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El señor PARETO (Presidente).-
En el Orden del Día, corresponde conocer el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que establece, temporalmente, una exención del impuesto de timbres y estampillas, rebaja de derechos en la reprogramación de deudas hipotecarias y modificación de normas tributarias.
Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Eugenio Tuma.
Antecedentes:
- Mensaje, boletín Nº 2741-05, sesión 11ª, en 3 de julio de 2001. Documentos de la Cuenta Nº 2.
- Informe de la Comisión de Hacienda. Documentos de la Cuenta Nº 7, de esta sesión.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, el proyecto de ley, de origen en un mensaje de su Excelencia el Presidente de la República, con urgencia calificada de “discusión inmediata” y de “suma”, según el caso, establece temporalmente una exención del impuesto de timbres y estampillas, rebaja derechos en la reprogramación de deudas hipotecarias y modifica normas tributarias.
Durante su estudio, asistieron a la Comisión el señor Nicolás Eyzaguirre, ministro de Hacienda; la señora María Eugenia Wagner, subsecretaria de Hacienda; los señores Enrique Marshall, Gustavo Arriagada y Gustavo Plott, superintendente, intendente y director de normas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, respectivamente; el señor Juan Alberto Rojas, jefe del departamento de técnica tributaria del Servicio de Impuestos Internos; el señor Benjamín Villena, asesor de macroeconomía de dicha cartera; la señorita Claudia Martínez y el señor Carlos Estévez, asesores del mismo ministerio.
Concurrieron, especialmente invitados, los señores Sebastián del Campo, gerente de la banca comercial de personas del Banco del Estado de Chile; Leonardo Aguilera, gerente hipotecario del Banco Santander, y Arnaldo Vera, gerente de vivienda del Banco del Desarrollo.
La iniciativa tiene por objeto establecer, por un período de nueve meses, una exención del impuesto de timbres y estampillas y una rebaja en los derechos notariales y del conservador de bienes raíces, asociados a las reprogramaciones de deudas hipotecarias que señala, y rectificar dos omisiones de la ley Nº 19.738, sobre la fiscalización del IVA y la tasa del impuesto a los bienes suntuarios.
El proyecto consta de cinco artículos permanentes.
Idea matriz o fundamental.
En lo principal, la idea matriz del proyecto consiste en facilitar e incentivar las reprogramaciones de créditos hipotecarios, de manera que a las rebajas en las tasas de interés se sume una disminución en los costos adicionales asociados al impuesto de timbres y estampillas y a los gastos notariales y del conservador de bienes raíces.
Antecedentes presupuestarios o financieros.
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos señala que la aplicación de las medidas que contiene el proyecto no producirán costo fiscal, por cuanto las operaciones de que da cuenta no se habrían realizado de no existir la exención y rebajas que se vienen otorgando.
Disposiciones legales que modifica el proyecto.
El artículo 1º del decreto Nº 587 exento, de 1998, del Ministerio de Justicia, y los incisos segundo y tercero de la letra a) del Nº 1 del artículo 1º del decreto Nº 588 exento, de 1998, del Ministerio de Justicia, que fijan los aranceles para los notarios y conservadores de bienes raíces y de comercio, respectivamente.
El artículo 40 del decreto ley Nº 825, de 1974, sobre impuesto a las ventas y servicios, que grava con una tasa del 50 por ciento a los bienes suntuarios.
El inciso segundo del Nº 4 del artículo único de la ley Nº 18.320, sobre las facultades del Servicio de Impuestos Internos para fiscalizar el cumplimiento del IVA, cubre los últimos veinticuatro períodos mensuales.
Constancias previas.
El proyecto no requiere de quórum especial para su aprobación; no contiene disposiciones ni indicaciones rechazadas, y no fueron aprobados por unanimidad los artículos 1º y 2º.
Discusión y votación en general.
En el análisis que realizó la Comisión del proyecto, intervino el ministro de Hacienda señor Nicolás Eyzaguirre, quien destacó que, gracias a la política fiscal rigurosa que se ha mantenido durante este Gobierno, ha sido posible tener bajas tasas de interés para los créditos a corto y a largo plazo. Afirmó que en el sector de créditos a largo plazo, los más comunes son los hipotecarios. Hizo notar que, en este caso, la rebaja de tasas no ha beneficiado a los deudores en forma automática, pues para ello es menester reprogramar el crédito, lo que implica rescatar las letras primitivas y programar uno nuevo.
Agregó que, a su vez, la reprogramación implica un costo, el que se relaciona con el pago del impuesto de timbres y estampillas y con los gastos notariales y del registro del conservador de bienes raíces, y dio algunos ejemplos.
Expresó que de lo anterior se desprende que en la actualidad el costo de reprogramar asciende, aproximadamente, al 30 por ciento del ingreso mensual del deudor, lo que constituye un obstáculo serio para que pueda reprogramar sus deudas.
Manifestó que en el proyecto de ley en estudio se propone una rebaja en el impuesto citado y una limitación a los gastos notariales y del Conservador, de acuerdo con el mensaje, por un período de 9 meses.
Sostuvo que el ahorro para el público se ha estimado, tanto en lo referente al mencionado impuesto como en los gastos en cuestión, en 66 mil millones de pesos, lo que mejorará el consumo de las familias y, con ello, se impulsará el crecimiento económico. El diputado que habla manifestó su aprensión en cuanto a que con el proyecto sólo se beneficia en forma directa a los deudores hipotecarios y no se permite la renegociación de créditos en otros sectores importantes de la economía, como en el caso de las pymes.
Además, el proyecto no establece el beneficio en la reprogramación de deudas en caso de ampliación de viviendas o de autoconstrucción.
El diputado señor Carlos Montes expresó que el proyecto de ley sólo favorecerá a los sectores ABC1 y no a los C2 y C3, ya que éstos no tendrán acceso a nuevos préstamos. El diputado señor Pablo Lorenzini opinó que los beneficios de la iniciativa no debieran limitarse a un período de nueve meses, sino establecerlos con carácter de permanentes, de modo de aplicarlos cada vez que exista una baja en las tasas de interés.
El diputado señor José García opinó que no existe fundamento para no extender los beneficios propuestos en el proyecto a los deudores de créditos de consumo.
El diputado señor José Miguel Ortiz comentó que la rebaja de tasas de interés por parte del Banco Central de Chile no se ha extendido por los bancos comerciales a sus clientes.
El señor ministro de Hacienda se hizo cargo de las inquietudes de los señores parlamentarios. Expresó que las deudas de las pymes y las deudas hipotecarias son de naturaleza diversa, por lo que requieren instrumentos distintos. Al respecto, dijo que la reprogramación de créditos por parte de las pymes ha resultado un éxito, esperándose que se realicen unas 16 mil.
Reconoció que los beneficios propuestos, en términos de magnitud, serán mayores para los sectores ABC1; sin embargo, como lo demuestran los ejemplos citados, los sectores de menores ingresos se benefician proporcionalmente en mayor medida.
A continuación, puso a disposición de la Comisión un cuadro en el que se exponen diversos ejemplos respecto de la magnitud del beneficio que se propone, según tramo de ingresos, el cual se agrega a este informe como anexo.
Expresó asimismo que el plazo de nueve meses que establece al proyecto es un incentivo para reprogramar, el cual desaparece si se hace permanente. Además, estimó que no es el momento para introducir modificaciones permanentes en la ley de timbres y estampillas por su alto costo.
Cabe hacer presente que el fisco recibe un ingreso del orden de los 300 millones de dólares por concepto de dicho impuesto.
El señor Juan Alberto Rojas argumentó que el proyecto de ley se refiere sólo a los préstamos hipotecarios, entre otras razones, porque sería más fácil su fiscalización. Agregó que, en el caso de los préstamos de consumo, resulta muy difícil conocer el destino de los recursos.
Manifestó que en el caso de los préstamos hipotecarios la renegociación es compleja, puesto que debe concurrir un nuevo crédito para liberar el antiguo, lo que implica el rescate de las letras en poder de su tenedor, que es un tercero. En cambio, en el caso de los préstamos de consumo, es el propio banco acreedor el que renegocia directamente con el deudor.
Diversas otras consultas dieron lugar a un debate consignado en las actas de la Comisión sobre temas tales como si la reprogramación implica pagar las tasas de interés originalmente pactadas; si la reprogramación se podrá efectuar por más de un crédito y por más de un bien, y si se conoce la disposición de la banca en cuanto a otorgar nuevos créditos para poder renegociar.
Por otra parte, en relación con algunas observaciones al proyecto entregadas a la Comisión por los representantes de las entidades bancarias, cabe destacar las siguientes:
El señor Arnaldo Vera planteó que la letra a) del artículo 1º no incorpora al beneficio propuesto los créditos otorgados para la adquisición de viviendas nuevas acogidas al DFL Nº 2, de 1959, que hayan hecho uso de la exención del 50 por ciento del monto máximo del impuesto, establecida en el Nº 3 del artículo 1º del decreto ley Nº 3.475, de 1980. Con ello, se excluye del beneficio a una cantidad significativa de deudores hipotecarios del sistema financiero. En la misma letra, se incorpora al beneficio a quienes se hubieran amparado en la exención establecida en el artículo 3º del decreto ley Nº 2.552, de 1970, sobre viviendas sociales, no siendo necesario, ya que “los actos, contratos, actuaciones y documentos que se celebren, otorguen o suscriban con relación a viviendas sociales están exentos de la ley de timbres y estampillas”, según lo dispuesto en el artículo 3º, inciso final, del citado decreto ley.
Las letras b) y d) del artículo 1º requieren, para su aplicación, que el monto del crédito a prepagar sea un dato conocido al momento de otorgarse el nuevo crédito. Al respecto, puntualiza que ello no es así, ya que el producido de este último se liberará una vez perfeccionados los nuevos gravámenes que se constituyan sobre el inmueble, lo que es un plazo esencialmente variable, durante el cual el crédito a prepagar devengará dividendos con sus respectivos intereses; además, es posible que al liquidar las letras del nuevo crédito se produzca una pérdida respecto del valor par de ellas. En su opinión, la solución por el lado de un crédito de enlace no parece suficiente, ya que serían créditos de montos altos que serán girados sin garantía inscrita.
Los prepagos de créditos con tasas relativamente altas podrían producir pérdidas en las carteras de letras de crédito y bonos securitizados con respaldo de mutuos hipotecarios. Sobre el particular, dijo que este efecto debiera ser considerado al promoverse prepagos de créditos hipotecarios, principalmente con relación a prever el comportamiento futuro de los inversionistas institucionales frente a estos instrumentos.
El señor Leonardo Aguilera expresó que la aplicación de la exención sobre el impuesto al mutuo es clara y de fácil aplicación, no así tratándose de la rebaja sobre derechos notariales y del conservador de bienes raíces. En efecto, en estos dos casos, al aplicarse la rebaja sólo al tramo del crédito comprendido en las primeras 3 mil UF, se hace engorroso y complicado el cálculo de los derechos a pagar y, por ende, puede dilatar los respectivos procesos de cierre de copias e inscripción conservatoria. Estimó que, tanto en el caso de derechos notariales como en el de derechos conservatorios, la rebaja debiera aplicarse sobre el ciento por ciento del crédito, sin importar su monto.
Sostuvo que los requisitos de la letra d) del artículo 1º, respecto del contenido del certificado que deben emitir los bancos para su inserción en las respectivas escrituras, prácticamente son imposibles de cumplir.
Las distintas observaciones al proyecto fueron recepcionadas por los representantes del Ejecutivo y quedaron de formular las indicaciones para aclarar que el beneficio comprende los créditos en que son titulares marido y mujer, a la autoconstrucción y ampliaciones de viviendas, entre otras.
Sometido a votación general el proyecto, se aprobó por 11 votos a favor y 1 abstención.
Discusión y votación en particular.
En el artículo 1º se establece que los documentos o instrumentos señalados en el Nº 3 del artículo 1º del decreto ley Nº 3.475, de 1980, que se suscriban con ocasión del otorgamiento de créditos con garantía hipotecaria destinados a pagar otro crédito anterior de igual naturaleza que se hubiera destinado a adquirir una vivienda, se liberarán del impuesto establecido en la norma señalada hasta por el equivalente a 36 unidades de fomento, según el valor vigente de esta unidad al día en que se suscriban u otorguen los documentos respectivos, siempre que se cumplan las siguientes condiciones en forma copulativa:
a)Que por el crédito original se hubiera pagado el monto máximo del impuesto establecido en el Nº 3 del artículo 1º del decreto ley citado, o se hubiere amparado en la exención establecida en el artículo 3º del decreto ley Nº 2.552, de 1979.
b)Que el monto del nuevo crédito sea equivalente al saldo adeudado por el crédito anterior que se pague por el nuevo crédito, adicionando los intereses que se capitalicen como consecuencia del pago anticipado, tasaciones y otros gastos relacionados con dicho pago, incluyendo este mismo tipo de gastos cobrados por la nueva entidad que otorga el crédito cuando corresponda.
c)Que en la escritura pública que dé cuenta del nuevo crédito con garantía hipotecaria se haga expresa mención de que el crédito está destinado a pagar un crédito anterior, individualizando el inmueble adquirido con el crédito que se pague.
d)Que si el nuevo crédito es otorgado por una entidad distinta de aquella que otorgó el crédito que se paga, además deberá cumplirse con lo señalado en la letra anterior, insertarse un certificado del otorgante del crédito original, el cual estará obligado a emitirlo. En dicho certificado deberá expresarse: el monto del saldo adeudado a la fecha en que se anticipa el pago, de acuerdo con lo señalado en la letra b); el hecho de que se paga con el nuevo crédito que se otorga, con clara identificación de la entidad que lo realiza, y de haberse pagado el impuesto o haberse acogido a la exención señalada en la letra a) de este artículo.
e)La garantía hipotecaria que caucione el nuevo crédito deberá recaer sobre el mismo bien raíz sobre el que se constituyó la hipoteca que caucionó el crédito original.
En el inciso segundo se señala que la exención dispuesta en este artículo será aplicable también a los documentos que se emitan o suscriban en relación al crédito de enlace que se otorgue mientras se perfecciona la operación hipotecaria definitiva, aunque no sea de esta naturaleza, siempre que en el documento que dé cuenta de dicho crédito se señale que se concede en relación con un crédito hipotecario destinado a extinguir uno anterior que haya servido para adquirir una vivienda, individualizando debidamente el bien raíz. Para que proceda esta exención, la tasa de interés del crédito de enlace no podrá ser mayor que la del crédito hipotecario que se conceda en definitiva al deudor.
En el inciso tercero se preceptúa que por el otorgamiento de las escrituras respectivas, por las inscripciones, anotaciones, alzamientos y cancelaciones que se deban practicar, y por los certificados y copias que deban entregar, los notarios públicos y los conservadores de bienes raíces, respectivamente, no podrán cobrar una suma superior al 50 por ciento de la cantidad fijada para la actuación en el arancel vigente. Los conservadores de bienes raíces sólo podrán cobrar el 25 por ciento del recargo y el 25 por ciento del aumento a que se refieren los incisos segundo y tercero de la letra a) del Nº 1 del artículo 1º del arancel fijado en el decreto Nº 588, exento, del Ministerio de Justicia, de 27 de noviembre de 1988. Con todo, los límites señalados sólo se aplicarán hasta por un monto equivalente a 3 mil unidades de fomento, según el valor de esta unidad a la fecha en que se otorguen o inscriban los documentos, pudiendo cobrar por el exceso de dicha cantidad el total de los derechos que procedan conforme al respectivo arancel.
En el inciso cuarto se dispone que los deudores hipotecarios a que se refiere el inciso primero, que se encuentren afectos al beneficio establecido en la ley Nº 19.622, mantendrán dicho beneficio, debiendo dejarse constancia en la escritura que dé cuenta del nuevo crédito de que éste se ampara en la citada ley, de acuerdo con lo dispuesto en este artículo.
El Ejecutivo formuló indicación para sustituir la primera parte del inciso primero hasta los dos puntos, a fin de ampliar el destino de los créditos que tendrán el beneficio a la “construcción o ampliación” de la vivienda, cubriendo el “conjunto de créditos con garantía hipotecaria que se otorguen durante el período señalado en el artículo 3º”.
Asimismo, el Ejecutivo formuló indicación para sustituir la letra d) con el objeto de satisfacer las observaciones formuladas por la banca, en el sentido de hacer factible cumplir con los requisitos que exige la norma.
También formuló una indicación para permitir el beneficio en las operaciones en que participen el marido y la mujer.
Se solicitó votación separada de las letras de este artículo con sus indicaciones, siendo aprobada por unanimidad la indicación sustitutiva de la primera parte del inciso primero y de la letra d), y el resto del artículo con la indicación que agrega un inciso segundo, por 5 votos a favor y 1 abstención.
En el artículo 2º se señala que las reprogramaciones de créditos hipotecarios que se realicen conforme al artículo 1º del proyecto, cuyo objeto sea amortizar créditos complementarios del subsidio habitacional, mantendrán la garantía estatal a que se refiere el artículo 28 del decreto supremo Nº 44, de 1988, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
Puesto en votación este artículo, fue aprobado por 5 votos a favor y 1 abstención. El Ejecutivo también formuló una indicación para sustituir el artículo 3º, en el sentido de que el beneficio rija para más de una oportunidad y no como se estableció originalmente en el mensaje, y extender el período de su vigencia, de nueve a doce meses.
Puesta en votación la indicación precedente, fue aprobada por unanimidad.
En el artículo 4º se introducen las siguientes modificaciones al decreto ley Nº 825, de 1974. En definitiva, son de concordancia. La primera dice relación con la ley “tapón” y aumenta de 24 a 36 meses la facultad de fiscalización por parte del Servicio de Impuestos Internos. Se refiere al impuesto del valor agregado. La segunda rebaja el impuesto a los suntuarios, de 50 a 15 por ciento.
Por último, el Ejecutivo formuló una indicación para suspender a petición unánime de los parlamentarios de la Comisión de Hacienda, desde el 1 de julio de 2001 hasta el 31 de diciembre de 2002, la condición de usar el IVA como crédito fiscal. Ello, en atención a la demanda de una multiplicidad de gremios que se han visto perjudicados por tener que pagar el IVA antes de usarlo como crédito.
Precisamente, esta suspensión se hizo en atención a que el mecanismo que se usa para la fiscalización es engorroso y de alto costo para el contribuyente. En definitiva, el principio que había servido de inspiración no se puede comprobar al verificar que los grandes compradores someten al proveedor a plazos eternamente largos para el pago de los servicios o de la mercadería, no obstante que el IVA debe ser pagado dentro de 30 días.
Puesta en votación la indicación precedente, fue aprobada por unanimidad.
Además, se han introducido algunas modificaciones formales que se recogen en el texto propuesto.
En virtud de lo expuesto y de los antecedentes que he dado a conocer, solicito la aprobación de la iniciativa.
Por último, agradezco el aporte y la colaboración del personal de la Comisión de Hacienda y, en particular, de su secretario señor Javier Rosselot.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
En discusión general y particular el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Montes.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, a pesar de que en el informe se dice que varios artículos fueron aprobados por unanimidad, en verdad me abstuve en la votación de cada uno de ellos; en seguida, daré a conocer mis razones.
Como señala el informe, la idea matriz del proyecto es facilitar e incentivar las reprogramaciones de créditos hipotecarios, de manera que a las rebajas en la tasa de interés se sume una disminución en los costos asociados al impuesto de timbres y estampillas, gastos notariales y del conservador de bienes raíces.
Me abstuve, en primer lugar, porque la iniciativa deja al grueso de los deudores hipotecarios fuera de los beneficios que establece. Ello, debido a que es muy difícil que los bancos estén dispuestos a prestar a la mayor parte de los deudores es decir, a 476 mil de 567 mil, según las estimaciones que se nos entregaron el monto que deben, porque tienen créditos menores de 300 uefes. Lo manifestaron sus representantes que asistieron a la Comisión. Por lo tanto, la masa de deudores no será favorecida.
Además, en muchos casos los deudores son antiguos, razón por la cual hoy no reúnen condiciones de ingresos para solicitar un crédito bancario que les permita reprogramar su deuda.
Durante el debate en la Comisión, manifestamos la necesidad de que hubiera estímulos para que los bancos otorgaran más facilidades o posibilidades a ese segmento de deudores, y sostuvimos que, si bien el proyecto favorecía a sectores de los grupos socioeconómicos A, B y C1, difícilmente deudores de los sectores C2 y C3 podrían acceder a nuevos préstamos.
En segundo lugar, me abstuve porque planteamos la necesidad de que en las reprogramaciones de deudas, en general, se pueda incorporar la cónyuge del deudor. Es absurdo que en las reprogramaciones, la mujer, propietaria de la vivienda igual que su marido porque éste no puede venderla sin su consentimiento, no participe y sólo pueda reprogramar el hombre, quien generalmente es el titular del crédito. Muchas veces, después de un quiebre matrimonial, de una separación o de cualquier otra situación, el marido no está dispuesto a reprogramar, y me ha tocado conocer casos en que algunas mujeres han perdido sus casas por ese motivo. En consecuencia, solicitamos que se incorpore dentro de la normativa la posibilidad de que, bajo ciertas condiciones, puedan reprogramar las mujeres.
Se sugirió la posibilidad de efectuar, en el caso que nos ocupa, una publicación en un periódico, a fin de que, si no hubiese reclamaciones, la mujer pueda reprogramar, en el entendido de que no hay cambio patrimonial, puesto que el bien raíz seguirá perteneciendo al matrimonio. El Ministerio de Hacienda está estudiando esa posibilidad, pero en el proyecto las mujeres siguen excluidas de efectuar reprogramaciones.
En tercer lugar, hicimos ver que la ley Nº 19.003 comprendía a un conjunto de deudores que vivieron una situación muy difícil y crítica entre 1990 y 1991, pero que por rigideces de dicha normativa, sus créditos no pueden ser reprogramados en ningún momento. Entonces, lo único que pedimos es que, mediante este proyecto, se faculte a la Tesorería General de la República para que autorice a los bancos aceptar la reprogramación de dichos créditos. El gran problema es que esa deuda fisco tiene una cláusula de aceleración, por lo que si un deudor no paga las cuotas oportunamente, se declaran cumplidos todos los plazos y no hay posibilidad de reprogramar. Esta peculiaridad ha generado muchas dificultades tanto al Banco del Estado como al resto de las instituciones bancarias. Por eso reitero solicitamos que se incluya una norma que permita que la Tesorería General autorice a reprogramar la deuda fisco en casos particulares o con bancos específicos.
En cuarto lugar, me abstuve en la votación en el entendido de que el proyecto favorece a un segmento muy limitado, al de más altos ingresos de la población, el cual ha accedido a viviendas de más alto valor, por lo que ocurre con la reprogramación de deudas hipotecarias hechas por el Banco Central en 1981 ó 1982, a través de los acuerdos Nºs 1517, 1583 y 1719. Esos acuerdos, que se le ocurrieron a alguien entre gallos y medianoche, fueron muy perjudiciales para los deudores hipotecarios, por cuanto se les permitió que pagaran sólo el cuarenta por ciento de la deuda y que el resto lo traspasaran al final, con lo cual el saldo resultó superior al valor comercial de la propiedad. Por lo tanto, hay que buscar algún tipo de solución para esos deudores.
Hemos sostenido, desde hace mucho tiempo, que el Banco Central debería hacer una propuesta de reprogramación en ese sentido. Hoy, como las tasas de interés están bajas, se dan las condiciones para hacer una mejor oferta a los deudores. Por ejemplo, el Banco Central podría plantear que paguen el 60 por ciento de la deuda ahora, y que, a través de créditos bancarios, con las tasas actuales, prepaguen el resto. Si eso se hizo con la deuda subordinada y con los bancos privados, ¿por qué no se puede hacer con los deudores? Lo hicimos presente en el debate que hubo a propósito de la deuda subordinada.
Hemos sostenido reuniones con el Ministerio de Hacienda sobre esos tres temas: que las mujeres casadas bajo el régimen de sociedad conyugal puedan reprogramar las deudas hipotecarias; que se faculte a la Tesorería General de la República para reprogramar las deudas fisco a través de la ley Nº 19.003, y la solicitud de que el Ministerio de Hacienda negocie con el Banco Central una alternativa para los deudores comprendidos en los acuerdos Nºs 1517, 1583 y 1719. Este Ministerio ha informado que está abocado al estudio de estas proposiciones y que espera incorporarlas en el debate de este proyecto en el Senado. No obstante, uno teme que, al final, la iniciativa se apruebe como está, con lo cual se beneficia a un segmento muy reducido de deudores que, en muchos casos, están en una situación de ingresos que les permite solicitar créditos a tasas más bajas, ya que con el diferencial que ganan pueden cubrir los impuestos de timbres y estampillas y otros gastos.
En consecuencia, solicitamos que se incorporen al proyecto las materias señaladas, incluyendo alguna forma de estímulo que incentive a los bancos para reprogramar, con las actuales tasas, este tipo de deudas.
No quiero persuadir a nadie a que se abstenga: el proyecto es positivo para un segmento y, por lo tanto, cada uno debe decidir. Espero que el ministro de Hacienda asuma los temas y ojalá que lo planteado en privado se establezca en público, a fin de que el Senado pueda perfeccionar la iniciativa.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Mora.
El señor MORA.-
Señor Presidente, en primer lugar, quiero dar las gracias al Gobierno por haber acogido la solicitud, planteada hace más de diez meses, de enviar a tramitación legislativa este proyecto de ley. Su objetivo, como lo señalé en la hora de Incidentes, y después en un consejo de la Democracia Cristiana, en presencia del ministro de Hacienda, apunta a reactivar la demanda en el país. En ese sentido, señalé que el Estado no perdía plata al permitir renegociar las deudas hipotecarias en la forma que se indica, porque los compradores pagaron los impuestos cuando efectuaron la adquisición de su propiedad. Al renegociar dichas deudas y eliminar el pago del impuesto de la ley de timbres y estampillas, serán beneficiadas todas aquellas personas que compraron propiedades hace tres, cuatro, cinco o más años, en UF más diez u once por ciento de interés en algunos casos, lo que significaba pagar una tasa de interés anual promedio de 15 por ciento.
Como una manera de reactivar la economía, se ha llegado al convencimiento de que la baja en las tasas de interés determinada por el Banco Central en los últimos meses es posible traspasarla a los deudores hipotecarios, a fin de permitir que quienes renegocien aquí tengo una diferencia con el diputado señor Montes, porque no es tan cierto que sólo se beneficiarán sectores de altos ingresos puedan rebajar sus dividendos hipotecarios hasta en 30 por ciento.
No participé en el debate de la Comisión de Hacienda, pero conozco el proyecto tal como se lo presenté al Gobierno. Por supuesto, éste lo modificó y mejoró sobre la base de la idea original, en la cual debo reconocer que colaboraron los diputados señores Pablo Lorenzini, José Miguel Ortiz, Andrés Palma y Julio Dittborn. Este último colega, cuando me referí a las deudas hipotecarias en la Sala, aportó otras ideas con el fin de reactivar la demanda.
Al respecto, he propuesto varias iniciativas de ley que apuntan al mismo objetivo: que la Superintendencia de Bancos controle que la baja de las tasas de interés dispuestas por el Banco Central sea efectivamente traspasada a los clientes de los bancos, porque hasta hoy esas entidades han sido las únicas beneficiadas.
También he planteado la necesidad de controlar las tasas de interés que se cobran por las tarjetas de crédito de consumo, porque ellas fluctúan, en promedio, entre 3 y 3,5 por ciento mensual, en tanto que a los ahorrantes que depositan dinero en los bancos les están dando el 0,10 ó 0,15 por ciento de interés mensual, lo cual me parece absurdo. Mientras los bancos efectúan préstamos por los que en algunos casos cobran hasta el 50 por ciento de interés anual, a los ahorrantes les dan apenas el 1,2 por ciento. La diferencia es muy grande.
Insisto en que el país necesita fomentar la demanda para reactivar la economía, idea que se recoge en este proyecto. La observación formulada por el diputado señor Montes respecto de que las mujeres casadas bajo el régimen de sociedad conyugal o separadas, puedan renegociar sus deudas, es atendible y no la habíamos considerado.
Lamento que el Gobierno, en el mensaje, no haya mencionado a los autores de la idea matriz del proyecto, porque aquí se está gobernando, en conjunto, por el bien común y del país. Cuando uno realiza aportes legislativos, lo menos que se debe hacer es reconocer la propiedad intelectual.
Voy a votar favorablemente.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Julio Dittborn.
El señor DITTBORN.-
Señor Presidente, en verdad, muchos parlamentarios veníamos exigiendo, desde hace algún tiempo, la presentación de un proyecto como éste, porque, en un momento en que la economía chilena vive una situación difícil, había que tratar que la mayor cantidad posible de deudores aprovechara la ventaja de nuestra economía, que significa tener tasas de interés bajas respecto de la situación histórica.
Entonces, junto con el diputado señor Longueira planteamos, el 7 de abril de 2001, que el Gobierno patrocinara un proyecto de ley que permitiera prepagar créditos hipotecarios sin tener que pagar por el nuevo préstamo el impuesto de timbres y estampillas que, como todos sabemos, es muy alto: 1,2 por ciento, el cual, entre paréntesis para que lo sepan los contribuyentes que me están escuchando, subirá al 1,6 por ciento a partir del 1 de enero del año próximo, como un legado más de la gestión del ex ministroEduardo Aninat.
Encuentro que el proyecto está bien concebido, por cuanto se rebaja, en los conservadores de bienes raíces, el 50 por ciento de los derechos de inscripción de las propiedades cuyo crédito hipotecario se haya reprogramado.
Sin embargo, el proyecto ha quedado obsoleto con la próxima aprobación en la Cámara, probablemente en las próximas semanas, del proyecto de rebaja de impuesto a las personas que, como todos sabemos, contiene el gran beneficio aquí no está incluido de reducir, de la base imponible del impuesto global complementario, los intereses pagados por los créditos hipotecarios. Ese proyecto es muchísimo más amplio en cuanto a beneficios que el que estamos discutiendo.
Por lo tanto, creo que el Gobierno ha estado legislando muy desordenadamente respecto de estos temas. El proyecto que hoy nos ocupa prácticamente perdió interés por una razón muy simple: una vez que aprobemos la iniciativa que rebaja el impuesto a las personas se producirá un tremendo incentivo para prepagar los créditos hipotecarios vigentes, pero no por no pagar el impuesto de timbres y estampillas, sino porque, al prepagar un crédito hipotecario vigente, se cambia el pago de intereses, pero se pagan muchos más por el nuevo crédito.
El proyecto que contiene esa disposición generará se lo mencionamos al señor ministro de Hacienda en la Comisión, un tremendo incentivo para renegociar los créditos hipotecarios, porque en esa clase de préstamo el deudor paga intereses al comienzo, y al final del plazo del crédito, capital. Ahora, como el beneficio es respecto de los intereses pagados, es evidente que el incentivo para prepagar créditos vigentes y tomar nuevos créditos será tremendamente alto; pero no por el beneficio que da este proyecto, sino por el que otorgará el que conoceremos luego. De manera que este proyecto no tendrá gran impacto en el mercado hipotecario. Lo habría tenido antes de que conociéramos la iniciativa sobre rebaja del impuesto a las personas.
Antes de terminar, quiero agradecer al Ejecutivo la incorporación en este proyecto de algunas ideas que expusimos en la Comisión de Hacienda, entre otras, la ampliación del beneficio de nueve a doce meses; su extensión a la construcción y ampliación de viviendas, y la incorporación de una indicación en el sentido de incluir a personas que han comprado bienes en comunidad. En una ley anterior, de beneficio hipotecario en relación con el DFL Nº 2, que aprobamos hace algunos meses, sólo se favoreció a personas naturales individuales que hubieran comprado una vivienda, con lo cual creamos un gran problema. En esta oportunidad, el Gobierno, acogiendo nuestra inquietud, introdujo una indicación que dice textualmente: “En el caso que se hubiere otorgado un crédito de los señalados en los incisos anteriores es decir, hipotecarios, a más de una persona es decir, a una comunidad, para adquirir, construir o ampliar una misma vivienda, podrán acogerse a la exención establecida en esta ley por los nuevos créditos...”, etcétera.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra, por cinco minutos, en su segundo discurso, el diputado señor Carlos Montes.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, quiero precisar algunas cosas.
No sé de qué Chile hablamos según el diputado señor Dittborn, ya que este proyecto beneficia a mucha gente. El otro, el de rebaja de impuestos, es sólo para quienes tienen un ingreso individual de más de 380 mil pesos. Eso significa que el 80 u 85 por ciento de los chilenos no entran dentro de esa categoría y, por lo tanto, no se les resuelve su problema de dividendos.
Quiero preguntarles a los diputados presentes si este proyecto beneficia a los 275 mil deudores de vivienda básica que las adquirieron en esta década. No los favorece.
¿Beneficia a los 311 mil deudores que han accedido a las viviendas PET en esta década? No. ¿Favorece a los 500 mil deudores que han accedido al subsidio unificado en la década? Tampoco. Si a ellos les sumamos los 150 mil deudores de arrastre, 1.150.000 no se beneficiarán con este proyecto. Eso es lo que sostengo.
Entonces, necesitamos que se extiendan beneficios de este proyecto a las mujeres, a los deudores que para repactar se acogieron a la ley Nº 19.003, que contiene una cláusula rígida, deuda fisco, y a los deudores del Banco Central, porque afrontan una situación anómala que se arrastra desde la crisis de 1982. Es lo único que se pide.
No magnifiquemos. Esto favorece a un segmento de la población, a una fracción que no va más allá del 10 ó 15 por ciento de los deudores hipotecarios, pero no generalicemos. A los demás ni siquiera les dan crédito, porque deben muy poco y a los bancos no les conviene otorgar préstamos por tan baja cantidad, o porque, en el caso de los adultos mayores, sus ingresos no corresponden hoy a lo que se requiere para conceder créditos de esa naturaleza.
Por lo tanto, digamos lo que realmente representa este proyecto para no generar falsas expectativas.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Pablo Lorenzini.
El señor LORENZINI.-
Señor Presidente, parece que hoy estamos un poco “álgidos” en la Cámara.
El diputado Waldo Mora dice que este proyecto lo conversamos hace algunos meses, a raíz de una iniciativa suya, lo que es efectivo. El diputadoJulio Dittborn habla de que fue originado en otros ámbitos parlamentarios y lo relaciona con el impuesto a la renta. Yo también paso mi avisito: la rebaja de impuesto a la renta fue presentada oficialmente en esta Cámara, por el diputado señor Krauss y el que habla, mucho antes de que lo hicieran los senadores señores Foxley y Boenninger. Lo señalo, dado que estamos mezclando temas. Es bueno reconocer quiénes son los autores de los proyectos de ley, porque después muchos se suman a ellos.
Estamos mezclando este proyecto con el de impuesto a la renta y quiero que mis colegas se preparen para lo que viene, porque quiero que lo que hoy sostienen lo reiteren mañana, cuando veamos lo relativo al impuesto a la renta.
Las cifras no avalan lo que sostiene el diputado Montes. Este proyecto de ley significa una rebaja de entre 27 mil y 126 mil pesos para 476 mil deudores hipotecarios de un total de 556 mil. O sea, estamos hablando que un 85 por ciento de los beneficiados están en los tramos 1 y 2, quienes ganan menos de 435 mil pesos. Si el diputado Montes desmiente estas cifras, le señalo que ellas fueron entregadas por el Ministerio de Hacienda. Si no confiamos en ese ministerio, ¡Dios nos valga cuando discutamos la ley de Presupuestos!
En los tramos altos, las cifras indican que quienes ganan entre 2 millones de pesos y más de 4 millones hay 21 mil deudores que representan el 4 por ciento del total. Es decir, el 90 por ciento está entre los que ganan menos. Me referiré a lo mismo cuando discutamos la rebaja al impuesto a la renta.
Como decía el otro día, seguimos con la política de las top models: 906090; 90 para los ricos, 90 para los pobres, a través de los subsidios de asistencia del gobierno de la Concertación, y 60 para la clase media.
¿Cuál clase media? Nos dirán que la integran los que ganan menos de 300 mil pesos. No, la tradicional clase media chilena la conforman el profesional, el joven y el hombre que está en los supermercados y la niña que trabaja en una tienda, quienes ganan entre 350 mil, 400 mil y 1.200.000 ó 1.300.000 pesos. La gran clase media no figura en este proyecto ni lo estará en la rebaja de impuesto, porque no se ha considerado a nadie que se encuentre entre los tramos 5 y 35.
En eso radica la discusión y no en aquélla que pueda tener cada uno en su distrito. A lo mejor yo represento un distrito rural donde todos están en el primer, segundo o tercer decil. ¿Qué decía la encuesta Casen? Lo mismo. Los de arriba suben el uno por ciento en diez años; los de abajo, se mantienen. Para eso focalizamos el gasto. Cualquiera que sea el gobierno: socialista, demócrata cristiano, etcétera, la clase media queda afuera.
Así es que no juguemos con las cifras, porque dan para mucho y depende de cómo se agrupen, si en los primeros o en los últimos deciles. Los primeros corresponden al 10, 20 ó 30 por ciento. No somos tontos en esta Cámara.
Éste es un gran proyecto. Concuerdo con el diputado señor Dittborn en el sentido de que lo podemos complementar con la rebaja del impuesto a la renta.
Los bancos no han traspasado a la gente la rebaja en la tasa de intereses. Habría que buscar la manera de que esos 556 mil deudores tengan realmente la “chance” de entusiasmarse, a lo menos. Creo que muchos no la tendrán. Se ha estimado que el ahorro público sería de 66 mil millones de pesos si todos los bancos lo hicieran, lo cual contribuiría a que hubiera menos gastos y, por ende, como lo mencionaba el diputado señor Mora, más reactivación y más consumo, por lo menos en los niveles medio a bajo.
El proyecto fue estudiado en la Comisión de Hacienda y felicito al diputado señor Tuma y a los demás integrantes de ella por el trabajo realizado.
Gracias a nuestro aporte, y a la gentileza del señor ministro en escucharnos, pudimos introducir indicaciones para extender el beneficio a la construcción y ampliación de viviendas, como asimismo para considerar como sujetos de la reprogramación al matrimonio, esto es, tanto al hombre como a la mujer. Escuchamos a la banca, porque queremos que la normativa sea operativa. Los bancos dicen que la propuesta es interesante, pero que representa serios inconvenientes. Repito que no han traspasado a la gente la rebaja de intereses. Escuchamos sus planteamientos y el ministro accedió a incluir una par de indicaciones al respecto. Es decir, se hizo un trabajo eficiente y claro.
Planteé en la Comisión la necesidad de que el beneficio fuera permanente porque, como sólo funciona cuando las tasas de interés están bajas, si alguien piensa que en los próximos años se reducirán más, me parece que eso es no saber de economía. Ya verán cómo en los próximos días el Banco Central especulará tratando de subir las tasas, porque asusta la crisis de Argentina. Pasará como la vez anterior, cuando se produjo la crisis asiática, en que se elevó a 14 por ciento y dejaron la escoba en el país. Ya veremos al Banco Central presionando para subir las tasas, cosa que no corresponde todavía, porque primero está el país.
En ese sentido, ojalá que hubiéramos mantenido el proyecto no sólo por nueve o doce meses, sino en el futuro, pero el Ministerio no lo aceptó. Siempre que hubiera una baja razonable en las tasas de interés, la gente podría acceder a los beneficios del proyecto. Este beneficio, más que coyuntural es de justicia; sin embargo, el proyecto crea optimismo, por cuanto da a la gente chilena normal, esperanza, ya que ve que en algo la favorece; que no sólo legislamos para los empresarios a través de proyectos de mercado de capitales o de inversiones, sino que también lo hacemos para los más pobres del país.
Si analizamos en forma racional los números, comprobaremos que no estamos legislando para la clase media, criterio que comparten muchos de mis colegas. Espero que cuando discutamos el proyecto sobre rebaja de impuestos, el Ejecutivo acepte un par de indicaciones que hemos propuesto.
No se trata de ahorrarnos cinco o diez millones de dólares. Aquí hay un proyecto real que, además dicho por el propio ministerio, no representa costo para el fisco, aparte de que se supone que, en las actuales condiciones, nadie hará uso de las disposiciones del proyecto.
Por lo tanto, creo que debemos motivar a la gente para que se acerquen a los bancos, a fin de que ellos reestudien su caso en particular. Somos parlamentarios y debemos ser responsables: aquí hay una oportunidad. Concuerdo con el diputado señor Montes en que quien tiene un ingreso mensual de 87 mil pesos está ahorrando 27 mil pesos; aquel cuyos ingresos son de 4 millones de pesos, está ahorrando 700 mil pesos, ahorro que va en proporción con las rentas. Debemos demostrar que aquí hay una posibilidad cierta, real, aunque la gente ocupe mediodía o un día en efectuar todos los trámites. A la banca esto no le gustará, porque ya hemos conversado con ellos sobre este tema. En todo caso, hay cierta disposición para aceptar el proyecto.
Fue una lástima que no pudiéramos introducir una modificación para favorecer a las pymes. Así lo señalaron los diputados señores Ortiz, Tuma, y otros parlamentarios; pero, aun así, el proyecto es positivo y, por lo tanto, lo vamos a respaldar como lo hicimos en la Comisión, porque todo es mejorable. Espero que cuando discutamos la iniciativa sobre rebaja del impuesto a la renta, podamos beneficiar a la gran clase media chilena, que no está siendo favorecida.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Claudio Alvarado.
El señor ALVARADO.-
Señor Presidente, tal como se ha señalado durante la discusión del proyecto, de su lectura se desprende que tiene buena intención y lógica: disminuir el costo del crédito para mucha gente endeudada por la adquisición de una vivienda.
Sin embargo, también debemos tener claro que un crédito con letras hipotecarias no es simple, sino de suyo complejo en cuanto a su implementación, porque, respecto de él, existe burocracia administrativa, la que no hace tan fácil la liquidación del crédito anterior cuando se trata de contratar uno nuevo para reemplazarlo. Además, hay que considerar la serie de gastos adicionales que la nueva operación acarreará.
Aquí se pretende, con muy buena intención, liberar durante un período de tiempo a estas operaciones del impuesto del 1,2 por ciento que establece la ley de timbres y estampillas, así como limitar los gastos notariales y del conservador de bienes raíces en que debe incurrir el deudor hipotecario. Pero nos hemos olvidado de un aspecto, cual es que esto significa un nuevo estudio de títulos y una nueva escritura, lo que significará un costo adicional que, a lo mejor, desincentivará la reprogramación de los créditos.
Señor Presidente, si queremos ayudar de verdad a los deudores y contribuir a la reactivación de la economía, no debemos olvidar que el actual impuesto del 1,2 por ciento de la ley de timbres y estampillas constituye un porcentaje muy alto respecto del costo real del crédito.
Muchos colegas han propuesto extender el beneficio a los créditos de consumo y a las deudas de las pymes, posibilidad que se podría estudiar. En consecuencia, dejo planteada esa inquietud. Ojalá que se pudiera considerar esa situación y hacer un estudio en el Ministerio de Hacienda, porque tengo la íntima convicción de que la eliminación de este impuesto del 1,2 por ciento para la totalidad de los créditos permitirá abaratar los costos, dinamizar la economía y llevar un gran alivio a los deudores.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Juan Pablo Letelier.
El señor LETELIER (don Juan Pablo).-
Señor Presidente, es obvio que en esta Corporación tenemos una tremenda discrepancia respecto de cuál es la clase media. Después de escuchar al colega Pablo Lorenzini, he llegado a la convicción de que su visión y comprensión sobre lo que se entiende por clase media es muy distinta de la nuestra.
Si uno examina la distribución de ingresos por hogar contenido en la última encuesta Casen, llega a la conclusión de que más del 70 por ciento de los hogares tiene un ingreso promedio menor de 430 mil pesos. Cuando hablamos de un ingreso promedio, estamos señalando que más de una persona aporta al mismo.
Si los profesores escucharan la concepción del colega sobre la composición de la clase media, quizás se espantarían, porque la mayoría percibe un ingreso de 380 mil a 420 mil pesos después de 30 ó 40 años de servicio; muchos psicólogos que trabajan 44 horas semanales en la salud pública tienen ingresos de 280 mil pesos. Es decir, evidentemente tenemos percepciones y convicciones distintas sobre lo que es la clase media.
Teniendo presentes esas visiones distintas respecto de cuál es la clase media, uno debe entender que este proyecto y sus medidas complementarias son para ayudar a los sectores medios que han contraído deudas hipotecarias y que requieren de un apoyo, de alivio y de consideración.
Muchas personas podrán resultar beneficiadas con esta exención del impuesto de timbres y estampillas propuesta por el Gobierno. El colega Waldo Mora y otros diputados quizás fueron los primeros en plantearla en el consejo de su partido o al ministro correspondiente. Podemos hacer un examen de ADN para determinar quién es el padre de la iniciativa, o la madre, como acota la colega Adriana Muñoz. Lo cierto es que algunos piensan que el proyecto es la panacea para la clase media, pero yo no creo que sea así.
El diputado señor Carlos Montes ha planteado nuestra visión en cuanto a la clase media. Estamos hablando de los sectores C2 y C3 que tienen deudas hipotecarias, pero que no serán beneficiados con esta medida, porque al sistema financiero no le interesa renegociar sus deudas por el bajo monto de sus remuneraciones y por los costos internos que significa hacer el papeleo de la reprogramación.
Esta propuesta, que puede beneficiar a unas 20 mil o 30 mil familias con la rebaja de tasas de interés que existe en el mercado, lo que resulta justo si se comparan las ganancias del sistema financiero, debe ser complementada con acciones que permitan beneficiar a la clase media real, que no está compuesta por quienes ganan más de un millón de pesos; la gran mayoría de esos hogares tienen entre 300 mil y 500 mil pesos de ingreso, tal como lo indica la encuesta Casen; o sea, es un estrato que se ubica desde el cuarto hasta el séptimo decil en nuestro país.
El diputado señor Montes ha formulado un conjunto de propuestas, que han sido respaldadas por la bancada socialista. Esperamos que el ministro de Hacienda las tome en cuenta, igual que lo que plantearemos en relación con la rebaja de impuestos para los sectores medios, materia que figura en otro proyecto de ley, con el objeto de que se transformen en beneficios concretos para los sectores medios, que son los que en la actualidad están cargando una mochila difícil de soportar si no hay un alivio por parte del Estado y del conjunto de actores del país.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Francisco Huenchumilla.
El señor HUENCHUMILLA.-
Señor Presidente, quiero formular un par de consultas al diputado informante o al señor ministro de Hacienda, presentes en la Sala, respecto de algunas dudas que me surgen al leer el texto del articulado y de las diversas intervenciones que hemos escuchado aquí.
En primer lugar, quiero saber cuál es el sentido exacto de la norma del artículo 1º, que señala que la liberación del impuesto establecido en el decreto ley Nº 3.475, ley sobre impuesto de timbres y estampillas, será “hasta por el equivalente a 36 unidades de fomento,”. Mi pregunta es: ¿qué significa exactamente ese concepto? ¿Que el crédito tiene que ser hasta 36 unidades de fomento o que en el supuesto de que se tenga que pagar un impuesto de 40 unidades, la exención solamente correría hasta las 36 unidades de fomento? En consecuencia, entiendo que el máximo de impuesto que dejará de pagar, según esta norma, será de 36 unidades de fomento, de manera que si en una reprogramación el deudor tuviera que pagar 37 unidades de fomento, en teoría o en la práctica, según el proyecto, pagaría sólo una unidad de fomento.
Entiendo que ése es el sentido de la norma, pero, como está redactada, podría producir equívocos en cuanto a que el máximo de reprogramación sería de 36 unidades de fomento. Sin embargo, entiendo que el correcto sentido es que el impuesto que dejará de pagar la persona que reprograma será de hasta 36 unidades de fomento. Es conveniente aclarar esa norma y el sentido de la redacción del artículo 1º del proyecto.
La segunda cuestión apunta a que, de acuerdo con la redacción del artículo 1º, en términos jurídicos estamos beneficiando aquella fórmula que se denomina novación por cambio de obligación; o sea, cuando permanecen el mismo acreedor y el mismo deudor, pero se extingue una obligación al contraerse una distinta.
Si uno mira la realidad del endeudamiento de muchas personas, lo más probable es que quien desee reprogramar para aprovechar la rebaja de las tasas de interés, tratará de resolver su problema de endeudamiento, pero cuando existe exclusivamente una novación por cambio de obligación, manteniendo el mismo deudor, probablemente no favoreceremos a aquellos deudores que se encuentran en mora y que podrían beneficiarse con la reprogramación, porque ningún banco prestará plata a quien ya se encuentra endeudado.
Por lo tanto, sería bueno pensar si también podría producirse la novación por cambio de deudor, en la medida en que éste fuera el cónyuge, el hijo o algún pariente cercano, con lo cual beneficiaríamos a muchas más personas y, de esa manera, ampliaríamos el beneficio de acuerdo con lo que se ha señalado durante la discusión del proyecto.
Por último, pensamos que una buena posibilidad sería que el proyecto entrara a regir retroactivamente a contar del 1 de julio, con el objeto de hacer más expeditas las reprogramaciones en el curso del presente mes. Eso contribuiría a favorecer a un conjunto de otras personas y, con ello, se cumpliría la finalidad que tuvieron los autores del proyecto en esta materia.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora María Antonieta Saa.
La señora SAA (doña María Antonieta).-
Señor Presidente, quiero referirme a lo planteado por el diputado señor Montes respecto de la capacidad de crédito y de reprogramación de las deudas hipotecarias de las mujeres.
El régimen de sociedad conyugal, como lo hemos explicado a propósito de la tramitación de la modificación del régimen patrimonial, deja a las mujeres en incapacidad especial. Entonces, es muy importante una modificación en ese sentido, porque ahora las mujeres casadas en sociedad conyugal no tienen capacidad de obtener crédito, dado que los bienes los administra el marido y, en general, figuran a su nombre; además, tampoco pueden reprogramar sus deudas, ya que, como decía el diputado señor Montes, la casa familiar, si bien es de propiedad de ambos, el marido es el titular de ella.
He querido llamar la atención sobre el tema porque es importante buscar una solución para la mujer, a fin de que pueda reprogramar. Para resolver en definitiva esta situación, deberemos aprobar el proyecto que figura en el tercer lugar de la Tabla de hoy y que dice relación con la modificación de la sociedad conyugal, en términos de que cada cónyuge administra sus bienes y puede decidir en forma independiente respecto de ellos.
Quería que los señores diputados tomaran nota de este hecho.
He dicho.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Ortiz.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente, en el debate de esta mañana, los colegas parlamentarios plantearon su interés en que la rebaja de tasas de interés aplicada en los últimos meses por el Banco Central de Chile se traspase a las personas y, en especial, a nuestra clase media.
El proyecto tiene por objeto establecer por el período de nueve meses una exención del impuesto de timbres y estampillas y la rebaja de los derechos notariales y de los conservadores de bienes raíces, todo esto asociado a la reprogramación de las deudas hipotecarias.
El diputado señor Mora señaló que originalmente propuso la idea de legislar en esta materia, lo que es absolutamente cierto. También es veraz que él planteó esa idea en el Consejo Nacional de nuestro Partido y asimismo en la hora de Incidentes de una de las sesiones.
El diputado señor Juan Pablo Letelier expresó que había varios padres del proyecto, y la colega Adriana Muñoz dijo que faltó mencionar a las diputadas que también propusieron legislar sobre esta iniciativa, tema que se trató in extenso en la Comisión de Hacienda hace un año, oportunidad en la cual estuvieron presentes los diputados señores Jaramillo, Montes, Andrés Palma, Silva, Álvarez, Dittborn, José García, Alvarado y quien les habla.
¿Por qué expreso esto? El tema fue de amplia discusión cuando el Consejo del Banco Central entendió que se le había pasado la mano en las tasas de interés. Entonces se planteó la posibilidad de alivianar los costos de las reprogramaciones de las deudas hipotecarias. Es decir, esta iniciativa a la cual accedió el Ejecutivoes obra de muchas personas que estamos abocados a tratar en la Comisión de Hacienda temas de esa índole, y de otros parlamentarios que también se han interesado en la materia.
Sin embargo, ello no habría sido posible si no existiera claridad en el manejo económico del país. Todos estamos viendo la situación por la que está pasando la hermana República Argentina, donde se han rebajado los salarios, los aportes a las gobernaciones y, lo que es peor, ni siquiera cuenta con caja para pagar a los acreedores más directos, como Estado argentino.
También es el momento de reconocer algo muy importante. Muchas veces se expresa con bastante liviandad y en función de éxitos a corto plazo, que la caja fiscal es prácticamente un bolsillo sin fondo. Este tipo de proyecto, en el cual se ha accedido a los planteamientos de varios parlamentarios, es posible por la conducción económica del país, dirigida por el Presidente de la Repúblicadon Ricardo Lagos y efectuada por el ministro de Haciendadon Nicolás Eyzaguirre.
¿Por qué expreso esto? Porque en varias ocasiones hemos aprobado algunos proyectos de ley cuyo financiamiento nos habría gustado aumentar; pero hemos tratado de ser disciplinados al respetar las líneas diseñadas en la macroeconomía, ya que, como políticos, cada cuatro años estamos expuestos a la aprobación o rechazo de nuestros electores.
Es cierto que el proyecto no favorece a todos los sectores, pero también es una realidad que beneficia a más de quinientos mil deudores hipotecarios con deudas a largo plazo, a quienes se les rebaja la tasa de interés. En ese aspecto, es más importante dar a conocer las cifras. Por ejemplo, a una persona con un ingreso mensual de 433.863 pesos y una deuda hipotecaria de 540 unidades de fomento, una posible reprogramación le significará un gasto de 138.370 pesos, el cual, con esta moción acogida por el Ejecutivo, reduce esa cifra a 11.966 pesos. Es importante que los telespectadores del canal de televisión de la Cámara tengan claridad en esta materia.
Daré otro ejemplo relativo a una persona con un ingreso de 1.006.999 pesos y una deuda hipotecaria de 1.253 unidades de fomento. En este caso, el costo de la reprogramación ascendería a 315.215 pesos, pero con el proyecto en estudio la deuda baja a 24.802 pesos.
Es cierto que este beneficio es sólo por una vez, pero si hay voluntad para efectuar las reprogramaciones por parte de los bancos y de las personas con deuda, esto puede significar que 66 mil millones de pesos se destinen al consumo de la familia, lo que redundará en un crecimiento económico.
Por eso, votaré favorablemente el proyecto en debate, que favorece a importantes sectores del país.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, existen discrepancias en la mayoría de los colegas que me han antecedido en el uso de la palabra yo tampoco podría ser absolutamente claro en el análisis de este enredado proyecto, pero entiendo perfectamente que favorece a sectores con un buen pasar económico.
Sin ánimo de ser pesimista, una buena práctica sería preguntar a las familias chilenas si en estos momentos están en situación de renegociar acogiéndose al proyecto en debate. Creo que serían muy pocas, por cuanto debemos recordar que para hacerlo hay que calificar de nuevo para un crédito. Eso requiere la no existencia de anotaciones comerciales vigentes y tener la calidad de sujeto de crédito, o sea, en el fondo, ser solvente, condición que hoy en día tienen muy pocos hogares. Siempre hay excepciones, pero ellas corresponden sólo a quienes gozan de una remuneración mayor. Entonces, la banca ¿con quién renegociará? Con quienes encuentre económicamente idóneos.
¿Quién se podría oponer a una medida inspirada en la idea de expandir el efecto de la baja de las tasas de interés decretada por el Banco Central a los deudores hipotecarios del país?
No cabe duda de que el valor del crédito hipotecario ha bajado. Sin embargo, en la práctica, el alto costo de los impuestos a las operaciones desincentiva la renegociación. Esto es lo fundamental del proyecto, pero hay que ser claros.
Sin ánimo de ser pesimista, me pregunto: ¿cuántos deudores hipotecarios, de los 570 mil que hay en el país, serán favorecidos? ¿Cuántos de ellos no figuran en el Dicom? ¿Cuántos de aquellos que ganan 280 mil pesos mensualmente podrán renegociar?
Por supuesto, como se trata de conceder beneficios, debemos aprobar la iniciativa; pero, con el debido respeto a los legisladores que la estudiaron en las comisiones, les manifiesto que, entre otras cosas, les faltó considerar la situación de la mujer, porque, en las sociedades conyugales separadas de hecho, la mujer que vive en una casa con deudas hipotecarias, no puede reprogramar.
Eso es injusto y no debiera ser así. Esa situación debió quedar establecida en algún artículo.
Estoy confuso, pero igual le prestaré mi aprobación al proyecto, dejando de manifiesto que debió ser mejor.
He dicho.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Andrés Palma.
El señor PALMA (don Andrés).-
Señor Presidente, el proyecto en discusión es importante para los sectores sociales económicamente de nivel medio alto, que son los que obtendrán este beneficio, que representa una aspiración muy sentida de muchos ciudadanos. Fue propuesto por diversos señores diputados.
Al primero que escuché hablar sobre el tema, hace mucho tiempo, fue al diputado señor Waldo Mora, pero con otro énfasis: con la idea de suprimir el impuesto de timbres y estampillas. Esa proposición también ha sido formulada por parlamentarios de la Derecha. A lo mejor, el país estaría en condiciones de acceder a ella, siempre y cuando fuese compensada por otra vía la enorme recaudación que genera ese impuesto.
Nuestro país tiene un alto nivel de pobreza; entonces, se debe dotar al Estado de fuentes de recursos para que diseñe políticas que vayan en disminución de ella. Las reformas de la salud y de la educación, la extensión de la jornada escolar, los sistemas gratuitos de atención de parto y de vacunación, el acceso universal a internet, etcétera, requieren de financiamiento. Por lo tanto, hay que recaudar dinero.
Desde esa perspectiva, no era sensato eliminar este importante impuesto que recauda alrededor de 320 millones de dólares al año. Sin embargo, en la actual coyuntura económica, este impuesto es un obstáculo para que las personas que quieren aprovechar la baja de las tasas de interés puedan reprogramar sus deudas hipotecarias. Como se señala en el informe, y ése fue el planteamiento del Ejecutivo, una reprogramación no es una nueva deuda. Por lo tanto, es razonable suprimir transitoriamente, para las reprogramaciones, la vigencia de este impuesto.
Todo eso está muy bien. Pero, como se ha señalado con antelación, al menos por el diputado informante y por el colega Carlos Montes, si bien el proyecto significa un gran beneficio para algunos sectores, sabemos que es difícil que se extienda a los deudores hipotecarios de rentas menores. Esa fue la gran preocupación que manifestamos en la Comisión de Hacienda durante la discusión del proyecto.
Lamentablemente, no hemos sido capaces de imaginar una fórmula para obligar a los bancos a bajar los costos administrativos de estas renegociaciones. Lo único que podríamos hacer al respecto es apelar a los bancos, los terceros que generan mayores utilidades en los últimos años en el conjunto de la economía, después de las administradoras de fondos de pensiones y de las isapres así lo revela un estudio del diario “Estrategia”, por lo cual podrían ser un poco solidarios y renegociar también con los deudores de más bajos ingresos, lo que no es poco rentable.
Se encuentra de visita en nuestro país el señor Muhammad Yunus, creador del banco de la esperanza, Grameen Bank, en Bangladesh, que cobra tasas de interés equivalentes al resto de los bancos y comisiones mucho más bajas, lo cual facilita a dos y medio millones de personas el acceso al financiamiento bancario.
Los bancos también podrían mirar las cosas desde una perspectiva distinta, pero a los parlamentarios lo único que les cabe es apelar a su comportamiento. Lamentablemente, esas instituciones siempre consideran que deben otorgarse subsidios estatales para la atención de los más pobres. No entienden mucho de negocios en el largo plazo, sino sólo de ganancias en el corto plazo.
Vamos a aprobar el proyecto aunque sólo ayuda a resolver el problema de un sector de la población. En efecto, a un conjunto importante de deudores les permitirá acogerse a un nuevo programa de crédito con una tasa de interés sustancialmente más baja así lo esperamos, como la que está vigente en la actualidad, lo cual significará un alivio importante en sus deudas.
Estamos conscientes de que la iniciativa no resuelve los problemas de todos los grupos económicos. Ojalá que eso quede claro y que así sea entendido para que no se genere una expectativa que no es posible cumplir. En todo caso, la última palabra respecto del número de personas que podrán reprogramar sus deudas, bajar sus dividendos, pagar menos intereses y mejorar su nivel de bienestar no provendrá del proyecto, sino de los bancos. Para muchos chilenos, eso podrá concretarse, pero para la gran mayoría dependerá de la actitud de los administradores bancarios.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Rodrigo Álvarez.
El señor ÁLVAREZ.-
Señor Presidente, no es bueno crear enormes expectivas o esperanzas en relación con el proyecto. Se trata de una iniciativa que votaremos favorablemente, porque beneficiará a un sector de deudores de créditos hipotecarios, aunque en ningún caso, como han dicho algunos diputados, a 400 mil o 500 mil personas. Las exposiciones de representantes de varios bancos en la Comisión de Hacienda intentan prepararnos, a lo menos, para una renegociación muchísimo menor.
Insisto, es una buena iniciativa para un sector y por eso la apoyaremos, pero faltan medidas en favor de deudores de créditos hipotecarios de montos bajos. Concuerdo plenamente con muchas de las expresiones del diputadoCarlos Montes, en el sentido de que, si bien el proyecto es bueno y hay que votarlo favorablemente yo, al menos, así lo haré, está dirigido a cierto sector, pero en ningún caso beneficiará, ni muy cercanamente, a un número tan grande de personas como el que se ha mencionado.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor José García.
El señor GARCÍA (don José).-
Señor Presidente, estamos frente a una iniciativa del Ejecutivo que no nos merece reparos, pero que, curiosamente, tampoco constituye un motivo de alegría o una gran noticia para los deudores hipotecarios.
En verdad, es positiva la suspensión de la vigencia del impuesto de timbres y estampillas en los casos de reprogramación de deudas hipotecarias, la cual dependerá, en gran medida, del valor en que se vendan las letras de los nuevos créditos.
Se trata de aprovechar la rebaja en las tasas de interés en la emisión de las nuevas letras hipotecarias. Si ellas se venden al ciento por ciento, el ahorro en el dividendo mensual oscilará entre 226 pesos cuando se trate de ingresos de 87 mil pesos, y de alrededor de 15.800 pesos cuando se trate de ingresos promedios de 3.757.000 pesos.
¿Qué ocurre si las letras se venden al 95 por ciento? Automáticamente, la rebaja en los dividendos desaparecerá, porque los deudores hipotecarios tendrán que enterar la diferencia entre el valor en que se vendan en el mercado y el nuevo crédito que les otorguen por efecto de la reprogramación.
Por lo tanto, no sabemos si el proyecto, que suspende la aplicación del impuesto de timbres y estampillas, surtirá efecto, resultará realmente beneficioso y significará una rebaja en los dividendos.
En todo caso, ante la posibilidad de que algunos se puedan beneficiar, los diputados de Renovación Nacional vamos a votar favorablemente el proyecto.
Pero hay otra razón poderosa por la cual votarlo a favor, en particular el artículo 6º, que es una indicación formulada por el Ejecutivo para superar una grave situación que se generó con la dictación de la ley sobre evasión tributaria. Concretamente, para usar el crédito fiscal, el 18 por ciento correspondiente al IVA de las facturas debería encontrarse pagado.
Esta iniciativa del diputadoEugenio Tuma, a mi juicio bien intencionada, iba en ayuda de los pequeños agricultores, quienes generalmente venden sus productos a los supermercados, los que demoran 90 días en pagar las facturas, aun cuando se ven obligados a enterar inmediatamente el IVA. Como se trata de pequeños campesinos que no tienen capital, se pensó en que ésta podía ser una buena solución, pero esto terminaba con todo el sistema de ventas al crédito, porque exigía que, a lo menos, estuviera pagado el impuesto al valor agregado. Lo anterior significó una protesta de las cámaras de comercio a lo largo y ancho del país. El hecho fue comprendido por el ministro de Hacienda, la Comisión de Hacienda y por el propio diputadoTuma, quien coordinó con dicha cartera la indicación al artículo 6º, a fin de suspender, desde el 1 de julio del presente año hasta el 31 de diciembre del próximo, la vigencia de la disposición que obligaba a tener pagado el IVA de las facturas para poder hacer uso del crédito fiscal.
Me parece que esta norma da tranquilidad a miles y miles de personas que se dedican al comercio, a la industria, a la artesanía, al transporte y a las más diversas actividades económicas del país.
En verdad, sin darnos cuenta y reconociendo nuestros errores, en la normativa sobre evasión tributaria aprobamos una norma que esperábamos que favoreciera a los pequeños contribuyentes, la cual puede perjudicarlos seriamente. Durante el lapso que dure la suspensión, se pretende buscar una solución más inteligente que no tenga otros efectos colaterales para aliviar la situación de los pequeños agricultores que carecen de capital y se ven obligados a enterar el IVA que ellos todavía no reciben.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Eugenio Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, nuestra bancada va a apoyar sin reservas este proyecto de ley, aun cuando estamos conscientes de que favorece solamente a un sector de los muchos endeudados que quieren acogerse a renegociaciones.
Considero que más temprano que tarde tendremos que revisar la ley que establece el impuesto a la ley de timbres y estampillas, por cuanto tiene su origen en una norma de hace más de 400 años y no responde a las necesidades ni a la lógica actual. No se justifica que los contribuyentes continúen pagando un impuesto que no tiene absolutamente ningún sentido al no regir ni los timbres ni menos las estampillas.
Este proyecto permitirá a un sector importante de deudores hipotecarios repactar sus obligaciones con una tasa de interés más baja. Sin embargo, los bancos no tienen transparencia en las tasas de interés que están ofreciendo. Al respecto, debe existir una regulación. Además, nos estamos basando en un supuesto absolutamente falso: que en el mercado financiero existe gran movilidad de deudores para trasladarse de una institución a otra con el objeto de repactar sus deudas. Eso no es cierto, porque cuando un deudor quiere cambiarse de banco debe pagar su deuda anterior, presentar al nuevo banco sus estados financieros contables y su historia económica para que éste evalúe su viabilidad, aparte de tener que empezar a conocer a las personas que laboran en él, entre ellos, su ejecutivo de cuentas. En definitiva, es muy difícil que un usuario, por la rigidez que existe en los mercados financieros, tome la decisión de cambiarse de banco. Estamos ante un desafío para la Cámara de Diputados, el Ministerio de Hacienda y la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras en orden a establecer mayor transparencia en las tasas de interés, en los cobros que hacen los bancos y que explican gran parte de las utilidades que han obtenido en los últimos años.
Sin embargo, no quiero que quede la impresión de que este proyecto no tiene mérito, porque realmente lo tiene. Nos queda pendiente la tarea de efectuar una regulación más eficaz en favor de los usuarios de los bancos, de hacer más transparente el sistema financiero y de realizar una mayor fiscalización. Debemos saber por qué razón ahora a los usuarios se les cobran ciertas comisiones, en circunstancias de que antes no se hacía. Por otra parte, las rebajas de las tasas de interés no se han traspasado a los usuarios.
Como decía el diputado señor Mora, ahora tenemos un avance, un beneficio tributario durante un año para quienes quieran repactar.
Por último, debo reconocer que el diputadoJosé García me ahorró parte de mi intervención porque explicó, nítida y claramente, los objetivos que se tuvieron en la ley de evasión tributaria al incorporar una medida tendiente a corregir la distorsión que significa que los pequeños proveedores, que están obligados a pagar el IVA dentro de 30 días, no reciban el importe de la factura hasta 90, 120 y 150 días después. Una vez que fue promulgada la ley, nos dimos cuenta de que la norma era ineficaz porque su fiscalización resultaba engorrosa; además, era oneroso para el contribuyente mantener un libro aparte y hacer un programa distinto. Tampoco resulta eficaz, porque quienes tienen una posición dominante en el mercado pueden decirle a los proveedores pequeños: “Conforme, les pagaré el IVA dentro de los 30 días para que puedan hacer uso del crédito fiscal, pero sus servicios o mercaderías se los pagaré en 120 ó 150 días”, cuando antes lo hacía en 90 o en 120 días.
Valoro que el Ejecutivo haya acogido, primero, la idea de intentar regular esta distorsión y, luego, la iniciativa planteada por los miembros de la Comisión de Hacienda para suspender la aplicación de la medida, con el fin de buscar algún mecanismo que solucione esta inequidad entre los pequeños contribuyentes y los grandes compradores.
Hago un llamado a los bancos para que cumplan con las disposiciones de este proyecto.
Todos están aportando para solucionar el problema: el fisco, el Gobierno y el Congreso, menos los bancos, es decir, las instituciones más importantes que intervienen en el negocio bancario.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el señor ministro de Hacienda.
El señor EYZAGUIRRE (Ministro de Hacienda).-
Señor Presidente, voy a ser extremadamente breve para no abusar de la paciencia de los señores diputados.
Las intervenciones se han centrado en las bondades de este proyecto, aunque ello no impide entender que no soluciona todos los problemas de los deudores, especialmente de los hipotecarios.
Hoy los deudores se ven afectados por varias situaciones, entre otras, por la carencia de empleo, el bajo nivel de la demanda y el reducido monto de sus ingresos, lo que complica bastante a la gente para acceder al crédito.
También es cierto que este proyecto no garantiza que en la nueva situación que enfrentan los deudores, los bancos tengan interés en reprogramar.
Pero el proyecto remueve un obstáculo fundamental, a fin de que las personas disfruten de tasas de interés mucho más reducidas en nuestro mercado.
Es típico que en las economías más desarrolladas las bajas tasas de interés se reflejen rápidamente en reactivación, porque las personas pueden reprogramar sus créditos, circunstancia que no está ocurriendo con la velocidad que necesitamos en nuestro país.
Este proyecto, como se ha señalado, potencialmente puede beneficiar a 550 mil deudores. Por lo tanto, por la vía indirecta ayudará a la reactivación.
Respecto de consultas planteadas, las 36 UF no son más que el 1,2 por ciento de las 3.000 UF, que es el tope reprogramable.
A su vez, al diputado señor Huenchumilla debo señalarle que el artículo 3º contempla la reprogramación de los créditos vigentes y morosos.
Sólo me resta agradecer que la iniciativa haya sido mejorada en la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados.
Sé que con este proyecto no estamos solucionando todos los problemas de Chile, pero, sin duda, estamos dando un paso adelante.
Espero que el proyecto sea aprobado y que también se discuta esta semana la iniciativa sobre rebaja de impuestos a las personas.
Muchas gracias.
El señor PARETO (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra. Cerrado el debate.
En votación general el proyecto.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 90 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 5 abstenciones.
El señor PARETO (Presidente).-
Aprobado en general el proyecto.
Como no ha sido objeto de indicaciones, también se declara aprobado en particular.
Despachado el proyecto.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Acuña, Alessandri, Alvarado, Álvarez-Salamanca, Álvarez, Allende (doña Isabel), Arratia, Ascencio, Ávila, Bartolucci, Bertolino, Rozas (doña María), Caminondo, Caraball (doña Eliana), Ceroni, Coloma, Cornejo (don Patricio), Correa, Delmastro, Dittborn, Elgueta, Encina, Galilea (don Pablo), Galilea (don José Antonio), García (don René Manuel), García (don José), García-Huidobro, Girardi, González (doña Rosa), Gutiérrez, Hales, Hernández, Huenchumilla, Ibáñez, Jaramillo, Jarpa, Jeame Barrueto, Jiménez, Krauss, Kuschel, Leal, Leay, Letelier (don Felipe), Longton, Longueira, Lorenzini, Luksic, Martínez (don Rosauro), Mesías, Monge, Mora, Moreira, Mulet, Muñoz (doña Adriana), Naranjo, Navarro, Núñez, Ojeda, Olivares, Ortiz, Palma (don Osvaldo), Palma (don Andrés), Paya, Pérez (don José), Pérez (don Aníbal), Pérez (doña Lily), Pollarolo (doña Fanny), Prokurica, Recondo, Reyes, Rincón, Riveros, Rojas, Saa (doña María Antonieta), Salas, Sánchez, Seguel, Silva, Soto (doña Laura), Tuma, Ulloa, Urrutia, Valenzuela, Van Rysselberghe, Vargas, Velasco, Venegas, Villouta, Walker (don Ignacio) y Walker (don Patricio).
Se abstuvieron los diputados señores:
Aguiló, Letelier (don Juan Pablo), Montes, Muñoz (don Pedro) y Ovalle (doña María Victoria).
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el señor ministro.
El señor EYZAGUIRRE (Ministro de Hacienda).-
Señor Presidente, agradezco la disposición de todos los señores diputados.
Para terminar, quiero señalar, respecto del planteamiento expuesto por el diputado señor Carlos Montes relativo a la situación de determinados deudores hipotecarios, específicamente la de aquellos cuyos créditos se vinculan a los acuerdos 1517, 1583 y 1719 del Banco Central de Chile, y de los que emanan de la ley Nº 19.003, que he dispuesto la formación de un grupo de trabajo en el Ministerio de Hacienda, el que se encuentra en pleno funcionamiento, como le consta al diputado señor Montes, recabando la información necesaria de los entes involucrados. Me refiero al Banco Central de Chile hoy autónomo, al Banco del Estado de Chile, a la banca privada acreedora y a la propia Dirección de Presupuestos, a fin de determinar tanto los costos fiscales como la viabilidad, oportunidad y conveniencia de posibilitar a este grupo de deudores los beneficios que en virtud del proyecto aprobado le estamos otorgando a un gran universo de deudores hipotecarios.
Muchas gracias.
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