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El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
En el Orden del Día, corresponde conocer, en segundo trámite constitucional y segundo informe reglamentario, el proyecto de ley que establece normas para facilitar la creación de microempresas familiares.
Diputado informante de la Comisión especial de la Pequeña y Mediana Empresa es el señor Núñez.
Antecedentes:
-Segundo informe complementario, boletín Nº 1241-03 (S). Sesión 65ª, en 16 de mayo de 2001. Documentos de la Cuenta Nº 5.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor diputado informante.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , la Comisión especial de la Pequeña y Mediana Empresa ha entregado dos informes en relación con esta materia. El primero, el 7 de septiembre de 2000, y el segundo, el 8 de marzo de este año.
En el debate de la Sala, se produjeron algunas discusiones jurídicas y la Comisión se vio en la obligación de estudiar nuevamente el proyecto para aclarar las dudas. Éstas fueron resueltas y la iniciativa está en condiciones de ser aprobada por la Cámara.
El proyecto tuvo su origen en una moción de los senadores señores Andrés Zaldívar , Jorge Lavandero , Mariano Ruiz-Esquide y Adolfo Zaldívar Larraín , presentada en el Senado de la República el 16 de julio de 1994.
Consiste fundamentalmente en estimular y regular el funcionamiento de las microempresas familiares que hoy existen en el país. El texto es muy breve, pero resuelve una situación muy importante en Chile, cual es facilitar la formalización de ellas.
Consta de un artículo 1º, con dos incisos, un artículo 2º y uno transitorio.
El Nº 1 del artículo 1º señala que se agregará al inciso segundo del artículo 26 -se refiere a la ley de Rentas Municipales-, lo siguiente: “Con la salvedad de las empresas a las que se aplique el decreto supremo Nº 977, del Ministerio de Salud, de 1997, que aprobó el Reglamento Sanitario de los Alimentos, los organismos encargados de la fiscalización de las normas sanitarias y ambientales otorgarán un plazo de hasta dos años a las microempresas familiares que estén registradas en la municipalidad respectiva, para los efectos de dar cumplimiento a las exigencias sanitarias y ambientales. Se entenderá por microempresa familiar aquella destinada a la fabricación de bienes o a la prestación de servicios de cualquier especie, excluidos aquellos considerados peligrosos, contaminantes o molestos, cuyo giro se ejerce personalmente en la casa habitación, con un capital efectivo que no exceda de 10 unidades tributarias anuales al comienzo del ejercicio respectivo y que no emplee más de cinco personas ajenas al grupo familiar que reside en la casa habitación”.
En relación con los aspectos tributarios, el Nº 2 del artículo 1º establece que para acogerse a los beneficios señalados en la ley y los que favorezcan la microempresa, “el interesado deberá inscribirse en la municipalidad respectiva y acompañará una declaración jurada en la que afirme que es legítimo ocupante de la vivienda en que se desarrollará la actividad empresarial. Si la vivienda es una unidad de un condominio, deberá contar con la autorización del Comité de Administración respectivo”.
El artículo 2º define exactamente los trabajos por terceros: “Los trabajos que se ejecuten por las empresas familiares, por encargo de terceros, se entenderán, para todos los efectos legales, que se realizan por cuenta de quien los encarga”.
Finalmente, según el artículo transitorio, “El Presidente de la República reglamentará la aplicación de esta ley dentro del plazo de tres meses -no de seis meses- contado desde su publicación”.
Es cuanto puedo informar.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Edgardo Riveros.
El señor RIVEROS.-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero señalar mi satisfacción por esta iniciativa que hoy conocemos en segundo informe de la Comisión, porque con ella se facilita a muchas personas, con recursos escasos, modestos, el desarrollo de una actividad empresarial que les permita mejorar sus condiciones de vida por la vía de nuevos ingresos familiares.
Además, el proyecto de ley tiene un mérito adicional, que está dado por el hecho de que, con las facilidades que se establecen, muchos proyectos que hoy cuentan con el apoyo del Estado podrán incrementarse en el futuro. Particularmente, me refiero a proyectos para microempresarios muy pequeños, que reciben aportes a través del Fondo de Solidaridad e Inversión Social, Fosis .
Las personas que junto a su grupo familiar desarrollan actividades para las cuales tienen especiales condiciones, pero que no han tenido la posibilidad de regularizar su actividad de manera formal, podrán hacerlo.
Vale la pena poner atención en lo que ocurrirá en el ámbito rural con una serie de actividades pequeñas apoyadas por el Indap. Con el proyecto podrán concretarse y no se perderá el esfuerzo especial hecho por las personas.
La fluidez para el efecto de que las personas puedan obtener los permisos y desarrollar su actividad de manera formal, también es muy importante. A ello contribuirán los plazos específicos dados a las municipalidades y el registro que deberán llevar éstas.
Se ha logrado una adecuada definición de una empresa familiar, aquella desarrollada por el grupo familiar y que puede contratar personas ajenas a él en un número no superior a cinco. Y esto es importante para cautelar el propósito de la futura ley y a fin de que no se utilice por quienes no corresponde.
De manera que concurriremos gustosos a aprobar el proyecto.
He dicho.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Mario Bertolino .
El señor BERTOLINO .-
Señor Presidente , el proyecto viene a solucionar un problema que es recurrente en todas las comunas. Hoy, ante la dificultad de empleo, es importante dar la posibilidad de que se regularicen las empresas familiares, de las cuales las municipalidades deberán llevar un catastro y proporcionarles la información que requieran para mejorar su producción.
Como bien decía el diputado que me antecedió en el uso de la palabra, se posibilita su regularización y su ingreso a la economía formal.
Por eso, la bancada de Renovación Nacional votará favorablemente el proyecto.
He dicho.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Francisco Encina.
El señor ENCINA .-
Señor Presidente , quiero manifestar nuestro apoyo incondicional al proyecto. En definitiva, soluciona un problema fundamental en las microempresas familiares y posibilita su formalización, lo que redundará en un impacto positivo en el aspecto tributario y en la recaudación por patentes municipales, en beneficio de la sociedad y, por supuesto, también para el Estado.
La estricta normativa del Servicio de Salud y de las municipalidades respecto de las microempresas familiares no es compatible con su actividad. Más bien, es un impedimento insalvable para que puedan formalizarse y actuar en el mercado como corresponde. El proyecto las hará más flexibles, con lo cual se generará empleo y otros beneficios.
Por lo tanto, junto con felicitar a los autores de la moción, anuncio que mi bancada aprobará el proyecto por el aporte que significa para la economía del país.
Muchas gracias.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jaime Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , en verdad, considero loable la iniciativa, pero, a diferencia de quienes me antecedieron en el uso de la palabra, no sé si resuelve el problema de las pequeñas empresas o empresas familiares. En general, advierto que las municipalidades les darán un plazo, aun cuando no esté establecido por ley, sino por acuerdo entre los alcaldes.
Pero ¿dónde está el problema? ¿Por qué no se pueden regularizar y formalizar? Tengo la certeza de que es porque no cuentan con el apoyo profesional para cumplir las exigencias sanitarias y ambientales.
Vamos al terreno práctico. Si una persona instala una pequeña empresa familiar, por ejemplo, en una casa, debe hacer una ampliación, para lo cual necesita un arquitecto, pero no está en condiciones económicas de financiarlo; o bien precisa hacer pequeños estudios, sin tener como costearlos; o muchas veces requiere regularizarla en términos jurídicos, pero no cuenta con recursos para ello.
En consecuencia, lo que se ha hecho aquí es simplemente dar un plazo mayor para que estas empresas puedan cumplir con las exigencias sanitarias y ambientales, que no cambian. Si a estas pequeñas empresas familiares no se les da el apoyo profesional correspondiente para que puedan cumplir con estas exigencias sanitarias y ambientales, simplemente no se formalizarán, por lo que se perderá absolutamente el objetivo del proyecto de ley.
Señor Presidente , considero que es malo crear falsas expectativas al respecto en los dueños de las empresas familiares. El problema no se resolverá con esta iniciativa. Se necesita un proyecto de ley más completo. Hay que darles apoyo para que puedan cumplir con todas las exigencias y ayudarlos a que superen todo lo que exigen los reglamentos sanitarios y ambientales.
Por lo tanto, independientemente de que apoyaré el proyecto, quiero dejar expresada esta advertencia: simplemente estamos dando un plazo para que estas personas, que no cuentan con la asesoría adecuada, cumplan con las exigencias sanitarias y ambientales.
He dicho.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Fossa.
El señor FOSSA.-
Señor Presidente , hoy me siento muy contento de que exista la posibilidad de avanzar en lo que hemos venido hablando, esto es, legislar y estudiar sobre este sector de la economía que denominamos Mipymes, micro, pequeña y mediana empresa. La Comisión especial de la Cámara abocada a esta materia se ha preocupado de lograr un marco regulatorio para todo el sector de las Mipymes.
Este es un primer paso que otorga un régimen especial para la microempresa familiar, que le permite desarrollarse conforme a las normas que regulan la respectiva actividad económica.
He escuchado con mucha atención el debate, y comparto la aprensión del colega Jaime Orpis . Eso es efectivo, porque las microempresas y las empresas familiares se apoyarán en sus propias municipalidades, las que deberán asesorar y habilitar los mecanismos para que puedan funcionar adecuadamente, en particular en el cumplimiento de las normas de higiene, de medio ambiente, de conservación, etcétera.
El proyecto también evita que estas microempresas funcionen ilegal o clandestinamente. Ahora es posible que quienes estén realizando este tipo de actividades por una necesidad económica imperiosa puedan regularizar su situación y salir al mercado cumpliendo con las exigencias requeridas.
La iniciativa define muy bien a la microempresa familiar; la considera una actividad lícita y que se puede establecer en el propio hogar.
Por ejemplo, en mi zona, en especial en la ciudad de Lota, tan golpeada por la cesantía y por otros problemas, incluyendo los fuertes temporales que la han azotado, a raíz de los cuales se han anegado muchos sectores que todavía no tienen el desarrollo que todos queremos; se han presentado a la municipalidad una enorme cantidad de proyectos propios de la empresa pequeña. Es as�� como el sindicato de damas lotinas, dirigido por mi gran amiga Anita Montes , ha elaborado cuatro proyectos que tienen correspondencia exacta con lo que estamos legislando hoy. Esta legislación le permitirá no sólo obtener el financiamiento correspondiente, sino desarrollarse y conseguir un ingreso que no tienen en este momento, lo que en el pasado las llevó a usar medidas de fuerza o presiones que no son convenientes.
Sin duda, estas empresas se deberán acoger a los plazos que se les fijan para asesorarse y cumplir con lo establecido en los reglamentos sanitarios correspondientes, lo que les permitirá funcionar, como se dice vulgarmente, “con todas las de la ley”.
Termino felicitando al senador Zaldívar y a otros que tuvieron la capacidad de generar un proyecto de este tipo, que ha pasado por todas las instancias en un plazo relativamente breve y que hoy tendrá la oportunidad de ser aprobado sin más trámite.
He dicho.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO .-
Señor Presidente , de nuevo intervengo en esta discusión, porque creo que están dadas las condiciones para el desarrollo de las denominadas microempresas familiares.
Me parece que se deslizó un comentario adverso, el que lamentablemente no logré escuchar ni interpretar por problemas acústicos.
Aquí se ha discutido mucho sobre las Pymes. Todos sabemos que generan el 80 por ciento del trabajo rentado en Chile, lo que permite excepcionar a las empresas familiares de la normativa ambiental y sanitaria. Considero correcta la medida, porque a veces creemos que vivimos en un mundo desarrollado, pero deben existir ciertas licencias respecto de lo ambiental y de lo sanitario, pues somos subdesarrollados.
He insistido reiteradamente en esta Sala en que no se nos puede olvidar nuestra calidad de legisladores y que las autoridades de Gobierno no deben considerar que sólo son Pymes y microempresas familiares las que se instalan en el radio urbano de las ciudades y de los pueblos del país, sino que también las que lo hacen en los campos de Chile, donde, poco a poco, van cobrando una mayor relevancia, como consecuencia de la menor utilidad relativa que genera la explotación agrícola tradicional. Por eso presenté con orgullo una indicación para agregar la frase “rural o urbana”. Curiosamente, se rechazó.
Señor Presidente , cuando el campo no entrega lo suficiente para vivir al campesino modesto, cuando la venta o el precio de los productos hortícolas, lácteos, cárneos, etcétera, está deprimido, los campesinos chilenos desarrollan actividades agroindustriales de menor escala, lo que se viene haciendo desde hace mucho tiempo.
Durante la discusión logré captar que se dijo que Indap actuaba como intermediario o como ejecutor del mundo rural. Claro que sí, pero eso no abarca ni el 20 por ciento. El Indap es una institución digna, noble, que debe crecer apuntando hacia el mundo rural, pero hoy llega a él en escasa medida. Los profesionales deben encontrar allí su campo de trabajo, pero lamentablemente se cuenta con muy pocos de ellos.
Hoy, las microempresas de servicios, como las de turismo rural y étnico, tienen buena llegada. Las Pymes y las microempresas campesinas de carácter familiar tienen esta recepción. Sin embargo, la microempresa familiar campesina está dejada de lado en este proyecto. Por eso, el Estado debe apoyarla y considerar sus particularidades económicas, sociales y productivas.
Manifiesto mi respaldo a la iniciativa por estimarla oportuna y necesaria y hago votos para que en la Sala no se olvide la realidad del mundo rural que acabo de expresar, del hombre y de la mujer de campo que con su trabajo y sus productos dan alimento a la gran mayoría de los chilenos.
He dicho.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Elgueta.
El señor ELGUETA .-
Señor Presidente , el proyecto en discusión es muy importante, pues -como ya se dijo- permitirá el funcionamiento normal, dentro del ámbito del derecho, a las microempresas familiares que están funcionando de facto.
Si atendemos a un principio maximalista, este Congreso debería dictar el estatuto de la pequeña empresa familiar, en el cual se estableciera su estructura, organización, incentivos y regímenes tributario, laboral y previsional; pero es difícil alcanzar esa perfección. De ahí, la necesidad de este proyecto para regularizar una situación de hecho y, además, para incentivar la formación de microempresas.
Por ejemplo, he visto que en las comunas de Maullín y de Calbuco, de mi distrito, o en la provincia de Chiloé, de donde se extraen los mariscos que después se distribuyen a todo el país, la gente no se dedica a la elaboración de conservas, lo que se podría hacer en cada hogar. En cambio, los productos son trasladados para este efecto a otras zonas del país, incluso a Santiago. Podría dar una lista bastante larga de productos susceptibles de enlatar, con lo cual se podría reactivar ese sector tan desprotegido.
En la sesión en que se analizó el primer informe, hice dos observaciones jurídicas, que aparecen corregidas en el nuevo texto. Una dice relación con la declaración jurada por la ocupación de una vivienda. Hoy adquiere verdadero sentido dicha declaración, puesto que se afirma el hecho de que sólo corresponderá a quien lo hace en forma juramentada.
Uno de los efectos de la falsedad de la declaración jurada, realizada por mandato de la ley ante una autoridad, en este caso, la municipalidad, tiene una sanción penal establecida en el artículo 210 del Código Penal. En consecuencia, la declaración jurada, aparte de ser un autotestimonio, una autoconstancia de que se está en una vivienda determinada, también posee un efecto sancionatorio en caso de ser falsa.
En segundo lugar, planteé una reforma al artículo 2º, que incide en el artículo 26 bis del decreto ley Nº 3.063, por cuanto se había optado por la modalidad del mandato en el caso de la confección de algún bien por encargo de terceros. Sin embargo, eso también se ha corregido, pues -como señalé en su oportunidad- estos encargos de terceros corresponden al arrendamiento de confección de obra material a que se refiere nuestro antiguo Código Civil. Y cuando la misma persona que confecciona la obra coloca la materia prima, nos encontramos en presencia de un contrato de compraventa. En cambio, cuando el material es proporcionado por terceros, estamos frente a un contrato de arrendamiento. A mi juicio, la forma como quedó redactado el artículo 26 bis, corresponde a la expresión de un contrato por arrendamiento y no al de mandato, como se expresó.
Por último, no sé si la comisión de estilo podrá corregir el comienzo del artículo 26 bis, que dice: “Los trabajos que se ejecuten por las empresas familiares,...”. Una empresa familiar no es la microempresa definida en este proyecto de ley. Entonces, sería bueno precisar, porque una empresa familiar puede ser gigantesca, como algunas conocidas en el país, incluso en el caso de alguna sociedad anónima, por cuanto, si todas las acciones pertenecen a una misma familia, en la práctica nos hallamos en presencia de una empresa familiar.
Estoy seguro de que ésa no es la intención del legislador, sino que, más bien, se produjo una omisión. La comisión de estilo o Secretaría podría dar la siguiente redacción al artículo 26 bis: “Los trabajos que se ejecuten por las microempresas familiares,...”, salvo que se apruebe una indicación por unanimidad, a fin de no desvirtuar, dar malas señales o malas interpretaciones a dicho artículo.
He dicho.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Isabel Allende.
La señora ALLENDE (doña Isabel).-
Señor Presidente , esta mañana deseo unirme a las voces que han señalado la importancia de una moción como ésta.
Creo que todos hemos comprobado la realidad de una situación económica difícil, de una alta cesantía y de jefes de hogar sin trabajo. Me gusta pensar que contaremos con un instrumento que permitirá regularizar situaciones de hecho, mediante el cual las microempresas familiares serán reconocidas para que tengan acceso a otros instrumentos.
En las comunas de mi distrito, La Pintana y Puente Alto, afectadas por una alta tasa de cesantía, las mujeres y familias tendrán la oportunidad de generar microempresas familiares.
Es importante que los colegas presten atención a lo señalado por el diputado señor Elgueta en relación con el artículo 26 bis, nuevo, que dice: “Los trabajos que se ejecuten por las empresas familiares, por encargo de terceros, se entenderán, para todos los efectos legales, que se realizan por cuenta de quien los encarga”.
Efectivamente, aquí cabría ser más rigurosos y clarificar que en este precepto estamos hablando de microempresas familiares, puesto que la expresión actual, “de empresas familiares”, podría prestarse para equívocos.
Posiblemente en los distritos de otros colegas, tanto en el área urbana como en la rural, existan de hecho microempresas familiares, o bien, un enorme interés por crearlas. ¿Cuántas veces me ha tocado conversar con integrantes de juntas de vecinos que están organizándose y quieren, al interior de sus casas, después de haber recibido la oportunidad de capacitarse, por ejemplo, en corte y costura, establecer una microempresa familiar, ya sea para confeccionar uniformes o artículos deportivos, con el objeto de generar ingresos y ganarse la vida?
También le encuentro razón al diputado señor Elgueta , en el sentido de que ojalá pudiéramos ir más lejos en esta materia. En lo personal, quisiera ver en el futuro que no sólo estamos interesados en la pequeña y mediana empresa, sino que también en la microempresa familiar. En consecuencia, no sólo deberíamos regularizarla, sino exigir el cumplimiento de las regulaciones ambientales para que no elaboren productos que resulten contaminantes para la comunidad y la propia familia.
Por ello, cabe preguntarse, en primer lugar, si existe un catastro nacional que nos indique de cuántas microempresas familiares estamos hablando y, en segundo lugar, cuáles serían los instrumentos de capacitación, de asesoría, que les permitan desenvolverse en mejores condiciones en los mercados competitivos.
Si bien éste es un paso importante para regular las futuras microempresas familiares y estimular su creación, me gustaría que pensáramos en complementar esta política con acciones mucho más decididas en cuanto a la capacitación y gestión de la empresa, y no sólo registrarlas para prestarles el apoyo municipal. A mi juicio, el Estado debe cumplir un rol en esta materia y sería importante que lo tuviera en consideración. Espero que en el futuro exista una política mucho más amplia.
Tengo la convicción de que si hacemos ese catastro probablemente nos llevaremos una sorpresa, porque quizás sean muchas más las microempresas familiares que hasta ahora no está registradas o de las cuales no se tiene conocimiento.
En la medida en que se especifique con claridad que microempresa familiar es aquella que funciona en una casa habitación donde no pueden trabajar más de cinco personas ajenas a la familia, con un capital inicial determinado, se entenderá que tiene una buena base.
Estoy segura de que estas regulaciones constituirán un estímulo para la creación de futuras microempresas familiares, generando así, para esas familias, ingresos y oportunidades laborales que, a lo mejor, antes no tenían previstos y que ahora, gracias a una legislación de estas características, podrán tenerlos.
Por las razones señaladas, acojo con entusiasmo esta idea. Creo que deberíamos apoyar unánimemente una moción de esta naturaleza, pues, sin lugar a dudas, está dando respuesta a una realidad de nuestro país.
He dicho.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Andrés Palma.
El señor PALMA (don Andrés) .-
Señor Presidente , el proyecto facilitará una enormidad la gestión y el desarrollo de numerosas microempresas.
En el hecho, estamos poniendo en una norma legal obligatoria y, por lo tanto, para todo el país, algo que, en la práctica, ya se está desarrollando. Sin duda, las regulaciones las realizarán autoridades competentes y eficientes.
Puedo decir, por ejemplo, con respecto a lo señalado en el número 1 del artículo 1º, que en La Granja, desde hace mucho tiempo, por iniciativa del alcalde, don Claudio Arriagada Macaya , y de la Asociación de Microempresarios Malaquías Concha, y en estos momentos también de la Asociación de Microempresarios de La Granja, cuyos integrantes básicamente son de la población San Gregorio , los microempresarios suscribieron un convenio con el Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, que dio como resultado un instructivo con un plazo para que regulizaran su situación, con el propósito de que el municipio les pudiera entregar una patente provisional.
Sobre la base de esa iniciativa, que significó dar un plazo de dos años a las microempresas familiares inscritas en la municipalidad para cumplir ciertas exigencias, al cabo del cual se entendían plenamente regularizadas, resolvimos esta situación en La Granja por la vía administrativa. En esto hemos tenido la colaboración del Servicio de Impuestos Internos, principalmente del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente y, por cierto, el empuje de los microempresarios y de la municipalidad.
En esa misma lógica, el proyecto nos ayudará a resolver un problema que existe en este momento en el país. Con motivo de la creación de 155 mil empleos por parte del Estado -anunciada por el Presidente de la República el 21 de mayo último- y financiada con parte de los recursos aprobados en la ley de Presupuestos por el Congreso Nacional para estimular el empleo este año, difícil en esta materia, podrán realizarse algunos de los programas, tanto del Ministerio del Interior como del Fondo de Solidaridad e Inversión Social y supongo -porque fue mencionado por uno de los parlamentarios que me antecedió en el uso de la palabra- también del Instituto de Desarrollo Agropecuario. Puede haber otros servicios públicos involucrados en esta materia, pero me consta, por la experiencia en mi distrito, que en algunos de sus programas, tanto el Ministerio del Interior como el Fondo de Solidaridad e Inversión Social, están creando microempresas familiares para generar empleos.
Por ejemplo, en la junta de vecinos Madeco-Mademsa, en San Joaquín, o en Villas Unidas, se están desarrollando programas de microempresas que, gracias a esta iniciativa de ley, podrán ser regularizadas con mayor facilidad, ya no sólo por la voluntad de la autoridad administrativa, sino que con el respaldo de una norma obligatoria.
En ese sentido, creo que el proyecto ayudará a resolver el problema del desempleo, y las familias que han creado microempresas para procurarse el sustento en un momento de aflicción, pero sin cumplir las normas, requisitos y pasos previos exigidos, podrán regularizar su situación con mucha mayor agilidad.
Con el numeral 2 del artículo 1º introducimos, más implícita que explícitamente, una modificación fundamental en los procedimientos. Su encabezamiento señala que se agrega al artículo 26 del decreto ley Nº 3.063, un inciso cuarto nuevo, que dice: “Para acogerse a los beneficios señalados -dos años para regularizar-, a los contemplados en los artículos 22 y 84 del decreto ley Nº 824, ley sobre impuesto a la renta; al artículo 29 y siguientes del decreto ley Nº 825, ley sobre impuestos a las ventas y servicios -ley del IVA, de las transacciones comerciales-, y demás que favorezcan a la microempresa, el interesado deberá inscribirse en la municipalidad respectiva y acompañará una declaración jurada”, etcétera. Por esta vía resolvemos un conflicto permanente que existe entre los municipios y los servicios recaudadores y fiscalizadores en materia tributaria, porque los municipios reclaman -con justa razón- que Impuestos Internos y los servicios de Hacienda emiten y timbran boletas y facturas a empresas que no están inscritas ni regularizadas. Aquí decimos que las empresas, para poder acogerse a las normas de contabilidad y declaración simplificada del IVA, deben empezar por inscribirse en el municipio, lo cual me parece muy sensato, normal y lógico. Dicho trámite contribuirá a que los municipios se preocupen de sus microempresas y de que los servicios fiscalizadores faciliten la creación de las microempresas y su regularización, porque cuando sólo se preocupan de recaudar no les importa si todo está regularizado; lo que les interesa es que la actividad pague impuesto. Me parece bien ese cambio.
Por lo tanto, se otorgan facilidades a las microempresas familiares que no están regularizadas desde el punto de vista municipal. Esto ocurre con muchísimos locales comerciales. Conozco la situación en las comunas de Macul y de La Granja, donde se ubican la población Santa Julia y la villa Los Rosales , respectivamente; allí pequeños comerciantes dan boleta, tienen regularizada su situación ante Impuestos Internos, pero no cuentan con el permiso municipal porque no han cumplido con ciertos requisitos. Entonces, con este procedimiento les decimos que primero concurran al municipio a inscribirse en el registro, y que después podrán acceder a este sistema que es muy favorable para el desarrollo de la actividad económica. Este ordenamiento es muy positivo y debiera ayudar a la simplificación de los trámites.
Por último, me alegro de que la Comisión haya acogido la indicación señalada en el artículo 2º del proyecto, aun cuando hay problemas de forma -que, como decía el diputado señor Elgueta , pueden ser corregidos por la comisión de estilo-, al agregar un artículo 26 bis, nuevo, al mismo decreto ley Nº 3.063, de 1979, en circunstancias de que debiera ser número 3 del artículo 1º del proyecto de ley.
Asimismo, en esa corrección de estilo, coincido con el diputado señor Elgueta en cuanto a que la referencia no debe hacerse a empresas familiares, porque éstas no están definidas en la ley, sino a microempresas familiares, que son las que esta iniciativa tan acertadamente ha entrado a definir.
Por eso aprobaremos el proyecto y ojalá que el Senado lo despache en los mismos términos, de manera que dentro de tres meses contemos con su reglamentación y sea ley de la República. Constituirá un gran avance y apoyo para la institucionalización y desarrollo de este sector que da empleo y calidad de vida a muchos chilenos.
He dicho.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Hago presente que normalmente la Secretaría, por propia iniciativa, se encarga de las correcciones formales que su Señoría ha hecho presentes.
Tiene la palabra el diputado señor René Manuel García.
El señor GARCÍA (don René Manuel) .-
Señor Presidente , en primer lugar, debo señalar que tenemos las mejores intenciones para aprobar el proyecto, pero quiero hacer notar algunas aprensiones al respecto.
Se ha hablado mucho de que las microempresas familiares desarrollan su actividad en poblaciones. En el proyecto se establece que quedarán excluidas aquellas que se consideren peligrosas, contaminantes o molestas. Me asalta una duda en esta última exclusión, porque en las comunas de Villarrica, de Cunco y en otras que represento, por lo general las microempresas están instaladas en casas pareadas con un sitio muy chico. ¿Qué pasará cuando una microempresa familiar quiera hacer muebles, puertas o ventanas, por ejemplo? Ello implicará incorporar maquinarias, pero el ruido de su funcionamiento molestará a más de algún vecino. Podemos tener las mejores intenciones -en este caso, para favorecer la artesanía y similares-, pero éstas podrían verse coartadas si algún vecino reclamara, con lo cual los organismos pertinentes notificarán a dicha microempresa de que no puede trabajar en esa casa, que deberá arrendar un galpón en una zona industrial o en otro lugar, en circunstancias de que el objetivo del proyecto es favorecer el trabajo de las personas en su casa habitación. En consecuencia, cuando hacemos alusión a la fabricación de bienes o a la prestación de servicios, tendríamos que ver qué ruido es molesto para unos y no lo es para otros. Ese puede ser uno de los escollos más grandes que pueda tener un microempresario para trabajar en las poblaciones. Distinto sería si las municipalidades pudieran darles recursos para que compren un terreno o galpón donde puedan instalarse. Pero siempre habrá contaminantes, ya sea el polvo de la madera, la pintura, etcétera; o sea, el Servicio del Medio Ambiente estará metido todo el tiempo entre los microempresarios y no los dejará trabajar.
Eso me preocupa enormemente. Cuando uno recorre las poblaciones, muchas personas se quejan de que su vecino tiene un tallercito y, como cosa curiosa -la cultura chilena es impresionante-, una de las mayores quejas que escucho es que cuando están viendo las telenovelas o las noticias, la televisión empieza a pestañear o hay baja de voltaje porque el vecino echa a andar la sierra. Entonces no pueden estar tranquilos y es posible que se quemen los artefactos eléctricos; o sea, hay un montón de inconvenientes que plantean y, aunque parezca irrisorio o algo poco común, serán los mismos vecinos quienes se pelearán, unos con otros, porque no se cumple la condición de que estas microempresas no emitan ruidos molestos. Éste será el peor escollo de la aplicación de la ley, porque nadie contaminará ni operará con elementos peligrosos -porque, sin duda, no lo autorizarán-, pero sí debe determinarse, en definitiva, qué es molesto para unos y no lo es para otros. El trabajo no molesta a nadie, pero sí los ruidos y el polvo que produce una microempresa familiar destinada a dar trabajo.
Reitero que este punto me preocupa enormemente, porque el propósito del proyecto es que la gente pueda trabajar en su hogar, creando una microempresa bastante cómoda para obtener ingresos. Insisto en que, a mi juicio, el ruido será el peor escollo para que estos microempresarios puedan trabajar, de acuerdo con el espíritu de la ley, en las poblaciones, en sus casas. No obstante, creo que este detalle se puede corregir, porque la gente tiene derecho a tener su microempresa para poder contar con mayores ingresos, lo cual acarreará más educación y mayores coberturas. Además, no tendremos la pobreza que hoy sufre el país justamente por la falta de oportunidades que ha tenido la microempresa familiar.
Por lo tanto, voy a votar favorablemente el proyecto y abogo por que la comisión especial que lo analiza pueda corregir el referido escollo.
He dicho.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , este proyecto ha tenido la mayor aceptación conocida por nosotros, los parlamentarios, especialmente en las comunas pequeñas y poblados, donde existen microempresas familiares dedicadas a actividades productivas rentables y que no han podido formalizar su funcionamiento debido a las exigencias, tanto del Servicio de Impuestos Internos como de los municipios y de los servicios de higiene ambiental. Mediante esta legislación permitiremos que formalicen su situación miles de empresas cuyas actividades no causan molestias a sus vecinos, en el sentido de respetar su derecho de vivir sin ruidos, gases, humos u olores molestos, eventuales riesgos o peligros.
Además, estamos diciendo que si alguien no cumple con la exigencia de la reglamentación de salud del ambiente, le otorgaremos un plazo de hasta dos años para que pueda solucionar su problema.
El proyecto otorga gran impulso a las microempresas emergentes. Eso es muy atingente con el momento económico que vive el país, porque miles de familias o personas que perdieron su empleo podrán generar una renta o ingreso.
Felicito a los autores del proyecto, senadores Lavandero y Zaldívar , y también al Ejecutivo , que lo acogió positivamente; asimismo, a los miembros de la Comisión, en la que me tocó participar para mejorar su texto.
Una de las indicaciones que presenté, junto con otros parlamentarios, tiene por objeto simplificar aún más la tarea cuando terceros encargan un trabajo. Por esa razón, incluimos un artículo que señala: “Los trabajos que se ejecuten por las empresas familiares, por encargo de terceros, se entenderán para todos los efectos legales que se realizan por mandato de quien los encarga.”, evitando la transferencia del impuesto al valor agregado.
Por eso firmé la indicación que perfecciona este artículo al precisar que el beneficio es sólo para microempresas familiares y no para empresas familiares de mayor tamaño.
Deseo expresar mi respaldo y voto favorable, como asimismo el de mi bancada, a este proyecto que interpreta una gran demanda, puesto que su contenido es de sentido común y coherente con el momento político y económico que estamos viviendo.
He dicho.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Guillermo Ceroni .
El señor CERONI .-
Señor Presidente , creo que ya se ha dicho prácticamente todo, pero no hay duda de que el proyecto acierta en cuanto a la necesidad de potenciar al máximo la actividad empresarial en el país. En eso todos estamos conscientes, especialmente respecto de la pequeña actividad empresarial, que es la que genera más trabajo.
Desde ese punto de vista, el proyecto apunta en la dirección correcta, porque una forma primaria de incentivar la actividad empresarial -podría llamarse así- es precisamente cuando el interesado trata de probar en su casa, con su grupo familiar, si logrará un buen resultado económico a medida que realice dicha actividad, porque ello le significará menores costos y podrá contratar, además, a otras personas.
Entonces, debemos regular esa actividad y entregar los instrumentos para que se formalice. Eso traerá como consecuncia que el empleo que genere será más formal y favorecerá al trabajador. Esta idea es muy importante y debemos apoyarla. Por supuesto, ese incentivo no puede ir contra los derechos de los vecinos. De allí que el funcionamiento de las microempresas familiares debemos someterlo a toda la regulación ambiental y sanitaria vigente en el país, porque, por más actividad empresarial que queramos proteger, no podemos permitir que se atente, a través del ruido o de la contaminación, contra la tranquilidad y seguridad del vecindario. Por eso, me parece muy acertado que se dé un plazo de dos años para que, en definitiva, la microempresa se adecue a las normas sanitarias y ambientales.
Voy a apoyar gustosamente el proyecto porque me parece acertado.
He dicho.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Sala, se aprobará el proyecto por unanimidad, con la indicación de los diputados señores Sergio Elgueta, Enrique Jaramillo y Eugenio Tuma, en el sentido de reemplazar, en el artículo 26 bis, nuevo, el vocablo “empresas” por “micro-empresas”.
Aprobado.
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