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Modifica el estatuto del personal de la Cámara de Diputados con el propósito de aumentar la dotación del personal a contrata. (boletín Nº 3116-16)
“Honorable Cámara:
La enmienda propuesta busca ampliar la capacidad de contratar personal que cumple funciones permanentes en la Corporación. En efecto, el límite del 30% fijado a la planta de contrata resultó insuficiente para comprender al total del personal existente laborando en cargos permanentes, atendido que se han creado nuevos departamentos como es el Canal de Televisión, se les ha asignado nuevas funciones a otros escalafones como en el caso del personal de Servicio y se ha ampliado el funcionamiento del Palacio Ariztía, cargos que ocupan profesionales, técnicos y administrativos que han permanecido por largo tiempo prestando sus funciones a honorarios.
Se quiere, en definitiva, solucionar el problema previsional y de salud que les provoca a estos servidores su condición de empleados a honorarios y su cambio de condición jurídica no importa un costo significativo para la Corporación.
La modificación planteada apunta a elevar al 40% el límite máximo de personal permitido a contrata con lo cual se satisfacen las necesidades existentes de personal. En concreto, se sustituye en el segundo párrafo de la letra B) del artículo 6º, del Estatuto del Personal, el guarismo “30” por “40”.
En mérito de lo anterior, propongo el siguiente proyecto de modificación del Estatuto del Personal de la Cámara de Diputados:
PROYECTO DE ACUERDO
“Artículo único. Sustitúyese el segundo párrafo de la letra B) del artículo 6º, del Estatuto del Personal de la Cámara de Diputados, el guarismo “30” por “40”.
"