. . . . . . . . . . . . . . . . . . . "[2] Art\u00EDculo 13 de la ley N\u00BA 25.188."^^ . . . . "[10] Los ex funcionarios deben comunicar al Registro de Actividades la actividad que vayan a realizar durante dicho plazo (Art\u00EDculo 2.4. de la ley 12/1995)."^^ . . . . . "[11] Informe de Oficina de Informaciones Op. Cit."^^ . . . . . . . . . "Diario de Sesi\u00F3n: Sesi\u00F3n Ordinaria N\u00B0 3"^^ . "655208"^^ . "[12] Tales principios se encuentran enumerados en la secci\u00F3n 101 de la O.E. 12.674 de 1989."^^ . . . "es"^^ . . . . "Diario de Sesi\u00F3n: Sesi\u00F3n Ordinaria N\u00B0 3"^^ . . . . . "[6] Lo se\u00F1alado en las letras a) a c) sin perjuicio de las excepciones que se ver\u00E1n m\u00E1s adelante."^^ . . "[13] Informe de Oficina de Informaciones Op. Cit."^^ . . . . . . . . . . . . . . . "[9] Excepto los presidentes de sociedades mercantiles de capital de participaci\u00F3n mayoritariamente estatal designados previo acuerdo del Consejo de ministro o por sus propios \u00F3rganos de gobierno (Art\u00EDculo 2.4 de la ley 12/1995)."^^ . . . . . "[4] Art\u00EDculo 25 letras c) h) y g) respectivamente de la ley N\u00BA 25.188."^^ . "[8] La inhibici\u00F3n debe hacer por escrito para su adecuada expresi\u00F3n y constancia y debe notificarse al superior inmediato del alto cargo u \u00F3rgano que lo design\u00F3. (Art\u00EDculo 2.3. de la ley 12/1995)."^^ . . "[3] Art\u00EDculo 14 de la ley N\u00BA 25.188."^^ . . . . . . . . . . . . . . . "2001-10-03"^^ . . . . . . . . . . . . "[5].Informe de Oficina de Informaciones \u201CProhibiciones incompatibilidades e inhabilidades de los altos cargos p\u00FAblicos para ejercer actividad lucrativa en forma particular. Legislaci\u00F3n nacional y extranjera\u201D. Junio 2001."^^ . . . . . . . . . . . . . . "[7] Si la persona nombrada para ocupar uno de los cargos se\u00F1alados peseyere una participaci\u00F3n en los t\u00E9rminos se\u00F1alados debe desprenderse de la misma en el plazo de un mes desde el d\u00EDa siguiente a su nombramiento; si adquiere tal participaci\u00F3n por sucesi\u00F3n hereditaria durante el ejercicio de su cargo debe desprenderse de ella en el plazo de tres meses desde su adquisici\u00F3n. Ambos hechos deben declararse al Registro de Bienes y Derechos Patrimoniales (Art\u00EDculo 2.2. de la ley 12/1995)."^^ . . . . . . . "[1] La Ley de \u00C9tica de la Funci\u00F3n P\u00FAblica N\u00BA 25.188 fue sancionada el d\u00EDa 9 de septiembre promulgada el 26 de octubre y publicada en el Bolet\u00EDn Oficial de la Naci\u00F3n Argentina el d\u00EDa 1 de noviembre de 1999."^^ . . . .