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El señor SALAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Maximiano Errázuriz.
El señor ERRÁZURIZ.-
Señor Presidente , el Banco Estado arriesga pérdidas por 150 millones de dólares por haber hecho autorizar la firma de deudores, de Arica a Punta Arenas, por dos notarios de Santiago: Gastón Santibáñez y Clovis Toro , a quienes proporcionó la rúbrica de personas a las cuales prestó dinero.
La Corte Suprema, de oficio, rechazó el procedimiento, porque sostuvo que al notario debía constarle la firma, ya sea porque quien firma está presente, porque el propio notario tiene un registro de firmas o por alguna otra forma. O sea, no aceptó que el banco proporcionara a los notarios la firma del deudor.
Si la autorización notarial de las firmas hubiese sido válida, en caso de no pago, el pagaré firmado por el deudor habría permitido al banco cobrar, a través de un juicio muy rápido, porque ese documento tendría mérito ejecutivo. Al invalidarse la firma de los notarios, en caso de que los deudores no paguen, será necesario seguir un juicio ordinario, que puede durar muchos años.
El procedimiento de autorizaciones notariales de Arica a Punta Arenas por dos notarios de Santiago se efectuó a partir de octubre de 2002 y dejó de operar en febrero de 2003, cuando la Corte Suprema ordenó paralizarlo.
El 3 de abril de este año, la unanimidad del tribunal pleno de la Corte Suprema estableció la irregularidad del procedimiento.
Esta mañana, el presidente del Banco del Estado dijo en el canal de televisión Chilevisión que el banco tuvo que licitar las autorizaciones materiales de las firmas de sus deudores para abaratar costos, pues algunos notarios, como los de Linares y Pichilemu, cobraban más que otros.
Quiero hacer dos observaciones al respecto: primera, que el arancel de los notarios es uno mismo para todo Chile. ¿Por qué el banco no se preocupó de exigir que los notarios de provincia cobraran lo que estipula el arancel? Los notarios de Putre, de Puente Alto, de Pichilemu , de Ancud, deben cobrar lo mismo por la autorización de una firma. Segunda -y pido especial atención a esto, que no dijo el presidente del Banco del Estado , pero sí el notario Santibáñez , con quien hablé ayer por teléfono-, en la licitación el banco exigía a los notarios deducir al menos el 30 por ciento del arancel cobrado por el notario. Es decir, el banco le decía al notario: “El que gane la propuesta debe entregarme, al menos, el 30 por ciento de lo que cobre al deudor por autorizar su firma”.
Los notarios Santibáñez y Toro participaron en la licitación de autorizaciones notariales y se las adjudicaron cobrando 600 pesos por cada una. Otros notarios, como don Manuel Almarza Varas, que pedía 390 pesos por firma, perdió. ¿Por qué perdió? Esto es lo grave: porque Santibáñez , de los 600 pesos que cobra como arancel, debe entregarle la mitad al Banco Estado, o sea, 300 pesos. ¿Por qué es esto? ¿Cómo es posible? Como si lo anterior fuera poco, el banco, además, le cobra al firmante de cada pagaré entre tres mil y siete mil pesos.
Como se autorizaron 120 mil pagarés, suponiendo el mínimo, el banco percibió entre octubre de 2002 y febrero de 2003, 360 millones de pesos, más lo que obtuvo de los notarios.
En consecuencia, pido que se oficie al Banco del Estado para que informe cuánto percibió de los deudores al cargarles en su cuenta, entre octubre de 2002 y febrero de 2003, el cobro por la firma de pagarés y otros documentos de deudas por créditos otorgados por el banco; cuánto percibió el banco por cobro a los notarios con cargo a sus propios aranceles, y a qué ítem en su contabilidad imputó esos dineros cobrados a los notarios y los dineros cobrados a los deudores: a ingresos o gastos; por último, a la excelentísima Corte Suprema, para que nos informe qué sanción aplicó a estos notarios, quienes por ser de primera categoría no podían autorizar firmas -como dijo el alto tribunal- fundándose exclusivamente en el registro de firmas que le proporcionó el banco.
Si los notarios hubieran tenido su propio registro de firmas de todos los deudores de Arica a Punta Arenas, el procedimiento habría podido aceptarse, pero no dando fe de las firmas que proporciona el banco. Todo este procedimiento es irregular. Nunca en mi vida había sabido de una entidad que haya adjudicado la autorización de firmas a la notaría que cobre menos y con la particularidad de que, al menos, el 30 por ciento del cobro debe ser para ella, en este caso, el Banco del Estado.
He dicho.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de los señores diputados de su bancada que así lo indican a la Mesa.
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