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- rdf:value = " El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora María Antonieta Saa.
La señora SAA (doña María Antonieta).-
Señor Presidente, quiero referirme a lo planteado por el diputado señor Montes respecto de la capacidad de crédito y de reprogramación de las deudas hipotecarias de las mujeres.
El régimen de sociedad conyugal, como lo hemos explicado a propósito de la tramitación de la modificación del régimen patrimonial, deja a las mujeres en incapacidad especial. Entonces, es muy importante una modificación en ese sentido, porque ahora las mujeres casadas en sociedad conyugal no tienen capacidad de obtener crédito, dado que los bienes los administra el marido y, en general, figuran a su nombre; además, tampoco pueden reprogramar sus deudas, ya que, como decía el diputado señor Montes, la casa familiar, si bien es de propiedad de ambos, el marido es el titular de ella.
He querido llamar la atención sobre el tema porque es importante buscar una solución para la mujer, a fin de que pueda reprogramar. Para resolver en definitiva esta situación, deberemos aprobar el proyecto que figura en el tercer lugar de la Tabla de hoy y que dice relación con la modificación de la sociedad conyugal, en términos de que cada cónyuge administra sus bienes y puede decidir en forma independiente respecto de ellos.
Quería que los señores diputados tomaran nota de este hecho.
He dicho.
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