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El señor Lagos ( Presidente ).-
A continuación, corresponde ocuparse en el proyecto, en tercer trámite constitucional, que otorga al personal asistente de la educación que indica una bonificación por retiro voluntario, una bonificación adicional por antigüedad y las compatibiliza con los plazos de la ley N° 20.305, que mejora condiciones de retiro de los trabajadores del sector público con bajas tasas de reemplazo en sus pensiones, con informe de la Comisión de Educación y Cultura y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (10.583-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite: sesión 3ª, en 22 de marzo de 2016 (se da cuenta).
En tercer trámite: sesión 34ª, en 2 de agosto de 2016.
Informes de Comisión:
Educación y Cultura: sesión 22ª, en 8 de junio de 2016.
Hacienda: sesión 22ª, en 8 de junio de 2016.
Educación y Cultura: sesión 40ª, en 10 de agosto de 2016.
Discusión:
Sesión 22ª, en 8 de junio de 2016 (se aprueba en general y en particular).
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
Este proyecto inició su tramitación en el Senado, y a su respecto la Cámara de Diputados efectuó ocho enmiendas: tres de ellas inciden en el artículo 3°; una, en el artículo 7°; dos, en el artículo 8°; otra consiste en la incorporación de un nuevo artículo 13, y la última recae en el artículo 13 del Senado, que pasó a ser artículo 14 en el texto de la Cámara Baja.
La Comisión de Educación y Cultura, por la unanimidad de sus miembros, aprobó la totalidad de las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados, con excepción de la referida a la incorporación de un nuevo artículo 13, que rechazó con igual unanimidad.
En el boletín comparado que Sus Señorías tienen en sus escritorios se transcriben el texto aprobado por el Senado y las modificaciones introducidas por la Cámara Baja.
Cabe hacer presente que el artículo 13, nuevo, incorporado por la Cámara de Diputados, que el referido órgano técnico rechazó, es de rango orgánico constitucional, y que, por lo tanto, para su aprobación por la Sala se requieren 21 votos favorables.
En este momento acaba de llegar una petición del Senador señor Coloma para votar separadamente lo relativo al artículo 3°, inciso tercero.
Nada más, señor Presidente .
El señor LAGOS (Presidente).-
Muchas gracias, señor Secretario.
Han solicitado la palabra los Honorables señores Rossi y Quinteros.
El señor COLOMA.-
¿Vamos a ver artículo por artículo?
El señor LAGOS (Presidente).-
Por favor, señor Secretario, explíquelo de nuevo.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
Se trata de un proyecto en tercer trámite constitucional.
Ahora bien, con excepción de una sola, todas las enmiendas que introdujo la Cámara de Diputados fueron aprobadas en la Comisión de Educación y Cultura.
Sin embargo, el Honorable señor Coloma pidió votar separadamente la referida al artículo 3°, inciso tercero.
Además, dicho órgano técnico rechazó por unanimidad la modificación consistente en incorporar un artículo 13, nuevo, el cual requiere 21 votos para ser aprobado en la Sala, por tener rango orgánico constitucional (es la única norma de la iniciativa con ese quorum).
Por consiguiente, habría que votar primero todas las enmiendas de la Cámara Baja que la Comisión de Educación propone aprobar y dejar para una segunda votación aquello respecto de lo cual el Senador señor Coloma pidió pronunciamiento separado.
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Rossi.
El señor ROSSI.-
Después, señor Presidente , pues me asalta una duda.
El señor LAGOS (Presidente).-
Entonces, puede intervenir el Senador señor Quinteros.
El señor QUINTEROS.-
Señor Presidente , quiero que se aclare que la Comisión de Educación rechazó la norma que dispone que incurrirán en notable abandono de deberes los alcaldes que retrasen el pago de beneficios una vez que han recibido los fondos para ello. O sea, si se desechara en definitiva esa disposición, no se podría acusar por notable abandono de deberes a los jefes comunales que retardaran el pago pertinente.
Hay ejemplos de alcaldes que han incurrido en demoras de dos, tres años, por lo que han tenido que reincorporar a asistentes de la educación ya retirados.
Yo, al menos, estoy de acuerdo en que en tales casos sea factible acusarlos por notable abandono de deberes.
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
Efectivamente, lo que expresa Su Señoría se contiene en el artículo 13 introducido por la Cámara de Diputados (páginas 18 y 19 del boletín comparado).
La Comisión de Educación rechazó ese precepto atendido que (según consta), pese a requerirse iniciativa del Ejecutivo, no correspondía, por haberlo aprobado ya la Cámara de Diputados, la declaración de inadmisibilidad, sino desecharlo o aprobarlo.
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Rossi.
El señor ROSSI.-
Señor Presidente , casi por razones pedagógicas, voy a partir por lo que señaló el colega Quinteros .
Efectivamente, hubo en la Comisión de Educación una votación para los efectos de determinar si los Senadores podíamos plantear la inadmisibilidad del artículo 13, nuevo.
Porque, en cuanto al contenido, yo, al igual que otros parlamentarios, estoy de acuerdo en que se pueda acusar por notable abandono de deberes al alcalde que incurra en incumplimiento respecto de la obligación ya explicitada, más aún cuando el Estado le entrega recursos para el pago de una de las bonificaciones que se otorgan.
Pero, reglamentariamente, no se podía declarar la inadmisibilidad del nuevo precepto incorporado.
Habría sido interesante -no hay ningún representante del Ministerio de Educación- que el Ejecutivo hubiera apoyado y patrocinado la disposición que introdujo la Cámara Baja.
Esa es la explicación. Y considero importante darla a conocer, para, por intermedio de la Mesa, aclararle al colega Quinteros que varios Senadores estamos por completo de acuerdo con la causal que se ha planteado.
Sin embargo, claramente, lo que se ha hecho está fuera de las facultades de los parlamentarios.
Creo que en la Cámara de Diputados desde hace rato se están tomando decisiones que no tienen que ver con la Constitución ni con las leyes.
Ahora, señor Presidente, debo recordar que hemos discutido varias veces aquí, en la Sala, proyectos de ley de esta índole.
Cabe puntualizar que en esta oportunidad se trata de una iniciativa muy relevante. Porque...
¿Podrían conversar un poco más lejos, estimados colegas?
Si quieren, ¡me corro yo...!
El señor LAGOS (Presidente).-
Prosiga, señor Senador.
El señor ROSSI.-
Señor Presidente , todos los parlamentarios conocemos el quehacer de los asistentes de la educación (están en las tribunas algunos de sus dirigentes -aprovecho de saludarlos-, quienes nos han acompañado también en las sesiones de la Comisión); no tengo que extenderme mucho al respecto. Representamos a territorios donde hay escuelas en las que esos servidores cumplen un rol fundamental, no siempre reconocido suficientemente, en mi concepto, por la ciudadanía y por nosotros mismos.
Por eso, esta iniciativa es, de alguna forma, una reivindicación del papel que cumple el personal asistente de la educación.
Habitualmente, cada vez que se discuten proyectos para mejorar las condiciones laborales en la educación se habla de los profesores; es indudable que ellos son un pilar fundamental de cualquier sistema educativo. Pero los profesores trabajan con asistentes de la educación.
Aquí se trata de relevar la importancia de las comunidades educativas. Y, a este respecto, el personal asistente de la educación, en los más diversos ámbitos, cumple un rol tremendamente valioso.
Es también del caso señalar que los beneficios otorgados mediante la iniciativa en debate, la que de alguna manera se hace cargo del daño previsional que afecta a los trabajadores del sector, alcanzan no solo a quienes trabajan en las escuelas, sino también a los asistentes de la educación que laboran en los departamentos de educación municipal, o en los DAEM, o en las corporaciones de derecho privado vinculadas a los municipios que administran y gestionan la salud y la educación municipales.
Por lo tanto, logramos...
Señor Presidente , en realidad, hay mucha bulla.
Yo, en general, soy bien tolerante.
El señor LAGOS (Presidente).-
Por favor, señores Senadores.
El señor ROSSI.-
Podría ser un poco más bajito el volumen de la voz.
El señor LAGOS ( Presidente ).-
Les ruego a Sus Señorías guardar silencio.
El señor ROSSI.-
Entonces, señor Presidente, el establecimiento de dos bonificaciones, sinceramente, me parece un primer paso.
Es dable señalar que este proyecto no solo entrega un incentivo al retiro por el tiempo trabajado (un mes por año, con tope de 11 meses), sino que, además, otorga un bono por antigüedad, que depende de la cantidad de años que haya trabajado el asistente de la educación, con un mínimo de 10; incluso, quienes tienen el tope pueden recibir un bono de hasta 560 UF, más la otra bonificación.
Entonces, hay una bonificación con cargo al Fisco, al Ejecutivo , al Gobierno, y la otra, con cargo al propio municipio, pero con la posibilidad de endeudarse. Así que ambas están suficientemente financiadas.
Yo espero, señor Presidente -con esto termino-, que este sea un primer paso a los fines de contar con un estatuto para los asistentes de la educación que establezca una carrera y posibilite el perfeccionamiento continuo, permanente; el desarrollo humano, laboral, y, por cierto, el progreso económico.
Es lo que aguarda la inmensa mayoría de los servidores en cuestión.
Me parece, en consecuencia, que hay que aprobar esta iniciativa, porque es un buen primer paso para ir reivindicando el rol de nuestros asistentes de la educación.
He dicho.
El señor LAGOS (Presidente).-
Otros tres Senadores han pedido el uso de la palabra.
Les reitero a Sus Señorías que no hay dificultad para los intercambios bilaterales de opiniones, pero siempre que se realicen en el tono más bajo posible, para no interrumpir a quien está interviniendo.
Tiene la palabra el Senador señor Bianchi.
El señor BIANCHI.-
Señor Presidente, yo tengo dudas y reparos frente a estos (comillas) incentivos.
¿Merecidos? ¡Absolutamente!
Los asistentes de la educación -y ahí está de algún modo uno de mis reparos- se encuentran muy próximos a la desmunicipalización de la educación.
En consecuencia, siento -puedo estar equivocado- que aquí los asistentes de la educación, por un lado, un poco son llevados a una situación obligada, pues de lo contrario estarían jubilándose de la peor manera; pero, por otro, en el futuro deberán enfrentar ni más ni menos que el cambio de empleador.
Entonces, van a quedar en una condición tremendamente compleja.
Yo pienso que todo el entusiasmo del Gobierno por dar estos incentivos -porque, simplemente, el Estado ha sido un muy mal empleador con aquellos funcionarios-, a decir verdad, es un incentivo perverso. Ello, porque lisa y llanamente está tratando de sacar a la mayor cantidad de asistentes de la educación para luego, de aquí al próximo año, ver de qué modo harán los traspasos al nuevo empleador, que imagino será el Estado: ya no la municipalidad, ya no la administración municipal.
¡Es allí donde siento que se podría cometer una injusticia brutal contra el personal asistente de la educación!
Entonces, estamos frente a bonos compensatorios que no son otra cosa que una situación permanente que nos obliga a dar nuestra aprobación, pues el no hacerlo deja a los funcionarios en peor condición todavía.
Señor Presidente , quiero valerme de esta oportunidad para insistir en una preocupación que considero legítima: no existe claridad, no hay nada que nos permita despejar dudas con respecto a la situación de las personas que no jubilarán y van a tener un nuevo empleador.
Ahí me gustaría ver a un estado, a un gobierno, a un municipio que les reconociera todo el tiempo servido, les pagara los años trabajados y les diera garantías para su incorporación con el nuevo empleador, que sería el Estado.
Pero no, señor Presidente . ¡Le aseguro que no será así! ¡Le aseguro que no los van a traspasar al nuevo empleador con los años trabajados y que, por ende, nunca se les va a pagar más de los 11 meses, aun cuando hayan laborado veinte años o más!
En consecuencia, esta situación es injusta.
Debemos votar favorablemente. Hemos de acoger los incentivos propuestos. Porque esa gente se va con una pensión que, desgraciadamente, no le permitirá tener ningún acomodo, ninguna situación de tranquilidad y relajo en los últimos años de su vida.
Es por eso que yo, si bien me veo obligado a pronunciarme a favor, no puedo no señalar que ¡esto es lo más injusto que existe! Es como la última situación que deben enfrentar esas mujeres y esos hombres luego de veinte, treinta, cuarenta años de labores, muchos con edad muy avanzada, pues jamás se les permitió jubilarse, porque si lo hacían, claramente, el perjuicio era ¡enorme!
Entonces, señor Presidente , uno no puede felicitar; no puede quedarse callado; no puede no decir nada frente a algo ¡tan injusto!
¡Esto es lo que nos reclama el país!
¡Esto es lo que el Estado de Chile debe cambiar de una vez por todas, para evitar que una persona que ha trabajado durante toda su existencia termine esperando que el Senado apruebe un bono, un incentivo que mejore en algo su situación final de vida!
Eso no me parece adecuado.
Aun cuando hemos de votar a favor, creo que además debe aclararse la condición laboral en que quedarán en el futuro los asistentes de la educación.
¡Eso significa no seguir faltándole el respeto a tan importante función!
He dicho.
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.
El señor ZALDÍAR (don Andrés) .-
Señor Presidente , yo leía el artículo 13, nuevo, que fue introducido por la Cámara de Diputados y viene con rechazo de la Comisión de Educación, y me preguntaba por qué desechar lo que aprobó la otra rama del Congreso Nacional.
Mediante el proyecto que nos ocupa estamos entregando bonificaciones para incentivar el retiro del personal asistente de la educación.
¿Qué dice el referido artículo 13? Que quien haya recibido del Ministerio de Hacienda los recursos necesarios y retarde, sin que medie caso fortuito o fuerza mayor, el pago del beneficio por más de sesenta días incurrirá en causal de abandono de deberes.
¡Qué cosa más natural es que en tal caso haya abandono de deberes!
Porque no se trata de que los recursos no estén: el Estado los entrega a la municipalidad o al ente respectivo, y una u otro deja pasar sesenta días sin hacer los pagos pertinentes.
Ahí se produce un efecto gravísimo: gente que se retira de su trabajo y no recibe el pago correspondiente a un incentivo que se entrega precisamente para paliar en parte los efectos del llamado "daño previsional".
Lo lógico es determinar que el responsable de la falta de pago incurre en causal de abandono de deberes.
Ahora, yo no entendí bien al señor Secretario cuando dijo que para la aprobación del artículo en comento se requería especial quorum.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
El artículo es orgánico constitucional, señor Senador.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Entonces, debe reunirse el quorum pertinente.
En todo caso yo no entiendo por qué en la Comisión de Educación -quisiera que alguno de sus miembros me lo aclarara- hubo unanimidad para estimar que se puede eximir de responsabilidad a quien incurre en una conducta como la descrita, que puede provocar un daño irreversible al trabajador que se retira de su trabajo convencido de que tiene derecho a bonificaciones establecidas para incentivar su retiro.
Yo por lo menos, señor Presidente, estoy por aprobar lo que propuso la Cámara de Diputados sobre la materia.
El señor LAGOS ( Presidente ).-
Señor Senador , sin perjuicio de que alguno de los miembros de la Comisión de Educación pueda efectuar una aclaración, entiendo que la explicación que se dio fue que, razonando igual que Su Señoría desde el punto de vista de lo deseable que es la disposición, ellos la habrían rechazado por considerar que partió de una indicación que debió declararse inadmisible.
Eso es lo que yo entiendo, sin perjuicio de que algún integrante de la Comisión pueda referirse a la materia.
En todo caso, procederemos a votar luego.
Tiene la palabra el Senador señor Tuma.
El señor HARBOE.-
¿Puede abrir la votación, señor Presidente?
El señor LAGOS (Presidente).-
Esperemos, Su Señoría, pues hay que hacer varias votaciones.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, solo quiero señalar que el acuerdo entre la CUT y el Gobierno a los fines de tramitar las leyes sectoriales para el retiro anticipado de funcionarios es el reflejo del fracaso del sistema de administradoras de fondos de pensiones.
Esta no es la primera vez que votamos un incentivo al retiro: permanentemente estamos aprobando en el Congreso Nacional estímulos de esta índole.
El proyecto en discusión le cuesta al Fisco 111 mil 932 millones de pesos; el que está debatiendo la Comisión de Hacienda producto de un acuerdo con la ANEF, del orden de 370 mil millones.
¡En solo dos convenios con sendos gremios estamos, como Estado, subsidiando al fracasado sistema de las AFP con alrededor de 500 mil millones de pesos!
Eso nos debe hacer ver la crisis de un régimen previsional que no da cuenta de la realidad de los trabajadores y sus demandas.
Mientras el sector público tiene estos incentivos al retiro, que no resuelven su problema -porque la gente va a seguir con pensiones miserables; y por esa razón seguimos dando estímulos de esta índole-, el sector privado u otros funcionarios que no los reciben van a lograr una jubilación bastante precaria para subsistir durante los años de vida que les quedan. Y si las cuentas individuales no son suficientes, el Estado de nuevo subsidiará.
En el Congreso Nacional, y particularmente en el Senado a través de la Comisión que estudió la materia, hemos planteado una reforma previsional en que la contribución sea no solo de los trabajadores, sino además, como se plantea ahora, de los empleadores, pero también del Estado, no como empleador únicamente.
Ha habido muchas interpretaciones a propósito de que la Presidenta de la República reconoció la necesidad de un fondo tripartito. Pero lo que existe hasta ahora es que el Estado continúa con su mismo nivel de participación en el sistema previsional. Y eso es absolutamente insuficiente.
Debemos hacer un análisis: ¿Cuánto está gastando el Estado y en qué? ¿Es eso justo o no? ¿Cuánto más deberíamos gastar para hacer un sistema previsional justo, sobre la base de que se ha demostrado que el actual fracasó y es rechazado por la ciudadanía?
Es muy importante otorgar estos reconocimientos a quienes han sido dañados desde el punto de vista previsional. En esta oportunidad se trata de los asistentes de la educación; mañana estarán los trabajadores de la ANEF. Pero, en definitiva, no resolvemos el problema de fondo, que tiene que ver con el fracaso del sistema previsional.
Respecto a la aprobación por la Cámara de un artículo 13, nuevo -por eso el proyecto se halla en tercer trámite constitucional-, mi opinión es en el sentido de aprobar tal enmienda, que básicamente les asigna responsabilidad a las autoridades que demoran o no tramitan oportunamente el pago de estos incentivos al retiro, que supongo que el Congreso va a seguir dictando.
Por eso, creo que la medida que nos ocupa es muy justa, pero debemos poner el acento también en el fracasado sistema previsional.
He dicho.
El señor LAGOS ( Presidente ).-
Puede intervenir la Honorable señora Van Rysselberghe.
La señora VAN RYSSELBERGHE.-
Señor Presidente , tal como lo dijo uno de mis colegas que me antecedió en el uso de la palabra, llama la atención que la totalidad de los miembros de la Comisión de Educación hayan desechado el artículo proveniente de la otra rama del Congreso.
Por lo que hemos conversado, ello obedeció, conforme a lo expresado anteriormente, a que se consideró inadmisible. Efectivamente, presenta muchísimos visos de serlo. Pero el problema se hubiera subsanado rápidamente si el Ejecutivo , que asistió a las reuniones del órgano técnico, lo hubiese patrocinado. Y no lo hizo. Entonces, la pregunta de si la disposición se estima o no pertinente se dirige a este último, más que a los integrantes de la Comisión. Porque el reparo se hubiera superado -repito- en la forma que he expuesto.
Este es el primer punto.
En cuanto al segundo, la Senadora que habla sería un poco cuidadosa en la materia que nos ocupa, porque siempre que se quiere mejorar algún aspecto del personal del sector, trátese de docentes o de paradocentes o ayudantes de la educación, se recurre a la subvención escolar. Y, de verdad, esta última, que ni siquiera cubre los gastos operacionales, se halla absolutamente hipotecada.
En el caso de que se trata pasa exactamente lo mismo. De nuevo se plantea un adelanto de esos fondos, sometiendo a los municipios -y, en particular, a los alcaldes- a la presión política de tener que solicitarlo. Con ello se pone en jaque, a la postre, la calidad de la educación, que necesita recursos frescos.
Por lo tanto, juzgo que la pregunta básica es por qué el Ejecutivo no otorgó su patrocinio, que hubiera subsanado absolutamente el motivo del rechazo, y por qué, si estamos constantemente haciendo referencia a la calidad, no entregamos recursos frescos para mejorar la pensión o incentivar el retiro de los auxiliares de la actividad y seguimos hipotecando el financiamiento de la educación pública, que ya es bastante paupérrimo.
Muchas gracias.
El señor LAGOS (Presidente).-
No hay más inscritos.
Ahora se votará. Entiendo que son tres...
¿El Senador señor Letelier desea intervenir?
El señor LETELIER.-
Lo haré más adelante.
El señor LAGOS (Presidente).-
Se llevará a cabo la primera, entonces.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
Corresponde pronunciarse sobre las modificaciones despachadas por la Cámara de Diputados que la Comisión de Educación aprobó por unanimidad, con excepción de la contemplada en el artículo 3°, inciso tercero, para la cual se ha pedido votación separada.
Quienes estén de acuerdo con acogerlas tienen que votar que sí.
El señor LAGOS (Presidente).-
¿El Honorable señor Letelier quiere hablar en esta parte?
El señor LETELIER.-
Aún no, señor Presidente .
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
En todo caso, lo relativo al artículo 13, nuevo, va aparte, en una tercera votación.
El señor MOREIRA.-
¿Por qué no vino la señora Ministra ? Debería haberlo hecho.
El señor LARRAÍN.-
¡El proyecto no es importante...!
El señor LAGOS ( Presidente ).-
El señor Cataldo, asesor de la titular de la Cartera, se encuentra a disposición de los señores Senadores, pero se requiere autorizar su ingreso.
El señor MOREIRA.-
Se necesitaba la presencia de la señora Ministra y de la Subsecretaria.
El señor LAGOS (Presidente).-
Estoy en condiciones de proponer al señor Cataldo.
No hay unanimidad.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LAGOS (Presidente).-
Terminada la votación.
--Por 28 votos a favor, se aprueban las modificaciones acogidas por unanimidad en la Comisión de Educación, con excepción del artículo 3°, incuso tercero, y del artículo 13, nuevo.
Votaron las señoras Allende, Muñoz, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Bianchi, Chahuán, Coloma, De Urresti, Espina, García, García-Huidobro, Guillier, Harboe, Lagos, Hernán Larraín, Letelier, Matta, Moreira, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Quinteros, Tuma, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
El señor LAGOS (Presidente).-
Los Honorables señores Horvath y Montes dejan constancia de su intención de voto a favor.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
A continuación corresponde ocuparse en el artículo 3°, inciso tercero, respecto del cual el Senador señor Coloma pidió votación separada.
El señor LAGOS (Presidente).-
En votación.
--(Durante la votación).
El señor LAGOS (Presidente).-
El Honorable señor Letelier tiene pedida la palabra para más adelante.
Puede intervenir el Senador señor Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente , quisiera solicitar unos minutos de atención para explicar por qué pido rechazar el cambio introducido por la Cámara de Diputados, respecto de nuestra Corporación.
Recordemos que estamos viendo el bono de retiro para los asistentes de la educación, al que podrán acceder hasta nueve mil funcionarios dentro de los próximos años, según se ha puntualizado. A mi juicio, el beneficio es importante y valioso.
En la Comisión de Hacienda, en su momento, se discutió harto respecto de cómo definir -y aquí es donde quiero poner el acento- cuando haya más personas que cupos, como sucederá en los primeros años, con toda seguridad, ya que estos son solo 878. Después van aumentando.
De los criterios que contempla la ley en proyecto, dos son evidentes: el de la edad y, como muchas personas pueden tener la misma, el de la antigüedad. Hasta ahí estamos bien.
Mas el problema es el tercero.
¿Qué decían nuestras Comisiones de Hacienda y de Educación? Que se consideraran las licencias médicas de cada uno de los funcionarios.
En verdad, estimo bastante discutible que este deba ser un elemento diferenciador. Pero el Gobierno hizo presente en el primero de esos órganos técnicos que ello era preciso entenderlo respecto de enfermedades terminales, de personas realmente con una capacidad de vida muy limitada hacia delante.
Y así lo interpretamos. Tratándose de tales certificaciones, en sí mismas, sin colocarles ninguna característica, quien registrara más de ellas contaría con más beneficios o más opción de obtener antes un bono que alguien que no las tuviese.
Eso a mí ya no me parece bien. Pero no importa.
El argumento del Gobierno era la enfermedad terminal. Lo juzgué razonable.
No obstante, la Cámara de Diputados hizo algo distinto. Contempló el elemento de las licencias médicas, pero lo hizo más grave, a mi juicio, al remitirlo al último año. O sea, ¿para qué sería el incentivo? Para que quien tuviera más de ellas en los últimos 365 días aumentase su opción de obtener el bono antes que otro. Honestamente, no lo encuentro justo.
Por eso, sugiero votar en contra de lo planteado por la otra rama del Congreso. No olvidemos que igual se tendrá que formar una Comisión Mixta por lo que acabamos de votar, y ahí se podrá optar, o por la fórmula del Senado, en último término, que me parece mejor, o por agregar el factor de las enfermedades terminales.
Si no, no comprendo el incentivo: consistiría en registrar más licencias médicas.
Creo que este es un error, particularmente si se trata del último año, lo que me parece que apunta en el sentido contrario de la justicia en la materia. Y, por eso, pido rechazar para que en la instancia posterior se pueda resolver de buena manera.
Gracias.
El señor LAGOS (Presidente).-
Deseo hacer una aclaración y una pregunta, para entender bien.
La aclaración es que el proyecto no pasa hasta ahora a una Comisión Mixta, porque lo que aprobamos recién respalda lo hecho por la Cámara. El efecto sí se puede provocar con motivo de la próxima votación.
El señor COLOMA.-
Tiene razón, señor Presidente .
El señor LAGOS ( Presidente ).-
Ahora, Su Señoría pidió la votación separada del inciso tercero.
El señor COLOMA.-
Respecto de las licencias.
El señor LAGOS (Presidente).-
La pregunta es si podemos dar por aprobadas -es solo para entenderlo- las letras a) y b).
El señor COLOMA.-
Sí.
El señor LAGOS (Presidente).-
La cuestión se refiere únicamente a la letra c).
El señor COLOMA.-
Así es.
El señor LAGOS (Presidente).-
Perfecto. Es para tenerlo claro.
Puede intervenir el Senador señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Señor Presidente , esta discusión la sostuvimos en la Comisión de Hacienda y diferimos de la opinión del Honorable señor Coloma .
¿Por qué? Por una razón: se tiene que creer que la licencia médica es legítima, no que es falsificada o que se inventa para lograr una prioridad, porque si se parte de esta base, quiere decir que se pierde la fe en el documento.
Se concluiría, entonces, que una persona con más licencias médicas -y por la edad- se halla en condiciones de salud que la llevan a prevalecer ante otra que registra menos en el año.
A mí me parece bien, incluso, que la Cámara de Diputados haya fijado 365 días, porque es el período en el cual alguien está por dejar sus funciones.
Esta es la razón por la cual fui partidario, para definir a quién se le otorga preferencia, del elemento de juicio de que se trata.
Claro que en el Senado dejamos el punto más bien sometido a un reglamento y la otra rama del Congreso lo especificó.
Por tales motivos, me inclino a aceptar la proposición.
No podemos partir de la base de que un funcionario público intentará conseguir en forma fraudulenta licencias médicas para lograr una ventaja. Juzgo que es un error.
Soy partidario de aprobar lo despachado por la Cámara de Diputados y evitar el trámite de una Comisión Mixta.
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Letelier.
El señor LETELIER .-
Señor Presidente , quiero hacer una reflexión en cuanto al texto en debate y otra sobre algo manifestado por mi Honorable colega Van Rysselberghe acerca de un texto que se rechazó.
Respecto de los criterios contemplados, el acuerdo que se firmó entre los asistentes de la educación y el Gobierno contemplaba que se priorizaran la edad, los años de servicio y la enfermedad, sobre la base de que lo óptimo es que no hubiera cupos. Pero es un asunto de restricción más bien presupuestaria, más allá de cualquier consideración.
Se entendió que la redacción de la letra c) es la que permite garantizar en mejor forma el aspecto de la salud. La letra a) tiene que ver con la edad; la letra b), con la preferencia, en igualdad de condiciones, de aquellos con mayor número de años de servicio, y la letra c), con la forma en que se tendrá en cuenta el otro factor.
Creo que la propuesta en la columna del medio del boletín comparado es la más adecuada. Por lo tanto, voy a aprobar las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados, porque constituyen una contribución.
Pero no quiero dejar pasar -para no repetir después- lo expresado por la Senadora señora Van Rysselberghe .
Cuando llegamos a esta Institución, nosotros prometemos y juramos -ahí, en el medio de la Sala- respetar la ley y la Constitución. Y no contamos con atribuciones en relación con ciertas materias.
Su Señoría puede preguntarle al Ejecutivo por qué no contempla como abandono de deberes el que ciertos funcionarios no paguen en ciertos plazos o no cumplan con la ley en proyecto.
El texto puede gustarme o no.
Ello dice relación con el artículo 13.
Ciertas normas tienen que ver con la forma de nuestro ordenamiento institucional; con los plazos de pago. Cuando existe derecho a recibir el incentivo al retiro -entiendo que a eso se refería-, ello tiene que hacerse al menos dentro del marco de la ley.
No me parece que corresponda plantear que el retardo sea una causal de destitución. Hay otros procedimientos.
A mi juicio, la votación de nuestra Comisión y las modificaciones que efectuó al revisar lo hecho por la Cámara de Diputados, al rechazar lo que resultaba inadmisible, es lo que correspondía hacer.
En todo caso, además de saludar a los dirigentes presentes de los asistentes de la educación, deseo consignar que es un tremendo logro sobre todo de los sindicatos, de la organización nacional de estos trabajadores, que la ley en proyecto garantice de antemano, cuando se está discutiendo la iniciativa sobre la nueva educación pública, que ellos no seguirán siendo el eslabón más débil de un sistema educacional que muchas veces los ha dejado muy rezagados.
En consecuencia, vamos a votar a favor de este incentivo al retiro.
El señor LAGOS (Presidente).-
Puede intervenir el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , me sumo al último comentario de mi colega Letelier . Desde hace muchos años hemos visto numerosas mejoras en el ámbito de la educación, pero siempre concentradas en los docentes, y juzgaba necesario -lo planteamos cada vez que fue posible- hacer justicia con los asistentes de la educación. La iniciativa en examen va en esta línea y la aprobamos por eso mismo. Alguna justicia se hace, aunque a veces llegue un poco tarde.
Ahora, respecto del tema en debate, creo que el Senador señor Coloma tiene razón, a lo que se agrega otro motivo.
Lo primero, porque se configura un incentivo perverso para obtener licencias en el último tiempo.
Alguien podrá decir: "No, si eso nunca ocurre. La ética es muy notable en los médicos". Mas algunos no lo consideran así en tanta medida, señor Presidente . Hace pocos días se dio a conocer el caso de una facultativa que emitía una de estas certificaciones cada diecisiete minutos, tomando en cuenta toda su jornada de trabajo disponible. Ha sido muy eficiente -¡no cabe la menor duda...!- en la atención, pero en forma sospechosa. Porque se han conocido muchos abusos.
A mi juicio, la norma constituye un incentivo en la materia, sobre todo en un sector que registra muchas licencias médicas. Por lo tanto, lo más razonable es una revisión.
Además, concurre otra circunstancia: me parece que estamos incurriendo en leyes demasiado reglamentarias. ¡Cada vez vamos fijando en ellas más exigencias y requisitos!
Para eso están los reglamentos. La redacción original establecía que el número de días por el concepto que nos ocupa sería el tercer criterio aplicable, pero en la forma que determinare una de esas normativas.
¡Por qué no le dejamos al reglamento definir cuáles son los casos, ya que ahí, con mayor flexibilidad, se iría viendo con el tiempo la fórmula más adecuada para regular la situación!
Una fijación por ley me parece un exceso si existe tal posibilidad, además de que incentiva la búsqueda de licencias de una manera poco apropiada.
Por eso, voy a votar en contra de la proposición de la Cámara, para que en el trámite siguiente se pueda buscar una redacción simple, como la que se contemplaba en el sentido de que, al final, los criterios para ponderar los días de licencia médica estuvieran determinados por el reglamento.
He dicho.
El señor LAGOS ( Presidente ).-
Varios compartimos aquí la justicia que se estará haciendo, aunque a veces resulte tardía, efectivamente.
Tiene la palabra el Honorable señor Chahuán.
El señor CHAHUÁN.-
Señor Presidente , respaldo con mucha fuerza la posibilidad del incentivo al retiro para los asistentes de la educación.
Desde ya, hace más de doce años marchamos por primera vez para los efectos de dar el impulso a fin de crear un estatuto especial para el sector.
Más allá de pronunciarme sobre el punto en particular que vamos a votar ahora, quiero hacer notar otro elemento que me parece relevante. Nos hallamos en un proceso de desmunicipalización, y la norma que lo establece no ha sido suficientemente clara respecto de derechos adquiridos por estos trabajadores. Hoy día, ellos pueden negociar colectivamente. ¿Qué va a pasar cuando finalmente exista un servicio local y la negociación sea uno de los temas sobre la mesa?
En seguida, cabe recordar que han tenido la posibilidad de generar gremios fuertes capaces de alzar su voz respecto de un estatuto especial.
Por otra parte, ¿qué va a pasar respecto de la solución de continuidad? El proyecto de ley no es suficientemente claro, por ejemplo, en cuanto a los años de servicio. Y acá lo que no queremos es que se provoque, con este nuevo traspaso, ahora a las agencias locales, otra deuda histórica relacionada con los asistentes de la educación y con el profesorado.
Esos son temas que deberán ser clarificados cuando finalmente aquella iniciativa legal llegue a la Sala del Senado y tengamos la posibilidad de defender con fuerza a quienes son pieza clave en el proceso educativo, pues justamente los asistentes de la educación son los que más tiempo pasan con nuestros menores en los colegios.
Por lo tanto, esto es algo que hay que levantar con mucha fuerza.
En lo relativo al asunto en cuestión, se debe facilitar que ojalá todos aquellos que se sienten vulnerados, afectados, particularmente con el daño previsional que se les ha provocado, puedan finalmente obtener este incentivo al retiro.
Ahora, lo que no hay que tratar de hacer es generar un mecanismo perverso para los efectos de otorgar en definitiva el incentivo al retiro. Será el reglamento el que resuelva finalmente cuáles son las condiciones para ello.
Esperamos que, aparte de los 9 mil funcionarios que hoy día tienen la posibilidad de acceder al beneficio, también puedan alcanzarlo otros más.
Por eso mismo voy a abstenerme, para que sea el reglamento el que, finalmente, determine las condiciones para el otorgamiento del incentivo al retiro, pero poniendo sobre la mesa que los temas relevantes para los asistentes de la educación son otros que no están hoy día en cuestión en esta iniciativa legal, sino que dicen relación con el proyecto de desmunicipalización y, fundamentalmente, con los derechos adquiridos por ellos, que han logrado con lucha, con movilización, con marcha, con diálogo y con interpelación al Ministerio de Educación.
He dicho.
El señor LAGOS (Presidente).-
Me han pedido la palabra varios señores Senadores.
Les reitero a Sus Señorías la necesidad de dirigirse a la Mesa.
Puede intervenir, a continuación, el Honorable señor Quintana.
El señor QUINTANA.-
Señor Presidente , lo que estamos discutiendo aquí es el incentivo al retiro de los asistentes de la educación y no otra cosa. No estamos discutiendo la nueva educación pública ni la desmunicipalización, que es otro debate también bien profundo.
Esta norma, para la que se ha pedido votación separada, tiene que ver con el momento y la forma como se otorga el beneficio y ha generado esta discusión porque establece criterios de priorización. Pero la verdad es que había que contemplar algunos criterios en ese sentido.
Primero, nos estamos poniendo en situaciones muy excepcionales. En incentivos pasados, normalmente han quedado cupos vacantes en los primeros llamados. Ahora, dado que se trata de un beneficio plurianual, que va a extenderse hasta el año 2022, puede que eso no ocurra y efectivamente haya una sobredemanda. Y solo para el caso de que exista sobredemanda en los dos primeros años, como se ha señalado, se aplicarán tales criterios, que no son uno. No es que la licencia determine el beneficio; lo que determina el beneficio es, básicamente, la edad y, naturalmente, la voluntad del trabajador de acogerse a él, que, dicho sea de paso, es el mayor que se ha podido alcanzar durante muchos a��os, porque se trata de una doble bonificación: una primera parte la paga, como se ha indicado acá, el sostenedor, y una segunda parte, en UF, la paga directamente el Fisco.
Por lo tanto, es un gran beneficio, que no podemos desvirtuar con una discusión en orden a que, como alguien insinuó en la Sala, será la licencia médica la que lo determine. Y no es así, porque en los casos de sobredemanda, primero, se ve la edad. Segundo, si hay empate entre postulantes que se encuentran en similares condiciones -es decir, tienen la misma edad-, se privilegia al de mayor antigüedad. Ahora, si persiste el empate en función de este último requisito -o sea, que cuenten con la misma antigüedad-, recién ahí se mira una cuestión que es obvia, a esa altura, como criterio objetivo: si la persona está enferma. Y si está enferma, obviamente ello se debe acreditar de alguna manera: con un certificado médico o con una licencia médica. No hay otra forma de acreditar si alguien se encuentra enfermo, más allá de que en muchos casos efectivamente se han producido situaciones irregulares. Pero aquí no se puede presumir, ni la mala fe de actores ajenos al sistema, ni la desconfianza.
Y quiero decir más, a propósito de que algunos señores Senadores están planteando la idea del reglamento: quien finalmente va a resolver será la Subsecretaría mediante una resolución fundada donde se tienen que incorporar todos los motivos que den lugar a la bonificación.
En consecuencia, me parece que un beneficio tan potente, logrado en acuerdo con los asistentes de la educación de este país, no puede quedar desvirtuado con un tema absolutamente menor. El legislador se está poniendo en el caso de que haya mayor demanda, que puede ocurrir, situación que será zanjada con los diversos controles que he mencionado.
He dicho.
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor García.
El señor GARCÍA.-
Señor Presidente, yo entiendo que esta es una materia perfectamente opinable.
A mí me parece razonable que, en última instancia, cuando haya que decidir, uno de los elementos a considerar sean efectivamente las licencias médicas, porque de algún modo hay que resolver, de algún modo hay que priorizar. Pero, naturalmente, entiendo el punto que ha levantado el Senador Juan Antonio Coloma , por cuanto se trata de una materia completamente discutible.
Dicho eso, señor Presidente, quiero llamar la atención sobre este proyecto en el siguiente sentido.
Esta iniciativa concede, como se ha dicho, una bonificación por retiro voluntario, y lo hace para quienes ejercen o han ejercido como asistentes de la educación en las municipalidades o en corporaciones privadas sin fines de lucro creadas para administrar la enseñanza municipal, pero también sujeta al mismo beneficio por retiro voluntario a los paradocentes o asistentes de la educación regidos por el decreto ley N° 3.166 (educación técnico-profesional).
A los funcionarios municipales y de corporaciones municipales se les da igualmente la posibilidad, como se ha hecho en otros proyectos de incentivo al retiro, de postular a lo que se llama "bono poslaboral", que permite acceder a una cantidad de dinero que se paga mes a mes, junto con la pensión, precisamente para mejorar esta última, en aras de reconocer el daño previsional ocasionado por el largo tiempo en que cotizaron solo por una parte de sus remuneraciones.
Sin embargo, esto mismo es válido para los trabajadores regidos por el decreto ley N° 3.166, los cuales se desempeñaban en colegios fiscales o escuelas dependientes del Ministerio de Educación y fueron traspasados, no a las municipalidades, pero sí a corporaciones que administran transitoriamente. Ellos han sufrido el mismo daño previsional de quienes fueron traspasados a los municipios.
Por eso, señor Presidente , pido que en realidad se envíe un oficio, porque no hay ningún representante del Ejecutivo aquí, para que los asistentes de la educación regidos por el decreto ley N° 3.166 también sean incorporados al bono poslaboral. Esto es muy importante. Hoy día es una suma del orden de 70 mil pesos, que, para alguien que recibe una pensión de 150 mil, 180 mil pesos, agregar 70 mil más hace una tremenda diferencia. Y no hay ninguna razón para privarlos de este beneficio. ¡Ninguna!
De ahí que solicito enviar un oficio al Ejecutivo con el objeto de que la situación de esos funcionarios pueda ser corregida en otro proyecto de ley.
Muchas gracias.
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Allende.
La señora ALLENDE .-
Señor Presidente , junto con saludar a quienes nos acompañan en las tribunas, quiero señalar con mucho gusto que, evidentemente, la bancada del Partido Socialista va a votar a favor de este proyecto, y que nos importa bastante otorgar esta posibilidad, como lo hemos venido haciendo sistemáticamente con distintos cuerpos. En este caso, estamos hablando de los asistentes de la educación.
Este es un incentivo al retiro que permite, a quienes han trabajado largo tiempo y que ya llegaron, probablemente, a la edad de pasar al sector pasivo, un estímulo consistente en una bonificación de un mes de remuneración por cada año de servicio, con un tope de once, considerando la remuneración promedio de los últimos doce meses.
Es importante, además, que reciban, como acaba de señalar el Senador García, una bonificación adicional, más conocida como "poslaboral", que les ayude a mejorar pensiones que -ya lo sabemos, y creo que masivamente el país lo ha manifestado con claridad- son demasiado indignas, muy bajas y que hacen que la gente, realmente, sufra la angustia de llegar a esta edad sin contar con condiciones razonables que les permitan una vida digna después de toda una trayectoria laboral.
Me parece relevante, entonces, que se contemplen esos dos elementos, y por eso anuncio nuestro voto positivo.
Asimismo, me sumo a lo que acaba de expresar el Senador García, pues me hace sentido.
Creo que esta Corporación podría, ojalá por unanimidad, adoptar la idea de mandar un oficio al Ejecutivo para solicitarle que explique las razones por las cuales deja fuera a este otro segmento de trabajadores, lo que, como ha explicado el Senador García, constituye una discriminación que aparentemente no tiene una justificación clara.
Yo creo que sería muy adecuado hacerlo.
Por lo tanto, señor Presidente , quería explicitar mi voluntad de que se envíe un oficio a fin de conocer las causas por las cuales este otro sector no recibiría lo que conocemos como "bonificación adicional", que, evidentemente, es muy importante para aquellos que se retiran.
He dicho.
El señor LAGOS (Presidente).-
Señor Secretario, consulte a la Sala por favor.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LAGOS (Presidente).-
Terminada la votación.
--Se aprueba el inciso tercero del artículo 3° propuesto por la Comisión de Educación y Cultura (23 votos a favor, 5 en contra y 2 abstenciones).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Allamand, Bianchi, Espina, García, Guillier, Harboe, Horvath, Lagos, Matta, Montes, Ossandón, Pizarro, Prokurica, Quintana, Quinteros, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Votaron por la negativa la señora Van Rysselberghe y los señores Coloma, García-Huidobro, Hernán Larraín y Pérez Varela.
Se abstuvieron los señores Chahuán y Moreira.
El señor LAGOS ( Presidente ).-
Señor Secretario , procedamos a la última votación del proyecto.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
Señoras y señores Senadores, agradeceré que se dirijan a las páginas 18 y 19 del comparado.
Como se señaló anteriormente, ahí figura un artículo 13, nuevo, introducido por la Cámara de Diputados, que la Comisión de Educación y Cultura del Senado propone unánimemente rechazar.
Por ende, como lo que siempre se vota es el informe de Comisión, y en este caso la recomendación es para rechazar, quienes estén de acuerdo con la proposición de eliminar el artículo deben votar que sí, y quienes estén por mantenerlo deben votar que no, en el entendido de que si la votación negativa reúne al menos 21 votos la norma quedaría aprobada con rango orgánico constitucional.
El señor LAGOS (Presidente).-
En discusión la propuesta de la Comisión.
Tiene la palabra el Honorable señor Allamand.
El señor ALLAMAND.-
Señor Presidente , solo quiero explicar cuál es el sentido de lo que hicimos en la Comisión de Educación, especialmente para la gente que está siguiendo el debate.
Allí no nos pronunciamos respecto del mérito de la disposición despachada por la Cámara de Diputados, pues el consenso unánime, reflejado en el informe emitido por la Secretaría, es que ella es de iniciativa exclusiva del Ejecutivo. En consecuencia, la rechazamos, no por el mérito de fondo de su contenido, sino por considerar que aborda una materia de la iniciativa exclusiva del Presidente de la República . Y este no es un tema menor.
En otras oportunidades, en la Cámara de Diputados, existiendo claridad absoluta de que una norma es de iniciativa exclusiva, por algo que se ha inventado y que consiste en "dar una señal política", la ha aprobado a sabiendas de que es inconstitucional y de que debiera haber sido declarada inadmisible. Y a nosotros nos parece que el Senado no puede incurrir en esta mala práctica.
Por lo tanto, no nos hemos pronunciado respecto del mérito de la disposición, sino que estamos diciendo que, en opinión de los miembros de la Comisión y de la Secretaría, aborda una materia de iniciativa exclusiva.
¿Cómo se puede resolver aquello? Como acá se señaló. (Entre paréntesis, el Ejecutivo compartió con nosotros tal apreciación). Y, en consecuencia, si se quiere solucionar el problema de fondo, basta con que la norma sea patrocinada por el Ejecutivo mediante una indicación o bien este presente un proyecto nuevo o arregle la situación de alguna otra manera. Pero lo que no podemos hacer, señor Presidente , si tenemos la certeza de que el artículo es inconstitucional, es simplemente hacernos los lesos y votarlo a favor como si realmente fuera constitucional.
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.
El señor MONTES.-
¡Abra la votación, señor Presidente!
La señora ALLENDE.-
¡Sí, ábrala!
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señor Presidente , yo he escuchado la argumentación que se ha dado...
El señor LAGOS (Presidente).-
Un momento, señor Senador.
Me han pedido abrir la votación.
¿Le parece a la Sala?
Pero antes -le voy a dar todo el tiempo que le corresponde, Senador Zaldívar-...
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
No hay problema.
El señor LAGOS (Presidente).-
... quiero pedirle al señor Secretario que repita, porque aquí hay un quorum involucrado, el sentido de votar a favor y en contra.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
Lo que se vota es la proposición de la Comisión de Educación, que sugiere rechazar el artículo 13, nuevo, despachado por la Cámara de Diputados.
De consiguiente, quienes estén de acuerdo con la proposición de la Comisión deben votar que sí, y quienes estén en desacuerdo con ella -vale decir, quieran que la disposición sea aprobada- deben votar que no.
Ahora, esa votación negativa, para lograr la aprobación del precepto, debe reunir 21 votos favorables, por tratarse de una norma orgánica constitucional.
El rechazo, naturalmente, no requiere quorum especial.
El señor LAGOS (Presidente).-
El artículo 13, nuevo, figura en la página 18 del comparado, tercera columna.
El señor MONTES.-
¡Abra la votación, señor Presidente!
El señor LAGOS (Presidente).-
Muy bien, en votación.
--(Durante la votación).
El señor LAGOS (Presidente).-
Le doy la palabra, empezando de cero, al Honorable señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Señor Presidente , escuché con mucha atención el debate sobre la admisibilidad o inadmisibilidad de la norma, que es discutible.
En lo personal, revisando el artículo 65 de la Constitución, no veo dónde pueda estar la inconstitucionalidad de establecer una sanción por abandono de deberes.
Incluso, yo podría acceder a que el artículo 13 es inadmisible. Pero en tal caso, si realmente fuera inadmisible, lo que procedería no es rechazarlo, sino, de acuerdo a lo que dispone nuestra ley orgánica, declarar su inadmisibilidad para que pasara a una Comisión Mixta que se pronunciara al respecto.
A nosotros no nos corresponde rechazar una disposición por el hecho de ser inadmisible. Es una manera de evitar un trámite, es cierto, y algunas veces se ha hecho, pero lo que corresponde es lo otro.
En mi opinión, el artículo no es inadmisible. Revisando las materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República establecidas en el artículo 65 de la Constitución, no veo que su contenido figure entre ellas.
Además, conforme a los fallos dictados por el Tribunal Constitucional, las inconstitucionalidades son de interpretación restrictiva: deben estar expresamente determinadas; no pueden aplicarse en forma extensiva o por asimilación.
Entonces, si me dicen que el artículo 13 es inadmisible y se da la argumentación, bueno, llevemos el asunto a una Comisión Mixta. Pero creo que con eso vamos a retrasar el despacho del proyecto.
En lo personal -repito-, creo que no es inadmisible. Y entiendo el fondo de la disposición, que me parece lógica. Si una municipalidad recibe recursos del Estado para pagar este incentivo al retiro, pero no dispone de ellos para lo que están destinados y los malversa -ese es el tema- y pasan más de 60 días, forzando a la persona que de buena fe se ha retirado de sus funciones a tener que ir a pleitear con ella para que le entregue el beneficio, constituye una causal suficiente de notable abandono de deberes.
Distinto sería si estableciéramos esta obligación al municipio con cargo a sus propios recursos, porque ahí podría alegar.
Además, la propia disposición despachada por la Cámara de Diputados dice que la causal no se configura tratándose de caso fortuito o fuerza mayor, que servirían para eximir de responsabilidad al alcalde y al concejo.
Por esas razones, señor Presidente, soy partidario de mantener la norma que aprobó la otra rama del Parlamento.
El señor LAGOS (Presidente).-
Se han inscrito varios señores y señoras Senadoras.
Ciertamente, voy a dar la palabra a todos los que la han solicitado.
En cuanto al tema de fondo, parece no haber dos opiniones en cuanto al deseo de contar con una norma que establezca el notable abandono de deberes.
Segundo, el problema se habría subsanado si el Ejecutivo hubiera presentado en algún minuto una indicación. Debo decirlo así. No cuento con una explicación -y no tengo por qué tenerla- de por qué ello no ocurrió.
Y tercero, a quienes han pedido la palabra -alrededor de siete señoras y señores Senadores-, quiero señalarles que podemos ingresar a la discusión sobre la inadmisibilidad de la norma (artículos 65 de la Constitución y 15 de la Ley Orgánica del Congreso), pues eventualmente habrá que votar el tema. Y de hecho estamos en votación.
Ahora son ocho los Senadores inscritos.
Hechas estas aclaraciones, tiene la palabra el Senador señor García.
El señor GARCÍA.-
Señor Presidente , su intervención en realidad me ahorra la mía.
Yo estoy absolutamente de acuerdo en que, en el fondo, esta es una buena medida. A mi juicio, es francamente inaceptable que un municipio que recibe dineros para pagar incentivos al retiro los desvíe a otro fin -por muy loable que este sea, en definitiva, se desvían-, y no les pague los bonos que contempla la ley a los asistentes de la educación que se están acogiendo precisamente a retiro.
Entiendo el problema de constitucionalidad que se ha planteado. Lo que me cuesta comprender es por qué si el Ejecutivo estuvo de acuerdo en que esto era inadmisible, pues era de su iniciativa, no lo patrocinó. Porque -insisto- creo que todos estamos absolutamente de acuerdo en que es una norma razonable y, además, necesaria.
Desgraciadamente, señor Presidente, en el pasado hubo situaciones en que algunos municipios desviaron recursos destinados a pagar incentivos al retiro a otros fines.
Le quiero hacer una consulta al Senador Zaldívar -esto fue lo que me llevó a pedir la palabra-, pues no comprendí bien su propuesta. Entiendo que él quiere obviar que se vote en contra para que el punto en cuestión lo vea directamente la Comisión Mixta.
No me quedó claro lo formulado por Su Señoría, que es de procedimiento.
Gracias.
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Chahuán.
El señor CHAHUÁN.-
Señor Presidente , en la misma dirección de lo que plantearon tanto usted como el Senador José García , quiero señalar claramente que esta medida nos parece del todo razonable.
Me gustaría saber si hay unanimidad para los efectos de que antes de votar podamos discutir la admisibilidad o inadmisibilidad de esta norma.
Si ella existiera, podríamos debatir el punto a la espera de que el Ejecutivo haga llegar su indicación.
El señor LAGOS ( Presidente ).-
Senador señor Chahuán, entiendo sus buenos deseos, pero reglamentariamente no es posible proceder de esa manera porque en el tercer trámite no corresponde discutir la admisibilidad o inadmisibilidad de una disposición.
El señor CHAHUÁN.-
Okay.
El señor LARRAÍN .-
¡No es así!
El señor CHAHUÁN.-
Hay una discusión al respecto.
El señor LAGOS (Presidente).-
Todo es discutible, pero quiero decirles que esa es la situación que tenemos ahora.
El señor CHAHUÁN.-
Señor Presidente , lamento que durante la discusión de este proyecto de ley no esté presente el Ministerio de Educación. Me habría gustado pedirle su opinión acerca de una materia tan importante como la que nos ocupa y para saber si efectivamente tiene la voluntad de patrocinar o no la indicación pertinente.
En ausencia de aquello, esta es una buena medida. Creo que la complejidad la aporta el hecho de que pudiera ser inadmisible desde el punto de vista constitucional.
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Allende.
La señora ALLENDE .-
Señor Presidente , primero, quiero señalar que estoy completamente a favor del fondo del artículo 13.
A mi juicio, es una experiencia lamentable darse cuenta de que los municipios -no siempre se da, pero pasa en muchos-, habiendo recibido estos dineros, han sido capaces de desviarlos y no pagar, en este caso, los incentivos al retiro.
Para mayor precisión y para que tengamos claridad, voy a leer el artículo 13:
"Los alcaldes, directores de los Departamentos de Educación Municipal o de las Direcciones de Educación Municipal y los gerentes o administradores de las corporaciones sin fines de lucro que, salvo caso fortuito o fuerza mayor, retarden el pago de la bonificación por retiro voluntario o la adicional por antigüedad laboral a las que tengan derecho los asistentes de la educación de conformidad a esta ley, por más de sesenta días contados desde que los recursos hayan sido transferidos para esos fines, incurrirán en causal de notable abandono de sus deberes o incumplimiento grave de sus obligaciones contractuales o legales, según el caso, para los efectos de hacer exigible la responsabilidad correspondiente.".
Señor Presidente , no solo estoy de acuerdo con el fondo de este precepto, sino que no veo su inconstitucionalidad, porque se trata de recursos que se transfieren y las autoridades que menciona el artículo 13 solo deben cumplir con la obligación de pagar esta bonificación, para que aquellas personas, los asistentes de la educación que hoy nos acompañan reciban lo que les corresponde después de haberse acogido a retiro.
--(Aplausos en tribunas).
Obviamente, no puedo entender un retraso de más de sesenta días. ¿Por qué razón tendría que pasar? No hay justificación.
En consecuencia, señor Presidente, lo que debiera hacer este Senado es apoyar la propuesta de la Cámara de Diputados y aprobar el artículo 13.
Lo siento mucho, pero no estoy de acuerdo con lo que hizo la Comisión de Educación. Entiendo que es un tema de forma; sin embargo, a mi juicio, no se justifica porque se trata de fondos transferidos. Aquí no estamos proponiendo la entrega de recursos, no estamos generando más gastos. Por lo tanto, es enteramente legítimo que en este caso exista la causal de notable abandono de deberes, que ojalá sea una gran lección para que ningún alcalde, en ningún municipio del país desvíe estos fondos o retarde por más de sesenta días el pago de la bonificación.
He dicho.
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Quinteros.
El señor QUINTEROS.-
Señor Presidente, quiero insistir en lo que dije al comienzo: me parece absurdo no castigar a alcaldes que ocupen los recursos que se les traspasaron en otros menesteres y no para los cuales estaban destinados: cancelar lo que corresponde a los funcionarios.
Esta medida podría ser considerada demasiado dura, pues los alcaldes son objeto de sanciones penales y civiles, como asimismo quedan expuestos a la pérdida del cargo. Pero ella se explica con mayor razón si se considera la situación injusta que viven los funcionarios que no reciben las remuneraciones que les corresponden, cuando los fondos son traspasados para tales efectos.
Estoy absolutamente en contra de lo que aprobó la Comisión de Educación del Senado, y me quedo con lo que resolvió la Cámara de Diputados.
Por eso, voto que no a este artículo.
El señor LAGOS (Presidente).-
Hay varios señores Senadores inscritos.
Solamente les quiero reiterar lo siguiente: se está votando respaldar o no la decisión de la Comisión de Educación.
Para que prime el "no"; esto es, no respaldar la propuesta de la Comisión de Educación, se requieren 21 votos favorables.
Sin perjuicio de aquello, en el caso de que no se obtuvieran los 21 votos por el "no", o hubiere mayoría de votos "sí", respaldando a la Comisión, en ambos casos se iría a una Comisión Mixta, instancia en la que uno esperaría que el Ejecutivo propusiera una indicación al objeto de subsanar el tema.
Dicho lo anterior, tiene la palabra el Senador Hernán Larraín .
El señor BIANCHI .-
¡Está perfecto, señor Presidente!
El señor LAGOS (Presidente).-
¿Se entiende?
El señor BIANCHI .-
Muy bien.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente, en primer lugar quiero manifestar que discrepo...
El señor LAGOS (Presidente).-
Disculpe, señor Senador.
Les pido a Sus Señorías que escuchen los argumentos, por favor.
El señor LARRAÍN.-
Decía que, en primer lugar, discrepo de que en este trámite no se pueda hacer cuestión de admisibilidad.
El artículo 25 de la Ley Orgánica del Congreso Nacional, en su última reforma de 2010, de acuerdo con la modificación a la Carta Fundamental de 2005, estableció, precisamente para dirimir una situación de este tipo, el siguiente inciso segundo:
"La declaración de inadmisibilidad puede ser hecha por el Presidente de la Cámara respectiva o de una comisión, de propia iniciativa o a petición de algún miembro de la Corporación, en cualquier momento de la discusión del proyecto".
Ahí no se distingue ni primer, ni segundo, ni tercer trámite, ni Comisión Mixta. Señala: "en cualquier momento de la discusión del proyecto".
Así que, en ese sentido no me parece que se pueda argumentar. Y lo menciono, simplemente, para dejar constancia de este punto, que ya hemos discutido en otras oportunidades.
Sin embargo, señor Presidente , no veo que la disposición que nos plantea la Cámara de Diputados sea inconstitucional. En mi opinión, este es un tema distinto. No se está fijando una atribución, porque ya existe. Lo que se nos dice es que en caso de no ejercerse aquella habrá tal o cual sanción.
Nosotros tenemos capacidad para introducir sanciones en cuanto a los actos de las autoridades. Podemos crear delitos para los empleados públicos que no cumplan con sus funciones. ¿No podríamos establecer que, en caso de que un alcalde no cumpla el compromiso de pagar las deudas previsionales, esto sea interpretado como notable abandono de sus deberes? En mi modesta opinión, señor Presidente -lo hago a título estrictamente personal-, no veo la inconstitucionalidad.
El artículo 65 de la Constitución, número 2°, dice: "Crear nuevos servicios públicos o empleos rentados, sean fiscales, semifiscales, autónomos o de las empresas del Estado; suprimirlos y determinar sus funciones o atribuciones;".
Aquí no se están determinando ni funciones ni atribuciones. Se trata de las que se tienen. De lo que se habla es de qué pasa en el caso de no ejercicio.
La otra disposición que se podría invocar es la que dice relación con la administración del Estado, en cuanto a que corresponde al Presidente de la República la iniciativa exclusiva de los proyectos de ley que tengan relación con la administración financiera o presupuestaria del Estado, incluyendo las modificaciones de la Ley de Presupuestos y las materias señaladas en tales y cuales artículos.
Señor Presidente , aquí no hay ninguna invocación de atribuciones propiamente financieras. Estas se tienen o no se tienen. Lo que se señala es que si no se ejerce esta función se incurrirá en la causal de notable abandono de deberes.
Por tanto, creo que aquí no nos encontramos bajo ningún concepto ante una atribución exclusiva del Presidente de la República . Uno podrá estar de acuerdo o no. Pero no me parece -en general, personalmente soy bastante estricto en cuanto a extender las atribuciones del Congreso o a restringir las del Primer Mandatario; creo que hay que buscarles el sentido que tienen- que estemos ante una situación de inadmisibilidad.
En consecuencia, señor Presidente , pienso que podemos votar abiertamente esta enmienda. Si nos gusta la modificación introducida por la Cámara de Diputados, la votamos a favor; si no nos gusta, nos pronunciamos en contra. No hay un problema de constitucionalidad. En todo caso, si lo hubiera, se podría discutir.
El señor LAGOS ( Presidente ).-
Señor Senador, para que haya claridad, si usted vota que sí, estaría aprobando lo planteado por la Comisión de Educación y desconociendo...
El señor LARRAÍN.-
Por lo tanto, yo tengo que votar que no.
El señor LAGOS (Presidente).-
Si sigo su argumento, debería pronunciarse en contra.
El señor PÉREZ VARELA .-
Así es.
El señor LAGOS ( Presidente ).-
En todo caso, desde el punto de vista de la admisibilidad -no se ha planteado formalmente a la Mesa-, tengo el mismo razonamiento del Senador señor Larraín en el sentido de que aquí no se crea ni una atribución ni una función, sino que se explicita una sanción a un funcionario al que se le traspasaron recursos para que fueran destinados a un objetivo determinado y no lo hizo. Aquí se establece una sanción al respecto, pero no se asigna una atribución o una función adicionales. Sin embargo, como Su Señoría señala, se trata de opiniones personales.
Tiene la palabra el Senador señor Quintana.
El señor QUINTANA.-
Señor Presidente , voy a insistir en lo que varios señores Senadores han manifestado -creo que esto es bastante transversal-. Pienso que en el fondo nadie tiene una opinión distinta. O sea, todos estamos de acuerdo en que si algún sostenedor se queda con la plata, no paga este bono, evidentemente que debe haber sanciones. Yo entiendo que el Ejecutivo -eso fue lo que nos planteó- estaba disponible para, en caso de que la iniciativa llegara a Comisión Mixta -todo parece indicar que así será-, formular una indicación a fin de resolver este punto.
No obstante, tengo una ligera discrepancia con el Senador Zaldívar . Y más bien estoy con la tesis del colega Allamand -por lo demás, fue la discusión que arrojó una postura unánime de la Comisión- en el sentido de que esto, primero, es inadmisible. Lo señalo porque todo el debate aquí se ha centrado en el alcalde, pero también tenemos que considerar que podría incumplir el director del DAEM, que es un funcionario público. ¿Qué significa esto? Es algo más que una sanción lo que se le está imponiendo al encargado del DAEM si incumple.
Sin embargo, el tema de la inadmisibilidad no es lo central, señor Presidente . Porque el artículo 15 de la Ley Orgánica del Congreso es bastante claro. Este dispone: "si en el segundo trámite constitucional la Sala de la Cámara revisora rechazare la admisibilidad aprobada por la Cámara de origen, se constituirá una comisión mixta". Pero aquí no estamos en el segundo trámite...
El señor LARRAÍN.-
Esa es otra norma.
El señor QUINTANA.-
Aquí nos encontramos en el tercer trámite, Senador Zaldívar -por su intermedio, señor Presidente -. Por lo tanto, nosotros hemos recibido de la Cámara de Diputados una norma; esto es parte del articulado. Por eso no procede hoy día que discutamos sobre la admisibilidad. Y por ello insistiremos en que lo que se ha impuesto es mucho más que una sanción.
En consecuencia, pedimos el apoyo a la propuesta unánime de la Comisión.
El señor WALKER (don Ignacio).-
Cuestión de Reglamento, señor Presidente .
El señor LAGOS (Presidente).-
Estamos en votación, señor Senador.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Así es.
El señor WALKER (don Ignacio).-
Señor Presidente , lo tengo claro, pero me gustaría que pudiéramos recibir la opinión del Secretario General acerca de esta materia.
El señor LAGOS (Presidente).-
Pero hay Senadores inscritos para intervenir y estamos en votación.
El señor WALKER (don Ignacio).-
Que en algún momento el Secretario nos entregue su opinión.
El señor LAGOS ( Presidente ).-
Después vamos a pedirle al señor Secretario que nos ilumine y que conecte el artículo 65, inciso cuarto, número 2°, de la Constitución, con los artículos 15 y 25 de la Ley Orgánica del Congreso.
Tiene la palabra el Senador señor Harboe.
El señor HARBOE.-
Señor Presidente , no pensaba intervenir, pero en verdad esto puede generar un precedente importante.
Si como Corporación aceptáramos que aquí hay algún grado de inconstitucionalidad, estaríamos desconociendo todas y cada una de las indicaciones que se aprobaron en el proyecto que modificó recientemente las normas electorales, toda vez que establecimos incluso sanciones de destitución, de notable abandono de deberes, de penas privativas de libertad, de multas a funcionarios públicos.
Más allá del mérito, el artículo 13 propuesto por la Cámara de Diputados dispone una sanción a una obligación que se contempla en otras normas del mismo proyecto de ley. El artículo 13 no impone ninguna obligación a un funcionario público.
El artículo 1º, inciso primero, de la iniciativa es el que crea la bonificación. El inciso segundo del mismo artículo es el que establece quién habrá de pagar esta bonificación, es decir, el empleador: le impone una obligación al funcionario público o, como decía el señor Vicepresidente -por su intermedio, señor Presidente -, incluso al DAEM.
Es decir, es otra disposición, el artículo 1º, incisos primero y segundo, la que crea la bonificación y señala al responsable de su cancelación.
Por otra parte, el artículo 2º del proyecto es el que establece a los beneficiarios.
En consecuencia, si uno observa el texto del artículo 65 de la Constitución Política de la República, en sus seis numerales, en ninguna parte se consigna la prohibición del Parlamento para determinar sanciones por incumplimiento de la ley. Lo que considera es un conjunto de prohibiciones al legislador para, motu proprio, de iniciativa propia, introducir modificaciones o cambios desde el punto de vista impositivo, de beneficios o, incluso, de obligaciones. Pero, como ya he mencionado, el artículo 13 en ningún momento impone una obligación, sino que solo se remite a consagrar cuál es la sanción por el incumplimiento de las obligaciones contempladas en los artículos 1º y 2º, respectivamente.
Por consiguiente, a mi juicio, y para que quede en la historia de la ley como un precedente, la disposición no debe ser declarada inadmisible ni inconstitucional, porque eso implicaría restringir las facultades de nuestro Parlamento, y nunca más podríamos establecer una sanción por incumplimiento, cualquiera que fuera la obligación que viniera contenida en un proyecto de ley originado incluso en mensaje.
Por lo tanto, llamo más bien a analizar el mérito de la norma. Como decía el Senador Quinteros, si el Estado ha otorgado recursos públicos con un fin específico a determinada autoridad y esta no los destina a ese fin, resulta evidente que debe recibir una sanción correlativa.
En consecuencia, votaré que no al criterio de la Comisión de Educación y, por tanto, apoyaré el texto aprobado por la Cámara de Diputados.
He dicho.
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Bianchi.
El señor BIANCHI.-
Señor Presidente , me pronunciaré en la misma línea de todo lo que han señalado los señores y las señoras Senadoras que me han antecedido en el uso de la palabra.
Yo soy absolutamente contrario al criterio de la Comisión de Educación del Senado.
No puede entenderse que se entreguen recursos públicos a determinado municipio y que el alcalde simplemente decida gastarlos en otros ítems. Eso está absolutamente claro.
Estos fondos van directamente al -comillas- beneficio que tienen los asistentes de la educación. Por lo tanto, incumplir el pago, diferirlo, efectivamente implica un notable abandono de deberes. Nosotros no estamos obligando a nada a los alcaldes. Esta obligación ya está. Ese solo incumplimiento es un notable abandono de deberes.
Por eso, me parece que resulta de toda lógica rechazar el criterio de la Comisión de Educación y establecer que el alcalde o la alcaldesa que incumpla este pago incurrirá en notable abandono de deberes.
El señor LAGOS (Presidente).-
Invito a quienes no se han pronunciado a ejercer su derecho a voto.
El señor BIANCHI.-
¿Habría que votar que no, cierto?
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Rossi.
El señor ROSSI.-
Señor Presidente, es importante tener claridad al momento de votar.
Hago la prevención: yo no soy abogado y, por lo tanto, me guío mucho por lo que comenta la Secretaría, aun cuando la decisión final es nuestra. Pero colegas que son abogados y que tienen vasta experiencia también opinaban que esta disposición excedía las facultades del Congreso.
Ahora, he escuchado argumentos de harto peso por parte de los colegas -al menos en las intervenciones que he presenciado- y estoy disponible para revisar mi voto e ir al fondo del tema.
Quiero dejar claro eso, porque hubo una decisión unánime de los miembros de la Comisión. La discusión respecto del punto fue bastante larga. Pero, si hay una opinión en contrario sobre la constitucionalidad de la norma que discutimos, yo me siento liberado para votar de acuerdo a lo que pienso que es correcto. En ese sentido -y lo dije en la Comisión-, considero bueno que haya una sanción como esta cuando un sostenedor incumple las obligaciones con sus trabajadores.
El señor LAGOS ( Presidente ).-
No tengo más inscritos.
Le han pedido a la Mesa dar su opinión.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
La discusión se centra en si es posible votar en la Sala una norma que, originada en la indicación de un Diputado , fue aprobada en la Cámara Baja, no obstante lo cual en el Senado, en el tercer trámite constitucional, se dice: "Pero, ¡por favor!, la disposición es inadmisible porque corresponde a una materia de la iniciativa exclusiva del Presidente de la República ".
Las dos normas para declaración de inadmisibilidad son los artículos 15 y 25 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional. ¿Por qué surgieron? Porque antiguamente, antes de las modificaciones a dicha normativa, la Sala no tenía atribuciones para pronunciarse sobre ello. Bastaba que una Comisión declarara inadmisible una disposición para que la Sala, curiosamente, no pudiera pronunciarse, porque así estaba legislado en la Ley Orgánica.
Dicho de otra manera, si en una Comisión se declaraba inadmisible una norma por dos votos contra uno, la Sala se quedaba sin la posibilidad de revisar esa decisión.
Ahora bien, el artículo 15, que contempla la declaración de inadmisibilidad, parte señalando que se refiere al inciso primero del artículo 65 de la Constitución Política, aun cuando en el inciso final remite a los artículos 12, 13 y 14 de la Ley Orgánica.
Pero, lo que realmente importa es que tal declaración de inadmisibilidad está permitida en el segundo trámite constitucional, porque el inciso segundo, que se refiere justamente a ese trámite, está haciendo expresa referencia al inciso primero.
De consiguiente, a juicio de la Secretaría, en este caso no podría aplicarse esa norma, dado que el proyecto se encuentra en tercer trámite constitucional.
Ahora bien, el artículo 25 está expresamente legislado para los proyectos de ley, completos o no, respecto de los cuales la Cámara revisora tiene la posibilidad de modificar la declaración de inadmisibilidad realizada por la otra Cámara. Ello puede hacerlo el Presidente de la Cámara respectiva o una Comisión, por propia iniciativa, sin perjuicio de que la decisión puede ser revisada en la Sala. Pero el citado artículo está referido a un proyecto, el cual se remitiría, en tal caso, a una Comisión Mixta. Y para ello hay todo un procedimiento que está explicado en los incisos siguientes del mismo artículo 25.
En consecuencia, debo señalar, con todo respeto, que la manera de hacer presente, en el tercer trámite constitucional, que se estima inadmisible este artículo es rechazándolo. Eso se ha hecho otras veces, porque ninguna de las dos normas, a juicio de la Secretaría, permite pronunciarse sobre la admisibilidad.
Ahora bien, en el otro punto que aquí se ha discutido (si es de iniciativa del Ejecutivo ), yo coincido con los argumentos de algunos Senadores en el sentido de que la función está fijada en las primeras normas del proyecto. Y el artículo que se está agregando solo señala: "Mire, el alcalde o el funcionario que no cumpla esta función será sancionado de equis manera".
Nada más, señor Presidente .
El señor LAGOS (Presidente).-
Voy a dar la palabra a quienes quieran intervenir, porque es un debate interesante. Solo deseo recordar que la votación está terminada.
Voy a escuchar un par de argumentos, pero este es un tema que hemos discutido en otras oportunidades.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
¡Estamos en votación, señor Presidente!
El señor LAGOS (Presidente).-
Así es. Voy a dar el resultado inmediatamente.
Se había pedido la aclaración del señor Secretario que, en estricto rigor, debió plantearse después de anunciada la votación. Tiene razón, Senador señor Zaldívar .
A continuación, daré la palabra a quienes quieran reaccionar a lo planteado por el señor Secretario , pero les pediría que, en esta oportunidad, no entremos al debate de fondo.
--Se rechaza la supresión del artículo 13, nuevo, propuesta por la Comisión de Educación y Cultura (27 votos en contra, 2 votos a favor y 2 abstenciones).
Votaron por la negativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Bianchi, Chahuán, Espina, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Harboe, Horvath, Lagos, Hernán Larraín, Letelier, Montes, Moreira, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quinteros, Rossi, Tuma, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Votaron por la afirmativa los señores Coloma y Quintana.
Se abstuvieron la señora Von Baer y el señor Allamand.
El señor LAGOS ( Presidente ).-
El Senador señor Hernán Larraín vino a hacer un planteamiento a la Mesa...
La señora ALLENDE .-
Está aprobado el artículo. ¿El proyecto va a Comisión Mixta?
El señor LAGOS ( Presidente ).-
Senadora señora Allende , si me quiere escuchar, la votación que se propuso en la Sala -me puede corregir, si quiere, señor Secretario - fue en los siguientes términos: quienes respaldaban la proposición de la Comisión de Educación en orden a rechazar lo aprobado por la Cámara de Diputados debían votar que sí y quienes deseaban mantener el texto de la Cámara de Diputados, debían votar que no.
Ahora bien, advertimos que esta última alternativa de todas maneras iba a requerir 21 votos favorables, porque la norma modificaba la Ley Orgánica, etcétera.
En consecuencia, sin perjuicio de que la argumentación que se me ha hecho en la testera en el sentido de que, en general, lo que se hace es votar primero lo que aprobó la Comisión respectiva y, en segundo término, rechazado eso -que fue lo que ocurrió acá-, debería haber una segunda votación, en la cual sí se requirieran los 21 votos, no es menos cierto que el procedimiento que se propuso, por el Presidente y por el Secretario del Senado , incluía la exigencia del quorum constitucional requerido, esto es, 21 votos favorables.
Si los señores Senadores quieren, se puede considerar una suerte de economía procesal legislativa.
Eso fue lo que yo planteé en su oportunidad, sin perjuicio de que en general hacemos las dos votaciones.
El Senador señor Hernán Larraín me ha pedido la palabra.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente, dos comentarios.
Respecto de lo que ha dicho el señor Secretario, yo comparto que la propuesta de la Cámara de Diputados no es inadmisible, tal cual lo argumenté oportunamente. En ese sentido, estoy de acuerdo.
En lo que no estoy para nada de acuerdo es en la argumentación respecto de que el artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional se refiere al proyecto que se encuentra en segundo trámite constitucional, para los efectos de revisar o no su admisibilidad, porque a eso precisamente se refiere el artículo 15.
El artículo 15 del citado cuerpo legal señala: "La declaración de inadmisibilidad de un proyecto de ley o de reforma constitucional que vulnere lo dispuesto en el inciso primero del artículo 65 de la Constitución Política" -léase el origen de los proyectos- "o de la solicitud que formule el Presidente de la República de conformidad a lo establecido en su artículo 68" -esto es, cuando un proyecto es aprobado por una Cámara y rechazado por la otra- "será efectuada por el Presidente de la Cámara de origen", quien puede dar pie a la formación de una comisión mixta para llevar el proyecto a la otra Cámara e insistir en él.
En ese sentido, se aplica lo de la segunda Cámara.
Sin embargo, lo que está establecido en el artículo 25 de la Ley Orgánica es exactamente lo contrario y así lo redactamos.
El señor Secretario bien recuerda que antes un proyecto que era declarado inadmisible en una Comisión la Sala no lo podía revisar.
El señor LAGOS (Presidente).-
El proyecto.
El señor LARRAÍN.-
El proyecto o un artículo o una indicación.
Si la Comisión declaraba la inadmisibilidad, la Sala no podía revisarla, en circunstancias de que en realidad la soberana es la Sala, no la Comisión.
Luego, cuando una Cámara aprobaba algo y la otra quería declararlo inconstitucional ello no era posible, so pretexto de no pasar a llevar a la otra rama legislativa.
Expresamente, en la modificación de la Ley Orgánica Constitucional que se aprobó el año 2010 se incorporaron ambas cosas: la posibilidad de revisar una declaración de inadmisibilidad hecha por una Comisión o por la otra Cámara.
Por lo tanto, no existe limitación en cuanto a la etapa del proceso. Tanto es así que la norma respectiva lo dice expresamente: "en cualquier momento de la discusión del proyecto".
El tercer trámite es parte de la discusión del proyecto y, por consiguiente, no se podría interpretar de otra manera.
Dicho eso -solo he querido dejar esta constancia para futuras discusiones-, sí quiero referirme a la votación.
Se acaba de votar el informe de la Comisión y lo que ha hecho la Sala es rechazar la proposición contenida en dicho informe.
La señora ALLENDE .-
Así es.
El señor LARRAÍN.-
Entonces, la propuesta de la Comisión de Educación en el sentido de rechazar el artículo proveniente de la Cámara de Diputados no ha sido acogida.
Sin embargo, eso no significa que el artículo haya quedado aprobado. Este debe ser votado para dejar constancia expresa del respaldo de la Sala a su respecto.
Me parece que eso es lo que corresponde y, por lo tanto, sugiero que se lleve a cabo la votación.
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Señor Presidente , lo señalado por el Senador Larraín me ahorra mayores comentarios.
Coincido plenamente tanto en lo primero como en lo segundo.
En cuanto a esto último, desde el punto de vista de la economía procesal, por supuesto que podríamos dar por aprobado el nuevo artículo 13 con la misma votación anterior en forma inversa.
No obstante, se requiere dejar ratificada la votación para ese artículo.
El señor BIANCHI .-
¡Está súper claro, señor Presidente!
El señor WALKER (don Ignacio).-
Con la misma votación a la inversa, señor Presidente...
El señor LAGOS (Presidente).-
Ese es el planteamiento que realicé a la Sala.
Senador señor Harboe , ¿usted desea intervenir sobre este tema?
El señor HARBOE.-
No, señor Presidente.
El señor LAGOS ( Presidente ).-
Senador señor Moreira , ¿usted pidió la palabra con relación a este punto?
El señor MOREIRA.-
No, señor Presidente.
El señor LARRAÍN .-
Señor Presidente , algunos señores Senadores se abstuvieron en la votación anterior y ahora quieren votar a favor.
El señor BIANCHI.-
Con la misma votación a la inversa, señor Presidente...
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente , efectivamente yo soy de los que creyeron que el artículo era inadmisible y me pronuncié en sentido contrario a él, pero no tengo inconveniente alguno en aprobarlo si se desea tomar esa votación.
Sin perjuicio de ello, muy brevemente -porque aquí es donde se deja constancia de los precedentes-, quiero hacer una distinción que no se ha hecho: cuál es la diferencia entre los artículos 15 y 25 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, pues aparecen técnicamente como contradictorios, en circunstancias de que a mi juicio se refieren a situaciones distintas.
El artículo 15 habla de "La declaración de inadmisibilidad de un proyecto de ley o de reforma constitucional que vulnere" -una cosa- "lo dispuesto en el inciso primero del artículo 65 de la Constitución Política" (en el caso de los parlamentarios) o -segunda cosa- lo establecido en el artículo 68, con relación al Presidente de la República , cuando es rechazado un proyecto de ley.
¿Qué establece el artículo 65 de la Carta Fundamental? Básicamente, se refiere a la Cámara de origen: la Cámara de Diputados o el Senado.
Sabemos, por ejemplo, que si un proyecto de ley sobre materias tributarias nace en el Senado, obviamente puede ser declarado inadmisible en la otra rama del Parlamento. Lo mismo ocurre, a la inversa, con un proyecto de ley sobre amnistía que nace en la Cámara de Diputados.
Dos ejemplos distintos.
Esos pueden ser declarados inadmisibles tanto en la Cámara de origen como en la revisora. Y por eso surge el concepto "Con todo, si en el segundo trámite constitucional...", etcétera.
Es decir, si aquí llega un proyecto de ley de amnistía aprobado por la Cámara Baja, el Senado tiene todo el derecho de decir: "Mire, esta iniciativa es inadmisible porque vulnera el artículo 65, inciso segundo, de la Constitución".
Por eso, el artículo 15 se refiere solo al segundo trámite constitucional, pues, superada esa instancia, el proyecto ya pasaría.
El artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional, en cambio, es mucho más amplio y considera al Presidente de la Sala o de la Comisión en cualquier momento -puede ser en el primer, segundo o tercer trámite constitucional- cuando se trate de indicaciones.
Y eso tiene todo el sentido del mundo, señor Presidente . Hay indicaciones que se presentan en el segundo trámite constitucional y que pueden ser inadmisibles y, si la otra Cámara no tiene la capacidad de votar en contra de ellas, estaríamos en una especie de jaque mate permanente.
Entonces, no confundamos el artículo 15 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, que se refiere solo a aquellas normas que vulneran la forma de presentación de los proyectos de ley tanto por el Senado como por la Cámara de Diputados en cuanto a la exclusividad, con las indicaciones genéricas que están reguladas en el artículo 25. Este, como bien se recordó, es un precepto nuevo que se redactó, justamente, para evitar esa opción.
Entonces, para adelante, me parece que es perfectamente posible, en cualquier instancia, declarar la inadmisibilidad de una indicación, en conformidad a las disposiciones que aquí estamos discutiendo.
Sin perjuicio de eso, pido que el artículo 13, nuevo, se vote en el otro sentido, pues yo, que voté a favor del informe de la Comisión, soy partidario de que esto se resuelva y se resuelva bien.
Llevamos mucho tiempo discutiendo y creo que no hay dos opiniones al respecto. Necesitamos legislar sobre este tema, que es muy sensible para los asistentes de la educación, y tenemos que hacerlo de la mejor manera posible.
La democracia es así. Hemos tratado de que algunas causales queden mejor resueltas, pero no se logró.
Y, en este caso particular, intentamos que el Ejecutivo le diera a la norma una lógica de mayor constitucionalidad, pero tampoco se aceptó.
Sin embargo, más allá de eso, prefiero que se apruebe el artículo y, por eso, pido que se vote nuevamente conforme a lo que usted sabiamente ha insinuado, señor Presidente .
Gracias.
El señor LAGOS (Presidente).-
Le ofrezco la palabra a la Senadora señora Von Baer.
La señora VON BAER.-
No intervendré, señor Presidente .
El señor LAGOS (Presidente).-
Perfecto.
No hay más inscritos.
En consecuencia, señores Senadores, procederemos ahora a votar el nuevo artículo 13 que viene de la Cámara de Diputados, para darles la oportunidad a aquellos que, por diversas circunstancias, se abstuvieron o se pronunciaron de una forma diferente.
Señor Secretario, por favor, tome la votación y explique bien el sentido de ella.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
El señor Presidente pone en votación el artículo 13, nuevo, aprobado por la Cámara de Diputados.
Esta norma requiere 21 votos favorables para su aprobación, por cuanto agrega una nueva causal de cese a las ya contempladas en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
La señora ALLENDE.-
¿Deberíamos votar a favor los que concordamos con la Cámara de Diputados?
El señor LAGOS ( Presidente ).-
Así es, señora Senadora. Aquellos que quieren darle su respaldo a la norma aprobada por la Cámara en el sentido de constituir el notable abandono de deberes y las sanciones aplicables, deben votar que sí.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
Así es.
El señor LAGOS (Presidente).-
Muy bien.
En votación el artículo 13, nuevo.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LAGOS (Presidente).-
Terminada la votación.
--Se aprueba el artículo 13, nuevo (30 votos favorables), dejándose constancia de que se reunió el quorum constitucional exigido, y el proyecto queda despachado en este trámite.
Votaron las señoras Allende, Goic, Muñoz, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Bianchi, Chahuán, Coloma, De Urresti, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Harboe, Lagos, Hernán Larraín, Letelier, Matta, Montes, Moreira, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Quinteros, Tuma, Ignacio Walker y Andrés Zaldívar.
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