-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/654802/seccion/akn654802-po1-ds7
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/financiamiento-urbano-compartido
- dc:title = "SISTEMA DE FINANCIAMIENTO URBANO COMPARTIDO. Segundo trámite constitucional."^^xsd:string
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = bcnbills:SegundoTramiteConstitucional
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/654802
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/654802/seccion/akn654802-po1
- bcnres:tieneResultadoDebate = bcnres:seApruebaEnGeneral
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/654802/seccion/akn654802-po1-ds7-ds14
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/654802/seccion/akn654802-po1-ds7-ds15
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/654802/seccion/akn654802-po1-ds7-ds9
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/654802/seccion/akn654802-po1-ds7-ds13
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/654802/seccion/akn654802-po1-ds7-ds12
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/654802/seccion/akn654802-po1-ds7-ds17
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/654802/seccion/akn654802-po1-ds7-ds10
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/654802/seccion/akn654802-po1-ds7-ds8
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/654802/seccion/akn654802-po1-ds7-ds11
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/654802/seccion/akn654802-po1-ds7-ds16
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = bcnbills:DiscusionGeneral
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/2651-14
- rdf:value = " SISTEMA DE FINANCIAMIENTO URBANO COMPARTIDO. Segundo trámite constitucional.
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Presidenta).-
Corresponde conocer, en segundo trámite constitucional, el proyecto sobre financiamiento urbano compartido.
Diputado informante de la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano es el señor Patricio Hales .
Antecedentes:
-Proyecto del Senado, boletín Nº 2651-14 (S), sesión 19ª, en 17 de julio de 2002. Documentos de la Cuenta Nº 1.
-Informe de la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano, sesión 10ª, en 29 de octubre de 2002. Documentos de la Cuenta Nº 7.
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Presidenta).-
Cito a reunión de Comités sin suspender la sesión.
Tiene la palabra el señor diputado informante.
El señor HALES.-
Señora Presidenta, el proyecto en estudio parte de la convicción de que las ciudades constituyen hoy el eje de vida de las naciones, de que son la cuna y el desarrollo de la modernidad. Por eso, resulta contradictorio observar que mientras las ciudades han avanzado enormemente, no lo han hecho con la misma velocidad y desarrollo temas como la capacidad de gestión y el financiamiento urbano, la participación ciudadana en las decisiones, la planificación urbana y el diálogo sobre el destino de las ciudades.
La iniciativa, iniciada en mensaje del Presidente de la República, busca abordar esta contradicción.
Para dar cuenta de la fuerza e importancia de las ciudades basta con señalar que el 85 por ciento de los chilenos vive en ellas, la mayor parte de las cuales ha crecido ocupando espacios físicos y aglutinando a una enorme cantidad de habitantes. Existe un gran incremento en la cantidad de viviendas, lo que no ha sido acompañado por los aumentos de servicios que las ciudades necesitan con urgencia. El país ha conocido las carencias más evidentes, como las relacionadas con aspectos viales obstaculización del tráfico, con evacuación de aguas lluvia, con espacio público, que aparecen como menos notorias, pero igualmente evidentes, sobre todo en los sectores populares. El espacio público es un elemento que asegura más desarrollo urbano y refuerza la seguridad.
Por eso, el propio mensaje habla de “pasivo urbano”, postura que compartimos. En los sectores donde viven las personas con mayores ingresos constatado por la discusión habida en la Comisión, es posible resolver estas carencias. Sin embargo, en los sectores más pobres esto se hace muy difícil. Paradójicamente, son los que hacen más vida en la calle y que cuentan con viviendas mucho más pequeñas. Ahí, el pasaje se convierte en el patio, en su estar, en el sitio de recreación, y la calle, en el lugar de encuentro. Por lo tanto, esos espacios requieren mejor equipamiento urbano.
En ese sentido, existe una extremada sinceridad en el propio contenido del mensaje y en sus fundamentos, bien explicitados. Se señala que ha sido insuficiente la labor desarrollada tanto por los municipios como por el propio Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Quiero destacar que en el caso del patrimonio, muchas de las necesidades no están claramente cubiertas por los planes de la Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas, y constatamos, más bien, bastantes insuficiencias en lo que se refiere a mantención y desarrollo patrimonial, con excepción de las ideas generales del Plan Bicentenario.
Existe un deterioro de la calidad de vida en las ciudades. Esto se traduce en escasez de lugares para practicar deportes, de sitios de esparcimiento y de desarrollo de la cultura y de la vida social y, por lo tanto, en vetustez, envejecimiento y descascaramiento, tanto del aspecto físico como de la vida en la ciudad.
Para enfrentar esta situación, se requieren mayores recursos. El Estado quiere y necesita por eso ha presentado el proyecto contar con mecanismos que tiendan a igualar las condiciones urbanas de la población. No podemos hablar de igualdad de oportunidades si no existe igualdad de oportunidades urbanas; no podemos hablar de igualdad de oportunidades y restringir ese concepto sólo al ámbito económico si no contamos con igualdad de oportunidades espaciales, en los asentamientos donde se desarrolla la vida económica, social y cultural. El propio mensaje señala que hacer realidad la igualdad de oportunidades, establecida en el artículo 1° de la Constitución Política, es una necesidad que prima en la inspiración del proyecto.
Cuando la inversión es cuantiosa, el Estado no puede abordarla solo. Por eso, la iniciativa tiende a incentivar la participación del sector privado en el desarrollo y modernización de nuestras ciudades, de modo que sus agentes puedan invertir en ámbitos que, hasta ahora, han sido privativos del sector público. Queremos que los privados participen en áreas de intervención urbana que estaban restringidas estrictamente a los organismos del Estado.
La proposición consiste en implementar un sistema de financiamiento urbano compartido. Mediante el proyecto el texto original señalaba sólo a los Serviu, pero en su tramitación en el Senado se agregaron las municipalidades se entrega la posibilidad de adquirir bienes u obtener la ejecución, operación o mantención de obras por parte del sector privado en sus respectivos territorios jurisdiccionales. A cambio, se les otorgan ciertos derechos, como contraprestación, entre los que se incluirá la posibilidad de explotar una obra.
Dentro de los objetivos fundamentales del sistema se encuentran los siguientes:
Multiplicar el presupuesto destinado a desarrollo urbano; fortalecer la gestión descentralizada de los Serviu el proyecto original sólo consideraba a estos servicios; generar un marco transparente para las relaciones contractuales, a fin de que no se trate de simples iniciativas individuales, sino que la ley lo establezca y ordene; implementar un sistema estructurado sobre la base de un régimen claro de prestación la acción que establece el privado y de contraprestación, esto es, la acción que permite y autoriza el Serviu respecto del bien de que estamos hablando.
Si sus Señorías se atienen al informe escrito, confeccionado por la secretaría de la Comisión, pueden imponerse del detalle de la discusión que se llevó a efecto sobre la materia.
¿En qué consisten las prestaciones y contraprestaciones planteadas por la iniciativa? Si se compara el texto del mensaje con el del Senado y el de la Comisión de Vivienda en relación con el artículo 1°, se puede observar que en el primero sólo se otorgaba esa facultad a los Serviu, como organismos regionales. En cambio, el texto del Senado señala que esa facultad pueden ejercerla las municipalidades. Esta materia generó una discusión importante en el seno de la Comisión. Finalmente, se aprobó el texto modificado por el Senado y no el del Ejecutivo.
Describiré en qué consisten las prestaciones y contraprestaciones a que se refiere el proyecto y luego ejemplificaré sus aplicaciones.
Primero, las prestaciones que recibirán los Serviu o los municipios consistirán en la ejecución, operación o mantención de una obra por un privado. ¿Qué tipo de obra? Urbana, de equipamiento, vial, de áreas verdes, de espacios públicos; segundo, la entrega en propiedad de uno o más bienes inmuebles; tercero, la municipalidad puede recibir el uso o goce de inmuebles, y cuarto, también puede recibir dinero.
La contraprestación corresponde a lo que los municipios y el Serviu entregan al privado por efectuar una inversión.
¿Qué pueden otorgar? La explotación, total o parcial, de uno o más bienes u obras; el derecho a uso o goce de uno o más bienes muebles o inmuebles; la entrega en propiedad de determinados bienes, y una suma de dinero, como contraprestación a lo que el privado invirtió e hizo.
Ejemplo de esta aplicación: se podría construir, operar y mantener un parque de atracciones por un privado, y otorgársele la posibilidad de explotarlo por un tiempo determinado; cobrar entrada, tener locales de alimentación, de esparcimiento, comercio u otras actividades.
Otro ejemplo: que se construya y se mantenga un parque, en cualquiera de las regiones de Chile, a cambio del derecho de explotar el uso de campos deportivos, pistas de patinaje, canchas de fútbol, quioscos y otros.
También podría haber una relación entre los privados, el Serviu y las municipalidades para la construcción de vías urbanas, de calles, cuestión que hoy la hace directamente el Serviu u Obras Públicas, cuando se trata de autopistas. Esta iniciativa autoriza a los privados a invertir en vialidad urbana, a cambio de lo cual pueden tener publicidad, estacionamientos, concesiones.
Si bien el proyecto original se refería sólo a los Serviu, se agregaron las municipalidades, aun cuando están facultadas por ley para hacer concesiones. Lo que sucede es que son de carácter precario desde el punto de vista de la relación con el sistema financiero, lo cual produce un efecto negativo, pues si un privado toma una concesión municipal y quiere darla en garantía en un banco, éste la rechaza por considerarla insuficiente y tratarse de una concesión que puede ser retirada por cualquier necesidad del municipio.
Un último ejemplo: un privado podría hacer una remodelación de un edificio institucional a cambio de terrenos prescindibles del Serviu o de los municipios.
La iniciativa en análisis recoge aspectos parecidos, no iguales, a los de la ley de concesiones del Ministerio de Obras Públicas, y el mecanismo opera sobre la base de licitación pública.
Respecto de este tema, hubo discusión en la Comisión. Si se revisa el informe, se puede apreciar que, incluso, en la discusión en general se debatió la relación entre el texto original y el del Senado, en lo que se refiere a las municipalidades.
La Comisión, para aunar criterios, agregó, en una indicación, la obligatoriedad de que las decisiones que se tomen por parte del municipio en este plano, deban estar de acuerdo con el plan de desarrollo comunal, a lo menos.
Había preocupación, pues donde existe conurbación en una misma ciudad entre varias comunas pueden presentarse diferencias con respecto a los planes regionales. De ahí que se insistió en la necesidad de que coincidieran los planes de desarrollo comunal e intercomunal.
En la Comisión, el ministro hizo una observación bastante interesante, relativa al interés que podrían tener los privados en invertir en las comunas más pobres. Indicó que puede suceder que los privados no tengan interés en hacer ese tipo de negocios en territorios donde existe pobreza, porque les resultará difícil cobrar por esos servicios, ante lo cual probablemente preferirán realizarlos en sectores donde existe mayor poder adquisitivo. Al parecer, por lo que la Cámara Chilena de la Construcción insinuó en el seno de la Comisión, así ocurrirá. Sin embargo, el ministro manifestó que si los privados prefieren invertir en las zonas donde hay más dinero, porque les significa mejor negocio, el Estado puede quedar liberado de efectuar inversiones en esas zonas y, por tanto, destinar los recursos a territorios más pobres.
En definitiva, si se abre la posibilidad de financiar obras de equipamiento urbano por parte de privados, el Estado puede tener más dinero disponible para invertir en otros sectores, más pobres, y producir lo que, personalmente, llamo la igualdad de oportunidades espaciales, que significa hacer mejor ciudad en todos los territorios.
En la discusión en general del proyecto participó la Cámara Chilena de la Construcción y hubo una destacada y permanente participación de personeros del Ministerio de Vivienda.
La discusión en particular fue amplia y bastante profunda en determinados aspectos. Uno de ellos, el referido a los planes de desarrollo comunal. También se discutió sobre las licitaciones.
En ese sentido, se rechazó por unanimidad, después de una amplia discusión, el artículo 5º, que contenía la posibilidad de que estos contratos pudieran adjudicarse directamente a un privado cuando se declarara desierta la licitación.
La objeción que hicimos algunos es que si se deja establecido por ley que, en un llamado a propuesta en que la licitación se declara desierta, la autoridad queda facultada para otorgársela, por ejemplo, a un cuarto proponente que no se había presentado, perfectamente puede producirse un sistema perverso que abra una oportunidad de corrupción, pues se podría tener un pequeño cartel de privados que se pusieran de acuerdo para que las obras se fuesen adjudicando mediante contratos directos de manera permanente, en la medida en que se pongan de acuerdo el resto de los licitantes para quedar fuera de las bases.
La discusión fue amplia y, al final, la Comisión resolvió rechazar la posibilidad de otorgar el trato directo.
Señor Presidente, por su intermedio, le concedo una interrupción al diputado señor Jaramillo .
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique
Jaramillo por la vía de la interrupción.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, sólo quería hacer notar que el diputado señor Hales formuló la indicación relacionada con el artículo 5º. Me alegra mucho saber esto, porque, conocedor del tema de vivienda y urbanismo, el distinguido arquitecto y diputado señor Patricio Hales no ha hecho otra cosa que conjugar lo que en justicia debe ser. Tal como él dice, se estaría creando legalmente un sistema perverso si no se hubiese rechazado por unanimidad ese artículo.
Muchas gracias.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Pido a los señores diputados formular sus consultas una vez que el diputado señor Hales termine su exposición como diputado informante.
Puede continuar, señor diputado.
El señor HALES.-
Señor Presidente, agradezco las palabras del diputado señor Jaramillo , pero he preferido plantear la exposición del informe de manera plural. En él se encuentra el detalle de esa discusión.
Si se compara el texto del proyecto del Ejecutivo con el del Senado, se podrá comprobar que en el primero figuraba un artículo 4º que hablaba sólo de licitaciones, pero no otorgaba ninguna posibilidad de hacer tratos directos. El Senado agregó un artículo 5º, que dice: “Declarada desierta una licitación, se podrá adjudicar directamente el contrato de participación en caso que se presente un interesado que cumpla todos los requisitos exigidos en las bases de la licitación y siempre que su oferta no difiera en más de un diez por ciento del valor mínimo o máximo señalado en las respectivas bases”.
La Comisión eliminó este artículo, manteniendo sólo la licitación.
Durante la discusión particular se introdujeron diferentes modificaciones de carácter formal. Por ejemplo, artículos que debían ser aclarados en mejor forma, cuestiones similares que estaban incluidas en normas diferentes y que era necesario refundir en una sola, etcétera.
También se introdujeron modificaciones a las disposiciones relativas a la licitación y a la Comisión Conciliadora. La más importantes es, tal vez, el cambio de culpa levísima por culpa leve, en caso de incumplimiento de contrato. Esta modificación fue aprobada por unanimidad.
Quiero hacer presente a la Sala que la Cámara Chilena de la Construcción formuló dos observaciones:
La primera, que los contratos entre los privados y el Serviu para estas prestaciones y contraprestaciones deberán llevar, a modo de garantía, la firma del ministro. La Comisión escuchó atentamente a los representantes de la Cámara Chilena de la Construcción durante una jornada completa y, finalmente, resolvió que eso no era pertinente, toda vez que hay contratos en curso y en plena normalidad.
La segunda fue planteada durante la discusión del artículo 35, que pasa a ser 33. El presidente de la Asociación de Concesionarios de Obras Públicas, señor Vicente Domínguez , señaló que era partidario de establecer en la ley la facultad de los Serviu y de las municipalidades para estipular restricciones o limitaciones al celebrar nuevos contratos, porque, después de firmado el contrato de prestación y contraprestación, podrían aparecer otras obras que pudieran competir con estos negocios.
El diputado José Antonio Galilea , cuya participación fue una de las más importantes en la discusión y elaboración del proyecto, dijo que era inevitable que el Estado ejecutara obras, las que, finalmente, terminarían compitiendo con las de los privados que habían ganado las concesiones, pero que pensaba que era un hecho imposible de prever y que esas dificultades deberían ser asumidas por el concesionario.
Otros diputados planteamos que en estas licitaciones se conocen las reglas del juego, y que no podíamos dejar atados de manos a los Serviu o a los municipios para que continúen realizando obras de mejoramiento. Por ejemplo, si un privado invierte en obras destinadas a diversión, esparcimiento o cultura en un determinado parque o territorio, no se le puede impedir por ley a un municipio o a los Serviu que realicen una obra similar en un lugar cercano. Puede haber diversos criterios sobre la materia, pero se supone que la ley fija los marcos generales.
Por lo tanto, se adoptó el criterio de la Comisión y no la sugerencia de los concesionarios de obras públicas.
El último artículo, el 34, introduce diversas modificaciones al decreto ley Nº 1.305, de 1975, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda, con la finalidad de adecuar su normativa al funcionamiento de este sistema.
Finalmente, la Comisión tuvo en consideración no sólo la idea matriz del proyecto, sus fundamentos y la idea de avanzar en el mejoramiento de la calidad del espacio urbano público, sino que, además, trabajó con la convicción de que, siendo las ciudades un eje de vida para las naciones, también lo son para el 85 por ciento de los chilenos, quienes tienen una necesidad evidente: mejorar sus condiciones desarrollo. De manera que este proyecto, que apunta a incentivar la inversión privada, abre un cauce para que ésta se materialice en el mejoramiento del espacio urbano.
He dicho.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Lily Pérez .
La señora PÉREZ (doña Lily).-
Señor Presidente, el proyecto ha sido muy bien informado por el diputado Patricio Hales , con quien hemos trabajado en los dos últimos períodos como titulares de la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano.
Sólo deseo hacer algunas reflexiones relacionadas con los objetivos del proyecto. Tal como lo señaló el diputado Hales , tiene su origen en mensaje, y corresponde a una iniciativa del ministro de Vivienda y Bienes Nacionales, quien nos acompaña esta mañana en la Sala. Cumplió su primer trámite constitucional en el Senado e ingresó a la Cámara en segundo trámite constitucional a comienzos del año pasado.
En primer lugar, la iniciativa regula el régimen administrativo denominado “financiamiento urbano compartido”, en cuya virtud los servicios de vivienda y urbanización, dentro de las políticas, planes y programas del propio ministerio, así como también las municipalidades, dentro de su competencia, pueden celebrar contratos de participación, y la contraparte, llamada participante, se obliga a adquirir, ejecutar, operar o mantener obras de equipamiento comunitario u otras, tales como plazas, áreas verdes, parques, etcétera, a cambio de una contraprestación, que puede consistir en un derecho sobre bienes muebles o inmuebles o en la explotación de uno o más inmuebles u obras.
En segundo lugar, regula el sistema de licitación para adjudicar el contrato de participación.
En tercer lugar, establece mecanismos de inspección y sanciones y multas por incumplimiento del contrato.
Por último, contempla un mecanismo de solución de controversias a mi juicio, es uno de los puntos más importantes entre los Serviu o las municipalidades y los participantes privados.
El fundamento de la iniciativa dice relación con que, en la actualidad, más del 85 por ciento de los chilenos vive en ciudades, la mayoría de las cuales ha crecido de manera increíble en espacio físico y en número de habitantes. Dicho crecimiento se ha manifestado principalmente en el gran aumento de la cantidad de viviendas, lo que, a mi juicio, no ha ido acompañado de los servicios que el incremento poblacional requiere con tanta urgencia.
Lo anterior ha determinado que nuestras ciudades hayan acumulado, año a año, un déficit cada vez mayor en aspectos tales como áreas verdes, vialidad, evacuación y drenaje de aguas lluvia problema que vivimos con mucha intensidad en algunos sectores de la Región Metropolitana, particularmente en comunas como La Florida, que represento en esta Corporación, espacios públicos y, en fin, en infraestructura urbana en general. En consecuencia, se trata de un verdadero pasivo urbano que es urgente revertir.
¿Cuáles son las principales obligaciones de las partes intervinientes?
En primer lugar, los beneficios que pueden recibir los Serviu o las municipalidades del partícipe adjudicatario son: ejecución, operación o mantención total o parcial de una obra por un período determinado; entrega en propiedad de uno o más bienes inmuebles; entrega en propiedad de uno o más bienes muebles que estén destinados a los fines del contrato de participación; uso o goce por un período determinado de uno o más bienes inmuebles; uso o goce por un período determinado de uno o más bienes muebles que estén destinados a los fines del contrato de participación, y, por último, una suma de dinero, adicional a uno o más de los beneficios anteriores.
En relación con las modificaciones generales que se le hicieron al proyecto, ya fueron comentadas por el diputado Hales . A mi juicio, uno de los aspectos más importantes es que el proyecto original sólo permitía celebrar estos contratos de participación a los Serviu, y el Senado incluyó a las municipalidades, lo que constituye uno de los avances sustantivos del proyecto. De manera que los municipios podrán celebrar directamente contratos de participación mediante el sistema de financiamiento urbano compartido, para lo cual el alcalde deberá contar con el acuerdo del concejo, que es un punto no menor.
Otro aspecto que también concitó nuestra atención también fue mencionado por el diputado informante se refiere al sistema de licitación que se adopte, a fin de evitar la adjudicación de proyectos a empresas de escasa idoneidad, como ocurrió en el pasado en materia de construcción de viviendas sociales, ya que estos contratos suponen necesariamente una prolongación en el tiempo. Es decir, no son proyectos transitorios, sino obras que van a perdurar. Además, este tipo de contratos en algún minuto podrían generar el traspaso de activos, es decir, de bienes muebles e inmuebles, a un tercero.
Una de las cosas que nos interesaba era cómo resolver el problema de las garantías para asegurar el fiel cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato respectivo, pero, durante la discusión del proyecto en la Comisión, esta materia, después de ser discutida en profundidad, a mi juicio, fue bien resuelta.
Es cuanto quería aportar al informe entregado por el diputado Hales .
He dicho.
El señor HALES.-
Señor Presidente, pido la palabra por una cuestión de Reglamento.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra su Señoría.
El señor HALES.-
Aunque reglamentariamente estoy autorizado, por deferencia a la Sala quiero informar que debo participar en la Comisión especial investigadora de las plantas de revisión técnica. Como soy diputado informante, quiero pedir la autorización de la Sala para ausentarme durante una hora, a fin de asistir a dicha Comisión.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Hay un acuerdo de la Sala para votar los proyectos al término del Orden del Día, a fin de que los diputados puedan asistir a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos. De manera que su Señoría también puede asistir a la Comisión especial.
El señor HALES.-
Me refiero a que no podré responder consultas.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Los diputados tienen el informe en sus escritorios, de manera que pueden leerlo.
Tiene la palabra el diputado señor Montes.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, en verdad considero que el informe ha sido bueno, muy bien presentado. Creo que existe consenso en cuanto a que es necesario mejorar la calidad del espacio y del equipamiento urbano y a que tenemos que buscar nuevas modalidades para lograrlo.
El modelo actual tiene muchas limitaciones y presenta un fuerte déficit porque está basado en un financiamiento público que no siempre es posible. Por lo tanto, los sectores en los cuales viven personas de menores ingresos siempre van quedando muy rezagados. Así, tenemos ciudades con muchos déficit, a pesar de todo lo que se ha hecho en pavimentación urbana y de los grandes avances logrados con financiamiento público en el curso de estos años.
Entiendo que la idea que inspira este proyecto se fundamenta en el gran incremento experimentado por las concesiones de carreteras y ejes viales urbanos. Entonces, decimos ¿por qué no extenderlas al desarrollo de las ciudades? Y se nos propone un modelo respecto del cual llamo la atención de los diputados presentes en la Sala que no son muchos, por cuanto tiene muchos riesgos. Por lo mismo, este proyecto no puede ser aprobado sin discutirlo más a fondo.
Aquí estamos haciendo transables bienes de utilidad pública o equipamiento comunitario; es decir, intercambiamos esos bienes, algunas prestaciones o contraprestaciones a cambio de obtener ciertas cosas. En muchos casos podría ser algo válido, pero los riesgos que ello implica son grandes. En el proyecto original podían hacerlo los Serviu y estaba orientado a obras mayores; pero el Senado lo hizo aplicable a obras menores. Por lo tanto, en un conjunto de situaciones puede ocurrir que la comunidad termine siendo seriamente perjudicada. Por ejemplo, un colegio sé cual es y podría mencionarlo puede decidir licitar e invertir en la multicancha o en el complejo deportivo que está al lado. Entonces, a cambio de eso, aparte de usarlo, puede cobrarles a los que viven alrededor. Aparentemente, suena muy interesante que la multicancha tenga mejor equipamiento y preste servicios a la comunidad. El colegio se va a quedar con la cancha y cobrará por su uso para los efectos de recuperar su inversión; pero la comunidad quedará limitada para acceder a ella, debido a que deberá pagar más de lo que está en condiciones de hacer. Y esto se va repetir en muchos barrios.
En consideración a que estamos ante una lógica global que se relaciona con equipamiento y bienes urbanos, esto también se podría extender al manejo de los consultorios. El día de mañana un grupo de médicos de determinado sector podría decidir mejorar el equipamiento de dicho consultorio, y harían una propuesta. Entonces, deben participar en una licitación pública y ganarla. De manera que esto puede aplicarse a muchas otras cosas.
Por lo tanto, lo que era bueno para los Serviu, al extenderlo a las municipalidades se entra a un conjunto de complejidades nuevas que el proyecto no aborda en detalle, ni regula de manera que no genere desproporciones; tampoco lo acota ni lo restringe para que no genere restricciones mayores.
Cuando se habla de planes de desarrollo comunal, todos sabemos en qué consisten y que son muy genéricos. Por ejemplo, tengo mucho temor por una norma que hace mucho tiempo incluimos en otra ley y que permite a los municipios desafectar y modificar el destino de los terrenos que los urbanizadores entregan a la municipalidad. ¿Qué está ocurriendo en estos momentos? Que los alcaldes, con un criterio de muy corto plazo, acuerdan cambiar el destino de esos terrenos y se los venden al urbanizador para que construya más casas. Sin duda, el urbanizador hace la cesión, sabiendo que se lo venderán de nuevo. He sabido que, en algunos casos, se transa antes de que esté construida la población, por lo que su valor es mucho más bajo que el que tendría si ya estuviera construida.
De manera que, en aras del bien común, es necesario asumir las implicancias que pueden tener las micro, pequeñas, medianas y grandes decisiones que provengan de la diversidad de criterios de los alcaldes. En ese sentido, si miráramos hacia atrás y viéramos cuántos años se demoró la ciudad de Santiago en transformar el cerro Santa Lucía en lo que es hoy día, cuánto se demoró en construir el Parque Forestal y el cerro San Cristóbal , con todo lo que hoy puede ofrecer a la ciudadanía, comprobaríamos que existía un criterio de ciudad, de beneficio público y una visión de largo plazo.
Los alcaldes no deben actuar con una lógica de corto plazo que sólo tenga que ver con su período. Lo que ocurrió en la comuna de Santiago cuando el alcalde Lavín decidió vender el agua porque necesitaba plata para hacer obras durante su período, demuestra algo tremendamente peligroso: la lógica de corto plazo de una autoridad en beneficio personal sin pensar en la ciudad ni en la comuna.
Cuando legislemos sobre una multiplicidad de decisiones municipales, debemos incorporar cuestiones más específicas. Entre otras cosas, me parece que a nivel municipal, para cualquier decisión superior a las 500 UTM, el acuerdo debe ser adoptado, como mínimo, por dos tercios del concejo, y no por la simple mayoría, como establece el artículo 65. Eso puede ser válido para inversiones menores, que signifiquen operaciones inferiores a las 500 UTM, por ejemplo. En fin, hay que establecer un conjunto de restricciones.
En realidad, no me convence mucho este enfoque global del Ministerio de Vivienda, porque si vemos el debate que hay en América Latina, en Estados Unidos y en Europa, nos daremos cuenta de que va por otro lado: la generación de un sistema que capte plusvalías, a fin de compartirlas entre el inversionista y lo público; que no queden sólo para el inversionista. Muchas plusvalías derivadas de una inversión pública por ejemplo, el Metro, quedan para la inmobiliaria, el inversionista o el propietario, y el Estado no es capaz de captar nada a cambio. Si miramos la legislación norteamericana, veremos que eso no ocurre. Allí gran parte de las obras urbanas se financian sobre la base de compartir ese beneficio; en algunos casos, cincuenta y cincuenta; en otros, setenta y treinta. Hay distintos criterios.
Colombia está aplicando el mismo sistema; incluso, está establecido en su Constitución Política. A partir de una inversión pública que beneficia a ciertos privados, éstos deben entregar una parte de ese beneficio para inversión urbana. Este sistema también se aplica en Brasil; pero allí está consignado en las leyes urbanas. Ésa es la tendencia de todos los enfoques modernos: la solidaridad urbana, la solidaridad territorial, establecida en las nuevas leyes de urbanismo francesas, y la manera en que se está haciendo la nueva intervención urbana, en el caso inglés.
Considero necesario asumir también este enfoque. Creo que no hay ningún país que subsidie a los constructores de casas, como ocurre en Chile. ¿En qué país sucede eso? El año pasado se les regalaron 84 mil millones de pesos a los inversionistas de la construcción, y se les devolvió el 65 por ciento del IVA, incluso por los grandes edificios de lujo. ¿Por qué? Porque se piensa que con eso se estimula la construcción. Esos mismos 84 mil millones de pesos podrían haberse destinado a la demanda, a las personas que están optando a una vivienda. Sin embargo, se hizo por el otro lado, y eso genera distorsiones en el mercado.
Además, cuando a través de los municipios estamos multiplicando decisiones, debemos asegurar que ellas respondan a una lógica general de ciudad y de comuna. Esto también es válido para los Serviu, y, tal como están planteadas, las definiciones pueden ser de buen criterio, o a la inversa. Por eso, hay que estudiarlo.
Por último, no me convence mucho la idea de dejar sujeta a la buena voluntad, la posibilidad de captar recursos en las comunas más ricas o que atienden a segmentos de la población con mayores ingresos, porque los privados se interesarán en invertir allí, debido a que podrán cobrar por entrar a una plaza. Perdónenme, señores diputados; digo esto porque la Escuela de Economía de la Universidad Católica, en un seminario de la Cámara, planteó que debía cobrarse por entrar a las plazas y que éstas debían tener una administración privada. Acepto ese enfoque; pero creo que es complicado cuando lo público se va transformando en algo no tan público, puesto que es medido por la capacidad de comprar el uso de lo público.
Lo que quiero decir con esto es que si en los sectores de más altos ingresos va a ocurrir lo que señalaba el diputado Hales , ¿cómo aseguramos que parte de esos beneficios vayan a otros sectores? ¿Se creará algún fondo de compensación que permita establecer que en otros sectores se hará una inversión de otra naturaleza?
Considero necesario efectuar una segunda discusión sobre estas materias. No podemos aprobarlas y permitir que se conviertan en ley sin hacer una discusión que considere más escenarios y posibilidades.
Por eso, he presentado un conjunto de indicaciones, con el propósito fundamental de asegurar que la iniciativa vaya a segunda discusión y de que en ella asumamos a cabalidad lo que implica incorporar a los municipios. No es lo mismo los Serviu, con decisiones de macrociudad, que los municipios, con decisiones micro. Muchas de estas decisiones pueden ser muy potentes; pero otras pueden ser muy contradictorias con el rol fundamental de los municipios, que es administrar las comunas en beneficio de todos y, por lo tanto, construir los espacios públicos y los equipamientos comunitarios, a fin de que quienes viven en ellas compartan, convivan y sean parte de una misma realidad, y no se vayan segmentando y segregando según su poder de compra e ingresos, dejando de lado la definición fundamental de ciudad: el lugar donde se conversa entre gente distinta y diversa.
La materia amerita un segundo debate, y por eso he presentado las indicaciones ya mencionadas.
He dicho.
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado José Antonio Galilea .
El señor GALILEA (don José Antonio).-
Señora Presidenta, mi intervención será muy breve y está motivada por la del colega Carlos Montes .
Empiezo manifestando que celebro que en el trámite legislativo del proyecto se haya tomado la determinación, por lo demás, mayoritaria, de incorporar a las municipalidades en el sistema de financiamiento urbano compartido. Considero que es un paso modesto, pero importante en la dirección de apoyar el proceso de descentralización en Chile. Me habría parecido inexplicable haber excluido a los municipios de la posibilidad de hacer uso de este sistema, que puede llevar importantes inversiones a las comunas. Además, de alguna manera en este proyecto gracias a la modificaciones introducidas por el Senado, en cuanto a incorporar a los municipios al sistema de financiamiento urbano compartido hay una manifestación real de creer en las comunas, en los gobiernos locales y en el criterio y buen juicio de sus autoridades.
Ahora, que los sistemas de esta naturaleza tienen riesgos, por cierto que los tienen. Cualquier sistema novedoso como éste, por lo menos en el ámbito de los espacios urbanos, trae consigo riesgos, y en la medida en que las decisiones se acerquen al nivel local, naturalmente esos riesgos pueden aumentar. En definitiva, es necesario ir avanzando en el otorgamiento de mayores facultades a las autoridades comunales, aunque ello implique riesgos. Creo que hay que quedarse con el avance del proceso de descentralización y elevar el grado de toma de decisiones a nivel regional y comunal, aun asumiendo los riesgos del caso, porque, al final del día, si no se asumen, el proceso de descentralización quedará estancado. Es muy valioso que esta idea se haya incorporado durante el trámite legislativo de la iniciativa y que, para los efectos de su concreción, haya sido acogida por el Ministerio de Vivienda.
Por otro lado, básicamente por un problema de rentabilidad, no hay que hacerse demasiadas expectativas respecto de los beneficios que traerá a las comunas pequeñas este sistema de financiamiento urbano compartido. No puede escapar a nadie el hecho de que, con seguridad, las inversiones más importantes tenderán a localizarse en las grandes ciudades o comunas, donde existen mayores probabilidades de que el sistema genere rentabilidad a los inversionistas que deseen incorporarse a él. Pero, al igual que el sistema de concesiones de carreteras y de obras públicas, en general, a la larga esto beneficia directamente a las comunas más pequeñas, porque libera recursos del nivel central hacia éstas, que es lo que se quiere resguardar.
Tal vez un inversionista no tenga mucho interés en llegar a un acuerdo con el municipio de alguna pequeña comuna, por ejemplo, de la Novena o Décima regiones, a fin de hacer uso de la idea matriz contenida en este proyecto. Es probable que eso no ocurra; pero si llega a suceder en la capital de la región, es decir, en Temuco o Puerto Montt para los ejemplos que he dado, sin duda permitirá liberar recursos al Ministerio de Vivienda, a fin de llevar a cabo obras de adelanto urbano en las comunas pequeñas.
Comparo esto con lo que está haciendo el Ministerio de Obras Públicas porque, en la práctica, es lo que ha ocurrido. ¿Por qué hoy todo el mundo celebra que los caminos secundarios de nuestras regiones estén en muy buen estado? Porque el Estado dejó de invertir gigantescas sumas de dinero en la Ruta 5 Sur o en los caminos más importantes, lo que ha permitido a dicho ministerio destinar más recursos a mejorar la red vial secundaria de las regiones.
Si podemos trasladar una parte del efecto que se ha producido en el caso de las concesiones de Obras Públicas a las pequeñas comunas, habremos hecho una importante contribución al incorporar al Serviu y a las municipalidades, por las enormes expectativas de generar obras reales de mejoramiento urbano en los sectores más pobres, en los cuales, probablemente, no habrá en un principio interés en invertir.
Me quiero quedar con este elemento del proyecto, porque, a ratos, en la muy interesante y profunda discusión que tuvimos en la Comisión de Vivienda, existía un poco la idea de que no había confianza en los municipios ni en el principio de la descentralización para incorporarlos. Me alegro mucho de que, finalmente, haya prevalecido ese criterio.
No me habría parecido correcto que de una muy buena iniciativa, por la cual felicito al ministro de Vivienda, señor Ravinet , no hubiéramos sacado provecho en favor de los municipios. Me habría parecido una grave falencia.
Renovación Nacional va a votar favorablemente el proyecto, por considerarlo importante y de gran utilidad.
He dicho.
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Presidenta).-
Tiene la palabra el señor ministro.
El señor RAVINET (ministro de Vivienda y Urbanismo).-
Señora Presidenta, por su intermedio, quiero partir agradeciendo la exposición del diputado informante, extraordinariamente completa, como asimismo las palabras de la diputada Lily Pérez y del diputado José Antonio Galilea , quienes participaron activamente en la Comisión junto al resto de sus integrantes, en un proyecto que, debo confesarlo, ha sido bastante mejorado en su redacción, en sus mecanismos de control y en su transparencia y eficacia.
Agradezco el estupendo trabajo realizado, porque un texto, aprobado unánimemente por la Comisión de Vivienda y Urbanismo del Senado y, posteriormente, por la Sala, esto es, tanto por los senadores designados como por los de los distintos colores políticos, con la revisión jurídica que eso implica, fue de tal manera bien analizado en el seno de la Comisión de Vivienda y Urbanismo de la Cámara, que muchas de sus disposiciones pudieron ser aclaradas, en especial las que aseguran la transparencia de los mecanismos de asignación de los contratos.
Agradezco reitero a los integrantes de esa Comisión y muy particularmente al equipo de su secretaría técnica.
Confieso estar muy sorprendido por algunos de los juicios que aquí se han dado. Siguiendo la teoría de que los bienes públicos no deben ser transados al sector privado, deberíamos proponer la derogación de la ley de concesiones del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, que tan buenos rendimientos y efectos ha generado. Sólo una mentalidad muy retardataria, propia de los años 50, podría pensar en volver a la idea de que el Estado construye y fiscaliza todo.
La ley de concesiones ha tenido un efecto notable. Ha permitido multiplicar por cuatro las dobles vías de las carreteras, y por seis, los caminos pavimentados; además, mejorar puertos, aeropuertos, y hoy, mejorar las cárceles. ¿Por qué impedir beneficios similares para las ciudades?
El diputado José Antonio Galilea fue clarísimo al señalar que gracias a que el Estado ha podido ahorrar dineros que antes destinaba a las autopistas, hoy puede destinar recursos a mejorar notablemente la pavimentación de caminos secundarios. Eso es lo que está en la filosofía del proyecto; eso es lo que quisiéramos ver aprobado.
En verdad, respetando la unanimidad de los integrantes de la Comisión de Vivienda, quisiera que la Cámara se pronunciara con rapidez sobre la materia, de modo que el proyecto entrara así al tercer trámite constitucional para que, ojalá, se convirtiera en ley de la República al inicio de 2003, con el fin de permitir que los Serviu y los municipios puedan acogerse a sus beneficios.
Se ha citado con profusión un popurrí de leyes internacionales de Estados Unidos, Francia, España sin indicar en qué consisten. En verdad, los ejemplos concretos que se han puesto no son necesariamente los más eficientes en América Latina. Por eso y sin perjuicio de debatir la materia, creo importante que la Cámara se pronuncie sobre ella.
Se ha especulado sobre la iniciativa, interpretando en forma confusa su espíritu; se ha dicho que el proyecto estaría sólo orientado a grandes obras y no a obras chicas. Como autor, puedo decir que da para obras grandes y obras chicas, salvo que se interprete en forma “genial” por algunos integrantes de esta Corporación.
El proyecto está dirigido a grandes parques urbanos, pero también a municipios, como el de Pichilemu, que quiere mejorar su costanera a través de unos cuantos casinos entregados en concesión, o a comunas muy pequeñas que, al concesionar el stand de una plaza o la ribera de un río, pueden generar recursos para mejorar el déficit urbano en materia de equipamiento.
El proyecto apunta a lo grande y a lo pequeño. Por eso el Ejecutivo acogió la petición unánime de la Comisión de Vivienda del Senado para incorporar a los municipios, y no, como superficialmente se ha afirmado, para que aquéllos tengan más poder. Eso significa desconocer la ley municipal.
Hoy, los municipios pueden concesionar el colegio aludido por un señor diputado; pueden cobrar por entrar a las plazas, pero el tema no es ése. Si se tiene desconfianza, plantéese modificar la ley orgánica de Municipalidades.
El proyecto busca lo opuesto a lo mencionado en la Sala. Por un lado, establece, en primer lugar, la condición esencial de que la licitación sea pública, y mejora la transparencia y los procedimientos, y, en segundo lugar, la capacidad de prenda sobre la concesión y los flujos del contrato, de manera de hacerla más sólida, más transparente y más estable.
Afirmo que no se está concediendo una facultad más a los municipios cuánto quisiera que se les diera muchas más, sino que simplemente se está reglamentando de mejor manera el otorgamiento de concesiones que autoriza su ley orgánica.
Me preocupa este ánimo de desconfianza en relación con los municipios, como si los integrantes de la Cámara o de los ministerios fuéramos más capaces y probos que los del sistema municipal. La República de Chile, en su democracia, se va a construir en la medida en que se descentralice, en la medida en que se acerquen las decisiones a la gente, en la medida en que haya confianza, transparencia, fiscalización y probidad. No creo que por dejar las cosas a nivel central
Congreso o Presidente de la República, necesariamente la eficiencia sea mejor.
Los tiempos modernos apuntan a la descentralización y no a la concentración que defiende un pequeño grupo de “iluminados” que creen tener la verdad y dar cátedra sobre lo que debe hacerse a lo largo del país.
En mi opinión, el proyecto constituye un esfuerzo por captar recursos privados, en la misma línea en que lo hace la ley de concesiones del Ministerio de Obras Públicas. Incorporar inversión privada en las ciudades no significa capacidad de privatizar colegios, plazas o consultorios, porque eso lo pueden hacer hoy los municipios, como se ha reconocido en la Cámara, pero ése no es el tema en discusión. Queremos que los municipios tengan un mecanismo de licitación pública más transparente en la asignación de las concesiones. En ese sentido, el proyecto, lejos de empeorarla, mejora la gestión municipal.
En consecuencia, solicito a la honorable Cámara que lo apruebe para que la futura ley pueda aplicarse en 2003.
He dicho.
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado señor González .
El señor GONZÁLEZ (don Rodrigo).-
Señora Presidenta, el proyecto establece instrumentos muy importantes para el desarrollo urbano, mediante la incorporación del esfuerzo mancomunado de los sectores público y privado. Sin embargo, no contempla la incorporación del financiamiento privado de acuerdo con sus propias leyes y a su arbitrio, sino a través de una alianza entre ambos sectores para desarrollar las ciudades, en la cual el sector privado procurará velar por sus propios objetivos y el sector público tratará de cautelar los intereses generales que representa.
En ese contexto, es pertinente y acertado haber incorporado a los municipios en el proyecto, pues se encuentran en una gran desventaja en la aplicación de los sistemas de concesiones.
Las concesiones del Ministerio de Obras Públicas cuentan con una serie de normas, facilidades y procedimientos que no se aplican a las concesiones municipales, las que en la actualidad no se hallan suficientemente reguladas. Las municipalidades tienen más dificultades para concesionar que el Ministerio de Obras Públicas, por lo que ojalá el sistema que tiene dicha cartera para concesionar también pueda aplicarse a los municipios, habida cuenta de una aplicación constructiva y creativa.
Por lo tanto, las indicaciones que se presenten deberían apuntar a establecer las facilidades y posibilidades de garantías y de articulación con el sector privado que se otorgan al sistema de concesiones del Ministerio de Obras Públicas, las cuales le han permitido ejecutar sus obras.
Por otro lado, es importante tener en cuenta que existe una gran superposición de facultades entre los organismos nacionales, regionales y municipales, las cuales se entrecruzan de tal modo que muchas veces los municipios se ven afectados por decisiones de nivel nacional y regional que, la mayor de las veces, no son las más acertadas para las comunas. En consecuencia, lo mismo que se dice en cuanto al peligro o al riesgo de que una decisión de carácter municipal pudiera afectar el interés público, debiera señalarse en cuanto a las decisiones y a la intervención de los niveles centrales. A veces, es muy peligroso que el nivel central tome decisiones o intervenga a nivel de los municipios sin contemplar la debida participación del nivel comunal. De hecho, se han cometido muchos errores históricos en las ciudades por no haber contemplado la participación municipal.
De esta manera, la necesaria articulación entre los distintos niveles del Estado, así como la entrega de facilidades a las municipalidades para que puedan concesionar, en el marco de entregar cada vez más facultades descentralizadas a los organismos que tienen que decidir en relación con la vida comunal, deberían formar parte de la lógica y de la línea de orientación de las ideas matrices de los proyectos que aprueba la Cámara de Diputados. En ese sentido, en la actualidad una verdadera línea de descentralización debiera entregar cada vez más facultades a los municipios para que decidan sobre las materias que son de su competencia.
Al respecto, no deberíamos temer que esas facultades vayan a ser mal utilizadas. Pero si tenemos ese temor, la solución no está en no entregárselas a las municipalidades, sino en fortalecerlas, en capacitar más a su personal y en dotarlas de más recursos para la participación de la comunidad.
En ese sentido, creo que la iniciativa podría incorporar mecanismos de participación comunal similares a los de los proyectos medioambientales. Es decir, habría que establecer mecanismos de comunicación para que cada vez que se presen ten proyectos de financiamiento compartido, la comunidad entregue sus observaciones y aportes para el desarrollo de los mismos.
Por lo tanto, me inscribo plenamente en la línea de argumentación dada a conocer tanto por el ministro de Vivienda y Bienes Nacionales como por el diputado señor José Antonio Galilea , en el sentido de que, para resguardar el interés público en las facultades que entrega el proyecto a los municipios, habría que fortalecer, sobre todo, sus mecanismos de participación y su institucionalidad. No debemos tener desconfianza respecto de las municipalidades, porque si existen planes de desarrollo comunal y estrategias de desarrollo regional adecuados, no tenemos que pensar, a priori, que los municipios, en forma persistente, vayan a equivocar sus decisiones.
En consecuencia, debemos aprobar el proyecto en los términos presentados por el Ejecutivo, a fin de fortalecer las posibilidades de la alianza públicoprivada para el desarrollo de las ciudades, en el entendido de que el sector público tendrá que cumplir con sus funciones, y el sector privado, con las suyas.
He dicho.
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Presidenta).-
Tiene la palabra la diputada señora Caraball .
La señora CARABALL (doña Eliana).-
Señora Presidenta, en primer lugar, quiero reconocer que el trabajo efectuado por la Comisión en relación con el proyecto, contó con la permanente asesoría y compresión de los funcionarios del Ministerio de Vivienda y Bienes Nacionales, quienes colaboraron en el esclarecimiento de los problemas y en la proposición de soluciones que realmente ayudaran a mejorar la iniciativa.
Tal como lo señaló el diputado informante, el proyecto busca obtener financiamiento privado para obras de construcción en aquellos sectores de la ciudad que, de otra manera, continuarían abandonados o formando parte de las denominadas áreas grises.
Dicho financiamiento privado tiene algunas condicionantes, aspecto del cual da cuenta la iniciativa. Como se trata de áreas urbanas, no podríamos pensar en el cobro de peajes, como sucede con las concesiones de las vías intercomunales o interprovinciales. Por lo tanto, hablamos de contraprestaciones, mediante la entrega de servicios, de terrenos, de posibilidades de implementar obras y otras facilidades que se darían a la empresa privada a cambio de su inversión.
Por otra parte, se establece que los proyectos deben estar dentro de los planes y programas de los Serviu y que las municipalidades tendrán que actuar de conformidad con sus planes de desarrollo comunal. Ésa fue una indicación presentada en la Comisión, respecto de la cual particularmente insistí, porque hay muchos municipios que hoy todavía no cuentan con planes de desarrollo comunal.
Como en ocasiones es difícil establecer prioridades en cuanto a inversiones y, por lo tanto, también hacer atractivos aquellos lugares que queremos ofrecer para ser financiados por el sector privado, nos pareció muy atingente establecer que los municipios actúen dentro de sus planes de desarrollo comunal. Si bien ello parece obvio, no lo es tanto, desde el momento en que hay muchas municipalidades que aún no cuentan con ellos.
No voy a entrar en mayores detalles, porque tanto el ministro de Vivienda y Bienes Nacionales como los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra se refirieron al proyecto, pero quiero decir que hubo algunas aprensiones por parte del sector privado, como, por ejemplo, que la firma, en el caso de los Serviu, fuera sólo del director del Serviu; y en el caso de los municipios, sólo del alcalde.
A sus representantes les parece mejor y más fácil para obtener financiamiento si las firmas corresponden a las de los ministros de Vivienda y de Hacienda, como lo establece la ley de concesiones, dados los cuantiosos montos que se comprometerán en los proyectos urbanos que se van a financiar con este sistema compartido.
Parece exagerado que todos los contratos sean firmados por los ministros, en circunstancias de que lo que se busca, como se señaló, es la descentralización y que cada región pueda disponer con independencia de los terrenos o proyectos que quiera llevar adelante. Lo mismo sucede con los municipios.
Durante la discusión del proyecto, se concordó en la necesidad de mejorar los sistemas de control, tanto municipales como de los Serviu, no sólo respecto de las licitaciones que se declaren desiertas y se presten a malas interpretaciones, por decir lo menos, sino también de las asignaciones. Y como se trata de buscar transparencia, se suprimió el artículo 5º introducido por el Senado, que permitía la posibilidad de declarar desierto un concurso o una licitación y, después, asignar el proyecto a un tercero. Eso generaba desconfianza respecto del sistema, puesto que operó en otros casos. Por desgracia, nunca se puede dejar absolutamente establecida la transparencia. Por lo tanto, se prefirió señalar que si la licitación resultaba desierta, se podría llamar a otra, con todos los antecedentes, de manera que se respete el derecho de los postulantes de participar.
El proyecto llevará progreso a las ciudades porque permitirá al Ministerio de Vivienda y Bienes Nacionales invertir en los sectores más pobres y que más necesitan. Los lugares más acomodados o con mejores condiciones socioeconómicas serán más atractivos para las empresas privadas. Por lo tanto, se utilizarán mejor los recursos públicos.
Muchas gracias.
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado señor Esteban Valenzuela .
El señor VALENZUELA.-
Señora Presidenta, la discusión me recuerda la maravillosa frase del urbanista inglés Kevin Lynch , quien decía que “lo importante en la ciudad y en los pueblos es que, aunque no estén construidos la plaza, los paseos peatonales y los equipamientos comunitarios, el espacio exista”. Y el proyecto, con mucha fuerza por eso hay que apoyarlo con gran entusiasmo, entrega un instrumento de gestión concreta a los municipios, a los Serviu, a las instancias regionales.
Como le conté al diputado Delmastro , estuve de visita en Valdivia y troté por su costanera, que es muy corta. Va de puente a puente.
Cuando fui alcalde de Rancagua, mantuve difíciles diálogos con la Contraloría, a propósito del intento de llevar a cabo un proceso el diputado señor Barros lo conoció de renovación urbana por la vía de las concesiones, a pesar de las dificultades. Muchas veces faltó coordinación entre el municipio y el Serviu. Otras, surgieron voces en el sentido de que eso podría prestarse para negocios privados.
Se remodeló replicando lo que el proyecto de ley pretende un segmento de la alameda de Rancagua. El sector privado invirtió el equivalente al 15 por ciento. Le resultó un mal negocio. Pero se hizo una obra de remodelación importante en la ciudad y no se distrajeron los recursos del pavimento participativo ni del combate a la pobreza.
Lo ha dicho bien el ministro: hay que desatar las energías de nuestro país sin temores, y este instrumento lo hace; no hay que llenarlo de centralización. Lo digo por las aprensiones de un señor diputado.
Chile es un país que no permite a los municipios endeudarse ni emitir bonos; que no permite que los gobiernos regionales puedan constituir empresas mixtas ni ser parte de universidades. Estamos llenos de limitaciones.
El proyecto significará un instrumento de gestión territorial moderno. Es, además, creativo, porque en período de baja en los recursos, con un acuerdo político que se va a prolongar hasta el año 2005, recién se lograrán nuevos ingresos para los municipios.
Por otra parte, si la ley entrara en vigencia a comienzos de 2003, muchos municipios podrían realizar gestiones para atraer recursos del sector privado y así lograr el bien común.
El profesor de urbanismo señor Lisandro Silva decía: “Hay una clave en la gestión pública: lograr negocios privados con virtudes públicas”. Esto abre una posibilidad de asociación o alianza de enorme relevancia. Por lo tanto, llamo a dejar de lado las aprensiones y a votar por unanimidad a favor del proyecto.
Termino señalando que Chile no tiene los instrumentos legales que existen en otros países, como los impuestos de planificación e impacto urbano de mejoramiento de un área. Asimismo, hay un municipio del barrio alto cuestionado por negociaciones previas con una inmobiliaria. A veces, ello se debe a la falta de instrumentos más transparentes que permitan ocupar espacios públicos para bienes de uso común. Esto ayuda a transparentar.
Por eso, vamos a apoyar, con mucho entusiasmo, el proyecto de ley.
He dicho.
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Presidenta).-
Cerrado el debate en general.
La votación se efectuará al término del Orden del Día.
Posteriormente, la Sala se pronunció sobre este asunto en los siguientes términos:
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Presidenta).-
Corresponde votar, en general, el proyecto de ley sobre financiamiento urbano compartido.
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 81 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Presidenta).-
Aprobado en general el proyecto.
Se deja constancia de que se reunió el quórum constitucional requerido de 67 votos.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Alvarado , Álvarez-Salamanca , Álvarez , Araya , Ascencio , Barros, Bauer , Bayo , Becker , Bertolino , Burgos , Caraball ( doña Eliana) , Ceroni , Cornejo , Correa, Cubillos ( doña Marcela) , Delmastro , Díaz , Errázuriz , Escobar , Espinoza , Forni , García (don René Manuel) , García-Huidobro , González (doña Rosa) , Guzmán (doña Pía), Hales , Hernández , Ibáñez (don Gonzalo) , Jaramillo , Jarpa , Kast , Kuschel, Leal , Leay , Letelier (don Juan Pablo) , Letelier (don Felipe) , Longton , Lorenzini , Luksic , Martínez , Masferrer , Mella ( doña María Eugenia) , Meza , Molina , Monckeberg , Moreira , Muñoz ( doña Adriana) , Norambuena , Ojeda , Olivares , Palma, Paredes, Pérez (don José) , Pérez (don Aníbal) , Pérez (don Ramón) , Pérez ( doña Lily) , Pérez (don Víctor) , Prieto , Quintana , Rebolledo , Recondo , Riveros , Robles , Rojas, Saa (doña María Antonieta) , Saffirio , Salaberry , Salas , Sánchez , Sepúlveda ( doña Alejandra) , Soto (doña Laura) , Tapia , Tarud , Ulloa , Urrutia , Valenzuela , Venegas , Vidal ( doña Ximena) , Vilches y Villouta.
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Presidenta).-
Como el proyecto ha sido objeto de indicaciones, debe volver a la Comisión correspondiente.El proyecto fue objeto de las siguientes indicaciones:
Todas las indicaciones que se transcriben a continuación tienen por autor al diputado señor Montes
Al artículo 1º
1. Para eliminar la referencia a las municipalidades en sus tres incisos.
Al artículo 2º
2. Para eliminar la inclusión de las municipalidades en sus incisos primero y segundo.
3. Para reemplazar, en su inciso segundo, la frase: “el Alcalde correspondiente deberá contar con el acuerdo del Concejo” por “el Alcalde correspondiente deberá contar con el acuerdo de 2/3 del Concejo cuando la operación sea superior a 500 Unidades Tributarias Mensuales y con sujeción a lo etablecido en el artículo 65 de la ley Nº 18.695 para las operaciones de menos de 500 Unidades Tributarias Mensuales.”.
Al artículo 3º
4. Para eliminar, en su inciso tercero, la referencia a la Municipalidad.
Al artículo 5º
5. Para eliminar, en sus incisos primero y tercero, la referencia a las Municipalidades.
Al artículo 7º
6. Para eliminar, en su inciso final, la referencia a la Municipalidad.
Al artículo 10
7. Para eliminar en su inciso primero y en la letra i) de su inciso segundo, la referencia a la Municipalidad.
Al artículo 11
8. Para eliminar la referencia a la Municipalidad.
Al artículo 12.
9. Para eliminar la referencia al Alcalde.
Al artículo 13.
10. Para eliminar, en su letra c) de su inciso segundo y en el inciso final, las referencias a la Municipalidad.
Al artículo 15
11. Para eliminar las referencias al Alcalde y a la Municipalidad.
12. Para eliminar las referencias al Alcalde y a la municipalidad en el resto del articulado del proyecto.
"
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2600
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4095
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/965
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1667
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4398
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2840
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1938
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2231
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2949
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4281
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/276
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2516
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/desarrollo-urbano
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnses:SeccionProyectoDeLey