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El señor ESPINOSA, don Marcos (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Pedro Pablo Álvarez-Salamanca .
El señor ÁLVAREZ-SALAMANCA.-
Señor Presidente, el proyecto consta de un artículo único, que modifica el decreto con fuerza de ley N° 4, de 2007, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, estableciendo que el retiro y reposición del empalme y medidor será íntegramente de cargo de la empresa distribuidora de energía, siempre que esa inutilización de la obra se haya producido por una fuerza mayor, como sismo, salida de mar, temporal u otra calamidad, y en el caso en que la autoridad competente haya decretado zona de catástrofe.
En este punto, cómo no recordar el terremoto del norte del país y el de 2010, cuando la zona central fue fuertemente afectada por las salidas de mar, especialmente la ciudad de Constitución, donde muchas familias resultaron damnificadas.
Recordemos que en esa ocasión se reubicó a mucha gente y se les entregaron mediaguas. La instalación de medidores y empalmes les fueron cobrados a las familias damnificadas.
Por lo tanto, considero que estamos frente a un buen proyecto de ley, por lo que vamos a aprobarlo en forma entusiasta.
Además, es una iniciativa que establece una solución solidaria por parte de las empresas distribuidoras, dueñas de los empalmes y de los medidores, ya que a ellas les corresponderá solventar los gastos de reposición luego de la inutilización por motivos de fuerza mayor.
Esto supondrá un alivio para todos los usuarios que se vieron afectados por el terremoto y posterior, que no contaban con los recursos para hacerse cargo de la situación.
También, va a dar certeza a todos los usuarios de que ante un evento de tal magnitud, será la empresa distribuidora la encargada de reponer los empalmes y medidores.
En la comisión se aprobó una indicación que establece que el retiro y reposición no quedará condicionado a que exista morosidad en la cuenta o saldo pendiente al momento en que se produzca la fuerza mayor o se haya decretado por la autoridad competente la zona de catástrofe.
Dicha indicación da mayor certeza a los usuarios de que se les repondrá sin costo el medidor y el empalme.
He dicho.
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