. . . . . . . " \nEl se\u00F1or ESPINOSA, don Marcos (Vicepresidente).- \n \n Tiene la palabra el diputado Nicol\u00E1s Monckeberg . \n \nEl se\u00F1or MONCKEBERG (don Nicol\u00E1s).- \n \n Se\u00F1or Presidente, solicito que recabe la unanimidad de la Sala para permitir el ingreso del se\u00F1or Francisco del R\u00EDo , asesor del Ministerio del Trabajo, quien estuvo presente durante toda la tramitaci\u00F3n de la iniciativa, con el fin de que responda las consultas, sin perjuicio de que yo d\u00E9 a conocer la experiencia de la tramitaci\u00F3n en la Comisi\u00F3n de Trabajo y Seguridad Social. \n \nEl se\u00F1or ESPINOSA, don Marcos (Vicepresidente).- \n \n \u00BFHabr\u00EDa acuerdo para acceder a la solicitud del diputado Nicol\u00E1s Monckeberg ? \nNo hay acuerdo. \nContin\u00FAa con el uso de la palabra, diputado Nicol\u00E1s Monckeberg . \n \nEl se\u00F1or MONCKEBERG (don Nicol\u00E1s).- \n \n Se\u00F1or Presidente, la iniciativa propone reducir el l\u00EDmite de carga manual, que actualmente, de acuerdo al C\u00F3digo del Trabajo, supera los 50 kilos. \nLas normas internacionales son categ\u00F3ricas al establecer que un l\u00EDmite m\u00E1ximo de 50 kilos de carga manual es absolutamente desproporcionado. \nEl proyecto establece rebajar este l\u00EDmite de carga de 50 kilogramos a un m\u00E1ximo de 25 kilogramos. En el caso de las mujeres, la legislaci\u00F3n vigente establece un l\u00EDmite de carga de 20 kilogramos, lo cual el proyecto original no modificaba. \nPor lo tanto, b\u00E1sicamente se decide disminuir el peso m\u00E1ximo de carga humana de 50 a 25 kilogramos. Sin embargo, durante la tramitaci\u00F3n del proyecto de ley, nos percatamos de que las complejidades a las que se refiri\u00F3 la diputada Alejandra Sep\u00FAlveda eran absolutamente reales, pues no es lo mismo establecer un l\u00EDmite de peso sin acompa\u00F1arlo de un m\u00E1ximo de horas durante las que el trabajador puede soportar la carga. Adem\u00E1s, no es igual cargar 25 kilogramos en un terreno plano que en uno ascendente, y tampoco es lo mismo cargar ese peso al hombro -por ejemplo, un saco de harina en una panader\u00EDa que hacerlo con ayuda mec\u00E1nica, como tirar un carro, en cuyo caso se podr\u00EDa trasportar m\u00E1s de 50 kilos. \nEn conclusi\u00F3n, exist\u00EDa una serie de factores que la ley no identificaba: las horas, el terreno -por ejemplo, si era en altura o no, si era ascendente o descendente-, el lugar, si inclu\u00EDa ayuda mec\u00E1nica o no, etc\u00E9tera. T\u00E9cnicos en el \u00E1rea levantaron dichos criterios e hicieron presente que era insuficiente establecer en la nueva regulaci\u00F3n solo un peso m\u00E1ximo de 25 kilos. \nA consecuencia de lo anterior, se aprob\u00F3 una indicaci\u00F3n sustitutiva respecto de la que cabe poner especial atenci\u00F3n, pues en ella quisimos incorporar todos los factores que eventualmente pod\u00EDan incidir en la modificaci\u00F3n del l\u00EDmite m\u00E1ximo de 25 kilogramos. Habitualmente, el tope se modifica para disminuir el peso, a fin de no afectar la salud de los trabajadores; pero tambi\u00E9n se contempl\u00F3 la posibilidad de que si no hay que cargar 25 kilogramos, sino que hay que arrastrarlos, la situaci\u00F3n es distinta. \nPor ello, el actual proyecto establece lo siguiente: \u201C\u2026esta carga se ver\u00E1 modificada\u201D -el l\u00EDmite de 25 kilogramos \u201Cen la medida que existan otros factores agravantes, en cuyo caso, la manipulaci\u00F3n deber\u00E1 efectuarse en conformidad a lo dispuesto en el DS 63, de 2005, de la Subsecretar\u00EDa de Previsi\u00F3n Social, y\u201D -esto es lo importante \u201Cen la Gu\u00EDa T\u00E9cnica para la Evaluaci\u00F3n y Control de los Riesgos Asociados al Manejo o Manipulaci\u00F3n Manual de Carga.\u201D. \nLa referida gu\u00EDa, que tuvimos a la vista, consigna las ecuaciones en detalle respecto del tiempo permitido para cargar peso sin afectar la salud, de cu\u00E1nto tiempo es posible arrastrar una carga en un terreno plano -obviamente, es distinto si el terreno es ascendentey, en s\u00EDntesis, regula cada uno de los factores de riesgo derivados del manejo de carga que, por razones obvias, no pod\u00EDamos incorporar en la iniciativa, ya que habr\u00EDa significado un art\u00EDculo m\u00E1s largo que el proyecto en su conjunto. En otras palabras, consideramos fundamental incluir en la norma la remisi\u00F3n a dicha gu\u00EDa y al mencionado decreto, a fin de que sean las fuentes que establezcan l\u00EDmites m\u00E1s precisos que el solo techo de 25 kilogramos. \nEse fue el motivo por el cual quisimos la Gu\u00EDa T\u00E9cnica para la Evaluaci\u00F3n y Control de los Riesgos Asociados al Manejo o Manipulaci\u00F3n Manual de Carga en la ley, para que en su aplicaci\u00F3n se d\u00E9 estricto cumplimiento de la misma. \n \nHe dicho. \n \n " . . .