, se evitaría la desprotección social que generaría la no inclusión de este grupo de personas, los que en caso contrario, provocarían un aumento de las pensiones mínimas y asistenciales.B. Contenidos específicos Conforme a lo señalado, el proyecto en informe propone el otorgamiento de un nuevo plazo de doce meses para postular a los beneficios de la ley Nº 19.234, a contar del día primero del mes siguiente al de la publicación de la ley, dispuestos en los artículos 7º, 19 y 20, del citado cuerpo legal.II. MINUTA DE LAS IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES DEL PROYECTO. En conformidad con el Nº 1 del artículo 287 del Reglamento de la Corporación y para los efectos de los artículos 66 y 70 de la Constitución Política de la República, como, asimismo, de los artículos 24 y 32 de la Ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, cabe señalaros que la idea matriz o fundamental del proyecto es otorgar un nuevo plazo de doce meses para acogerse a los beneficios de la ley Nº 19.234, y sus modificaciones posteriores. Tal idea matriz se encuentra desarrollada en el proyecto en un artículo único permanente que considera el establecimiento del nuevo plazo para los efectos de lo dispuesto en los artículos 7º, 19 y 20 de la ley Nº 19.234, y sus modificaciones, y en un artículo transitorio para los efectos de las imputaciones presupuestarios del mayor gasto fiscal.III. ARTICULOS CALIFICADOS COMO NORMAS ORGANICAS CONSTITUCIONALES O DE QUORUM CALIFICADO. En cumplimiento de lo señalado en el artículo 289 Nº 4 del Reglamento de esta Corporación, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 19 número 18 de la Constitución Política de la República, el presente proyecto de ley en cuanto regula el ejercicio del derecho a la seguridad social, se trata de norma de quórum calificado, opinión coincidente con la del honorable Senado.IV. ARTICULOS DEL PROYECTO DESPACHADO POR LA COMISION QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISION DE HACIENDA. En cumplimiento de lo señalado en el artículo 289 Nº 5 del Reglamento de esta Corporación a juicio de vuestra Comisión el proyecto en informe debe ser objeto de estudio por la Comisión de Hacienda de esta Corporación, conforme contempla normas en materia presupuestaria del Estado.V. DISCUSIÓN GENERAL. Durante la discusión en general, vuestra Comisión coincidió plenamente con la idea matriz o central que inspira esta iniciativa y procedió, en su sesión de fecha 3 de junio de 2003, a aprobar la idea de legislar por la unanimidad de los diputados presentes (señora Muñoz, doña Adriana, y señores Muñoz, don Pedro; Riveros; Salaberry; Seguel y Tapia).VI. SÍNTESIS DE LAS OPINIONES DISIDENTES AL ACUERDO ADOPTADO EN LA VOTACION EN GENERAL. No hubo en el seno de vuestra Comisión opiniones disidentes al acuerdo de mayoría.VII. DISCUSION PARTICULAR. Vuestra Comisión, en su sesión ordinaria celebrada el día 3 de junio del año en curso, sometió a discusión particular el proyecto de ley adoptándose los siguientes acuerdos respecto de su articulado:Artículo único Establece un plazo de doce meses, a contar del día primero del mes siguiente al de la publicación de la presente ley, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 7º, 19 y 20 de la ley Nº 19.234, modificada por la ley Nº 19.582. Cabe señalar que los citados preceptos son del siguiente tenor: “Artículo 7º.- Para acreditar la calidad de exonerado político a que se refieren los artículos 3º y siguientes, los interesados deberán presentar una solicitud dirigida al Presidente de la República, por intermedio del Ministerio del Interior, dentro del plazo de un año contado desde la fecha de publicación de esta ley. En dicha solicitud, indicarán las circunstancias de la exoneración, especialmente las relativas a sus motivos políticos, que se acreditarán en la forma que se indica en los artículos siguientes, así como su situación previsional en el momento de producirse la cesación en funciones, todo en la forma que se indique en el reglamento que, en uso de sus atribuciones, dicte el Presidente de la República. Artículo 19.- Los ex empleados que estuvieron afectos a los artículos 102 y siguientes del decreto con fuerza de ley Nº 338, de 1960, y que hubieran cesado en servicios entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, por cualquier causa, y que no solicitaron oportunamente el beneficio de desahucio, podrán impetrarlo dentro de un plazo de veinticuatro meses contado desde la vigencia de la presente ley. Asimismo, podrán solicitar este beneficio las personas indicadas en el inciso precedente, que no lo percibieron por haber sido éste cobrado en forma indebida por terceros. El Tesorero General de la República, por resolución fundada, podrá disponer que se efectúen los pagos que correspondan, cuando adquiera la convicción que éstos no se hicieron a quienes hoy los impetran o a quienes representaban legítimamente sus derechos, pudiendo para tal fin solicitar informes o peritajes de otras autoridades públicas. Para los efectos de la fijación del monto del desahucio, se considerarán los años de servicios durante los cuales se hubiera cotizado al Fondo de Seguro Social a que se refiere el ar-tículo 103 del citado decreto con fuerza de ley y sobre la base de la remuneración que, en conformidad con ese cuerpo legal, es computable para dicho beneficio. El monto será debidamente actualizado en función de la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumidor que fija el Instituto Nacional de Estadísticas, entre el mes que antecede a la fecha en que el beneficiario cesó en servicios y el que antecede a la fecha de pago del desahucio, y se pagará con cargo a los recursos destinados al financiamiento del referido desahucio. Artículo 20.- El personal de las Fuerzas Armadas, de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones de Chile a que se refieren los decretos con fuerza de ley Nº 1 (G) del Ministerio de Defensa Nacional y Nº 2 del Ministerio del Interior, ambos de 1968, y el decreto con fuerza de ley Nº 1 del Ministerio de Defensa Nacional, de 1980, y demás funcionarios afectos al régimen de previsión de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional o de la Dirección de Previsión de Carabineros, a quienes se les hubiere dispuesto o concedido el retiro de dichas entidades durante el lapso comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, por causas que se hubieren motivado en el cambio institucional habido en el país a contar de la primera fecha antes señalada o sus causahabientes, podrán solicitar y obtener en la misma forma y plazo que los restantes beneficiarios de esta ley, los beneficios contemplados en los artículos 3º y siguientes, incluso el establecido en el inciso séptimo del artículo 12. Para ello será necesaria la calificación que previamente realizará en forma privativa el Presidente de la República, de acuerdo con esta ley, a través del Ministerio del Interior, el que deberá recibir la información pertinente del Ministerio de Defensa Nacional. El abono de tiempo de afiliación por gracia que se otorgue al personal señalado en el inciso precedente se considerará, para los efectos derivados de la presente ley, como tiempo efectivamente servido y cotizado afecto al régimen de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional o de la Dirección de Previsión de Carabineros, según corresponda. Para obtener la pensión no contributiva, el personal antes referido deberá cumplir con el requisito de afiliación de veinte años efectivos que según su régimen previsional le es aplicable para obtener pensión de retiro, la que se concederá por el Presidente de la República. Para el solo efecto de enterar este requisito de afiliación mínima, se considerará como tiempo efectivamente servido el período indicado en los incisos sexto y séptimo del artículo 6º. Estas pensiones se considerarán como pensiones de retiro para todos los fines legales, debiendo calcularse y pagarse sobre la base de los años computables para pensión y de acuerdo con el grado que el funcionario tenía a la fecha de su exoneración o aquél al cual se encontraba asimilado, fijándose su monto en relación con los valores de la Escala de Sueldos de las Fuerzas Armadas vigente al 10 de marzo de 1990. El monto inicial de las pensiones no contributivas será equivalente al valor que resulte de la aplicación de las disposiciones anteriores reajustado en conformidad a la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumidor desde el mes de marzo de 1990 hasta el último día del mes anterior a la fecha de inicio de la pensión. Todos los beneficios antes referidos serán determinados, fijados y concedidos por el Ministerio de Defensa Nacional, a través de la Subsecretaría correspondiente de acuerdo a lo dispuesto en la ley Nº 16.436, o por la Dirección General de Carabineros, y pagados por la Caja de Previsión de la Defensa Nacional o la Dirección de Previsión de Carabineros, según proceda, siendo financiados con cargo a los recursos fiscales que se contemplen al efecto en los respectivos presupuestos de esas entidades, los que se complementarán cada año con los beneficios otorgados por esta ley. Todos los pagos que se efectúen con cargo a este suplemento de recursos, deberán efectuarse de inmediato. Para la determinación y cálculo de las pensiones, deberán aplicarse las normas legales que correspondan al régimen previsional a que se hubiere encontrado afecto el interesado al momento de cesar sus funciones entendiéndose que dicho cese se produjo el día 10 de marzo de 1990. En el evento que el beneficio se traduzca en un incremento del bono de reconocimiento, éste será calculado por la entidad previsional respectiva de acuerdo con el procedimiento que corresponda. El personal a que se refieren los incisos precedentes, que en virtud de los beneficios otorgados por esta ley, acceda a pensiones de retiro o reliquidaciones de las mismas en las respectivas cajas de previsión institucionales, tendrá derecho a percibir el desahucio y demás beneficios que correspondan, en los mismos términos que señalan las leyes Nºs 18.948, 18.950 y 18.961, respectivamente, y demás normas aplicables. En aquellos casos en que los eventuales beneficiarios no hubiesen efectuado imposiciones al fondo de desahucio, las hubiesen retirado o sus porcentajes fueran inferiores a los exigidos, deberán reintegrarse dichas diferencias y/o montos al fondo referido, en sus valores históricos. Las personas que no cumplan con los requisitos exigidos para pensionarse en los términos antes señalados, podrán solicitar y obtener pensión por años de servicio, vejez, invalidez o sobrevivencia en la misma forma y condiciones que el resto de los beneficiarios de esta ley, considerándose para este fin que son funcionarios afectos al régimen de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas. Para los efectos de determinar el sueldo base de pensión, corresponderá dar aplicación al inciso tercero del artículo 12 de la presente ley, de acuerdo con la información que al efecto deberá proporcionar la institución a que el interesado pertenecía a la fecha de la exoneración. Sin embargo, tratándose del personal que se encuentre en la situación contemplada en el inciso precedente corresponderá al Instituto de Normalización Previsional la determinación y pago de los beneficios a que pueda tener derecho, los que se financiarán para este efecto en la forma contemplada en el artículo 17 de esta ley, sin perjuicio de las concurrencias que corresponda hacer efectivas. Las pensiones que se otorguen en conformidad con este artículo estarán sujetas a todas las cotizaciones y descuentos que establecen las leyes respecto de las pensiones del régimen previsional en que queden incorporados los interesados y se incrementarán en las mismas oportunidades y porcentajes en que éstas se reajusten.”. Puesto en votación el artículo, fue aprobado por unanimidad.Artículo Transitorio Se refiere al financiamiento del mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley en proyecto durante el presente año. Puesto en votación el artículo, fue aprobado por unanimidad.VIII. ARTICULOS E INDICACIONES RECHAZADAS POR LA COMISION. En cumplimiento de lo señalado en el artículo 289 Nº 6 del Reglamento de esta Corporación, vuestra Comisión hace presente que no existen disposiciones en tal situación.-o-IX. TEXTO DEL PROYECTO TAL COMO QUEDARÍA EN VIRTUD DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA COMISIÓN. Como consecuencia de todo lo expuesto y por las consideraciones que os dará a conocer oportunamente el señor diputado Informante, vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social os recomienda la aprobación del siguiente:PROYECTO DE LEY: “ARTÍCULO ÚNICO.- Establécese un plazo de doce meses, a contar del día primero del mes siguiente al de la publicación de la presente ley, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 7º, 19 y 20 de la ley Nº 19.234, y sus modificaciones. ARTÍCULO TRANSITORIO.- El mayor gasto fiscal que represente durante el año 2003 la aplicación de esta ley, se financiará con cargo al presupuesto vigente del Instituto de Normalización Previsional y, en lo que restara, con cargo a las transferencias del ítem 50-01-03-25-33.104 de la partida Tesoro Público del presupuesto en actual aplicación.”.-o- Se designo diputado informante, a don Edgardo Riveros Marín. Sala de la Comisión, a 3 de junio de 2003. Acordado en sesión de fecha 3 de junio del presente año, con asistencia de la diputada señora Muñoz D’Albora, doña Adriana, y de los diputados señores Muñoz Aburto, don Pedro; Riveros Marín, don Edgardo; Salaberry Soto, don Felipe; Seguel Molina, don Rodolfo y Tapia Martinez, don Boris (Presidente ) (Fdo.): ANDRÉS LASO CRICHTON, Secretario Abogado (S) de la Comisión”.3. Certificado de la Comisión de Hacienda. “Valparaíso, 3 de junio de 2003. El Secretario de Comisiones que suscribe, certifica: Que el proyecto de ley, originado en un mensaje de su Excelencia el Presidente de la República, que establece un nuevo plazo para acogerse a la ley Nº 19.234, que establece beneficios previsionales para exonerados por motivos políticos (boletín Nº 3231-13-S), en segundo trámite constitucional y con urgencia calificada de “discusión inmediata”, fue despachado por esta Comisión, con la asistencia de los diputados señores Jaramillo, don Enrique (presidente); Álvarez, don Rodrigo; Dittborn, don Julio; Escalona, don Camilo; Hidalgo, don Carlos; Lorenzini, don Pablo; Ortiz, don José Miguel; Pérez, don José; Silva, don Exequiel; Tuma, don Eugenio, y Von Mühlenbrock, don Gastón. Concurrieron a la sesión, durante el estudio del proyecto, el ministro del Trabajo y Previsión Social, señor Ricardo Solari; el subjefe de gabinete de dicha cartera, señor Alfredo Bañados; la subsecretaria de Previsión Social, señora Macarena Carballo, y la asesora de dicha subsecretaría, doña Nadia Tobar. La Comisión de Trabajo y Seguridad Social dispuso en su informe que esta Comisión tomara conocimiento del artículo único transitorio del proyecto aprobado por ella, los cuales, puestos en votación, se aprobaron por unanimidad. Se adjunta al presente certificado el informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos. La Comisión acordó que este informe se emitiera en forma verbal, directamente en la Sala, para lo cual designó diputado informante al señor Pérez, don José. (Fdo.): JAVIER ROSSELOT JARAMILLO, Secretario de la Comisión”.INFORME FINANCIEROPROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE UN NUEVO PLAZO PARA ACOGERSE A LA LEY Nº 19.234, QUE ESTABLECE BENEFICIOS PREVISIONALES PARA EXONERADOS POR MOTIVOS POLÍTICOSMensaje Nº 514-348 La presente iniciativa legal establece un plazo de doce meses corridos desde el primer día del mes siguiente al de la publicación de la ley para acogerse a los beneficios de la ley Nº 19.234 modificada por la ley Nº 19.582. De acuerdo a estimaciones, se considera que el número de nuevos postulantes alcanzaría a 24.800 personas.COSTO ANUAL PROYECTO DE LEY(millones de pesos)Año 2004Año 20057.72615.451 El costo, en régimen, de esta medida asciende a $ 15.451 millones anuales a contar de 2005. (Fdo.): MARIO MARCEL CULLELL, Director de Presupuestos”.4. Segundo Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recaído en el proyecto de ley que agrega requisitos a los establecidos en el artículo 1554 del Código Civil, referido al contrato de promesa y criminaliza conducta constitutiva de estafa en el artículo 470 del Código Penal. boletín Nº 2694-07-1“Honorable Cámara: La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia viene en informar, en primer trámite constitucional y segundo reglamentario, el proyecto de la referencia, originado en una moción de los diputados señores Juan Bustos Ramírez y Patricio Hales Dib y del ex diputado señor Sergio Elgueta Barrientos. De conformidad a lo establecido en el artículo 130 del Reglamento de la Corporación, este informe recae sobre el proyecto aprobado en general por la Cámara en su sesión 74ª., de 8 de mayo de 2003, con las dos indicaciones presentadas y admitidas a tramitación en la Sala, las que constan en la hoja de tramitación respectiva, elaborada por la Secretaría de la Corporación. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 288 del Reglamento, en este informe debe dejarse constancia de lo siguiente:1. De las disposiciones que no fueron objeto de indicaciones durante la discusión del primer informe en la Sala ni de modificaciones durante la elaboración del segundo en la Comisión. En esta situación se encuentra únicamente el artículo 2º del proyecto, el que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 131 del Reglamento, debe entenderse aprobado por el solo ministerio de la ley.2. De las disposiciones que tienen rango de ley orgánica constitucional o que deben aprobarse con quórum calificado. La Comisión reiteró su parecer acerca de que ninguna de las disposiciones del proyecto tiene el rango señalado o que deba aprobarse con el quórum indicado.3. De las disposiciones suprimidas. No hubo disposiciones suprimidas.4. De las disposiciones modificadas.1º En tal situación se encuentra únicamente el artículo 1º cuyo primer inciso se substituyó por el siguiente: “Las personas naturales o jurídicas que tengan por giro la actividad inmobiliaria o aquellas que construyan o encarguen construir bienes raíces destinados a viviendas, locales comerciales u oficinas, y que celebren contratos de promesa de compraventa, deberán caucionarlos mediante póliza u otra garantía similar, aceptada por el promitente comprador. Esta garantía, debidamente identificada, se incorporará al contrato a favor del promitente comprador, en un valor igual a la parte del precio del bien raíz entregado por éste y establecido en el contrato de promesa respectivo, para el evento que el contrato no se cumpla dentro del plazo o al cumplimiento de la condición, establecidos por la promitente vendedora, o bien, que las obras realizadas no se ciñan a las especificaciones convenidas. La garantía permanecerá vigente mientras el inmueble se encuentre sujeto a cualquier gravamen o prohibición emanado de obligaciones pendientes e imputables al promitente vendedor y hasta la inscripción del dominio en el registro de propiedad del respectivo conservador de bienes raíces, a favor del promitente comprador.”. El texto transcrito surgió como consecuencia de un acuerdo de la Comisión tomado sobre la siguiente base:a) las argumentaciones del diputado señor Monckeberg en cuanto a que la garantía del cumplimiento de la promesa por parte del promitente vendedor, no tenía por qué ser obligatoriamente una póliza sino que cualquier otro tipo de caución que el promitente comprador aceptara.b) la conveniencia, planteada por el Diputado señor Forni, acerca de que constara en el contrato mismo el valor de la parte del precio pagado por el promitente comprador, para los efectos de establecer el monto de la garantía, como también que la existencia de obligaciones pendientes por parte del promitente vendedor deberían serle imputables.c) la indicación presentada por los Diputados señora Muñoz y señores Aguiló, Bertolino, Encina y Vilches para agregar el siguiente párrafo final a este inciso: “La póliza permanecerá vigente mientras dichas obras se encuentren sujetas a cualquier gravamen o prohibición emanado de obligaciones pendientes del promitente vendedor.”, la que fue acogida con modificaciones, y obedeció a la necesidad de mantener la garantía a favor del promitente comprador, en los casos en que pudiendo aún encontrarse finalizadas satisfactoriamente las obras, existieran gravámenes o interdicciones a su respecto que pudieran afectar el dominio del promitente comprador. Respecto de este último punto, el mismo Diputado señor Encina propuso extender la vigencia de la garantía hasta el perfeccionamiento de la inscripción de dominio en el conservador de bienes raíces, precisando que una práctica semejante se empleaba en países como España, sin que el costo alcanzara valores muy elevados, los que, en todo caso, con la masificación deberían tender a disminuir.2º. El inciso segundo, como consecuencia de la nueva redacción acordada para el primero, sufrió una modificación puramente adecuatoria, quedando como sigue: “Lo anterior es sin perjuicio de la responsabilidad penal, de quien, con o sin representación de la persona natural o jurídica, hubiere suscrito o hiciese suscribir el contrato de promesa de compraventa sin haber cumplido con la obligación de garantía establecida en el inciso precedente.”. Se aprobaron por mayoría de votos (8 votos a favor y 2 abstenciones).5. De los artículos nuevos introducidos. No se introdujo ningún nuevo artículo.6. De los artículos que deben ser conocidos por la Comisión de Hacienda. Ninguna disposición se encuentra en esta situación.7. De las indicaciones rechazadas por la Comisión. No hubo indicaciones rechazadas.8. Texto o indicación de las disposiciones legales que el proyecto modifica o deroga. El proyecto modifica la Ley General de Urbanismo y Construcción al introducirle un nuevo artículo, el 138 bis, para reglar los contratos de promesa de compraventa de inmuebles. Modifica, asimismo, el Código Penal al agregar un número 9 al artículo 470. que describe diversos casos que constituyen el delito de estafa.-o- Por las razones expuestas y por las que dará a conocer oportunamente el señor diputado informante, esta Comisión recomienda aprobar el proyecto de conformidad al siguiente texto:“PROYECTO DE LEY: Artículo 1º.- Agrégase el siguiente artículo 138 bis a la Ley General de Urbanismo y Construcción: Las personas naturales o jurídicas que tengan por giro la actividad inmobiliaria o aquellas que construyan o encarguen construir bienes raíces destinados a viviendas, locales comerciales u oficinas, y que celebren contratos de promesa de compraventa, deberán caucionarlos mediante póliza u otra garantía similar, aceptada por el promitente comprador. Esta garantía, debidamente identificada, se incorporará al contrato a favor del promitente comprador, en un valor igual a la parte del precio del bien raíz entregado por éste y establecido en el contrato de promesa respectivo, para el evento que el contrato no se cumpla dentro del plazo o al cumplimiento de la condición, establecidos por la promitente vendedora, o bien, que las obras realizadas no se ciñan a las especificaciones convenidas. La garantía permanecerá vigente mientras el inmueble se encuentre sujeto a cualquier gravamen o prohibición emanado de obligaciones pendientes e imputables al promitente vendedor y hasta la inscripción del dominio en el registro de propiedad del respectivo conservador de bienes raíces, a favor del promitente comprador . Lo anterior es sin perjuicio de la responsabilidad penal, de quien, con o sin representación de la persona natural o jurídica, hubiere suscrito o hiciese suscribir el contrato de promesa de compraventa, sin haber cumplido con la obligación de garantía establecida en el inciso precedente. Artículo 2º.- Agrégase en el artículo 470 del Código Penal el siguiente número 9: Al que, con o sin representación de persona natural o jurídica dedicada al rubro inmobiliario o de la construcción, suscribiere o hiciere suscribir contrato de promesa de compraventa de inmueble dedicado a la vivienda, local comercial u oficina, sin cumplir con la exigencia establecida por el artículo 138 bis de la Ley General de Urbanismo y Construcción, siempre que se produzca un perjuicio patrimonial.-o- Sala de la Comisión, a 3 de junio de 2003 Continúa como diputado informante el señor Juan Bustos Ramírez. Acordado en sesión de igual fecha con la asistencia de los Diputados señor Guillermo Ceroni Fuentes (Presidente), señoras Marcela Cubillos Sigall y Laura Soto González y señores Jorge Burgos Varela, Juan Bustos Ramírez, Marcelo Forni Lobos, Zarko Luksic Sandoval, Nicolás Monckeberg Díaz, Darío Paya Mira, Aníbal Pérez Lobos y Víctor Pérez Varela.. Asistió también a la sesión el Diputado señor Francisco Encina Moriamez. (Fdo.): EUGENIO FOSTER MORENO, Secretario”.5. Moción de los diputados señores Cornejo, Accorsi, Aguiló, Araya, Lorenzini, Seguel y Vilches. Modifica la ley Nº 16.744, para brindar mayor protección a los trabajadores sometidos al riesgo de contraer una neumoconiosis. (boletín Nº 3249-13) El inciso primero del artículo 71 de la ley Nº 16.744, sobre enfermedades profesionales y accidentes del trabajo, dispone que los afiliados afectados de alguna enfermedad profesional deberán ser trasladados, por la empresa donde presten sus servicios, a otras faenas donde no estén expuestos al agente causante de la enfermedad. Por su parte, el inciso tercero del mismo cuerpo legal establece la obligación, para las empresas que exploten faenas en que sus trabajadores puedan estar expuestos al riesgo de neumoconiosis, de realizar un control radiográfico semestral de tales trabajadores. Uno de los males integrantes del grupo de las neumoconiosis es la silicosis, que constituye una enfermedad pulmonar grave, de carácter irreversible, que puede causar invalidez y la muerte, que se produce por la sobre exposición al polvo en suspensión que contiene partículas de sílice, material muy abundante en la corteza terrestre y componente mayor de la arena, piedras y minerales metalíferos. La silicosis, además, se ha asociado a otras enfermedades como la tuberculosis pulmonar, la glomerulonefritis, la vasculitis y el cáncer pulmonar, las que adicionalmente pueden también invalidar y matar al paciente. Existen, a mayor abundamiento, tres tipos de silicosis dependiendo de la concentración de sílice en el aire y de la susceptibilidad personal del individuo:a) Silicosis crónica: Ocurre normalmente de 10 o más años de exposición a polvos con sílice.b) Silicosis acelerada: Ocurre a la exposición de altas concentraciones de sílice cristalino y se desarrolla entre 5 y 10 años desde el comienzo de la exposición.c) Silicosis aguda: Ocurre cuando la exposición es a muy altas concentraciones y se puede desarrollar desde 6 semanas a 5 años de exposición. En nuestro país existe gran cantidad de personas expuestas al riesgo de adquirir esta enfermedad, especialmente en el ámbito laboral, en ámbitos tales como: -Minería: Trabajo de extracción de minerales especialmente en galerías subterráneas, pero también en superficie. -Fabricación de vidrio y trabajos con cuarzo. -Construcción: Trabajos de socavones y con chorro de arena. -Fabricación y uso de abrasivos. -Trabajos en canteras de granito, mármol, etc. -Trabajos en cerámicas y arcilla. En un examen colectivo practicado a 220 mineros del cobre, que incluyó Tomografía Axial Computarizada (TAC), de un total de cerca de 650 que trabajan en la mina subterránea de la División Andina de Codelco Chile, yacimiento ubicado en la comuna de Los Andes, quinta región, se encontró que 150 de ellos presentaban distintos grados de silicosis, los que fueron enviados al Compin del Servicio de Salud Aconcagua, donde se determinó invalidez de entre el 25 al 60% de acuerdo a lo que establece la ley Nº 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Esta cantidad de trabajadores enfermos de silicosis representa aproximadamente el 60% de la totalidad de los operarios de la referida mina subterránea, que fueron examinados con TAC. Por lo tanto, al practicar dicho examen a la totalidad de los trabajadores, podríamos llegar a una cifra de 390 personas afectadas, cifra que es extraordinariamente elevada y que ocasiona un daño irreparable a las personas afectadas y que representaría no sólo un problema de salud pública, sino también de salud ocupacional, laboral y de productividad, de enormes proporciones. De dichas cifras, razonablemente se puede inferir que en los otros yacimientos de Codelco Chile demás empresas de la gran, mediana y pequeña minería del cobre y en otros procesos extractivos o industriales, referidos en el punto 3, debería existir cifras semejantes de trabajadores afectos a esta enfermedad profesional. Por otra parte, el avance científico y tecnológico existente hoy en día, como la Tomografía Axial Computarizada (TAC) o Scanner Pulmonar, es capaz de mostrar imágenes muy precoces y características de la enfermedad y por lo tanto es posible efectuar el diagnóstico en etapa temprana del desarrollo de las lesiones. Es por ello que este examen se debe constituir en el método de pesquisa preferente de estos pacientes, con mucho mejor rendimiento que la radiografía simple de tórax, que es el método que se utiliza regularmente. Por dichos antecedentes y consideraciones es que me permito proponer a la consideración de la honorable Cámara de Diputados el siguientePROYECTO DE LEY ARTÍCULO ÚNICO.- Modifícase el artículo 71 de la ley Nº 16.744, en la forma siguiente:a) Agrégase en su inciso 1º, luego de la palabra “trasladado” la siguiente frase precedida de una coma (,) “en el menor tiempo posible no pudiendo en ningún caso hacerse después de 30 días de efectuado el diagnóstico médico”.b) Agrégase en su inciso 3º, luego de la palabra “control” la siguiente frase: “médico mediante Tomografía Axial Computarizada o Scanner Pulmonar.”.