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- rdf:value = " SUSTITUCIÓN DE LA LEGISLACIÓN SOBRE SEGURIDAD PRIVADA.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Corresponde tratar los proyectos de acuerdo.
Se va a dar lectura al primero de ellos.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 70, de los señores Burgos, Saffirio, Silva, Araya, Ascencio, Bustos; de las señoras Mella, doña María Eugenia; Soto, doña Laura, y de los señores Ceroni y Monckeberg.
“Considerando:
Que actualmente todas las normas relativas a la Seguridad Privada se encuentran estipuladas en el Decreto Ley n° 3.607 del año 1981. La mencionada legislación de excepción fue dictada hace más de 20 años, bajo circunstancias políticas y sociales absolutamente distintas a las actuales. Sin embargo, salvo modificaciones menores, sigue siendo la norma que regula una actividad que en los últimos años ha crecido en alta proporción.
Por otra parte, la seguridad privada ha ido incorporando a su ámbito de acción diversas áreas y funciones, sin que éstas y aquéllas tengan un correlato preciso en cuanto al estatuto jurídico que se les aplica. Ya no se trata solamente del transporte de valores o de la seguridad bancaria, actividades que primitivamente motivaron la dictación del DL 3.607, hace más de dos décadas.
Algunos datos que se poseen nos indican que hoy existe aproximadamente un total de 47.780 guardias de seguridad. Un número importante de ellos están autorizados para portar armas de fuego. Las empresas prestadoras del servicio en el ámbito de la seguridad privada llegan a casi 1.000.
Que no parece discutible que la seguridad privada ocupa un rol importantísimo y creciente en la seguridad ciudadana, especialmente, desde la perspectiva de la sensación de seguridad.
Que por todo lo anterior, se hace indispensable estudiar y sancionar una normativa moderna y ágil que otorgue plena garantía a la ciudadanía.
Que, sin duda, una buena legislación permitiría clarificar las funciones y áreas de acción y, a partir de aquello, avanzar en la liberación de funciones de nuestras policías, concentrándolas, prioritariamente, en la prevención, investigación y represión delictual.
Que, atendida la materia, una parte importante de las normas de la legislación de este tipo requiere de la iniciativa del Ejecutivo, además del carácter interdisciplinario que amerita su estudio.
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar al Gobierno, por intermedio del Ministerio del Interior, se aboque al estudio de un proyecto de ley de la seguridad privada, que sustituya integralmente el decreto ley N° 3.607, de 1981.
Dicho estudio, entre otros elementos, debería contener normas sobre una Superintendencia Directiva de la Seguridad Privada , definición de las áreas permitidas y prohibidas, requisitos de operación de las empresas y un régimen sancionatorio”.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado Jorge Burgos.
El señor BURGOS .-
Señor Presidente , todo el sistema de seguridad privada chileno se rige por el decreto ley Nº 3.607, de 1981. Sin duda, es una legislación de excepción que fue dictada hace más de dos décadas, en circunstancias políticas y sociales diferentes de las actuales. Sin embargo, salvo modificaciones muy menores que ha habido durante los últimos doce años, sigue siendo la norma que articula el sistema de seguridad privada.
Pero en estos años se han incorporado a su ámbito de acción diversas funciones. Lo que nació originalmente para el transporte de valores de bancos o de casas matrices, hoy es un sistema que abarca diversas áreas de la seguridad ciudadana.
En consecuencia, es lógico y racional que a estas alturas tengamos una instancia de carácter estatal que supervigile este tipo de actividad privada de seguridad ciudadana, ya que pondría claridad respecto de las áreas en las cuales puede actuar. Además, al precisar dichas áreas en cuanto a sus ámbitos de acción permitidos y prohibidos, se podría sustituir una serie de funciones que hoy deben cumplir nuestros agentes policiales estatales constitucionales: Carabineros e Investigaciones. En consecuencia, parece de toda lógica, repito, contar con una legislación moderna que permita clarificar esta situación.
Algunos datos. Hoy, según cifras que he podido averiguar para fundamentar el proyecto de acuerdo, hay casi 50 mil guardias de seguridad en el país, probablemente más que la suma de funcionarios de Carabineros y de Investigaciones. Parte importante de esos guardias privados, a lo menos 15 mil, usan armas de fuego, bajo la ley de control de armas o todo lo que se quiera, pero están armados. En la actualidad, las empresas prestadoras de servicios de seguridad privada son más de mil. En consecuencia, todos los antecedentes objetivos hacen indispensable pensar en la necesidad de tener una normativa definitiva que establezca un sistema de seguridad privada.
La semana pasada hablábamos de que los diputados pueden presentar mociones; pero aquí, obviamente, se trata de crear una instancia pública que, conforme con lo establecido en nuestra Constitución, sólo puede ser propuesta por el Ejecutivo .
Entonces, sería muy importante oficiar en ese sentido para poder tener una legislación moderna, clara y precisa que permita a la gente tener claridad respecto de lo que está prohibido y permitido en relación con la seguridad privada y, además, poder ocupar a Carabineros y a Investigaciones en lo que realmente interesa a la gente: prevención, en el caso de Carabineros, y función judicial, desde el punto de vista del cumplimiento de las órdenes, en el caso de Investigaciones.
He dicho.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Resta un minuto y medio para hablar a favor del proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra para hablar en contra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 65 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Aprobado el proyecto de acuerdo.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Alvarado, Álvarez-Salamanca, Álvarez, Araya, Ascencio, Barros, Bauer, Becker, Bertolino, Burgos, Caraball (doña Eliana), Cardemil, Ceroni, Cornejo, Correa,Cubillos (doña Marcela), Encina, Escalona, Escobar, Espinoza, Forni, García (don René Manuel), García-Huidobro, Guzmán (doña Pía), Hales, Herández, Jaramillo, Jeame Barrueto, Kast,Kuschel, Lagos,Longton, Longueira, Luksic, Martínez, Melero, Mella (doña María Eugenia), Meza, Monckeberg, Montes, Mulet, Norambuena, Ojeda, Palma, Pérez (don José), Pérez (don Ramón), Pérez (doña Lily), Prieto, Quintana, Recondo, Saffirio, Sánchez, Seguel, Sepúlveda (doña Alejandra), Silva, Soto (doña Laura), Tapia, Tuma, Ulloa, Uriarte,Urrutia, Vargas, Vidal (doña Ximena), Villouta y Von Mühlenbrock.
"
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