. . . . . " El se\u00F1or PARETO (Presidente).- \nTiene la palabra el diputado se\u00F1or Andr\u00E9s Palma. \nEl se\u00F1or PALMA (don Andr\u00E9s).- \nSe\u00F1or Presidente, hace algunos a\u00F1os, en una conferencia, el rector de la Universidad Centroamericana afirm\u00F3 que no viv\u00EDamos una \u00E9poca de cambios, sino un cambio de \u00E9poca. \nHoy, en Chile, al menos en la propaganda, todos hablan de cambios. Sin embargo, s\u00F3lo algunos tratamos de llevarlos a la pr\u00E1ctica y la mayor\u00EDa s\u00F3lo los menciona. Hemos ido perdiendo el miedo a las palabras, lo que es muy positivo para la sociedad. \nHace unos momentos, un diputado de la UDI dijo que consideraba bueno el proyecto. Sin embargo, manifest\u00F3 cierta preocupaci\u00F3n porque est\u00E1bamos cambiando algo que hab\u00EDa funcionado bien durante 150 a\u00F1os y que forma parte de nuestra cultura. Pero nuestra cultura cambia, la sociedad va cambiando y las leyes deben ir adecu\u00E1ndose a esos cambios. \nNo cabe duda alguna de que en los \u00FAltimos a\u00F1os la relaci\u00F3n entre hombre y mujer ha cambiado en forma vertiginosa. Por lo tanto, la estructura fundacional de la sociedad entre el hombre y la mujer tambi\u00E9n ha cambiado, y lo que cambia en dicha estructura debe reflejarse en las leyes. \n\u00C9se es el sentido de la moci\u00F3n presentada por la diputadaMar\u00EDa Antonieta Saa hace algunos a\u00F1os, nos invit\u00F3 a compartirla a un conjunto de parlamentarios de Gobierno y de Oposici\u00F3n, que tiene por objeto modificar la estructura jur\u00EDdica del contrato que establece la relaci\u00F3n entre el hombre y la mujer en nuestra sociedad para hacerla m\u00E1s acorde con la \u00E9poca que se est\u00E1 iniciando. \nPodr\u00EDamos entrar en una discusi\u00F3n detallada de las disposiciones del proyecto, pero en esta oportunidad estamos en el debate general. Lo que se pretende tenemos que decidir si continuamos avanzando o nos detenemos aqu\u00EDes establecer la igualdad del hombre y la mujer en la constituci\u00F3n de la familia, tanto para cosas elementales como para aquellas que son m\u00E1s sustantivas. \nAl respecto, cabe tener presente que en la actualidad hay cosas que son elementales, pero que la ley no las dispone de ese modo. Por ejemplo, pareciera de Perogrullo se\u00F1alar que corresponde al hombre y a la mujer establecer, de com\u00FAn acuerdo, el lugar de residencia familiar. Sin embargo, eso en la actualidad no est\u00E1 contemplado en nuestra legislaci\u00F3n. Sobre el particular, cabe preguntarse si es l\u00EDcito que se se\u00F1ale que no debemos establecer lo anterior como una norma de la legislaci\u00F3n debido a que ha funcionado bien durante tantos a\u00F1os en la pr\u00E1ctica. Sin embargo, es obvio que debemos cambiar la norma, porque ha sido superada por los hechos en la gran mayor\u00EDa de las relaciones de pareja en nuestra sociedad. \nNo hay raz\u00F3n para mantener una norma anacr\u00F3nica que sea aplicable en los casos de conflicto, que es cuando se necesita la norma jur\u00EDdica. La ley sirve para regular los conflictos, ya que en la armon\u00EDa y en la prevalencia del amor \u00E9sta no se requiere. Entonces reitero, para qu\u00E9 mantener una norma que establece una diferencia entre las dos partes que constituyen el n\u00FAcleo fundacional de la sociedad, por ejemplo, en el momento de establecer el lugar de residencia familiar, as\u00ED como en todo lo que tiene que ver con los bienes de la sociedad conyugal. \nEn el pasado hemos legislado para resolver este tema. En ese sentido, si mal no recuerdo, se aprob\u00F3 por unanimidad o por amplia mayor\u00EDa el establecimiento en Chile del r\u00E9gimen de participaci\u00F3n en los gananciales. En eso, me atrevo a afirmar aqu\u00ED que probablemente nos equivocamos, porque la forma de esa disposici\u00F3n result\u00F3 demasiado compleja para la sociedad conyugal, como se puede comprobar en las estad\u00EDsticas que se han elaborado sobre el tema. \nA modo de ejemplo, en el informe de la Comisi\u00F3n se presenta un cuadro estad\u00EDstico en el que se puede observar que de los aproximadamente 90 mil matrimonios contra\u00EDdos en 1995, dos mil lo hicieron bajo el r\u00E9gimen de participaci\u00F3n en los gananciales, y que de los m\u00E1s de 60 mil matrimonios celebrados en 2000, 1.836 lo hicieron bajo dicho r\u00E9gimen, lo que constituye una cantidad muy menor, por lo cual se puede decir que dicho r\u00E9gimen es para expertos. De all\u00ED que en la discusi\u00F3n del proyecto se haya se\u00F1alado que pr\u00E1cticamente se requiere de expertos en contabilidad patrimonial y de empresas para establecer esa soluci\u00F3n, lo que hace inviable la f\u00F3rmula, aunque en su concepci\u00F3n \u00E9sta pueda ser muy sensata, raz\u00F3n por la que debemos introducir innovaciones muy profundas. Sin embargo, quiero se\u00F1alar otra raz\u00F3n para hacerlo, que no aparece en el informe, pero que s\u00ED est\u00E1 expl\u00EDcita en el cuadro estad\u00EDstico que he se\u00F1alado. \nAll\u00ED se puede observar que en 1994 hubo aproximadamente 93 mil matrimonios en Chile, y en 2000, 62.073. En 1995, es decir, en el primer a\u00F1o en que comenz\u00F3 a regir el r\u00E9gimen de participaci\u00F3n en los gananciales, hubo 2.081 matrimonios contra\u00EDdos bajo ese r\u00E9gimen, cifra que se mantuvo, con algunos altibajos, hasta el a\u00F1o 2000. \nPor otra parte, en 1994 se contrajeron 20.086 matrimonios con separaci\u00F3n de bienes, cifra que tambi\u00E9n se mantuvo con peque\u00F1os altibajos hasta el a\u00F1o 2000. \nSin embargo, en 1994 hubo aproximadamente 73 mil matrimonios bajo el r\u00E9gimen de sociedad conyugal, cifra que baja paulatina y casi cotidianamente hasta llegar a cerca de 42 mil el a\u00F1o 2000. \nA mi juicio, dicha estad\u00EDstica da cuenta de una realidad de la que hemos conversado muchas veces en el Congreso y respecto de la que hablo en forma permanente en las reuniones que sostengo con las comunidades de Macul, de San Joaqu\u00EDn y de La Granja, en el sentido de que en la actualidad se constituyen muchos n\u00FAcleos familiares en el pa\u00EDs sin llegar a establecer un contrato matrimonial. \nEsa situaci\u00F3n tambi\u00E9n tiene que ver con la norma por la cual se constituye el contrato matrimonial. Los j\u00F3venes hoy, en parte, no quieren establecer un contrato matrimonial porque el r\u00E9gimen de administraci\u00F3n de la sociedad conyugal no va de acuerdo con la voluntad m\u00E1s amplia, de mayor apertura de mente y de mayor igualdad entre el hombre y la mujer en la relaci\u00F3n de pareja, en comparaci\u00F3n con la que exist\u00EDa cuando dichas normas se establecieron. Esa es otra raz\u00F3n que nos debe llevar a los parlamentarios a preguntarnos si es bueno o no cambiar la norma legal o a reafirmar la necesidad de adecuarla a los tiempos que estamos viviendo. \nJunto con anunciar mi voto positivo para legislar en este proyecto, quiero hacer un llamado en esta \u00E9poca de cambios, en el sentido de que nos tomemos en serio estos debates, pues tanto ellos como los cambios son mucho m\u00E1s profundos de lo que creemos, raz\u00F3n por la que debemos entrar en la m\u00E9dula de la discusi\u00F3n y ojal\u00E1 establecer, en definitiva, otra norma que tambi\u00E9n dure 150 a\u00F1os. \nAl introducir nuevas disposiciones en esta materia no estamos pensando en el pasado, sino que mirando hacia el futuro de la familia chilena y dando un espacio y una acogida jur\u00EDdica que permita que en nuestra sociedad, en reconocimiento de que los n\u00FAcleos familiares se constituyen fundacionalmente por un hombre y por una mujer, puedan establecerse familias en las que tanto el hombre como la mujer tengan mayor igualdad de derechos. Eso es construir el futuro desde una perspectiva de cambio. Lo contrario, mirar atr\u00E1s y quedarse conforme con lo que hay, no ayuda a establecer una sociedad conforme con los avances que la cultura est\u00E1 teniendo. En ese sentido, la cultura y las relaciones interpersonales de hoy se\u00F1alan que el hombre y la mujer no deben tener limitaciones impuestas por la ley para el establecimiento de sus relaciones. \n\u00C9se es el sentido profundo del proyecto en relaci\u00F3n con el contenido y el cambio de este contrato social, motivo por el cual invito a la C\u00E1mara a aprobar la idea de legislar en esta materia. \nHe dicho. \n " . . .