http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[7] Si la persona nombrada para ocupar uno de los cargos señalados peseyere una participación en los términos señalados debe desprenderse de la misma en el plazo de un mes desde el día siguiente a su nombramiento; si adquiere tal participación por sucesión hereditaria durante el ejercicio de su cargo debe desprenderse de ella en el plazo de tres meses desde su adquisición. Ambos hechos deben declararse al Registro de Bienes y Derechos Patrimoniales (Artículo 2.2. de la ley 12/1995)."^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[10] Los ex funcionarios deben comunicar al Registro de Actividades la actividad que vayan a realizar durante dicho plazo (Artículo 2.4. de la ley 12/1995)."^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[8] La inhibición debe hacer por escrito para su adecuada expresión y constancia y debe notificarse al superior inmediato del alto cargo u órgano que lo designó. (Artículo 2.3. de la ley 12/1995)."^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[1] La Ley de Ética de la Función Pública Nº 25.188 fue sancionada el día 9 de septiembre promulgada el 26 de octubre y publicada en el Boletín Oficial de la Nación Argentina el día 1 de noviembre de 1999."^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[6] Lo señalado en las letras a) a c) sin perjuicio de las excepciones que se verán más adelante."^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[9] Excepto los presidentes de sociedades mercantiles de capital de participación mayoritariamente estatal designados previo acuerdo del Consejo de ministro o por sus propios órganos de gobierno (Artículo 2.4 de la ley 12/1995)."^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[5].Informe de Oficina de Informaciones “Prohibiciones incompatibilidades e inhabilidades de los altos cargos públicos para ejercer actividad lucrativa en forma particular. Legislación nacional y extranjera”. Junio 2001."^^xsd:string