rdf:value = " Artículo 2º.-Los sostenedores de establecimien¬tos educacionales que impartan enseñanza en los niveles de educación básica y media, y que cuenten con reconocimiento oficial a la fecha de publicación de esta ley, deberán dar cumplimiento a lo prescrito en la letra e) del artículo 46 de esta ley en el plazo de 6 meses contado desde la fecha de entrada en vigencia de dichos estándares.
"