. . . . " Art\u00EDculo 11.-El Ministerio de Salud deber\u00E1 dar cumplimiento y ejecutar las materias a que se refiere esta ley, a trav\u00E9s de la Subsecretar\u00EDa de Salud P\u00FAblica, en el plazo de un a\u00F1o a contar de la fecha de su publicaci\u00F3n en el Diario Oficial.\u201D. \n " . "Art\u00EDculo 11.-"^^ . . "/akomaNtoso/bill/body/article[11]"^^ . . . .