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- rdf:value = " El señor TUMA.-
Señor Presidente , esta disposición, que originalmente corresponde a una indicación presentada por el Senador Coloma en la Comisión, tiene por objeto permitir que las sociedades de apoyo al giro bancario puedan al mismo tiempo renovar o innovar los contratos vigentes, los cuales se podrán modificar a distancia.
Esto tiene que ver con obtener la aprobación por parte de los contratantes.
Ahora bien, no está claro el modo en que se va a informar a cada uno de los usuarios a los que se les cambiará su contrato a distancia. Se intentó buscar una redacción que permitiera viabilizar la modificación de esos contratos.
Por cierto, creo que esta es una buena innovación. Se va a modernizar la relación entre las grandes empresas, que tienen miles o millones de usuarios, y sus clientes, para los efectos de cambiar los contratos.
Pero, claramente, esta disposición tiene otros alcances y otros efectos, los que significan sentar un precedente en orden a establecer un cambio en las condiciones contractuales sin que sea necesaria la expresa voluntad de las partes.
Por tanto, no obstante estar consciente de que resulta conveniente incorporar una fórmula que permita agilizar la innovación de los contratos, este modo de establecerlos sienta un precedente para que se puedan modificar todos los contratos a distancia sin el conocimiento, la aprobación y expresa autorización de la contraparte.
Por esa razón me abstuve. Creo que la redacción no garantiza un equilibrio entre los grandes prestadores de servicios y un pequeño comerciante, un pequeño emprendedor.
Estoy seguro de que la modalidad que se va a implementar será uniforme, expresada en una comunicación a todos los prestadores de servicios. Pero, ¿quiere que le diga una cosa, señor Presidente ? No me cabe ninguna duda de que a Cencosud o a las grandes empresas no les van a comunicar cuánto les van a cobrar por el nuevo cargo de esta nueva prestación de servicios, sino que se van a sentar a negociar con ellos.
No está claro, en esta modalidad, cómo se negocia, cómo se regula el modo de respuesta, de negociación o de alternativa que va a tener el que reciba la comunicación respecto del costo, de la nueva comisión que va a pagar por el servicio.
Desde ese punto de vista, creo que no está bien lograda la redacción, pues no garantiza ecuanimidad ni equilibrio en la relación entre el prestador del servicio y el que lo recibe.
Por eso, señor Presidente, me abstuve en la Comisión.
"
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