REPÚBLICA DE CHILECÁMARA DE DIPUTADOSLEGISLATURA 344ª, ORDINARIASesión 36ª, en martes 11 de septiembre de 2001(Ordinaria, de 15.15 a 16.09 horas) Presidencia de los señores Pareto González, don Luis, y Valenzuela Herrera, don Felipe. Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos. Prosecretario accidental, el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.PUBLICACIÓN OFICIALREDACCIÓN DE SESIONES ÍNDICE I.- ASISTENCIA II.- APERTURA DE LA SESIÓN III.- ACTAS IV.- CUENTA V.- ORDEN DEL DÍA VI.- PROYECTOS DE ACUERDO VII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTAÍNDICE GENERALPág. I. Asistencia 5 II. Apertura de la sesión 8 III. Actas 8 IV. Cuenta 8 - Declaración de la Cámara de Diputados por atentado terrorista en contra de Estados Unidos de América 8 - Permiso constitucional 8 V. Orden del Día. - Modernización del mercado de capitales. Segundo trámite constitucional 8 - Adecuaciones tributarias del mercado de capitales y flexibilización del mecanismo de ahorro voluntario. Tercer trámite constitucional 13 - Cambio en gradualidad de entrada en vigencia de la reforma procesal penal. Tercer trámite constitucional. (Votación) 16 - Fomento y desarrollo de la educación parvularia. Proposición de Comisión Mixta. (Votación) 16 - Designación y juramento de los señores Adrián Álvarez Álvarez y Federico Vallejos de la Barra, como Prosecretario y Secretario Jefe de Comisiones de la Cámara de Diputados, respectivamente 17 VI. Proyectos de acuerdo. - Mandato a Comisión de Vivienda para conocer reclamaciones de ex socios de Habitacoop 18 - Mantención de programas comunales de empleo de emergencia durante el año 2002 18 - Integración de Comisión investigadora sobre vertedero de Maipú 20 VII. Documentos de la Cuenta. 1. Certificado de la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto iniciado en mensaje y con urgencia calificada de “discusión inmediata”, que introduce modificaciones de índole tributaria al mercado de capitales y flexibiliza el mecanismo de ahorro voluntario (boletín Nº 2720-05) 21 2. Informe de la Comisión Mixta, recaído en el proyecto que modifica la ley orgánica constitucional de Enseñanza, en materia de educación parvularia (boletín Nº 1738-04) 23Pág. 3. Moción de los diputados señores Leal, Ascencio, Ceroni y Urrutia, que modifica el Código Penal tipificando el delito de seguimiento ilegal con fines políticos de las personas o con finalidades de cometer otros ilícitos (boletín Nº 2789-07) 26 I. ASISTENCIA -Asistieron los siguientes señores diputados: (95)NOMBRE (Partido* Región Distrito)Acuña Cisternas, Mario PDC IX 52Aguiló Melo, Sergio PS VII 37Alessandri Valdés, Gustavo RN RM 20Alvarado Andrade, Claudio IND X 58Álvarez Zenteno, Rodrigo IND XII 60Arratia Valdebenito, Rafael PDC VI 35Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58Ávila Contreras, Nelson PPD V 11Bartolucci Johnston, Francisco UDI V 13Bertolino Rendic, Mario RN IV 7Rozas Velásquez, María PDC RM 17Bustos Ramírez, Juan PS V 12Caraball Martínez, Eliana PDC RM 27Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40Coloma Correa, Juan Antonio UDI RM 31Cornejo Vidaurrazaga, Patricio PDC V 11Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36Cristi Marfil, María Angélica RN RM 24Delmastro Naso, Roberto IND X 53Díaz Del Río, Eduardo DEL SUR IX 51Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23Elgueta Barrientos, Sergio PDC X 57Encina Moriamez, Francisco PS IV 8Fossa Rojas, Haroldo RN VIII 46Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59García García, René Manuel RN IX 52García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UCCP VI 32Girardi Lavín, Guido PPD RM 18González Román, Rosa IND I 1Gutiérrez Román, Homero PDC VII 37Hernández Saffirio, Miguel PDC IX 49Huenchumilla Jaramillo, Francisco PDC IX 50Ibáñez Santa María, Gonzalo IND V 14Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41Jeame Barrueto, Víctor PPD VIII 43Jocelyn-Holt Letelier, Tomás PDC RM 24Krauss Rusque, Enrique PDC RM 22Leal Labrín, Antonio PPD III 5Leay Morán, Cristián UDI RM 19León Ramírez, Roberto PDC VII 36Letelier Norambuena, Felipe PPD VIII 42Longton Guerrero, Arturo RN V 12Longueira Montes, Pablo UDI RM 30Martínez Ocamica, Gutenberg PDC RM 21Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16Mesías Lehu, Iván PRSD VIII 42Molina Sanhueza, Darío UDI IV 9Monge Sánchez, Luis IND IX 48Montes Cisternas, Carlos PS RM 26Moreira Barros, Iván UDI RM 27Mulet Martínez, Jaime PDC III 6Muñoz Aburto, Pedro PS XII 60Naranjo Ortiz, Jaime PS VII 39Navarro Brain, Alejandro PS VIII 45Núñez Valenzuela, Juan PDC VI 34Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18Orpis Bouchón, Jaime UDI RM 25Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44Ovalle Ovalle, María Victoria UCCP VI 35Palma Flores, Osvaldo RN VII 39Palma Irarrázaval, Andrés PDC RM 25Pareto González, Luis PDC RM 20Paya Mira, Darío UDI RM 28Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47Pérez San Martín, Lily RN RM 26Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47Pollarolo Villa, Fanny PS II 3Prochelle Aguilar, Marina RN X 55Prokurica Prokurica, Baldo RN III 6Reyes Alvarado, Víctor PDC X 56Rincón González, Ricardo PDC VI 33Riveros Marín, Edgardo PDC RM 30Rocha Manrique, Jaime PRSD VIII 46Rojas Molina, Manuel UDI II 4Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17Salas De la Fuente, Edmundo PDC VIII 45Sánchez Grunert, Leopoldo PPD XI 59Sciaraffia Estrada, Antonella PDC I 2Seguel Molina, Rodolfo PDC RM 28Silva Ortiz, Exequiel PDC X 53Soto González, Laura PPD V 14Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43Valenzuela Herrera, Felipe PS II 4Vargas Lyng, Alfonso RN V 10Vega Vera, Osvaldo RN VII 40Velasco De la Cerda, Sergio PDC V 15Vilches Guzmán, Carlos RN III 5Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48Walker Prieto, Ignacio PDC V 10Walker Prieto, Patricio PDC IV 8 -Con permiso constitucional estuvieron ausentes los diputados señores Joaquín Palma y Juan Pablo Letelier. -Asistieron, además, los ministros de Justicia, señor José Antonio Gómez; de Salud, señora Michelle Bachelet, y de Hacienda (S), María Eugenia Wagner. II. APERTURA DE LA SESIÓN -Se abrió la sesión a las 15.15 horas. El señor PARETO (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión. III. ACTAS El señor PARETO (Presidente).- El acta de la sesión 29ª se declara aprobada. El acta de la sesión 30ª queda a disposición de las señoras y señores diputados. IV. CUENTA El señor PARETO (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta. -El señor ÁLVAREZ (Prosecretario accidental) da lectura a los documentos recibidos en la Secretaría.DECLARACIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS POR ATENTADO TERRORISTA EN CONTRA DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. El señor PARETO (Presidente).- Señores diputados, me permito dar lectura a la declaración acordada por los Comités: “Ante los horrorosos actos de terrorismo ocurridos en Estados Unidos de América, la Cámara de Diputados, unánimemente, acuerda:1) Expresar su dolor por las víctimas inocentes de estos gravísimos atentados y representar sus condolencias a todos sus familiares.2) Manifestar su completo apoyo al gobierno y pueblo de los Estados Unidos de América en estos dolorosos momentos.3) Hacer votos por la búsqueda de una paz real en el mundo, que evite por completo este tipo de actos salvajes. Ninguna causa puede justificar episodios de esta naturaleza, los que sólo producen inmenso dolor y un total rechazo internacional, y que en caso alguno colaboran con la paz y la justicia en el mundo”. ¿Habría acuerdo para aprobar esta redacción? Acordado.PERMISO CONSTITUCIONAL El señor PARETO (Presidente).- Si le parece a la Sala, se concederá el permiso constitucional solicitado por el diputado señor Juan Pablo Letelier para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días, a contar del 9 de septiembre en curso. ¿Habría acuerdo? Acordado. V. ORDEN DEL DÍAMODERNIZACIÓN DEL MERCADO DE CAPITALES. Segundo trámite constitucional. El señor PARETO (Presidente).- Se ha informado a la Mesa que hay acuerdo de los señores Comités para tratar en primer lugar el proyecto de ley que figura en el segundo lugar de la Tabla, con “suma” urgencia, que flexibiliza las inversiones de los fondos mutuos y compañías de seguros, crea administradora general de fondos, facilita la internacionalización de la banca y perfecciona leyes de sociedades anónimas y de fondos de inversión. ¿Habría acuerdo? Acordado. Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Ortiz. Antecedentes: -Proyecto del Senado, boletín Nº 2722-05 (S), sesión 26ª, en 14 de agosto de 2001. Documentos de la Cuenta Nº 7. -Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 32ª, en 4 de septiembre de 2001. Documentos de la Cuenta Nº 10. El señor PARETO (Presidente).- Tiene la palabra el señor diputado informante. El señor ORTIZ.- Señor Presidente, en representación de la Comisión de Hacienda, paso a informar sobre el proyecto de ley que flexibiliza las inversiones de los fondos mutuos y compañías de seguros, crea administradora general de fondos, facilita la internacionalización de la banca y perfecciona leyes de sociedades anónimas y de fondos de inversión.Constancias previas. La iniciativa tiene su origen en un mensaje de su Excelencia el Presidente de la República. En los últimos años, Chile ha acaparado la mirada del mundo entero por el sostenido crecimiento económico que ha mostrado, pues su economía ha dado pruebas suficientes de solvencia frente a las fluctuaciones internacionales y hemos sido capaces de disminuir la pobreza de una porción importante de nuestra población. El desafío que enfrentan las autoridades -nosotros, como Poder Legislativo, y muchos actores más- es ser capaces de entregar al país todas las herramientas para continuar por esta senda. En un mundo globalizado como en el que vivimos no es posible cuestionar la importancia que un mercado de capitales eficiente, flexible, dinámico y profundo tiene para el crecimiento económico. Si el mercado cuenta con estas características, será capaz de generar mecanismos de ahorro lo suficientemente atractivos como para incentivar a quienes cuentan con recursos a transformarlos en ahorros y proporcionar, de esta forma, los fondos que se requieren para los proyectos de inversión. Además, un mercado de esas características será capaz de evaluar estos proyectos y de garantizar que los fondos ahorrados financien los proyectos más rentables. En definitiva, la economía, como un todo, se beneficia de un círculo virtuoso, puesto que los mercados financieros contribuyen a aumentar su crecimiento y, luego, el mismo crecimiento atrae mayores capitales. Un mercado de capitales eficiente no debe hacer discriminación alguna entre proyectos de inversión de distinto tamaño o sector económico. Debe evaluarlos de manera objetiva y posteriormente asignar los recursos a aquellos que ofrezcan las mejores combinaciones de riesgo y, además, de retorno. En otras palabras, en este proyecto, que le llamamos institucional, se desea proporcionar equidad e igualdad en las oportunidades de acceso a los recursos, porque de esta forma se estarán introduciendo posibilidades de crecimiento de la economía, puesto que los recursos ahorrados no se destinarían a financiar los mejores proyectos de inversión. Conscientes de las ventajas que ofrece un mercado de capitales desarrollado, el Ejecutivo ha impulsado, en el último tiempo, una serie de medidas que apuntan a liberalizar nuestro mercado financiero y a entregarle las herramientas que requiere para hacer frente, de manera eficiente, a los cambios y desafíos de una economía globalizada. Entre las modificaciones que se han impulsado en el último tiempo destacan la eliminación del año de permanencia para capitales extranjeros, la aprobación de la ley de oferta pública, la adquisición de acciones de gobiernos corporativos, la eliminación del impuesto a las ganancias de capital para inversión extranjera y la eliminación de barreras burocráticas a la inversión extranjera. Además, la reforma de mayor importancia consistió en un paquete de quince medidas que apuntan a promover el ahorro nacional, a financiar nuevos proyectos de inversión, a otorgar más liquidez al mercado financiero interno, a eliminar las restricciones a los flujos de capitales y a fomentar la competencia. Este proyecto es parte importantísima del paquete de quince medidas y pieza fundamental de la reforma que nuestro país necesita. Gracias a ella nuestra economía, y lo más importante, nuestros trabajadores, se verán beneficiados. Las empresas, gracias a que contarán con financiamiento más abundante y barato, podrán desarrollar nuevos proyectos de inversión, que, obviamente, generarán riqueza y nuevas fuentes de trabajo para los chilenos. Los chilenos se beneficiarán con las nuevas fuentes de trabajo y, además, se generarán empresas; pero también estas empresas se beneficiarán con los mejores retornos que ofrecerán las alternativas de ahorro, puesto que el proyecto contiene una serie de modificaciones que apuntan a mejorar la eficiencia en la asignación de recursos. En resumen, los trabajadores podrán aumentar su consumo hoy, pero también lo podrán hacer en el futuro gracias a las mejores pensiones que la modalidad de rentas vitalicias podrá ofrecer si se aprueba este proyecto de ley. ¿Cuáles son los cambios que nos permitirán gozar de estos beneficios? En primer lugar, se flexibiliza la administración de cartera de las compañías de seguros con el objeto de dotar, a quienes las administran, de la flexibilidad que requieren para mejorar la asignación de los recursos, la rentabilidad de los mismos y, en definitiva, obtener beneficios que se traducirán, gracias a la competencia del mercado de seguros, en mejores pensiones para los futuros jubilados. En segundo lugar, este proyecto contiene modificaciones en la administración de los fondos mutuos, que también apuntan a flexibilizaciones tendientes a aumentar la eficiencia en la administración de la cartera, junto con reforzar las exigencias en materia de divulgación de información a los partícipes del fondo y las responsabilidades de las administradoras. En tercer lugar, la creación de la Administradora General de Fondos permitirá que una misma administradora maneje fondos de distintos tipos, facilitando de esta forma la asignación de recursos, el ahorro de costos y la maximización de beneficios para los ahorrantes. Finalmente, los cambios que este proyecto contiene en relación con la ley general de Bancos buscan aumentar la competencia al interior de esta industria y, con ello, beneficiar a los clientes con un aumento en el número de oferentes y, además, de productos, con mejoras en la calidad del servicio y con disminución en los precios. Es importante hacer resaltar que todas las flexibilizaciones que este proyecto contiene no se traducirán en mayores riesgos para los clientes ni para nuestra economía, puesto que contamos con instituciones maduras, profesionales y capaces de administrar los riesgos en forma responsable y eficiente. Además, esta iniciativa de ley contempla mecanismos de monitoreo y control que pueden ser utilizados por la autoridad en caso de ser requeridos. En resumen, el objetivo de las reformas presentadas es aumentar la competencia del mercado, incrementar la oferta de fondos para un mayor número de empresas y proyectos, reforzar los mecanismos de autorregulación con que cuentan los intermediarios financieros, hacer más competitivo el mercado de capitales nacionales, incentivar el aprovechamiento de las potencialidades que entregan los nuevos instrumentos de inversión disponibles y avanzar en la generación de normas de regulación prudentes y de patrones de conducta adecuados de los agentes financieros. La modernización tiene por objeto lograr una asignación eficiente y segura del ahorro nacional hacia las actividades productivas, lo cual incentivará la creación de nuevas fuentes de trabajo y, en definitiva, redundará en un mayor bienestar social para la población. Este proyecto de ley se aprobó en la sesión de la Comisión de fecha 22 de agosto de este año, con la asistencia de los diputados señores Eugenio Tuma, presidente de la Comisión; Claudio Alvarado, Julio Dittborn, Pablo Lorenzini, Carlos Montes, Exequiel Silva, Sergio Velasco y José Miguel Ortiz. Quiero destacar que en la discusión de la Comisión de Hacienda quedó claro lo siguiente: Los numerales 10 del artículo 1º y 10 del artículo 2º tienen el carácter de ley orgánica constitucional y deben aprobarse con dicho quórum en conformidad a los artículos 63, inciso segundo, y 97 de la Constitución Política, por cuanto inciden en atribuciones del Banco Central de Chile. Asimismo, el numeral 19 del artículo 2º es una norma que debe aprobarse con quórum de ley orgánica constitucional, en cumplimiento de los artículos 63, inciso segundo, y 74 de la Constitución Política, por cuanto incide en atribuciones de los tribunales de justicia. Los numerales 13 y 21 del artículo 2º son normas que deben aprobarse con quórum calificado, en cumplimiento de los artículos 63, inciso tercero, y 19, número 23º, de la Constitución Política, en cuanto establecen limitaciones para el ejercicio del derecho de propiedad. La Comisión de Hacienda no rechazó ninguna disposición o indicación y aprobó por unanimidad el articulado. Asistieron a la Comisión, durante el estudio del proyecto, el ministro de Hacienda, la subsecretaria de la misma cartera, los superintendentes de Bancos e Instituciones Financieras y de Valores y Seguros, la intendenta y el fiscal de Seguros, la asesora y abogada de dicha Superintendencia, y el asesor del Ministerio de Hacienda. Señor Presidente, la Comisión de Hacienda recomienda aprobar el articulado para poner término al segundo trámite constitucional, con el objeto de que el proyecto sea ley de la República a la brevedad. He dicho. El señor PARETO (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Sala, se votará el proyecto al término del Orden del Día, para lograr el quórum requerido y como una deferencia a la señora ministra de Hacienda subrogante. Acordado. -Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos: El señor PARETO (Presidente).- Corresponde votar el proyecto de ley, con urgencia calificada de “suma”, que flexibiliza las inversiones de los fondos mutuos y compañías de seguros, crea administradora general de fondos, facilita la internacionalización de la banca y perfecciona leyes de sociedades anónimas y de fondos de inversión. Algunas de sus disposiciones requieren de quórum calificado, en este caso, de 67 señores diputados. Se suspende la sesión. -Transcurrido el tiempo de suspensión: El señor PARETO (Presidente).- Se reanuda la sesión. En votación en general el proyecto, con excepción de los números 10 del artículo 1º y 10 del artículo 2º, y del número 19 del artículo 2º, por tener carácter de ley orgánica constitucional, y de los números 13 y 21 del artículo 2º, por ser materias de quórum calificado. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 71 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor PARETO (Presidente).- Aprobado el proyecto en general. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Acuña, Aguiló, Alessandri, Álvarez, Arratia, Ascencio, Ávila, Bertolino, Bustos, Caraball (doña Eliana), Ceroni, Coloma, Cornejo (don Patricio), Correa, Cristi (doña María Angélica), Díaz, Dittborn, Elgueta, Encina, Fossa, Galilea (don Pablo), García (don René Manuel), García (don José), García-Huidobro, Girardi, González (doña Rosa), Gutiérrez, Hernández, Jaramillo, Jarpa, Jeame Barrueto, Krauss, Longton, Melero, Mesías, Monge, Montes, Mulet, Muñoz (don Pedro), Naranjo, Navarro, Ojeda, Olivares, Orpis, Ortiz, Ovalle (doña María Victoria), Palma (don Osvaldo), Pérez (don José), Pérez (doña Lily), Pérez (don Víctor), Pollarolo (doña Fanny), Prochelle (doña Marina), Prokurica, Reyes, Rincón, Rocha, Rojas, Saa (doña María Antonieta), Salas, Sánchez, Seguel, Soria, Soto (doña Laura), Tuma, Valenzuela, Vargas, Velasco, Vilches, Villouta, Walker (don Ignacio) y Walker (don Patricio). El señor PARETO (Presidente).- En votación general los números 10 del artículo 1º y 10 y 19 del artículo 2º, cuya aprobación requiere el voto afirmativo de 67 señores diputados. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 71 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor PARETO (Presidente).- Aprobados. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Acuña, Aguiló, Alessandri, Álvarez, Arratia, Ascencio, Ávila, Bertolino, Bustos, Caraball (doña Eliana), Ceroni, Coloma, Cornejo (don Patricio), Correa, Cristi (doña María Angélica), Dittborn, Elgueta, Encina, Fossa, Galilea (don Pablo), García (don René Manuel), García (don José), García-Huidobro, Girardi, González (doña Rosa), Gutiérrez, Hernández, Jaramillo, Jarpa, Jeame Barrueto, Jocelyn-Holt, Krauss, Longton, Melero, Mesías, Monge, Montes, Mulet, Muñoz (don Pedro), Naranjo, Navarro, Núñez, Ojeda, Olivares, Orpis, Ortiz, Ovalle (doña María Victoria), Palma (don Osvaldo), Palma (don Andrés), Pareto, Pérez (don José), Pérez (don Víctor), Pollarolo (doña Fanny), Prochelle (doña Marina), Prokurica, Reyes, Rincón, Riveros, Rocha, Rojas, Saa (doña María Antonieta), Salas, Sánchez, Soria, Soto (doña Laura), Tuma, Valenzuela, Velasco, Villouta, Walker (don Ignacio) y Walker (don Patricio). El señor PARETO (Presidente).- En votación general los numerales 13 y 21 del artículo 2º, cuya aprobación requiere el voto afirmativo de 60 señores diputados. Si le parece a la Sala, se aprobarán. ¿Habría acuerdo? Aprobados. El señor PARETO (Presidente).- Si le parece a la Sala, por haber sido objeto de indicaciones, se aprobará en particular el proyecto con las mismas votaciones anteriores, dejándose constancia de haberse alcanzado los quórum constitucionales requeridos. ¿Habría acuerdo? Aprobado en particular. Despachado el proyecto.ADECUACIONES TRIBUTARIAS DEL MERCADO DE CAPITALES Y FLEXIBILIZACIÓN DEL MECANISMO DE AHORRO VOLUNTARIO. Tercer trámite constitucional.El señor PARETO (Presidente).- Corresponde ocuparse de las modificaciones del honorable Senado al proyecto de ley, con urgencia calificada de “discusión inmediata”, que introduce adecuaciones de índole tributaria al mercado de capitales y flexibiliza el mecanismo de ahorro voluntario. Antecedentes: -Modificaciones del Senado, boletín Nº 2720-05, sesión 35ª, en 11 de septiembre de 2001. Documentos de la Cuenta Nº 8. -Certificado de la Comisión de Hacienda. Documentos de la Cuenta Nº 1, de esta sesión. El señor PARETO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Rodrigo Álvarez. El señor ÁLVAREZ.- Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Hacienda, paso a informar sobre las modificaciones aprobadas por el Senado al proyecto que introduce modificaciones de índole tributaria al mercado de capitales y flexibiliza el mecanismo de ahorro voluntario. La Comisión de Hacienda sugiere aprobar todas las modificaciones introducidas por el Senado. De manera sucinta y mediante un informe oral, resumiré las más importantes enmiendas del Senado. Algunas reformas son de adecuación, una introduce un nuevo tema en esta materia y otras buscan armonizar estructuras tributarias o colocar en una misma posición tributaria instrumentos similares, como las acciones o fondos mutuos, o cierto tipo de inversionistas. En primer lugar, se mantiene la exención tributaria que había establecido la Cámara a los seguros dotales en 17 unidades tributarias mensuales por año, a partir del sexto año, pero el Senado elimina el tope del plazo de acumulación, que es de veinte años. En segundo lugar, se modifica el artículo 18 bis de la ley de la renta, creado en la ley contra la evasión, para que los efectos de comercio tengan el mismo tratamiento que otros instrumentos financieros. En tercer lugar, se introduce una modificación de ordenación a la estructura de la ley de Renta, respecto de lo que se conoce como venta corta, invirtiendo el orden que habíamos establecido en la Cámara respecto del articulado permanente y del transitorio, siguiendo de mejor forma el criterio lógico del decreto ley Nº 824, ley de Renta. Para ello, se colocó la venta corta en el articulado permanente y las excepciones, es decir, los casos en que no tendrán o tendrán que tributar, en las disposiciones transitorias. En cuarto lugar, se introduce una serie de modificaciones en materia de ganancias de capital y bolsa emergente. Debemos recordar que el proyecto aprobado por la Cámara establecía una serie de exenciones a las distintas ganancias de capital, como una gran contribución al desarrollo de los mercados bursátiles, especialmente en cuanto a bolsa emergente. En este caso se han incorporado exenciones tributarias a las cuotas de los fondos mutuos y a las cuotas de fondos de inversión, cuyos activos subyacentes son al menos un 90 por ciento de acciones con presencia bursátil, modificando algunos aspectos de lo aprobado por la Cámara. Se rebaja el requisito de desconcentración en bolsa emergente, materia bastante discutida en la Cámara, desde el 33 por ciento al 10 por ciento del capital o de la participación, y se explicita claramente que la exención se inicia con la apertura de la bolsa o con el ingreso a este mercado emergente. Se incorporan otras bolsas autorizadas por la Superintendencia de Valores y Seguros para todo el capítulo, por así decirlo, de ganancias de capital y bolsa emergente. Se incorporan a la exención las ventas en bolsa de controladores, materia discutida en la Cámara, siempre y cuando el precio de venta esté dentro del margen del 10 por ciento sobre el precio de mercado. Debemos destacar que no reciben este beneficio quienes se acogieron al régimen del artículo 10 transitorio de la ley de Opas. El Senado introduce una norma muy importante, planteada por el Gobierno, cual es el otorgamiento de un plazo de 90 días para mantener la exención al impuesto a las ganancias de capital cuando una acción pierda su presencia bursátil. Como dije, esto es muy importante, porque de esa forma el tenedor podrá retener la acción por 90 días, en lugar de tener la obligación de enajenar en forma inmediata las acciones cuando han perdido presencia bursátil. En otro plano, en cuanto a intereses, se elimina el requisito de ser inversionista institucional extranjero para acceder a la rebaja de impuestos a intereses para inversionistas no residentes en emisiones en moneda nacional dentro de Chile. Con esto se pretende establecer una situación tributaria similar para todo tipo de préstamos, ya sea en uefes, en pesos chilenos, en dólares o en otras monedas, que se hagan a inversionistas no residentes en Chile. En cuanto a ahorro voluntario, materia muy importante, porque se trata de las modificaciones más potentes que puede hacerse al mercado de capitales y a futuros de ahorro en el país, el Ministerio de Hacienda ha hecho un cambio muy importante al respecto, como es que los afiliados al Instituto de Normalización Previsional, INP, y, en general, los independientes, podrán cotizar y acogerse a todos los mecanismos que ya habíamos aprobado en la Cámara para los afiliados a las aefepés. También se establece la posibilidad de que los cotizantes puedan mantener ahorros voluntarios en más de una aefepé. Además, se disminuye la sobretasa o la tasa de castigo que se establece para los retiros de ahorro voluntario que se realicen antes de los plazos prefijados. En el proyecto aprobado por la Cámara, esta tasa de castigo ascendía al 10 por ciento. El Senado estableció una tasa fija que fluctúa entre el 3 por ciento y el 7 por ciento, en el caso de las rentas superiores. Se incluye un artículo transitorio para mantener el tratamiento tributario del stock de ahorro realizado con anterioridad a la vigencia de la ley, con el fin de evitar problemas producidos por el cambio o alteración de las reglas por las cuales una persona estuvo dispuesta a ahorrar. Respecto de otra materia, se elimina el requisito de autorización por parte del Banco Central para acceder a impuestos a intereses más bajos, de una tasa del 35 por ciento al 4 por ciento, con lo que se armoniza o se soluciona una situación práctica que existe en la actualidad en el mercado, ya que el Banco Central no estaba dando estas autorizaciones y, por tanto, existía la duda de si debían entenderse todas autorizadas o todas rechazadas. Se incluye la posibilidad eventual de tener un representante de los acreedores o de los tenedores de bonos para la administración de las garantías en la emisión de efectos de comercio. Asimismo, según una modificación bastante interesante del Senado, se permite pagar dividendos a los fondos mutuos. Con esto se armonizará el tratamiento tributario, en general, del pago de dividendos, ya sea por ser propietario de las acciones o de una cuota de algún fondo mutuo que, a su vez, produce un dividendo, porque esa cuota representa una cantidad de acciones. Por último, respecto de una materia que no estaba considerada en el proyecto de la Cámara, cabe decir que se permite pagar los dividendos atrasados de aquellas personas acogidas al DFL Nº 2, manteniendo el beneficio tributario que otorga ese decreto con fuerza de ley, a partir de la legislación que aprobamos en la Cámara hace dos años. Es importante decir sobre la materia que la Comisión, a través del diputado Carlos Montes, solicitó mucha mayor flexibilización, no sólo en relación con el DFL Nº 2, sino con otras materias vinculadas con viviendas, a partir de la ley Nº 19.003. La ministra subrogante del ramo se comprometió a que el Gobierno analizará la petición del diputado Montes durante la discusión anterior del proyecto. Ésas son, a grandes rasgos, las principales modificaciones del Senado, cuya aprobación propone la Comisión de Hacienda. Es cuanto puedo informar. He dicho. El señor PARETO (Presidente).- En discusión las modificaciones del Senado. Tiene la palabra el diputado señor Álvarez. El señor ÁLVAREZ.- Señor Presidente, ya no como diputado informante, deseo comentar algunos aspectos del proyecto. Nos parece que las modificaciones introducidas por el Senado son altamente convenientes, por lo cual vamos a aprobarlas. De hecho, varias materias fueron propuestas por algunos señores diputados y puestas en discusión en la Cámara. Por ejemplo, la posibilidad de que cotizantes voluntarios del Instituto de Normalización Previsional, o de los distintos sistemas previsionales, accedan a los mecanismos de ahorro voluntario, nos parece una solución importante. De igual forma, me parece bien -en algunas materias nos abstuvimos de votar- que se incorporen como ventas exentas de impuestos las que se hacen en cumplimiento de la legislación sobre sociedades anónimas, la ley de Opas, en la medida en que la diferencia entre el precio al cual vende el controlador y el precio de compra no sea superior al 10 por ciento del valor promedio de mercado. Asimismo, nos parece adecuado que se haya rebajado la tasa tributaria de multa -por así decirlo- que afectaba a los retiros de ahorro voluntario previos al período pactado; es decir, no a la tasa de 10 por ciento que puede llevarnos a una tributación de 55 por ciento, sino a otra que después de la reforma será una de castigo, en torno del 47 por ciento, lo cual, a mi modo de ver, es mucho más lógico. También nos parece adecuado que el Ejecutivo y el Senado hayan hecho algunas modificaciones en relación con las AFP. En nombre de la bancada de la UDI, anuncio nuestros votos favorables al proyecto, que nos parece una buena reforma al mercado de capitales. He dicho. El señor PARETO (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Se votarán las modificaciones del Senado al término del Orden del Día. -Posteriormente, la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos: El señor PARETO (Presidente).- En votación las modificaciones del Senado al proyecto que introduce adecuaciones de índole tributaria al mercado de capitales y flexibiliza el mecanismo de ahorro voluntario. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 74 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor PARETO (Presidente).- Aprobadas. Despachado el proyecto. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Acuña, Aguiló, Alessandri, Álvarez, Arratia, Ascencio, Ávila, Bertolino, Rozas (doña María), Bustos, Caminondo, Caraball (doña Eliana), Ceroni, Coloma, Cornejo (don Patricio), Correa, Cristi (doña María Angélica), Díaz, Dittborn, Elgueta, Encina, Fossa, Galilea (don Pablo), García (don René Manuel), García (don José), García-Huidobro, Girardi, González (doña Rosa), Gutiérrez, Hernández, Huenchumilla, Jaramillo, Jarpa, Jeame Barrueto, Jocelyn-Holt, Krauss, Longton, Melero, Monge, Montes, Mulet, Muñoz (don Pedro), Naranjo, Navarro, Núñez, Ojeda, Olivares, Orpis, Ortiz, Ovalle (doña María Victoria), Palma (don Andrés), Pareto, Pérez (don José), Pérez (doña Lily), Pollarolo (doña Fanny), Prochelle (doña Marina), Prokurica, Reyes, Rincón, Riveros, Rocha, Rojas, Saa (doña María Antonieta), Salas, Sánchez, Soria, Soto (doña Laura), Tuma, Valenzuela, Vargas, Velasco, Villouta, Walker (don Ignacio) y Walker (don Patricio).CAMBIO EN GRADUALIDAD DE ENTRADA EN VIGENCIA DE LA REFORMA PROCESAL PENAL. Tercer trámite constitucional. (Votación). El señor PARETO (Presidente).-Corresponde votar las modificaciones del Senado al proyecto que cambia la gradualidad de entrada en vigencia de la reforma procesal penal. En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 76 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor PARETO (Presidente).- Aprobadas. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Acuña, Aguiló, Alessandri, Álvarez, Arratia, Ascencio, Ávila, Bertolino, Rozas (doña María), Bustos, Caminondo, Caraball (doña Eliana), Ceroni, Coloma, Cornejo (don Patricio), Correa, Cristi (doña María Angélica), Díaz, Dittborn, Elgueta, Encina, Fossa, Galilea (don Pablo), García (don René Manuel), García (don José), García-Huidobro, Girardi, González (doña Rosa), Gutiérrez, Hernández, Huenchumilla, Jaramillo, Jarpa, Jeame Barrueto, Jocelyn-Holt, Krauss, Longton, Melero, Mesías, Monge, Montes, Mulet, Naranjo, Navarro, Núñez, Ojeda, Olivares, Orpis, Ortiz, Ovalle (doña María Victoria), Palma (don Osvaldo), Palma (don Andrés), Pareto, Pérez (don José), Pérez (doña Lily), Pollarolo (doña Fanny), Prochelle (doña Marina), Prokurica, Reyes, Rincón, Riveros, Rocha, Rojas, Saa (doña María Antonieta), Salas, Sánchez, Soria, Soto (doña Laura), Tuma, Valenzuela, Vargas, Velasco, Vilches, Villouta, Walker (don Ignacio) y Walker (don Patricio).FOMENTO Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PARVULARIA. Proposición de Comisión Mixta. (Votación). El señor PARETO (Presidente).- En votación la proposición de la Comisión Mixta recaída en el proyecto que modifica la ley orgánica constitucional de Enseñanza, en materia de educación parvularia. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 76 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor PARETO (Presidente).- Aprobada. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Acuña, Aguiló, Alessandri, Álvarez, Arratia, Ascencio, Ávila, Bertolino, Rozas (doña María), Bustos, Caminondo, Caraball (doña Eliana), Cardemil, Ceroni, Coloma, Cornejo (don Patricio), Correa, Cristi (doña María Angélica), Díaz, Dittborn, Elgueta, Encina, Fossa, Galilea (don Pablo), García (don René Manuel), García (don José), García-Huidobro, Girardi, González (doña Rosa), Gutiérrez, Hernández, Huenchumilla, Jaramillo, Jarpa, Jeame Barrueto, Jocelyn-Holt, Krauss, Longton, Monge, Montes, Mulet, Muñoz (don Pedro), Naranjo, Navarro, Núñez, Ojeda, Olivares, Orpis, Ortiz, Ovalle (doña María Victoria), Palma (don Osvaldo), Palma (don Andrés), Pareto, Pérez (don José), Pérez (doña Lily), Pollarolo (doña Fanny), Prochelle (doña Marina), Prokurica, Reyes, Rincón, Riveros, Rocha, Rojas, Saa (doña María Antonieta), Salas, Sánchez, Soria, Soto (doña Laura), Tuma, Valenzuela, Vargas, Velasco, Vilches, Villouta, Walker (don Ignacio) y Walker (don Patricio).DESIGNACIÓN Y JURAMENTO DE LOS SEÑORES ADRIÁN ÁLVAREZ ÁLVAREZ Y FEDERICO VALLEJOS DE LA BARRA, COMO PROSECRETARIO Y SECRETARIO JEFE DE COMISIONES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS, RESPECTIVAMENTE. El señor PARETO (Presidente).- En conformidad con las normas reglamentarias y estatutarias vigentes, corresponde resolver la proposición para designar Prosecretario de la Cámara de Diputados. El señor Secretario de la Corporación se permite proponer a la Sala designar como Prosecretario al actual Secretario jefe de Comisiones señor Adrián Álvarez Álvarez. En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 60 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 5 abstenciones. El señor PARETO (Presidente).- Aprobado el nombramiento. -Aplausos en la Sala. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Acuña, Aguiló, Alessandri, Arratia, Ascencio, Ávila, Bertolino, Rozas (doña María), Bustos, Caminondo, Caraball (doña Eliana), Cardemil, Ceroni, Cornejo (don Patricio), Elgueta, Fossa, Galilea (don Pablo), García (don René Manuel), Gutiérrez, Hernández, Huenchumilla, Jaramillo, Jarpa, Jeame Barrueto, Jocelyn-Holt, Krauss, Leal, Letelier (don Felipe), Montes, Mulet, Navarro, Núñez, Ojeda, Olivares, Ortiz, Ovalle (doña María Victoria), Palma (don Osvaldo), Palma (don Andrés), Pareto, Pérez (don José), Pérez (doña Lily), Pollarolo (doña Fanny), Prochelle (doña Marina), Prokurica, Reyes, Riveros, Rocha, Saa (doña María Antonieta), Salas, Sánchez, Silva, Soria, Soto (doña Laura), Tuma, Valenzuela, Vargas, Velasco, Vilches, Villouta y Walker (don Ignacio). -Se abstuvieron los diputados señores: Álvarez, Correa, Díaz, Dittborn y García-Huidobro. El señor PARETO (Presidente).- Señores diputados, los presidentes de las Comisiones permanentes sugieren nominar Secretario Jefe de Comisiones al Secretario de Comisiones señor Federico Vallejos de la Barra. ¿Habría acuerdo? Acordado. -Aplausos en la Sala. El señor PARETO (Presidente).- Corresponde, en seguida, tomar juramento a los señores Álvarez y Vallejos, para lo cual pido a las señoras y señores diputados, así como también a los funcionarios y a las personas asistentes a tribunas, que se pongan de pie. -Los señores Adrián Álvarez y Federico Vallejos se ubican, de pie, en el centro del hemiciclo. El señor PARETO (Presidente).- Señores Adrián Álvarez Álvarez y Federico Vallejos de la Barra: “¿Juráis o prometéis desempeñar fiel, leal y legalmente el cargo que os ha conferido la Cámara de Diputados, consultar en el ejercicio de vuestras funciones sus verdaderos intereses y guardar sigilo acerca de lo que se trate en sesiones secretas y de los demás hechos y antecedentes, cualquiera sea su naturaleza, de que toméis conocimiento?”.El señor ÁLVAREZ.- Sí, prometo, señor Presidente.El señor VALLEJOS.- Sí, juro, señor Presidente.El señor PARETO (Presidente).- Os declaro oficialmente investidos de los cargos de Prosecretario y de Secretario Jefe de Comisiones, respectivamente. -Aplausos en la Sala. VI. PROYECTOS DE ACUERDOMANDATO A COMISIÓN DE VIVIENDA PARA CONOCER RECLAMACIONES DE EX SOCIOS DE HABITACOOP. El señor VALENZUELA (Vicepresi-dente).- En votación por última vez, el proyecto de acuerdo Nº 594. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 23 votos; por la negativa, 1 voto. No hubo abstenciones. El señor VALENZUELA (Vicepresi-dente).- Rechazado el proyecto por falta de quórum.MANTENCIÓN DE PROGRAMAS COMUNALES DE EMPLEO DE EMERGENCIA DURANTE EL AÑO 2002. El señor VALENZUELA (Vicepresi-dente).- Se va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo. El señor LOYOLA (Secretario).- Proyecto de acuerdo Nº 595, de los señores Vilches, Letelier, don Felipe; de las señoras Rozas, doña María; González, doña Rosa; Pérez, doña Lily, y de los señores García, don René Manuel; Ortiz, García, don José, y Pérez, don Víctor. “Antecedentes: La permanencia de los altos niveles de desempleo y la lenta recuperación en la ocupación, son indicadores bastante pesimistas en cuanto a futuras estimaciones de desempleo para el próximo año. A junio de 2001 había 563.160 personas desempleadas, lo que implica una tasa de desempleo de 9,7%. Para los meses de agosto y septiembre, la tasa de desempleo podría subir a niveles cercanos al 11%, es decir, cerca de 640.000 personas sin tra-bajo. Dadas las estadísticas recientes, la tasa de desempleo promedio para el año 2001 se estima cercana al 9,5%, mientras que para el 2002 esta cifra podría ser de 9%. Por lo tanto, la crítica condición de los cesantes tendería a permanecer por un tiempo más largo al que se esperaba en un principio, lo que sugiere medidas que apunten a aliviar el flagelo del desempleo. Ya que la pérdida del empleo implica una cesación de los ingresos que tiene una persona para sobrevivir, la política de alivio de dicha situación debe ser orientada a la mayor cantidad de desempleados posible, para lo cual es necesario llevar a cabo proyectos muy intensivos en mano de obra y de rápida aplicación. Los empleos de emergencia municipales han demostrado ser los más adecuados para lograr dichos fines. Dentro de los programas de Mejoramiento Urbano y Mejoramiento de Barrios, hay proyectos que tienen una intensidad en mano de obra que supera el 80%, mientras que las obras centralizadas de asignación ministerial no superan el 60% en cuanto a la intensidad en mano de obra. Es así que los programas municipales tienen la ventaja de entregar mayores puestos de trabajo, que los programas centralizados convencionales. Mantener los programas comunales durante el próximo año, otorgaría más posibilidades de reducir el desempleo y de esta forma aliviar la deteriorada situación que afecta a los trabajadores en nuestro país. En consideración a lo expuesto precedentemente, someto a consideración de la honorable Cámara de Diputados el siguiente proyecto de acuerdo: Solicitar a su Excelencia el Presidente de la República que imparta instrucciones para que se contemplen los recursos necesarios en el Presupuesto de la Nación que permita mantener los programas comunales de empleos de emergencia, durante el año 2002”. El señor VALENZUELA (Vicepresi-dente).- Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado señor Carlos Vilches. El señor VILCHES.- Señor Presidente, ante la situación de crisis y de desempleo que vive el país, solicito la aprobación de este proyecto de acuerdo a fin de sensibilizar a las autoridades del Ejecutivo en cuanto a mantener el programa de emergencia municipal para absorber mano de obra. Con el apoyo de varios sectores políticos, pedimos la posibilidad de que en el Presupuesto de 2002, cuyo estudio comenzará en las próximas semanas, se apruebe una partida que permita garantizar los recursos necesarios para mantener los programas comunales de empleos de emergencia. Es necesario decir que, en la cadena de empleos, en estos programas los obtienen las personas más modestas; entre ellas, muchas jefas de hogar que no tienen ninguna otra alternativa en otro campo y es muy difícil que, aunque se produzca reactivación, puedan conseguir un cupo en cualquier comuna del país. Estos programas resuelven un problema real. Por eso, los diputados que suscribimos este proyecto de acuerdo, solicitamos, por intermedio de la Presidencia de esta Cámara, la posibilidad de contar con esos recursos para el 2002. Ello aseguraría a todos los trabajadores, que en la actualidad están inscritos en estos planes, la esperanza de que el próximo año tendrán otra oportunidad de trabajo. Pido a los colegas votar a favor del proyecto de acuerdo. He dicho. El señor VALENZUELA (Vicepresi-dente).- Ofrezco la palabra para hablar en contra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 35 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor VALENZUELA (Vicepresi-dente).- No hay quórum. Se va a repetir la votación. -Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 36 votos. No hubo votos por la afirmativa ni abstenciones. El señor VALENZUELA (Vicepresi-dente).- No hay quórum nuevamente. Se va a llamar a los señores diputados por cinco minutos. -Transcurrido el tiempo reglamentario: El señor VALENZUELA (Vicepresi-dente).- Se reanuda la sesión. En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 32 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor VALENZUELA (Vicepresi-dente).- La votación del proyecto de acuerdo queda pendiente para la próxima sesión.INTEGRACIÓN DE COMISIÓN INVESTIGADORA SOBRE VERTEDERO DE MAIPÚ. El señor VALENZUELA (Vicepresi-dente).- Propongo a la Sala designar como integrantes de la Comisión investigadora del vertedero de Maipú a los siguientes diputados: señores Arturo Longton, Gustavo Alessandri, Haroldo Fossa, Luis Pareto, Jaime Jiménez, Mario Acuña, Carlos Olivares, señora Isabel Allende y señores Alejando Navarro, Leopoldo Sánchez, Guido Girardi, Sergio Correa y Patricio Melero. ¿Habría acuerdo de la Sala? Acordado. El señor VALENZUELA (Vicepresi-dente).- Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión. -Se levantó la sesión a las 16.09 horas.JORGE VERDUGO NARANJO,Jefe de la Redacción de Sesiones. VII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA1. Certificado de la Comisión de Hacienda. “Valparaíso, 11 de septiembre de 2001. El Secretario de Comisiones que suscribe, certifica: Que el proyecto de ley, originado en un mensaje de su Excelencia el Presidente de la República, que introduce adecuaciones de índole tributaria al mercado de capitales y flexibiliza el mecanismo de ahorro voluntario (boletín Nº 2720-05), con urgencia calificada de “discusión inmediata”, fue despachado por esta Comisión, en tercer trámite constitucional, con la asistencia de los diputados señores Tuma, don Eugenio (Presidente); Álvarez, don Rodrigo; Lorenzini, don Pablo; Montes, don Carlos; Ortiz, don José Miguel y Palma, don Andrés. Concurrieron a la sesión, durante el estudio del proyecto, la señora María Eugenia Wagner, subsecretaria de Hacienda; y los señores Rodrigo Valdés y Heinz Rudolph, asesores de la citada Cartera. Se adjunta al presente certificado una minuta explicativa de las modificaciones aprobadas por el Senado. La Comisión acordó, por unanimidad, sugerir la aprobación de todas las modificaciones propuestas por el honorable Senado. Además, acordó que el informe se emitiera en forma verbal, directamente en la Sala, para lo cual designó diputado informante al señor Álvarez, don Rodrigo. (Fdo.): JAVIER ROSSELOT JARAMILLO, Secretario de la Comisión”.Reforma Mercado de Capitales-Proyecto TributarioModificaciones aprobadas en el Senado(respecto del texto aprobado en la Cámara)1. La exención tributaria a seguros dotales se mantiene 17 UTM por año a partir del año 6, pero se elimina el tope de años (que era de 20)). Se incluyen seguros de invalidez total dentro de la exención.2. Se modifica el artículo 18 bis de la ley de la renta (creado en el proyecto de evasión) para que los efectos de comercio tengan el mismo tratamiento que tienen los bonos en el caso de ganancias de capital de inversionistas institucionales no residentes y para que la incorporación de inversionistas institucionales domésticos en Fices no signifique el término de la exención otorgada en ley de evasión.3. Se cambia la redacción para venta corta llevando el articulado permanente al transitorio y viceversa.4. Ganancias de capital y bolsa emergente: -Se incorporan en la exención las cuotas de fondos mutuos y cuotas de fondos de inversión cuyos activos subyacentes son al menos un 90% acciones con presencia bursátil y acciones de la bolsa emergente. Adicionalmente, estarán exentos del impuesto a las ganancias de capital las cuotas de los fondos de inversión que tengan presencia bursátil. -Se rebaja requisito de desconcentración en bolsa emergente desde 33 a 10% y se explicita que la exención se inicia con la apertura en bolsa. -Se incorporan otras bolsas autorizadas por la SVS. -Se incorporan las ventas en bolsa de controladores, siempre y cuando el precio de venta no sea sustancialmente superior al precio de mercado (banda del 10%). En el texto original se consideraban ventas a través de Opas. -Se otorga plazo de 90 días para mantener exención al impuesto a las ganancias de capital si una acción pierde presencia para la ganancia realizada hasta el momento de pérdida de presencia.5. Se elimina el requisito de ser inversionista institucional extranjero para acceder a rebaja de impuestos a intereses para inversionistas no residentes en emisiones en moneda nacional dentro de Chile. Se incluyen también los efectos de comercio dentro de los instrumentos con impuesto rebajado.6. Ahorro voluntario: -En el tratamiento tributario de los excedentes de libre disposición se establece la opción para los afiliados de tener una exención tributaria al momento del retiro de 200 UTM por año con un máximo de 1.200 UTM u 800 UTM de una vez (desde un máximo de 820 en el proyecto). Se excluye el depósito convenido de esta exención. -Los independientes podrán deducir de la base imponible los ahorros voluntarios que realicen en Afps e instituciones autorizadas. La deducción será de 8,33 UF por cada UF de cotización obligatoria que realicen en la cuenta 1 del sistema de AFP incluyendo, además, la cotización de salud y seguro de invalidez y sobrevivencia respectivo (con tope de UF 600, al igual que los dependientes). -Los afiliados al INP pueden realizar ahorro voluntario. El INP puede recaudar y transferir fondos de ahorro voluntario y cobrar por ese servicio. -Los contribuyentes pueden mantener en más de una AFP su ahorro voluntario, aunque pueden hacer cotizaciones voluntarias sólo en aquella en la que están afiliados. Se repone el artículo que permite a las Afps cobrar por la administración del ahorro voluntario incorporando la restricción de que esta comisión deberá ser porcentual sobre el saldo acumulado del afiliado. -Tasa de impuestos a retiros ahorro voluntario antes de la jubilación. Sobretasa fluctúa entre 3 y 7% dependiendo del ingreso del contribuyente (desde 10% parejo). Consecuentemente, la tasa de impuesto de retención de retiros de ahorro voluntario se disminuye a 15% (desde 25%). -Se incluye un artículo transitorio para mantener el tratamiento tributario del stock de ahorro realizado con anterioridad. Se incluye un transitorio para garantizar tratamiento tributario del nuevo stock de ahorro.7. Se elimina el requisito de autorización por parte del Banco Central para acceder a impuesto a intereses reducido de 35 a 4% (articulado retirado en el proyecto de evasión por problemas de quórum).8. Se incluye la posibilidad de tener un representante de los acreedores para la administración de las garantías en la emisión de efectos de comercio.9. Se permite a los fondos mutuos pagar dividendos. Se traslada tratamiento tributario desde la ley de fondos mutuos a la ley de la renta. Se incorpora el que las cuotas de fondos mutuos tengan derecho a devolución de impuestos por los créditos contra el impuesto de primera categoría global complementario o adicional, según corresponda.10. Se permite pagar dividendos atrasados en beneficio de DFL 2 con beneficio de rebaja manteniendo topes actuales (asimila tratamiento de la última rebaja tributaria).2. Informe de la Comisión Mixta, recaído en el proyecto de ley que modifica la ley orgánica constitucional de Enseñanza, en materia de educación parvularia. (boletín Nº 1738-04)“Honorable Senado:Honorable Cámara de Diputados: La Comisión Mixta, constituida en conformidad con el artículo 68 de la Constitución Política, tiene el honor de proponeros la forma y el modo de resolver las divergencias suscitadas entre ambas Cámaras Legislativas, durante la tramitación del proyecto de ley de la referencia. El honorable Senado nombró como integrantes de la Comisión Mixta a los honorables señores senadores miembros de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología. La honorable Cámara de Diputados comunicó haber designado para tal efecto a los honorables diputados señoras María Victoria Ovalle Ovalle y Fanny Pollarolo Villa y señores Sergio Correa de la Cerda, Homero Gutiérrez Román y Sergio Velasco de la Cerda. Posteriormente, la honorable diputada señora Ovalle fue reemplazada por el honorable diputado señor Carlos Caminondo Sáez. La Comisión Mixta se constituyó el día 11 de julio de 2001, con asistencia de los honorables senadores señores Díez, Larraín, Muñoz Barra y Ruiz-Esquide, y honorables diputados señores Caminondo, Gutiérrez y Velasco, y eligió por unanimidad como Presidente al honorable senador señor Muñoz Barra. Hecho lo anterior, se abocó al cumplimiento de su cometido.-o- Os prevenimos que, al tenor del Nº 11º del artículo 19, en relación con el inciso segundo del artículo 63, ambos de la Constitución Política, el artículo único que se propone requiere para su aprobación del voto conforme de las cuatro séptimas partes de los honorables senadores y diputados en ejercicio, en cuanto modifica la ley orgánica constitucional de Enseñanza, Nº 18.962.-o- El proyecto de ley acordado por el honorable Senado, en primer trámite constitucional, persigue, en síntesis: -Por una parte, modificar el inciso final del artículo 2º de la ley Nº 18.962, de manera de incluir la educación parvularia entre los niveles educacionales que el Estado tiene el deber de fomentar. -Por otra, incorporar un nuevo inciso en el artículo 7º del mismo cuerpo legal, que define “educación parvularia” como el nivel educativo que atiende a niños y niñas desde su nacimiento hasta su ingreso a la enseñanza básica, en consideración a su heterogeneidad y diversidad psicológica, social y cultural, y cuyo propósito es favorecer de manera sistemática, oportuna y pertinente, aprendizajes relevantes y significativos en los párvulos, apoyando así a la familia en su rol insustituible de primera educadora. Dichos propósitos se materializan en un artículo único que consta de dos numerales. La honorable Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional, sustituyó el numeral 2, que contempla la definición de educación parvularia. La conceptualización propuesta por la honorable Cámara, además de incluirse como artículo 6º bis, agrega al texto del honorable Senado las siguientes ideas: -Que la educación parvularia es el primer nivel del sistema nacional de educación, aunque no constituye antecedente obligatorio para la educación general básica. -Que la atención que debe dar ha de ser “integral”. -Que pretende cimentar en niños y niñas una personalidad equilibrada y las competencias requeridas para enfrentar, con propiedad, su presente como párvulos y su futuro como estudiantes, sobre la base de finalidades, métodos y procedimientos de evaluación que le son inherentes; y -Que no exige requisitos mínimos para acceder a ella. La controversia suscitada deriva del rechazo de la Cámara de origen, en tercer trámite constitucional, a la enmienda acordada para el numeral 2 por la Cámara revisora, en segundo trámite. Con motivo del debate suscitado respecto de este asunto, la Comisión Mixta, fundada en la necesidad de que la voluntad política que debe prevalecer consiste en que la enseñanza parvularia sea incorporada formalmente en la ley Nº 18.962, estuvo por acoger el texto propuesto por el honorable Senado con las modificaciones que se consignan más adelante. Para la Comisión, si bien esta enseñanza configura uno de los niveles que se articulan en la estructura del sistema nacional de educación, el legislador debe cautelar la libertad de los padres en orden a decidir si optan o no por incorporar a sus hijos al mismo. En ese sentido, a juicio de la Comisión, dicha premisa queda reconocida en la medida en que la norma, por una parte, explicita el carácter de nivel educacional sin referirse a su ubicación dentro del sistema y, por otra, incluye la prevención según la cual no es un antecedente obligatorio para la educación general básica. En seguida, la Comisión Mixta fue de parecer que la educación parvularia debe constituirse en una instancia educativa esencialmente no discriminatoria, por lo que cuando la norma que se somete a consideración de ambas Cámaras señala que no exige “requisitos mínimos”, se quiere significar que para acceder a este nivel de enseñanza no es lícito establecer requisitos relativos a capacidad intelectual o grado de conocimiento en los educandos, ni atributo o cualidad alguna en ellos, salvo la mera circunstancia de tratarse de un niño o niña perteneciente al grupo etario que corresponde ser atendido por aquélla. Por esta razón, se introdujo una frase para precisar que la enseñanza en comentario no permite contemplar “diferencias arbitrarias”, esto es, que no fueren razonablemente aceptables. Por último, cabe destacar que por razones de técnica legislativa se estimó conveniente incluir la definición de educación parvularia como artículo separado, siguiendo el criterio de la Cámara revisora. -Sometido a votación el texto propuesto por el honorable Senado, en primer trámite, fue aprobado con enmiendas, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión Mixta, honorables senadores señores Díez, Larraín, Muñoz Barra y Ruiz-Esquide, y honorables diputados señores Caminondo, Gutiérrez y Velasco. Tales enmiendas, como se dijera, están destinadas a recoger algunas ideas contenidas en el texto consultado por la honorable Cámara de Diputados.-o- En mérito del acuerdo descrito precedentemente, y para salvar la divergencia suscitada entre ambas ramas del Congreso Nacional, con respecto al numeral 2 del artículo único del proyecto de ley, vuestra Comisión Mixta os propone, por la unanimidad de sus miembros presentes, aprobar para dicho numeral el texto del honorable Senado con las siguientes enmiendas:Artículo únicoNumeral 2 -Reemplazar su encabezamiento por el que se indica: “2. Agrégase el siguiente artículo 6º bis:” -Consultar, como inciso primero del artículo 6º bis, que se agrega, el siguiente: “La educación parvularia es el nivel educativo que atiende integralmente a niños y niñas desde su nacimiento hasta su ingreso a la enseñanza básica, sin constituir antecedente obligatorio para ésta. Su propósito es favorecer de manera sistemática, oportuna y pertinente, aprendizajes relevantes y significativos en los párvulos, apoyando a la familia en su rol insustituible de primera educadora.”. -Agregar el siguiente inciso final: “La educación parvularia no exige requisitos mínimos para acceder a ella, ni permite establecer diferencias arbitrarias.”.-o-TEXTO DEL PROYECTO DE LEY En consecuencia, el texto del proyecto de ley sería el siguiente:PROYECTO DE LEY: “Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 18.962, orgánica constitucional de Enseñanza:1. Intercálase, en el inciso final de su artículo 2º, a continuación de la coma (,) que sigue a la palabra “niveles”, la frase: “en especial la educación parvularia, y”.2. Agrégase el siguiente artículo 6º bis: “La educación parvularia es el nivel educativo que atiende integralmente a niños y niñas desde su nacimiento hasta su ingreso a la enseñanza básica, sin constituir antecedente obligatorio para ésta. Su propósito es favorecer de manera sistemática, oportuna y pertinente, aprendizajes relevantes y significativos en los párvulos, apoyando a la familia en su rol insustituible de primera educadora. La educación parvularia no exige requisitos mínimos para acceder a ella, ni permite establecer diferencias arbitrarias.”.”.-o- Acordado en sesión celebrada el día 11 de julio de 2001, con asistencia de los honorables senadores señores Roberto Muñoz Barra (Presidente), Sergio Díez Urzúa, Hernán Larraín Fernández y Mariano Ruiz-Esquide Jara, y de los honorables diputados señores Carlos Caminondo Sáez, Homero Gutiérrez Román y Sergio Velasco de la Cerda. Sala de la Comisión Mixta, a 12 de julio de 2001. (Fdo.): M. ANGÉLICA BENNETT GUZMÁN, Secretaria”.3. Moción de los diputados señores Leal, Ascencio, Ceroni y Urrutia. Modifica el Código Penal tipificando el delito de seguimiento ilegal con fines políticos de las personas o con finalidades de cometer otros ilícitos. (boletín Nº 2789-07)“Vistos: Lo dispuesto en los artículos 60 y 62 de la Constitución Política de la República; lo prescrito por la ley Nº 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y lo establecido por el Reglamento de la honorable Cámara de Diputados. Considerando:1º Que la Constitución Política de la República asegura en su artículo 19 número 4º: “El respeto y protección a la vida privada y pública y a la honra de la persona y de su familia, y en su número 5º: “La inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación privada, señalando al efecto que el “hogar sólo puede allanarse y las comunicaciones y documentos privados interceptarse, abrirse o registrarse en los casos y formas determinados por la ley”.2º Que la intimidad y la privacidad es un atributo esencial de la personalidad humana, que es latamente amparado por nuestro ordenamiento constitucional y legal, por cuanto, sólo mediante ella se protege de manera efectiva la libertad personal para actuar en la esfera privada y también en la pública de la manera que a cada cual le parezca, con los solos límites impuestos por la razón, la ética y el derecho.3º Que recientes hechos que han sido conocidos por la opinión pública referidos a presuntos seguimientos de que estaba siendo objeto un alto dirigente político, por personas desconocidas y aparentemente sin amparo legal de ninguna clase que autorizase tales acciones, nos obligan a examinar con detenimiento si la acción de seguir a una persona o someterla a cualquier clase de vigilancia al margen de una autorización judicial o de otra autoridad pública que la legitime constituye o no un acto lesivo de derechos subjetivos y cuál es la sanción que dicha acción lleva aparejada. Realizado el examen jurídico se ha podido detectar que, sin perjuicio de que actos de seguimiento personal o vigilancia de los desplazamientos o del hogar o industria de una persona, pueda constituir en su conjunto, un acto ilícito tipificado como delito de amenazas o usurpación de funciones públicas, o eventualmente ser una manifestación de otro delito como el de asociación ilícita, estimamos que como tal, analizado de manera aislada, insistimos, no constituye un delito penal per se, por carecer del requisito de tipicidad legal penal, esto es, de una ley que describa de manera exacta y precisa la conducta y sanciones al responsable, sin perjuicio de ser en sí mismo un ilícito constitucional y eventualmente civil. Los seguimientos y vigilancias a las personas, hoy en día, siendo actos que atentan de manera grave contra la privacidad y la intimidad de las personas y sus familias, son actos antijurídicos, que merecen un reproche social y también jurídico penal, que no se satisface, sino mediante la creación de un tipo penal especial, en el cual poder subsumir tales acciones, sea que provengan de particulares o de agentes públicos que carezcan de legitimidad jurídica para operar en el sentido indicado.4º Que Chile se organiza institucionalmente como un Estado Social y Democrático de Derecho, en donde la vida privada de las personas es un bien jurídico relevante que debe ser amparado por el derecho, por lo que es necesario tomar las medidas para llenar el actual vacío legal que, como sabemos, dada la naturaleza penal de la protección que pretendemos, no puede ser lograda, sino mediante una modificación legal, por cuanto los jueces en materia criminal no pueden aplicar las normas punitivas recurriendo a la analogía ni a ningún otro instrumento de integración del Derecho.5º Que la actual protección de los derechos constitucionales de las personas, incluso en la indagatoria y la persecución penal están clara y expresamente contenidas en las dos leyes vigentes que regulan el procesal penal chileno como son el Código de Procedimiento Penal y el Nuevo Código Procesal Penal. En ambos cuerpos normativos se establecen claros y precisos dispositivos procesales para que los jueces autoricen la restricción de los derechos de las personas, regulándose en extenso diligencias tales como el registro de correspondencia, el registro personal y de las ropas de las vestimentas de las personas o el allanamiento o registro de habitación (Artículos 74 y 156 a 183 del Código de Procedimiento Penal y Artículo 77 a 92 del Nuevo Código Procesal Penal).6º Más aún, en el pasado, hechos como los comentados anteriormente, referidos a operaciones de inteligencia al margen de la ley con la finalidad de interferir o producir determinados efectos sobre el proceso político chileno, han tenido que derivar en modificaciones legales de envergadura para subsanar vacíos legales. En efecto, fruto del denominado caso Piñera-Gate fue necesario modificar la ley Nº 18.168 “General de Telecomunicaciones”, mediante la ley Nº 19.277 de diciembre del año 1993, para agregar un Artículo 36 B letras b) y c) para tipificar el delito de interferencia e interceptación maliciosa de servicios de telecomunicaciones, como también el delito de difusión pública o privada de cualquier comunicación obtenida con infracción a la ley de Telecomunicaciones. En este caso, las penas señaladas por la actual ley son de presidio en cualquiera de sus grados y fuertes multas pecuniarias que van de 100 a 500 UTM en el caso de la difusión pública. Más aún, no podemos olvidar que una parlamentaria debió ser absuelta por falta de méritos por un ministro de Corte que actuaba en calidad de ministro instructor, al estimar que había un vacío legal por falta de tipicidad, el que fue definitivamente superado mediante esta expresa modificación legal que obviamente no la afectó por aplicación del principio de la irretroactividad de la ley penal.7º La experiencia antes narrada y la reiteración de hechos de semejante naturaleza demuestran, una vez más, que la impunidad en esta clase de ilícitos sólo genera las condiciones para reiterar e insistir en conductas apartadas del derecho, al tenerse la plena seguridad de que no podrán ser encausados y sancionados por los tribunales de justicia.8º Por lo dicho y considerando que ya nuestro Código Penal contempla en su Título III un riguroso catálogo de crímenes y simples delitos que afectan los derechos garantidos por la Constitución, entre los cuales están los delitos justamente contra la intimidad y privacidad de las personas y que son actualmente amparados penalmente mediante los tipos que sancionan la violación de domicilio (Artículo 144), la violación de correspondencia (Artículo 146), es que consideramos oportuno y necesario agregar a este catálogo un Artículo 146 bis, con la finalidad de penalizar al que sin autorización legal, y de manera maliciosa efectuare seguimientos o vigilancia a una persona, tanto en sus desplazamientos como a su morada o habitación con la finalidad de utilizar la información recabada con fines ilícitos, sea que éstos constituyan o no por sí mismos otros delitos penales. En el tipo que proponemos el bien jurídico protegido es la intimidad y privacidad de las personas y sus familias. Desde un punto de vista subjetivo se exige dolo directo y vinculado a la comisión de este nuevo delito a la realización de otros ilícitos, sean civiles o penales, como por ejemplo la extorsión, el chantaje, etc. Estimamos que las conductas de seguir o vigilar a una persona o la casa de una familia, o el domicilio laboral de los sujetos, con todas las secuelas sicológicas que ello eventualmente produce en el caso de que la víctima se percate del hecho y todos los riegos que involucra semejante acción para la víctima, y en tanto importan una agresión a un derecho garantido por la Constitución deben ser sancionado por sí mismo, por cuanto el intrusismo en nuestra vida privada sea personal o familiar es una agresión, una violación a la libertad personal y a la seguridad individual y familiar. En cuanto a la pena, proponemos que el delito sea sancionado con una pena proporcional a la gravedad del delito, y por eso postulamos, que el autor, sea sancionado con la pena de presidio mínimo en su grado mínimo a medio, o sea, de 61 días a 3 años de cárcel y con la pena pecuniaria de multa de 100 Unidades Tributarias Mensuales a 500 Unidades Tributarias Mensuales. Asimismo, hemos tomado la precaución de señalar que este delito se comete cuando el seguimiento y/o vigilancia, es ilegal y entendemos por tal, el que no es realizado por funcionarios o agentes del Estado (de organismos policiales o de seguridad pública) dotados de tales facultades, sea por la ley o por una previa autorización judicial de carácter expreso.9º Que la Democracia es el único Régimen de Gobierno, que a nuestro juicio nos impone el imperativo ético de salvaguardar con todos los instrumentos y dispositivos jurídicos disponibles, los derechos de las personas y considerando que es deber del Estado y por tanto de este Parlamento actuar en defensa y promoción de los derechos del hombre, nos permitimos someter a consideración de esta honorable Cámara, el siguientePROYECTO DE LEY Artículo único.- Agréguese el siguiente artículo 146 bis al Código Penal: “El que maliciosamente y sin estar autorizado legalmente para ello por una resolución judicial, efectuare seguimiento de los desplazamientos de personas o efectuare vigilancia de una morada, con la finalidad de cometer otros ilícitos sean penales o civiles, orientados a producir efectos políticos, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio, y multa de cien a quinientas Unidades Tributarias Mensuales”.