. . . . . "/akomaNtoso/bill/body/title[5]/article[2]/clause[1]"^^ . . . . . . . . . . " Ser\u00E1n funciones del Consejo, en materia de educaci\u00F3n regular parvularia, b\u00E1sica y media, y en las modalidades de educaci\u00F3n de adultos y especial o diferencial: \na)Aprobar o formular observaciones fundadas a las bases curriculares para cada uno de los niveles de la educaci\u00F3n regular parvularia, b\u00E1sica y media, y para las formaciones diferenciadas que existan o pudieren crearse en educaci\u00F3n media, para las modalidades de educaci\u00F3n de adultos y especial o diferencial, y para las modalidades que pudieren crearse. \nb)Aprobar o formular observaciones a las adecuaciones curriculares para poblaciones espec\u00EDficas, incluidas, entre otras, los pueblos originarios y los talentos. \nc)Aprobar los planes y programas para la educaci\u00F3n b\u00E1sica y media, y para la educaci\u00F3n de adultos, elaborados por el Ministerio de Educaci\u00F3n. Dichos planes y programas ser\u00E1n obligatorios para aquellos establecimientos que no tengan propios. \nd)Servir de \u00FAnica instancia en los procesos de reclamaci\u00F3n de las decisiones del Ministerio de Educaci\u00F3n de objetar los planes y programas que se le presenten para su aprobaci\u00F3n. \ne)Informar favorablemente o con observaciones el plan de evaluaci\u00F3n de los objetivos de aprendizaje determinados en las bases curriculares de educaci\u00F3n b\u00E1sica y media. \nf)Informar favorablemente o con observaciones los est\u00E1ndares de calidad propuestos por el Ministerio de Educaci\u00F3n. \ng)Informar favorablemente o con observaciones las normas sobre calificaci\u00F3n y promoci\u00F3n, dictadas por el Ministerio de Educaci\u00F3n. \nh)Asesorar al Ministro de Educaci\u00F3n en las materias que \u00E9ste le consulte. \ni)Las dem\u00E1s que esta ley y leyes especiales establezcan. \n " .