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El señor TUMA.-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero agradecer a la Senadora Lily Pérez y a los Senadores Harboe y Pizarro por acompañarme y aceptar la invitación para presentar este proyecto, que hemos trabajado con nuestros asesores y con las asociaciones de consumidores con el objeto de ver cómo seguir avanzando en la protección de los derechos de los consumidores.
En Chile muchas veces nos comparamos con los países más desarrollados o con los de la OCDE, pero no estamos al día en materia de resguardo a los derechos de los consumidores.
En Alemania ya se dispone de una ley de telemarketing, que, al igual que en España, trata especialmente las comunicaciones promocionales y publicitarias a distancia.
Dicha ley se denomina "lucha contra el telemercadeo no deseado". ¿Y qué busca? Proteger la intimidad de las personas, proteger su vida privada.
Entonces, alguien dirá: "Mire, esto pone una dificultad a quienes quieren comunicar sus promociones". Porque una vez que esté aprobada la iniciativa y seis meses después de publicada la ley, se hará muy estricto el cumplimiento de la legislación, pues será fiscalizado por el SERNAC para los efectos de que se respete la privacidad de las personas y no se las moleste.
Hay distintas normativas al respecto.
La Ley sobre Protección de la Vida Privada (la N° 19.628) establece que se "deberá respetar el pleno ejercicio de los derechos fundamentales de los titulares de los datos y de las facultades que la ley les reconoce.".
Luego, el artículo 4° dispone que el tratamiento de los datos personales requiere el consentimiento del titular y "La persona que autoriza debe ser debidamente informada respecto del propósito del almacenamiento de sus datos personales y su posible comunicación al público.".
Por su parte, el artículo 12 establece el derecho de toda persona a exigir a quien sea responsable de un banco "información sobre los datos relativos a su persona, su procedencia y destinatario, el propósito del almacenamiento y la individualización de las personas u organismos a los cuales sus datos son transmitidos regularmente.".
Pero, con todo esto, aún los consumidores siguen sintiendo que se les invade en su derecho a mantener la privacidad.
En cuanto a los teléfonos, ¿son públicos o privados? ¡Son privados! Los celulares -hoy día superamos los 10 millones de celulares- son privados. ¿Y por qué aceptamos que cualquier promotor o cualquier empresa pueda intervenir, pueda interrumpir la vida privada, haciendo llamadas que no están autorizadas? Podrían ser promociones de cualquier tipo, incluso -como se decía recién-, de candidaturas o de campañas políticas.
Nosotros, los políticos, no podemos tener privilegios para llamar a los teléfonos privados de los ciudadanos a fin de pedirles apoyo en una elección.
Con este proyecto de ley queremos exigir que si un candidato, un comerciante o una empresa de comunicaciones desea contactarse con un ciudadano primero le pida su autorización.
En consecuencia, aquí tenemos una forma de avanzar con el objeto de que los derechos de los consumidores sean respetados de la misma manera que en Europa, en Alemania, en España.
En Estados Unidos existe una normativa que contempla un registro especial, en el que las personas y consumidores se inscriben para señalar que no quieren ser interrumpidos ni molestados: "¡No me molesten! ¡Sáquenme de su lista!".
En el caso nuestro, la modalidad que se indica es al revés: quien quiere molestar a alguien, requiere su autorización.
A mi juicio, con el proyecto estamos dando un paso muy sustantivo en la defensa de los derechos de los consumidores.
Por lo tanto, invito a votar a favor de la iniciativa en la Sala, tal como se hizo en la Comisión, por unanimidad.
He dicho.
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