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El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
En el turno del Comité del Partido Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado señor Ricardo Rincón.
El señor RINCÓN .-
Señor Presidente , es de público conocimiento que el fin de semana, junto a Investigaciones de Chile y por orden emanada del 2º Juzgado de Policía Local de San Miguel , realizamos la incautación de un oso yogi a un circo de Santiago. Se trata de una especie en peligro de extinción, que está protegida por la Convención Internacional de Comercio y Tráfico de Especies Silvestres, Cite, suscrito y ratificado por Chile. De ahí la importancia de nuestra preocupación por su protección.
Sin embargo, han aparecido documentos del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG, que permiten a ese oso, en peligro de extinción, retornar al lugar en que estaba.
Nuestra acción no va contra los circos -ése no es el objetivo-, sino que pretende proteger una especie en peligro de extinción y a exigir el respeto de un convenio ratificado y suscrito por Chile en 1975, el que, en consecuencia, es ley en nuestro territorio.
La única excepción podría ser que este animal u otro cualquiera, clasificado en la categoría Cite-1, especie de máxima protección, fuera preconvención, lo cual no puede ocurrir, puesto que la Convención tiene más de 20 años y este animal no más de 10.
No obstante ello, la autoridad administrativa de Chile, el Servicio Agrícola y Ganadero, no ha hecho absolutamente nada para hacer respetar una convención internacional y cautelar que una especie en peligro de extinción se encuentre en condiciones adecuadas y que, de acuerdo con lo establecido en la convención, sea repatriada a su país de origen.
Esto es tremendamente sorprendente y por ello pedimos que se oficie al ministro de Agricultura , del cual depende el SAG, Servicio Agrícola y Ganadero, para que explique qué significa la resolución 2717 exenta, del director nacional del SAG, que posibilita esta situación, por qué ello está ocurriendo en nuestro país, qué significa la resolución 45, de 1996, que constituye un aval de la anterior y que también posibilita esa situación, y de qué manera se está aplicando esa convención.
Consecuentemente con lo anterior, pido, primero, que también se oficie a la Contraloría General de la República para que vele por la legalidad de las resoluciones del SAG, que a nuestro juicio contraviene una convención internacional.
Segundo, a la Secretaría Ejecutiva de la Cite , en Suiza, a través de la Cancillería, para que tome conocimiento de esta situación, intervenga y nos ayude en un tema tan importante como éste. No se trata sólo de un animal, lo que por cierto nos preocupa, sino, en especial, de la violación de un tratado internacional que no está siendo aplicado en nuestro país.
Tercero, a la autoridad administrativa del Perú, concretamente al Instituto Nacional de Recursos Naturales para que mediante el Departamento de Vida Silvestre informe, a través de nuestra Cancillería, dónde están los certificados que avalarían una excepción a la Cite, convención suscrita y ratificada por Chile.
Por último, al jefe del departamento jurídico de la Secretaría Cite en Suiza don Juan Carlos Vasquéz , abogado colombiano, con el objeto de que nos pueda ayudar en esta materia.
Lo que está ocurriendo es francamente increíble y el no tener una respuesta hasta ahora por parte del SAG, no obstante habernos entrevistado con su director nacional, es, a lo menos, sorprendente.
Pido adjuntar a los oficios el texto de esta intervención.
He dicho.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Se accederá a cada una de sus peticiones, con la adhesión de los diputados que lo soliciten, entre los cuales me incluyo. Se adjuntará el texto de su intervención.
"
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