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La señora SEPÚLVEDA , doña Alejandra ( Presidenta ).- Recuerdo a la Sala que estamos conociendo la proposición de una Comisión Bicameral compuesta por cuatro senadores y cuatro diputados, en la cual están representadas todas las fuerzas políticas, y que la iniciativa ingresó a la Cámara de Diputados el 18 de enero de 2011.
Hago esta aclaración por la preocupación legítima expresada por el diputado señor Enrique Jaramillo .
Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Díaz.
El señor DÍAZ.- Señora Presidenta , independientemente de que nos llenemos de manuales -como decía el diputado Enrique Jaramillo -, éste es un avance importante. Creo que la sociedad chilena exige cada vez mayores estándares de transparencia en las actuaciones de sus organismos públicos. A propósito de lo que ocurrió con la casa que iba a adquirir el Ejército o el Ministerio de Defensa para el jefe del Estado Mayor Conjunto de la Defensa , varios medios editorializaron y dijeron que la demanda de transparencia había llegado incluso a instituciones que antes estaban más bien eximidas de esa exigencia en función de la naturaleza de su labor.
La Cámara de Diputados y el Senado forman parte de las instituciones que más demandas tienen en esta materia. Hace poco, tuvo lugar un debate en la Comisión de Constitución para modificar la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, a propósito de lo que se denominó el secretismo de las Comisiones, e invitamos a representantes de distintas organizaciones de la sociedad civil y de centros de estudios, quienes nos dijeron que de los que se exige la mayor transparencia es de los diputados y los senadores, precisamente por su condición de ser representantes ciudadanos. A mi juicio, nuestro deber es satisfacer esa demanda.
En los ciudadanos existe una necesidad legítima de tener mayor capacidad de escrutinio de la función pública, y eso incluye también los recursos. Al respecto, no podemos olvidar episodios que han mancillado la imagen del Congreso Nacional y que han afectado el juicio de legitimidad respecto de la función de esta Cámara y del Parlamento en su conjunto, muchas veces sin razón, sin justificación y con prejuicios respecto de lo que nosotros hacemos.
Soy de los que creen que la inmensa mayoría de quienes pertenecemos a esta Corporación hacemos nuestra pega con convicción, entrega, dedicación y pasión, y lamento mucho que eso no tenga el reconocimiento que se merece.
En ese sentido, nos hemos dotado de dos herramientas fundamentales: en primer lugar, el Consejo Resolutivo de Asignaciones Parlamentarias, que nos libera de la carga de ser nosotros mismos quienes asignemos los recursos que luego usaremos en nuestro trabajo parlamentario. Estamos conscientes de que se trataba de una responsabilidad ingrata y que, además, nos transformaba en juez y parte, y aumentaba el nivel de sospecha respecto de lo que hacíamos no sólo con los recursos, sino en materia de determinación de esas asignaciones.
El segundo componente del cual nos hemos dotado es el Comité de Auditoría Parlamentaria. A mi juicio, es una segunda herramienta para poder señalar con la frente en alto y con la mirada clara que los parlamentarios y las parlamentarias no tenemos nada que esconder y, por el contrario, estamos dispuestos a ser objeto del más exhaustivo escrutinio.
En los años 2007 y 2008 se realizó un estudio que dio cuenta de que la Cámara de Diputados es una de las instituciones con mayor transparencia y entrega de información. Sin embargo, subsiste el prejuicio de que no es así, de que es una institución opaca, de que oculta la información que los ciudadanos deben tener respecto de lo que hacemos.
Desde esa perspectiva, si bien esto nos va a significar un período de acomodo, ya que será necesario cambiar costumbres, ritos, rutina de cómo hacemos las cosas, tengo la impresión de que, en alguna medida, contribuirá a recuperar el lugar de prestigio que nos corresponde y que debe tener esta Corporación frente a los ojos de los ciudadanos. Esta es la expresión de la soberanía popular y es lo que está acá.
Desde esa perspectiva, deberíamos ser objeto de consideración, respeto y estima, y no de sospechas y prejuicios.
Lamento que no tengamos tiempo para hacer un mayor análisis, pero, de igual forma, vamos a concurrir con nuestro voto favorable. Por razones diversas y explicables, no pudimos estar presentes en la Comisión Bicameral en representación de la Cámara, lo que nos impidió acceder al detalle de la discusión. Desde ya, comparto y suscribo la prevención señalada por el diputado Jorge Burgos , y probablemente en el futuro impulsaremos alguna modificación al respecto.
Nos parece razonable que cuando el Comité de Auditoría tenga alguna duda, requiera mayores antecedentes y no que esa duda tenga un calificativo que prejuzgue o que constituya desde ya un castigo. Si la Comisión considera que hay una diputada o un diputado que debe aportar más antecedentes para clarificar las cosas, me parece muy bien que se solicite y se recabe. Eso va no sólo en beneficio de la función del Comité de Auditoría Parlamentaria, sino también del diputado . Pero el rótulo, el concepto, el calificativo de “grave” puede constituir un prejuicio y un sesgo estigmatizador respecto del parlamentario sobre el cual dicho Comité requiera mayor información.
Como el plazo para aprobar este reglamento vence el 8 de febrero de 2011, no tenemos ninguna posibilidad de efectuar cambios ahora, porque el Senado terminó sus sesiones ayer. Por eso, vamos a aprobar la proposición de la Comisión Bicameral, pero, insisto, promoveremos algunas reformas en el futuro.
Quiero dejar meridiana claridad respecto de un punto que se planteó en el debate.
El artículo 66 A de la ley orgánica del Congreso Nacional, que sustenta la creación de este Comité, establece con claridad que “El Comité de Auditoría Parlamentaria será un servicio común del Congreso Nacional y estará encargado de controlar el uso de los fondos públicos destinados a financiar el ejercicio de la función parlamentaria y de revisar las auditorías que el Senado, la Cámara de Diputados y la Biblioteca del Congreso Nacional efectúen de sus gastos institucionales”.
El artículo 1° de este Reglamento ratifica lo indicado, a pesar de que lo desglosa en dos letras. Señala que “El comité de Auditoría Parlamentaria” es un servicio común del Congreso Nacional encargado de: a) Auditar el uso de los fondos públicos que cada Cámara ponga a disposición de los parlamentarios y los comités para financiar el ejercicio de la función parlamentaria”. Es decir, es coherente con la primera tarea que se le encomienda en el artículo 66 A de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional, como es controlar el uso de los fondos públicos destinados a financiar el ejercicio de la función parlamentaria.
Por su parte, el artículo 1° letra b de este reglamento establece: “Revisar, en forma previa al examen que les corresponde realizar a las Comisiones Revisoras de Cuentas del Senado y de la Cámara de Diputados, las auditorías que se efectúen de los gastos institucionales del Senado, de la Cámara de Diputados y de la Biblioteca del Congreso Nacional”. La disposición se hace cargo de lo establecido en la segunda parte del artículo 66 A de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional, es decir, de revisar las auditorías que el Senado, la Cámara de Diputados y la Biblioteca del Congreso Nacional efectúen de sus gastos institucionales.
Entiendo y lo digo para efectos de la historia fidedigna de la ley -así lo entendimos en el debate de la Comisión Mixta en la que me tocó participar-, que el ciento por ciento de los gastos, el ciento por ciento de la gestión financiera de ambas corporaciones, incluidas sus mesas, sus comisiones, sus departamentos de prensa; el ciento por ciento de los dineros asignados al Congreso Nacional, incluida su Biblioteca, será objeto de auditoría por parte de este Comité. No habrá recurso alguno que que se invierta en el marco del Congreso Nacional que escape del control del Comité de Auditoría Parlamentaria, bien sea por la auditoría que se hace a los fondos entregados para la función parlamentaria por la vía de los Comités y de los parlamentarios, o por la vía de la revisión de las auditorías que cada Corporación y la biblioteca del Congreso Nacional realizan. El Comité de Auditoría Parlamentaria decidirá, por ejemplo, respecto de la consulta del diputado Carlos Montes , en cuanto a si el examen sobre los gastos de los miembros de la Mesa -lo digo como ex Vicepresidente de esta Corporación- corresponderá hacerlo de conformidad con lo establecido en la letra a) o en la letra b) del artículo mencionado; pero, por cierto, tendrán que ser examinado, al igual que los recursos que se entregan a las comisiones para la realización de actividades temáticas, los recursos que se entregan al canal de televisión de la Cámara o a la radio, o a cualquier institución, comisión o unidad del Congreso Nacional que reciba fondos públicos entregados por el Congreso Nacional.
Por lo tanto, creo que eso resuelve y aclara las dudas. Entiendo que así quedó consignado en el debate a propósito de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional, en la que está reflejado de manera nítida, como asimismo, en el artículo 1° de este Reglamento, que establece los objetivos del Comité. A mayor abundamiento -entiendo que sobre esto estamos todos contestes- esos son la naturaleza y el mandato que le entregamos a este Comité de Audito-ría Parlamentaria.
He dicho.
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