. . . " \nEl se\u00F1or TUMA.- \nSe\u00F1or Presidente , en primer lugar, quiero agradecer a la Senadora Lily P\u00E9rez y a los Senadores Harboe y Pizarro por acompa\u00F1arme y aceptar la invitaci\u00F3n para presentar este proyecto, que hemos trabajado con nuestros asesores y con las asociaciones de consumidores con el objeto de ver c\u00F3mo seguir avanzando en la protecci\u00F3n de los derechos de los consumidores.\n \nEn Chile muchas veces nos comparamos con los pa\u00EDses m\u00E1s desarrollados o con los de la OCDE, pero no estamos al d\u00EDa en materia de resguardo a los derechos de los consumidores. \nEn Alemania ya se dispone de una ley de telemarketing, que, al igual que en Espa\u00F1a, trata especialmente las comunicaciones promocionales y publicitarias a distancia. \nDicha ley se denomina \"lucha contra el telemercadeo no deseado\". \u00BFY qu\u00E9 busca? Proteger la intimidad de las personas, proteger su vida privada. \nEntonces, alguien dir\u00E1: \"Mire, esto pone una dificultad a quienes quieren comunicar sus promociones\". Porque una vez que est\u00E9 aprobada la iniciativa y seis meses despu\u00E9s de publicada la ley, se har\u00E1 muy estricto el cumplimiento de la legislaci\u00F3n, pues ser\u00E1 fiscalizado por el SERNAC para los efectos de que se respete la privacidad de las personas y no se las moleste. \nHay distintas normativas al respecto. \nLa Ley sobre Protecci\u00F3n de la Vida Privada (la N\u00B0 19.628) establece que se \"deber\u00E1 respetar el pleno ejercicio de los derechos fundamentales de los titulares de los datos y de las facultades que la ley les reconoce.\". \nLuego, el art\u00EDculo 4\u00B0 dispone que el tratamiento de los datos personales requiere el consentimiento del titular y \"La persona que autoriza debe ser debidamente informada respecto del prop\u00F3sito del almacenamiento de sus datos personales y su posible comunicaci\u00F3n al p\u00FAblico.\".\n \nPor su parte, el art\u00EDculo 12 establece el derecho de toda persona a exigir a quien sea responsable de un banco \"informaci\u00F3n sobre los datos relativos a su persona, su procedencia y destinatario, el prop\u00F3sito del almacenamiento y la individualizaci\u00F3n de las personas u organismos a los cuales sus datos son transmitidos regularmente.\".\n \nPero, con todo esto, a\u00FAn los consumidores siguen sintiendo que se les invade en su derecho a mantener la privacidad. \nEn cuanto a los tel\u00E9fonos, \u00BFson p\u00FAblicos o privados? \u00A1Son privados! Los celulares -hoy d\u00EDa superamos los 10 millones de celulares- son privados. \u00BFY por qu\u00E9 aceptamos que cualquier promotor o cualquier empresa pueda intervenir, pueda interrumpir la vida privada, haciendo llamadas que no est\u00E1n autorizadas? Podr\u00EDan ser promociones de cualquier tipo, incluso -como se dec\u00EDa reci\u00E9n-, de candidaturas o de campa\u00F1as pol\u00EDticas. \nNosotros, los pol\u00EDticos, no podemos tener privilegios para llamar a los tel\u00E9fonos privados de los ciudadanos a fin de pedirles apoyo en una elecci\u00F3n. \nCon este proyecto de ley queremos exigir que si un candidato, un comerciante o una empresa de comunicaciones desea contactarse con un ciudadano primero le pida su autorizaci\u00F3n. \nEn consecuencia, aqu\u00ED tenemos una forma de avanzar con el objeto de que los derechos de los consumidores sean respetados de la misma manera que en Europa, en Alemania, en Espa\u00F1a. \nEn Estados Unidos existe una normativa que contempla un registro especial, en el que las personas y consumidores se inscriben para se\u00F1alar que no quieren ser interrumpidos ni molestados: \"\u00A1No me molesten! \u00A1S\u00E1quenme de su lista!\".\n \nEn el caso nuestro, la modalidad que se indica es al rev\u00E9s: quien quiere molestar a alguien, requiere su autorizaci\u00F3n. \nA mi juicio, con el proyecto estamos dando un paso muy sustantivo en la defensa de los derechos de los consumidores. \nPor lo tanto, invito a votar a favor de la iniciativa en la Sala, tal como se hizo en la Comisi\u00F3n, por unanimidad. \nHe dicho. \n " . . . . . .