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La señora MUÑOZ, doña Adriana (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado señor Alejandro Navarro para hablar a favor del proyecto.
El señor NAVARRO.-
Señora Presidenta, con los parlamentarios firmantes, hemos presentado este proyecto de acuerdo a fin de hacer un análisis profundo y detenido de la situación de las empresas sanitarias, sobre la base de los propios informes de la Superintendencia de Servicios Sanitarios.
En el caso de la Empresa de Servicios Sanitarios de Aisén, Emssa S.A., la Superintendencia aplicó una multa de 10 unidades tributarias anuales, equivalentes a 3,5 millones de pesos, debido a que 108 clientes recibieron, durante seis meses del año 2001, boletas por consumos que triplicaban sus promedios normales, lo que constituye una franca irregularidad.
Del mismo modo, a fines de agosto pasado, la Superintendencia aplicó una multa de 20 unidades tributarias anuales, equivalentes a 6,9 millones de pesos, a la Empresa de Servicios Sanitarios del Biobío, Essbío , luego de detectar un incumplimiento grave en el tratamiento de aguas servidas, ya que verificó que de ocho muestras analizadas, tres presentaron más de mil coliformes fecales por cien mililitros, lo que transgrede lo dispuesto en el decreto supremo Nº 90, de la Secretaría General de la Presidencia.
Asimismo, en agosto de 2002, la Superintendencia aplicó una multa de 70 unidades tributarias anuales, equivalente a 23,9 millones de pesos, a la Empresa de Servicios Sanitarios del Libertador, Essel S.A., pues constató que veintiuna de cincuenta muestras analizadas, es decir, casi el 50 por ciento, presentaban más de mil coliformes fecales por cien mililitros, lo que transgrede lo dispuesto en la norma de emisión Nº 90.
La Superintendencia de Servicios Sanitarios ha actuado con eficacia y ha cautelado la calidad ambiental. No obstante, existen diversas situaciones de incumplimiento de la normativa por las diferentes compañías de agua potable y de tratamiento de aguas servidas en las diversas regiones. Es así como la Empresa de Servicios Sanitarios del Maule S.A., Essam , de la Séptima Región, ha demorado excesivamente la tramitación de ampliaciones de sus áreas de concesión con el objeto de establecer un costo adicional al del consumo de los pobladores que están fuera de su área de concesión.
Por su parte, la empresa Aguas Nuevo Sur ha expresado a los 1.500 habitantes del sector de Colín, comuna de Maule, provincia de Talca, que la construcción de una planta de tratamiento de aguas servidas en dicho sector no causará problemas. Increíblemente, la Corema de la Séptima Región sólo se ha remitido a decir que “aún no sabe lo dañina que puede ser la instalación de esta planta”.
El documento “Guía para la elaboración y revisión de declaraciones de impacto ambiental para plantas de tratamiento de aguas servidas domésticas”, disponible en la oficina de la Conama y que, incluso, puede ser descargado desde su página web, entrega antecedentes para acreditar y justificar que el proyecto para la instalación de una planta de tratamiento de aguas servidas no requiere presentar un estudio de impacto ambiental, pese a que, por definición, los lodos producto del proceso son residuos industriales.
Esto es de suma gravedad, porque vamos a tratar aguas servidas para lograr la limpieza de las mismas, lo que es muy bueno; pero el resultado de este proceso son lodos industriales, con alto contenido de microorganismos y de metales pesados, que deben ser llevados a un relleno sanitario adecuado. Además, todos los estudios internacionales que hemos consultado señalan que el tratamiento de esos lodos debe hacerse bajo una estricta supervisión sanitaria por su composición biológica. En Alemania se ha dejado de lado la utilización de esos lodos en la fertilización de la tierra, debido a su saturación con fósforo y nitrógeno.
Señor Presidente, a estas situaciones se suman las denuncias presentadas permanentemente a lo largo de todo el país, a través de la Superintendencia, por cobros por tratamiento de aguas servidas, en circunstancias de que no existen dichas plantas en las comunas, en las provincias y ni siquiera en las regiones de los lugares donde se realizan tales cobros.
Del mismo modo, las denuncias por cobros abusivos por metro cúbico de agua consumida, que permanentemente se formulan a la Superintendencia, demuestran que esto se ha convertido en una práctica habitual de las empresas sanitarias.
Por lo tanto, considero conveniente porque éste es un reclamo que los señores diputados deben de haber recogido en cada una de las comunas y distritos que representan que se mandate a la Comisión de Obras Públicas para que, en un plazo de 60 días, conozca de la aplicación de la legalidad, a través de la Superintendencia, a las empresas sanitarias, así como del resultado de las multas aplicadas por el cobro irregular de tarifas y del mecanismo de evaluación de impacto ambiental para la construcción de estas plantas, lo que se está realizando a lo largo del país.
Señor Presidente, la preocupación permanente de los vecinos de todo el país en relación con esta materia requiere de una respuesta de la Cámara de Diputados, porque no puede quedar sin fiscalización la labor que está realizando la Superintendencia de Servicios Sanitarios, lo que se puede lograr mediante el informe que debería elaborar la Comisión, el que posteriormente sería conocido por esta Sala.
He dicho.
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