-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/654989/seccion/akn654989-po1-ds3-ds6
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1625
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:Participacion
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/2
- rdf:value = " El señor THAYER.-
Señor Presidente, deseo hacer una consulta.
A mi juicio, dentro de la idea de aprovechar la labor del funcionario, parece razonable que éste pueda ejercer atribuciones en todo el territorio de la República. Pero me interesa aclarar una cuestión de orden. ¿Un funcionario fiscalizador podrá cumplir su obligación en cualquier parte y en cualquier momento? ¿O esto tendrá que obedecer a una orden administrativa? Porque no pareciera conveniente, por ejemplo, que cuando alguien cumple habitualmente labores en Arica y repentinamente viaja a Magallanes o a Punta Arenas y descubre algo en estos lugares, fiscalice en el acto. Ello puede, incluso, ocasionar choques o criterios contrapuestos entre un funcionario y otro.
Por el contrario, si está en una misión con tal fin, puede hacerlo en cualquier parte del territorio. Pero ello debe suponer -pienso- algún tipo de orden emitida por el Servicio. Si la proposición dijera algo así como "El que cumpliendo instrucciones del Servicio", etcétera, no veo dificultad.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/654989/seccion/akn654989-po1-ds3
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/654989