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El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Claudio Alvarado, informante de la Comisión de Hacienda.
El señor ALVARADO .-
Señor Presidente , el proyecto, que crea juzgados de policía local en 99 comunas, tiene su origen en un mensaje de su Excelencia el Presidente de la República .
Debo hacer presente que desde el artículo 1º al 99 se requiere de quórum de ley orgánica constitucional, dado que son aquellos que, precisamente, crean los juzgados.
Con la creación de juzgados de policía local en diversas comunas se facilitará el acceso de la población a la justicia, especialmente en el nivel local.
Con tal propósito, se crea un segundo y un tercer juzgado de policía local en comunas en que por el alto número de causas, el tribunal actual tiene una excesiva carga de trabajo, en las que se dificulta la administración de la justicia por tener gran número de habitantes o porque éstos deben recorrer grandes distancias para concurrir ante el juzgado con juez letrado.
En sesión de fecha 10 de julio de 1996, la Comisión de Hacienda dejó pendiente la tramitación del proyecto en espera de un reestudio que realizaría el Ejecutivo de la época. En el transcurso de 1997 y 1998, esta Comisión insistió para que se agilizara el despacho del proyecto en informe.
Con fecha 6 de agosto de 2001, el Ejecutivo formuló una indicación sustitutiva al proyecto que, recogiendo las peticiones de los municipios, aumenta el número de comunas dotadas de esta clase de tribunales.
Para tal efecto, se señala como fundamento y explicación de la referida indicación la conveniencia de que éstos existan en todas aquellas comunas que cuenten con más de diez miel habitantes, como también las que teniendo entre cinco mil y diez mil habitantes y atendidas sus especiales condiciones territoriales, su ubicación geográfica o las dificultades de acceso, se justifique que cuenten con un juzgado de policía local.
Asimismo, teniendo presente que entre 1995 y 1996 se crearon en el país siete nuevas comunas, también de acuerdo con los criterios antes señalados, se crean en ellas los juzgados correspondientes.
Por otra parte, se contempla la instalación de nuevos juzgados de policía local en diversas comunas en las cuales los actualmente existentes atienden más de diez mil causas anuales, con el fin de asegurar una atención pronta y expedita de las causas que se deben conocer y resolver.
De esta forma, la iniciativa disminuye el número de comunas que no cuentan con juez de policía local, asegurando un pronto y más expedito acceso a la justicia local y el conocimiento de todas las materias propias de su competencia por parte de un juez letrado.
Por otra parte, para contribuir a una mejor atención en términos de oportunidad, se ha considerado adecuado aumentar el número de días, de dos a tres por semana, que, como mínimo, debe determinar la respectiva Corte de Apelaciones, para los efectos de que los jueces de policía local den audiencia al público.
Finalmente, debo hacer presente que el informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos con fecha 20 de agosto de 2001, actualiza el informe primitivo en base a la indicación sustitutiva del Ejecutivo y señala que el mayor gasto que implica la aplicación del proyecto se financiará con cargo al presupuesto de la municipalidad correspondiente, por lo que no irrogará gasto fiscal.
La Comisión recomienda aprobar el presente proyecto.
Es todo cuanto puedo informar en nombre de la Comisión de Hacienda.
He dicho.
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