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- dc:title = "EMISIÓN DE MEDIOS DE PAGO CON PROVISIÓN DE FONDOS POR ENTIDADES NO BANCARIAS"^^xsd:string
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El señor LAGOS ( Presidente ).-
Corresponde tratar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que permite la emisión de medios de pago con provisión de fondos por entidades no bancarias, con segundo informe de la Comisión de Hacienda y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (9.197-03) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite: sesión 43ª, en 12 de agosto de 2015 (se da cuenta).
Informes de Comisión:
Hacienda: sesión 12ª, en 3 de mayo de 2016.
Hacienda (complementario): sesión 20ª, en 1 de junio de 2016.
Hacienda (segundo): sesión 32ª, en 19 de julio de 2016.
Discusión:
Sesiones 13ª, en 4 de mayo de 2016 (vuelve a la Comisión de Hacienda para un informe complementario); 21ª, en 7 de junio de 2016 (se aprueba en general).
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
Esta iniciativa fue aprobada en general en sesión de 7 de junio del año en curso, y cuenta con un segundo informe de la Comisión de Hacienda, el cual deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que los artículos 2o, 4o, 5o, 7o, 8o, 10, 11, 12 y segundo transitorio no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones. Estas disposiciones deben darse por aprobadas, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador, contando con la unanimidad de los presentes, solicite su discusión o votación.
Cabe tener presente que algunas de estas disposiciones son de quorum orgánico constitucional (el artículo 2o; el inciso tercero del artículo 5o, y el número 1 del artículo 11), por lo que su aprobación requiere 21 votos favorables.
Con el mismo quorum deben aprobarse en particular el inciso primero del artículo 6o; los números 1 -en lo que respecta al inciso cuarto, nuevo, que agrega- y 2 del artículo 9o, y los incisos primero y segundo del artículo 2o bis que agrega el numeral iii) del artículo 13, normas que no tuvieron modificaciones en el segundo informe.
Por otra parte, deben aprobarse con 19 votos favorables el numeral i) y la letra b del numeral ii), del artículo 13, normas de quorum calificado que no tuvieron enmiendas en el segundo informe.
La Comisión de Hacienda realizó dos modificaciones al proyecto de ley aprobado en general, las cuales fueron acordadas por mayoría de votos, por lo que serán puestas en discusión y votación oportunamente.
Las enmiendas unánimes deben ser votadas sin debate, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador solicite su discusión o que existan indicaciones renovadas.
Por último, debo señalar que respecto del artículo 13, el Senador señor Coloma ha pedido votación separada.
Sus Señorías tienen en sus escritorios un boletín comparado en el que se transcriben las modificaciones introducidas por la Comisión de Hacienda y el texto como quedaría al aprobarlas.
De consiguiente, sugiero efectuar una primera votación que incluya las enmiendas aprobadas en forma unánime en la Comisión de Hacienda, más las disposiciones de quorum orgánico constitucional.
Después habría que votar, en el orden del proyecto, las dos normas que fueron acogidas por mayoría, respecto de las cuales se señalará en su oportunidad la página correspondiente del texto comparado. Una de ellas es de quroum orgánico constitucional.
Por último, la Sala debería pronunciarse sobre la disposición para la que el Senador señor Coloma ha pedido votación separada. Está hacia el final del proyecto y es de quorum calificado.
Nada más, señor Presidente .
El señor LAGOS (Presidente).-
Ese es el procedimiento que vamos a seguir.
Les recuerdo a los señores Senadores que estamos en la discusión en particular. En consecuencia, les rogaría que centraran el debate en los artículos que se pondrán en votación.
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